TITULO LEY DE OBRAS PÚBLICAS REGLAMENTO DE OBRAS PÚBLICAS TITULO CUARTO TITULO TERCERO Art. 71.- Se deben de descri
Views 0 Downloads 0 File size 336KB
TITULO
LEY DE OBRAS PÚBLICAS
REGLAMENTO DE OBRAS PÚBLICAS
TITULO CUARTO
TITULO TERCERO
Art. 71.- Se deben de describir y especificar los trabajos a ejecutar, los proyectos, planos, especificaciones en general, programas de ejecución y suministro y el presupuesto correspondiente.
Art. 258.- Se deberán citar todos los datos, requerimientos y normas que se requieran para la correcta administración de los proyectos
"DE LAS OBRAS POR Art. 72.- La ejecución de ADMINISTRACIÓN los trabajos estará a cargo DIRECTA" de la dependencia o entidad a través de la residencia de obra.
LEYES SUPLEMENTARIAS
● La Ley del IMSS. ● La Ley Federal de Trabajo. ● Ley de INFONAVIT. ● Ley del IVA. ● Reglamentos de Construcción.
Art. 259.- Los trabajos a realizar durante la mano de obra ya sea tanto para maquinaria, mano de obra, rentas, papelerías, etc. deberán ser cobrados por precios unitarios.
● La Ley del IMSS. ● La Ley Federal de Trabajo. ● Ley de INFONAVIT. ● Ley del IVA. ● Ley del Impuesto sobre la Renta. ● Reglamentos de Construcción.
Art. 72.- Entrega de los trabajos concluidos en el periodo estipulado en un inicio, mediante un escrito.
Art. 262.- La dependencia o entidad deberá levantar un acta de recepción de obra la cual tiene que contar con ciertos requisitos para hacerla valida
● Reglamentos de Construcción.
TITULO
"DE LA INFORMACIÓN Y ERIFICACIÓN"
LEY DE OBRAS PÚBLICAS
REGLAMENTO DE OBRAS PÚBLICAS
TITULO QUINTO:
TITULO CUARTO
LEYES SUPLEMENTARIAS
Art. 74.La forma y términos en que las dependencias y entidades deberán remitir a la Secretaría de la Función Pública, a la Secretaría y a la Secretaría de Economía la información relativa a los actos y contratos materia de esta Ley, serán establecidos por dichas Secretarías, en el ámbito de sus respectivas atribuciones.
Art. 264.- Los licitantes ● Reglamentos de Construcción. contarán con un plazo de hasta treinta días naturales contados a partir de la conclusión de los términos señalados en dicho precepto legal para solicitar la devolución de sus proposiciones desechadas; transcurrido dicho plazo, sin que se hubiere realizado solicitud alguna, la convocante podrá destruirlas.
Art. 75.- verificar, en cualquier tiempo, que las obras públicas y servicios relacionados con las mismas se realicen conforme a lo establecido en esta Ley o en otras disposiciones aplicables.
Art. 265.- Se podrán solicitar a los contratistas información y documentación relacionada con los contratos con motivo de las auditorías, visitas o inspecciones que se requieran.
● La Ley del IMSS. ● La Ley Federal de Trabajo. ● Ley de INFONAVIT. ● Ley del IVA. ● Ley del Impuesto sobre la Renta. ● Reglamentos de Construcción. ● La Ley General de Sociedades Mercantiles.