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La Seguridad Social

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Solucionario Actividades 1. La Seguridad Social se basa en un pacto entre las distintas generaciones: los jóvenes trabajan hoy para pagar las pensiones de los actuales jubilados y estos últimos trabajaron para pagar a los pensionistas de su época. Es una cadena intergeneracional que, si se rompe, podría dañar incluso al bienestar social. Investiga en la página http://www.empleo.gob.es/es/estadisticas/ el número actual de afiliados y en alta en los distintos regímenes de la Seguridad Social. Averigua en la página www.seg-social.es el número de pensionistas en estos momentos. Reflexiona y establece la equivalencia. En la página de la Seguridad Social encontrarás por tramos de cuantía los pensionistas contributivos de la Seguridad Social, que a finales de noviembre, asciende casi a 9.000.000. El total de trabajadores afiliados a finales de noviembre de 2016, asciende a 17.780.524. Total perceptores Hombres 49.445 97.397 21.836 30.753 52.656 87.635 43.375 45.774 106.030 577.204 132.326 583.962 245.190 233.811 244.304 214.155 193.228 162.826 143.334 129.468 121.807 102.157

Mujeres 40.403 95.549 28.818 39.805 71.374 233.058 80.855 57.062 143.102 1.407.705 184.876 323.185 252.312 191.232 157.348 126.145 126.021 89.772 98.858 58.136 42.774 35.872

Total 89.858 192.993 50.660 70.564 124.032 320.710 124.234 102.845 249.136 1.984.939 317.205 907.160 497.506 425.044 401.653 340.303 319.252 252.598 242.193 187.604 164.582 138.032

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94.269 88.816 83.476 78.516 67.773 60.938 116.471 220.914 25.678 4.455.524

31.232 27.731 25.495 23.555 20.206 19.108 39.183 57.817 11.224 4.139.813

125.501 116.547 108.971 102.071 87.980 80.046 155.655 278.733 36.902 8.595.509

Reflexiona sobre el envejecimiento de la población, cada vez se cobran más pensiones, el desempleo existente, los sueldos bajos y se cotiza teniendo en cuenta las bases de cotización, etc. •

AFI- 1. Trabajadores afiliados en alta laboral, según regímenes



AFI- 2. Trabajadores afiliados en alta laboral, según sexo y edad



AFI- 3. Trabajadores afiliados en alta laboral, según sector de actividad y dependencia laboral



AFI- 4. Trabajadores afiliados en alta laboral, según división de actividad CNAE2009



AFI- 5. Altas laborales de trabajadores según régimen y tipo de alta



AFI- 6. Altas laborales de trabajadores según sexo y edad



AFI- 7. Altas laborales iniciales de trabajadores, según sexo y edad



AFI- 8. Bajas laborales de trabajadores, según régimen



AFI- 9. Bajas laborales de trabajadores, según sexo y edad



AFI-10. Trabajadores afiliados en alta laboral, por comunidad autónoma y provincia

Por tramos de cuantía: Documento

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Pensionistas por sexo y tramos. Noviembre 2016

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Número de pensiones en vigor por tramos de cuantía, regímenes y clases. Total Sistema-General. Noviembre 2016

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Número de pensiones en vigor por tramos de cuantía, regímenes y clases. Autónomos-Trabajadores del Mar. Noviembre 2016

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30/11/2016

Número de pensiones en vigor por tramos de cuantía, regímenes y clases. Minería del carbón-Accidentes de trabajo. Noviembre 2016

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30/11/2016

Número de pensiones en vigor por tramos de cuantía, regímenes y clases. Enfermedades profesionales-SOVI. Noviembre 2016

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Número de pensiones en vigor por tramos de cuantía, sexo y clases. Noviembre 2016

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2. Busca en la página web de la Seguridad Social seg-social.es los colectivos de trabajadores incluidos en el Régimen General de la Seguridad Social y realiza un esquema. Estarán incluidos en este régimen, entre otros: •

Los trabajadores españoles por cuenta ajena de la industria y los servicios y asimilados a los mismos que ejerzan normalmente su actividad en territorio nacional.



Los trabajadores por cuenta ajena y los socios trabajadores de sociedades mercantiles capitalistas, aun cuando sean miembros de su órgano de administración, si el desempeño de este cargo no conlleva la realización de las funciones de dirección y gerencia de la sociedad ni posean su control. Como asimilados a trabajadores por cuenta ajena, con exclusión de la protección por desempleo y del Fondo de Garantía Salarial, los consejeros y administradores de sociedades mercantiles capitalistas siempre que no posean el control de estas, cuando el desempeño de su cargo conlleve la realización de las funciones de dirección y gerencia de la sociedad, siendo retribuidos por ello o por su condición de trabajadores de la misma.



En ambos casos se presumirá, salvo prueba en contrario, que el trabajador posee el control efectivo de la sociedad cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias: o Que, al menos, la mitad del capital social para la que preste sus servicios esté distribuido entre socios, con los que conviva y a quienes se encuentre unido por vínculo conyugal o de parentesco por consanguinidad, afinidad, o adopción, hasta segundo grado. o Que su participación en el capital de la sociedad sea igual o superior a la tercera parte del mismo. o Que su participación en el capital social sea igual o superior a la cuarta parte del mismo, si tiene atribuidas funciones de dirección y gerencia de la sociedad.

Los socios trabajadores de las sociedades laborales, cualquiera que sea su participación en el capital social dentro de los límites establecidos en el art. 5 de la Ley 4/97 de Sociedades Laborales, y aun cuando formen parte del órgano de administración social, tendrán la consideración de trabajadores por cuenta ajena a efectos de su inclusión en el Régimen General o Especial de la Seguridad Social que corresponda por razón de su actividad, y quedarán comprendidos en la protección por desempleo y en la otorgada por el Fondo de Garantía Salarial, cuando estas contingencias estuvieran previstas en dicho Régimen. Cuando dichos socios por su condición de administradores sociales realicen funciones de dirección y gerencia de la sociedad, siendo retribuidos por el desempeño de este cargo estén o no vinculados simultáneamente a la misma mediante relación laboral común o especial, o cuando por su condición de administradores sociales realicen funciones de dirección y gerencia de la sociedad y simultáneamente estén vinculados a la misma mediante relación laboral de carácter especial del personal de alta dirección, se asimilarán

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a trabajadores por cuenta ajena, a efectos de inclusión en el Régimen de la Seguridad Social que corresponda, con exclusión de la protección por desempleo y de la otorgada por el Fondo de Garantía Salarial, siempre que su participación en el capital social junto con la de su cónyuge y parientes por consanguinidad, afinidad o adopción hasta el segundo grado con los que conviva sea inferior al cincuenta por cien, o acredite que el ejercicio del control efectivo de la sociedad requiera el concurso de personas ajenas a las relaciones familiares. Los trabajadores españoles no residentes en territorio nacional, en determinados supuestos (funcionarios o empleados de organismos internacionales, españoles no funcionarios contratados al servicio de la Administración española en el extranjero, etc.) Los extranjeros con permiso de residencia y de trabajo en España que trabajen por cuenta ajena en la industria y los servicios y ejerzan su actividad en territorio nacional. Los trabajadores comunitarios no necesitan permiso de trabajo. Personal (funcionario o laboral) de la Administración Local. Los conductores de vehículos de turismo al servicio de particulares. El personal civil no funcionario, dependiente de organismos, servicios o entidades del Estado. Laicos o seglares que presten servicios retribuidos en instituciones eclesiásticas. Las personas que presten servicios retribuidos en entidades o instituciones de carácter benéfico social. Personal contratado al servicio de Notarías, Registros de la Propiedad y demás oficinas o centros similares. Funcionarios en prácticas que aspiren a incorporarse a Cuerpos o Escalas de funcionarios que no estén sujetos al Régimen de Clases Pasivas y los altos cargos de las Administraciones Públicas que no sean funcionarios, así como los funcionarios de nuevo ingreso de las Comunidades Autónomas. Funcionarios transferidos a las Comunidades Autónomas, que ingresen voluntariamente en Cuerpos o Escalas propios de la Comunidad Autónoma de destino. Personal interino al servicio de la Administración de Justicia. Los trabajadores dedicados a las operaciones de manipulación, empaquetado, envasado y comercialización del plátano. Por Real Decreto 2621/1986, de 24 de diciembre, se integran en este régimen los siguientes colectivos: los representantes de comercio. A partir del 01-09-2015 han pasado a estar incluidos en el Régimen General, como el resto de trabajadores por cuenta ajena, sin más peculiaridades de las que se indican a continuación. A efectos de cotización al Régimen General de la Seguridad Social, están incluidos en el grupo 5º de la escala de grupos de cotización vigentes en el citado régimen, y para contingencias profesionales (accidentes de trabajo/enfermedades profesionales), cotizan por la ocupación/situación "b" de la tarifa de primas vigente (disposición adicional cuarta de la Ley 42/2006, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2007). 3. Identifica cuál es el organismo equivalente al INGESA en la comunidad autónoma en la que resides, y que tiene como cometido la administración de las prestaciones sanitarias de la Seguridad Social.

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Localiza cómo se conoce este organismo en tu comunidad a través de un buscador. Con el traspaso de transferencias, los organismos encargados de prestar los servicios del INSALUD en las diferentes Comunidades Autónomas son: •

1981/07/08Servicio Catalán de la Salud (CatSalut)



1984/02/22Servicio Andaluz de Salud (SAS)



1984/11/06Osakidetza - Servicio Vasco de Salud



1987/11/27Agencia Valenciana de Salud



1990/12/28Servicio Gallego de Salud (SERGAS)



1990/12/28Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea



1994/03/11Servicio Canario de la Salud (SCS)



2001/12/27Servicio Aragonés de Salud (Salud)



2001/12/27Servicio de Salud del Principado de Asturias (SESPA)



2001/12/27Servicio de Salud de las Islas Baleares (IB-SALUT)



2001/12/27Servicio Cántabro de Salud (SCS)



2001/12/27Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (SESCAM)



2001/12/27Sanidad Castilla y León (SACYL)



2001/12/27Servicio Extremeño de Salud (SES)



2001/12/27Servicio Riojano de Salud



2001/12/27Servicio Madrileño de Salud (SERMAS)



2001/12/27Servicio Murciano de Salud (SMS)



En las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla los servicios correspondientes de atención sanitaria los presta el INGESA.

4. Las cotizaciones por accidentes de trabajo (AT) y enfermedades profesionales (EP) corren a cargo exclusivamente del empresario, que puede contratar la cobertura con el INSS o con una mutua colaboradora privada. Señala si varía el nivel de protección o de cobertura a los trabajadores en función de la opción realizada por el empresario. Para ello, entra en la web de una mutua y en la del INSS, y realiza un esquema de las prestaciones que ofrecen. Las prestaciones son las mismas. Compruébalo. Puedes entrar en cualquier mutua: Fraternidad, Mutua Balear, Fremap, Cesma, Egarsat, etc. Por ejemplo, la siguiente mutua ha sido premiada con la Medalla europea al mérito en el trabajo a Fraternidad-Muprespa. La Asociación Europea de Economía y Competitividad ha concedido la medalla a la Mutua Colaboradora con la Seguridad Social. Fraternidad-Muprespa tiene asociadas casi 120.000 empresas, protegiendo la salud de 1.355.000 trabajadores, con una plantilla de 1.950 empleados y 122 centros asistenciales y administrativos por toda España. 5. Entra en la página web del Servicio Público de Empleo Estatal (www.sepe.es) busca información y realiza el siguiente trabajo:

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a) Analiza y reflexiona sobre la misión, la visión y los valores de la citada institución.

Misión

Contribuir al desarrollo de la política de empleo, gestionar el sistema de protección por desempleo y garantizar la información sobre el mercado de trabajo con el fin de conseguir, con la colaboración de los Servicios Públicos de Empleo Autonómicos y demás agentes del ámbito laboral, la inserción y permanencia en el mercado laboral de la ciudadanía y la mejora del capital humano de las empresas.

Visión

Alcanzar la excelencia en la gestión de nuestros servicios a la ciudadanía, aprovechando las nuevas tecnologías, y liderar la contribución del Sistema Nacional de Empleo para incrementar la calidad del mercado de trabajo. •

Cultura de servicio a la ciudadanía: El SEPE trabaja por y para la sociedad. La vocación de servicio público de las personas de la organización hace que el nivel de satisfacción aumente con cada usuario satisfecho. Toda la actividad del organismo debe centrarse en investigar las necesidades de sus clientes y orientar el trabajo a satisfacerlas de la manera más eficaz.



Capacidad innovadora: El valor añadido del SEPE lo ponen las personas que trabajan en él, ya que la nueva realidad laboral obliga a la innovación en el tratamiento de la búsqueda y orientación en el empleo. De esta manera, los cambios que adopta la organización tienen un reflejo automático en los usuarios.



Colaboración con los otros agentes: Con el objetivo de ofrecer el mejor servicio al ciudadano, el SEPE, dada su condición de servicio público, potencia la colaboración con el resto de actores del ámbito laboral y mejora la coordinación con otras instituciones, incluso a nivel europeo.



Compromiso con el personal de la organización: El SEPE cuenta con un equipo con alto nivel de vocación de Servicio Público. El buen servicio al ciudadano pasa por una buena gestión de los recursos humanos, cuyas bases son la comunicación, la claridad organizativa, el compromiso con las personas de la organización y su desarrollo profesional. La organización debe dar mucho valor al trabajo en equipo, la colaboración y la mejora de las condiciones de trabajo.



Calidad en la gestión: Mediante la calidad se logra trasladar el resto de valores al terreno de la práctica. Dar servicio es hacerlo eficazmente, a tiempo, de forma sostenible y responsable, con iniciativa y mejora continua. La calidad empieza en la detección de las necesidades de los clientes y continúa en la evaluación de la calidad percibida por ellos.

Valores

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b) Consulta y reflexiona sobre la la estructura administrativa del citado organismo. De la Dirección General dependen los siguientes órganos, con nivel orgánico de subdirección general: •

Subdirección General de Recursos y Organización.



Subdirección General de Relaciones Institucionales y Asistencia Jurídica.



Subdirección General de Gestión Financiera.



Subdirección General de Estadística e Información.



Subdirección General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones.



Subdirección General de Prestaciones por Desempleo.



Subdirección General de Políticas Activas de Empleo.

6. Indica en qué régimen de la Seguridad Social se encuentran encuadrados los siguientes trabajadores: a) Un trabajador del mar. Especial. b) Un propietario de una cafetería. Especial. c) Un empleado de una cafetería. General. d) Un fisioterapeuta que tiene clínica propia. Especial. e) Un administrativo que trabaja en el Ministerio de Empleo. Especial. f) Un auxiliar administrativo funcionario transferido voluntariamente a su Comunidad. General. g) Un estudiante del Ciclo de Administración y Finanzas. Especial. h) Un administrativo que trabaja a tiempo parcial en una Asesoría. General. i) Un socio trabajador de una sociedad mercantil, que no lleva el control de la sociedad. General. 7. Rafael ha trabajado más de un año en una empresa como auxiliar administrativo y, en este momento, se encuentra desempleado por haber sido despedido en el día de hoy, y no sabe qué hacer ni a qué organismo se tiene que dirigir. Accede a la página web www.sepe.es y averigua: a) Los requisitos que se precisan para poder acceder a la prestación por desempleo. •

Estar afiliado y en situación de alta o asimilada al alta en la Seguridad Social en un régimen que contemple la contingencia por desempleo.



Encontrarse en situación legal de desempleo, acreditar disponibilidad para buscar activamente empleo y para aceptar una colocación adecuada mediante la suscripción del compromiso de actividad.



Estar inscrito y mantener la inscripción como demandante de empleo durante todo el periodo de percepción.

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Haber trabajado y cotizado a desempleo al menos 360 días dentro de los 6 años anteriores a la situación legal de desempleo.



No haber cumplido la edad ordinaria para jubilarse.



No realizar una actividad por cuenta propia o trabajo por cuenta ajena a tiempo completo, salvo compatibilidad establecida por un programa de fomento de empleo.



No cobrar una pensión de la Seguridad Social incompatible con el trabajo.

b) La documentación necesaria para poder acceder a una prestación contributiva por desempleo al haber cotizado más de un año. •

Modelo oficial de solicitud.



Identificación del solicitante y de los hijos o hijas que conviven o están a su cargo y que figuren en la solicitud (bastará con la exhibición de los documentos): o Españoles: Documento Nacional de Identidad (DNI) o pasaporte. o Comunitarios: Certificado de registro de ciudadano de la Unión Europea, en el que consta el NIE, junto con el pasaporte o documento identificativo en su país de origen. o No comunitarios: Tarjeta de Identidad de Extranjeros (TIE), en la que consta el NIE y el pasaporte.



Cualquier documento bancario en el que figure el número de cuenta de la que seas TITULAR, y donde desees percibir la prestación.



Libro de Familia, o documento equivalente en el caso de extranjeros.



Certificado o certificados de empresa en las que hubieses trabajado en los últimos 6 meses (si no se han enviado por las empresas al SEPE). Solo en aquellas situaciones en las que el certificado de empresa no fuera suficiente para acreditar la situación legal de desempleo, es necesario aportar otro documento acreditativo.

c) ¿Cuándo, dónde y cómo se tramita? La solicitud deberás presentarla en el plazo de los quince días hábiles siguientes al último día trabajado, al retorno del extranjero o a la excarcelación. En el supuesto de que la empresa te haya abonado vacaciones por no haberlas disfrutado con anterioridad al cese, debes presentarla en los 15 días hábiles siguientes a la finalización del período equivalente a las vacaciones, a través de: •

La sede electrónica del SEPE



En la oficina de prestaciones (tras la obtención de cita previa en la sede electrónica del SEPE).



En cualquier oficina de registro público.



Por correo administrativo.

d) Realiza un esquema de todos los datos investigados para poder realizar los trámites que precisa Rafael. Respuesta libre.

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8. La empresa Vives, S.L desea iniciar su actividad y contratar a dos trabajadores, uno a tiempo completo, con experiencia laboral, y el otro a tiempo parcial. Este último simultaneará el trabajo con el segundo curso de un Ciclo de Administración y Finanzas. Haz un resumen de las obligaciones que tiene esta empresa con la Seguridad Social. Las obligaciones de esta empresa con la Seguridad Social, son las siguientes: •

Al contratar la empresa a trabajadores, previamente debe solicitar su propia inscripción en la Seguridad Social.



Deberá dar de alta a los dos trabajadores antes de iniciar su relación laboral. El primero no necesita afiliarlo por haber trabajado ya y el segundo, deberá ser afiliado, si no lo está.



Posteriormente, deberá cotizar por ellos.

9. La empresa FORJA, S,L. pretende iniciar su actividad a primeros de mes que viene. De momento no va a contratar trabajadores. Averigua cuáles son las obligaciones con la Seguridad Social de los empresarios que van a contratar trabajadores y los empresarios que no van a contratarlos. Realiza un esquema en tu cuaderno que recoja estas obligaciones. Las empresas que van a contratar trabajadores deberán solicitar su propia inscripción. Posteriormente, procederá a dar de alta a sus trabajadores y a afiliarlos si no lo están. A continuación su obligación es cotizar por ellos. Las empresas que no van a contratar trabajadores no precisan realizar el trámite de la inscripción. En función de la situación de los empresarios, deberán darse de alta en el Régimen General o Especial. 10. Juan, empresario individual, regenta un negocio familiar y trabajan con él, su mujer, y su hermano (que vive independiente, trabaja como asalariado) y, su hijo, que en la actualidad está realizando el Ciclo Formativo de Administración y Finanzas y le ayuda los fines de semana a cambio de una propina. Indica y anota en tu cuaderno en qué Régimen tienen que ser dados de alta estos trabajadores. Juan y su mujer deberán darse de alta en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos). El hermano en el Régimen General, ya que vive independiente y trabaja como asalariado. El hijo en ningún régimen. 11. Adela, de 37 años de edad, realizó el ciclo de Administración y Finanzas hace tiempo. Está trabajando pero no le satisface ni el trabajo que realiza ni el salario que percibe. Pretende poner en marcha una floristería y quiere saber: a) ¿Qué trámites debe realizar ante la Seguridad Social? b) ¿Qué cantidad cotizará mensualmente si se decide por una cobertura con incapacidad temporal?

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c) En este caso, ¿podrá Adela acogerse a la tarifa plana? Averigua todos estos datos y realiza un esquema de las preguntas que se hace Adela. Deberá darse de alta en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos). Si Adela cotiza por el mínimo, en 2017, la base mínima es de 1152,800 €/mes x 29,80 = 343,53 €/mes. Si Adela reúne los requisitos y se le aplica la tarifa plana, abonará, aproximadamente 50 € mensuales. En principio sí, pero con la Ley de Emprendedores, la tarifa plana que es la bonificación estrella, pensada en principio para menores de 30 años, paso a todos los nuevos autónomos, independientemente de su edad, medida que entró en vigor el 28 de septiembre de 2013 con la publicación en el BOE de la Ley 14/2013 de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización. La tarifa plana para autónomos consiste en el pago mensual de 50 euros a la Seguridad Social en lugar de la cuota mensual mínima, que en el 2017 asciende A 343,53. Por lo que cabe decir que ha tenido un considerable impacto en el apoyo al autoempleo y los nuevos emprendedores. La duración y las reducciones aplicables varían en función de la edad del nuevo autónomo y de sus condiciones personales: Los primeros seis meses: se paga una cuota fija de 50 euros mensuales. Si elige otra mayor, tendrá una reducción del 80% de la cuota. Del mes 7 al 12: una reducción del 50% sobre la base de cotización mínima. Del mes 13 al 18: una reducción del 30%. Del mes 19 al 30: se mantiene la reducción especial del 30%, que es únicamente aplicable a los trabajadores menores de 30 años y las trabajadoras menores de 35 años que no hayan sido autónomos en los 5 años anteriores ¿Cómo solicitar la tarifa plana? Si vas a darte de alta como autónomo próximamente y cumples los requisitos para acceder a la tarifa plana, puedes hacerlo sin problema solicitándola en la Seguridad Social en el momento de darte de alta en autónomos. Requisitos para obtener la tarifa plana No haber estado de alta como autónomo en los cinco años anteriores. Además, quedó a criterio de la Tesorería General de la Seguridad Social la concesión final, lo que en la práctica dio lugar a tres requisitos adicionales en base a sus interpretaciones: No ser administrador de una sociedad mercantil. No haber recibido anteriormente una bonificación de la Seguridad Social como autónomo, aunque hayan pasado más de cinco años. No ser autónomo colaborador (régimen especial para familiares de los autónomos). Todo ello causó bastante controversia y denuncias en medios ya que estos criterios no estaban en la orden, sino en una circular interna de la Seguridad Social, lo cual provocó que muchos autónomos societarios que contaban con esa ayuda no pudieran recibirla.

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También hay que precisar que en el caso de las cooperativas de trabajo asociado sí que se puede optar a la tarifa plana. En el caso de pluriactividad entre trabajo por cuenta propia y ajena, la Ley de Emprendedores introdujo unas nuevas bonificaciones del 50% de la cuota de autónomos para esos casos, pudiendo el autónomo elegir entre la tarifa plana y las bonificaciones por pluriactividad. 12. Señala dónde se establecen las bases y tipos de cotización de empresarios y trabajadores y cada cuánto tiempo cambian. Límites de bases y topes de cotización. Anualmente, en la Ley de Presupuestos, el gobierno establece los límites a la cotización mediante la fijación de «bases máximas y mínimas» de cotización para las distintas contingencias. Contingencias comunes: Las bases máximas y mínimas se determinan en función de la categoría profesional de los trabajadores, conforme a los llamados «grupos de cotización». Contingencias profesionales: Existe un tope máximo y otro mínimo para todos los trabajadores con independencia de sus grupos de cotización. 13. Un trabajador cesa en el trabajo en el día de hoy, y al empresario se le olvida cursar la baja y lo hace a los quince días. Indica qué plazo tiene el empresario para comunicar la baja en el trabajo y qué repercusión tiene el no haberla realizado en su momento. El empresario debe comunicar el hecho dentro de los tres días siguiente a producirse. El no haberlo hecho en su momento implica que el empresario cotizará hasta la fecha que comunique la baja, es decir, no se extingue la obligación de cotizar hasta que la Tesorería conoce el hecho. 14. Accede a la página web de la seg-social .es y averigua cuál es el modelo para solicitar autorización para incorporarse al Sistema RED. FR.102 A - Solicitud de Alta, Baja o Modificación de datos de usuario secundario de una Autorización del Sistema RED.

Actividades de síntesis 1. Acabas de finalizar el Ciclo de Administración y Finanzas y en la Asesoría Laboral de una empresa van a contratarte. ¿En qué Régimen de la Seguridad Social deberán incluirte y por qué?

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En el Régimen General, que es donde se encuadran la mayoría de los trabajadores por cuenta ajena. 2. ¿Sabrías decir por qué existen otros Regímenes de la Seguridad? Para agrupar las actividades profesionales consideradas especiales en atención a sus peculiaridades, por condición de tiempo o lugar o por la naturaleza de sus procesos productivos. 3. ¿Conoces lo que te va aportar la Seguridad Social? Una protección adecuada ante situaciones de necesidad, como son los casos de enfermedad, accidente, jubilación, desempleo, orfandad, maternidad, muerte, etc. 4. ¿Sabes qué entidades son competentes en materia normativa y de control de la Seguridad Social? Las competencias en materia normativa y de control de la Seguridad Social están atribuidas al Ministerio de Sanidad y al Ministerio de Empleo. 5. Indica las entidades gestoras que conozcas y la finalidad que tienen. •

Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Es la entidad encargada de la gestión y administración de las prestaciones económicas de nivel contributivo y el reconocimiento del derecho a la asistencia sanitaria.



Instituto de Gestión Sanitaria (INGESA). En materia de asistencia sanitaria el Estado tiene competencia exclusiva sobre las bases y coordinación general de la Sanidad, la legislación sobre productos farmacéuticos y la sanidad exterior. El cometido del INGESA es la administración de las prestaciones sanitarias de la Seguridad Social en el ámbito de las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla, ya que el resto de las comunidades autónomas tienen transferidas dichas competencias.



Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO). Gestiona las pensiones de invalidez y de jubilación, en sus modalidades no contributivas, así como los servicios complementarios del sistema de la Seguridad Social y los planes, programas y servicios de ámbito estatal para personas mayores y en situación de dependencia, sin perjuicio de la gestión transferida a las Comunidades Autónomas.



Instituto Social de la Marina. Se encarga de la gestión y administración de las prestaciones del sector marítimo y pesquero.

6. Realiza un esquema de las obligaciones que tiene la empresa con la Seguridad Social que corresponda a las siguientes cuestiones: a) ¿Qué obligaciones afectan a la empresa cuando contrata a un nuevo trabajador? b) ¿Qué modelo de impresos utilizará la empresa? c) ¿En qué plazo los deberá presentar?

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d) ¿Ante qué organismo deberá presentarlos? Obligaciones del empresario con la Seguridad Social: •

Inscripción de las empresas. Modelo TA6. Antes de contratar trabajadores.



Inscripción de trabajadores autónomos. Modelo TA.0521/1. Dentro de los 30 días siguientes a la iniciación de la actividad.



Variación de datos y cese en la actividad de la empresa. Dentro de los tres días siguientes al producirse.



Afiliación, altas, bajas y variaciones de datos de las personas trabajadoras. Afiliación y alta antes del inicio de la actividad. Bajas y variaciones dentro de los tres días naturales siguientes al producirse.



Afiliación: Modelo TA1.



Altas, bajas y variaciones: TA.2/S



Cotización a la Seguridad Social e ingresar las aportaciones propias y las de sus trabajadores en las Tesorerías Territoriales de la Seguridad Social. Mensualmente.



Todos estos datos se comunicaran a la Tesorería General de la Seguridad Social.

7. Tras acabar el Ciclo Formativo de Administración y Finanzas, decides trabajar en el negocio familiar que tienen tus padres. Explica con detalle los pasos que debes realizar para ello y en qué régimen cotizarías. En la página web de la Seguridad Social (www.seg-social.es), encontrarás los modelos que necesitarás. Si tienes menos de 30 años, tus padres pueden contratarte como trabajador por cuenta ajena. Deberán afiliarte y darte de alta en el Régimen General de la Seguridad Social, antes del inicio de la actividad. Modelo TA.1: Afiliación Modelo TA.2/S: Solicitud de alta

Investigación 1. Te contrataron en la Asesoría Laboral y un posible trabajador autónomo te solicita le asesores de los trámites que debe realizar y quiere saber: a) La base de cotización máxima y mínima, así como el tipo de cotización, para un trabajador autónomo. Estas bases de cotización se establecen cada año en la Ley General de Presupuestos. Accede a la página web de la Seguridad Social y encontrarás las bases solicitadas. b) Juan tiene 26 años y no sabe si existe algún tipo de bonificación en las cotizaciones, bonificación en las cotizaciones en función de la edad. Esta información la encontrarás en la siguiente página de la Seguridad Social:

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www.seg-social.es.es/Internet_1/Tra bajadores/CotizacionRecaudaci10777/Basesytiposdeco tiza36537/index.htm Comprueba si puede acogerse a la Tarifa Plana. La duración y las reducciones aplicables varían en función de la edad del nuevo autónomo y de sus condiciones personales: •

Los primeros seis meses: se paga una cuota fija de 50 euros mensuales. Si elige otra mayor, tendrá una reducción del 80% de la cuota.



Del mes 7 al 12: una reducción del 50% sobre la base de cotización mínima.



Del mes 13 al 18: una reducción del 30%.



Del mes 19 al 30: se mantiene la reducción especial del 30%, que es únicamente aplicable a los trabajadores menores de 30 años y las trabajadoras menores de 35 años que no hayan sido autónomos en los 5 años anteriores

La Comunidad de Madrid, la patronal y sindicatos han acordado ampliar la Tarifa Plana de 50€ de los seis meses actuales a 18 meses. c) Juan quiere saber lo que va a tener que cotizar mensualmente por la cuota de autónomos. Quiere cotizar sobre la base mínima incluida la cobertura por incapacidad temporal. Calcula el importe de la cuota mensual. Aplícale el 29,80% sobre la Base Mínima, en este momento, que encontraras en la página web de la Seguridad Social. d) Juan va a prestar sus servicios profesionales básicamente a una empresa, pero aceptará pequeños trabajos para otras empresas. Infórmale de las características del trabajador económicamente dependiente. Infórmale del trabajador TRADE. e) A Juan le interesa saber qué obligaciones tendría con la Seguridad Social si en vez de trabajar como autónomo trabajase por cuenta ajena. Las obligaciones con la Seguridad Social serán del empresario. A Juan le descontara el empresario su cuota correspondiente al hacerle efectiva la nómina. f) Juan quiere saber a qué régimen de la Seguridad Social pertenecerá. Pertenecerá al Régimen Especial. g) También le interesa correspondientes.

saber

dónde

tiene

que

ingresar

las

cuotas

Los trabajadores autónomos han de cotizar desde el primer día en que inicien su actividad y la liquidación de la cuota se llevará a cabo todos los meses en las administraciones de la Tesorería General de la Seguridad Social, domiciliando el pago en tu entidad financiera o a través de la web de la Seguridad Social. h) Además quiere saber qué derechos le aporta el satisfacer las cuotas de la Seguridad Social. Podrá beneficiarse de las prestaciones contributivas de la Seguridad Social. Después de valorar toda la información facilitada por la Asesoría Laboral, Juan constituye una sociedad limitada, junto con dos amigos. La empresa se ocupará del mantenimiento de equipos electrónicos. Uno de los socios se encargará de

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llevar la dirección y la gerencia de la empresa y los otros dos socios trabajarán como técnicos. Además van a contratar a un técnico electrónico, titulado recientemente en un ciclo de Grado Medio o Superior de electrónica, para realizar trabajaos de reparación de módulos electrónicos. Le ofrecen un contrato de prácticas, con jornada completa y un sueldo bruto de 15.000 €/anuales. Piden capacidad y calidad en el trabajo, precisión, pensamiento analítico y trabajo en equipo. Explícale a Juan y a sus dos amigos las obligaciones que contraen con la Seguridad Social con la persona contratada y con ellos mismos. Realiza un esquema explicativo. Obligaciones con la Seguridad Social •

La empresa al contratar trabajadores, deberá solicitar su propia inscripción.



El socio que se encargue de la dirección y gerencia de la empresa, deberá darse de alta en el Régimen de Autónomos.



La situación de los socios trabajadores es la siguiente: los trabajadores autónomos han de cotizar desde el primer día en que inicien su actividad y la liquidación de la cuota se llevará a cabo todos los meses en las administraciones de la Tesorería General de la Seguridad Social, domiciliando el pago en tu entidad financiera o a través de la web de la Seguridad Social.

Ampliación Los trabajadores incluidos en el Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos que en algún momento de cada ejercicio económico, y de manera simultánea, hayan tenido contratado a su servicio un número de trabajadores por cuenta ajena igual o superior a diez, tendrán una base mínima de cotización para el ejercicio siguiente igual a la correspondiente para los trabajadores encuadrados en el grupo de cotización 1 del Régimen General. También deberán aplicar este incremento en la base mínima de cotización los autónomos societarios (administradores sociales y socios trabajadores incluidos en el RETA), tengan o no trabajadores en sus sociedades. Se entiende como autónomos societarios a "quienes ejerzan funciones de dirección y gerencia que conlleven el desempeño del cargo de consejero o administrador o que presten otros servicios para una sociedad mercantil capitalista, a título lucrativo y de forma habitual, personal y directa, siempre que posean el control efectivo, directo o indirecto, de aquella". Se entenderá, en todo caso, que se produce tal circunstancia cuando las acciones o participaciones del trabajador supongan, al menos, la tercera parte del capital social, la cuarta parte si desempeña funciones de gerencia o la mitad si está en posesión de familiares directos (segundo grado de consanguinidad). Los otros dos socios deberán darse de alta en el Régimen General. Al técnico en electrónica que contraten, deberán darle de alta en el Régimen General y afiliarlo si no lo está. Le realizarán un contrato en prácticas, según lo previsto.

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Test de repaso 1. ¿A quiénes se atiende a través de la modalidad no contributiva de la Seguridad Social? a A quienes no tienen recursos. b A los que no han cotizado suficiente. c Se atienden situaciones de necesidad. d Todas son verdaderas. 2. ¿Cuál de los siguientes trabajadores se encuadra dentro del Régimen General de la Seguridad Social? a Técnico especialista en Administración y Finanzas que trabaja en una asesoría laboral. b Un minero. c Un empresario individual que tiene una zapatería y trabaja en ella. d Un alumno de un ciclo formativo de grado superior. 3. ¿Quiénes se encuentran encuadrados en el Régimen General de la Seguridad Social? a Quienes trabajan en la mina. b Quienes trabajan por cuenta propia. c Todos los trabajadores que no estén incluidos en otro régimen. d Los trabajadores del mar. 4. ¿Qué entidad gestora de la Seguridad Social tiene a su cargo la administración de las prestaciones económicas de nivel contributivo? a El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). b El Instituto de Gestión Sanitaria (INGESA). c El Instituto Social de la Marina. d Ninguno de ellos. 5. ¿Quién tiene a su cargo la custodia de la caja única del Sistema de la Seguridad Social bajo la vigilancia del Estado? a Los sindicatos de trabajadores. b Las Comunidades Autónomas. c La Tesorería General de la Seguridad Social.

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d El Banco de España. 6. ¿Cuándo se debe hacer la inscripción de una empresa si contrata trabajadores? a Antes del inicio de la actividad. b Dentro de los 30 días siguientes al inicio de la actividad. c No hay plazo. d A elección del empresario. 7. ¿Cómo colaboran las empresas en la gestión de la Seguridad Social de forma voluntaria? a Asegurando directamente a su personal por asistencia sanitaria. b Gestionando las prestaciones económicas derivadas en caso de accidente, sea o no laboral. c Gestionando las prestaciones económicas en caso de enfermedad común o profesional. d Todas son verdaderas. 8. ¿Con qué coincide el número de cuenta de cotización de un trabajador autónomo? a Con su DNI. b Con su NIF. c Con su número de la Seguridad Social. d Ninguna es verdadera. 9. ¿Cuál es la principal diferencia entre el Régimen General de la Seguridad Social y el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA)? a Se cotiza por lo que se cobra. b Existe la posibilidad de elegir la base de cotización. c Se cotiza siempre por el mínimo. d Ninguna es verdadera. 10. ¿Dónde deben ser dados de alta los familiares que colaboran con el empresario individual y conviven en el hogar del titular de la actividad? a En el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. b En el Régimen General de la Seguridad Social. c No es necesario darles de alta. d A opción del empresario.

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11. Indica cuáles de las siguientes características definen a un trabajador autónomo dependiente. a Trabaja para varias empresas. b Trabaja para un cliente del que percibe, al menos, el 75 % de sus ingresos y con el que está vinculado mediante un contrato escrito. c Trabaja para un cliente del que percibe, al menos, 10 000 € anuales. d Los trabajadores autónomos económicamente dependientes no tienen ningún contrato con sus clientes. 12. ¿Cómo vela la Inspección de Trabajo y Seguridad Social por el cumplimiento de las obligaciones laborales y de Seguridad Social? a Asesorando a empresarios y trabajadores. b Con actuaciones preventivas. c Con actuaciones sancionadoras. d Todas son verdaderas. 13. ¿Cuál es el plazo de prescripción de las sanciones en materia de la Seguridad Social? a Dos años. b No prescriben. c Cuatro años. d Un año.

Comprueba tu aprendizaje 1. Responde las siguientes cuestiones sobre el sistema de la Seguridad Social: a) Señala los fines que persigue la Seguridad Social. El Estado, dentro de su política del bienestar, debe garantizar: un sistema de la Seguridad Social que garantice a los trabajadores, y a los familiares o asimilados que tuvieran a su cargo, la protección adecuada en las situaciones de necesidad protegidas, como son los casos de enfermedad, accidente, jubilación, desempleo, orfandad, maternidad, muerte, etc. b) Indica cuáles son los principios básicos de la Seguridad Social. Los principios básicos son: contributividad, universalidad, solidaridad intergeneracional, equidad e igualdad de derechos, suficiencia y unidad de caja. c) Explica qué significa «unidad de caja». Significa que el Estado es el único titular de todos los recursos de la Seguridad Social.

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2. Según el mandato constitucional, el Estado queda comprometido al establecimiento de un sistema de protección. ¿De qué tipo debe ser este sistema de protección? Nuestro actual sistema de Seguridad Social se caracteriza por su tendencia a alcanzar un sistema universal que proteja a toda la población, dando así cumplimiento al mandato constitucional contenido en el artículo 41 de la Constitución Española (CE), donde se establece que «los poderes públicos mantendrán un régimen público de la Seguridad Social, para todos los ciudadanos, que garantice la asistencia y prestaciones sociales suficientes ante situaciones de necesidad». 3. Investiga en la página web de la Seguridad Social y explica qué prestaciones ofrece la Seguridad Social a los ciudadanos. Las prestaciones que ofrece la Seguridad Social son las siguientes: Acción protectora prestaciones. •

Asistencia sanitaria.



Incapacidad temporal.



Riesgo durante el embarazo.



Riesgo durante la lactancia natural.



Maternidad.



Paternidad.



Cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave.



Incapacidad permanente.



Lesiones permanentes no invalidantes.



Jubilación.



Muerte y supervivencia.



Prestaciones por actos terroristas.



Prestaciones familiares.



Pensiones del seguro obligatorio de vejez e invalidez (SOVI).



Prestaciones del seguro escolar.



Servicios de prestaciones/pensiones.



Normativa de prestaciones/pensiones.

4. Indica en qué régimen de la Seguridad Social deben ser incluidos los siguientes trabajadores: Un empresario individual que tiene un restaurante y trabaja en él. Especial. Un cocinero contratado por el empresario del restaurante anterior. General. Un administrativo que trabaja en un centro comercial. General. Un auxiliar que trabaja a tiempo parcial en una gestoría. General.

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Un estudiante de un Ciclo Formativo. Especial. Un funcionario administrativo que trabaja en el Ministerio de Empleo. Especial. Un picador minero. Especial. Un pescador que faena en el golfo de Vizcaya. Especial. 5. Relaciona los siguientes organismos con la finalidad que cumplen: •

INSS. Gestiona las prestaciones de la Seguridad Social.



TGSS. Gestiona las prestaciones de la Seguridad Social.



SEPE. Reconoce las prestaciones por desempleo.

6. Indica ante qué organismo realizarías los siguientes trámites: a) Afiliación y alta en la Seguridad Social. Tesorería General de la Seguridad Social. b) Solicitud de una prestación por desempleo. Instituto de Empleo. Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). c) Solicitud de una prestación por incapacidad absoluta. INSS. d) Solicitud de asistencia médica. INGESA. e) Solicitud de tarjeta sanitaria. INSS. 7. Un trabajador autónomo junto con su cónyuge regentan un negocio familiar. También tienen contratada, a tiempo parcial, a una trabajadora. Además, los fines de semana colabora un hijo que está estudiando. Indica en qué regímenes de la Seguridad Social tienen que estar incluidas cada uno de los trabajadores del negocio familiar. Los dos primeros en el régimen especial de autónomos. La trabajadora contratada a tiempo parcial, en el Régimen General. El hijo, en ningún régimen. 8. Completa el siguiente cuadro indicando el modelo y el plazo en que el empresario debe realizar los trámites que se indican en la Tesorería General de la Seguridad Social. Trámite

Modelo

Plazo

Inscripción de la empresa.

TA.6

Previo al inicio de su actividad.

Afiliación de un trabajador.

TA.1

Antes de la iniciación laboral, si no está afiliado.

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Alta del trabajador. Inscripción autónomos.

de

trabajadores

TA.2/S

Antes de la iniciación laboral.

TA-521/1

En los 30 días siguientes al inicio de la actividad.

Bajas y variaciones de datos de TA.2/S las personas trabajadoras.

En los 3 días naturales siguientes tanto la baja como la variación de los datos. Posibilidad de hacerlo online a través del Sistema Red

9. Una Asesoría Fiscal y Laboral contrata a un joven que ha finalizado el Ciclo de Administración y Finanzas, con un contrato en prácticas. Se trata de su primer trabajo. a) ¿Qué obligaciones tiene la empresa con ese trabajador respecto a la Seguridad Social? Empresa debe dar de alta al trabajador en la Seguridad Social y afiliarlo si no lo está. b) ¿En qué plazo deben realizarse? Antes de iniciar la relación laboral. c) ¿Qué modelo de impreso deberá utilizar? Impreso TA2/S. d) ¿En qué organismo deberá presentar el documento correspondiente? En la Tesorería General de la Seguridad Social. e) ¿Quién debe cotizar a la Seguridad Social? Deben cotizar la empresa y el trabajador. La empresa retendrá la parte de la cuota que corresponda al trabajador en el momento de hacer efectiva la nómina y la ingresará junto con la suya propia en la Tesorería General de la Seguridad Social. 10. Un trabajador finalizó su contrato de obra y servicio en el día de ayer. a) ¿Qué trámite debe realizar la empresa respecto a la Seguridad Social? Proceder a la baja en la Seguridad Social. b) ¿En qué plazo debe realizarse? Dentro del plazo de los tres días naturales siguientes al cese en el trabajo. c) ¿Qué plazo tiene el empresario para comunicar la baja? Si la baja se efectúa fuera de plazo, no se extinguirá la obligación de cotizar hasta que la Tesorería General de la Seguridad Social tenga conocimiento del cese en el trabajo. 11. Si, en un determinado momento de su vida, un trabajador no se encuentra en el nivel contributivo o profesional, sino en el asistencial, ¿se puede considerar que este trabajador está afiliado a la Seguridad Social? Elige la opción correcta.

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a) Si el trabajador estuvo una vez afiliado, lo estará siempre, porque la afiliación es única para toda la vida de los trabajadores, con independencia de las bajas, altas y variaciones que se produzcan con posterioridad a la afiliación. b) Pierde la afiliación cuando pierde el trabajo. c) Algunos trabajadores no tienen derecho a la afiliación. d) Los trabajadores que se encuentran en el nivel asistencial no se consideran afiliados. La correcta es la a). 12. La empresa Hierros del Norte, S.L. encarga a la Gestoría Silex, que realice los trámites para la puesta en marcha de la empresa, sabiendo que va a contratar a tres trabajadores; uno de ellos es socio y llevará la dirección de la empresa; los tres tienen experiencia laboral. Confecciona un resumen de las obligaciones que debe cumplir la empresa Hierros del Norte, S.L., en materia de Seguridad Social. 1. La empresa deberá inscribirse en la Seguridad Social, a través del modelo TA6, obligatoriedad al contratar trabajadores. 2. Deberá dar de alta a los dos trabajadores, antes de iniciar la relación laboral y cotizar por ellos. 3. El socio trabajador debe darse de alta como trabajador autónomo al llevar la dirección de la empresa. Tiene de plazo 30 días desde el inicio de la actividad. 13. Pedro, de 24 años de edad, finalizó el ciclo de Administración y Finanzas hace tres años. Los dos primeros trabajó y ahora se encuentra desempleado y quiere poner en marcha una tienda de alquiler de bicicletas con un amigo que, después de trabajar 18 meses, se encuentra también desempleado. Para poner en marcha el negocio precisan de varios trámites. Responde a las siguientes cuestiones relativas a gestiones que deben realizar ante la Seguridad Social: a) ¿Dónde deberán inscribirse? Deberán darse de alta en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos). b) ¿Es necesario que se afilien? No porque los dos ya han trabajado y están afiliados. c) ¿Dónde se darán de alta, en qué plazo y qué impreso deberán cumplimentar? En la Tesorería General de la Seguridad Social, en el plazo de 30 días y mediante el impreso TA.1. d) ¿Por qué base de cotización tributarán? Pueden elegir la base de cotización. e) ¿Qué porcentaje tributarán a la Seguridad Social si se acogen a la incapacidad temporal (IT)? 29,80%.

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f) ¿Qué tipo de bonificación pueden tener sobre la cuota? Se pueden acoger a la tarifa plana de 50 € en el caso de que fuese la primera vez que son autónomos y tienen menos de x edad. 14. Un trabajador autónomo trabaja como repartidor para tres empresas. Sus ingresos anuales son de 90.000 €, distribuidos de la siguiente forma: • Empresa A: 60.000 € • Empresa B: 25.000 € • Empresa C: 5.000 € Quiere saber si alguna de ellas está obligada a realizarle un contrato con la condición de trabajador autónomo económicamente dependiente. 60.000 + 25.000 + 5.000 = 90.000 Si 90.000 es 100% 60.000 es x ; x = 60.000 x 100/90.000 = 66,67 % Ninguna de estas empresas está obligada a realizar el contrato de trabajador autónomo económicamente dependiente porque ninguna alcanza al 75% de sus ingresos. Los ingresos superiores de la empresa A solo llegan al 66,67% 15. Un empresario contrató a un trabajador que había realizado un Ciclo Superior de Formación Profesional, con un contrato en prácticas y con un periodo de prueba de 1 mes. El empresario no dio de alta al trabajado hasta transcurrido el periodo de prueba. a) ¿Es correcta la actuación del empresario? No. b) ¿Cuándo debería haber realizado el alta y en qué modelo? Antes de iniciar la relación laboral. c) Cuando los trabajadores no han sido dados de alta en el momento oportuno ¿qué pueden hacer? El empresario es el obligado a dar de alta a los trabajadores pero, en su defecto, lo pueden hacer los trabajadores o la Inspección de Trabajo. 16. Un trabajador cesó en el trabajo por voluntad propia el día 31 de enero y el empresario no tramitó la baja hasta el día 8 de febrero. a) ¿En qué plazo deberá el empresario comunicar la baja del trabajador? Dentro de los tres días siguientes. b) ¿A qué organismo se lo debe comunicar? A la Tesorería General de la Seguridad Social.

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c) ¿Qué repercusión tiene para el empresario no tramitar la baja dentro del plazo reglamentario? Debe hacerse constar el último día que el trabajador prestó servicios (31 de enero). Al no comunicarlo la empresa hasta el día 8 de febrero, deberá cotizar hasta ese día que fue cuando la Tesorería General de la Seguridad Social tuvo conocimiento del cese en el trabajo. 17. Un empresario contrató a un trabajador, que acaba de obtener el Título de Técnico Superior en Administración y Finanzas, a jornada completa y con un contrato indefinido. Responde a las siguientes cuestiones: a) ¿Quién es el obligado a cotizar a la Seguridad Social? Están obligados a cotizar a la Seguridad Social, el empresario y el trabajador. b) ¿Quién ingresará el importe de las cuotas? El importe de las cuotas las ingresará el empresario, la suya propia y la correspondiente al trabajador que retendrá al hacerle efectiva la nómina, e ingresará en la Tesorería de la Seguridad Social. 18. David López Herranz, con DNI 13235235 P, es el representante de la empresa Riu, S.A., y desea comenzar su actividad el día 1 de febrero de 2017. Domiciliada en la Avenida de Aragón, 16, de Madrid (28008), con CIF A46464646 y código de cotización a la Seguridad Social 46/0111222/000, su objeto social es el comercio al por menor de artículos textiles. La empresa fue constituida el 10 de diciembre de 2016, e inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, núm. 3, Tomo 2, Libro 3, folio 5, sección 3.ª, Hoja 112. Se acoge al INSS para la cobertura de accidentes de trabajo (AT) y enfermedades profesionales (EP). Le corresponde el convenio colectivo de oficinas y despachos. a) Indica qué documentos se deben utilizar para proceder a la inscripción de la empresa en la Seguridad Social. ¿Dónde debe realizar ese trámite y cuándo? El modelo de inscripción de la empresa es el TA.6 y deberá realizarlo en la Tesorería General de la Seguridad Social de la provincia donde radique el centro de trabajo, en este caso, Valencia. b) Busca y descarga de la página web de la Seguridad Social el modelo necesario para realizar la inscripción de la empresa en la Seguridad Social y cumpliméntalo. Véase la Figura 3.1 adjunta en PDF. c) El 2 de marzo de 20_ _, la empresa procede a dar de alta a la trabajadora Marta Vaca Zolo, con NIF 21345678 D, nacida en Sagunto (Valencia) el día 14 de diciembre de 1998, hija de Juan y Pilar y domiciliada en Madrid, calle Pinares 20, teléfono 630052345. Está afiliada, aunque no ha trabajado. El contrato es indefinido y a tiempo completo. Busca y descarga de la página web de la Seguridad Social el modelo necesario para realizar el alta y cumpliméntalo. Véase la Figura 3.2 adjunta en PDF. d) ¿Cuándo deberá presentar el empresario la mencionada alta?

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Antes del inicio de la relación laboral. 19. ¿Qué organismo es responsable de controlar y vigilar el cumplimiento de las obligaciones de los empresarios en materia de Seguridad Social? La responsabilidad de controlar y vigilar el desarrollo y cumplimiento de las normas en materia laboral y de Seguridad Social recae en la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS). 20. En el año 2010, Esther y su empresa pactaron simular un despido disciplinario para que Esther pueda cobrar el paro. El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) lo descubre en 2016. ¿Podrá ser objeto de sanción la actuación de la empresa y el trabajador? La connivencia entre ambas partes con la finalidad de obtener la prestación por desempleo no es lícita. Y el hecho de percibirla indebidamente supone una serie de sanciones tanto para el empresario como para el trabajador, desde diferentes ámbitos. Así, la Ley de Infracciones y Sanciones del Orden Social tipifica y sanciona la acción tanto para el empresario como para el trabajador. El artículo 23.1 c) de la citada ley califica como muy grave la infracción de los empresarios que consista en “la connivencia con sus trabajadores o con los demás beneficiarios para la obtención de prestaciones indebidas”. En cuanto a los trabajadores, el artículo 26.1 califica también como muy grave la acción del trabajador de “actuar fraudulentamente con el fin de obtener prestaciones indebidas o superiores a las que le correspondan (…)”. En cuanto a la sanción, para el empresario, según el artículo 40.1 c), las infracciones muy graves se sancionarán con una multa económica. Pero en este caso como han transcurrido más de 4 años desde que se cometió el hecho la sanción ha prescrito y no habrá consecuencias. 21. Busca en el RDL 5/2000 LISOS la graduación del incumplimiento del empresario de las siguientes obligaciones: a) No solicitar el alta de dos trabajadores que ingresen a su servicio. b) Iniciar su actividad sin haber solicitado su inscripción en la Seguridad Social. c) No inscribir la empresa en la Seguridad Social. Según el artículo 22 del RDL 5/2000, serán consideradas como graves: •

No solicitar el alta de los trabajadores, que ingresen a su servicio, o solicitar la misma, como consecuencia de actuación inspectora, fuera del plazo establecido. A estos efectos se considerará una infracción por cada uno de los trabajadores afectados.



La no inscripción de empresas e identificación de centros de trabajo o su no transmisión por los obligados o acogidos a la utilización de sistemas de presentación por medios informáticos, electrónicos o telemáticos.

El importe de la graduación de la sanción puede oscilar desde 626 € hasta 6.250 €.

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Resuelve el reto Dos personas emprendedoras han constituido una empresa el día 1 de febrero de 20_ _, con el nombre de BRICO, S. A. (BRICOSA). Los datos son los siguientes: – Objeto social: comercialización al por menor de artículos de bricolaje. – CIF: A28282828. – Epígrafe del Impuesto sobre Actividades Económicas: 653.6. Comercio al por menor de artículos de bricolaje. – Domicilio: Alcalde Sainz de Baranda, 182 - 28007 Madrid. – http://www.bricosa.es La empresa fue inscrita el día 28 de febrero de 20_ _ en el Registro Mercantil de Madrid, núm. 3, tomo 20, libro, 3, folio 100, Hoja 3 120. La empresa está representada por uno de los socios emprendedores, cuyos datos son los siguientes: – Pedro Pazo Riego, que va a ser el administrador único. – NIF: 28678900 Q. – Domicilio: Athos, 150 – 28011 Madrid. – Número de afiliación a la Seguridad Social (NAF): 28/00005134/10. – Correo electrónico: [email protected]. – Teléfono móvil: 654 321 000. Se pide: 1. Cumplimentación de documentos. a) Cumplimenta el documento de inscripción de la empresa en la Seguridad Social, como trámite previo a la contratación de un trabajador. La póliza para cubrir los accidentes de trabajo se concierta con el INSS. Presentada la solicitud por el representante legal, el día 1 de marzo, se le ha asignado el código de cuenta de cotización: 28/7691401/12. Cumplimenta el modelo TA6. b) Cumplimenta el documento correspondiente al alta como administrador único de Pedro Pazo Riego. Ten en cuenta el plazo para realizar el trámite, y el impreso a cumplimentar. Sabiendo que la base mínima de cotización de los socios trabajadores corresponde a la base mínima del Grupo de cotización, 1 del Régimen General, calcula el importe mínimo por el que cotizará este trabajador, si se acoge a la incapacidad temporal. Este trabajador no ha estado dado de alta

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anteriormente en el RETA. Las bases para calcular el importe las encontrarás en la página www.seg-social.es Debe cumplimentarse el impreso TA.0521, dentro de los 30 días siguientes al inicio de la actividad. Los trabajadores autónomos han de cotizar desde el primer día en que inicien su actividad y la liquidación de la cuota se llevará a cabo todos los meses en las administraciones de la Tesorería General de la Seguridad Social, domiciliando el pago en tu entidad financiera o a través de la web de la Seguridad Social. Los trabajadores incluidos en el Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos que en algún momento de cada ejercicio económico, y de manera simultánea, hayan tenido contratado a su servicio un número de trabajadores por cuenta ajena igual o superior a diez, tendrán una base mínima de cotización para el ejercicio siguiente igual a la correspondiente para los trabajadores encuadrados en el grupo de cotización 1 del Régimen General. También deberán aplicar este incremento en la base mínima de cotización los autónomos societarios (administradores sociales y socios trabajadores incluidos en el RETA), tengan o no trabajadores en sus sociedades. Se entiende como autónomos societarios a "quienes ejerzan funciones de dirección y gerencia que conlleven el desempeño del cargo de consejero o administrador o que presten otros servicios para una sociedad mercantil capitalista, a título lucrativo y de forma habitual, personal y directa, siempre que posean el control efectivo, directo o indirecto, de aquella". Se entenderá, en todo caso, que se produce tal circunstancia cuando las acciones o participaciones del trabajador supongan, al menos, la tercera parte del capital social, la cuarta parte si desempeña funciones de gerencia o la mitad si está en posesión de familiares directos (segundo grado de consanguinidad). Por lo tanto, Pedro Pazo deberá cotizar por el Grupo 1 del Sistema General de la Seguridad Social. c) Cumplimenta el documento correspondiente al alta de un dependiente que contratan con un contrato indefinido y a tiempo completo, el día 1 de abril de 20—(Grupo de cotización 7) El trabajador ya ha trabajado pero en estos momentos se encuentra desempleado. Los datos son los siguientes: - Román Pérez Muñoz. - Fecha de nacimiento: 1 de abril de 1998 - Número de Afiliación a la Seguridad Social (NAF) 28/00001234/10 - NIF: 14356M A los 18 meses Román Pérez encuentra otro trabajo que le satisface más y cesa voluntariamente. Cumplimenta la baja correspondiente, dentro de plazo y mediante el impreso oportuno. Los documentos a cumplimentar los encontrarás en la página web seg.social.es Deberá cumplimentar el impreso TA.1, dando de alta a Román Pérez. Se deberá dar de baja dentro de los tres días siguientes a producirse la baja, caso contrario deberán cotizar por el trabajador hasta la fecha que la Tesorería tenga conocimiento de la baja.

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d) El día 14 de abril contratan a una administrativa con experiencia, que ha realizado el Ciclo de Grado Superior de Administración y Finanzas y que en estos momentos estaba desempleada. Le han ofrecido un contrato indefinido ordinario, a jornada completa. Los datos de la trabajadora son los siguientes: – Rebeca Gil Rosado – NIF: 14987654A – Número de afiliación a la Seguridad Social (NAF): 39/00009876/32 – Domicilio: El Cafeto, 15, 4.º - 28008 Madrid – Correo electrónico: [email protected] Realiza un esquema trabajadora.

con

las

obligaciones

que

BRICOSA

tiene

con

esta

Las obligaciones con la Seguridad Social son las siguientes: •

Darle de alta en la Seguridad Social, cumplimentando el impreso TA.1



Cotizar por ella desde el inicio de la actividad.



Ingresará las aportaciones propias y las de sus trabajadores en las Tesorerías Territoriales de la Seguridad Social mensualmente.

2. Incorporación al Sistema RED Directo. BRICOSA desea incorporarse al Sistema Red Directo (Remisión Electrónica de Datos), servicio por el que se realizan gestiones e intercambios de documentación. Paralelamente a la cumplimentación de los documentos realizados, envía una solicitud el 1 de marzo de 20__, a la Dirección Provincial de la TGSS de Madrid. – Pedro Pazo Riego actúa como representante de la empresa – La persona autorizada es Rebeca Gil Rosado a) Busca y descarga de la página abajo indicada, el documento necesario para solicitar la incorporación al sistema RED y cumplimenta con los datos de la empresa, su representante y la solicitud de la persona autorizada como usuario principal. http://www.segsocial.es/Internet_1/Masinformacion/Internacional/Formulariosdetrabaj38626 /index.htm A través de esta página web la Seguridad Social ofrece la información que necesitas para la gestión de la empresa sobre inscripción, altas, bajas, cotización/recaudación, pagos a los acreedores de la Seguridad Social, etc. También se encuentran los formularios y modelos que puedes presentar en cualquier Oficina de la Seguridad Social. Deberás cumplimentar el modelo FR.101.

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