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REGLAMENTO DE SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL Y GESTIÓN MEDIO AMBIENTAL PARA EMPRESAS CONTRATISTAS GENER-R-16 Versión: 2 INTRODUCCION El presente Reglamento tiene por propósito establecer las normas concernientes a la Seguridad, Salud Ocupacional y Medio Ambiente para Empresas Contratistas que regirán y serán aplicables para todas las contrataciones de obras, faenas y/o servicios que AES Gener S.A. y Filiales, en adelante, AES Gener S.A. realice con terceros, con el objeto de proteger la integridad de las personas, los equipos, materiales y medio ambiente en los trabajos en donde participe personal de AES Gener S.A. y personal de las Empresas Contratistas. Su aplicación es obligatoria para toda Empresa Contratista que se encuentre o transite en recintos o instalaciones de AES Gener S.A. ejecutando alguna obra, servicio o faena en o dentro de éstas. AES Gener S.A. deja constancia que será responsabilidad y le corresponderá exclusivamente a la Empresa Contratista, en su carácter de empleadora de su personal, dar estricto y total cumplimiento a la legislación vigente y realizar las actividades de Prevención de Riesgos y Gestión Ambiental en sus faenas, a través de su línea de mando y de su equipo de Seguridad, Salud Ocupacional y Medio Ambiente, independiente las actividades de supervisión que realice o pueda realizar AES Gener S.A., lo que en ningún caso, relevará a la Empresa Contratista de sus respectivas obligaciones legales. AES Gener S.A. se reserva el derecho de ejercer un rol de supervisión en la materia, en la o las oportunidades que ella determine, con el objeto de evitar o reducir eventuales Incidentes e impactos ambientales en sus instalaciones. Dicha actividad incluye, entre otros, controles al personal, equipos, conocimientos profesionales, desempeño, programación, auditorías ambientales o cualquier otro que a juicio de AES Gener S.A. sea pertinente aplicar con tal propósito. Salvo declaración expresa en contrario, todas las normas del presente Reglamento son igualmente aplicables a las Empresas Sub contratistas y a su personal. Sin perjuicio de lo anterior, la Empresa Contratista será responsable directa frente a AES Gener S.A. de los hechos u omisiones e infracciones de la Empresa Subcontratista y de su personal. AES Gener se reserva el derecho de anualmente o cuando lo amerite, revisar y/o modificar los temas y contenidos de este reglamento, de acuerdo al ordenamiento legal vigente y a los estándares corporativos de seguridad, salud ocupacional y medio ambiente. Será responsabilidad del contratista mantenerse informado y dar cumplimiento al reglamento que se encuentre vigente al momento en que desarrolle sus actividades. Se entiende que los anexos, formularios y documentos mencionados o referenciados en este Reglamento, para todos los efectos legales, se entiende forman parte integrante del mismo. Se entenderá por instalaciones de AES Gener, toda área, infraestructura, obra, en la que se desarrollen actividades supervisadas o controladas por AES Gener, incluyendo aquellas actividades que se desarrollen al interior de las plantas, así como aquellas ejecutadas fuera de la propiedad, pero en la cual AES Gener tenga supervisión y control.

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REGLAMENTO DE SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL Y GESTIÓN MEDIO AMBIENTAL PARA EMPRESAS CONTRATISTAS GENER-R-16 Versión: 2 I. DEFINICIONES Acción Correctiva: Acción tomada para eliminar la causa de una no conformidad detectada u otra situación no deseable. Acción Preventiva: Acción tomada para eliminar la causa de una no conformidad potencial u otra situación potencial no deseable. Administrador del contrato: Trabajador de AES Gener S.A. que tiene la responsabilidad de representar a la compañía frente a Empresas Contratistas, con el objeto de ser un interlocutor válido entre estas últimas y AES Gener S.A. en todo lo relacionado con la prestación de servicios que da cuenta el contrato respectivo. Su función incluye la preparación de los documentos del contrato o llamado a licitación, organización de reuniones previas a la licitación, coordinación del proceso de evaluación de la propuesta/ofertas y recomendación respecto de la adjudicación del contrato. Área de Medio Ambiente: Es el Área de AES Gener S.A. encargado de planificar, organizar, ejecutar y supervisar acciones permanentes con el objeto de controlar los impactos ambientales, vigilar el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable y revisar la implementación de los estándares corporativos de medio ambiente. Seguridad y Salud Ocupacional: Es el Departamento o Área de AES Gener S.A. encargado de planificar, organizar, ejecutar y supervisar acciones permanentes para evitar accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, vigilar el cumplimiento de la normativa de seguridad y salud ocupacional aplicable y revisar la implementación de los estándares corporativos de seguridad y salud ocupacional. Desempeño Ambiental: Resultados medibles de la gestión que hace una organización de sus aspectos ambientales. Empresa Contratista: Persona natural o jurídica que, en razón de un acuerdo contractual, se encarga de ejecutar obras o servicios, por su cuenta y riesgo y con trabajadores bajo su dependencia, para una tercera persona dueña de la obra, empresa o faena, denominada empresa principal, en la que se desarrollan los servicios o ejecutan las obras contratadas. Empresa Sub-contratista: Persona natural o jurídica que en virtud de un acuerdo contractual es contratada por la Empresa Contratista que posee un contrato con AES Gener S.A. para ejecutar una obra material, faenas o servicios. Toda Empresa Subcontratista deberá haber sido previamente informada por la Empresa Contratista a AES Gener S.A. y autorizada por esta última de manera previa y por escrito. Jefe/Gerente de Proyecto: Trabajador de AES Gener S.A. que tiene la responsabilidad general y la autoridad para ejecutar un proyecto. Sus responsabilidades abarcan la asignación del Inspector Técnico de Obra del contrato, conducción de la reunión previa al trabajo, resolución de temas relativos al desempeño del contratista, inspección final del trabajo, realización de la reunión de cierre con el contratista, verificar y controlar el cumplimiento del presente Reglamento y realizar una evaluación final escrita de la Empresa Contratista. Este documento al ser impreso o al estar fuera de Intranet se considera una “COPIA NO CONTROLADA”, a menos que tenga el timbre de control. Página 3 de 63 Fecha Impresión:23/10/2013

REGLAMENTO DE SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL Y GESTIÓN MEDIO AMBIENTAL PARA EMPRESAS CONTRATISTAS GENER-R-16 Versión: 2 Inspector Técnico de Obra (I.T.O.): Trabajador de AES Gener S.A. o de una empresa contratada para el proyecto por AES Gener S.A., cuyo jefe de inspección es quién reporta al Gerente de Proyecto y es responsable de monitorear el desempeño del contratista y de informar sobre el mismo al Jefe de proyecto. El Inspector Técnico de Obra del contrato comparará el trabajo y métodos de trabajo del Contratista contra los estándares y expectativas definidos en el contrato. En el presente documento se denomina ITO. Supervisor o administrador de obra del Contratista: Trabajador de la Empresa Contratista encargado de la obra, faena y/o servicio contratado, el cual tiene la autoridad y autonomía suficiente para resolver los problemas que se presenten en la obra. El supervisor o administrador de obra, debe tener una experiencia comprobable en cargos similares y AES Gener S.A. se reserva el derecho a rechazar a dicho profesional, si no cumple con los requisitos mínimos requeridos. Orientación en Seguridad, Salud Ocupacional y Medio Ambiente para Contratistas de AES Gener S.A. (Kick Off Meeting): Reunión que se celebra al comienzo de cada contrato y que cuenta con la participación del personal de la Empresa Contratista para indicarle y hacerle presente los estándares/procedimientos de seguridad, salud ocupacional y medio ambiente de AES Gener S.A., indicar las normas internas y aspectos principales de este Reglamento y los requisitos Generales de seguridad y de gestión de los aspectos ambientales para el trabajo contratado. Peligro: Fuente, situación o acto con potencial de daño en términos de enfermedad o lesión a las personas, o una combinación de estos. Identificación de peligro: Proceso de reconocimiento de que existe un peligro y definición de sus características. Valoración del riesgo: Proceso de evaluar el (los) riesgo(s) que surgen de un(os) peligro(s), teniendo en cuenta la existencia de los controles existentes, y de decidir si el (los) riesgo(s) es (son) aceptables. La evaluación de riesgos se debe hacer de acuerdo al estándar AES Gener S.A. para este efecto. Riesgo: Combinación de la probabilidad de que ocurra un(os) evento(s) o exposición(es) a los peligros, y la severidad de la lesión o enfermedad que puede ser causada por el (los) evento(s) o exposición(es). Riesgo Ambiental: Es la probabilidad de ocurrencia de un evento en función de, extensión, cantidad y temporalidad del impacto ambiental que pueda causar. Trabajo de Alto Riesgo: Trabajo que expone a los empleados o contratistas a peligros que, en caso de ocurrir un incidente, podrían resultar en una fatalidad o incapacidad permanente, entre los ejemplos se encuentra la construcción de líneas, el despejado de líneas (árboles), trabajo eléctrico con alta tensión, exposición a asbestos, trabajo cerca del agua, operaciones de buceo, trabajo en altura superior a 10 pies (3 mts.), trabajo desde grúas y aparejos, andamios y apeos. NIOSH: National Institute for Occupational Safety and Health

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REGLAMENTO DE SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL Y GESTIÓN MEDIO AMBIENTAL PARA EMPRESAS CONTRATISTAS GENER-R-16 Versión: 2 Trabajo de mediano riesgo: Trabajo que expone a los empleados o contratistas a peligros que, en caso de ocurrir un incidente, podrían resultar en incapacidad temporal, entre los ejemplos se encuentra el mantenimiento de planta e instalaciones, excavaciones menores, soldaduras, carpintería, obras civiles. Trabajo de bajo riesgo: Trabajo que expone a los empleados o contratistas a peligros que, en caso de ocurrir un incidente, podrían resultar en una lesión leve pero no en una lesión con pérdida de días, entre los ejemplos se encuentra la capacitación, trabajo administrativo, limpieza de oficinas, operaciones en la sala de control. Lugar de trabajo: Cualquier espacio físico en el que se realizan actividades relacionadas con trabajo, bajo la supervisión de AES Gener S.A. No conformidad: Desviación o incumplimiento de un requisito normativo, estándar o especificación que afecta a la gestión ambiental de seguridad o salud ocupacional. Procedimiento: Documentos necesarios para la planificación, operación y control eficaz de las actividades y/o procesos. Organismo Administrador de la Ley: Institución que, conforme a la Ley Nº 16.744, administra el seguro social contra riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales conforme a lo dispuesto en la señalada Ley. Sustancia Peligrosa: Aquella que, por su naturaleza, produce o puede producir daños momentáneos o permanentes a la salud humana, animal o vegetal y a los elementos materiales tales como instalaciones, maquinarias, edificios, etc. Las sustancias peligrosas son aquellas listadas en la Norma Chilena Oficial N° 382 Of2004, Sustancias Peligrosas Clasificación general (NCh 382. Of2004) o la que la sustituya, y las que cumplan con las características de peligrosidad que establece esa norma. Permiso de Trabajo: Documento de AES Gener S.A. de carácter obligatorio que permite a la Empresa Contratista la intervención directa de su personal, en equipos o instalaciones de la unidad de negocios respectivos, o el inicio de un trabajo, conforme al Procedimiento de Permisos de Trabajo. Personal Contratista: Es todo trabajador dependiente de una Empresa Contratista. Faenas afectadas: Es aquella área o puesto de trabajo en que ocurrió un incidente, pudiendo incluso abarcar la obra, servicio o faena en su conjunto, dependiendo de las características y origen del siniestro, y en la cual, de no adoptar la Empresa Contratista medidas correctivas inmediatas, se pone en peligro la vida, salud de otros trabajadores y/o el medio ambiente. Incidente: Suceso o sucesos relacionados con el trabajo, en el cual ocurre o podría haber ocurrido un daño, o deterioro a la salud (sin tener en cuenta la gravedad), al medio ambiente, o una fatalidad. a)

Accidente definición ley 16744: Toda lesión que sufra una persona a causa o con ocasión del trabajo que pueda provocar incapacidad o muerte.

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REGLAMENTO DE SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL Y GESTIÓN MEDIO AMBIENTAL PARA EMPRESAS CONTRATISTAS GENER-R-16 Versión: 2 b) c) d)

e) f)

Falla Operacional: Acontecimiento no deseado que resulta en pérdidas no accidentales, tales como robo, multas, menor producción, derroches, etc. Cuasi accidente: Incidente en el que no se ha producido daño, deterioro a la salud (enfermedad) o una fatalidad. Accidente de Trayecto: Son también accidentes del trabajo los ocurridos en el trayecto directo, de ida o regreso, entre la casa habitación y el lugar del trabajo, y aquellos que ocurran en el trayecto directo entre dos lugares de trabajo, aunque correspondan a distintos empleadores. En este último caso, se considerará que el accidente dice relación con el trabajo al que se dirija el trabajador al ocurrido el siniestro. Enfermedad Profesional: Es aquella causada de manera directa por el ejercicio de la profesión que produzca incapacidad o muerte. Incidente Ambiental: Suceso o sucesos relacionados con el trabajo en el cual ocurre o podría haber ocurrido un daño al medio ambiente, de manera accidental, intencional o por negligencia, alterando y perjudicando la calidad de algún recurso natural o la calidad de vida de la ciudadanía. (ejemplo: Derrames)

Medio Ambiente: Sistema global constituido por elementos naturales y artificiales de naturaleza física, química o biológica, socioculturales y sus interacciones, en permanente modificación por la acción humana o natural y que rige y condiciona la existencia y desarrollo de la vida en sus múltiples manifestaciones. Política de Medio Ambiente, Seguridad, Salud Ocupacional y Calidad: Intenciones y direcciones Generales de la organización relacionadas con el desempeño medioambiental, de seguridad y salud ocupacional, y de calidad, formalmente expresada por la alta dirección. Residuo Peligroso: Residuo o mezcla de residuos que presenta riesgo para la salud pública y/o efectos adversos al medio ambiente, ya sea directamente o debido a su manejo actual o previsto como consecuencia de presentar algunas de las características señaladas en el artículo Nº 11 del Reglamento sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos del Gobierno de Chile (DS. 148/03 del Ministerio de Salud). Impacto Ambiental: Cualquier cambio en el medio ambiente, positivo o negativo, como resultado total o parcial, de las actividades, productos o servicios de una organización. Aspecto Ambiental: Elemento de las actividades, productos o servicios de una organización que pueden interactuar con el medio ambiente. Aspecto Ambiental Significativo: Es aquel que tiene o puede tener mayor impacto(s) ambiental(es), tomando en consideración la legislación aplicable y otros requerimientos; riesgos potenciales, costos y futuras deudas; y las preocupaciones de los clientes, vecinos y otras partes interesadas. Emergencia: Situaciones no planificadas, cuyas consecuencias pueden ocasionar graves daños a personas, instalaciones y/o al medio ambiente, y que requieren de una acción mitigadora ejecutada en forma rápida y preestablecida.

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REGLAMENTO DE SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL Y GESTIÓN MEDIO AMBIENTAL PARA EMPRESAS CONTRATISTAS GENER-R-16 Versión: 2 Reparación: La acción de reponer el medio ambiente o uno o más de sus componentes a una calidad similar a la que tenían con anterioridad al daño causado o, en caso de no ser ello posible, restablecer sus propiedades básicas. Mitigación: Son medidas que tienen por finalidad disminuir los efectos adversos del proyecto en cualquiera sea su fase de ejecución.

II. DISPOSICIONES GENERALES 2.1. Valores, Creencias, Reglas Cardinales y Principios Toda empresa contratista que preste servicios para AES Gener y que requieran ingresar a las instalaciones, faenas, proyectos o cualquier tipo de obra que se encuentre bajo el control de AES Gener S.A. deberá dar cumplimiento a sus 5 valores corporativos, reglas cardinales, creencias y principio de seguridad. Los cuales se indican a continuación: a) Valores de AES Gener: 1. 2. 3. 4. 5.

Hacer de la Seguridad nuestro primer valor. Actuar con Integridad. Cumplir con nuestros compromisos. Esforzarse por la excelencia. Disfrutar en el trabajo.

b) Reglas Cardinales: Conductas Inaceptables: son aquellas conductas que al realizarlas se transgreden los estándares, procedimientos o toda regulación al comportamiento seguro en el trabajo que la compañía establece. Con el tiempo se transforman en vicios conductuales los que pueden desencadenar en incidentes laborales menores hasta fatales. Las Conductas Inaceptables son: 1. No respetar los Procedimientos de Bloqueo. 2. No elaborar AST y/o adulterarlos. 3. Estar en las instalaciones bajo influencia del Alcohol y/o Drogas. 4. Operar o intervenir equipos sin Autorización. 5. No usar equipos de puesta a tierra Aprobados y Autorizados. 6. Anular o eliminar dispositivos de protección a las personas. 7. No reportar incidentes. 8. Ubicarse bajo cargas suspendidas. 9. No usar equipo de protección contra caídas en o sobre 1.8 m. de altura. 10. No planificar los trabajos de izaje previa realización de maniobras. 11. No realizar mediciones atmosféricas previo ingreso a espacios confinados. 12. Usar vehículos para trabajo no respetando la normativa establecida.

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REGLAMENTO DE SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL Y GESTIÓN MEDIO AMBIENTAL PARA EMPRESAS CONTRATISTAS GENER-R-16 Versión: 2 Conductas Esperadas: Son aquellas conductas que a través del aprendizaje continuo, las personas logran canalizarlas en su modo de actuar en el trabajo y que con el tiempo se van conservando y manifestándose como Cultura. Las Conductas Esperadas son: 1. Hacer de la Seguridad Nuestro Primer Valor. 2. Asumir la Seguridad como responsabilidad de cada uno y trabajar de manera Segura. 3. Evaluar y analizar todos los riesgos antes de iniciar un trabajo. 4. Cumplir con todos los procedimientos de trabajo. 5. Pedir ayuda cuando no se sienta seguro al realizar una actividad. 6. Aceptar ideas y sugerencias de los demás y trabajar en equipo. 7. Reportar Incidentes. 8. Mantener áreas de Trabajo Limpias y Ordenadas. 9. Participar en las iniciativas de Seguridad y Salud Ocupacional. 10. Usar permanentemente los Equipos de Protección Personal. 11. Detener todo Trabajo que se considere Inseguro. 12. Controlar los riesgos de Manera de evitar los Incidentes en el Trabajo. c) Creencias de Seguridad: 1. La seguridad es lo primero para nuestra gente, nuestros contratistas y las personas en nuestras comunidades, y todas las actividades laborales a nivel mundial deben realizarse de manera segura a fin de promover la salud, seguridad y el bienestar personal. 2. Todos los incidentes ocupacionales pueden prevenirse. 3. Trabajar observando la seguridad es una condición de empleo y cada persona es responsable de su propia seguridad al igual que de la seguridad de sus colegas y las personas en las comunidades en las que trabajamos. 4. Todo el personal y los contratistas de AES GENER tienen el derecho y la obligación de detener el trabajo tan pronto identifiquen una situación que consideren insegura. d) Principios de Seguridad: 1. Se espera que el liderazgo del negocio local sea responsable del desempeño de la seguridad: en tanto que las prácticas diarias seguras de trabajo son la responsabilidad de los individuos, el liderazgo del negocio a nivel local debe ser responsable del establecimiento de la salud ocupacional y las expectativas relacionadas con la seguridad, el monitoreo del desempeño de la seguridad contra estas mediciones y responsabilizándolos a ellos y a su personal por la satisfacción de estos objetivos en su negocio. 2. Se espera que el liderazgo del negocio local proporcione los recursos humanos y el material apropiado, para asegurar que todas las personas tengan los medios para trabajar de manera segura: los riesgos de salud y seguridad ocupacional pueden ser mitigados por el liderazgo del negocio cuya responsabilidad es asegurar que se suministran los controles de ingeniería, la capacitación, programas de mentores, procedimientos y equipos necesarios. Este documento al ser impreso o al estar fuera de Intranet se considera una “COPIA NO CONTROLADA”, a menos que tenga el timbre de control. Página 8 de 63 Fecha Impresión:23/10/2013

REGLAMENTO DE SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL Y GESTIÓN MEDIO AMBIENTAL PARA EMPRESAS CONTRATISTAS GENER-R-16 Versión: 2 3. Se espera que cada negocio y su personal cumplan con todos los requerimientos de salud y seguridad ocupacional: los negocios y su personal deben comprender y cumplir con todos los requerimientos de salud y seguridad ocupacional impuestos por las jurisdicciones en las cuales operan y todas las políticas, procedimientos y estándares de seguridad de la empresa. 4. Se espera que las personas cumplan con todos los programas relacionados con la salud ocupacional y los programas de seguridad y los requerimientos adoptados por su negocio: las personas en cada negocio toman como suyos los programas de salud y seguridad al participar activamente en los mismos y al adherirse a todos los requerimientos de estos programas, como la obligación y el derecho a suspender el trabajo en el caso de un peligro eminente a la salud humana o la propiedad. 5.

Se espera que todos los contratistas comprometidos por un negocio cumplan con los mismos estándares de seguridad al igual que a su personal: un negocio debe asegurar que los contratistas que están trabajando en cada proyecto cumplan con las expectativas de desempeño de salud ocupacional y de seguridad y los requerimientos o tomen los pasos apropiados si no se cumplen con estas expectativas y requerimientos.

6. Se espera que un negocio luche continuamente por mejorar su desempeño de salud ocupacional y desempeño de seguridad: cada negocio operacional y proyecto de construcción establece e implementa efectivamente un Sistema de Gestión de Seguridad, para: establecer las metas, objetivos y fines de salud ocupacional y de seguridad; un compromiso para evitar lesiones; medir la salud y el desempeño de seguridad; realizar auditorías regulares de salud y seguridad y evaluaciones para revisar el cumplimiento con los requerimientos de salud y seguridad aplicables; y realizar los ajustes necesarios a su sistema para lograr el mejoramiento continuo. 2.2. Precalificación de la Empresa Contratista. En AES Gener S.A. se precalificará al contratista según el nivel de riesgo del trabajo o servicio que proveerá. Para ello las Empresas Contratistas que sean invitadas a los procesos de licitación deberán completar el Cuestionario de Precalificación de Contratistas (GENER-P-16-F2). Los contratistas que ya cuentan con antecedentes de haber trabajado para AES Gener S.A. y los datos tienen una antigüedad mayor a un año, se les deberá entregar de igual forma dicho cuestionario. Esta información deberá ser recibida por Cadena de Suministros, quien lo presenta al Comité de Precalificación, para realizar la evaluación y determinar si un contratista está calificado para el trabajo a ser contratado, según los niveles de riesgos del trabajo o servicio que provea. El cuestionario con las respuestas deberá ser entregado por la empresa contratista a Cadena de Suministros dentro de un plazo no superior a 10 días hábiles de haber recibido tal escrito, para aquellas obras o servicios que por su envergadura corresponde entregar bases técnicas, y de 5 días hábiles para aquellos obras o servicios que sólo requieran de Este documento al ser impreso o al estar fuera de Intranet se considera una “COPIA NO CONTROLADA”, a menos que tenga el timbre de control. Página 9 de 63 Fecha Impresión:23/10/2013

REGLAMENTO DE SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL Y GESTIÓN MEDIO AMBIENTAL PARA EMPRESAS CONTRATISTAS GENER-R-16 Versión: 2 una Orden de Compra (OC). Este documento deberá estar con la firma del representante legal de la empresa, su nombre y el cargo dentro de la organización, confirmando así, toda la veracidad de la información entregada. La no entrega del cuestionario con las respuestas en los plazos establecidos por este documento, se da por descartada la participación de la empresa contratista. En caso que no exista suficiente información para completar la evaluación o si el Comité de precalificación de AES Gener S.A. cuestiona la información brindada por el contratista, se deberá tomar contacto con los que respondan el cuestionario para que aclaren sus respuestas. Luego de la revisión de los documentos, en caso de que el usuario lo requiera y en acuerdo con el contratista, se realizará una inspección a las instalaciones del contratista, la que podrá incluir observaciones al trabajo, inspecciones a instalaciones y vehículos y entrevistas al personal clave. Para la etapa final de la precalificación del contratista, el Comité de Precalificación deberá evaluar finalmente indicando si el contratista califica o no para realizar los trabajos o servicios requeridos, en base a la información entregada por el cuestionario y, en caso de efectuarse, al análisis de las visitas realizadas en las instalaciones del contratista. A los contratistas evaluados que no alcanzaron la calificación aceptable, se les deberá dar una retroalimentación, indicándoles las razones por las cuales no calificaron y se les deberá entregar información que muestre cómo, corrigiendo esas deficiencias, podrían calificar para trabajos futuros. 2.3. Disposiciones Legales 2.3.1

Toda Empresa Contratista dará fiel cumplimiento a la Ley Nº 16.744 sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, a las disposiciones del Código del Trabajo, y a todos los decretos y reglamentos o normas complementarias que tengan relación con prevención de riesgos.

2.3.2

Toda Empresa Contratista dará fiel cumplimiento a la Ley Nº 19.300 de Bases del Medio Ambiente y a toda la normativa ambiental aplicable a los trabajos que desempeña.

2.3.3

Toda Empresa Contratista dará fiel cumplimiento a las normas, procedimientos y estándares de AES Gener S.A, así como a la Política de Medio Ambiente, Seguridad, Salud Ocupacional y Calidad de AES Gener S.A., así como su Sistema de Gestión Integrado (ver anexo 1).

2.3.4

El Contratista, en toda tarea que realice en las instalaciones de AES Gener S.A., deberá cumplir todas las disposiciones legales vinculadas al cuidado y preservación del Medio Ambiente, las solicitadas por los diferentes Organismos Públicos, principalmente lo establecido en las Resoluciones de Calificación Ambiental de los proyectos, así como normativa sectorial referida a la protección del medio ambiente (por ejemplo DS 148/03, DS 594/00, DS 90/00, Ley

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REGLAMENTO DE SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL Y GESTIÓN MEDIO AMBIENTAL PARA EMPRESAS CONTRATISTAS GENER-R-16 Versión: 2 19.300/93, DS 78/10) y las impartidas en cada caso en particular por AES Gener S.A. 2.3.5

Toda Empresa Contratista estará obligada a establecer y mantener al día un Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad en el Trabajo, en adelante, el Reglamento Interno, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley N° 16.744 y Código del Trabajo, cuyo cumplimiento es obligatorio para el personal de la Empresa Contratista. La Empresa Contratista deberá entregar una copia de la recepción conforme del Reglamento Interno por parte de sus trabajadores y por parte de los organismos pertinentes, tales como el Servicio de Salud y Dirección del Trabajo.

2.3.6

Departamentos de Seguridad y Salud Ocupacional. El Contratista deberá mantener en terreno, y en todo momento comprobable vía libro de asistencia, desde el comienzo al término del contrato, un Experto en Prevención de Riesgos con experiencia comprobable que debe estar registrado en el Servicio de Salud, quien estará a cargo del área de Prevención de Riesgos. La cantidad de expertos y su calificación dependerá de la evaluación de riesgos del trabajo a efectuar y la dotación de trabajadores de la empresa, según lo indicado por AES Gener S.A, experiencia mínima 3 años o autorizado por el Jefe de SSO de la unidad de negocio involucrada.  Toda empresa Contratista deberá presentar un Experto en Prevención de Riesgos para asesorar su línea gerencial y supervisora, en el control de riesgos.  Toda empresa que tenga tasa de riesgo mayor a 2.5 debe ser asesorada por un experto profesional en Prevención de Riesgos, según Ley 16.744.Las empresas con 100 o más trabajadores deberán contar con un Departamento de Prevención de Riesgos, implementado y mantenido específicamente para el Contrato:  El Departamento de Seguridad y Salud Ocupacional deberá estar dirigido exclusivamente por un Experto Profesional calificado por el Servicio de Salud.  El Departamento de Seguridad y Salud Ocupacional deberá contar en su organización, al menos con: - Un Jefe de Departamento a tiempo completo. - Un encargado de Medio Ambiente. - Expertos profesionales o técnicos en prevención de riesgos de terreno por cada área de trabajo en que se haya subdividido el proyecto o la faena, ya sea por sectores o por especialidad.  Toda empresa con más de 50 trabajadores y menos de 100 trabajadores, deberán contar con un Departamento de Prevención de Riesgos, cuya organización tendrá, como mínimo :  Un experto en prevención de riesgos, ya sea Profesional o técnico, quien tendrá la responsabilidad de asesorar a la línea en materias de seguridad, salud ocupacional y medio ambiente.  Un experto en terreno por cada área de trabajo en que haya subdividido el proyecto o faena, con calificación Técnico o Profesional.  Las empresas con menos de 50 trabajadores deberán contar, como mínimo con:

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 Un experto en prevención de riesgos, calificado como Profesional o Técnico, quien tendrá la responsabilidad de asesorar a la línea en materias de seguridad, salud ocupacional y medio ambiente.  En el caso del trabajo en sistema de turnos, cada uno de éstos deberá contar con un experto a tiempo completo. AES Gener S.A. podrá permitir la participación del experto en prevención de riesgos con tiempo parcial, para aquellas trabajos con menos de 10 personas, previa evaluación de los riesgos del trabajo a realizar, considerando que la magnitud del riesgo residual se encuentre en categoría bajo o imperceptible, según se indica en la metodología de evaluación de riesgos de AES Gener S.A. AES Gener S.A. podrá exigir dotación adicional de expertos, en el caso de que la evaluación de riesgos lo amerite. AES Gener S.A., tendrá la facultad de calificar a toda la dotación de Prevención de Riesgos y Medio Ambiente. Por lo tanto, la contratación, reemplazo y retiro del proyecto, por parte de las empresas Contratistas, deberá ser autorizada y acreditada previamente por el área de Seguridad y Salud Ocupacional de AES Gener S.A. El Departamento de Seguridad y Salud Ocupacional debe depender de la autoridad máxima de la faena u obra. Todo Contratista que celebre contrato con AES Gener S.A. deberá estar afiliado a un organismo administrador de la Ley 16.744, a fin que todos los trabajadores queden amparados por el Seguro contra riesgos de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales. Todo Contratista deberá tener conocimiento y poner en práctica lo establecido legalmente en:  Ley Nº 19.300: Sobre bases generales del Medio Ambiente y sus modificaciones.  Ley Nº 20.123, Regula trabajos en régimen de subcontratación, el funcionamiento de Empresas de servicios transitorios y el contrato de trabajo de servicios transitorios.  Ley Nº 18.290: Ley de Tránsito y sus modificaciones.  Ley Nº 16.744: Establece normas sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.  Ley Nº 18.730: Modifica Ley de Seguridad Nuclear.  Ley Nº 17.288 y sus modificaciones: Legisla sobre Monumentos Nacionales.  Ley N° 18.892: General de Pesca y Acuicultura.  Ley Nº 4.601 y sus modificaciones: de Caza y su reglamento.  Ley Nº 20.283: Sobre recuperación del bosque nativo y fomento forestal.  Decreto con Fuerza de Ley Nº 725: Código Sanitario.  Decreto Supremo Nº 95 de 2001: Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.  Decreto Supremo Nº 594 y sus revisiones: Aprueba reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.

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REGLAMENTO DE SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL Y GESTIÓN MEDIO AMBIENTAL PARA EMPRESAS CONTRATISTAS GENER-R-16 Versión: 2  Decreto Supremo Nº 40: Aprueba Reglamento sobre Prevención de Riesgos Profesionales.  Decreto Supremo Nº 48: Reglamento de Calderas y Generadores de Vapor.  Decreto Supremo Nº 54 y sus modificaciones: Aprueba reglamento para la Constitución y Funcionamiento de los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad.  Decreto Supremo Nº 72: Aprueba reglamento de Seguridad Minera.  Decreto Supremo Nº 148: Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos.  Decreto Supremo Nº 78: Aprueba Reglamento sobre Almacenamiento de Sustancias Peligrosas.  Decreto Supremo N° 3: Aprueba reglamento de Protección Radiológica de Instalaciones Radiactivas.  Decreto Supremo Nº 12: Aprueba el reglamento para el Transporte Seguro de Materiales Radiactivos.  Decreto Supremo N° 133: Reglamento sobre autorizaciones para Instalaciones Radiactivas o Equipos Generadores de Radiaciones Ionizantes, personal que se desempeña en ellas, u opere tales equipos y otras actividades afines.  Decreto Supremo N° 298: Reglamenta transporte de cargas peligrosas por calles y caminos.  Decreto Supremo Nº 46: Norma de emisión de residuos líquidos a aguas subterráneas.  Decreto Supremo Nº 90: Norma de emisión para la regulación de contaminantes asociados a las descargas de residuos líquidos a aguas marinas y continentales superficiales.  Decreto Supremo Nº 101: Aprueba el reglamento para la aplicación de la Ley 16.744.  Decreto Supremo Nº 50: Aprueba reglamento para la aplicación del artículo 13 de Código del Trabajo.  Decreto Supremo Nº 77/82: Aprueba Reglamento complementario de la Ley Nº 17.798, que establece en control de armas y explosivos.  Decreto Supremo Nº 458/76: Ley General de Urbanismo y Constricciones.  Decreto Supremo Nº 91: Instalaciones de corrientes de alta y baja tensión: símbolos eléctricos para planos de arquitectura.  Decreto Supremo Nº 18: Certificación de calidad de elementos de protección personal contra riesgos ocupacionales.  Decreto N°76: Aprueba reglamento para la aplicación del artículo 66 bis de la Ley Nº 16.744 sobre la gestión de la seguridad y salud en el trabajo en obras, faenas o servicios que indica.  Decreto Nº 90: Aprueba reglamento de seguridad para el almacenamiento, refinación, transporte y expendio al público de combustible derivados del petróleo.  Decreto Supremo Nº 146 y sus modificaciones: Establece norma de emisión de ruidos molestos generados por fuentes fijas.  Decreto Nº 45 y sus modificaciones: que establece la norma de calidad primaria para material particulado respirable MP10. Este documento al ser impreso o al estar fuera de Intranet se considera una “COPIA NO CONTROLADA”, a menos que tenga el timbre de control. Página 13 de 63 Fecha Impresión:23/10/2013

REGLAMENTO DE SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL Y GESTIÓN MEDIO AMBIENTAL PARA EMPRESAS CONTRATISTAS GENER-R-16 Versión: 2  Decreto de Ley N° 701: Fija régimen legal de los terrenos forestales o preferentemente aptos para la forestación y establece normas de fomento sobre la materia.  Decreto Nº 109: Aprueba el reglamento para la calificación y evaluación de los accidentes del trabajo y enfermedades profesionales de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 16.744.  Decreto N°484: Reglamento sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas  Normas Chilenas Oficiales.  Resoluciones Exentas del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) que Califican Favorablemente el Proyecto.  Resoluciones emanadas de organismos públicos con competencia ambiental que apliquen directamente al proyecto o actividades a desarrollar.  Toda otra normativa relativa a Seguridad y Salud Ocupacional y Medio Ambiente que sea promulgada durante o en la ejecución del Contrato, así como cualquier otra normativa vigente aplicable que no haya sido mencionada en este reglamento. 2.3.7

La Empresa Contratista no podrá, bajo ninguna circunstancia o pretexto, emplear menores de 18 años y/o trabajadores que padezcan enfermedades físicas o psíquicas que sean incompatibles con la naturaleza, condiciones y exigencias de la obra, faena y/o servicio.

2.3.8

La Empresa Contratista podrá contratar Alumnos en Práctica para que estén a cargo de una actividad administrativa, sin embrago, estos sólo podrán realizar visitas a terreno, en compañía de su supervisor responsable, y previa autorización del Jefe de Seguridad y Salud Ocupacional de la Central o Proyecto.

2.3.9

Todo documento de seguridad, tales como procedimiento de trabajo, estadísticas, reglamento, afiches, normas técnicas, sistemas de gestión, etc. que se presente a AES Gener S.A., que tenga relación con este Reglamento o lo que exija la legislación vigente, debe estar escrito en idioma español y en los respectivos idiomas que sean necesarios para el absoluto entendimiento de todos los trabajadores.

2.3.10 Toda Empresa Contratista deberá tener presente las siguientes disposiciones contractuales: a) AES Gener S.A. no contrae obligación alguna por concepto de remuneraciones o cotizaciones previsionales u otras obligaciones laborales o previsionales, de seguridad social, y cualquier otra, respecto del personal de la Empresa Contratista, las que son de responsabilidad exclusiva de ésta última. b) Además, queda establecido expresamente que no existe vinculación contractual alguna entre el personal de la Empresa Contratista y AES Gener S.A. i. De conformidad a lo dispuesto en el artículo 183-C del Código del Trabajo, agregado por el artículo 3° de la Ley N° 20.123, AES Gener S.A. Este documento al ser impreso o al estar fuera de Intranet se considera una “COPIA NO CONTROLADA”, a menos que tenga el timbre de control. Página 14 de 63 Fecha Impresión:23/10/2013

REGLAMENTO DE SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL Y GESTIÓN MEDIO AMBIENTAL PARA EMPRESAS CONTRATISTAS GENER-R-16 Versión: 2

ii.

iii.

iv.

v.

tiene derecho a ser informada por la Empresa Contratista sobre el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que a éstos correspondan respecto de sus trabajadores, como asimismo de igual tipo de obligaciones que tengan los subcontratistas con sus trabajadores. El mismo derecho tendrán las Empresas Contratistas respecto de sus Subcontratistas. Este derecho de información se ejercerá mediante la acreditación del monto y estado de cumplimiento de las obligaciones respectiva mediante certificado de la Inspección del Trabajo o bien por otros medios idóneos que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento. La acreditación del monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales de las Empresas Contratistas y Subcontratistas, que se verifique mediante certificados emitidos por la respectiva Inspección del Trabajo, deberán cumplir con los requisitos que se señalan en este Título. La acreditación mediante certificados de la Inspección del Trabajo deberá practicarse por aquella oficina que tenga jurisdicción en el lugar o comuna en que se presten los servicios o ejecuten las obras en régimen de Subcontratación. Con todo, el Director del Trabajo, dentro de sus atribuciones, podrá autorizar que los certificados a que se refiere este párrafo o sean expedidos centralizadamente por la Inspección del Trabajo del domicilio de la casa matriz del contratista y tengan vigencia respecto de todas las faenas de la empresa requirente, cualquiera sea el lugar en que éstas se desarrollen.

c) De acuerdo a lo anterior, y con el objeto de precaver la eventual responsabilidad subsidiaria y/o solidaria de AES Gener S.A., ésta se reserva el derecho de ejercer de las siguientes facultades: i. Solicitar, en cualquier momento, los certificados de acreditación de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales de la Empresa Contratista y subcontratistas. Sin perjuicio de ello, la Empresa Contratista está obligada a exhibir, entre otros, los contratos de trabajo antes de comenzar el trabajo o prestar el servicio, los documentos que acrediten el pago de remuneraciones, planillas de declaración y pago de imposiciones previsionales y de salud, declaración y pago de impuestos de segunda categoría y registro de asistencia y control de jornada de trabajo, finiquitos (legalizados), certificados de situación ante Inspección del Trabajo, certificado de accidentabilidad entregado por el organismo administrador de la Ley de los últimos 3 años, u otro documento que a juicio de AES Gener S.A. sea exigible. ii. Verificar mensualmente el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que afecten la Empresa Contratista respecto de sus dependientes. iii. Retener, total o parcialmente, todo pago o anticipo que debe efectuarse por AES Gener S.A., según el contrato, cuando el Contratista no hubiere dado cumplimiento a sus obligaciones laborales o previsionales o a aquella señalada en el punto precedente. Este documento al ser impreso o al estar fuera de Intranet se considera una “COPIA NO CONTROLADA”, a menos que tenga el timbre de control. Página 15 de 63 Fecha Impresión:23/10/2013

REGLAMENTO DE SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL Y GESTIÓN MEDIO AMBIENTAL PARA EMPRESAS CONTRATISTAS GENER-R-16 Versión: 2 La retención operará sólo mientras el Contratista se mantenga en estado de incumplimiento, sin perjuicio de la facultad contenida en el punto siguiente. Las sumas retenidas no devengarán reajustes ni intereses. Con todo, AES Gener S.A. denunciará este estado de incumplimiento a la Inspección del Trabajo, dando cuenta de las retenciones efectuadas, para los efectos pertinentes. iv. Pagar, directamente y en representación del Contratista, las obligaciones laborales y previsionales adeudados a los trabajadores e instituciones que correspondan, si éstos no hubieren sido pagados por la Empresa Contratista dentro del plazo de 30 días corridos, contado desde la fecha de la respectiva retención, y v. Disponer de las garantías que se hubieran establecido en las bases de licitación o contrato celebrado con la Empresa Contratista a fin de dar cumplimiento al pago de las obligaciones laborales y previsionales del Contratista y eventuales multas que se hubieren cursado por este motivo. 2.4. Afiliación a un Organismo Administrador de La Ley 16.744 2.4.1

Conforme a lo prescrito en la Ley 16.744, toda Empresa Contratista deberá estar afiliada a un Organismo Administrador, lo que se deberá informar, documentar y acreditar al Administrador del Contrato y al Jefe del Proyecto de AES Gener S.A. y a su personal en el momento de su contratación. Deberá certificar que se encuentra al día en el pago de las cotizaciones previsionales, presentando los certificados correspondientes. Además, deberá entregar un certificado emitido por el organismo administrador de la Ley en el que se indique la siniestralidad de la Empresa Contratista.

2.4.2

No se permitirá trabajar en AES Gener S.A. a una Empresa Contratista que no esté afiliada a una Organismo Administrador de la Ley.

2.5. Reglamento de Seguridad, Salud Ocupacional y Gestión Medio Ambiental para Empresas Contratistas 2.5.1

Antes de adjudicar la obra, faena o servicio, el Jefe de Proyecto entregará al Administrador del Contratista el Reglamento de Seguridad, Salud Ocupacional y Gestión Medio Ambiental para Empresas Contratistas, quien deberá firmar una carta en que se indique la recepción del Reglamento, esto con el objetivo que la empresa Contratista considere todos los alcances que el Reglamento indica. Luego, antes de comenzar la obra, faena o servicio el Administrador del Contratista deberá entregar un registro de difusión y toma de conocimiento del Reglamento de Seguridad, Salud Ocupacional y Gestión Medio Ambiental para Empresas Contratistas de todo el personal de la empresa contratista, al Jefe de Proyecto de AES Gener S.A., demostrando así que ha leído y aceptado cada una de las indicaciones que aparecen en el Reglamento. Sin perjuicio de lo dicho, el supervisor o administrador de obra del Contratista se quedará con una copia del Reglamento, para efectos de dar estricto cumplimiento al mismo.

2.5.2

Todo el personal de la Empresa Contratista deberá conocer el Reglamento de Seguridad, Salud Ocupacional y Gestión Medio Ambiental para Empresas Contratistas de AES GENER S.A., para esto, la Empresa Contratista efectuará una

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REGLAMENTO DE SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL Y GESTIÓN MEDIO AMBIENTAL PARA EMPRESAS CONTRATISTAS GENER-R-16 Versión: 2 charla en que explique a sus trabajadores los alcances de éste. La Empresa Contratista deberá entregar al Jefe de Proyecto de AES Gener S.A. una copia del registro de la charla. 2.5.3

Para los efectos de la aplicación de este Reglamento, los Subcontratistas y su personal serán considerados como personal dependiente de la Empresa Contratista que celebró el contrato con AES Gener S.A.

2.5.4

La Empresa Contratista pondrá en práctica estas Normas Generales de Prevención de Riesgos y buenas prácticas Ambientales, como también aquellas instrucciones e indicaciones sobre la materia, escritas en los documentos de transmisión de información (libro de obras), en normativas específicas y aquellas incorporadas en las bases administrativas especiales y las bases Generales del respectivo contrato.

2.6. Reuniones e Inspecciones de Seguridad y Medio Ambiente 2.6.1

La Empresa Contratista realizará reuniones semanales de seguridad y medio ambiente con su personal. Si surge alguna inquietud u observación con respecto a la seguridad y medio ambiente de la obra, faena o servicio, la Empresa Contratista deberá resolverla de inmediato e informar a AES Gener S.A. La Empresa Contratista dejará constancia de la información de las reuniones de seguridad y medio ambiente en cuanto al día, participantes, tema tratado y observaciones en la Asistencia (GENER-P-05/F3). La Empresa Contratista entregará una copia del registro de Asistencia al Jefe de Proyecto de AES Gener S.A. o al ITO. El registro deberá estar firmado por todos los participantes de la reunión.

2.6.2

El contratista deberá comunicar a sus trabajadores, el mensaje mensual de Seguridad de AES Gener S.A., el que será puesto a disposición del contratista dentro de la segunda quincena de cada mes.

2.6.3

Los registros de asistencia de cada una de las reuniones de seguridad deberá ser entregado al departamento de Seguridad y Salud Ocupacional de AES Gener S.A., a más tardar tres días después de realizadas estas.

2.6.4

La Empresa Contratista deberá realizar, inspecciones de las actividades de sus operarios como mínimo en forma diaria. Si surge alguna condición subestándar o insegura, el Supervisor Contratista debe resolverla de inmediato. Las inspecciones deben quedar documentadas en Inspección General a Contratista (GENER-P16/F1), la que deberá ser entregada al Departamento de Seguridad y Salud Ocupacional de AES Gener S.A. y al Jefe de Proyecto de AES Gener S.A. o al ITO.

2.6.5

El informe de la inspección debe indicar las medidas de control y las acciones correctivas que se compromete a tomar la Empresa Contratista. El Jefe de Proyecto de AES Gener S.A., el ITO o el jefe o encargado de Seguridad y Salud Ocupacional de AES Gener S.A. hará un seguimiento para asegurar que todas las acciones correctivas hayan sido implementadas, manteniendo un registro objetivo al respecto.

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REGLAMENTO DE SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL Y GESTIÓN MEDIO AMBIENTAL PARA EMPRESAS CONTRATISTAS GENER-R-16 Versión: 2 2.6.6

Si el Supervisor del Contratista no pudiera resolver la(s) condición(es) subestándar(es) o inseguras, debe dar aviso de inmediato al Jefe de Proyecto de AES Gener S.A. o al ITO, para solucionar la(s) referida(s) condición(es).

2.6.7

En materias ambientales, el contratista deberá realizar inspecciones periódicas verificando el cumplimiento de la normativa aplicable y de los estándares corporativos de AES Corp. De igual forma, personal de AES Gener S.A. podrá presentarse en terreno y realizar auditorías ambientales.

2.7. Incidentes del Trabajo 2.7.1

La Empresa Contratista es responsable de la prevención de incidentes en el área de trabajo donde ejecuta las obras, faenas y/o presta sus servicios y deberá sujetarse estrictamente a todas las disposiciones legales y reglamentarias sobre la materia, esto sin perjuicio de desarrollar las medidas correctivas que AES Gener S.A. podrá indicar en su momento por alguna situación particular.

2.7.2

La Empresa Contratista deberá mantener en su faena un ambiente seguro y saludable desde el inicio hasta el término del trabajo.

2.7.3

De ocurrir un incidente (lo que incluye, accidente, cuasi-accidente, falla operacional, accidente de trayecto, incidente ambiental), el Supervisor o administrador de obra del Contratista deberá informar inmediatamente al Jefe de Proyecto de AES Gener S.A. o al ITO lo ocurrido. Esta información puede entregarse vía telefónica o correo electrónico. Los trabajos quedarán suspendidos hasta que el Jefe de Proyecto de AES Gener S.A. o el ITO autorice su reanudación.

2.7.4

2.7.5

En un plazo máximo de dos horas de ocurrido el incidente, la Empresa Contratista deberá entregar el Reporte de No Conformidad, Incidente y Cuasi-Accidente GENER-P-11/F1 por escrito a fin de clarificar la información inmediata.

2.7.6

La Empresa Contratista deberá presentar un informe preliminar escrito ante cualquier incidente (lo que incluye, accidente, incidente ambiental, accidente de trayecto, falla operacional o cuasi-accidente) que ocurra, en un plazo no mayor a 24 horas. El informe debe cumplir con lo establecido en el procedimiento GENERP-11. El Jefe de Proyecto de AES Gener S.A. o el ITO podrán suspender los trabajos de la Empresa Contratista hasta que ésta no haga entrega del referido informe y tome las medidas correctivas para asegurar que el lugar de trabajo se encuentre libre de condiciones inseguras.

2.7.7

Cada vez que se produzca un incidente en la cual se vea afectado un trabajador, la empresa contratista deberá entregar a AES Gener un certificado emitido por el Organismo Administrador de la Ley a la que esté adherido, el que indique la clasificación del evento para OSHA.

2.7.8

Las Medidas de Control que deban implementarse constituyen una obligación esencial que adquiere la Empresa Contratista, en orden a corregir todos los elementos, peligros o condiciones que provocaron el incidente. De lo contrario, el Jefe de Proyecto de AES Gener S.A. o el ITO impedirá la reanudación de las

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REGLAMENTO DE SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL Y GESTIÓN MEDIO AMBIENTAL PARA EMPRESAS CONTRATISTAS GENER-R-16 Versión: 2 faenas. Esta situación será de total responsabilidad y costo de la Empresa Contratista y no contemplará compensación alguna por parte de AES Gener S.A. 2.7.9

En conformidad con lo dispuesto en los incisos cuarto y quinto del artículo 76 de la Ley N° 16.744, si en una empresa ocurre un accidente del trabajo grave o fatal (circular N°2345), la Empresa Contratista deberá cumplir con las siguientes obligaciones:  Suspender en forma inmediata las áreas de las faenas afectadas y, de ser necesario, proceder a evacuar a los trabajadores de la faena afectada.  Dar aviso en forma inmediata al Jefe de Proyecto o al ITO de AES Gener S.A.  Llenar formulario de notificación inmediata de accidente del trabajo fatal o grave (GENER-P-11/F3), el cual se deberá entregar al Jefe de Proyecto o al ITO de AES Gener S.A. para su conocimiento.  Se deberá llenar el formulario de notificación inmediata de accidente del trabajo fatal o grave (GENER-P-11/F3) y enviarlo en forma inmediata al jefe o encargado de seguridad de AES Gener S.A o a quienes ellos designen en caso de que alguno no esté disponible, para su revisión. Una vez revisados los informes, éstos deberán ser enviados a los servicios respectivos, cumpliendo con los tiempos establecidos en la legislación vigente.  Luego de que el Jefe de Proyecto o el ITO de AES Gener S.A. tome conocimiento, la Empresa Contratista deberá enviar el formulario a la Inspección del Trabajo y a la Secretaría Regional Ministerial de Salud (SEREMI) que corresponda, de acuerdo al domicilio en que ocurra el accidente, entregando una copia de lo enviado al Jefe del Proyecto. La Empresa Contratista deberá avisar a la Inspección del Trabajo y SEREMI de Salud sobre las correcciones efectuadas que permitan seguir laborando sin riesgo para la seguridad y vida de los trabajadores.  Para los efectos de las obligaciones antes señaladas, se entenderá por:  Accidente del trabajo fatal, aquel accidente que provoca la muerte del trabajador en forma inmediata o durante su traslado a un centro asistencial.  Accidente del trabajo grave, cualquier accidente del trabajo que: - Obligue a realizar maniobras de reanimación, u - Obligue a realizar maniobras de rescate, u - Ocurra una caída de altura, de más de 2 m., o - Provoque, en forma inmediata, la amputación o pérdida de cualquier parte del cuerpo, o - Involucre un número tal de trabajadores que afecte el desarrollo normal de la faena afectada.

2.7.10 En aquellos casos en que la Empresa Contratista no cuente con los medios antes señalados para cumplir con su obligación de informar a la Inspección y Seremi respectiva, solicitará apoyo al Jefe de Proyecto o al ITO de AES Gener S.A. quienes prestarán su apoyo para que la información sea enviada lo antes posible.

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REGLAMENTO DE SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL Y GESTIÓN MEDIO AMBIENTAL PARA EMPRESAS CONTRATISTAS GENER-R-16 Versión: 2 2.7.11 La reanudación de faenas sólo podrá ser autorizada por la entidad fiscalizadora que corresponda, Inspección del Trabajo o Secretaría Regional Ministerial de Salud. 2.8. Incidentes Ambientales 2.8.1

De generarse incidentes que se traduzcan en impactos ambientales no previstos, el contratista deberá informar al Jefe de Proyecto, encargado ambiental del proyecto o quien realice estas labores de esta situación mediante el Reporte de No Conformidad, Incidente y Cuasi-Accidente GENER-P-11/F1, adicionalmente deberá hacerse cargo de todos los gastos que devengan de las multas, medidas correctivas, preventivas, de compensación, remediaciones, monitoreo y seguimiento de las variables ambientales afectadas.

2.9. Supervisión de la Empresa Contratista 2.9.1

La Empresa Contratista deberá mantener en forma permanente un Supervisor en la obra, durante el período que dure el trabajo. El Supervisor debe tener experiencia comprobable en cargos similares a la obra que ejecutará y AES Gener S.A. se reserva el derecho a aceptar o rechazar al supervisor propuesto por la Empresa Contratista.

2.9.2

Es obligación de la Empresa Contratista, a través de la Supervisión del Proyecto, dar a conocer íntegramente el Reglamento de Seguridad, Salud Ocupacional y Gestión Ambiental para Empresas Contratistas de AES Gener S.A a toda su línea de mando, quienes tendrán la misma obligación con su personal a cargo. En cada obra o trabajo que ejecute una Empresa Contratista, se dispondrá de un ejemplar del presente Reglamento, al cual tendrá acceso todo su personal. Se deberá mantener una copia de este documento junto al Libro de Obra y/o Libro de Firmas.

2.10. Permisos de Trabajo 2.10.1 Ningún trabajo podrá iniciarse mientras no cuente con todos los Permisos de Trabajo, tarjetas y/o candados de bloqueo que corresponda, según los procedimientos de Bloqueo y Etiquetado GENER-P-19 y Permisos de Trabajo GENER-P-39. 2.10.2 El Jefe del Proyecto o ITO de AES Gener S.A. indicará por escrito, a través de comunicaciones formales (Libro de Obra), la autorización para comenzar el trabajo. 2.11. Identificación del Personal Contratista 2.11.1 Para el control de ingreso, todo Contratista entregará al Administrador del Contrato de AES Gener S.A., a lo menos con cinco días hábiles de anticipación a la iniciación de los trabajos, los siguientes antecedentes de cada uno de las personas que ingresarán a las dependencias de AES Gener S.A.:  Nombre y antecedentes de la Empresa Contratista.  Nombre de la obra o número de Orden de Trabajo. Este documento al ser impreso o al estar fuera de Intranet se considera una “COPIA NO CONTROLADA”, a menos que tenga el timbre de control. Página 20 de 63 Fecha Impresión:23/10/2013

REGLAMENTO DE SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL Y GESTIÓN MEDIO AMBIENTAL PARA EMPRESAS CONTRATISTAS GENER-R-16 Versión: 2            





Nombre del Jefe de Proyecto. Fecha de inicio y término de la obra. Nombres y apellidos de los trabajadores. RUT de los trabajadores. Dirección particular de los trabajadores. Teléfono de los trabajadores. La empresa podrá solicitar los Certificados de antecedentes personales clase D de cada uno de los trabajadores. Fecha ingreso a empresa contratista de cada uno de los trabajadores. Cargo, clasificación, profesión u oficio de cada uno de los trabajadores. Fotografía digital tamaño carné con nombre y RUT de cada uno de los trabajadores. Copia Contrato de trabajo individual, de todos los trabajadores que participen en la obra. El Contratista deberá certificar, antes de comenzar la obra, que sus trabajadores se encuentran en buenas condiciones físicas para trabajar, lo cual se acreditará mediante certificados médicos extendidos por el Organismo Administrador de la Ley a la que pertenece la Empresa Contratista u otra entidad autorizada por el Servicio de Salud conforme a los exámenes médicos asociados que se incluyen en la batería de exámenes, de acuerdo a lo indicado al procedimiento Gestión de Salud Ocupacional GENER-P-20. Estos exámenes variarán de acuerdo al riesgo al que el trabajador esté expuesto, pero como base se toma el examen médico para trabajo en Altura Física y en el caso que aplique se tomará el examen médico de Altura Geográfica. El Jefe de Proyecto de AES Gener S.A. indicará los exámenes adicionales a exigir para cada caso en particular. Los exámenes médicos tendrán la validez que el Organismo Administrador de la Ley determine. La Empresa contratista deberá gestionar el desarrollo de exámenes médicos para detección de alcohol y drogas (marihuana, anfetaminas, benzodiacepinas y cocaína) a su personal antes de comenzar la obra. Los temas especiales, serán analizados por el departamento de Seguridad y Salud Ocupacional y el Gerente de la unidad de negocio. En caso de que la empresa contratista no pueda realizar exámenes pre ocupacionales para la detección de alcohol y drogas, tendrán la posibilidad de realizar exámenes ocupacionales a todos sus trabajadores en los primeros quince días comenzada sus actividad.

AES Gener S.A, realizará exámenes aleatorios de alcohol y drogas al personal de las empresas contratista, conforme al desarrollo de las actividades o faenas. Cada empresa contratista deberá informar a sus trabajadores de este procedimiento. 2.11.2 Se exigirá a todo el personal de la Empresa Contratista el uso de un sistema de identificación sobre la base de una tarjeta individual con fotografía. La credencial será elaborada por AES Gener S.A. y será validada por el Administrador del Contrato y el Jefe del Proyecto o ITO. Esta identificación será imprescindible para ingresar y permanecer en las dependencias de AES Gener S.A. Este documento al ser impreso o al estar fuera de Intranet se considera una “COPIA NO CONTROLADA”, a menos que tenga el timbre de control. Página 21 de 63 Fecha Impresión:23/10/2013

REGLAMENTO DE SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL Y GESTIÓN MEDIO AMBIENTAL PARA EMPRESAS CONTRATISTAS GENER-R-16 Versión: 2 2.11.3 Para trabajadores extranjeros, que trabajen menos de 30 días como contratistas para AES Gener S.A., se exigirá tener normalizada su situación de ingreso al país, adicionalmente se solicitara un seguro médico que cubra accidentes laborales y copia de pasaporte o documento de identificación. 2.11.4 Para trabajadores extranjeros que trabajen más de 30 días como contratistas para AES Gener S.A, se les exigirá dar cumplimiento a las leyes y normativa de extranjería vigente al respecto, además de dar cumplimiento a los requerimientos de documentación al igual que todo personal contratista de nacionalidad chilena. 2.11.5 Antes de comenzar la obra, la Empresa Contratista deberá impartir la charla de seguridad de acuerdo al Decreto Supremo N° 40 en la que se debe informar a todos los trabajadores que trabajarán en la obra, faena o servicio, los riesgos a los cuales estarán expuestos y las medidas de control necesarias, incluidos los potenciales riesgos ambientales y sus respectivas medidas de control. Esta charla debe ser documentada indicando claramente la fecha de ejecución, nombre completo, RUT y firma de los participantes, temas y riesgos y/o peligros tratados en la reunión y el nombre completo, Rut, cargo y firma del relator. La charla debe ser dictada por un Experto en Prevención de Riesgos o por un supervisor de la Empresa Contratista capacitado para dar este tipo de charla. AES Gener S.A. se reserva el derecho a rechazar la charla si considera que la persona que la dictó no tiene la idoneidad suficiente o los temas abordados en ella no indican claramente los riesgos y/o peligros de la obra, faena o servicio. La Empresa Contratista debe entregar al Jefe del Proyecto de AES Gener S.A. una copia del registro de la charla con 2 días de anticipación del ingreso del personal. 2.11.6 El Administrador del Contrato de AES Gener S.A., luego de revisar todos los antecedentes entregados por la Empresa Contratista, enviará al Jefe del Proyecto la lista del personal autorizado. El Administrador del Contrato junto al Jefe del Proyecto tramitará el ingreso a las instalaciones ante el control de Acceso Principal. 2.12. Ingreso a AES Gener S.A. 2.12.1 No se permitirá el ingreso a las instalaciones de AES Gener S.A. a personas, que a simple observación de la portería/vigilancia de AES Gener S.A., presenten muestras evidentes de estar bajo influencia de alcohol y drogas. 2.12.2 Está estrictamente prohibido portar armas de cualquier tipo, dentro de los recintos de AES Gener S.A 2.12.3 Todas las herramientas, maquinarias, insumos y en General todo lo que se utilice en el proyecto obra, servicio o faena debe ingresar a las instalaciones de AES Gener S.A. con las correspondientes Guías de Despacho de la Empresa Contratista, cumpliendo con las disposiciones que al efecto hubiera dictado el Servicio de Impuestos Internos. 2.12.4 Para efectos del control del Acceso Principal, se exigirá portar las Guías de Despacho y se revisará que lo declarado en ellas corresponda a lo que se quiere ingresar. Luego el Jefe del Proyecto o ITO de AES Gener S.A. revisará que todas Este documento al ser impreso o al estar fuera de Intranet se considera una “COPIA NO CONTROLADA”, a menos que tenga el timbre de control. Página 22 de 63 Fecha Impresión:23/10/2013

REGLAMENTO DE SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL Y GESTIÓN MEDIO AMBIENTAL PARA EMPRESAS CONTRATISTAS GENER-R-16 Versión: 2 las herramientas, maquinarias, se encuentren en buen estado de acuerdo al estándar de AES Gener S.A., copia de las Guías de Despacho quedarán archivadas para cuando éstas sean retiradas de las instalaciones de AES Gener S.A. En caso que alguna herramienta o maquinaria, que a juicio del Jefe del Proyecto o ITO de AES Gener S.A. considere que no se encuentra en buen estado o no cumple algún estándar de AES Gener S.A., deberá ser retirada del recinto, no permitiendo su reparación en el interior. No se permitirá la entrada ni salida de BULTOS, PAQUETES, ELEMENTOS, MATERIALES Y OTROS, sin una Guía de Despacho que ampare su contenido. El Jefe del Proyecto o ITO de AES Gener S.A. y Personal de Portería/Vigilancia controlarán el contenido descrito en el documento. 2.12.5 Toda persona que ingrese o se retire de recintos AES Gener S.A. con equipos, herramientas, elementos de trabajo, etc. que sea de propiedad de AES Gener S.A. o de la Empresa Contratista, deberá contar con la autorización del Jefe del Proyecto o ITO de AES Gener S.A., estampando su V°B° anotado en la Guía de Despacho correspondiente. 2.12.6 Sólo se permitirá el ingreso de personas y vehículos ajenos a AES Gener S.A. al interior de sus recintos, dentro del horario autorizado para la ejecución de los trabajos y previa autorización del Jefe del Proyecto o ITO de AES Gener S.A. Fuera de este horario, la autorización la otorgará el Jefe de Turno u Operador Sala de Control presente en la instalación de AES Gener S.A. 2.12.7 La Empresa Contratista deberá entregar un listado con la identificación de sus vehículos antes de iniciar los trabajos, que incluya la placa patente, los nombres y RUT de los conductores autorizados, presentando copia de las licencias de conducir de estos. 2.12.8 Toda persona es responsable de los equipos, materiales, herramientas u otros, que sean propios o proporcionados a su cargo. AES Gener S.A. no se hace responsable por pérdidas, destrucción, inutilización o extravío de herramientas, equipos, materiales, efectos personales, que no sean de su propiedad. 2.12.9 Los vehículos que utilice la Empresa Contratista para ingresar a las instalaciones de AES Gener S.A. deberán estar en buenas condiciones mecánicas y no tener más de 4 años, o 150.000 km. lo que primero se cumpla. Cada ITO o Jefe del Proyecto, tendrá la responsabilidad de chequear las buenas condiciones de éstos, antes de autorizar el ingreso a los recintos de AES Gener S.A. 2.12.10 Todos los vehículos deberán ser ubicados en zonas de estacionamiento destinadas al efecto y no en zonas de trabajo, además de respetar la señalética de cada lugar.

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REGLAMENTO DE SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL Y GESTIÓN MEDIO AMBIENTAL PARA EMPRESAS CONTRATISTAS GENER-R-16 Versión: 2 2.13. Estadísticas 2.13.1 La Empresa Contratista deberá mantener al día las estadísticas de accidentabilidad de acuerdo a la exigencia del Decreto Supremo N° 40 que aprueba el Reglamento sobre Prevención de Riesgos Profesionales. 2.13.2 A más tardar, el tercer día hábil del mes siguiente al mes vencido, la Empresa Contratista deberá entregar la siguiente información al Jefe del Proyecto o ITO de AES Gener S.A.:  Total de trabajadores del mes, declarado al Organismo Administrador de la Ley.  Total de horas hombre efectivamente trabajadas.  Total de incidentes ocurridos en el mes, indicando la fecha de ocurrencia y el día del alta médica cuando corresponda.  Total de horas hombre usadas en capacitación, indicando los temas tratados.  Número de caminatas de seguridad que los Supervisores o administradores de obra de la Empresa Contratista realizaron en el mes.

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REGLAMENTO DE SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL Y GESTIÓN MEDIO AMBIENTAL PARA EMPRESAS CONTRATISTAS GENER-R-16 Versión: 2 2.14. Horario de Trabajo 2.14.1 Si por efecto de las condiciones de trabajo impuestas por AES Gener S.A., es necesario trabajar fuera del horario autorizado para la ejecución de los trabajos de AES Gener S.A., el Supervisor o administrador de obra del Contratista presentará una solicitud al Jefe del Proyecto o ITO de AES Gener S.A. con 24 horas de anticipación al trabajo, indicando las razones de su petición. El Jefe del Proyecto o ITO de AES Gener S.A. evaluará la situación y autorizará o rechazará la solicitud. Sin perjuicio de lo anterior, no deberá incurrir en exceso de horas, respecto a lo que la Ley establece en relación a la cantidad de horas trabajadas, tanto diarias como mensuales, debiendo quedar registro en libro o sistema de control de asistencia y horario correspondiente. 2.15. Vehículos 2.15.1 Está prohibida la circulación de vehículos a una velocidad superior a los límites establecidos en el interior de los recintos de AES Gener S.A. 2.15.2 Está prohibido el porte y consumo de bebidas alcohólicas en el interior de los vehículos o durante la conducción de los mismos, tanto para los conductores, como para los pasajeros de los vehículos ya sean estos livianos, medianos, maquinaria pesada, etc. 2.15.3 El chofer de un vehículo de trabajo, tales como; camioneta, camión, maquinaria pesada, cargador frontal, etc., deberá poseer licencia de conducir que la Ley de Tránsito exija para el vehículo que maneja. El vehículo debe tener su revisión técnica al día, así como toda la documentación requerida por la legislación vigente referente a esta materia y poseer un extintor de incendio portátil operativo y ubicado en un lugar de fácil acceso. 2.15.4 Todo vehículo de la Empresa Contratista que ingrese a AES Gener S.A., debe estacionarse en el estacionamiento indicado en Portería/Vigilancia, y de forma aculatada. 2.15.5 Los vehículos sólo podrán ingresar al interior de las instalaciones AES Gener S.A. a realizar alguna tarea específica, como lo es cargar o descargar algún material, etc., previa coordinación y permiso del Jefe del Proyecto o ITO de AES Gener S.A. e inmediatamente volver al estacionamiento señalado anteriormente. 2.15.6 Los vehículos y/o equipo pesado deberán transitar exclusivamente por las vías y/o sectores previamente autorizados por el Jefe del Proyecto o ITO de AES Gener S.A. respetando la señalización interna y siempre dando prioridad de tránsito a los peatones y a equipos operacionales como por ejemplo grúas. 2.15.7 Los vehículos que ingresen a trabajar (camioneta, camión, maquinaria pesada, cargador frontal, etc.) serán revisados antes de su ingreso, para verificar su estado General. Las revisiones de los vehículos, serán cumpliendo como mínimo, lo establecido en el procedimiento Manejo Defensivo GENER-P-35.

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REGLAMENTO DE SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL Y GESTIÓN MEDIO AMBIENTAL PARA EMPRESAS CONTRATISTAS GENER-R-16 Versión: 2 2.15.8 Todo vehículo podrá será inspeccionado en la salida de las instalaciones por parte de la vigilancia de AES Gener S.A. 2.15.9 Los vehículos que deban transitar por canchas de carbón, deberán realizarlo con luces encendidas permanentemente y baliza en el techo del vehículo. 2.15.10 Todo vehículo que transporte combustible y/u otra sustancia peligrosa deberá contar con autorización de la SEREMI de Salud, debe portar de manera obligatoria, la hoja de datos de seguridad de las sustancias transportadas en español y con los elementos de control de derrames, para dichos productos, además que todas aquellas disposiciones establecidas en la legislación en esta materia. 2.15.11 Todos los vehículos, encargados del transporte de Residuos, deberán contar con autorización emitida por la SEREMI de Salud. Dicha autorización deberá ser acorde al residuo transportado. 2.15.12 Todos los vehículos que ingresen a las instalaciones de AES Gener S.A. deberán contar con toda la documentación legal correspondiente, de no hacerlo, se prohibirá el acceso a las instalaciones. 2.16. Movilización 2.16.1 La movilización del personal de la Empresa Contratista es de absoluta responsabilidad de la misma y no está permitido que estos hagan uso de los vehículos destinados al transporte del personal de AES Gener S.A.; exceptuando aquellos casos especiales que cuenten con previa autorización y por escrito del Jefe de Proyecto de AES Gener S.A. 2.17. Condiciones medioambientales 2.17.1 El contratista deberá dar fiel cumplimiento a los requerimientos ambientales definidos en las resoluciones de calificación ambiental del proyecto, estándares ambientales de AES Gener así como la normativa ambiental vigente. 2.17.2 Será de responsabilidad del contratista la tramitación y obtención de permisos ambientales requeridos para el funcionamiento de infraestructura relacionada a sus instalaciones de faenas (por ejemplo sistema de tratamiento de aguas servidas, almacenamiento temporal de residuos no peligrosos, bodegas de residuos peligrosos). 2.17.3 En todas las obras, faenas o servicios la Empresa Contratista deberá suministrar a AES Gener S.A., en forma previa al inicio de las mismas, toda la información sobre el uso y manipulación de sustancias peligrosas (Hoja de Datos de Seguridad), así como también los residuos generados como consecuencia de la obra, faena y/o servicio contratado. No se permitirá el ingreso de recipientes o contenedores, tales como; botellas, latas, bolsas, aerosoles y/o tanques conteniendo sustancias peligrosas que no presenten el correspondiente etiquetado de acuerdo a lo establecido en las normas chilenas y regulaciones de AES Gener S.A al respecto. La Empresa Contratista deberá mantener un inventario de Sustancias Químicas de acuerdo al formulario GENER-P-42/F1. Este documento al ser impreso o al estar fuera de Intranet se considera una “COPIA NO CONTROLADA”, a menos que tenga el timbre de control. Página 26 de 63 Fecha Impresión:23/10/2013

REGLAMENTO DE SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL Y GESTIÓN MEDIO AMBIENTAL PARA EMPRESAS CONTRATISTAS GENER-R-16 Versión: 2 2.17.4 AES Gener S.A. se reserva el derecho de inspeccionar y verificar el contenido de los recipientes y de aprobar las condiciones de almacenamiento. El Jefe del Proyecto o ITO de AES Gener S.A. deberá informar a la Empresa Contratista todo incumplimiento en el que incurra con respecto a las leyes aplicables en la materia. Los incumplimientos a las normas nacionales o a las normas internas de AES Gener S.A. por parte de la Empresa Contratista, derivara en la no autorización de ingreso de las sustancias peligrosas, hasta que la desviación a las normas sea corregida, sin perjuicio de otros derechos legales o contractuales. 2.17.5 Toda Empresa Contratista deberá implementar un sistema de manejo de residuos, el cual incluirá como mínimo un sistema de recolección (acopio) de residuos en contenedores cerrados, almacenamiento temporal debidamente delimitado, identificado y autorizado por la autoridad sanitaria y disposición final en sitios autorizados. El contratista deberá promover la reutilización y reciclaje de los residuos generados con el objeto de disminuir al máximo la generación de éstos. La Empresa Contratista deberá cumplir lo indicado en el procedimiento Requisitos para desechos peligrosos y no peligrosos GENER-P-41. 2.17.6 En caso de requerir delimitar zonas de acopio temporal de residuos industriales, peligrosos y no peligrosos, el Contratista deberá solicitar autorización en la SEREMI de Salud, tal como lo indica el Código Sanitario. 2.17.7 La Empresa Contratista comunicará en su propuesta la necesidad de utilizar materiales o elementos cuyo uso pueda generar residuos peligrosos y/o industriales, indicando además las alternativas para el tratamiento y disposición final de los mismos según las normas vigentes. La Empresa Contratista deberá entregar, tanto la copia de la autorización sanitaria para transportar, como para disponer los residuos peligrosos y/o industriales que disponga. 2.17.8 La Empresa Contratista informará al Jefe del Proyecto o ITO de AES Gener S.A., el origen, tipo, almacenamiento y disposición final de residuos que se produzcan como consecuencia de las tareas contratadas dejando registro escrito y certificado de aprobación de la disposición final de estos desechos. El Jefe del Proyecto o ITO de AES Gener S.A. podrá objetar y solicitar re-estudiar el manejo de los residuos. 2.17.9 Queda absoluta y estrictamente prohibido arrojar cualquier elemento, sustancia y/o residuo al suelo, a la descarga de los baños, desagües pluviales, alcantarillados, al mar, esteros, lagos, ríos etc. 2.17.10 Queda estrictamente prohibido realizar la limpieza, reparación y/o mantención de máquinas, vehículos y equipos de la Empresa Contratista en las instalaciones de AES Gener S.A., especialmente, cuando la consecuencia de ello pueda Generar residuos peligrosos o contaminación del suelo. Para cualquier tipo de limpieza y/o mantención se deberá contar con la autorización previa y por escrito del Jefe del Proyecto o ITO de AES Gener S.A. 2.17.11 En caso de ser necesario, y con la autorización previa y por escrito del Jefe del Proyecto o ITO de AES Gener S.A. el contratista podrá realizar lubricación de equipos y mecanismos. Para realizar esta labor, la Empresa Contratista deberá entregar un Este documento al ser impreso o al estar fuera de Intranet se considera una “COPIA NO CONTROLADA”, a menos que tenga el timbre de control. Página 27 de 63 Fecha Impresión:23/10/2013

REGLAMENTO DE SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL Y GESTIÓN MEDIO AMBIENTAL PARA EMPRESAS CONTRATISTAS GENER-R-16 Versión: 2 procedimiento de trabajo para las labores de lubricación, que incluya el control y limpieza de derrames. 2.17.12 Se deberá delimitar e impermeabilizar una zona destinada a la actividad y contar con los elementos de contención de derrames adecuados. En caso de que estos se generen, el Contratista deberá contenerlo adecuadamente y posteriormente efectuar la limpieza de la zona afectada, valiéndose para ello de lo indicado en el procedimiento de Prevención y contención de derrames GENER-P-40. Los residuos contaminados con aceites lubricantes son considerados peligrosos, por lo que deberá almacenarlos y disponerlos como tales, asumiendo los costos que ello implique. 2.17.13 Se prohíbe el uso de agua para lavado, que pueda producir arrastre de materia sólida contaminante a los alcantarillados o desagües pluviales. Si es necesario realizar esta tarea, se requerirá contar con autorización previa y por escrito del Jefe del Proyecto o ITO de AES Gener S.A. 2.17.14 En caso de producirse un derrame de una sustancia peligrosa, la Empresa Contratista deberá comunicar en forma inmediata dicha circunstancia al Jefe del Proyecto o ITO de AES Gener S.A., al personal de Operaciones y/o al personal de la Planta presente en ese momento. Además deberá realizar el reporte de incidente (GENER-P-11/F1) y la contención en forma inmediata, para evitar contaminaciones mayores. Los costos asociados a la limpieza producto del derrame, serán de cargo de la Empresa Contratista. 2.17.15 Para este fin, la Empresa Contratista deberá contar con elementos adecuados para la contención, limpieza y disposición final de las sustancias que pudieran generarse ante un derrame. 2.17.16 La Empresa Contratista deberá limpiar todo residuo de sustancias peligrosas que haya utilizado. La limpieza y disposición final de los residuos de sustancias peligrosas deberá ser informada al Jefe del Proyecto o ITO de AES Gener S.A. 2.17.17 En caso que el Contratista no cumpla con la obligación mencionada en el punto anterior, se considerará que la misma no ha dado correcto cumplimiento a su contrato y, como consecuencia de ello, se suspenderá el pago de la factura correspondiente. 2.17.18 El contratista previo inicio de cualquier actividad al interior de instalaciones de AES Gener S.A., deberá entregar al Jefe del proyecto un Registro de Identificación de Aspectos e Impactos Ambientales de acuerdo a la metodología indicada en el procedimiento Gestión de Contratistas GENER-P-16. 2.17.19 Si la Empresa Contratista identificara, impactos ambientales significativos, deberá entregar un programa con las medidas de control, mitigación y/o reparación, adicionalmente se deberán proponer controles asociados a capacitación o respuesta ante emergencia si se requirieran. 2.17.20 La Empresa Contratista deberá presentar un plan de respuesta en caso de situaciones de emergencias ambientales. A su vez deberá contar con un procedimiento a implementar en caso de hallazgos arqueológicos, de acuerdo al Este documento al ser impreso o al estar fuera de Intranet se considera una “COPIA NO CONTROLADA”, a menos que tenga el timbre de control. Página 28 de 63 Fecha Impresión:23/10/2013

REGLAMENTO DE SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL Y GESTIÓN MEDIO AMBIENTAL PARA EMPRESAS CONTRATISTAS GENER-R-16 Versión: 2 Reglamento de Ley sobre excavaciones antropológicas y paleontológicas.

y/o

prospecciones

arqueológicas,

2.17.21 Es responsabilidad del Jefe de Proyecto o ITO, realizar la aprobación de la evaluación ambiental de cada Empresa Contratista. Previa asesoría y revisión del área ambiental de AES Gener S.A. 2.17.22 Es obligatorio para el contratista asegurarse de que cualquier persona que realice tareas para ella o en su nombre, que potencialmente pueda causar uno o varios impactos ambientales sea competente tomando como base una educación, formación o experiencia adecuadas y deberá entregar al Jefe del Proyecto o ITO esta información si se le solicitase. 2.17.23 AES Gener S.A., tendrá derecho a exigir capacitación en materia ambiental a cualquier trabajador que se encuentre desempeñando cualquier actividad al interior de sus instalaciones. Siendo responsabilidad de la empresa contratista suministrar dicha capacitación. 2.17.24 Toda situación no prevista en este Reglamento deberá consultarse por la Empresa Contratista con el Jefe del Proyecto o ITO de AES Gener S.A. 2.18. Sistema de Gestión de Seguridad, Salud Ocupacional y Medio Ambiente La prevención de riesgos de accidentes y enfermedades ocupacionales, así como la prevención de impactos ambientales, debe estar integrada a la ejecución de los trabajos encomendados, por medio de un Sistema de Gestión que garantice la máxima protección a la integridad física y salud de los trabajadores y protección del medio ambiente. 2.18.1 AES Gener S.A. ha implementado un Sistema de Gestión de Medio Ambiente, Seguridad y Salud Ocupacional, con el nombre de Genera, el que ha sido certificado bajo las normas internacionales ISO 14.001 y OHSAS 18.001 en todas las centrales. Este sistema de gestión será entregado a las empresas contratistas que se adjudiquen proyectos o servicios con AES Gener, el que deberá ser considerado como referencia para el establecimiento de procedimientos de gestión y de actividades específicas de cada contratista, de acuerdo a sus tareas, servicios, estructura organizacional, entorno de trabajo, etc. 2.18.2 Será responsabilidad del contratista mantener la documentación del sistema de gestión Genera, actualizado para su uso interno. 2.18.3 Los procedimientos y formularios citados en el presente reglamento forman parte del sistema de gestión, pero no se limita a ellos. 2.18.4 El Sistema de Gestión del Contratista deberá contar de manera obligatoria con los puntos establecidos en el artículo 9 del DS N°76:    

Política de Seguridad y Salud en el Trabajo. Organización. Planificación. Evaluación.

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REGLAMENTO DE SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL Y GESTIÓN MEDIO AMBIENTAL PARA EMPRESAS CONTRATISTAS GENER-R-16 Versión: 2 

Acción en Pro de Mejoras o correctivas.

Adicionalmente AES Gener S.A. podrá solicitar elementos que estime conveniente para la protección del personal y/o medio ambiente. 2.18.5 El Sistema de Gestión como también los procedimientos de trabajo que se presenten, deben estar escritos en idioma español y en los idiomas requeridos para ser comprendidos por el personal que deberá realizar el trabajo. 2.18.6 AES Gener, se reserva el derecho de realizar auditorías al Sistema de Gestión del contratista (en el cual se incluyen los procedimientos, estándares de seguridad y la Guía para proyectos de Construcción de AES (cuando aplique). Requerimientos mínimos solicitados por AES Gener S.A.). 2.19. Procedimientos de Trabajo y Evaluación de Riesgos e Impactos Ambientales 2.19.1 Todo trabajo que una Empresa Contratista deba realizar en las instalaciones de AES Gener S.A. deberá contar con la Matriz de Identificación de Peligros y Evaluación de Riesgos (según GENER-P-02/F1) y de Evaluación de Impactos Ambientales (según GENER-P-16/F9) de los trabajos a desarrollar, actualizada mensualmente. Se deberá contar con procedimientos de trabajo, en los cuales se incluyan sus eventuales o futuras modificaciones y/o actualizaciones. Como mínimo los procedimientos de trabajo deberán contemplar los puntos establecido en el procedimiento Elaboración y Control de Documentos y Registros GENER-P-07. 2.19.2 Los procedimientos de trabajos deberán ser presentados al Jefe del Proyecto o ITO de AES Gener S.A., a lo menos con 48 horas de anticipación del inicio de las tareas a desarrollar, para su revisión y aprobación. 2.19.3 Si el procedimiento no cumple con los estándares de seguridad, salud ocupacional y medio ambiente que AES Gener S.A. tiene implementado para sus obras o a juicio del Jefe del Proyecto o ITO de AES GENER S.A. no le garantiza que el trabajo se efectúe de acuerdo a parámetros acordes a las actividades a ser realizadas, será rechazado el procedimiento, indicando por escrito los motivos del rechazo. 2.19.4 La Empresa Contratista deberá realizar la identificación periódica de los peligros y los aspectos ambientales, así como el análisis y evaluación de los riesgos potenciales e impactos ambientales de todas sus actividades, considerando los cambios o alteraciones producidas durante la ejecución de la obra, faena o servicio, incluyendo los incidentes ocurridos. Antes de iniciar la obra, faena o servicio la empresa contratista deberá entregar la evaluación de ítem críticos que considerara para el desarrollo del trabajo o proyecto. 2.19.5 Todo retraso en la obra que sea consecuencia de que el procedimiento de trabajo o la evaluación de riesgos e impactos presentada hayan sido rechazadas, no es imputable a la responsabilidad de AES Gener S.A., y por lo tanto, la Empresa Contratista deberá tomar todas las medidas para cumplir lo que AES Gener S.A. solicita. Esta situación será de total costo de la Empresa Contratista y no contemplará compensación alguna por parte de AES Gener S.A. Este documento al ser impreso o al estar fuera de Intranet se considera una “COPIA NO CONTROLADA”, a menos que tenga el timbre de control. Página 30 de 63 Fecha Impresión:23/10/2013

REGLAMENTO DE SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL Y GESTIÓN MEDIO AMBIENTAL PARA EMPRESAS CONTRATISTAS GENER-R-16 Versión: 2 III. RESPONSABILIDAD EN LA PREVENCIÓN DE RIESGOS E IMPACTOS AES Gener S.A. considera la prevención de riesgos de accidentes y enfermedades profesionales, así como de impactos ambientales, como una actividad prioritaria e íntimamente ligada con el proceso productivo. Asimismo, la responsabilidad de dicha actividad corresponde a todos los trabajadores, por lo tanto, AES Gener S.A. declara y hace presente que esta actividad deberá ser practicada con este mismo criterio por todas las empresas contratistas. La Empresa Contratista, será responsable de prevenir los riesgos e impactos ambientales que puedan originarse en los trabajos que tiene bajo su mando, así como adoptar todas las medidas necesarias tendientes a eliminar las causas que puedan dar origen a los incidentes, tanto de seguridad como medio ambiente. La Empresa Contratista deberá tener un programa de instrucción mínimo para el personal que contrate y destine a los respectivos trabajos, obra o faena, el cual deberá contemplar lo siguiente:  Instrucción sobre las labores que debe realizar el trabajador, en donde la línea de mando dará a su personal una acabada preparación laboral y de los procedimientos de seguridad y medio ambiente, antes de iniciar y ordenar un trabajo.  Instrucción sobre las Normas de Prevención de Riesgos que el trabajador deberá observar y cumplir durante el desarrollo de sus funciones (materia que debe estar comprendida en su propio Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad).  Dar a conocer el Reglamento de Seguridad, Salud Ocupacional y Gestión Medio Ambiental para Empresas Contratistas de AES Gener S.A. a todo su personal. AES Gener S.A. auditará el cumplimiento de estas obligaciones, exigiendo las actas en las que conste la recepción de estas instrucciones por parte del personal de la Empresa Contratista. Para trabajos con una duración mayor a 30 días corridos, la Empresa Contratista deberá presentar un programa de capacitación con cursos relacionados a prevención de riesgos (en caso de existir cursos en medio ambiente se deberán incorporar) impartido por el Organismo Administrador al cual está adherida o un organismo competente. La Empresa Contratista deberá presentar un programa de Prevención de Riesgos para la obra, faena o servicio que se adjudique, siguiendo los estándares de seguridad, salud ocupacional y medio ambiente de AES Gener S.A. para su revisión, antes de iniciadas las faenas. El contratista deberá contar con las instalaciones médicas necesarias equipadas con la presencia de Médico y/o Paramédico, así como las ambulancias necesarias para la atención y traslado de personal accidentado. AES Gener se reserva el derecho de exigir la cantidad de profesionales en las instalaciones y el número de ambulancias según la magnitud del proyecto. AES Gener se reserva el derecho para hacer valida la exigencia de este punto para proyectos de menor envergadura.

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REGLAMENTO DE SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL Y GESTIÓN MEDIO AMBIENTAL PARA EMPRESAS CONTRATISTAS GENER-R-16 Versión: 2 IV. REGLAS DE SEGURIDAD 4.1

Disposiciones

4.1.1

Si AES Gener S.A. proporciona comedor, lugar de cambio de ropa e instalaciones sanitarias, la Empresa Contratista deberá asegurar el correcto y adecuado uso de estas instalaciones por parte de su personal.

4.1.2

Si AES Gener S.A. no proporciona las condiciones mencionadas en el párrafo anterior, la Empresa Contratista deberá contar y habilitar sus propias instalaciones, las cuales deberán cumplir con el Decreto Supremo Nº 594 (versión vigente), que establece las Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los lugares de trabajo. Situación que será verificada por AES Gener S.A., y en caso de no cumplir con lo establecido en el decreto indicado, la obra, faena o servicio será suspendida mientras el contratista no de cumplimiento a lo establecido anteriormente.

4.1.3

La Empresa Contratista deberá asegurarse que su personal disponga de ropa de trabajo de algodón y/o de acuerdo a los niveles de riesgos que este expuesto, en buen estado, así como de su correcta presentación y los respectivos elementos de protección personal, de acuerdo al capítulo V de este Reglamento.

4.1.4

El personal de la Empresa Contratista no deberá ni podrá transitar por otra área o zona de trabajo que no sea la correspondiente a aquella donde realiza sus funciones o las que dan acceso a éstas. Para acceder o transitar por cualquier otra área o sector adyacente, se deberá contar con la autorización respectiva del Jefe del Proyecto o ITO de AES Gener S.A.

4.1.5

El personal de la Empresa Contratista no podrá usar cadenas, anillos, aros, o cualquier tipo de adorno metálico en el cuerpo. Si usa el cabello largo, este deberá estar amarrado y dentro del casco.

4.1.6

El Jefe del Proyecto o ITO de AES Gener S.A. informará al Supervisor o administrador de obra del Contratista las transgresiones a los estándares de seguridad que verifique, a objeto que éste disponga las acciones correspondientes a fin de solucionar el problema detectado. Mientras no se solucionen las infracciones, el Jefe del Proyecto o ITO de AES Gener S.A. impedirá la reanudación de las faenas. Esta situación será de total costo de la Empresa Contratista y no se contemplará compensación alguna por parte de AES Gener S.A.

4.1.7

En todo momento, la Empresa Contratista será la responsable de mantener el orden, higiene y limpieza en las respectivas áreas de trabajo, así como también en el lugar que ocupe para guardar materiales o herramientas, siguiendo lo establecido en el procedimiento Orden y Limpieza GENER-P-27.

4.1.8

La Empresa Contratista deberá reportar de inmediato al Jefe del Proyecto o ITO de AES Gener S.A., la ocurrencia de un incidente, principio de incendio o cualquier otra situación anormal en el lugar de la faena. Deberá entregar, asimismo, en un

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REGLAMENTO DE SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL Y GESTIÓN MEDIO AMBIENTAL PARA EMPRESAS CONTRATISTAS GENER-R-16 Versión: 2 plazo no mayor a 24 horas, una investigación del incidente por escrito, en la que queden claramente determinadas las causas que lo originaron y las medidas de control que se han dispuesto para prevenir y evitar un nuevo incidente. 4.1.9

El personal del contratista NO debe obstruir de ninguna manera el acceso a los extintores, los gabinetes de mangueras para incendio u otros elementos para combatir el fuego, estaciones de emergencia para lavado de ojos y duchas, equipos de emergencia para derrames u otros equipos relacionados con la seguridad.

4.1.10 El personal de la Empresa Contratista NO deberá bloquear con ningún tipo de equipo, materiales, elementos o herramientas los pasillos, caminos para el tránsito o salidas de emergencia ni ninguna otra zona no especialmente habilitada para el depósito de dichos equipos, materiales, elementos o herramientas. 4.1.11 Está estrictamente prohibido recargar todo tipo de combustible o sustancia peligrosa dentro de las instalaciones de AES Gener S.A. De ser necesario, se deberá pedir autorización previa y por escrito al Jefe del Proyecto o ITO de AES Gener S.A. considerando un procedimiento escrito para estos efectos. 4.1.12 El almacenamiento de equipos, elementos, herramientas o materiales deberá realizarse en lugares apropiados y seguros para los trabajadores. 4.1.13 Las sustancias peligrosas deberán almacenarse sólo en recintos específicos destinados para tales efectos (cumpliendo con el Decreto N°78), en las condiciones adecuadas a las características de cada sustancia y estar identificadas de acuerdo a las normas chilenas oficiales en la materia. La Empresa Contratista mantendrá disponible permanentemente en el recinto de trabajo, un plan de respuesta para enfrentar emergencias, y una hoja de seguridad donde se incluyan, a lo menos, los siguientes antecedentes de las sustancias peligrosas: nombre comercial, fórmula química, compuesto activo, cantidad almacenada, características físico químicas, tipo de riesgo más probable ante una emergencia, croquis de ubicación dentro del recinto donde se señalen las vías de acceso y elementos existentes para prevenir y controlar las emergencias. Con todo, las sustancias inflamables deberán almacenarse en forma independiente y separada del resto de las sustancias peligrosas, en bodegas construidas con resistencia al fuego de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción. 4.1.14 Si la Empresa Contratista requiere mantener combustible u otro tipo de materiales inflamables, se deberá solicitar autorización previa y por escrito al Jefe del Proyecto o ITO de AES Gener S.A., quien autorizará el lugar de almacenamiento. Siempre se deberán almacenar estos combustibles o materiales inflamables en lugares alejados de superficies calientes y de fuentes de combustión. 4.1.15 El lugar de almacenamiento de combustibles o materiales inflamables deberá contar con señalización según el tipo de peligrosidad del producto, letreros que prohíban fumar y encender fuegos y las respectivas hojas de seguridad que las deberá manejar el encargado de bodega. Además, la Empresa Contratista deberá

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REGLAMENTO DE SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL Y GESTIÓN MEDIO AMBIENTAL PARA EMPRESAS CONTRATISTAS GENER-R-16 Versión: 2 contar con extintores para la clase de fuegos correspondientes ubicados en lugares de fácil acceso y debidamente señalizados. 4.1.16 Los estanques de almacenamiento de combustibles líquidos deberán cumplir las exigencias dispuestas en el Decreto Nº 160 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. 4.1.17 Todo lugar de almacenamiento de sustancias peligrosas, ya sean inflamables, gases, residuos u otros deben tener el V°B° de la autoridad competente en el tema. 4.1.18 Todo lugar de trabajo en que exista algún riesgo de incendio, ya sea por la estructura del edificio o por la naturaleza del trabajo que se realiza, deberá contar con extintores de incendio, del tipo adecuado a los materiales combustibles o inflamables que en él existan o se manipulen. 4.1.19 El número total de extintores dependerá de la superficie a proteger de acuerdo a lo señalado en el artículo 46º del Decreto Supremo Nº 594, el cual establece las Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los lugares de trabajo. 4.1.20 Los extintores deberán cumplir con los requisitos y características que establece el Decreto Supremo Nº 369, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, o el que lo reemplace, y en lo previsto por las normas chilenas oficiales. Además, deberán estar certificados por un laboratorio acreditado, de acuerdo a lo establecido en este DS. 4.1.21 En caso de un Amago de incendio, el personal de la Empresa Contratista no deberá acercarse al área afectada, debiendo retirarse hacia su instalación de faenas o a la Zona de Seguridad. Sin perjuicio de lo anterior, el personal de la Empresa Contratista deberá seguir las instrucciones impartidas por el personal a cargo de la emergencia. 4.1.22 El Supervisor o administrador de obra del Contratista reportará al Jefe del Proyecto o ITO de AES Gener S.A. de cualquier situación o acontecimiento que pueda ocasionar daños, suspendiendo de inmediato los trabajos afectados. 4.1.23 La Empresa Contratista deberá velar para que en caso que uno de sus trabajadores sufra lesiones al interior de los recintos de AES Gener S.A., sea trasladado lo más pronto posible al centro asistencial u hospital más cercano. AES Gener S.A. no se hace responsable de ningún tipo de asistencia médica, sin perjuicio de colaborar en los primeros auxilios que deban prestarse al lesionado. 4.1.24 Queda estrictamente prohibido a todo el personal de la Empresa Contratista, operar maquinarias, herramientas, elementos o equipos de propiedad de AES Gener S.A., sin la autorización previa y por escrito y con la debida capacitación del Jefe del Proyecto o ITO de AES Gener S.A. o quien éste designe. 4.1.25 Se prohíbe al personal de la Empresa Contratista, que no cuente con la autorización correspondiente, hacer uso de los elementos de comunicación

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REGLAMENTO DE SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL Y GESTIÓN MEDIO AMBIENTAL PARA EMPRESAS CONTRATISTAS GENER-R-16 Versión: 2 existentes en las centrales, tales como altoparlante, citófonos, teléfonos, radio. La excepción lo constituyen los casos de Emergencia. 4.1.26 Se prohíben los juegos y bromas en los lugares de trabajo, que sean indebidos o que causen o pudiesen causar daño, tanto físico como moral a las personas involucradas. 4.1.27 Los lugares de trabajo deberán contar con iluminación natural o artificial adecuada. Esta última deberá ser de intensidad suficiente, de acuerdo al Decreto Supremo N° 594, el cual establece las Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los lugares de trabajo. Asimismo, se deberá cumplir con el procedimiento Iluminación GENER-P-33. 4.1.28 Está prohibido al personal de la Empresa Contratista viajar como pasajeros en maquinaria pesada o en las partes de los vehículos que están destinados exclusivamente para carga. Solamente pueden viajar en vehículos aptos y definidos por el fabricante para el traslado de personas y la cantidad de pasajeros no debe sobrepasar aquella para la cual el vehículo está diseñado, lo anterior, en función de la cantidad de cinturones de seguridad que el vehículo posea. 4.1.29 La carga sobre un camión debe estar bien estibada y equilibrada, de acuerdo a la capacidad del vehículo. 4.1.30 Los camiones cargados con ceniza u otro elemento que pueda esparcirse o derramarse (por ejemplo material de excavación) y que se retiren de las instalaciones de AES Gener S.A., deberán hacerlo cumpliendo con todas las instrucciones que para dicho propósito dicte AES Gener S.A., circulando siempre con la tolva encarpada, con el objeto de minimizar los riesgos asociados a dicho transporte. En caso de que el traslado sea al interior del sitio, el ITO de AES Gener S.A. evaluará, de acuerdo a la distancia y destino del material, las medidas a implementar para evitar su dispersión. Asimismo, los camiones deberán cumplir toda la normativa nacional vigente para el transporte de la carga específica que traslada, de lo contrario no se autorizará que estos salgan de las instalaciones de AES Gener S.A. 4.1.31 Para trabajos de carga y descarga de equipos que requiera uso de equipo de izaje, se deberán tomar todas las medidas de control, para minimizar los riesgos asociados a estos trabajos (escala, equipo de prevención contra caídas, certificación de equipos de levante, etc.). 4.1.32 Se prohíbe el uso de vehículos o motores de combustión que utilicen bencina o gasolina en lugares de trabajo confinados, cerrados o con deficiencias de ventilación.

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REGLAMENTO DE SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL Y GESTIÓN MEDIO AMBIENTAL PARA EMPRESAS CONTRATISTAS GENER-R-16 Versión: 2 V. EQUIPO DE PROTECCIÓN PERSONAL

5.1

Disposiciones

5.1.1

Es obligación de la Empresa Contratista proporcionar todos los equipos y elementos de protección personal a sus trabajadores, como también todos aquellos equipos, accesorios e implementos de protección personal adicionales y especiales, adecuados a las condiciones del riesgo específico, que pudiere presentarse en el desarrollo de la obra o servicio.

5.1.2

La Empresa Contratista proporcionará y obligará el uso en TODO MOMENTO al interior de las instalaciones de AES Gener S.A., de los equipos de protección personal a todos sus trabajadores desde el primer día de trabajo. El no cumplimiento de esta disposición podrá ser causal para ordenar el retiro de las obras a aquellos trabajadores que no cuenten y/o no usen sus equipos de seguridad completos.

5.1.3

Todos los equipos y elementos de protección personal contra riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales que se utilicen en las instalaciones de AES Gener S.A., sean ellos de procedencia nacional o extranjera, deberán estar certificados por instituciones, laboratorios o establecimientos Chilenos autorizados para este efecto, de acuerdo al Decreto Supremo N° 18.

5.1.4

Toda Empresa Contratista deberá proporcionar a sus trabajadores el siguiente equipo mínimo de protección personal, el cual deberá cumplir con los estándares de AES Gener S.A:  Casco de seguridad (no pueden ser metálicos), con el nombre y/o logotipo del contratista.  Buzo o tenida (pantalón y chaqueta), 100% algodón con el nombre y/o logotipo de la Empresa Contratista estampado, con huinchas reflectantes de un mínimo de 5 centímetros de ancho en la manga (altura antebrazo), espalda (altura del hombro) y piernas (bajo la rodilla).  Lentes con tratamiento de antiempañante.  Zapatos de seguridad aislante eléctricos, con punteras de acero y que cubran hasta los tobillos, se aceptaran zapatos de caña baja, previa autorización del Departamento de Seguridad y Salud Ocupacional. No se permite el uso de zapatillas ni zapatos de vestir, salvo en zonas autorizadas para ello.  Guantes de acuerdo al riesgo asociado a la actividad.  También será responsabilidad de la Empresa Contratista brindar la protección adecuada a sus trabajadores en caso de que su personal se vea expuesto a radiaciones solares, de acuerdo a lo establecido en el DS 594.

De existir algún tipo de obra, servicio o faena en la cual se requiera el uso de algún otro elemento de protección personal específico, se considerará obligación de la Empresa Contratista el proporcionarlo a sus trabajadores, y deberá ser presentado para visto bueno del Jefe del Proyecto o ITO de AES Gener S.A. Este documento al ser impreso o al estar fuera de Intranet se considera una “COPIA NO CONTROLADA”, a menos que tenga el timbre de control. Página 36 de 63 Fecha Impresión:23/10/2013

REGLAMENTO DE SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL Y GESTIÓN MEDIO AMBIENTAL PARA EMPRESAS CONTRATISTAS GENER-R-16 Versión: 2 5.1.5

En lugares donde haya presencia de gases o emanaciones tóxicas, irritantes o polvo en suspensión, la Empresa Contratista obligará al uso por parte de su personal de respiradores libres de mantención (desechables) o respiradores de medio rostro o rostro completo, con los filtros adecuados, no metálicos.

5.1.6

En los lugares de trabajos con nivel de ruido sobre los 85 dB, donde este indicado por señalética o donde el Jefe del Proyecto o ITO de AES Gener S.A. lo exija, se deberá usar como elemento de protección fonos anti ruidos, sin partes metálicas. Cualquier protección auditiva diferente al recomendado, deberá ser autorizado en forma previa y por escrito por el Departamento de Seguridad y Salud Ocupacional de AES Gener S.A.

5.1.7

El personal de la Empresa Contratista deberá usar arnés de cuerpo entero, con no menos de cuatro argollas (dos laterales, una en el pecho y otra en la espalda), donde exista el potencial de caída de una persona sobre 1.8 metros desde el suelo o cuando se encuentre a menos de 1.8 metros en un borde abierto. Incluye los trabajos en superficies, estructuras, equipos elevados, andamios, plataformas y canastillos, entre otros, desde donde se podrían caer o hacer caer objetos que podrían ocasionar lesiones

5.1.8

En caso que, en la ejecución de las obras, faenas o servicios se deba manipular cargas, la Empresa Contratista se obliga a proporcionar a su personal los medios mecánicos para su movimiento y evitar la manipulación manual de la misma. Si se hace imprescindible realizar la manipulación de carga manual, el personal de la Empresa Contratista deberá tomar las medidas del caso, entregar las condiciones adecuada de higiene y seguridad y los implementos necesarios que permitan prevenir o minimizar las consecuencias de un accidente o enfermedad profesional. En todo caso, en aquellas labores en la cual la manipulación manual de cargas se hace inevitable y las ayudas mecánicas no puedan utilizarse, los trabajadores del contratista habilitados para realizar estas labores no podrán operar cargas superiores a las indicadas en la Ley 20.001/05 y realizando el método de NIOSH (ecuación para evaluar el manejo de cargas en el trabajo).

VI. SEÑALES DE PREVENCIÓN Y PROHIBICIÓN 6.1 6.1.1

Disposiciones El Supervisor o administrador de obra de la Empresa Contratista notificará al Jefe del Proyecto o ITO de AES Gener S.A. la instalación de cintas de peligro, carteles u otros avisos que indiquen claramente el trabajo que se realizará e identifique los riesgos y/o peligros de estos. El Supervisor o administrador de obra de la Empresa Contratista será responsable de colocar todas las cintas y señalizaciones necesarias para salvaguardar a todos los trabajadores, de la Empresa Contratista como de AES Gener S.A. durante la ejecución de los trabajos.

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REGLAMENTO DE SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL Y GESTIÓN MEDIO AMBIENTAL PARA EMPRESAS CONTRATISTAS GENER-R-16 Versión: 2 6.1.2

La Empresa Contratista deberá instalar barreras duras (estructura de andamios, tubulares o madera) alrededor de las excavaciones, agujeros, o aberturas en los pisos.

6.1.3

Cada vez que sea necesario alertar al personal, tanto propio como externo, acerca de la posibilidad de objetos que puedan caer, la Empresa Contratista deberá instalar letreros y señaléticas identificando los tipos de riesgos presentes.

6.1.4

El personal de la Empresa Contratista tiene la obligación de respetar las señalizaciones de prevención y de prohibición. El no respetar las señales de peligro ubicadas en los distintos lugares de las instalaciones de AES Gener S.A., podrá causar la suspensión o termino del contrato correspondiente.

6.1.5

Tan pronto termine el trabajo en un equipo o instalación que cuente con señales de peligro, se dará aviso inmediato al responsable del equipo, al Jefe del Proyecto o ITO de AES Gener S.A., para obtener autorización de prueba y operación, posteriormente la Empresa Contratista procederá a retirar las cintas, letreros o señalizaciones de peligro.

6.1.6

En caso necesario, según la obra, faena o servicio a realizar, la Empresa Contratista podrá solicitar al Jefe del Proyecto o ITO de AES Gener S.A. barreras o señales de peligro, para ser usadas temporalmente en la obra.

VII.

ESPECIFICACIONES SEGÚN TIPO DE TRABAJO

7.1. Trabajo en Altura o en Distintos Niveles 7.1.1

Para los efectos de aplicación del presente Reglamento, se entenderá como trabajo en altura física, todo aquel trabajo donde exista el potencial de caída de una persona sobre 1.8 metros o cuando se encuentre a menos de 1.8 metros de un borde abierto. Incluye los trabajos en superficies, estructuras, equipos elevados, andamios, plataformas, jaulas elevadas desde donde se podrían caer o hacer caer objetos que podrían ocasionar lesiones.

7.1.2

Considerando que el trabajar en altura de por sí representa un alto riesgo, a pesar de que se entreguen todas las medidas preventivas que cada caso requiera en particular, es obligación del personal de la Empresa Contratista destinado para trabajar en altura, examinarse previamente por el Organismo Administrador de la Ley al que la Empresa Contratista esté afiliada u otra entidad autorizada por el Servicio de Salud, las cuales indicarán que el trabajador se encuentra apto para desarrollar trabajos en altura.

7.1.3

El certificado médico extendido será personal, firmado por el facultativo que realizó los exámenes, debiendo leerse claramente el nombre y número de R.U.N. del facultativo.

7.1.4

La Empresa Contratista deberá obtener del Organismo Administrador de la Ley al que ésta esté afiliada u otra entidad autorizada por el Servicio de Salud, los certificados médicos extendidos por el médico para ser entregados al Jefe del

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REGLAMENTO DE SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL Y GESTIÓN MEDIO AMBIENTAL PARA EMPRESAS CONTRATISTAS GENER-R-16 Versión: 2 Proyecto o ITO de AES Gener S.A. Este certificado deberá ser presentado al Jefe del Proyecto o ITO de AES Gener S.A., quien guardará una fotocopia de éstos. La Empresa Contratista deberá mantener el certificado original en su poder mientras dure la obra. 7.1.5

Es estrictamente necesario el uso del arnés de seguridad con dos cuerdas de vida para toda persona que trabaje en altura, siendo responsabilidad de la línea de mando de la Empresa Contratista velar por el buen uso de este implemento por parte del personal que se tiene a cargo.

7.1.6

El trabajador que sea sorprendido no cumpliendo con esta disposición, será inmediatamente retirado de la obra, servicio o faena.

7.1.7

Todo trabajador que tenga que utilizar arnés de seguridad, deberá ser instruido previamente por el supervisor o experto en prevención de riesgos de la Empresa Contratista sobre la necesidad y obligación de su correcta colocación, uso e inspección de este implemento.

7.1.8

Será obligación de la Empresa Contratista revisar y mantener en buen estado todos los arneses de seguridad y accesorios de su personal, debiendo dar de baja y retirar de las obras aquellos que presenten deterioros o anormalidades, tales como los que hayan operado en una caída, con picaduras, evidencias de pintura o solventes, desgaste u otros defectos que disminuyan su resistencia de diseño.

7.1.9

Se prohíbe estrictamente el uso de arneses que presenten reparaciones o alteraciones en su diseño.

7.1.10 La línea de vida del arnés no debe tener nudos ni ser utilizada como cuerda para izar o mover carga. 7.1.11 Para trabajos en caliente (soladura, oxicorte, etc.) en altura deberán utilizarse arneses ignífugos con cuerdas de vida aceradas, ya que las cuerdas pueden resultar dañadas (quemadas) por las partículas incandescentes que se puedan generar. 7.1.12 Antes del inicio y durante la ejecución de todo trabajo, tarea u operación a realizarse en altura o distinto nivel, será obligación de la Empresa Contratista, a través de su línea de mando, dar y mantener una completa instrucción sobre el trabajo, tarea u operación en altura a realizar, Normas de Seguridad a respetar y métodos de trabajo seguros y eficientes a desarrollar. La línea de mando deberá mantener una constante supervisión sobre los trabajos en altura y exigir el cumplimiento de las normas y métodos indicados por ellos. 7.1.13 Todo trabajo en altura deberá coordinarse de tal forma que el personal de la Empresa Contratista no quede expuesto a caídas de materiales o elementos desde niveles superiores, debiendo colocarse plataformas de retención en el nivel inmediatamente inferior que proteja a los trabajadores expuestos. 7.1.14 Toda área o nivel inferior a trabajos en altura, deberá ser delimitada por medio de barreras o sistemas que restrinjan el paso de personas por ella; además, deberán Este documento al ser impreso o al estar fuera de Intranet se considera una “COPIA NO CONTROLADA”, a menos que tenga el timbre de control. Página 39 de 63 Fecha Impresión:23/10/2013

REGLAMENTO DE SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL Y GESTIÓN MEDIO AMBIENTAL PARA EMPRESAS CONTRATISTAS GENER-R-16 Versión: 2 instalarse letreros indicando el tipo de peligro. 7.1.15 Al usar herramientas u otros elementos en trabajos sobre 1,8 metros de altura, éstas deben estar en un cinturón porta herramientas. En caso de no contar con este cinturón, se deberán utilizar bolsas (morral) sujetas a una cuerda independiente de las cuerdas de seguridad. Al momento de realizar las actividades, toda herramienta deberá estar amarrada para evitar su caída. 7.1.16 Se encuentra prohibido el uso de elementos distractores que presenten momentos de desconcentración a los trabajadores que se encuentren trabajando en altura ya sean celulares, reproductores de música, entre otros. Solo se aceptaran elementos que permitan comunicarse de forma directa con la supervisión y/o compañeros de trabajo como por ejemplo radios de transmisión. 7.1.17 Todo el equipamiento de seguridad como arnés, líneas de vida, poleas, trepaderas, etc. deberán contar con su certificación, sean ellos de procedencia nacional o extranjera. Asimismo, deberán estar certificados por instituciones, laboratorios o establecimientos Chilenos autorizados para este efecto, de acuerdo al Decreto Supremo Nº 18. 7.1.18 Todo lo relacionado con equipo de protección contra caída deberá cumplir lo establecido en la NCH 1258/1. 7.1.19 Sin perjuicio de lo indicado en los números anteriores para esta materia, La Empresa Contratista deberá cumplir con lo establecido en el procedimiento Protección Contra Caídas GENER-P-17. 7.2. Trabajos sobre Andamios 7.2.1

Solamente se autoriza utilizar andamios tipo Peri o Layher. Ante la necesidad de usar otro tipo de andamios, se deberá pedir autorización al Jefe del Proyecto o ITO de AES Gener S.A. y al Departamento de SSO; se autorizará siempre y cuando cumpla con la Norma Chilena, 997, NCH 998, NCH999, NCH 2501/1 y NCH 2501/2.

7.2.2

Todo andamio deberá contar con plataformas completas, con roda pies, escaleras de acceso interior fijas a éste y barandas pasamanos. No se permitirá el uso de cordeles como baranda pasamanos.

7.2.3

Todo andamio deberá estar sujeto a la estructura o instalación existente, de no disponer de una estructura para su afianzamiento, se deberá seguir las indicaciones del manual de montaje del fabricante. Los materiales y elementos que se utilicen deberán ser certificados. Por ningún motivo se permitirán andamios colgantes en voladizo o de otro tipo, fabricados con fierro de construcción.

7.2.4

Se prohíbe desplazar andamios fijos a una posición distinta para el cual fue levantado.

7.2.5

El andamio no se usará como almacenamiento de materiales, permitiéndose sobre él solamente el material que se esté usando en el momento (el mismo deberá

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REGLAMENTO DE SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL Y GESTIÓN MEDIO AMBIENTAL PARA EMPRESAS CONTRATISTAS GENER-R-16 Versión: 2 estar afianzado). Tampoco se deberá utilizar como estructura para el izaje de equipos o materiales que puedan fatigar la estructura del andamio, a excepción de aquellos elementos del andamio que estén permitidos por el fabricante. 7.2.6

Toda persona que trabaje sobre un andamio, obligatoriamente deberá hacerlo con casco, barbiquejo y su arnés, cuya línea de vida deberá estar enganchada a un punto de anclaje que le dé seguridad, se podrá enganchar o anclar sobre el mismo andamio en roseta siempre y cuando sea con sistema allround, o un cable de seguridad instalado para este efecto en forma paralela al andamio, debidamente afianzado y tensado sobre el nivel del hombro, se podrá colocar un perlón de acero entre rosetas que sirva como cable de vida para realizar traslados sobre la plataforma cuando se realicen trabajos sobre esta. Para el traslado del personal por el andamio se debe realizar enganchado o anclado a la baranda superior de este. Se deberá cumplir con la NCh correspondiente y vigente.

7.2.7

El personal de la Empresa Contratista que ejecute la construcción de un andamio, deberá poseer conocimiento demostrable en la materia (mediante la presentación de un documento que avale capacitaciones en la misma, en especial el supervisor que dirija el trabajo). AES Gener S.A. puede objetar al supervisor para la construcción del andamio si a su juicio el supervisor no tiene la capacidad técnica para lograr un trabajo seguro y bien hecho.

7.2.8

La construcción y desarme de un andamio deberá realizarse bajo la dirección de un supervisor de la Empresa Contratista competente en la materia y deberá inspeccionarse diariamente mientras se mantenga en uso.

7.2.9

Se deberá inspeccionar el andamio y dejar un registro escrito de ello. Además, deberán instalarse tarjetas de identificación de la etapa en que este se encuentra, autorizado (tarjeta verde), en proceso de armado (tarjeta amarilla) y no autorizado (tarjeta roja).

7.2.10 Los andamios con ruedas, están autorizados en las instalaciones de AES Gener S.A., si cumplen con las especificaciones establecidas por el fabricante. El movimiento o traslado de este tipo de andamios, se puede realizar siempre y cuando no se encuentren personas, ni materiales sobre sus plataformas de trabajo. 7.2.11 Sin perjuicio de lo indicado en los números anteriores para esta materia, La Empresa Contratista deberá cumplir con lo establecido en el procedimiento Protección contra Caídas GENER-P-17. 7.3. Trabajo con Escalas 7.3.1

En las instalaciones de AES Gener S.A., se permitirá el uso de escalas con fibras dieléctricas, de origen conocido y certificadas. En casos específicos, el ITO AES Gener y/o Departamento de SSO, podrá autorizar la utilización de escalas de madera, aluminio o metálicas, siempre y cuando cuenten con certificación.

7.3.2

El uso de escalas está supeditado estrictamente para reemplazar andamios y deberá restringirse su uso exclusivamente para acceder a zonas establecidas.

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REGLAMENTO DE SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL Y GESTIÓN MEDIO AMBIENTAL PARA EMPRESAS CONTRATISTAS GENER-R-16 Versión: 2 Para ser utilizadas como plataformas de trabajo, deberá contar con el análisis correspondiente a la actividad. 7.3.3

Antes de trabajar con la escala, éstas deberán asegurarse en el piso y amarrarse en la parte alta. Las escalas deberán apoyarse a las estructuras o edificios, sobresaliendo un mínimo de cuatro escalones o 1 metro sobre la parte superior de ésta.

7.3.4

La distancia del muro o apoyo, a la base de la escala deberá ser de una proporción de 1 a ¼ por cada metro de altura.

7.3.5

La persona que sube debe preocuparse de llevar las manos libres. Para llevar herramientas o materiales se deberá utilizar un cinturón apropiado para tal efecto o usar ayuda con un cordel mensajero.

7.3.6

No se deberá trabajar con escalas defectuosas o no adecuadas para resistir el peso que se requiera.

7.3.7

No se deberá subir hasta el último peldaño de las escalas.

7.3.8

No deberá haber en la escala objeto alguno que estorbe el paso o que sea resbaloso.

7.3.9

No deberán usarse como escala: cajas, cestos, tambores, bobinas, etc.

7.3.10 Si la escala se ubica en una zona de tránsito, esta debe protegerse e identificar la zona con señalética, para no ser derribada. 7.3.11 Sin perjuicio de lo indicado en los números anteriores para esta materia, la Empresa Contratista deberá cumplir con lo establecido en el procedimiento Protección contra Caídas GENER-P-17. 7.4. Trabajos en Correas Transportadoras 7.4.1

Todo trabajo en correas transportadoras se realizará con la correa detenida.

7.4.2

Las barandas, defensas o protecciones son dispositivos de seguridad que tienen el propósito de servir de barrera, para impedir el acceso de personal a las zonas de peligro, por lo tanto, estos dispositivos de seguridad no deben ser violados o neutralizados.

7.4.3

Al detener una correa transportadora para realizar trabajos de mantenimiento, se deberá bloquear los sistemas eléctricos y colocar tarjetas de peligro, de acuerdo a lo indicado en el procedimiento Bloqueo y Etiquetado GENER-P-19.

7.4.4

Se prohíbe retirar sin autorización, defensas, letreros, focos de alumbrado u otros dispositivos de seguridad.

7.4.5

Se prohíbe dejar material abandonado sobre plataformas, pasillos o vías de acceso en sectores donde existan correas transportadoras.

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REGLAMENTO DE SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL Y GESTIÓN MEDIO AMBIENTAL PARA EMPRESAS CONTRATISTAS GENER-R-16 Versión: 2 7.4.6

Por ningún motivo los trabajadores podrán introducirse dentro de los buzones, silos, tolvas u otros depósitos, sin antes haber tomado todas las precauciones indicadas en los estándares y procedimientos que AES Gener ha dispuesto para este tipo de trabajo, teles como bloqueo y etiquetado, espacios confinados, protección contra caídas, etc., o bien sin contar con sus arnés de seguridad correctamente colocados y enganchados a la estructura metálica de los componentes o cables de seguridad instalados con ese fin.

7.4.7

Se prohíbe efectuar trabajos de mantención sobre correas transportadoras utilizando directamente sopletes o llamas abiertas e igualmente en aquellos sectores de buzones revestidos con material combustible. Para efectuar trabajos cerca o sobre los equipos señalados, éstos deberán ser aislados, y disponerse además de sistemas de control de incendios, tales como: extintores tipo ABC, de capacidad mínima 10 Kg., red de incendio operativa. Se deberá, además, solicitar Permiso de Trabajo en Caliente, según procedimiento Permiso de Trabajo GENER-P-39 y cumplir con los requerimientos establecidos en el procedimiento Trabajo en Caliente GENER-P-15.

7.4.8

Se prohíbe estrictamente trabajar cerca de equipos en movimiento con cabello o ropa suelta u otros elementos susceptibles de ser atrapados, como rastrillos, llaves, cuerda del arnés de seguridad, cinturón de vestir u otros objetos que puedan ser atrapados por los equipos en movimiento.

7.5. Trabajos de Excavación 7.5.1

Cuando existan excavaciones, la Empresa Contratista deberá prever que éstas no causen derrumbes o daños a las personas, edificios, equipos y estructuras.

7.5.2

La Empresa Contratista deberá colocar avisos de "Peligro" y barreras alrededor de las excavaciones, con la finalidad de evitar que alguna persona resulte lesionada.

7.5.3

La Empresa Contratista nunca deberá hacer suposiciones acerca de las instalaciones subterráneas existentes. Sus características deberán ser consultadas con el Jefe del Proyecto o ITO de AES Gener S.A. antes de iniciar cualquier trabajo y los trabajos de excavación deberán estar precedidos por la ejecución de calicatas ajustada a los planos existentes y más aún si no existieran planos de referencia.

7.5.4

Sólo se podrán realizar excavaciones en áreas, después de que el Jefe del Proyecto o ITO de AES Gener S.A. haya obtenido el permiso de trabajo correspondiente.

7.5.5

Si por algún motivo hay roturas de cañerías o ductos de cualquier especie, cortes de cables de alimentación eléctrica, producto de las excavaciones que se realizan, se debe dar aviso en forma inmediata al Jefe del Proyecto o ITO de AES Gener S.A. responsable del trabajo y disponerse como primera medida el corte inmediato del correspondiente suministro y detener las faenas.

7.5.6

En todas aquellas excavaciones que las características del terreno exijan sistemas

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REGLAMENTO DE SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL Y GESTIÓN MEDIO AMBIENTAL PARA EMPRESAS CONTRATISTAS GENER-R-16 Versión: 2 de fortificación (entibación) y que a juicio del Jefe del Proyecto o ITO de AES Gener S.A., sean necesarios e imprescindibles su colocación, deberán ceñirse estrictamente a las especificaciones establecidas en las normas dictadas sobre la materia por el Instituto Nacional de Normalización (NCh 349 - Of.55). 7.5.7

En toda excavación, el material proveniente de ella y acopiado en la superficie, deberá quedar como mínimo a una distancia de su borde igual a la mitad de la profundidad de excavación.

7.5.8

En toda excavación en zanjas que intervenga vías de tráfico o circulación peatonal, se deberá contar con puentes provisorios para tráfico de personal con sus correspondientes barandas y pasamanos; igualmente deberá instalarse barreras de tránsito peatonal y/o vehicular, con sus correspondientes señalizaciones visuales, luminosas y/o sonoras adecuadas para llamar la atención y evitar posibles caídas de personas y/o vehículos en ellas.

7.6. Trabajo de Instalaciones Eléctricas. 7.6.1

La Empresa Contratista que deba realizar instalaciones eléctricas provisionales de baja tensión (menos de 400 volt) para alimentar equipos de alumbrado, calefacción y/o fuerza correspondiente al trabajo, deberá solicitar el empalme eléctrico al Jefe del Proyecto o ITO de AES Gener S.A.

7.6.2

La instalación eléctrica deberá ajustarse a lo establecido en el Reglamento de Instalaciones Eléctricas de la Superintendencia de Electricidad y Combustible, ajustándose a lo establecido en la normativa vigente (NCh 4).

7.6.3

Según los requerimientos, la obra o trabajo de servicios deberá contar con el número necesario de tableros portátiles de pedestal con su correspondiente interruptor con protección a la sobrecarga, cortocircuitos y diferencial. Los tableros deberán mantenerse señalizados y con su puerta cerrada.

7.6.4

Las extensiones eléctricas deberán ser del tipo con cordón, con aislamiento de goma flexible que asegure la suficiente capacidad de transporte de corriente, una adecuada resistencia mecánica y un buen comportamiento ante las condiciones ambientales, tipo industrial.

7.6.5

No se permitirá como extensiones eléctricas cables paralelos, trenzados o de otro tipo que no sea el indicado.

7.6.6

Todas las extensiones de 220 V y 380 V, deberán ser Industriales de tipo Legrand u otro de las mismas características que estén certificadas.

7.6.7

Todo trabajo de intervención, instalación o mantención de equipos eléctricos, deberán contar con el respectivo permiso de trabajo, según procedimiento Permiso de Trabajo GENER-P-39.

7.6.8

Cuando no se cuente con suministro eléctrico y deba incorporarse a la faena un equipo electrógeno, este debe estar normalizado y en buenas condiciones.

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REGLAMENTO DE SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL Y GESTIÓN MEDIO AMBIENTAL PARA EMPRESAS CONTRATISTAS GENER-R-16 Versión: 2 7.6.9

Los siguientes pasos son obligatorios para el trabajo seguro en instalaciones eléctricas:  Abrir con corte visible todas las fuentes de tensión involucradas.  Verificar la ausencia de tensión mediante instrumentos técnicamente adecuados y certificados.  Para el caso de la intervención de líneas de media y alta tensión en los sistemas de distribución y subestaciones, se deberá usar un detector de tensión del tipo inducción, con alarma visual y sonora, debidamente certificado.  Bloquear el sistema mediante la instalación de candados de seguridad y tarjetas de bloqueo, según lo indicado en procedimiento Bloqueo y Etiquetado GENER-P-19.  Instalar tierras de protección. Obligatorio en subestaciones eléctricas, sistemas de transmisión y distribución.  Delimitar el área de trabajo.

7.6.10 Se deberá cumplir con lo establecido en los procedimientos Calificación en Seguridad Eléctrica GENER-P-22 y Seguridad Eléctrica para Generación GENERP-23, según sea la actividad a desarrollar. 7.7. Trabajos de Pintura 7.7.1

Todos los envases de pintura deben estar etiquetados y además debe existir en terreno una copia de la hoja de datos de seguridad del producto en idioma local y otorgada por el proveedor, según la NCh 2245, además de contar con los elementos adecuados en caso de derrames, ante los cuales se deberán seguir los procedimientos Prevención y Contención de Derrames GENER-P-40 y Manejo de Productos Químicos y Materias Primas GENER-P-42, y de ser necesario el procedimiento Requisitos para desechos peligroso y no peligrosos GENER-P-41.

7.7.2

Con la única excepción de las pinturas al agua, todas las pinturas y recubrimientos protectores tienen incorporados una cantidad importante de solventes orgánicos y requieren para su aplicación de una cantidad adicional de éstos; ante los cuales, por ser muy volátiles e inflamables, se hace necesario observar las siguientes precauciones de seguridad en la aplicación al aire libre:  La Empresa Contratista deberá establecer la prohibición de fumar y realizar cualquier trabajo que pueda producir fuego o partículas incandescentes en un radio inferior a 20 m del trabajo de pintura y/o revestimiento.  Igualmente, deberá mantener señalizaciones adecuadas del trabajo en ejecución y las correspondientes hojas de seguridad de los productos en uso.  El contratista deberá disponer como mínimo de dos extintores de incendio, tipo PQS de 10 Kg., que estén al día en su revisión y certificados, acorde a la normativa vigente.  En el área de pintura deberá colocarse barreras y letreros de advertencia alusivas a las prohibiciones y obras que se están desarrollando.

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REGLAMENTO DE SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL Y GESTIÓN MEDIO AMBIENTAL PARA EMPRESAS CONTRATISTAS GENER-R-16 Versión: 2  La Empresa Contratista deberá contemplar en sus instalaciones de obra, independiente de pañoles y/o bodegas, una bodega exclusiva para almacenar pintura, solventes, resinas, etc. 7.8. Trabajos en Espacios Confinado Todas las tareas que se realicen en espacios confinados, deberán contemplar las siguientes medidas (piezas, interiores de estanques, etc.): 7.8.1

La Empresa Contratista deberá proveer suficiente ventilación para mantener la concentración de los solventes por debajo del límite de explosividad y deficiencia de oxígeno en toda el área, incluso en lugares remotos e inaccesibles.

7.8.2

Asimismo, deberá establecer y aplicar un control estricto del personal que entra y sale del espacio confinado, con credenciales y lista de registro que deberá controlar el supervisor a cargo de los trabajos.

7.8.3

Las mediciones de la atmósfera deberán realizarse antes y durante el desarrollo de los trabajos, asegurándose que las condiciones mínimas de seguridad siempre se cumplan.

7.8.4

Todo equipo eléctrico, como asimismo el sistema de iluminación, deberá estar provisto de conexión a tierra, ser blindados y del tipo a prueba de explosivos, debiéndose encontrar en óptimas condiciones de funcionamiento y no superar los 24 volt.

7.8.5

El personal deberá estar provisto de protección respiratoria mediante línea de aire o con respiradores con filtros apropiados para los vapores que emanen de los productos.

7.8.6

La persona que ingrese en un espacio confinado, está obligado hacerlo portando un arnés de seguridad, y utilizando un cabo de vida que lo comunique con el exterior.

7.8.7

No se permitirá trabajar a personas solas en un área confinada.

7.8.8

La Empresa Contratista debe cumplir con el procedimiento Espacios Confinados GENER-P-21 en lo relativo a este tipo de trabajo. Este procedimiento debe ser solicitado al Jefe del Proyecto o ITO de AES Gener S.A. cuando se desarrollen trabajo de esta característica.

7.8.9

En caso de ser necesario contar con un rescatistas para trabajos en espacios confinados, se deberá realizar una evaluación por parte del Jefe del Proyecto o ITO de AES Gener y el Departamento de SSO y definir según las evaluaciones de riesgo si la permanencia será permanente o en actividades puntuales. En caso de ser necesaria la presencia del rescatista, esté deberá contando con sus acreditaciones para cumplir esta función.

7.8.10 Toda persona que requiera ingresar a un espacio confinado, deberá contar con la idoneidad correspondiente, validada a través de un examen médico realizado en el Este documento al ser impreso o al estar fuera de Intranet se considera una “COPIA NO CONTROLADA”, a menos que tenga el timbre de control. Página 46 de 63 Fecha Impresión:23/10/2013

REGLAMENTO DE SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL Y GESTIÓN MEDIO AMBIENTAL PARA EMPRESAS CONTRATISTAS GENER-R-16 Versión: 2 Organismo Administrador de la Ley en que se encuentre adherido o en un Centro Médico que cuente con la autorización del Servicio de Salud. 7.9. Trabajos en Caliente La Empresa Contratista no podrá realizar trabajos en caliente, sean estos soldadura, corte, desgaste y quemado, sin obtener la autorización previa y por escrito por parte del Área de Operaciones o quien corresponda. Todos estos permisos tienen validez por un día. Cuando se requiera cerrar el permiso solicitado, personal de AES Gener S.A. observará los posibles focos de incendio de la actividad, esta verificación se realizará a los 30 minutos finalizados el trabajo comunicando al Operador o Jefe de Turno para que se registre en bitácora la cancelación del trabajo. Para el caso de áreas restringidas se deberá realizar una segunda inspección 2 horas después. 7.9.1

La tarjeta de trabajo en caliente que Operaciones entrega junto al permiso, debe estar en todo momento visible en el lugar de trabajo.

7.9.2

Todos los materiales inflamables que queden expuestos en las inmediaciones de las áreas de soldadura, corte, desgaste y/o quemado deberán ser retirados a una ubicación segura. Se deben cubrir con un material retardante, o se debe proteger contra partículas incandescentes con una pantalla autorizada.

7.9.3

Se deben cubrir con carpa ignífuga certificada todas las pasadas entre pisos para evitar el paso a niveles inferiores de cerotes y/o material incandescente.

7.9.4

Debe haber como mínimo un extintor de polvo químico de 10 kilos o más, a 5 metros de cualquier trabajo de soldadura, corte o con llama abierta.

7.9.5

No deberán realizarse soldadura, cortes, o actividades que generen calor, en un recipiente o tanque cerrado o recipiente que haya tenido un uso previo con sustancias químicas a menos que haya sido descontaminado.

7.9.6

La Empresa Contratista debe revisar todos los cables, conexiones a tierra, abrazaderas, máquinas de soldar, mangueras, medidores, lámparas y cilindros antes de ponerlos en operación.

7.9.7

Todos los cilindros de gas deberán contar con su prueba hidrostática vigente.

7.9.8

Se deberá proveer una ventilación adecuada y/o protección respiratoria cuando se realicen trabajos con materiales galvanizados.

7.9.9

Toda Empresa Contratista que tenga que efectuar Trabajos en Caliente, deberá realizarlo con personal calificado, certificado por un organismo independiente. Dicho personal y/o sus ayudantes, deberán estar dotados del siguiente equipo de protección personal, adicional a los Elementos de Protección Personal (EPP) básico, el que deberá mantenerse limpio de grasas, solventes o sustancias contaminantes:  Máscara para soldar con visor abatible y/o antiparras para oxicorte. (El visor del vidrio-filtro deberá ser del tipo bisagra para permitir utilizar el vidrio

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REGLAMENTO DE SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL Y GESTIÓN MEDIO AMBIENTAL PARA EMPRESAS CONTRATISTAS GENER-R-16 Versión: 2 incoloro de seguridad que se encuentra bajo éste, con el objeto de realizar observaciones de la soldadura o limpieza sin ser necesario retirarse la máscara).  Chaqueta, coleto y pantalón de cuero.  Polaina o botas de soldador y guantes largos de cuero (tipo mosquetero).  Máscara o respirador para humos metálicos. 7.9.10 Está estrictamente prohibido soldar, cortar, desbastar, quemar o usar llama abierta en las áreas restringidas. En caso de ser indispensable, se deberá solicitar permiso por escrito al Jefe del Proyecto o ITO de AES Gener S.A. señalando el área específica de trabajo, así como la hora del mismo. El Jefe del Proyecto o ITO de AES Gener S.A. solicitará permiso al personal de Operaciones, quienes entregarán una tarjeta de Autorización para Trabajos en Caliente, la que debe ser amarrada al equipo soldador o al extintor. Los proyectos que se encuentren fuera de áreas en servicios de AES Gener, deberán implementar un sistema de permiso de trabajos en caliente, conforme los requerimientos del Departamento de Prevención de Riesgos de AES Gener del Proyecto. 7.9.11 Sin esta tarjeta no se puede realizar el trabajo de soldadura o corte. Una vez terminado el trabajo la tarjeta debe ser devuelta al personal de Operaciones. 7.9.12 La máquina de soldar, equipo de oxicorte, esmeril angular y/o taladro eléctrico deberá ser operada por personal calificado y en ningún caso por el ayudante o una persona que no esté calificada para cumplir esta función. 7.9.13 Queda prohibido soldar y cortar sobre o, en recipientes que contengan cualquier gas o líquido inflamables y/o combustibles, sin aplicar los controles necesarios, tales como desplazamiento de atmósferas peligrosas, etc. 7.9.14 Cuando se trabaje en espacios cerrados o confinados, una persona deberá vigilar el trabajo que se está realizando en el interior, con el objeto de prestar o pedir ayuda en caso necesario. Por ningún motivo deberá ingresar al espacio o lugar a prestar ayuda, sin antes haber dado la alarma, haber solicitado auxilio y/o activado el plan de emergencia. 7.9.15 En todo trabajo de soldadura por resistencia al arco, y cuando las condiciones de riesgo así lo exijan, deberán instalarse biombos adecuados para proteger de sus radiaciones y proyección de partículas incandescentes a terceras personas. 7.9.16 Las varillas de soldadura deberán ser transportadas en un receptáculo para varillas, como también los restos de éstas deberán ser colocadas en receptáculos de residuos industriales, debidamente rotulados. 7.9.17 Los equipos utilizados para trabajos en caliente (máquinas de soldar, equipos de oxicorte, esmeriles, etc.) deberán mantenerse en óptimas condiciones de funcionamiento. 7.9.18 El ambiente de trabajo del soldador deberá mantenerse ventilado, y en espacios confinados deberá instalarse un sistema de ventilación de gases. Este documento al ser impreso o al estar fuera de Intranet se considera una “COPIA NO CONTROLADA”, a menos que tenga el timbre de control. Página 48 de 63 Fecha Impresión:23/10/2013

REGLAMENTO DE SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL Y GESTIÓN MEDIO AMBIENTAL PARA EMPRESAS CONTRATISTAS GENER-R-16 Versión: 2 7.9.19 Si los trabajos de soldadura se realizaran en altura, se deberá proteger que material incandescente no caigan a los niveles inferiores, utilizando mantas ignífugas, pantallas o cualquier otro medio de protección adecuado a la tarea. 7.9.20 En trabajos de oxicorte, las botellas o cilindros de oxígeno y/o gas combustible conectadas al equipo, deberán instalarse en posición vertical y montadas sobre un carro porta cilindros y no dejar bajo la acción de rayos solares o fuentes de calor. Estos equipos deberán estar protegidos en todo momento de la llama abierta, cerotes de soldadura, chispas o material incandescente en general. 7.9.21 Todo cilindro de gas deberá ser almacenado en recintos o sectores suficientemente ventilados. Si éstos se dejaren parados sobre su base, deberán asegurarse contra caídas mediante cables o eslingas. Mientras se encuentren almacenados, deberán mantenerse con sus correspondientes tapas protectoras (casquetes) y manteniendo las condiciones indicadas en la HDS correspondiente. 7.9.22 El personal que manipule cilindros de oxígeno, debe usar guantes limpios exentos de grasa. 7.9.23 Todo equipo debe contar con una válvula de retención que impida que la llama se devuelva hacia los cilindros. 7.9.24 Para cualquier trabajo en caliente se deberán seguir los lineamientos establecidos en el procedimiento Trabajos en Caliente GENER-P-15. 7.10. Trabajos de Izaje 7.10.1 En trabajos donde se requiera el uso de grúas, teclees manuales y/o de palancas o cualquier otro equipo o material de izaje, estos deberán tener legibles su capacidad de carga e identificación y estar en buen estado de conservación y funcionamiento, lo que debe ser certificado por un organismo externo competente en la materia. 7.10.2 La capacidad de estos equipos, dependerá del peso a levantar. La empresa Contratista debe presentar un procedimiento por escrito del cálculo del peso a levantar y la planificación de la maniobra. Sin este documento no se podrá realizar la maniobra. 7.10.3 El Jefe del Proyecto o ITO de AES Gener S.A. se reserva el derecho de rechazar cualquier equipo de izaje, que a su juicio presente evidente estado de deterioro, y que ponga en riesgo la maniobra a realizar. 7.10.4 Todo movimiento de carga debe ser guiado por viento o cuerdas. No se deberá mover o guiar la carga manualmente. 7.10.5 Al momento de realizar izajes en exteriores se deberá evaluar las condiciones climáticas, sobre todo en lo que se refiere a la velocidad del viento. Si no son favorables, se deben detener o suspender este tipo de faenas. Este documento al ser impreso o al estar fuera de Intranet se considera una “COPIA NO CONTROLADA”, a menos que tenga el timbre de control. Página 49 de 63 Fecha Impresión:23/10/2013

REGLAMENTO DE SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL Y GESTIÓN MEDIO AMBIENTAL PARA EMPRESAS CONTRATISTAS GENER-R-16 Versión: 2 7.10.6 Los alrededores y sectores aledaños al izaje deben ser señalizados o delimitados, para evitar que terceros ingresen a la zona de trabajo y puedan verse afectados en caso de caer la carga. 7.10.7 Para este tipo de actividades se debe contar siempre con un Rigger certificado por una entidad acreditada, que ayude a la persona a cargo de la maniobra. 7.10.8 Antes de comenzar cualquier maniobra de izaje, se debe certificar e inspeccionar que todos los aparejos de elevación se encuentren en buenas condiciones (grilletes, cáncamos, cadenas, eslingas, estrobos, cuerdas, ganchos, teclees, tirfor, poleas, entre otros.) 7.10.9 Para cualquier Trabajo de Izaje se deberán seguir los lineamientos establecidos en el procedimiento Aparejos y Equipos de Elevación GENER-P-28. 7.11. Trabajos en Túneles Los siguientes requerimientos son considerados como mínimo para trabajo de túneles. 7.11.1 Se debe proporcionar acceso y egreso de manera tal que las personas estén protegidas de ser golpeadas por excavadoras, máquinas de arrastre, trenes y otros equipos móviles. Estableciendo vías de transito exclusivas para peatones señalizadas con reflectivos de alta visibilidad. 7.11.2 Se debe mantener un procedimiento de ingreso/egreso para asegurar que el personal del exterior lleve la cuenta exacta del número de personas que están bajo tierra en el caso de una emergencia, por lo tanto, se tendrá un puesto o garita de control con un vigía (persona instruida en el procedimiento de ingreso y egreso). Cada persona que ingrese, debe dejar una identificación y al salir retirar la misma. El vigía deberá contralor que toda persona que desee ingresar al túnel tenga su tarjeta de autorización, además de asegurar que los trabajadores lleven consigo todos los elementos de protección de personal correspondientes. Los vigías además deberán tener comunicación radial permanente con las intercepciones entre Adits y túneles apoyando en el control del tránsito del exterior al interior del túnel. La regulación del tránsito interno será responsabilidad del Jefe de Turno a cargo de los trabajos. Se realizará un control de acceso escrito para poder determinar la cantidad de personas en el interior del túnel en todos los ADIT de Ingreso, este control considerará nombres y apellidos, RUT, hora de entrada y hora de salida. 7.11.3 El personal que ingrese al túnel debe contar en todo momento con el equipo de seguridad para túneles (casco, lámpara para túneles, lentes claros, chaleco reflectante, guantes de seguridad, protector auditivo y autorescatador). Quedando estrictamente prohibida la presencia de personas ajenas al proyecto, así como el ingreso. 7.11.4 Al momento de salir, las personas que ingresaron al túnel deben salir por el mismo portal o adits que ingresaron ya que para el ingreso han dejado su credencial en el control de acceso en el portal del mismo. Este documento al ser impreso o al estar fuera de Intranet se considera una “COPIA NO CONTROLADA”, a menos que tenga el timbre de control. Página 50 de 63 Fecha Impresión:23/10/2013

REGLAMENTO DE SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL Y GESTIÓN MEDIO AMBIENTAL PARA EMPRESAS CONTRATISTAS GENER-R-16 Versión: 2 7.11.5 El vigía tendrá las siguientes funciones:  Controlar y registrar el Ingreso de todos los trabajadores que desarrollen trabajos y/o ingresen al túnel.  Controlar y registrar el ingreso de todo el vehículo, equipos y maquinarias que ingresen al túnel.  Mantener comunicación radial con personal interior túnel.  Controlar que los trabajadores ingresen su E.P.P. para trabajos al interior del túnel.  Apoyar con comunicaciones en caso de emergencias en el interior del túnel. 7.11.6 Se debe contar obligatoriamente con un Procedimiento de Desquinches /acuñadura de manera manual y otro con sistema mecanizado. Cada contratista entregara un método stamens en donde se incluya todo el sistema de construcción de túneles y con especial atención en los sistemas de fortificación. 7.11.7 Toda estocada en desuso debe ser señalizada impidiendo su ingreso. 7.11.8 Las primeras personas en ingresar deben ser un experto técnico en la materia, un brigadista y un experto en prevención de riesgos, con el fin de evaluar las condiciones del túnel (estructura, atmósfera, desplazamiento, entre otros) de tal forma que una vez evaluada las condiciones se permita el ingreso del resto del personal o en su defecto de una evacuación inmediata del túnel. El contratista deberá contar con equipos para monitorear gases de manera permanente y especial atención monitoreara cuando el túnel se haya dejado vacío por un tiempo, no exista ventilación en funcionamiento y después de cada voladura o tronadura. 7.11.9 Antes del ingreso masivo de personal se deben realizar actividades de señalización de salidas y ruta de evacuación, para estas, se recomienda la utilización de material refractario, similar a la señalización vial y preferiblemente se deberá colocar toda la información en la entrada del túnel. 7.11.10 Dentro del túnel todo el personal tendrá que portar los elementos de protección personal sin excepción alguna o cualquier EPP adicional según se contemple en la identificación de peligros y evaluación de riesgos de la actividad o en el procedimiento de trabajo. 7.11.11 Antes de ingresar se recomienda realizar un procedimiento de calentamiento físico con el objeto de evitar lesiones músculo esqueléticos. 7.11.12 Debe recalcarse la estricta prohibición de permanecer dentro del túnel, cuando no se esté ejecutando ningún trabajo. 7.11.13 Se prohíbe el ingreso de un trabajador solo al interior del túnel, siempre deben ingresar con al menos un acompañante. 7.11.14 Las áreas de estaciones de bombeo y nichos/estocadas para facilitar la conducción vehicular deberán estar debidamente señalizados, preferiblemente con pinturas, letreros refractarios o sistemas de balizas. Este documento al ser impreso o al estar fuera de Intranet se considera una “COPIA NO CONTROLADA”, a menos que tenga el timbre de control. Página 51 de 63 Fecha Impresión:23/10/2013

REGLAMENTO DE SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL Y GESTIÓN MEDIO AMBIENTAL PARA EMPRESAS CONTRATISTAS GENER-R-16 Versión: 2 7.11.15 Se deberá mantener siempre informado a los turnos siguientes de incidentes o condiciones inseguras que hayan afectado o puedan afectar la seguridad de los trabajadores, incluyendo escapes de gas, fallas de equipos, deslizamientos de tierra o rocas, derrumbes, inundaciones, incendios o explosiones. 7.11.16 Se debe probar los sistemas de comunicación antes de que cada turno inicie la entrada y tan a menudo como sea necesario, para asegurarse que los canales de comunicación están en orden y operar en toda la extensión del túnel. 7.11.17 Cada persona que ingrese debe tener una lámpara de mano portátil o lámpara de casco en el área para uso de emergencia, a menos que la luz natural o un sistema de iluminación de emergencia brinden la adecuada iluminación para evacuar en caso de emergencia. 7.11.18 Una vez que el túnel en desarrollo complete más de 5 km se deberán instalar refugios de seguridad en los cuales permita la sobrevivencia de los trabajadores en caso de incendios o derrumbes. Los refugios se instalaran en estocadas preparadas para este efecto. 7.11.19 Se deberá cumplir con los requerimientos y disposiciones de seguridad. Si existiera algún conflicto entre los diferentes requerimientos, se aplicará el más estricto. Los estándares y regulaciones claves a ser aplicados son:  Se deberá considerar la interpretación de las Pautas Generales de Salud y Seguridad utilizadas internacionalmente como International Tunnelling Association (ITA), también  Code of Practice For Safety in Tunneling in The Construction Industry (British Standard 6164),  OSHA 3115-06R 2003 (Underground Construction Tunneling).  National Fire Protection Association NFPA) – La NFPA es líder mundial en la prevención de incendios y es una autoridad en seguridad pública  La Administración de Seguridad y Salud Ocupacional (Occupational Safety and Health Administration OSHA) 7.11.20 Cuando se utilicen vehículos u otros equipos mecánicos se debe tener en consideración los siguientes puntos:  Todo vehículo motorizado debe encontrarse en perfectas condiciones mecánicas, por lo que se deberán realizar inspecciones, de acuerdo al procedimiento Manejo Defensivo GENER-P-35.  Se deberá conducir con las luces encendidas en todo momento, las mismas deben estar en óptimas condiciones. Todo vehículo que ingrese al túnel debe tener baliza. Si el túnel existen tramos con pendientes se debe exigir el uso de cuñas como obligatorio.  Todos los vehículos y equipos que ingresen al túnel deberán ser de motor diésel y se deben aprobar con pruebas de gases mensualmente según requerimientos de DS. 132.

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REGLAMENTO DE SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL Y GESTIÓN MEDIO AMBIENTAL PARA EMPRESAS CONTRATISTAS GENER-R-16 Versión: 2  Los limpiavidrios, espejos retrovisores internos y externos; así como los vidrios frontales, ventanas y traseros deben estar y mantenerse en buenas condiciones y limpios.  En caso de estar en vehículo al interior del túnel cuando se realice una voladura/tronadura se deberá abrir las cuatro ventanas del vehículo y de manera de evitar daños por la onda expansiva.  También se requiere contar con luces de retroceso adicionales (foco faenero) y alarma de retroceso.  Estacionar el vehículo sólo en áreas designadas para ese propósito. Debe dejar el vehículo estacionado con el freno de mano puesto, con la transmisión en el cambio opuesto a la inclinación del vehículo y con las llantas mirando hacia la pared del túnel.  Solo se permitirá el ingreso de los vehículos autorizados.  Se debe minimizar la conducción de vehículos y maquinaria retroceso al interior del túnel. Las maquinarias mayores cuando realicen maniobras de retroceso siempre deberán ser guiadas por una persona escolta. 7.11.21 En los sistemas eléctricos se debe tener presente los siguientes requisitos:  Los sistemas eléctricos deben estar conectados a un sistema de falla a tierra (GFCI).  Las cajas de paso y tomas corrientes, deben ser a prueba de agua.  Todas las líneas eléctricas deben estar suspendidas y fijadas a las paredes del túnel.  Las líneas de energía eléctrica deben estar aisladas o ubicadas lejos de las líneas de agua, líneas aéreas u otros materiales conductores de manera tal que los circuitos dañados no activen los otros sistemas.  Los circuitos de iluminación se deben ubicar de manera tal que el movimiento del personal o del equipo no dañen los circuitos o interrumpirán el servicio.  No se debe usar bajo tierra los transformadores llenos de aceite a menos que estén ubicados en un recinto resistente al fuego adecuadamente ventilado al exterior y rodeado por un dique para retener los contenidos de los transformadores en el caso de una ruptura.  Los transformadores deben estar totalmente aislados de acceso a personal ajeno, solo podrán ingresar a verificar los transformadores personal eléctrico autorizado. Se debe contar con señalización de seguridad de área restringida y riesgos asociados.  Todos los tableros eléctricos deberán tener parada de emergencia, además de su correspondiente breaker.  Cada frente de trabajo debe contar con un eléctrico con las competencias correspondientes y certificaciones.  Los cables que entregan energía a Jumbos y maquinas TBM, deben estar en perfectas condiciones y si el cable presenta más de tres reparaciones (mufas) debe ser desechado del túnel.  Todos los equipos eléctricos en las áreas de carguío de explosivos deben ser aterrizados eléctricamente, incluyendo los vehículos que portan los explosivos y emulsiones. Este documento al ser impreso o al estar fuera de Intranet se considera una “COPIA NO CONTROLADA”, a menos que tenga el timbre de control. Página 53 de 63 Fecha Impresión:23/10/2013

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Cumplir con los procedimientos de Calificación en Seguridad Eléctrica GENER-P-22.

7.11.22 Pruebas de atmósferas peligrosas  

 

Se deberá cumplir con lo establecido en el procedimiento de Espacios Confinados GENER-P-21. Solo se autoriza el ingreso de compresores diésel al interior del túnel por requerimientos de urgencias y pre aprobación por parte de AES Gener S.A., el contratista entregara cálculos que indiquen que no afectará la ventilación del túnel. Se deben hacer pruebas locales de gas antes y continuamente durante cualquier trabajo de soldadura, corte u otro trabajo en caliente. En operaciones conducidas por métodos de perforación y explosión, se debe hacer pruebas del aire en el área afectada por gases inflamables antes de volver a entrar después de las explosiones, y continuamente cuando los contratistas o colaboradores se encuentren trabajando.

7.11.23 Prevención y Control de Incendios Interior Túnel      

     

Se prohíben las llamas y fuegos abiertos en todas las operaciones excepto las permitidas para soldar, cortar y otras operaciones de trabajo en caliente. Se deberán instalar señales de prohibido fumar o llamas abiertas en las áreas con riesgo de inflamabilidad o riesgos explosivos. No se podrá almacenar bajo tierra por más de 24 horas los suministros de combustible diésel para el equipo subterráneo. No se deberá transportar, almacenar o usar gasolina bajo tierra. No se deberá almacenar en el exterior los materiales inflamables o combustibles dentro de 30 m de cualquier acceso a una operación subterránea. Se deberá limpiar inmediatamente las filtraciones y derrames de fluidos combustibles o inflamables. Por lo que se deberá contar con un kit para derrames y aplicar procedimiento de Prevención y control de derrames GENER-P-40. Tener disponible en los sitios de trabajo, extintores de incendio, según el Decreto Supremo Nº 594. Todos los equipos mayores (Jumbos, camiones, equipos de levante, etc.) subterráneos deben contar con sistemas de autoextinción. Se deberá instalar en el túnel sistemas de alarmas en caso de que comience un incendio se pueda dar aviso a todos los trabajos para realizar la evacuación. Los sistemas de ventilación también tendrán sistemas de parada de emergencias, que se activarán de manera inmediata si comienza un fuego. Es obligatoria la instalaciones de refugios contra incendios cada 5 km de túnel, de manera de resguardar a los trabajadores, en caso de incendio o derrumbe. Los contratistas deberán formar de manera obligatoria una Brigada de Rescate para túnel y contaran con los equipos necesarios (equipos

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autónomos, mangueras, pitones, equipos antifuego, etc.) para actuar de manera eficaz e inmediata en caso de ser requeridos. Todo personal debe ser capacitado en el uso de extintores, plan de evacuación y emergencia para túneles. Los contratistas deberán contar con un programa de simulacros mensuales.

7.11.24 Soporte de la Tierra 

 

   

Se deberá proteger los portales y áreas de acceso con apuntalamiento, cercados, muros de contención, hormigón lanzado, u otra protección equivalente para garantizar el acceso seguro de los trabajadores y del equipo. Se deberá descascarar o asegurar de otra manera las áreas adyacentes para prevenir que el terreno suelto, rocas u otros materiales quebrados pongan en peligro o comprometan el portal y el área de acceso. En caso de ser necesario se colocaran arriba de los portales mallas de seguridad para contener las caídas de piedras. Se deberán hacer inspecciones para garantizar la estabilidad de la tierra en áreas peligrosas de hundimiento y derrumbes. Se deberá ejecutar el apuntalamiento, relleno o levantamiento de barreras y colocando señales de advertencia para evitar daño en la entrada según sea necesario. Se deberán hacer inspecciones del techo, cara y muros de todas las áreas de trabajo al inicio de cada turno tan a menudo como sea necesario para determinar la estabilidad del túnel. Se deberán realizar sondajes de manera permanente para verificar los diferentes materiales que se presentaran en el avance. En áreas críticas por la mala calidad geológica se deberá colocar puntos de convergencias, los cuales se monitorearan de manera periódica de manera de verificar que no hay movimientos en el sostenimiento. En caso de detectar rellenos de carácter expansivos se deberán realizar estudios para determinar necesidades de aumentar la fortificación en estos tramos de túneles.

7.11.25 Ventilación 

 

 

Los contratistas antes de comenzar los trabajos deben entregar un estudio teórico de ventilación completo para el desarrollo del túnel, este estudio deberá ser revisado y aprobado por el dueño. Cualquier cambio en la configuración de los sistemas de ventilación deberán ser reportados a AES Gener S.A. Los sistemas de ventilación y extracción deben cumplir con lo indicado en el capítulo IV del DS. 132. La velocidad lineal de flujo de aire en un túnel, en galerías y en todas las otras áreas de trabajo subterráneo debe ser al menos de 915 cm por minuto donde se dirigen las explosiones o perforación de rocas o donde es probable que estén presentes otras condiciones producto del polvo, humo, vapores o gases en cantidades peligrosas o explosivas. La dirección del flujo de aire mecánico debe ser reversible. Inmediatamente después de las explosiones y/o detección de áreas saturadas, los sistemas de ventilación deben sacar el humo y emanaciones a

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  

 

la atmósfera exterior antes que se reanude el trabajo en las áreas afectadas. Se deberá esperar el tiempo suficiente hasta que todos los gases se encuentren dentro de los límites permisibles del D.S 594. Cada vez que se reduzca o apague la ventilación, se deberán hacer pruebas cuando la ventilación haya sido restaurada para determinar los niveles de contaminantes del aire. Durante este periodo de prueba, no se debe permitir a los trabajadores quedarse o entrar en él o las área(s) de trabajo afectadas. Están prohibidos los motores de combustión interna, excepto los motores diésel de los equipos móviles. El proyecto de ventilación debe garantizar a través de ventilación mecánica una dotación de aire fresco por persona de 3 m3/min. Cuando se utilice maquinaria diésel deberá proveerse un incremento de ventilación para una óptima operación del equipo y mantener una dilución de gases. El caudal necesario por maquina deberá ser 2.83 m3/minuto por caballo de fuerza. Se estimará el caudal de aire antes de ingresar al túnel, y durante la jornada en forma periódica. El contratista deberá garantizar durante toda la ejecución de las obras los caudales de aire requeridos para el personal y la maquinaria, de no cumplir con esto se detendrán los trabajos hasta la regularización de los caudales de aire exigidos.

7.11.26 Comunicación 



El contratista deberá instalar un sistema de comunicación, esencial para la seguridad y la eficacia de las obras subterráneas, el contratista debe asegurar la comunicación radial en todo momento en el túnel, adits, instalaciones de faena, oficinas, campamento, etc. La comunicación dentro del túnel se realizara con radio frecuencias, al interior del túnel debe existir un sistema de antenas repetidoras en especial en las zonas de curvas para garantizar la comunicación en el túnel.

7.11.27 Señalización exterior (adit) e interior túnel La identificación e información del túnel, en todos los portales de acceso e interior túnel. Debe considerar, a lo menos:          

Nombre del túnel, longitud, sección (altura y ancho máximo). Uso de Elementos de Protección Personal. Restricción de acceso a personal ajeno. Áreas de transito de los peatones señalizada. Vías de evacuación. Letreros direccionales que indiquen las distancias hacia cada portal. Estos deben tener sus nombres distintivos. Prohibición de fumar en su interior. Señalización de refugios. Sistemas de comunicación utilizados. Ubicación de extintores. Ubicación de las estaciones de emergencia.

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REGLAMENTO DE SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL Y GESTIÓN MEDIO AMBIENTAL PARA EMPRESAS CONTRATISTAS GENER-R-16 Versión: 2  

Ubicación de transformadores – equipos eléctricos. PEE (Punto de Encuentro de Emergencias), indicando los puntos de encuentro seguros en caso de emergencias/contingencias.

7.11.28 Iluminación    

Cuando se manejen explosivos, sólo se deberá usar el equipo de iluminación portátil aceptable dentro de 15 metros de cualquier salida. Cada área de trabajo debe tener iluminación artificial. Áreas generales de trabajo tener un nivel de iluminación mínimo de 100 lux, en los frentes de trabajo Áreas de excavación, y los puntos de elevación de las grúas o equipos de levante deben ser mayor a 200 lux y por lo menos dos fuentes muy distantes entre sí para evitar sombras.

7.11.29 Emergencias y Sistema de emergencia    

   

  

Se deberá instalar cada 200 metros un punto de encuentro del personal, adicional al punto de encuentro exterior. Se deberá contar con disponibilidad de asistencia médica inmediata las 24 horas ubicada en un puesto de atención médica dotado con elementos básicos para primeros auxilios e inmovilización. Se deberá contar con una ambulancia 24 horas ubicada en los lugares de acceso más cercano al ingreso al túnel. Además de paramédico calificado en cada turno. Se deberá contar con puntos de comunicación permanente entre el túnel y operación (parte exterior), de igual formar comunicación con centros de atención médica cercanos y con grupos de apoyo como bomberos, cruz roja, emergencias médicas, mutual, entre otros. Al interior del túnel se deberá contar con brigadistas, que porten un botiquín portátil y que estén en capacidad de realizar una inmovilización y/o atención de primeros auxilios básicos. Se deberán realizar análisis de vulnerabilidad, para identificar las posibles situaciones emergencias y contar con planes de respuesta para cada una de ellas. En caso de falla del sistema eléctrico, un grupo electrógeno de respaldo deberá entrar en funcionamientos al momento de producirse la falla eléctrica en el sistema principal de energía. El sistema de iluminación independientes y de emergencia deben ser instalado en los siguientes lugares: eextintores, vías de evacuación, salidas de emergencia, puntos de acceso al túnel, subestaciones eléctricas, puntos de control y comunicación, lugar donde existen riesgos particulares, estaciones de refugio, estaciones de emergencia. Los cables eléctricos deben estar bien aislados, protegidos y firmemente fijados al túnel en las paredes por medio de aislantes adecuados. Las equipos de iluminación, focos, deberán estar bien protegidas contra daños y tener cierta resistencia a cambio de temperaturas y agua. En cada frente de trabajo que se encuentre en el Proyecto deberá existir una Estación de Emergencia, las cuales se deben instalar protegidas de la

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REGLAMENTO DE SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL Y GESTIÓN MEDIO AMBIENTAL PARA EMPRESAS CONTRATISTAS GENER-R-16 Versión: 2 humedad, gases atmosféricos y soluciones acuosas. Las estaciones de Emergencia deben estar equipada con elementos de primeros auxilios y control de incendios a lo mínimo una Camilla de Aluminio (tipo canoa), Tabla Espinal, Inmovilizadores de Cuello, Cuello Cervical, Frazadas, 1 Botiquín para 25 personas mínimo, bocina aire comprimido, extintores PQS), Kit para derrames hidrocarburos. Todo el personal que trabaje al interior del túnel debe estar capacitado en Primeros Auxilios y Uso de Extintores. 7.11.30 Brigada de Incendios Específica Túnel   

El Contratista deberá organizar un equipo de lucha contra incendios equipados para el combate de cualquier fuego que pueda iniciar en las obras de construcción dentro del túnel. El contratista formara una brigada de respuesta ante emergencia que contara con las capacitaciones correspondientes para actuar en caso de emergencias enumeradas en el Plan de emergencias. El contratista deberá implementar una brigada de incendios especifica túnel, esta brigada de incendios deberá estar disponible en el Proyecto, todos los elementos necesarios para poder controlar un amago de incendio al interior del túnel y poder realizar cualquier tipo de rescate al interior del Túnel.

7.11.31 Dentro de los Procedimientos Específicos para Trabajos Interior Túneles se deben tener presente los siguientes: 

Control de acceso al túnel, Tránsito de vehículos y maquinarias, Equipos al interior del Túnel, Acuñadura manual y mecánica, Fortificaciones de túneles, Proyección de Shotcrete, Transporte y abastecimiento de combustible al interior del túnel, Trabajos en caliente al interior del túnel, Emergencias interior túnel, Perforación general, Instalación de pernos (mecánico, resina, hormigón, etc.), Extracción de marina, Seguridad equipos compresores de aire, Transporte de personal al interior túnel, Trabajos topográficos Interior túnel, Monitoreo de gases para equipos y vehículos, Bombeo de aguas Interior Túnel, Instalación de enfierradura, Instalación de sistema de encofrados con plataformas, Izajes interior túnel, Montaje y mantenimiento de TBM, Cambio de Rolos en TBM, Instalación de dovelas, Uso de californiana en vías férreas, Desmontaje de TBM, Limpieza y mantenimiento de vías, Uso de Volcadores. Y todos los procedimientos que sean requeridos por AES Gener para el desarrollo de tareas en forma segura.

7.12. Maquinaria y Herramientas Todo equipo, herramienta, vehículo, maquinaria o tablero eléctrico que proporcione el contratista a su personal, deberá encontrarse y mantenerse en óptimas condiciones para su empleo y deberá ser utilizado y/u operado solamente por personal previamente seleccionado, formado y autorizado.

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REGLAMENTO DE SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL Y GESTIÓN MEDIO AMBIENTAL PARA EMPRESAS CONTRATISTAS GENER-R-16 Versión: 2 7.12.1 La maquinaria, herramienta y equipo de la Empresa Contratista deberá reunir las medidas de seguridad adecuadas. Antes de ser utilizados deberán ser revisados por el Jefe del Proyecto o ITO de AES Gener S.A. No se aceptará el uso de equipos, herramientas y/o maquinaria que tenga alteraciones de su diseño original y/o de fabricación doméstica (“hechizas”). 7.12.2 No se deberá trabajar sobre o con engranajes, bandas, machones u otro equipo que gire, sin las protecciones adecuadas y/o bloqueos de los mismos. 7.12.3 El personal utilizado por la Empresa Contratista deberá reunir las competencias necesarias para llevar a cabo el trabajo encomendado. 7.12.4 Cualquier modificación o conexión a una instalación de gas, aire, electricidad o cualquier otro servicio, podrá hacerse solamente con autorización por escrito del Jefe del Proyecto o ITO de AES Gener S.A. 7.12.5 Se prohíben las instalaciones eléctricas provisorias con alambre que no sea el adecuado, así como también uniones en el cable sin aislamiento. Todas estas maniobras deben ser realizadas por personal calificado. 7.12.6 No se deberán dejar sin aislar extremos de alambres engrillados. 7.12.7 Las herramientas deberán tener algún tipo de identificación que las relacione con la Empresa Contratista, tales como: iniciales, nombres, colores, etc. 7.12.8 No se permitirá el ingreso de herramientas que a juicio de AES Gener S.A. estén en mal estado. 7.12.9 Todos los días, la Empresa Contratista debe revisar que las herramientas estén en buenas condiciones de ser utilizadas, esto debe realizarse antes de comenzar los trabajos. Si el Jefe del Proyecto o ITO de AES Gener S.A., detectan alguna herramienta en mal estado, solicitará de inmediato que sea retirada de la obra. Si esta situación se repite en más de una oportunidad, se procederá a detener los trabajos y se solicitará a la Empresa Contratista una investigación para determinar las causas de la utilización de herramientas en mal estado. 7.12.10 Se prohíbe el uso de esmeriles angulares portátiles, sin la debida protección del disco y utilizando única y exclusivamente el disco correcto según fabricante, haciendo mención a las rpm del equipo v/s disco. Además, queda prohibido darle uso a un esmeril portátil en reemplazo de esmeriles de pedestal fijos. Estos equipos solo podrán ser utilizados por personal calificado. 7.12.11 En caso de requerir cualquier otro tipo de equipo o herramienta, estas deben ser certificadas, evaluadas previo al trabajo y aprobadas por el Jefe del Proyecto o ITO de AES Gener S.A. 7.13. Protección contra Incendio y Planes de Emergencia 7.13.1 En los lugares que ocupe la Empresa Contratista para almacenar o guardar herramientas y/o equipos, se prohíbe la acumulación de cualquier tipo de residuos u Este documento al ser impreso o al estar fuera de Intranet se considera una “COPIA NO CONTROLADA”, a menos que tenga el timbre de control. Página 59 de 63 Fecha Impresión:23/10/2013

REGLAMENTO DE SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL Y GESTIÓN MEDIO AMBIENTAL PARA EMPRESAS CONTRATISTAS GENER-R-16 Versión: 2 otro material que pueda sumarse a la carga de fuego (pasto seco, maleza, maderas sin uso, papeles, etc.) 7.13.2 No se deberá bloquear el acceso a las áreas donde existan extintores, camillas u otra clase de equipos de emergencia. 7.13.3 Se prohíbe almacenar combustible o materiales inflamables como: pinturas, diluyentes, petróleo, aceite, alcohol y otros solventes sin previo aviso del Jefe del Proyecto o ITO de AES Gener S.A., el cual estudiará la autorización. De almacenarse éstos, se deberá colocar avisos de "Peligro" e "Inflamable NO FUMAR". Además, se deberá revisar la incompatibilidad de los productos almacenados. En todo momento se deberá dar cumplimiento al DS 78 Reglamento de almacenamiento de sustancias peligrosas y al procedimiento de Manejo de productos químicos y materias primas GENER-P-42. 7.13.4 Deberán colocarse también extintores en esa área, de acuerdo con las directrices que al efecto disponga el Jefe del Proyecto o ITO de AES Gener S.A. 7.13.5 El transporte de gasolina, petróleo, solventes o cualquier otro material inflamable, deberá hacerse en recipientes cerrados, adecuados, normalizados, en las cantidades reguladas y deben estar debidamente rotulados de acuerdo a la norma Chilena. 7.13.6 Se prohíbe fumar en zonas de almacenamiento de materiales combustibles y recintos cerrados. Asimismo, se prohíbe encender fuego y/o provocar cualquier llama. Para casos especiales, estos deberán ser expresamente autorizados por el Jefe del Proyecto o ITO de AES Gener S.A. 7.13.7 Los estanques y/o cilindros de gases comprimidos, deben ser manejados siempre en sus respectivos carros y amarrados a este. Cuando no se están utilizando, se deben retirar las válvulas y colocar de manera correcta, atornillando el capuchón de seguridad, asegurándose que el capuchón corresponda al cilindro que se quiere proteger. 7.13.8 En los equipos de soldadura y corte oxiacetilénico, los cilindros siempre deberán permanecer parados y debidamente sujetos a su armazón, y no expuestos a fuentes de calor o de exposición directa a los rayos del sol. 7.13.9 Esta estrictamente prohibido fumar en las instalaciones de AES Gener, S.A. a excepción de los sitios identificados y autorizados en cada unidad de negocio o del proyecto. 7.13.10 Toda empresa contratista deberá identificar su potencial de situaciones de emergencia. Utilizando la Metodología y completando los formularios establecidos en el Procedimiento Preparación y Respuesta ante Situaciones de Emergencia GENERP-09. 7.13.11 Toda empresa contratista deberá contar con su respectivo plan de emergencias, de acuerdo a las características de sus trabajos y considerando lo establecido en los planes de emergencia de cada unidad de negocio o proyecto. Este documento al ser impreso o al estar fuera de Intranet se considera una “COPIA NO CONTROLADA”, a menos que tenga el timbre de control. Página 60 de 63 Fecha Impresión:23/10/2013

REGLAMENTO DE SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL Y GESTIÓN MEDIO AMBIENTAL PARA EMPRESAS CONTRATISTAS GENER-R-16 Versión: 2 7.13.12 Toda empresa contratista deberá contar con los recursos necesarios para responder ante las emergencias, derivadas de sus potenciales identificados. VIII. SANCIONES 8.1

Disposiciones

8.1.1

Toda persona que ingresa a un recinto de AES Gener S.A. se entenderá que conoce las disposiciones reglamentarias que regulan el comportamiento y accionar interno. A la vez, se compromete a respetar y/o hacer respetar las reglas cardinales, creencias de seguridad, principios de seguridad y normas establecidas en este Reglamento, en beneficio de salvaguardar la salud y vida de las personas, el medio ambiente y los bienes de la Empresa.

8.1.2

El no cumplimiento de cualquier disposición contenida en este Reglamento de Seguridad, Salud Ocupacional y Gestión Medio Ambiental para Empresas Contratistas de AES Gener S.A, dará origen a las sanciones contempladas en el mismo, en los reglamentos internos de orden, higiene y seguridad de la Empresa Contratista y/o en la legislación vigente.

IX. DOCUMENTOS DE REFERENCIA Código

Tipo de Documento (Interno/Externo)

Disponible en:

GENER-P-01

Interno

Intranet/Centro Documental

GENER-P-02

Interno

Intranet/Centro Documental

GENER-P-03

Interno

Intranet/Centro Documental

GENER-P-04

Interno

GENER-P-05

Interno

GENER-P-06

Interno

GENER-P-07

Interno

Control operacional

GENER-P-08

Interno

Preparación y respuesta ante situaciones de emergencia

GENER-P-09

Interno

Nombre del Documento

Identificación y evaluación de aspectos e impactos ambientales Identificación de peligros y evaluación de riesgos Identificación y evaluación de requisitos legales y otros requisitos Planificación objetivos, metas y programas Capacitación, formación y toma de conciencia Comunicaciones internas y externas Elaboración y control de documentos

Intranet/Centro Documental Intranet/Centro Documental Intranet/Centro Documental Intranet/Centro Documental Intranet/Centro Documental Intranet/Centro Documental

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REGLAMENTO DE SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL Y GESTIÓN MEDIO AMBIENTAL PARA EMPRESAS CONTRATISTAS GENER-R-16 Versión: 2 Seguimiento y medición de la gestión integrada y variables relevantes Incidentes, no conformidades, acciones correctivas y preventivas Auditorias Revisión por la Gerencia

GENER-P-10

Interno

Intranet/Centro Documental

GENER-P-11

Interno

Intranet/Centro Documental

GENER-P-12 GENER-P-13

Interno Interno

Puesta a tierra

GENER-P-14

Interno

Trabajo en caliente

GENER-P-15

Interno

Gestión de contratistas

GENER-P-16

Interno

Protección contra caídas

GENER-P-17

Interno

Control de tráfico en zonas de trabajo

GENER-P-18

Interno

Bloqueo y etiquetado

GENER-P-19

Interno

Gestión de salud ocupacional

GENER-P-20

Interno

Espacios confinados

GENER-P-21

Interno

GENER-P-22

Interno

GENER-P-23

Interno

GENER-P-24

Interno

GENER-P-25

Interno

GENER-P-26

Interno

GENER-P-27

Interno

GENER-P-28

Interno

GENER-P-29

Interno

GENER-P-30

Interno

GENER-P-31

Interno

GENER-P-32

Interno

Calificación en seguridad eléctrica Seguridad eléctrica para generación Charlas previas y análisis seguro del trabajo (AST) Trabajos con líneas vivas Seguridad es subestaciones Orden y limpieza Aparejos y equipos de elevación Manejo de combustibles sólidos Gestión de vegetación Protección de maquinarias Conservación auditiva y reducción del ruido

Intranet/Centro Documental Intranet/Centro Documental Intranet/Centro Documental Intranet/Centro Documental Intranet/Centro Documental Intranet/Centro Documental Intranet/Centro Documental Intranet/Centro Documental Intranet/Centro Documental Intranet/Centro Documental Intranet/Centro Documental Intranet/Centro Documental Intranet/Centro Documental Intranet/Centro Documental Intranet/Centro Documental Intranet/Centro Documental Intranet/Centro Documental Intranet/Centro Documental Intranet/Centro Documental Intranet/Centro Documental Intranet/Centro Documental

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REGLAMENTO DE SEGURIDAD, SALUD OCUPACIONAL Y GESTIÓN MEDIO AMBIENTAL PARA EMPRESAS CONTRATISTAS GENER-R-16 Versión: 2 Iluminación

GENER-P-33

Interno

Buceo – seguridad submarina

GENER-P-34

Interno

Manejo defensivo

GENER-P-35

Interno

Prevención del estrés por frío o calor

GENER-P-36

Interno

Caminatas de seguridad

GENER-P-37

Interno

Inspecciones y observaciones de tareas planeadas

GENER-P-38

Interno

Permisos de trabajo

GENER-P-39

Interno

Prevención y contención de derrames Requisitos para desechos peligrosos y no peligrosos Manejo de productos químicos y materias primas

GENER-P-40 GENER-P-41

Interno

Intranet/Centro Documental Intranet/Centro Documental Intranet/Centro Documental Intranet/Centro Documental Intranet/Centro Documental Intranet/Centro Documental Intranet/Centro Documental Intranet/Centro Documental

Interno

Intranet/Centro Documental

GENER-P-42

Interno

Intranet/Centro Documental

Manejo de PCB

GENER-P-43

Interno

Obligaciones de divulgación financiera

GENER-P-44

Interno

Análisis de causa raíz

GENER-P-45

Interno

Gestión del cambio

GENER-P-45

Interno

Intranet/Centro Documental Intranet/Centro Documental Intranet/Centro Documental Intranet/Centro Documental

X. ANEXOS ANEXO 1 Política del Sistema Integrado de Gestión, de Medio Ambiente, Seguridad, Salud Ocupacional y Calidad. XI. CONTROL DE MODIFICACIONES Las modificaciones que se hagan a este Reglamento de Seguridad, Salud Ocupacional y Gestión Ambiental para Empresas Contratistas, deberá quedar registradas en la siguiente tabla: Revisión 1 2

Fecha 23.10.13

Descripción de Modificaciones Se incorporan mayores Especificación de Según Tipo de Trabajo. Se incorpora referencia directa al Sistema de Gestión Integrado Genera.

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