ABINBEV Reglamento Interno Contratistas

1. PROPÓSITO El presente reglamento es de carácter obligatorio y establece las responsabilidades y normas a seguir por e

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1. PROPÓSITO El presente reglamento es de carácter obligatorio y establece las responsabilidades y normas a seguir por el “CONTRATISTA” y su personal durante la ejecución del servicio. La supervisión del “CONTRATISTA” tiene la obligación de conocer el contenido del presente reglamento y difundirlo entre sus trabajadores antes de que éstos ingresen a laborar en las instalaciones de “UCP BACKUS / SAN JUAN” y servirá para que el personal de “CONTRATISTA” efectúe sus trabajos dentro de procedimientos y prácticas seguras de trabajo, considerando además el cuidado del medio ambiente. El “CONTRATISTA” debe estar consciente de los riesgos potenciales hacia la salud, seguridad y medio ambiente a los cuales están expuestos producto de las labores que realizará dentro de las instalaciones de “UCP BACKUS / SAN JUAN” para ello deberá identificar los riesgos y establecer controles de manera previa al inicio del servicio. El presente reglamento tiene como objetivos: a) Establecer las responsabilidades, reglas de Seguridad y cuidado del medio ambiente aplicable al personal de “CONTRATISTA”, mientras efectúe labores en las instalaciones de “UCP BACKUS / SAN JUAN” b) Prevenir accidentes, enfermedades ocupacionales y daños al medio ambiente originado por trabajos realizados a través de contratistas, proveedores y prestadores de servicio de “UCP BACKUS / SAN JUAN”. La violación de estas disposiciones por “CONTRATISTA” o su personal, puede ocasionar como sanción, prohibir la entrada a las instalaciones de “UCP BACKUS / SAN JUAN” a la persona que cometa la infracción así como la cancelación parcial o total del servicio contratado.

2. ALCANCE Dirigido a contratistas, proveedores y prestadores de servicio de “UCP BACKUS / SAN JUAN”, quienes se encuentran en la obligación de cumplir con el presente reglamento a lo largo de la prestación de servicios. 3. POLITICA DEL SISTEMA INTEGRADO DE GESTION Es responsabilidad del contratista dar cumplimiento a nuestra política del sistema integrado de gestión buscando con ello: a. Prevenir todo tipo de accidentes, lesiones y contaminación. b. Cumplir los requisitos legales relacionados a la salud, seguridad y medio ambiente c. Mejorar continuamente sus actividades dentro de nuestras instalaciones.

4. RESPONSABILIDADES GENERALES DEL CONTRATISTA 4.1 El contratista designará entre su personal a un supervisor que será responsable del cumplimiento del presente reglamento ante la supervisión de UCP BACKUS / SAN JUAN. El supervisor del contratista deberá velar por el cumplimiento de todas las normas de salud, seguridad y medio ambiente. 4.2 Conocer y cumplir obligatoriamente los requisitos legales vigentes en el país relacionados a los materiales que proveen y servicios que prestan en las instalaciones de UCP BACKUS / SAN JUAN, con énfasis en la Ley de Seguridad y Salud en Trabajo N°29783 y reglamentos.

4.3 Todo el personal del contratista que ingresé a las instalaciones para la realizar el servicio contratado deberá presentar documentación previa al ingreso de acuerdo al nivel de riesgo, complejidad del servicio y duración del mismo. Los contratistas son calificados como “Contratista de riesgo mayor” cuándo tengan una o más de las siguientes características: el servicio involucra trabajos de riesgo alto, el servicio involucra trabajos con químicos, la complejidad del servicio requiere la contratación de subcontratistas, la actividad durará más de 30 días o requiere más de 10 personas trabajando por más de 1 día, el contrato dura más de 12 meses. Ver requisitos de ingreso en el ANEXO 01

4.4 Todo el personal del contratista que ingresé a las instalaciones para la realizar el servicio contratado deberá participar en una inducción en seguridad de manera previa a la realización de trabajos. 4.5 Queda estrictamente prohibido fumar en las instalaciones de la empresa así como ingresar a las instalaciones ingresen a las instalaciones bajo los efectos de drogas y bebidas alcohólicas. 4.6

El contratista no debe bloquear o impedir el fácil acceso equipos de protección colectiva (Ej. hidrantes, extintores, tomas de agua de seguridad, gabinetes contra incendio) y rutas de evacuación.

4.7 La circulación del contratista y su personal no deberá realizarse por las áreas operativas o almacenes de las instalaciones, a menos que las circunstancias de su trabajo así lo requieran. 4.8 Cualquier condición, acción insegura o peligrosa, incidente o accidente que se suscite en la realización del servicio deberá ser reportada de inmediato al supervisor de “UCP BACKUS / SAN JUAN” responsable de la realización del trabajo, al área de Seguridad Industrial o en su defecto al supervisor del área en donde se esté realizando el trabajo y deberá ser corregida de inmediato, antes de reanudar la realización del trabajo. 4.9 Ningún trabajador del contratista deberá operar sistemas de tuberías (eléctricas, hidráulicas, neumáticas, etc.) ni realizar interconexiones a líneas existentes, manejo de válvulas o sistemas eléctricos para efectuar su trabajo, sin la autorización del supervisor representante de “UCP BACKUS / SAN JUAN”. 4.10 En caso de emergencia o desastre, el Supervisor del “CONTRATISTA” y su personal deberán cumplir con las siguientes disposiciones: a) b) c) d) e)

Desconectar máquinas y herramientas eléctricas que estén utilizando. Cerrar válvulas de las líneas de servicios que estén utilizando (agua, gas natural, vapor, etc.). Abandonar las instalaciones por las rutas de evacuación guiados por el brigadista del área. Reunir a todo su personal y realizar un conteo en los puntos de reunión de seguridad. Deberán reportar las condiciones en que quedó su área de trabajo y si algún miembro de su compañía permanece dentro de las instalaciones.

4.11 El personal contratista que detecte un incendio, fuga de gas peligroso, derramen de producto químico, derrame de hidrocarburos u otros materiales que ponga en peligro la seguridad atente al medio ambiente; informará por el medio más rápido a su supervisor y/o supervisores de “UCP BACKUS / SAN JUAN”. 4.12 Todo trabajo en altura, mayor a 1.8 mts, soldadura y espacio confinado requiere de un permiso previo que deberá solicitarse al área de seguridad industrial antes de iniciar el trabajo. Este permiso previamente autorizado deberá colocarse en un lugar visible en el área de trabajo. En el caso de soldaduras o trabajos en caliente el contratista debe asegurarse de que todas las chispas y brasas han sido apagadas en su totalidad antes de abandonar el lugar de trabajo. 4.13 El contratista deberá poner candados de bloqueo de energía peligrosa por cada persona que trabaje con equipos energizados. 4.14 Mantener la buena presentación y aseo personal de sus colaboradores a través del uso correcto de la ropa de trabajo, la cual debe llevar en un lugar visible el nombre de la empresa contratista. 4.15 El horario de trabajo del personal contratista estará comprendido en los horarios que establezca UCP BACKUS / SAN JUAN y variará de acuerdo a las necesidades del trabajo. Toda variación o ampliación del horario de ingreso o salida establecida requiere la autorización escrita del V°B° del Supervisor contratante y responsable del trabajo y ser entregado al responsable de Seguridad Industrial. 4.16 Toda empresa contratista es responsable de la señalización, demarcación, visible, adecuada y suficiente en las instalaciones antes de iniciar las labores. Todos los elementos que el contratista requiera para señalización o encerramiento de áreas donde se realice un trabajo, deben cumplir con la NTP 399.010-1 referente a señales de seguridad y requerimientos de la empresa. 4.17 Cumplir con el plan de manejo de residuos sólidos de la empresa, separando papel, cartón, vidrio, plástico, metal, basura y residuos peligrosos como materiales contaminados con gasolina, pintura, químicos u otros, en los contenedores identificados con el nombre de estos residuos.

4.18 El personal contratista debe evitar guardar en oficina, almacén y/o vestuario asignado en la instalación, cosas de valor o dinero, repuestos o materiales inflamables y otros no autorizados. 4.19 Se consideran faltas graves, iniciar ejecución de un trabajo de riesgo alto sin contar con la autorización escrita en la tarjeta de permiso, el intento de robo ó apropiación ilícita, la agresión física ó de palabras y el consumo no autorizado de productos de UCPBACKUS / SAN JUAN. 4.20 Indemnizar y eximir a Backus de cualquier penalidad, costos y gastos que generen las pérdidas ocasionadas por el personal del contratista destacados en las instalaciones y que deriven del incumplimiento de este reglamento y otras normas de seguridad. 4.21

Se consideran faltas graves y serán suspendidas las facilidades de ingreso por las siguientes razones: o Iniciar ejecución de un trabajo de riesgo alto sin contar con la autorización escrita en la tarjeta de permiso. o No contar con equipos de protección personal requeridos de acuerdo con la naturaleza del trabajo a realizar. o El intento de robo ó apropiación ilícita. o La agresión física ó verbal. o Falta de respeto al personal de seguridad. o Rehúso de cumplir con los procedimientos y/o lineamientos de seguridad establecidos por Backus. o Consumo no autorizado de productos de UCP Backus / San Juan. o El intento de retirar bienes y/o productos de empresa sin autorización

5. EQUIPO DE PROTECCION PERSONAL

5.1 Dotar a sus colaboradores de los EPP (equipos de protección personal) adecuados, según el tipo de trabajo y riesgos específicos presentes en el desempeño de sus labores y asegurar mediante inspecciones frecuentes el uso correcto y buen estado de estos equipos. 5.2 Mantener inventario suficiente de EPP para reemplazos inmediatos así como tener actualizados los registros de entrega y reposición con el respectivo cargo de recepción de los trabajadores. 5.3 Todo el personal del contratista que opere en áreas productivas y almacenes deberán utilizar permanentemente el equipo de seguridad industrial normado para el área. 5.4 Otros equipos de protección personal necesarios serán identificados por el contratista en función de la identificación de riesgos realizada de manera previa al inicio del servicio. 6. EQUIPO Y HERRAMIENTAS 6.1 El contratista informará en vigilancia las herramientas, material y equipo que desee introducir a las instalaciones, a fin de proceder a su registro, ya que por omisión de este procedimiento no podrán sacar de la empresa ninguna herramienta, material o equipo que no haya sido registrado a su entrada. 6.2 Si el área de seguridad industrial detecta que algún equipo o herramienta no cumple con los requisitos básicos de operación o seguridad, lo notificará al contratista y no permitirá el ingreso de éstos a las instalaciones, ni su uso en el desarrollo del servicio. 6.3 El manejo y almacenamiento de materiales líquidos combustibles o inflamables, deberá hacerse en recipientes cerrados, con arresta-flamas, en sus envases originales, identificando claramente su contenido. 6.4 El uso de cilindros de gases comprimidos debe hacerse con una clara identificación del contenido de los mismos, sujetándolos con cadenas en posición vertical, lejos de fuentes de calor, chispa o flama. 6.5 Todas las herramientas de mano, extensiones eléctricas y equipos deberán tener un hilo a tierra. En el caso de pulidoras y esmeriles portátiles deberán contar con su guarda de protección. 6.6 Contar con equipos y herramientas adecuados y en buenas condiciones para el trabajo a realizar en las instalaciones de Backus, para prevenir lesiones personales, daños al proceso, a la propiedad o al medio

ambiente. 6.7 El ingreso de equipos de corte y soldadura a las instalaciones requiere la inspección previa de un representante de Seguridad e Higiene Industrial quien autorizará o denegará su ingreso, según evaluación de condiciones seguras y estado del equipo. 7. SEGURIDAD FISICA

7.1 La empresa contratista será responsable ante Backus / San Juan y autoridades de la veracidad de la información de verificación de datos personales de cada uno de sus trabajadores referente a sus antecedentes policiales, penales y certificación domiciliaria. Backus / San Juan se reserva el derecho de verificar la información presentada y el derecho de admitir o no dentro de sus instalaciones a personal que las empresas contratistas presenten. Se sancionará a las empresas contratistas en el caso que mediante las verificaciones de datos se encuentren irregularidades y/o información falsa sobre los trabajadores presentados por las empresas contratistas. 7.2 Todo el personal debe someterse obligatoriamente a los controles de seguridad establecido por la empresa tanto al ingreso como la salida de las instalaciones. 7.3 En lo posible no traer maletines o bolsas para facilitar la inspección. Está prohibido el ingreso de artículos personales como radios, laptops sin previa autorización. 7.4 El personal contratista solo podrá transitar en los lugares autorizados por Seguridad. 7.5 El personal contratista podrá permanecer hasta un máximo de treinta minutos en la instalación, después de su horario de salida establecido; en caso de requerir mayor tiempo de permanencia por necesidad del trabajo, debe tener autorización escrita del supervisor de Backus / San Juan responsable del trabajo y presentarla previamente en vigilancia. 7.6 El ingreso de equipos y herramientas propiedad de la Contratista y necesarios para el trabajo serán controlados por el personal de Vigilancia tanto al ingreso como a la salida de las instalaciones mediante el uso de una guía de remisión de la empresa contratista. Una copia será dejada con personal de vigilancia de las instalaciones.

7.7 UCP Backus / San Juan no será responsable de artículos personales de los contratistas por lo tanto queda prohibido guardar en oficina, almacén y/o vestuario asignado en la instalación, cosas de valor o dinero, repuestos o materiales inflamables y otros no autorizados. 7.8 Queda prohibido el ingreso de armas de fuego, armas blancas y cualquier otro objeto que parezca o pueda ser utilizado como arma de fuego o arma blanca.

7.9 Queda prohibido el ingreso de cámaras fotográficas y la toma de fotos dentro de las instalaciones sin previa autorización. 8. ACCIDENTES DE TRABAJO 8.1 El personal contratista tiene la obligación de informar inmediatamente a Seguridad Industrial ó al anexo para emergencias de la instalación la ocurrencia de cualquier accidente de trabajo o ambiental para lograr atención inmediata y mitigación. 8.2 Cada vez que se presente un accidente de trabajo la empresa contratista está obligado a garantizar el traslado y la atención inmediata su personal así como presentar el aviso de accidente en el centro de atención médica. 8.3 Si el accidente es mortal debe comunicar al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo - MTPE dentro de las 24 hrs. de ocurrido el hecho de acuerdo a lo establecido legalmente. 8.4 El contratista realizará y mantendrá actualizadas las estadísticas de accidentes que se produzcan en el desarrollo de actividades en UCPBACKUS / SAN JUAN y tenerlas disponibles cuando el área de seguridad

industrial las solicite. Dichas estadísticas contemplarán como mínimo:  Número de accidentes ocurridos en el mes, con o sin incapacidad.  Días de incapacidad por accidente causados en el mes.  Tipo de accidente (caídas, golpes, etc.,).  Causas de los accidentes.  Medidas correctivas implementadas. 8.5 El Supervisor contratista deberá realizar el análisis de causas del accidente e implementar acciones correctivas para evitar la repetición de accidente similar. Debe entregar una copia del informe al área de seguridad industrial antes de las 24 horas de ocurrido el accidente y mantener en archivo esta información. 9.- ESTANDARES DE SEGURIDAD EN TRABAJOS DE RIESGO ALTO (TRA) 9.1 El Supervisor Contratista y el personal a su cargo deben conocer, entender, cumplir y hacer cumplir los estándares de prevención de riesgos, antes, durante y después de la ejecución de trabajos de riesgo alto (TRA). Los trabajos de riesgo alto requieren permiso escrito obligatorio para iniciar su ejecución y son: 1. Trabajos en altura. 2. Trabajos en ambientes confinados. 3. Trabajos de movimiento de equipos pesados. 4. Trabajos de corte, soldadura u otros que generan chispas. 5. Trabajos de reparación en sistemas de Productos Químicos. 6. Trabajos en sistemas de agua caliente y vapor. 7. Trabajos en sub-estaciones eléctricas. 9.2 Para iniciar trabajos de riesgo alto se deben cumplir estándares generales y estándares específicos de prevención de accidentes:

9.3 Estándares generales: Se aplican a todos los TRA. a. Contar con el permiso de trabajo autorizado en la tarjeta de TRA. El no contar con el permiso de trabajo es una falta grave. b. Equipos y herramientas a usar deben ser los apropiados y estar en buenas condiciones. Se debe evidenciar la inspección reciente c. Contar con los EPP en buen estado y apropiados para el trabajo a realizar. d. Considerar mínimo dos personas para este trabajo. e. El equipo, sistema o parte de este, donde se va a trabajar debe estar aislado, despresurizado, ó desenergizado, según el caso y con tarjeta de bloqueo en puntos de su accionamiento. f. Identificar los riesgos propios del trabajo y próximos al lugar de trabajo., así como los medios para control en caso de una emergencia (equipo autocontenido, mascara de respiración líneas de agua, ducha de emergencia, camillas, etc.) g. Revisar y reforzar diariamente al personal antes de realizar el trabajo con charlas sobre los riesgos a que estarán expuestos y sus medidas de control que deben cumplir.

9.4 Estándares específicos: Son complementarios a los estándares generales citados en inciso anterior y se aplican según el tipo de TRA: a. En los trabajos de altura a dos metros o mayor es obligatorio el uso de arneses, de asegurar la fijación correcta del punto de anclaje, e instalar línea de vida. En caso de uso de andamios, poleas ó balsos deberá verificarse las condiciones adecuadas para el desarrollo seguro del trabajo. b. En los trabajos en ambiente confinados se debe asegurar una buena ventilación del ambiente y con el equipo monitor de gases medir el nivel de oxígeno así como la presencia de gases inflamables con respecto a su rango de inflamabilidad, para autorizar el inicio de los trabajos. c. En los trabajos de reubicación yo traslado de equipos pesados que requiera el uso de grúa debe verificarse autorización y experiencia del conductor, la capacidad de carga, el informe del último mantenimiento y el buen estado de poleas y cables. d. En los trabajos de corte y soldadura debe asegurarse que las áreas adyacentes estén protegidas contra desplazamientos de chispas o esquirlas incandescentes. Debe tenerse mayor cuidado cuando este tipo de trabajos se realizan en área de almacenamiento de malta y producto terminado, así como en ambientes de almacenamiento de materiales combustibles e inflamables. Evaluar posibilidad de empernar antes que soldar ó si no es posible, instalar permanentemente un vigilante de incendios durante el trabajo. e. En los trabajos que involucran productos químicos se deben aislar la zona de trabajo y el tramo

del sistema a trabajar .El Supervisor de BACKUS/ SAN JUAN o el Contratista deben revisar la información de la hoja de datos de seguridad del producto químico ( MSDS) para instruir y concientizar previamente a su personal sobre los riesgos y medidas preventivas, así como acciones de respuesta inicial a escapes, derrames o aplicación de primeros auxilios que se pudieran presentar en los trabajos que realizan. f. En los trabajos de reparación y mantenimiento de sistemas de agua caliente ó vapor el personal proveedor del servicio debe asegurarse que antes de iniciar el trabajo no debe tener presión el sistema a trabajar; así como la temperatura deberá ser la mínima ó igual a la temperatura ambiente. g. En los trabajo en sub estaciones eléctricas se requiere tener procedimientos seguros documentados y el personal contratista encargado del trabajo debe tener experiencia comprobada en estas maniobras ., es importante asegurar que el sistema este sin carga estática y la línea a tierra operativa. 10.- ESTANDARES DE SEGURIDAD PARA PROVEEDORES DE BIENES Son obligaciones de los proveedores: 10.1 Cumplir con la dotación de equipos de protección personal EPP y controlar el uso por parte deL personal que envían a Backus a realizar la entrega maquinas, equipos, sustancias, productos y útiles de trabajo. (Ver anexo A - EPP Proveedores) 10.2 Cumplir o hacer cumplir con los estándares de seguridad industrial y seguridad física establecidas en el presente reglamento. 10.3 Asegurar que los vehículos que empleen para el transporte de los productos químicos deben ser conducidos portando los siguientes documentos: 1.- Guía de remisión – Transportista/ Remitente 2.- Plan para contingencias y Hoja de Seguridad de producto 3.- Certificado de habilitación del vehículo expedido por la DGTT 4.- Licencia de conducir de categoría especial del conductor. 5.- Copia del Seguro obligatorio de accidentes de tránsito – SOAT 6.- Copia de la póliza de seguro que cubra los gastos ocasionados por daños personales, materiales, ambientales generados por la carga. 10.4 Proporcionar al conductor del vehículo los procedimientos de cuidados a tener en cuenta durante el transporte carga y descarga, señalización, estiba, aseguramiento, carga y descarga del contenedor o bulto que contiene el material ó residuo peligroso. 10.5 Proporcionar al conductor del vehículo la hoja resumen de seguridad en idioma español, (Hoja de seguridad del material – MSDS y plan de contingencia) asegurar su entendimiento y que los equipos para casos de emergencia que ahí figuran estén en vehículo y en buenas condiciones de funcionamiento. 10.6 Asegurar que los vehículos tengan en sus cuatro lados la identificación de las sustancias químicas que transportan y su respectivo código de Naciones Unidas y una alarma audible en funcionamiento de retroceso. Cuando se transportan cilindros debe poseer un dispositivo para cargue y descargue. 10.7 Asegurar que los productos químicos peligrosos cuyo embalaje / envasado, etiquetado ó rotulado, correspondan a lo declarado en la guía de remisión; así mismo evitar el envío de aquellos bultos o envases que tengan signos de pérdida del material. 10.8 Tener en cuenta que de acuerdo a Ley 29783 de Seguridad y Salud en el Trabajo es responsabilidad de las empresas que diseñen, fabriquen, importen, suministren o cedan máquinas, equipos, sustancias, productos o útiles de trabajo, dispongan lo necesario para que: a) Las máquinas, equipos, sustancias, productos o útiles de trabajo no constituyan una fuente de peligro ni pongan en riesgo la seguridad o salud de los trabajadores. b) Se proporcione información y capacitación sobre la instalación, adecuada utilización y mantenimiento preventivo de las maquinarias y equipos. c) Se proporcione información y capacitación para el almacenamiento, manipulación y uso apropiado de los materiales peligrosos a fin de prevenir los peligros inherentes a los mismos y monitorear los riesgos. d) Las instrucciones, manuales, avisos de peligro u otras medidas de precaución colocadas en los equipos y

maquinarias, así como cualquier otra información vinculada a sus productos, estén o sean traducidos al idioma castellano y estén redactados en un lenguaje sencillo y preciso con la finalidad que permitan reducir los riesgos laborales; y, e) Las informaciones relativas a las máquinas, equipos, productos, sustancias o útiles de trabajo sean facilitadas a los trabajadores en términos que resulten comprensibles para los mismos.

ANEXO 1 REQUISITOS DE INGRESO PARA CONTRATISTAS Contratista de riesgo mayor  Formato de autorización de entrada del contratista indicando características del servicio y relación de trabajadores. En el listado se deberá identificar los supervisores del servicio y el prevencionista de SST. El formato deberá estar firmado por el administrador del contrato, el contratista y un responsable de seguridad industrial.  Presentar verificación de antecedentes policiales emitido por DEFENSE S.A.  Inscripción y vigencia del Seguro Regular de Salud - ESSALUD de cada trabajador. Formato R03 (Trabajadores Base de Cálculo Tributos y Aportes) emitido por la SUNAT, en caso sea trabajador nuevo se requiere la Constancia de Alta del Trabajador expedida por la SUNAT (Datos de Seguridad Social).  Seguro de Vida Ley de los trabajadores que tengan más de 4 años en planillas.  Copia del PDT del mes anterior al inicio del servicio que certifique la inexistencia de adeudos laborales entre la empresa contratista y sus trabajadores en el Formato R15 (Determinación de Deuda) emitido por la SUNAT, con la Constancia de pago ya sea virtual, en SUNAT, Banco de la Nación o en cualquier otro Banco. Si la empresa cuenta con personal por recibos por honorarios (4ta Categoría), debe presentar el Formato R12 emitido por la SUNAT.  Listado de los Equipos de Protección Personal que se deben entregar a sus trabajadores. Los EPP deberán cumplir normativas correspondiente (ANSI/ENN/NTP). En el caso de cascos de seguridad, se asignarán cascos amarillos para los trabajadores y blancos para los supervisores.  Certificado de Capacitación de los trabajadores en el servicio que van a desarrollar y referente a los riesgos identificados en el IPERC.  Vigencia del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo – Salud y Pensión (presentar voucher de pago y documento expedido por la aseguradora).  Lista de químicos a utilizar y sus respectivas hojas de seguridad en caso aplique.  Relación de trabajos de riesgo alto a realizar en caso aplique.  Formato de identificación de peligros y riesgos (IPECR) asociados a las actividades a realizar, así como los controles de seguridad identificados.  Formato de Identificación de Aspectos e Impactos Ambientales (IAIA)  Certificado de aptitud médica ocupacional vigente. Contratista de riesgo moderado  Formato de identificación de peligros y riesgos (IPECR) asociados a las actividades a realizar, así como los controles de seguridad identificados.  Certificado de Capacitación de los trabajadores en el servicio que van a desarrollar y referente a los riesgos identificados en el IPERC.  Listado de los Equipos de Protección Personal entregados a sus trabajadores de acuerdo al IPERC. Los EPP deberán cumplir normativas correspondiente (ANSI/ENN/NTP).  Vigencia de Seguro contra Accidentes.  Formato de Identificación de Aspectos e Impactos Ambientales (IAIA)