Reglamento Seguridad Para Contratistas CENCOSUD 2013

CENCOSUD COLOMBIA REGLAMENTO DE SEGURIDAD INTEGRAL PARA TERCEROS CODIGO VERSIÓN VIGENCIA 1 12/12/2012 REGLAMENTO DE SE

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CENCOSUD COLOMBIA

REGLAMENTO DE SEGURIDAD INTEGRAL PARA TERCEROS CODIGO VERSIÓN VIGENCIA 1 12/12/2012

REGLAMENTO DE SEGURIDAD INTEGRAL PARA TERCEROS

(Aplica a todos los centros de trabajo) Febrero 2013

INTRODUCCIÓN El Reglamento de Seguridad integral para terceros, tiene como objetivo establecer las reglas, procedimientos, normas de trabajo, que deben ser adoptados e implementados por los Contratistas dentro de las áreas operacionales de la Compañía, siendo de obligatorio cumplimiento y hacen parte integral de los contratos establecidos por CENCOSUD, con el propósito de garantizar adecuadas condiciones de seguridad y bienestar a los trabajadores, clientes y el cuidado de los recursos de la compañía.

Considerando que todas las obligaciones legales y normativas, no pueden ser incluidas en el presente documento, pudiéndose además presentar posibles actividades relacionadas con riesgos especiales durante la adecuación de las instalaciones, operación y mantenimiento de nuestras actividades (trabajos en espacios, excavaciones, operación con maquinaria pesada, entre otros), los contratistas según sea el caso deberán adoptar las normas y legislación particular que sobre el tema correspondiente deban cumplir, incluidas las dispuestas como de obligatorio cumplimiento por el Instituto Colombiano de Normas Técnicas ICONTEC, la legislación nacional o CENCOSUD. Así mismo, las precauciones adicionales y buen juicio demanden las actividades para el control de los riesgos.

OBJETIVOS

1.

Establecer los requisitos básicos que deben tener en cuenta las empresas externas que desarrollen directa o indirectamente servicios o labores en instalaciones de CENCOSUD.

2.

Dar a conocer a los contratistas de CENCOSUD, los requisitos y normas de seguridad, que deben ser implementos para la ejecución de los servicios contratados.

3.

Minimizar la ocurrencia de accidentes, incidentes y o emergencias, que puedan afectar a nuestros trabajadores, clientes o recursos, producto de los actividades relacionados con los servicios contratados.

4.

Exigir a las empresas contratistas y terceros el cumplimiento de los requerimientos establecidos por la empresa en materia de seguridad y salud en el trabajo además de los requisitos legales de salud ocupacional y afiliaciones al Sistema de Seguridad Social Integral y sus recientes reformas.

GENERALIDADES

COBERTURA El presente reglamento aplica al desarrollo de, todas las actividades económicas, que por razón del servicio se contraten, incluyendo los locatarios. DEFINICIONES:  CONTRATISTA/PROVEEDOR : Persona natural o jurídica que mediante un contrato, orden de trabajo y/o servicios o cualquier otro convenio aceptado por CENCOSUD, se obligue a realizar trabajos o prestación de servicios para la Compañía, bajo su entera responsabilidad, bien en forma directa o a través del personal subcontratado por ella.  SUBCONTRATISTA: Es toda persona que presta sus servicios a una empresa contratista  VISITANTE: Es toda persona que ingresa a las instalaciones de CENCOSUD a cumplir citas o compromisos sin que esto implique ningún tipo de contrato o relación contractual.  SALUD OCUPACIONAL: Actividades orientadas a garantizar adecuadas condiciones de seguridad y salud para los trabajadores y personas que se relacionen con nuestra actividad, trabajadores, clientes y contratistas entre otros.  PELIGRO: Fuente, situación o acto con potencial de daño en términos de enfermedad o lesión a las personas o una combinación de estos. OHSAS 18001:2007 – GTC 45 2010-12-15.  RIESGO: Combinación de la probabilidad de que ocurra un(os) evento(s) o exposición (es) peligrosa y la severidad de la lesión o enfermedad que pueda ser causada por el evento(s) o exposiciones. OHSAS 18001:2007 – GTC 45 2010-12-15.  RIESGO PROFESIONAL: Son riesgos profesionales el accidente que se produce como consecuencia directa del trabajo o labor desempeñada, y la enfermedad que hay sido catalogada como profesional por el Gobierno Nacional.

 ACCIDENTE DE TRABAJO: Suceso repentino que sobreviene por causa o con ocasión del trabajo y que produce una lesión organica, una perturbación funcional o psiquiátrica, una invalidez o la muerte. Ley 1562/2012.  ENFERMEDAD PROFESIONAL: Resultados de la exposición a factores de riesgo inherentes a la actividad laboral o del medio en el que el trabajador se ha visto obligado a trabajar. Ley 1562/2012.  SEGURIDAD INDUSTRIAL: Comprende el conjunto de actividades destinadas a la identificación y control de las causas de los accidentes de trabajo.  HIGIENE INDUSTRIAL: Comprende el conjunto de actividades destinadas a la identificación, evaluación y control de los agentes y factores del ambiente de trabajo que puedan afectar la salud de los trabajadores.  MEDICINA DEL TRABAJO: Es el conjunto de actividades medicas y paramédicas destinadas a promover y mejorar la salud del trabajador, evaluar su capacidad laboral y ubicarlo en un lugar de trabajo de acuerdo a sus condiciones psico - biológicas.  RESPONSABILIDAD EN MATERIA LABORAL: Es la generada por el compromisos adquiridos en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo. Responsabilidad Civil : Responsabilidad de un tercero frente a los daños económicos causados a una cosa o persona. Se paga con dinero de acuerdo a los perjuicios. Responsabilidad Penal: derivada por la realización de un delito (toda aquella conducta (acción u omisión) contraria al ordenamiento jurídico del país donde se produce) En el caso que sea el empleador que por culpa o por dolo causa el ATEL comete un delito que puede generar interdicción, retención domiciliaria o cárcel. Responsabilidad Administrativa: Multas o sanciones surgidas por el incumplimiento de las responsabilidades en materia laboral que deben adelantar entre otros los Empleadores.

1. ASPECTOS BÁSICOS PARA LA GESTION DEL CONTROL DE RIESGOS Las actividades desarrolladas en el desarrollo de las labores de los contratistas, implican riesgos de diferente índole tanto para las personas, instalaciones y medio ambiente, siendo necesaria su identificación oportuna y el establecimiento controles adecuados. 1.1

ORGANIZACIÓN, RESPONSABILIDADES Y RECURSOS

1.1.1

RECURSOS

Toda empresa contratista que ejecute trabajos en las instalaciones de CENCOSUD al presentar propuestas y licitaciones deberá especificar y certificar los recursos que asignara para el cumplimiento de su Sistema de Gestión en Seguridad y Salud en el Trabajo. 1.1.2

RESPONSABILIDADES

Los contratistas al presentar sus propuestas, deben demostrar la existencia un esquema organizacional que garantice el cumplimiento de las normas de salud ocupacional, normatividad y legislación vigente para el desarrollo de las actividades propias del contrato y sus riesgos relacionados. 1.1.3 

REQUSITOS LEGALES Afiliación al sistema de seguridad social

Tener su personal afiliado a una Administradora de Riesgos Laborales ARL, así como a una Entidad Promotora de Salud EPS. En caso de haber sido establecido un Contrato Civil deberá poseer un seguro colectivo, que brinde cobertura a cualquier eventualidad sufrida por sus trabajadores y personas relacionadas en el desarrollo de las labores del contrato establecido o establecer un contrato escrito con un Entidad de Salud que asegure la atención en caso de ser requerida. Una vez trascurrido el tiempo previsto para la entrega del carné por parte de la E.P.S, será responsabilidad del contratista, garantizar que el funcionario lo porte permanentemente, en ningún caso se podrán iniciar trabajos sin contar con toda la identificación necesaria y esta será exigida al ingresar a las instalaciones de CENCOSUD.



Reglamento de Higiene y seguridad industrial

Todo contratista que tenga a su servicio 10 o más trabajadores, por exigencias legales, deberá demostrar la existencia de su Reglamento de Higiene y Seguridad Industrial y deberá documentar la divulgación del mismo a todos sus trabajadores. 

Comité Paritario de Salud Ocupacional o Vigía de Salud Ocupacional

La empresa contratista o proveedora con más de 10 trabajadores debe tener conformado el Comité Paritario de Salud Ocupacional COPASO y/o contar con vigías de Salud Ocupacional de acuerdo al número de trabajadores contratados, igualmente deberá mantener documentada la conformación y funcionamiento del COPASO de acuerdo con la resolución 2013 y el decreto 1295 del Ministerio de Protección Social. 1.1.4 IDENTIFICACIÓN Y EVALUACION DE LOS FACTORES DE RIESGO El Contratista debe realizar las actividades de identificación, valoración y diagnostico de riesgos, mediante análisis cualicuantitativo, de acuerdo con las actividades y procedimientos a desarrollar, para establecer las medidas de prevención y control de los mismos, este análisis puede ser solicitado por las instancias de control interno de CENCOSUD cuando esta actividad implique labores de alto riesgo y deben ser específicas para esa actividad. 1.1.5 PROGRAMA DE CAPACITACIÓN Y ENTRENAMIENTO EN PREVENCIÓN Y CONTROL DE RIESGOS

Toda empresa contratista como complemento a los requisitos internos determinados por CENCOSUD, para presentar propuestas, deberá demostrar la existencia a través de evidencias de su programa de inducción, capacitación y entrenamiento en temas de Medicina Preventiva y del Trabajo, Seguridad Industrial, Medio Ambiente y Preparación para Emergencias. Antes de iniciar las actividades, se revisarán las actividades de prevención propuestas y se ajustaran en forma conjunta con el Contratista, de acuerdo con las características del contrato (áreas de trabajo, riesgos, duración, número de trabajadores).

3. MEDICINA PREVENTIVA Y DEL TRABAJO Toda empresa contratista deberá demostrar la existencia del desarrollo de actividades en medicina preventiva y del trabajo, las cuales deben incluir como mínimo: 3.1. EXAMENES DE INGRESO Examen medico general enfocado a evaluar la aptitud y condiciones de salud del trabajador de acuerdo con las características del trabajo a desarrollar y según los riesgos ocupacionales a los cuales va a estar expuesto. Los exámenes de laboratorio y para-clínicos deben estar definidos de acuerdo con los riegos y características de la actividad que vaya a desarrollar el trabajador (manejo de montacargas y trabajo en alturas, entre otros). Otras valoraciones en salud podrán ser solicitadas por CENCOSUD de acuerdo con las características del contrato, como por ejemplo en labores de trabajos en alturas. 3.2. EXAMENES PERIODICOS Según los factores de riesgo de cada cargo y las características del contrato (duración), se debe hacer monitoreo de las condiciones de salud de los trabajadores. El tipo de exámenes y su periodicidad se definirán según las recomendaciones y legislación vigentes. 3.3. EXAMENES DE EGRESO De acuerdo con las disposiciones legales la empresa Contratista, debe citar a examen médico de egreso a todo trabajador que termine su contrato de trabajo, estos deben valoraciones clínicas y para-clínicas, de acuerdo con los factores de riesgo a los que estuvo expuesto.

3.4. ACTIVIDADES DE PROMOCION Y PREVENCIÓN EN SALUD Se definirán y desarrollarán de acuerdo con los riesgos a controlar según las características del contrato, debiendo formar parte de su Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo.

3.5. PROGRAMAS DE VIGILANCIA EPIDEMIOLOGICA En caso que amerite y de acuerdo con los riesgos específicos se debe hacer seguimiento de la salud de los trabajadores expuestos a los mismos, determinando y aplicando las medidas correctivas según las características individuales. 3.6 REGISTROS Y ESTADÍSTICAS EN SALUD El contratista debe tener un sistema de registro de la atención médica prestada a los trabajadores y debe elaborar informes de morbimortalidad, según lo establecido en las actividades de medicina preventiva y del trabajo y según las prioridades de salud que se vayan identificando.

4. HIGIENE INDUSTRIAL

Las empresas contratistas y proveedores deberán demostrar la existencia de un plan de gestión en Higiene Industrial, cuando las labores incluyan riesgos para el ambiente laboral donde se exponen sus trabajadores. 4.1. IDENTIFICACIÓN DE RIESGOS Con base en los panoramas de riesgos establecidos por CENCOSUD y las empresas contratistas, las condiciones de los ambientes y los estudios higiénicos adelantados en las áreas de trabajo donde se desarrollarán las actividades por parte de los contratistas, se deben adaptar los programas preventivos y de control necesarios (implementos de seguridad, elementos de protección personal, señalización, etc.).

5. SEGURIDAD INDUSTRIAL 5.1 ESTANDARES Y PROCEDIMIENTOS OPERATIVOS SEGUROS Las empresas contratistas al presentar propuestas deberán evidenciar la existencia de sus normas y procedimientos de seguridad, de acuerdo con riesgos inherentes a su actividad. En caso de realizar labores de alto riesgo como por ejemplo trabajos en alturas, el contratista deberá tener una supervisión de estas

labores permanentemente a través de una persona idónea o competente certificada en este tema de acuerdo con los lineamientos de la legislación nacional

5.2 PROGRAMA DE MANTENIMIENTO DE INSTALACIONES Y EQUIPOS Los Contratistas deberán demostrar la existencia de un programa de mantenimiento preventivo y correctivo de los elementos y equipos usados para la prestación del servicio a CENCOSUD. Así mismo, dispondrán del inventario de equipos y materiales utilizados en los procesos, la seguridad de los mismos estará a cargo de la empresa Contratista. Así mismo, velaran por el mantenimiento en las mejores condiciones de instalaciones, equipos y herramientas asignados, informando oportunamente a CENCOSUD las novedades encontradas.

5.3 DOTACIÓN DE ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL Las empresa contratista debe suministrar oportunamente en cantidad y calidad los elementos de protección personal necesarios, las características técnicas de los mismos estarán acordes con los riesgos reales y potenciales en cada actividad, igualmente deben capacitar a los trabajadores usuarios de los mismos en la forma de uso, cuidado y mantenimiento, de acuerdo con las características del contrato. 5.4 HOJAS DE SEGURIDAD DE MATERIALES Y PRODUCTOS Toda empresa contratista debe contar con las hojas de seguridad de materiales y productos utilizados o generados en la labor contratada, así mismo, contar con procedimientos de intervención para afrontar los casos de afectación accidental a personas, fuga o derrame.

5.5

PREPARACION PARA EMERGENCIAS Y/O CONTINGENCIAS

Toda empresa contratista debe cumplir antes del inicio de sus labores con una capacitación informativa por parte del personal de seguridad del Plan de Emergencia establecido por CENCOSUD en el lugar donde desarrollará sus labores, además de realizar un recorrido de las áreas de la misma y conocer el punto de encuentro y las salidas de emergencia, en caso de accidente y emergencias se deberá tener claro el uso del servicio de Primeros Auxilios si lo hay o de los brigadistas de turno entrenados.

6

SISTEMA DE EVALUACIÓN Y CONTROL

Toda empresa contratista deberá de acuerdo con las disposiciones legales contar con un sistema de registro y reporte de información de salud ocupacional y medio ambiente, el cual puede ser consultado por CENCOSUD y las autoridades correspondientes, en cualquier momento. 6.1 INSPECCIONES Las empresas contratistas deben establecer un programa de inspecciones de seguridad, orientado a identificar y controlar oportunamente las condiciones de riesgo en las áreas donde se desarrollen las actividades del contrato. 6.2 SEGUIMIENTO Toda empresa contratista debe establecer los procedimientos de verificación y seguimiento de actividades que permitan evaluar el desarrollo del Sistema de Gestión en Seguridad y Salud en el Trabajo y manejo ambiental durante la ejecución del contrato y CENCOSUD podrá realizar las verificaciones que considere pertinentes en cualquier momento.

7

NORMAS ESPECIFICAS DE SEGURIDAD

7.1 RESPONSABILIDADES DEL CONTRATISTA 

Hacer cumplir a su personal contratado, las normas, afiliación a seguridad social y procedimientos que CENCOSUD y la empresa contratada establezcan en materia de Salud Ocupacional, para la ejecución del contrato.



Disponer de una lista actualizada de sus colaboradores que incluya lista de personas contacto o de un familiar en caso de accidente o emergencia.



Suministrar para la ejecución del contrato, personal idóneo, adecuado a las características de trabajo asignado, capacitado y certificado si es necesario, con capacitación e instrucciones de seguridad para la prevención de accidentes, enfermedades y emergencias, con relación a los riesgos relacionados con el desarrollo del contrato.



Dotar a los trabajadores con equipos, herramientas y elementos seguros y en adecuadas condiciones de operación, así como de elementos de protección personal requeridos para la ejecución del trabajo, considerando

las recomendaciones de Salud Ocupacional y Prevención Pérdidas de CENCOSUD. Si estos son suministrados por CENCOSUD velarán por su adecuado cuidado y los daños deben ser asumidos por el contratista. 

Implementar todas las medidas de seguridad necesarias para el desarrollo de trabajos de alto riesgo.



Igualmente los daños y prejuicios causados por el Contratista o por el personal vinculado directa o indirectamente con él, que afecten los Recursos de CENCOSUD o a terceros durante el desarrollo del cumplimiento del contrato, serán cubiertos totalmente por el Contratista.

El Contratista se responsabilizará por los siguientes aspectos relacionados con la ocurrencia de accidentes laborales de sus trabajadores: 

Atención y traslado en condiciones y vehículos adecuados (los costos generados por traslado en ambulancia serán asumidos por el Contratista).



Diligenciamiento y trámite de los reportes de accidente de trabajo y/o enfermedades profesionales.



Acatar y solucionar las recomendaciones que se deriven de las inspecciones de seguridad realizadas por parte de CENCOSUD.



Suministrar oportuna y claramente al Jefe Control Pérdidas o encargado de la instalación donde se ejecuten los trabajos, la siguiente información:    

Tipo de trabajo Relación e identificación del personal Fechas y horarios de trabajo Relación detallada (descripción y cantidad) de equipos y herramientas a utilizar.



Los elementos de protección personal, equipos, herramientas y materiales de seguridad que el Contratista vayan ingresar a las instalaciones de CENCOSUD, deberán ser relacionadas en el libro de minuta de ingreso de equipos y herramientas, de tal forma que puedan ser verificados al ser sacados de la instalación.



Los elementos de protección personal, equipos, herramientas y materiales de seguridad que los Contratistas utilicen en la ejecución de un trabajo o sean suministrados estarán bajo su entera vigilancia, cuidado y responsabilidad.



Todos los funcionarios de la empresa Contratista deben acreditar su autorización para ejecutar trabajos mediante carnet de identificación, cualquier

novedad o cambio de personal se deberá notificar oportunamente por la empresa Contratista. 

Contratar a personal calificado para las labores a realizar y capacitar al personal en los riesgos propios de los trabajos a desarrollar.

7.1.1. Consumo de No alcohol , drogas y tabaquismo La empresa contratista deberá acatar y cumplir la política de prevención del alcohol y drogas establecida por CENCOSUD, mientras presten sus servicios queda estrictamente prohibido sus uso en las instalaciones de CENCOSUD.

7.2

RESPONSABILIDAD DEL TRABAJADOR CONTRATADO 

Acatar las normas y procedimientos que se emanen en materia de Seguridad e Higiene Industrial por parte de CENCOSUD ó su empleador.



Reportar de inmediato cualquier deficiencia en seguridad identificada al responsable del trabajo por parte de CENCOSUD.



Usar adecuada y permanentemente los elementos de protección personal que suministre la empresa Contratista y CENCOSUD.



Todo accidente, debe ser notificado al representante de CENCOSUD encargado del contrato, y la empresa contratista deberá reportarlo ante su ARP dentro de las primeras 48 horas.



Permanecer solamente en las áreas de trabajo autorizadas y dentro de los horarios establecidos por CENCOSUD, para el desarrollo de las actividades del contrato.



Cumplir con las normas de seguridad para la ejecución de trabajos de alto riesgo (trabajo en alturas, trabajos en caliente y espacios confinados, entre otros)



Todos los contratistas deberán seguir el sistema de permisos de trabajo en caliente, trabajos eléctricos, en espacios confinados, si las labores a ejecutar incluyen estos riesgos, los cuales serán exigidos por parte de los encargados de seguridad de las instalaciones.

7.2.1 TRABAJOS ELÉCTRICOS 

Deben seguir los lineamientos del RETIE.



Orden y aseo de herramientas y equipos.



Si hay necesidad de laborar en ambientes húmedos, se debe trabajar sin tensión eléctrica.



No laborar en atmósferas explosivas (Partículas de polvo, vapores inflamables, exceso de oxigeno).



Utilizar los E.P.P. necesarios (Guantes, botas y cascos dieléctricos).



Disponer de avisos preventivos que adviertan o otros de estas labores de alto riesgo de accidente.

7.2.2 TRABAJOS EN ALTURAS Disponer de un supervisor permanente de las labores certificado por el SENA, entregar copia de la misma al Jefe de control pérdidas. 

Utilizar los implementos de aseguramiento y anclaje en buen estado (arneses, mosquetones, cintas, andamios y escaleras entre otros).



Disponer de las respectivas certificaciones de trabajo en alturas de acuerdo al grado de complejidad de la tarea en alturas



Realizar verificación y chequeo de los equipos y elementos a utilizar antes de iniciar trabajos.



Utilizar siempre la dotación completa de protección personal (Casco con barbuquejo, arnés, guantes, botas de seguridad).



Contar siempre con líneas alternas de seguridad o de vida.



Aislar y proteger los perímetros de acción del área en la cual se esté laborando. (como mínimo 2metros).



Contar con un plan de contingencia para posibles accidentes.



Diligenciar el permiso de trabajo en alturas definido por la empresa contratista.



Acatar todas las medidas de protección y de prevención consignadas en al resolución 1409 del 2012, del reglamento de seguridad para protección contra caídas en alturas.



Los trabajos que se realicen con andamios, deben cumplir las normas de seguridad establecidas.

8. PROHIBICIONES AL CONTRATISTA Y SUS TRABAJADORES DEPENDIENTES CONTRATADOS DIRECTAMENTE O SUBCONTRATADOS. Introducir armas, explosivos, bebidas embriagantes o instalaciones de la empresa.

narcóticos, a las

Ingresar a las instalaciones de CENCOSUD, en estado de embriaguez o bajo los efectos de estimulantes, narcóticos o drogas alucinógenas. Bloquear, los equipos de seguridad de las instalaciones como extintores, gabinetes, hidrantes, bases de emergencia, rociadores, detectores, botiquines, señalización, salidas de emergencia, etc. Evitar realizar instalaciones provisionales de cualquier tipo de fluido (Eléctrico, agua, aire, combustibles líquidos o gaseosos, químicos, etc.); estos servicios deberán ser solicitados previamente y ejecutados bajo el visto bueno de la Gerencia de Mantenimiento y encargado de mantenimiento de la instalación.

Al retirarse de las instalaciones se deberán verificar que los equipos eléctricos se encuentren desconectados y que no exista posibilidad de generación de riesgos eléctricos.

9. SANCIONES Cualquier incumplimiento a las normas de seguridad establecidas por CENCOSUD o de este Reglamento por parte de la empresa contratista, proveedor o tercero, serán evaluadas por la empresa con las dependencias interesadas según su gravedad a fin de tomar acciones y correctivos, las cuales pueden ir incluso hasta la terminación del contrato.

NORMAS ESPECÍFICAS PARA LOCATARIOS Todo Locatario que manipule, procese y comercialice alimentos deberá acatar las disposiciones exigidas por el Decreto 3075 de 1997 del Ministerio de Salud. 1. Los empleados antes de empezar a laborar deberán contar con su respectivo curso de manipulación de alimentos, el cual debe estar vigente y de igual forma con los exámenes médicos que acrediten que sus condiciones de salud son adecuadas para la manipulación y procesamiento de alimentos. 2. Todos los funcionarios que laboren en los locales deben estar afiliados a una EPS (Entidad Promotora de Salud) y una ARL (Administradora de Riesgos Laborales), de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 100 de 1993, el Decreto 1295 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de 1994 y la Ley 1562 de 2012. 3. Se debe contar con los elementos de protección personal adecuados para la labor. 4. En caso de exhibirse los alimentos, se debe contar con una barrera protectora en vidrio o pasta transparente. 5. Los alimentos que sobrepasen la fecha de vencimiento deberán ser evacuados oportunamente, aislándolo de los productos vigentes. 6. Las condiciones higiénicas y sanitarias de las instalaciones y equipos donde se almacenan y procesan los alimentos deben permanecer en perfecto estado. Se debe efectuar al inicio y al final de cada jornada una limpieza general de estos elementos para garantizar su adecuado estado. 7. Si el locatario contrata a un tercero para labores o servicios deberá cumplir esta tercero o contratista con lo exigido en este reglamento.

Así mismo, deberán cumplir con toda la normatividad estipulada en este.

En caso de inminente riesgo para la vida de las personas, el personal de la Dirección de Prevención de Pérdidas podrá suspender temporalmente las actividades desarrolladas por el Contratista, hasta tanto no se corrijan las condiciones de riesgo, informando inmediatamente a la Unidad interna que esta a cargo del contrato,

REGLAMENTO DE SEGURIDAD INTEGRAL PARA TERCEROS CODIGO VERSIÓN VIGENCIA 1 12/12/2012

CENCOSUD COLOMBIA

ACTA DE ENTREGA REGLAMENTO DE CONTRATISTAS

HE RECIBIDO Y LEIDO EL MANUAL DE NORMAS DE SALUD OCUPACIONAL PARA

CONTRATISTAS

DE

CENCOSUD,

PARA

DISTRIBUIRLO

AL

PERSONAL QUE SE ENCUENTRA A MI CARGO.

AL ENTREGAR ESTE REGLAMENTO AL PERSONAL A MI CARGO, ESTOY INFORMANDO

DEL

COMPROMISO

QUE

CADA TRABAJADOR

DEBE

CUMPLIR Y DEBE HACER CUMPLIR, ADEMAS DE LAS NORMAS Y REGLAMENTACIONES DE CENCOSUD AQUI DEFINIDAS.

NOMBRE DE LA EMPRESA

_________________________________

REPRESENTANTE LEGAL

_________________________________

NOMBRE DE LA PERSONA RESPONSIBLE DE LA _________________________________ EJECUCION DE TRABAJOS EN CENCOSUD

FIRMA DEL RESPONSABLE

_________________________________