Programacion Multianual

PROGRAMACIÓN MULTIANUAL DEFINICIÓN Es un proceso de análisis técnico que realizan las entidades públicas para establece

Views 55 Downloads 4 File size 178KB

Report DMCA / Copyright

DOWNLOAD FILE

Recommend stories

Citation preview

PROGRAMACIÓN MULTIANUAL

DEFINICIÓN Es un proceso de análisis técnico que realizan las entidades públicas para establecer prioridades sobre los objetivos y metas, así como la asignación de recursos para lograr tales objetivos.

¿POR QUIEN ES REGULADO?

¿QUÉ SE BUSCA CON ESTE PROCESO?

Este proceso es regulado por la Dirección General de Presupuesto Público.

Se busca mejorar la coordinación entre los diferentes niveles de gobierno y las distintas unidades ejecutoras, incentivar la práctica del planeamiento estratégico y mejorar el presupuesto anual orientado a resultados.

PASOS DE LA PROGRAMACIÓN MULTIANUAL PASO 1

PASO 2

PASO 3

Conforma la “Comisión de Programación Multianual”

Se determina la escala de prioridades de los objetivos y Programas Presupuestales.

Se desarrolla la propuesta de metas físicas multianuales.

PASO 4

PASO 5

PASO 6

Programación de las metas físicas y la proyección multianual.

Alineamiento de estrategias a los resultados de los Programas Presupuestales.

PASO 7 Verificación de consistencia de pasos y registro.

Requerimiento actividades.

financiero

de

COMISIÓN DE PROGRAMACIÓN MULTIANUAL

ENTIDADES Y ÁREAS PARTICIPANTES

CONFORMACIÓN

Titulas de la entidad, oficina de presupuesto, comisión multianual, oficina de planificación y áreas usuarias de la entidad.

El titular de la entidad conforma una comisión de Programación Multianual, presidida por el jefe de Presupuesto de la entidad.

ACCIONES

Revisa la información de los productos y resultados logrados.

Revisa el avance en la mejora del diseño y seguimiento del desempeño de programas presupuestales

Revisa y prioriza los objetivos de la entidad.

Determina los productos, las metas físicas e indicadores de desempeño a nivel de programas presupuestales.

Evalúa la capacidad institucional.

Prioriza los productos.

Determina los gastos para los tres años.

Define la estructura programática y su vinculación con la estructura funcional.

Optimiza las Acciones Centrales y las APNOP.

Presenta el resumen ejecutivo de la programación multianual.

ESCALA DE PRIORIDADES Y CRITERIOS

ORDEN DE PRELACIÓN

GASTOS

El orden de prelación se establece en función a:

Todos los gastos sujetos al ejercicio de programación multianual deben cumplir los siguientes criterios.

-

Las prioridades de gobierno. Los planes estratégicos. Los planes de desarrollo y los planes institucionales.

-

Continuidad. Ejecutabilidad. Consistencia. Pertinencia y cierre de brecha.

PROGRAMACIÓN MULTIANUAL

DETERMINACIÓN DE METAS Se debe identificar las metas de producción y provisión de bienes y/o servicios con relación a los objetivos prioritarios vinculados a los resultados específicos de los Programas Presupuestales que serán implementados por la entidad para el año de la Programación Multianual.

REGISTRO Y SUSTENTACIÓN DE LA PROGRAMACIÓN MULTIANUAL

La estructura programática y funcional, las metas, las cadenas de ingresos y gastos, y los montos de la programación multianual deben ser registradas por las entidades del gobierno nacional, regional y local en el MODULO DE PROGRAMACIÓN MULTIANUAL en los plazos previstos. Las entidades públicas del gobierno nacional y regional deberán sustentar la información elaborada en función a la asignación presupuestaria multianual y sus parámetros respectivos, siendo esta consistente con los contenidos mínimos del Resumen Ejecutivo.

PROGRAMACIÓN MULTIANUAL DIRECTIVA N°001 -2020 – EF/50.01 DIRECTIVA DE PROGRAMACIÓN MULTIANUAL PRESUPUESTARIA Y FORMULACION PRESUPUESTARIA – CAPÍTULO I

ARTÍCULO 1. OBJETO Y ALCANCE Establecer las disposiciones técnicas para que las entidades del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, así como los organismos públicos y empresas no financieras de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, programen y formulen su presupuesto institucional con una perspectiva multianual, orientado al logro de los resultados priorizados establecidos en las leyes anuales de presupuesto.

ARTÍCULO 2. REFERENCIAS Y DEFINICIONES

-

-

-

Decreto Legislativo N° 1440 (Sistema Nacional de Presupuesto Público). Ley N°28411 (Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto). Entidad Pública. Programación Multianual Presupuestaria. Formulación Presupuestaria. Asignación Presupuestaria Multianual. Proyectos. Ingresos correspondientes a los Recursos Humanos del Sector Publico. Módulo de Contratos de Asociación Publico Privada (APP)

ARTÍCULO 3. OBJETIVOS DE LA PROGRAMACIÓN MULTIANUAL PRESUPUESTARIA Y FORMULACIÓN PRESUPUESTARIA

-

-

-

Prever recursos. Desagregar la Asignación Presupuestaria Multianual (APM), a partir de la estimación de recursos disponibles. Determinar la estructura funcional programática. Establecer la vinculación de los proyectos en general a las categorías presupuestarias. Proponer la distribución de la APM para el cumplimiento de objetivos. Considerar las disposiciones de los demás conformantes de la Administración financiera.

DIRECTIVA DE PROGRAMACIÓN MULTIANUAL PRESUPUESTARIA Y FORMULACION PRESUPUESTARIA – CAPÍTULO I

ARTÍCULO 4. COMISIÓN DE PROGRAMACIÓN MULTIANUAL PRESUPUESTARIA Y FORMULACION PRESUPUESTARIA

-

-

El Titular de la entidad conforma la comisión que se encargara de coordinar el proceso de Programación Multianual Presupuestaria y Formulación Presupuestaria. La Comisión bajo la supervisión del Titular de la entidad se encarga de revisar la información de productos integrados, evaluar el nivel de cumplimiento de matrices de compromisos, priorizar gastos, determinar las metas físicas, optimizar las Acciones Centrales, evaluar la capacidad institucional y culmina con la presentación de la desagregación de la APM.

ARTÍCULO 5. RESPONSABILIDADES DE LA OFICINA DE PRESUPUESTO DE LA ENTIDAD.

-

-

-

-

Brinda apoyo técnico a la Comisión de Programación Multianual Presupuestaria y Formulación Presupuestaria. Presta asesoría técnica. Propone la distribución del monto para el año cuyo presupuesto se está elaborando. Supervisa la concordancia de los costos. Prepara y remite la información requerida a la Dirección General de Presupuesto Público. Actualiza la propuesta de Programación Multianual. Verifica el registro en el MODULO DE PROGRAMACIÓN MULTIANUAL.

ARTÍCULO 7. ETAPAS DE LA PROGRAMACIÓN MULTIANUAL PRESUPUESTARIA Y FORMULACIÓN PRESUPUESTARIA.

-

-

Programación de Ingresos. Sustentación del desempeño y logro de resultados. Aprobación y comunicación de la Asignación Presupuestaria Multianual. Distribución y registro de la Asignación Presupuestaria Multianual.

ACCIONES -

Formulación de ingresos, gastos y sustentación. Levantamiento de observaciones y subsanación del registro de la Formulación presupuestaria.

CAPÍTULO II PROGRAMACIÓN MULTIANUAL PRESUPUESTARIA Y FORMULACIÓN PRESUPUESTARIA

SUBCAPÍTULO I. PROGRAMACIÓN MULTIANUAL PRESUPUESTARIA

SUBCAPÍTULO II. FORMULACIÓN PRESUPUESTARIA.

ARTÍCULO 8. Programación de ingresos. ARTÍCULO 9. Sustentación de desempeño y logro de resultados. ARTÍCULO 10. comunicación.

Estimación,

ARTÍCULO 11. Criterios Multianual Presupuestaria.

para

aprobación la

y

ARTÍCULO 16. Formulación presupuestaria e información para el Anteproyecto de Ley de Presupuesto.

Programación

ARTÍCULO 17. Sustentación de la información de la Formulación Presupuestaria.

ARTÍCULO 12. Criterios específicos para estimar el gasto público.

ARTÍCULO 18. Informe de Programación Multianual Presupuestaria.

ARTÍCULO 13. Presupuestaria de Presupuestaria.

ARTÍCULO 15. Registro de la Programación Multianual Presupuestaria de Ingresos y gastos.

Programación gastos por

Multianual Categoría

ARTÍCULO 14. Estructura de la APM. ARTÍCULO 15. Registro de la Programación Multianual Presupuestaria de Ingresos y gastos.

CAPÍTULO III. DISPOSICIONES ESPECIALES PARA CADA NIVEL DE GOBIERNO

SUBCAPÍTULO I. GOBIERNOS NACIONALES Y REGIONALES

SUBCAPÍTULO II. GOBIERNOS LOCALES

SUBCAPÍTULO III. ORGANISMOS PUBLICOS Y EMPRESAS NO FINANCIERAS DE LOS GOBIERNOS REGIONALES Y LOCALES

ARTÍCULO 25. Alcance ARTÍCULO 19. Desactivación, fusión y creación de Unidades Ejecutoras. ARTÍCULO 20. Inversiones a ser ejecutadas por los Gobiernos Regionales y Locales con apoyo de los Nacionales. ARTÍCULO 21. Actividades a ser ejecutadas por los Gobiernos Regionales y Locales con apoyo de los Nacionales. ARTÍCULO 22. Sustentación Formulación Presupuestaria.

de

la

ARTÍCULO 23. Normas complementarias para la determinación de los gastos e ingresos públicos. ARTÍCULO 24. Sustentación y presentación de la Programación Multianual Presupuestaria.

ARTÍCULO 26. Responsabilidades del Titular de la ETE. ARTICULO 27. Disposiciones adicionales para la Programación Multianual Presupuestaria y la Formulación Presupuestaria en la ETE. ARTICULO 28. Estimación multianual de ingresos en la ETE. ARTICULO 29. sustentación de Presupuestaria.

Reuniones de la Formulación