FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES, FINANCIERAS Y ADMINISTRATIVAS ESCUELA PROFESIONAL DE CONTABILIDAD ASIGNATURA: DERECHO F
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FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES, FINANCIERAS Y ADMINISTRATIVAS ESCUELA PROFESIONAL DE CONTABILIDAD
ASIGNATURA: DERECHO FINANCIERO
DOCENTE: LIC. FANY VERA GUTIERREZ
HUARAZ – PERÚ – 2019
INTRODUCCIÓN
El presente trabajo es el resultado de la investigación que el grupo ha realizado sobre los Principios del Derecho Presupuestario. El Derecho presupuestario al igual que otras ramas del Derecho Financiero del cual forma parte, contiene principios. Los principios del Derecho Presupuestario son aplicables no solo al presupuesto sino a la temática vinculada a este. Sobre el concepto de los Principios del Derecho Presupuestario o principios presupuestarios, señala el maestro español Cazorla Prieto en su obra “Derecho Financiero y Tributario” que los principios presupuestarios son: “reglas de naturaleza jurídica y de contenido técnico que constituyen en mayor o menor grado expresión de principios jurídicos en sentido estricto y que se configuran al servicio del más satisfactorio cumplimiento del ciclo presupuestario en su integridad”, destaca el maestro el carácter de normas legales de los principios del Derecho presupuestario, las cuales no son de entendimiento sencillo al tener una estructura eminentemente técnica. Es de notar, sin embargo, que muchos de estos principios surgen con la creación del Estado constitucional del siglo XIX con la clásica división de poderes, por lo que algunos de ellos debemos tomarlos con cuidado por las transformaciones económicas, sociales y políticas ocurridas hasta nuestros días. Finalmente, se procede desarrollar el marco teórico de los principios del Derecho Presupuestario, desglosado en el presente trabajo, la misma que está sujeto a las recomendaciones y críticas constructivas. El Grupo.
PRINCIPIOS DEL DERECHO PRESUPUESTARIO
CONCEPTO Alvarado, J. (2004). Señala que los principios son un conjunto de normas y reglas de naturaleza jurídica que se aplican al ciclo presupuestario, es decir en su elaboración, aprobación, ejecución y control.
El Derecho presupuestario al igual que otras ramas del Derecho Financiero del cual forma parte, contiene principios que lo estructuran que deben respetarse, son algunos principios propios del Derecho Presupuestario y otros son principios que se aplican a esta rama del Derecho pero no de forma exclusiva. Los principios del Derecho Presupuestario son aplicables no solo al presupuesto sino a la temática vinculada a este.
El Sistema Nacional de Presupuesto Los Principios en el Marco Legal de cada uno de los Sistemas Vinculados al Derecho presupuestario
El Sistema Nacional de Tesorería El Sistema Nacional de Contabilidad
Organo Rector La Direccion nacional de Presupuesto Publico ( DNPP)
Organo Rector la Direccion Nacional del tesoro Publico ( DNTP)
Organo Rector la Direccion nacional de Contabilidad Publica ( DNCP)
LOS PRINCIPIOS DEL SISTEMA NACIONAL DE PRESUPUESTO
Equilibrio Presupuestario
Exclusividad Presupuestal
Equilibrio Macrofiscal Especialidad cuantitativa
Transparencia Presupuestal
Especialidad cualitativa
Desentralizacion Operativa
Son Principios del Sistema Nacional de Presupuesto
Centralizacion Normativa
Universalidad
Unidad
Eficiencia en la Ejecucion de los fondos publicos
De no afectacion predeterminada
Anualidad Especificidad
Integridad Informacion
1. Equilibrio presupuestario: Este principio señala que “El Presupuesto del Sector Público está constituido por los créditos presupuestarios que representan el equilibrio entre la previsible evolución de los ingresos y los recursos por asignar de conformidad con las políticas públicas de gasto.
2. Equilibrio macrofiscal : Las tres etapas del ciclo presupuestario que son: La preparación La aprobación La ejecución 3. Especialidad cuantitativa: A diferencia del anterior principio que aludía a la
cantidad, este principio alude a que el gasto a realizar debe efectuarse conforme a la autorización otorgada en los Presupuestos del Sector Público.
4. Especialidad cualitativa: A diferencia del anterior principio que aludía a la cantidad, este principio alude a que el gasto a realizar debe efectuarse conforme a la autorización otorgada en los Presupuestos del Sector Público.
5. Universalidad: Este principio establece que todos los ingresos y gastos del Sector Público, así como todos los presupuestos de las entidades que lo comprenden, están comprendidos en el Presupuesto General del Estado acorde a lo señalado en la Ley de Presupuesto del Sector Público.
6. Unidad: Este principio señala que: “Solo el Presupuesto General del Estado es el único instrumento en el cual se incorporan todos los gastos del Estado y los ingresos previsibles a realizarse durante un ejercicio“.
7. De no afectación predeterminada: Este principio señala que: “Los fondos públicos de cada una de las entidades se destinan a financiar el conjunto de gastos públicos previstos en los Presupuestos del Sector Público”.
8. Integridad: Este principio establece que: “Los ingresos y los gastos se registran en los Presupuestos por su importe íntegro, salvo las devoluciones de ingresos que se declaren indebidos por la autoridad competente”.
9. Información: El Presupuesto y sus modificaciones deben contener información suficiente y adecuada para efectuar la evaluación y seguimiento de los objetivos y metas.
10. Especificidad: Acorde al principio anterior este principio establece que la información en el Presupuesto y modificaciones debe estar especificada de forma detallada, clara y precisa.
11. Anualidad : Este principio establece: “El Presupuesto del Sector Público tiene
vigencia anual y coincide con el año calendario
12. Eficiencia en la ejecución de los fondos públicos: Este principio establece: “Las políticas de gasto público vinculadas a los fines del Estado deben establecerse considerando la situación económica financiera y el cumplimiento de los objetivos de estabilidad macrofiscal.
13. Centralización normativa: Este principio señala: “El Sistema Nacional del Presupuesto se regula de manera centralizada en lo técnico normativo”.
14. Descentralización operativa: Este principio establece que: “Corresponde a las entidades el desarrollo del proceso presupuestario”. Alude a las diferentes entidades nacionales, regionales o locales que forman parte del Estado.
15. Transparencia presupuestal: Este principio indica: “El proceso de asignación y ejecución de los fondos públicos sigue los criterios de transparencia en la gestión presupuestal, brindando o difundiendo la información pertinente, conforme la normatividad vigente”.
16. Exclusividad presupuestal: Este principio establece: “La Ley de Presupuesto del Sector Público contiene exclusivamente disposiciones de orden presupuestal”.
17. Principio de programación multianual: Este principio establece: “El proceso presupuestario debe orientarse por los Objetivos del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional y apoyarse en los resultados de ejercicios anteriores y tomar en cuenta las perspectivas de los ejercicios futuros”.
18. Principios complementarios: Son los principios que complementan a los señalados anteriormente y que no son exclusivos de esta rama del Derecho.
LOS PRINCIPIOS DEL SISTEMA NACIONAL DE TESORERÍA: EL SISTEMA NACIONAL DE TESORERÍA
Es el conjunto de órganos, normas, procedimientos, técnicas e instrumentos orientados a la administración de los fondos públicos en las entidades del Sector Público, cualquiera sea la fuente de financiamiento y el uso de los mismos, tiene los siguientes principios:
E s t e p r in c ip io e s t a b le c e : " L a a d m in is tr a c io n c e n t r a liz a d a d e lo s fo n d o s p u b lic o s e n c a d a u n id a d u o r g a n o , c u a lq u ie r a q u e s e a s u fi n a lid a d y a l fu e n t e d e fi n a n c ia m ie n t o .
UNIDAD DE CAJA
ECONOMICIDA D
E s te p r in c ip io s e ñ a la e l m a n e jo y d is p o s ic io n d e lo s fo n d o s p u b lic o s v ia b iliz a n d o s u o p ti m a a p lic a c io n y s e g u im ie n t o p e r m a n e n t e .
VERACIDAD
E s te p r in c ip io in d ic a " la s a u t o r iz a c io n e s y e l p r o c e s a m ie n t o d e o p e r a c io n e s e n e l n iv e l c e n t r a l"
OPORTUNIDAD
E s t e p r in c ip io e s t a b le c e " la p e r s e p c io n y a c r e d it a c io n d e lo s fo n d o s p u b lic o s e n lo s p la z o s s e ñ a la d o s .
PROGRAMACION
SEGURIDAD
E s te p r in c ip io d e t a lla " la o b t e n c io n ,o r g a n iz a c io n y p r e s e n t a c io n d e l e s ta d o y fl u jo s d e lo s in g r e s o s y g a s t o s p u b lic o s id e n ti fi c a n d o c o n r a z o n a b le a n ti c ip a c io n s u s p r o b a b le s m a g n it u d e s .
E s t e p r in c ip io s e ñ a la " la p r e v e n c io n d e r ie s g o o c o n ti n g e n c ia e n e l m a n e jo y r e g is t r o d e la s o p e r a c io n e s c o n fo n d o s p u b lic o s "
LOS PRINCIPIOS DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTABILIDAD
PRINCIPIO DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTABILIDAD UNIFORMIDAD Las normas y procedimiento s contables establecen un trato homogeneo del registro.
INTEGRIDAD Se debe producir un registro sistematico de la totalidad de los hechos financieros y economicos
OPORTUNIDAD Se debe registrar, procesar y presentar la informacion contable en las circunstancias debidas
TRANSPARENCIA Se debe dar un libre acceso a la informacion, participacion, y contro ciudadano sobre la contabilidad del estado.
LEGALIDAD Primacia de la legislacion respecto a las normas contables
CONCLUSIONES
Concluimos diciendo que en el derecho existen reglas, ideas o preceptos legales que se conocen como principios, la característica fundamental de estos es que son de aplicación general sobre todo el derecho o sobre un área o rama del Derecho, estas ideas o presupuestos programáticos estructuran la base de todo el derecho, por su propia naturaleza inspiran o determinan el contenido específico del marco legal normativo y muchos de ellos tienen una base constitucional. Cuando son incorporados por la legislación integran generalmente los títulos preliminares de las Leyes o Códigos que desarrollan el derecho. Eso sucede con los principios del Derecho Presupuestario, los cuales están integrando las leyes y normas que forman a este derecho, entonces decimos que si no se rige uno tanto en ingresos como egresos a los Principios del Derecho Presupuestario de acuerdo a la ley del presupuesto público, estaremos haciendo mal uso de los recursos financieros que se nos asignan cada año cada Unidad Ejecutora, tanto en los gobiernos locales, regionales, y entidades públicas del Estado.
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS Alvarado, J. (2004). Gestión Presupuestaria del estado. Lima, Perú: Editorial CIAT Castaglioni, J. (2004). Comentarios a la Ley de Presupuestos del Sector Publico, Lima, Perú: Editorial San Marcos Cazorla, L. (2000). Derecho Financiero y Tributario. Lima, Perú: Editorial Aranzadi Tovar. J. (2006). Guía Didáctica: “Derecho Financiero”. Ediciones Universidad los Ángeles de Chimbote