PLAN PARA LA VIGILANCIA, PREVENCION Y CONTROL DE COVID-19 EN EL TRABAJO

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PLAN PARA LA VIGILANCIA, PREVENCIÓN Y CONTROL DE COVID-19 EN EL TRABAJO

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PLAN PARA LA VIGILANCIA, PREVENCION Y CONTROL DE COVID-19 EN EL TRABAJO SITUACION

RESPONSABLE

Elaborado por

Supervisor de Operaciones

FIRMA

FECHA

27/05/2020

Revisado por

Aprobado por

Año 2020

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INDICE

1.

DATOS DE LA EMPRESA.....................................................................................................................5

2.

INTRODUCCIÓN.................................................................................................................................6

3.

NOMINA DE TRABAJADORES POR RIESGO DE EXPOSICIÓN A COVID-19...........................................7

4.

SERVICIO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO...........................................................................7

5.

OBJETIVOS.........................................................................................................................................8

6.

ALCANCE Y VIGENCIA.........................................................................................................................8

7.

BASE LEGAL........................................................................................................................................8

8.

DISPOSICIONES GENERALES.............................................................................................................10

8.1 DEFINICIONES OPERATIVAS.............................................................................................................10 9.

LINEAMIENTOS GENERALES.............................................................................................................13

9.1. LINEAMIENTO 1: LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN DE LOS CENTROS DE TRABAJO..................................13 9.2. LINEAMIENTO 2: EVALUACIÓN DE LA CONDICIÓN DE SALUD DEL TRABAJADOR PREVIO AL REGRESO O REINCORPORACIÓN AL CENTRO DE TRABAJO......................................................................14 9.3. LINEAMIENTO 3: LAVADO Y DESINFECCIÓN DE MANOS OBLIGATORIO..........................................14 9.4. LINEAMIENTO 4: SENSIBILIZACIÓN DE LA PREVENCIÓN DEL CONTAGIO EN EL CENTRO DE TRABAJO 15 9.5. LINEAMIENTO 5: MEDIDAS PREVENTIVAS DE APLICACIÓN COLECTIVA...........................................15 9.6. LINEAMIENTO 6: MEDIDAS DE PROTECCIÓN PERSONAL.................................................................16 9.7. LINEAMIENTO 7: VIGILANCIA DE LA SALUD DEL TRABAJADOR EN EL CONTEXTO DEL COVID 19.....16 10. PROCEDIMIENTOS OBLIGATORIOS PARA EL REGRESO Y REINCORPORACIÒN AL TRABAJO.............18 10.1.

PROCESO PARA EL REGRESO AL TRABAJO...............................................................................18

10.2.

PROCESO PARA LA REINCORPORACIÓN AL TRABAJO..............................................................18

10.3. PROCESO PARA EL REGRESO O REINCORPORACIÓN AL TRABAJO DE TRABAJADORES CON FACTORES DE RIESGO PARA COVID-19....................................................................................................18 11. DOCUMENTO DE APROBACIÓN DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO..................19

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12. PRESUPUESTO Y PROCESO DE ADQUISICIÓN DE INSUMOS PARA EL CUMPLIMIENTO DEL PLAN....19 13. ANEXO 1..........................................................................................................................................20 14. ANEXO 2..........................................................................................................................................21 15. ANEXO 3..........................................................................................................................................22 16. ANEXO 4..........................................................................................................................................23 17. ANEXO 5..........................................................................................................................................24 18. ANEXO 6..........................................................................................................................................25 19. ANEXO 7..........................................................................................................................................26

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1. DATOS DE LA EMPRESA Datos: Razón social, RUC, Dirección, Región, Provincia, Distrito) y DATOS DE LUGAR TRABAJO

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2. INTRODUCCIÓN Tras la declaración del pasado mes de enero por parte de la Organización Mundial de la Salud (OMS) en la que se informaba del nuevo coronavirus SARS-CoV-2 como un nuevo tipo de coronavirus que puede afectar a las personas, detectado por primera vez en diciembre de 2019 en la ciudad de Wuhan, provincia de Hubei, en China y que todavía hay muchas cuestiones que se desconocen en relación a la enfermedad que produce el COVID-19, suponiendo dicha situación una emergencia de salud pública de importancia internacional, el Ministerio de Salud ha venido realizando un seguimiento constante de la situación y evolución del Covid-19 para adoptar las medidas de prevención y contención necesarias. A nivel mundial, más de 5 millones 500 mil infectados y 347 mil fallecidos es el saldo que deja hasta la fecha la pandemia del COVID-19 en el mundo. En el caso del Perú, hay que destacar los esfuerzos realizados por el Gobierno, sin embargo, las cifras no son muy halagadoras, lo que hace suponer que, si no se hubieran tomado las medidas desde inicios de marzo, la situación sería más dramática. El Perú registra a la fecha más de 124 mil personas infectadas y poco más de 3 mil personas fallecidas, con un porcentaje de letalidad casi 2 veces menor al promedio mundial. En este sentido, a fecha de hoy y siguiendo las directrices que nos indican las entidades competentes, Por ello, que COMET LATAM SAC con razón comercial URBANER (en adelante Urbaner) ha establecido un Protocolo de Actuación y LINEAMIENTOS PARA LA VIGILANCIA, PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA SALUD DE LOS TRABAJADORES CON RIESGO DE EXPOSICIÓN A COVID-19 para los miembros de su comunidad de colaboradores frente al Coronavirus Covid-19. Estos Lineamientos están sujetos a los cambios que puedan ser derivados de recomendaciones futuras de las Autoridades Sanitarias y a la propia evolución de la enfermedad. El coronavirus es una gran familia de virus conocidos por causar enfermedades que van desde un resfriado común hasta manifestaciones clínicas más severas como las observadas en el Síndrome respiratorio por el coronavirus de Oriente Medio (MERS) y el síndrome respiratorio agudo severo (SARS). En ese sentido, siguiendo las directrices del MINSA, Urbaner ha establecido el presente plan para colaborar con la protección de la salud y seguridad de sus colaboradores, afiliados y visitantes, en su sede principal y sus unidades regionales.

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3. NOMINA DE TRABAJADORES POR RIESGO DE EXPOSICIÓN A COVID-19 En la evaluación de los puestos de trabajo de Urbaner se concluyó que debido al tipo de actividades que los trabajadores realizan estos se encuentran en el grupo de Riesgo bajo de exposición o de precaución.

4. SERVICIO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Urbaner cuenta con un Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo liderado por el Supervisor de Operaciones e integrado por el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo según se detalla a continuación:

EQUIPO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO INTEGRANTES Supervisor de Operaciones Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo

NOMBRES Y APELLIDOS Luis Paolo Villegas Villalobos Katherine Elizabeth Pardo Rueda Yadir Guillermo Bermudez Santome Gloria Marlene Cornejo Romero (suplente)

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5. OBJETIVOS Protección de la salud y seguridad de todos los trabajadores y locadores de Urbaner. Evitar la propagación del COVID-19, cumpliendo estrictamente las directrices de la MINSA. Colaboración con las autoridades sanitarias y las autoridades de trabajo. Minimizar los efectos que pueden ocasionar esta situación y garantizar la normalidad del desarrollo de nuestras actividades en el mercado. Capacitar al personal sobre los lineamientos preventivos para evitar contagios del COVID-19, así como brindar dicha información a los afiliados y familiares.

6. ALCANCE Y VIGENCIA El presente documento es de alcance de todos los trabajadores y locadores de Urbaner. La vigencia del presente Plan está supeditado a los criterios técnicos normativos de alcance nacional que se dicten con relación a la prevención y contención del COVID-19.

7. BASE LEGAL

Ley N° 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, y modificatoria. Decreto Supremo N° 005-2012-TR, Reglamento de la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, así como las demás normas complementarias y conexas vigentes, y sus modificatorias. Decreto de Urgencia N° 025-2020, dictan medidas urgentes y excepcionales destinadas a reforzar el sistema de vigilancia y respuesta sanitaria, frente al COVID19 en el territorio nacional. 6.5. Decreto Supremo N° 00398-SA, Decreto Supremo que aprueba “Normas Técnicas del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo. Decreto Supremo N° 0043-2016-SA, Decreto Supremo que actualiza el anexo N° 5 del Decreto Supremo N° 009-97-SA “Reglamento de la Ley N° 26790”.

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Decreto Supremo N° 008-2020-SA, Decreto Supremo que declara emergencia sanitaria a nivel nacional, por el plazo de noventa (90) días calendario y dictan medidas de prevención y control del CORONAVIRUS (COVID-19). Decreto de Urgencia N° 026-2020, Decreto de Urgencia que establece diversas medidas excepcionales y temporales para prevenir la propagación del COVID-19 en el Territorio Nacional. Decreto Legislativo N°1468, establece Disposiciones de Prevención y Protección para las personas con discapacidad ante emergencia sanitaria ocasionada por el COVID 19. Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, Decreto Supremo que declara Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19. Decreto Supremo N° 046-2020-PCM, que precisa el Decreto Supremo N° 044-2020- PCM. Decreto Supremo N° 010-2020-TR que, en su Segunda Disposición Complementaria Final, señala que resulta de aplicación supletoria al Sector Público. Resolución Ministerial N° 055-2020-TR, que establece la Guía para la prevención del Coronavirus (COVID-19) en el ámbito laboral. Resolución Ministerial N° 193-2020-MINSA, que aprueba el Documento Técnico “Prevención, Diagnóstico y Tratamiento de personas afectadas por el COVID-19 en el Perú. Decreto Supremo Nº 057-2020-PCM, Decreto Supremo que modifica el Artículo 3 del Decreto Supremo N° 051-2020-PCM, que prorroga el Estado de Emergencia Nacional declarado mediante Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del COVID-19. Decreto Supremo Nº 064-2020-PCM que prorroga el Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del COVID-19 y dicta otras medidas. Decreto Supremo Nº 075-2020-PCM, que prorroga el Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del COVID-19 y dicta otras medidas. Resolución Ministerial N° 239-2020-MINSA, que aprueba el Documento Técnico “Lineamientos para la Vigilancia, prevención y control de la Salud de los trabajadores con riesgo exposición a COVID-19”. R.M 103-2020-PCM, que aprueba los “Lineamientos para la atención a la ciudadanía y el funcionamiento de las Entidades del Poder Ejecutivo, durante la vigencia de la declaratoria de Emergencia Sanitaria producida por el COVID-19 en el Perú, en el marco del Decreto Supremo Nº 008-2020-SA” Recomendaciones sobre las medidas y las condiciones de seguridad y salud en el trabajo remoto, Módulo 1 – Servir.

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8. DISPOSICIONES GENERALES 8.1 DEFINICIONES OPERATIVAS 



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Aislamiento COVID-19: Procedimiento por el cual una persona caso sospechoso, reactivo en la prueba rápida o positivo en la prueba PCR para COVID-19, se le restringe el desplazamiento en su vivienda o en hospitalización, por un periodo indefinido, hasta recibir la alta clínica. Alta Epidemiológica COVID-19: Alta posterior a 14 días calendario, al aislamiento individual domiciliario o en centros de aislamiento o posteriores a la evaluación clínica individual o alta hospitalaria según el documento técnico "Prevención, Diagnóstico y Tratamiento de Personas afectadas por COVID-19 en el Perú". Centro de Trabajo: Unidad productiva en el que se desarrolla la actividad laboral de una organización con la presencia de trabajadores. CENTRO NACIONAL DE EPIDEMIOLOGíA PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES (CDC): Encargada de conducir el Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica en Salud Pública y control de brotes epidémicos y otras emergencias sanitarias en el ámbito nacional. Cuarentena COVID-19: Procedimiento por el cual un trabajador sin síntomas de COVID-19 se le restringe el desplazamiento por fuera de su vivienda por el periodo que el gobierno establece como medida de prevención de contagio en el ámbito nacional. Es el aislamiento de personas durante el período de tiempo que el gobierno establece como medida de prevención de contagio en el ámbito nacional. CENTRO NACIONAL DE SALUD OCUPACIONAL Y PROTECCIÓN DEL AMBIENTE PARA LA SALUD (CENSOPAS): Unidad Orgánica del Instituto Nacional de Salud (INS), que cumple el rol técnico en materias de salud ocupacional. Desinfección: Reducción por medio de sustancias químicas y/o métodos físicos del número de microorganismos presentes en una superficie o en el ambiente, hasta un nivel que no ponga en riesgo la salud. Distanciamiento y aforo en la oficina: Se deberá mantener una distancia mínima de dos (02) metros entre cada puesto de trabajo, según lo establecido en la R.M. N°193-2020-MINSA, así mismo se deberán mantener las vías de evacuación dentro de las oficinas de todas las áreas siempre despejadas y libres de obstáculos. El Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo, velará por el cumplimiento de esta disposición. Empleador/a: Toda persona natural o jurídica, privada o pública, que emplea a uno o varios trabajadores. EPP: Equipo de Protección Personal. Grupos de Riesgo: Conjunto de personas que presentan características individuales asociadas a mayor riesgo de complicaciones por COVID-19. Personas mayores de 60 años y quienes cuenten con comorbilidades como: hipertensión arterial, diabetes, enfermedades cardiovasculares, enfermedad pulmonar crónica, cáncer, u otros estados de inmunosupresión.

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Limpieza: Eliminación de suciedad e impurezas de las superficies utilizando agua, jabón, detergente o sustancia química. Mascarilla quirúrgica: Equipo de protección para evitar la diseminación de microorganismos normalmente presentes en la boca, nariz o garganta y evitar así la contaminación. Mascarilla comunitaria: Equipo de barrera, que cubre boca o nariz, para reducir la transmisión de enfermedades. Número de Trabajadores: La cantidad máxima de trabajadores que asistirán a las instalaciones del programa será de cinco (4) trabajadores por área de trabajo, en función a las dimensiones de las instalaciones siempre y cuando se respete el distanciamiento social establecido en el presente documento. Plan para la vigilancia, prevención y control del COVID-19 en el trabajo: Documento que contiene las medidas que se deberán tomar para vigilar el riesgo de exposición a COVID-19 en el lugar trabajo, el cual deberá ser aprobado previo al reinicio de las actividades. Prueba rápida COVID-19: Prueba Inmunocromatográfica que determina la activación de la respuesta inmune del paciente e indica la presencia de anticuerpos en forma de Inmunoglobulinas (IgM e IgG). Prueba rt-PCR en tiempo real: Por sus siglas en inglés de 'Reacción en Cadena de la Polimerasa transcriptasa reversa en tiempo real', es una prueba que permite detectar un fragmento del material genético de un patógeno o microorganismo para el diagnóstico de una enfermedad; utilizada como prueba confirmatoria de COVID-19. Profesional de la Salud: Es el profesional de la Salud del Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo, que cumple la función de gestionar o realizar la vigilancia de salud de los trabajadores Protector Respiratorio: EPP destinado fundamentalmente a proteger al trabajador con muy alto riesgo y alto riesgo de exposición a COVID19. Se consideran los protectores FFP2 0 N95 quirúrgicos. Puestos de Trabajo con Riesgo de Exposición a Sars-Cov-2 (COVID-19): Son aquellos puestos con diferente nivel de riesgo, que dependen del tipo de actividad que realiza, por ejemplo, la necesidad de contacto a menos de 2 metros con personas que se conoce o se sospecha que estén infectadas con el virus del SARS-Cov2, o el requerimiento de contacto repetido o prolongado con personas que se conoce o se sospecha que estén infectadas con el virus SARS-Cov2. Los niveles de riesgo de los puestos de trabajo se pueden clasificar en: i. Riesgo bajo de exposición o de precaución: Los trabajos con un riesgo de exposición bajo (de precaución) son aquellos que no requieren contacto con personas que se conoce o se sospecha que están infectados con COVID-19 ni tienen contacto cercano frecuente a menos de 2 metros de distancia con el público en general. Los trabajadores en esta categoría tienen un contacto ocupacional mínimo con el público y otros compañeros de trabajo, trabajadores de limpieza de centros no hospitalarios, trabajadores administrativos, trabajadores de áreas operativas que no atienden clientes. ii. Riesgo Mediano de Exposición: Los trabajos con riesgo medio de exposición incluyen aquellos que requieren un contacto frecuente y/o cercano (por ej. menos de 2 metros de distancia) con personas que podrían estar infectadas con COVID-19, pero que no son pacientes que se conoce

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o se sospecha que portan el COVID-19. Por ejemplo: policías y fuerzas armadas que prestan servicios en el control ciudadano durante la emergencia sanitaria, trabajadores de limpieza de hospitales de áreas no consideradas áreas COVID-19; trabajadores de aeropuertos, trabajadores de educación, mercados, seguridad física (vigilancia) y atención al público, puestos de trabajo con atención a clientes de manera presencial como recepcionistas, cajeras de centros financieros o de supermercados, entre otros. iii. Riesgo Alto de Exposición: trabajo con riesgo potencial de exposición a fuentes conocidas o sospechosas de COVID-19; por ejemplo: trabajadores de salud u otro personal que debe ingresar a los ambientes de atención de pacientes COVID-19, trabajadores de salud de ambulancia que transporta paciente con diagnóstico y sospecha de COVID-19, (cuando estos trabajadores realizan procedimientos generadores de aerosol, su nivel de riesgo de exposición se convierte en muy alto), trabajadores de limpieza de área COVID-19, conductores de ambulancia de pacientes COVID19, trabajadores de funerarias o involucrados en la preparación de cadáveres, cremación o entierro de cuerpos de personas con diagnóstico o sospecha de COVID-19 al momento de su muerte. iv. Riesgo Muy Alto de Exposición: trabajos con contacto directo con casos COVID-19; por ejemplo: trabajadores de salud que realizan la atención de pacientes COVID-19, trabajadores de salud que realizan toma de muestra o procedimientos de laboratorio de pacientes confirmados o sospecha COVID-19, trabajadores de morgues que realizan procedimientos en cuerpos de personas con diagnóstico o sospecha de COVID-19.  Regreso al trabajo post cuarentena: Proceso de retorno al trabajo posterior al cumplimiento del aislamiento social obligatorio (cuarentena) dispuesto por el Poder Ejecutivo. Incluye al trabajador que declara que no sufrió la enfermedad, se mantiene clínicamente asintomático y/o tiene resultado de prueba de laboratorio negativa para la infección por COVID-19, según el riesgo del puesto de trabajo.  Reincorporación al trabajo: Proceso de retorno al trabajo cuando el trabajador declara que tuvo la enfermedad COVID-19 y está de alta epidemiológica.  Responsable de Seguridad y Salud de los Trabajadores: Profesional de la Salud del Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo, que cumple la función de gestionar o realizar la vigilancia de salud de los trabajadores en el marco del riesgo de COVID-19.  Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo: De acuerdo a lo establecido en la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, todo empleador organiza un servicio de seguridad y salud en el trabajo, cuya finalidad es esencialmente preventiva.  Sintomatología COVID-19: Signos y síntomas relacionados al diagnóstico de COVID-19, tales como: sensación de alza térmica o fiebre, dolor de garganta, tos seca, congestión nasal o rinorrea (secreción nasal), puede haber anosmia (pérdida del olfato), disgeusia (pérdida del gusto), dolor abdominal, náuseas y diarrea; en los casos moderados a graves puede presentarse falta de aire o dificultad para respirar, desorientación o confusión, dolor en el pecho, coloración azul en los labios (cianosis), entre otros.

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Evaluación de Salud del trabajador: Actividad dirigida a conocer la condición de salud del trabajador al momento del regreso o reincorporación al trabajo; incluye el seguimiento al ingreso y salida del centro laboral a fin de identificar precozmente la aparición de sintomatología COVID-19 para adoptar las medidas necesarias. Trabajador: Persona que tiene vínculo laboral con el empleador; y a toda persona que presta servicios dentro del centro de trabajo, cualquier sea la modalidad contractual; incluyendo al personal de contratas, subcontratas, tercerización de servicios, entre otras.

9. LINEAMIENTOS GENERALES 9.1. LINEAMIENTO 1: LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN DE LOS CENTROS DE TRABAJO Previo a la reincorporación al trabajo, post cuarentena, el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo, deberá gestionar la limpieza y desinfección total de las distintas instalaciones de Urbaner. La desinfección descrita anteriormente será realizada empleando Hipoclorito de Sodio (lejía) en concentraciones adecuadas y recomendadas (en el “Documento técnico: Protocolo Sanitario de Operación ante el Covid19 del sector producción para el inicio gradual e incremental de actividades, de la fase 1” de la “reanudación de actividades”, en materia de servicio de entrega a domicilio (delivery) por terceros para las actividades: i) “restaurantes y afines autorizados para entrega a domicilio y/o recojo en local", y ii) “comercio electrónico de bienes para el hogar y afines”) para mantener las áreas desinfectadas y así evitar alguna enfermedad infecto contagiosas. El personal de limpieza dispondrá de los equipos de protección personal para la manipulación de productos químicos. Se deberá tener especial consideración en limpiar con un paño y desinfectante las manijas de todas las puertas y los equipos de uso común como el microondas, refrigeradora, fotocopiadora, etc., así como los mobiliarios, equipos, útiles de escritorio, vehículos y otros. Esta limpieza se deberá realizar diariamente y de manera continua durante la estadía del colaborador dentro de las instalaciones. Dichos ambientes también serán fumigados cada quince días cuando no se encuentre ningún trabajador, locador o visitante en las instalaciones.

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9.2. LINEAMIENTO 2: EVALUACIÓN DE LA CONDICIÓN DE SALUD DEL TRABAJADOR PREVIO AL REGRESO O REINCORPORACIÓN AL CENTRO DE TRABAJO El área de Recursos Humanos semanalmente proveerá al Servicio de Vigilancia y al(la) enfermero(a) el listado de los trabajadores o locadores autorizados para ingresar a las instalaciones de Urbaner. Antes de ingresar y al retirarse de las instalaciones, a todos los trabajadores, locadores y visitantes se les controlará la temperatura corporal y el valor identificado será registrado en el formato de control diario de asistencia y temperatura (Ver Anexo N°1). Para ello se contará con termómetros infrarrojos para determinar la temperatura de las personas.

De identificarse un caso sospechoso en trabajadores de puestos de trabajo de bajo riesgo, se procederá con las siguientes medidas: Aplicación de la Ficha epidemiológica COVID-19 establecida por MINSA (ver anexo N°2). Aplicación de Prueba Serológica o Molecular COVID-19, según normas del Ministerio de Salud, al caso sospechoso. Identificación de contactos en domicilio. Comunicar a la autoridad de salud de su jurisdicción para el seguimiento de casos correspondiente. Se tomará en cuenta lo establecido en la Resolución Ministerial N O 193-2020/MlNSA, "Aprueban el Documento Técnico: Prevención, Diagnóstico y Tratamiento de personas afectadas por COVID-19 en el Perú" y se realizará un seguimiento clínico a distancia diario al trabajador identificado como caso sospechoso, según corresponda. En los trabajadores identificados como caso sospechoso, que se confirma el diagnóstico de COVID-19, posterior a cumplir los 14 días calendario de aislamiento y antes del regreso al trabajo; el empleador a través del profesional de salud del Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo, realiza la evaluación clínica respectiva, para el retorno al trabajo.

9.3. LINEAMIENTO 3: LAVADO Y DESINFECCIÓN DE MANOS OBLIGATORIO Urbaner asegura la disponibilidad de puntos de lavado de mano y alcohol gel, cuando corresponda. Todas las instalaciones disponen de servicios higiénicos, los mismos que durante toda la jornada laboral estarán provistos de servicio de agua, jabón líquido y papel toalla. Encima de cada punto de lavado o desinfección se colocarán carteles que indiquen el método adecuado de lavado de manos o el uso de alcohol gel para la higiene de manos. Los trabajadores o visitantes de servicio deberán lavarse las manos frecuentemente durante el desarrollo de la jornada de trabajo, para ello deberán

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realizar un correcto lavado de manos el cual deberá tener una duración no menor de 20 segundos. (Ver Anexo N°3). El Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo deberá realizar el monitoreo de la disposición de alcohol en gel de manera semanal para asegurar la disponibilidad del mismo.

9.4. LINEAMIENTO 4: SENSIBILIZACIÓN DE LA PREVENCIÓN DEL CONTAGIO EN EL CENTRO DE TRABAJO Como medida para asegurar ambientes saludables frente al COVID-19, el profesional de salud del servicio de seguridad y salud en el trabajo asegura las siguientes actividades: Exponer información sobre el coronavirus y medios de protección laboral en las actividades de capacitación, como también carteles en lugares visibles y medios existentes. Exponer la importancia del lavado de manos, toser o estornudar cubriéndose la boca con la flexura del codo, no tocarse el rostro. Difusión de la obligación de uso de mascarillas durante toda la jornada laboral. Sensibilizar en la importancia de reportar tempranamente la presencia de sintomatología COVID-19. El profesional de la salud pondrá a disposición de todos los colaboradores a nivel nacional su número y correo para la atención de inquietudes de trabajadores respecto a COVID-19. Educar permanentemente en medidas preventivas descritas en el presente documento y otras que son actualizadas constantemente por el Ministerio de Salud, para evitar el contagio de COVID-19 dentro del centro de trabajo, en la comunidad y el hogar. Educar sobre la importancia de prevenir diferentes formas de estigmatización, con la finalidad de evitar acciones de rechazo ante algún caso que se suscite.

9.5. LINEAMIENTO 5: MEDIDAS PREVENTIVAS DE APLICACIÓN COLECTIVA Urbaner dispone las siguientes medidas colectivas para prevenir riesgos de contagio COVID-19 en las instalaciones. Los trabajadores que retornen o se reincorporen al trabajo en las instalaciones del programa, lo harán sólo a ambientes que cuenten con la ventilación natural o artificial necesaria que asegure la renovación cíclica del aire. En caso las instalaciones no dispongan de las medidas mencionadas, no se permitirá el retorno a dicho ambiente de trabajo.

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Distanciamiento social de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 8.1 (Distanciamiento social y aforo). Respecto a las reuniones de trabajo: Se deberá de reducir el desarrollo de reuniones presenciales en el centro de trabajo, para evitar el incumplimiento a la distancia social impuesta por el MINSA y se deberá priorizar las reuniones en salas virtuales (Tipo aplicación ZOOM, SKIPE, MEET o el aplicativo que el Programa decida). De manera excepcional se realizan reuniones con presencia física de asistentes, para lo cual es obligatorio que se desarrollen en espacios amplios y ventilados y cumpliendo con las disposiciones específicas del presente documento. Antes de ingresar a las instalaciones, Pisar la alfombra desinfectante ubicada en la recepción, por un periodo de diez (10) segundos para desinfectar la suela de los zapatos. Se dispondrán de bolsas determinada por un color distinto para identificar los residuos contaminados de la institución.

9.6. LINEAMIENTO 6: MEDIDAS DE PROTECCIÓN PERSONAL Urbaner asegura la disponibilidad de los equipos de protección personal (EPP) que se especifican en el presente. Para ello se dotará de Mascarillas quirúrgicas (Ver Anexo N° 4) debido a que los puestos de la entidad se encuentran dentro del grupo de riesgo leve. Las mascarillas serán utilizadas durante toda la jornada laboral, y el programa dotará de un mínimo de 2 mascarillas semanales a cada trabajador o locador de servicios para que estás sean utilizadas de las formas establecidas (Anexo N°5) Es obligatorio el uso de guantes y mascarilla en el trayecto que van desde su domicilio hasta las instalaciones de Urbaner, y viceversa; así como todo el tiempo que salgan de las oficinas para hacer gestiones laborales. Usar la mascarilla durante todo el tiempo de permanencia dentro de las oficinas. Desechar los guantes, y de ser el caso las mascarillas descartables (Ver Anexo N°6). Luego de ello lavarse las manos con jabón o untarse con gel anti bacterial.

9.7. LINEAMIENTO 7: VIGILANCIA DE LA SALUD DEL TRABAJADOR EN EL CONTEXTO DEL COVID 19 Durante la emergencia sanitaria nacional Urbaner realizará la vigilancia de la salud de los trabajadores, de manera permanente y sin perjuicio de lo que se haya dispuesto en el Programa de Salud en el Trabajo para el año 2020, considerando lo siguiente: Vigilancia de la salud de los trabajadores tanto los que asisten al centro de trabajo como a aquellos que realizan el teletrabajo. Registro, seguimiento y control de la temperatura al inicio y fin de la jornada laboral.

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Versión 1.0

Indicación de evaluación médica de síntomas COVID-19, a todo trabajador que presente temperatura mayor a 38.0°C Todo trabajador con fiebre o sintomatología COVID-19, que sea identificado por el(la) enfermero(a) se considera caso sospechoso, y se realizará lo siguiente: Si el trabajador se encuentra en casa:  Acudir inmediatamente al centro de salud donde se atiende regularmente. Allí procederán a tratarlo o a derivarlo a otro centro de salud más especializado. Utilizar siempre la mascarilla descartable.  Comunicarse con su jefe/a directo para informar de la situación.  En ninguna circunstancia acudir al centro de labores hasta la confirmación del diagnóstico.  No auto medicarse. Si el trabajador se encuentra en la oficina:  Asegurarse que el trabajador en todo momento use su mascarilla, quien además deberá proceder a lavarse las manos hasta el antebrazo.  Comunicará a su Jefe/a Inmediato Superior, la sospecha de la posibilidad de contagio y el trabajador acudirá inmediatamente al centro de salud donde se atiende regularmente.  Urbaner entablará comunicación con el contacto de emergencia del trabajador y se le indicará que deberá acompañarlo al establecimiento de salud donde se está dirigiendo, tomando todas las medidas de seguridad necesarias.  En caso de que el trabajador no pueda movilizarse por sus propios medios, Urbaner lo aislará en un área específica y procederá a comunicarse con el MINSA para coordinar su traslado con las debidas precauciones.  El Supervisor de Operaciones realizará la evaluación y coordinaciones pertinentes para indicar a los trabajadores que deberán retirarse del centro de labores por el resto del día.  El retorno al centro de trabajo del trabajador o locador de servicios evacuado puede darse una vez se tenga confirmación de diagnóstico para el trabajador en el que se indica que no hay contagio por coronavirus. En caso de confirmación de diagnóstico de contagio:  Si el médico tratante dispone cuarentena del trabajador por sospecha de COVID-19, este último justificará su inasistencia ante el empleador presentando el descanso médico correspondiente emitido por el médico tratante, pudiendo enviarse de manera digital.  En caso de confirmación de contagio de COVID-19, el trabajador dejará de asistir al centro de labores, operando el descanso médico previsto por Ley. Urbaner realizará las coordinaciones para que los trabajadores que han sido expuestos al personal con diagnóstico confirmado de contagio pasen por la prueba de descarte en el centro médico correspondiente.  Como medidas preventivas y sanitarias en el área del colaborador afectado, se ejecutarán las siguientes acciones, en coordinación con el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo:

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Versión 1.0

Disponer el cierre del área por el plazo de un día calendario, luego de tomar conocimiento del caso, para su desinfección y otras acciones dispuestas por las entidades competentes. El profesional de la salud deberá realizar la vigilancia a factores de riesgo ergonómico y psicosociales, lo cual extenderá a los trabajadores que se encuentren prestando servicios mediante el teletrabajo.

10. PROCEDIMIENTOS OBLIGATORIOS PARA EL REGRESO Y REINCORPORACIÒN AL TRABAJO 10.1.

PROCESO PARA EL REGRESO AL TRABAJO

Se establece el proceso para el regreso al trabajo para los trabajadores que estuvieron en cuarentena y no presentaron, ni presentan, sintomatología COVID-19, ni fueron caso sospechoso o positivo de COVID-19; y que pertenecen a un centro de trabajo que no ha continuado funciones, debido a medidas de restricción emitidas por el gobierno en el marco de la emergencia sanitaria COVID-19.

10.2.

PROCESO PARA LA REINCORPORACIÓN AL TRABAJO

Se establece el proceso de reincorporación al trabajo orientado a los trabajadores que cuentan con alta epidemiológica COVID-19. En esos casos leves, se reincorpora 14 días calendario después de haber iniciado el aislamiento domiciliario. En casos moderados o severos, 14 días calendario después de la alta clínica. Este período podrá variar en función a las evidencias disponibles y la evaluación del profesional de la salud de Urbaner. El profesional de la salud del servicio de seguridad y salud en el trabajo cuenta con los datos de los trabajadores y locadores de servicios con características, con lo cual realiza el seguimiento médico de cada trabajador o locador de servicios. Para estos casos, la primera opción que aplicará Urbaner será la realización del teletrabajo, y en los casos que no sea posible, deberá cumplir con las mismas disposiciones para el regreso al trabajo, durante catorce (14) días recibe monitoreo de sintomatología COVID-19 y es ubicado en un puesto de trabajo no hacinado.

10.3. PROCESO PARA EL REGRESO O REINCORPORACIÓN AL TRABAJO DE TRABAJADORES CON FACTORES DE RIESGO PARA COVID-19 Durante el estado de Emergencia Sanitaria Nacional establecida por el Gobierno Nacional, la reincorporación de trabajadores y locadores se realizará de manera gradual completando la Declaración Jurada de regreso al trabajo (Anexo 7) , y bajo ninguna circunstancia podrán reincorporarse al trabajo presencial, aquellos que se encuentren en uno o más de los siguientes supuestos: a. Edad mayor o igual a 60 años. b. Obesidad con IMC de 30 a más. c. Hipertensión arterial. d. Diabetes Mellitus e. Asma.

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f. Insuficiencia Renal Crónica g. Enfermedad Respiratoria Crónica. h. Antecedentes de enfermedad cardíaca. i. Enfermedad o tratamiento inmunosupresión. j. Antecedentes oncológicos. k. Quien hubiera tenido contacto físico con alguna persona diagnosticada con el COVID-19 en los últimos 14 días y aún no haya pasado por la prueba de descarte del COVID-19.

11. DOCUMENTO DE APROBACIÓN DEL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO El presente Plan ha sido validado vía correo electrónico por los miembros del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo, debido al aislamiento social en el que se encuentran todos los colaboradores del Programa, y será regularizado en el acta respectiva del Comité.

12. PRESUPUESTO Y PROCESO DE ADQUISICIÓN DE INSUMOS PARA EL CUMPLIMIENTO DEL PLAN

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13. ANEXO 1

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14. ANEXO 2

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15. ANEXO 3

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16. ANEXO 4

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17. ANEXO 5

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18. ANEXO 6

19. A

NEXO 7

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