Justicia - Injusticia - Rueda Garcia

“Año del Dialogo y de la Reconciliación Nacional” FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLITICAS ESCUELA PROFESIONAL DE DEREC

Views 63 Downloads 29 File size 357KB

Report DMCA / Copyright

DOWNLOAD FILE

Recommend stories

Citation preview

“Año del Dialogo y de la Reconciliación Nacional”

FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLITICAS ESCUELA PROFESIONAL DE DERECHO

LA JUSTICIA, LA INJUSTICIA Y LA DEONTOLOGÍA FORENSE

ESTUDIANTE:  JOHANNA AMABEL RUEDA GARCÍA

DOCENTE: DR. SHERLY FRANCISCO IZQUIERDO VALLADARES ASIGNATURA: ETICA PROFESIONAL

SEMESTRE Y CICLO ACADÉMICO: 2018 – II

DERECHO – VII

TUMBES

LA JUSTICIA, LA INJUSTICIA Y LA DEONTOLOGÍA FORENSE

LO JUSTO Y LO INJUSTO La palabra justo es muy ambigua, sus diversos significados nos envuelven en aparentes paradojas, resultado de la falta de precisión del lenguaje. El otro, propugnado por los intuicionistas, la enjuicia en función de la aprobación o desaprobación del sentido moral o de la conciencia de la gente. El juicio de aprobación no es simplemente el juicio del que experimenta la emoción de aprobación. Para dar un significado al juicio de aprobación, es necesario admitir que justo tiene un sentido distinto de aprobación. En este sentido cuando aprobamos un acto o juzgamos subjetivamente o moralmente que es justo, pero podemos estar equivocados al juzgarlo así. . Necesitamos por consiguiente algún criterio distinto del sentido moral para juzgar lo que es objetivamente justo. Algunos han creído que los códigos morales son este referentes inevitable, pero si los miramos desde la perspectiva del sentido moral confrontamos que las circunstancias o situaciones en las que debemos ejercer su aplicación están siempre cambiando con lo cual no estamos nunca muy seguros de no estar incurriendo en juicio falso, más si lo hacemos desde la perspectiva de sus consecuencias, ellas no siempre son buenas para quienes la realizan aunque se haga un catálogo de sus excepciones y justificaciones.

Estudio preliminar de Albert Calsamiglia Resumen por Raul Pastor Galvez Dedica toda su atención a la crítica ideológica de las doctrinas iusnaturalistas, comunista y formalista del positivismo legalista, acusándolas de defender intereses políticos inconfesables. Kelsen es un representante del realismo axiológico de entreguerras, presupuesto necesario para la democracia. Según él los criterios de valor últimos no pueden se probados la ciencia es incapaz de elegir entre valores contradictorios. La justicia no es un elemento constitutivo de la definición del derecho porque ninguna teoría jurídica podría apoyarse en una de las concepciones en contienda, sin que ello conduzca a negarle juridicidad a todo ordenamiento que le sea discordante. No obstante, Kelsen si puede decir cuál es su justicia por supuesto literal «presente en el orden social bajo el cual puede progresar la búsqueda de la verdad», es la libertad, la de la paz, la democracia y la tolerancia.

Hans Kelsen Resumen por Raúl Pastor Pues el modo satisfactorio para todos con que este regula las relaciones de los hombres, es decir uno en que todos encuentren en él la felicidad. Es evidente que no podrá existir un orden »justo« mientras ella se defina en sentido individual y por tanto en colisión excluyente con la de otros. Es incluso suponiendo que este orden fuera la mayor felicidad en un sentido subjetivo individual, debe ser la felicidad en un sentido objetivo colectivo. Para llegar a ser una categoría social, la idea de felicidad deber cambiar como la idea de libertad para transformarse en principio social. Dado que la libertad autentica, es decir la libertad respecto de cualquier tipo de autoridad

es incompatible con cualquier tipo de organización, la idea de libertad debe dejar de significar ausencia de gobierno. Debe asumir el significado de un tipo especial de gobierno ejercido por una mayoría, si es necesario, contra la minoría de los individuos subordinados la anarquía se transforma en la autodeterminación de la democracia. Por otra parte, el que muchos individuos concuerden no demuestra que sus juicios eran correctos, validos en sentido objetivo. Es cierto que el ser humano, consciente caracteriza por querer justificar su conducta, por racionalizarla, por legitimarla ante los demás, lo cual solo es posible solo hasta cierto punto, por referencia al tema de la relación entre móviles y los fines y entre estos y los medios que le son adecuados. El absoluto y los valores absolutos sobrepasan el alcance de la razón humana, para la cual solo cabe una solución condicional y relativa. [...] No hay que confundir el principio de igualdad, postulado por la autoridad que creó la ley con la intención de hacerlo igualitario, con el principio de igual ante la ley, destinado a las autoridades que aplican la ley a casos concretos. Según Marx la idea de justicia capitalista encaja en »a cada cual su trabajo« y plantea que en el comunismo las personas desiguales recibieran un trato distinto con la formula »a cada cual, según su capacidad, a cada cual según sus necesidades« así pues, el principió comunista de la justicia presupone que un orden social establecido responda a presuntas esenciales para su aplicación. Además, la regla de oro, la del amor, tomada al pie de la letra, lleva a abolir la ley y la moralidad. Sin embargo, su intención no es abolir el orden social, sino mantenerlo. De donde se precisa la regla como un «compórtate de acuerdo con las normas generales establecidas por el orden social», que no es otra que la del imperativo categórico de Kant, pero el imperativo categórico puede servir para justificar cualquier orden. De igual modo, la idea aristotélica que define la justicia como un sistema de virtudes fundamentadas en el ejercicio de la razón electora del tautológico mesores, que no es otra que la del orden establecido, quien resultas justificado y como justificando la moral y la ley. El Derecho Natural mantiene que existe una regulación que emana de la naturaleza, legislación inmanente inscrita en nosotros en cuanto razón, sin embargo, si se intentara deducir esta doctrina de la naturaleza del hombre a partir de la razón, se descubriría que la naturaleza, como hechos relacionados como según la ley de la causalidad, carece de voluntad y por tanto no puede prescribir una conducta determinada al hombre. Sí, pero en la medida en que no puede suprimir la expresión pacifica de las ideas antidemocráticas. La democracia no puede defenderse a sí misma si se niega. Pero un gobierno tiene derecho de eliminar y prevenir cualquier intento de derrocarlo por la fuerza, derecho que no tiene nada que ver con los principios de la democracia y de la tolerancia. Solo puedo decir que la justicia se da en aquel orden bajo cuya protección puede progresar la búsqueda de la verdad.