Browne, Espinosa y Cía. Ltda. INCOTERMS 2010 MANUEL GONZALEZ RUIZ AGENTE DE ADUANA 26 de Mayo de 2011 REGLAS INCOTERM
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Browne, Espinosa y Cía. Ltda.
INCOTERMS 2010 MANUEL GONZALEZ RUIZ AGENTE DE ADUANA 26 de Mayo de 2011
REGLAS INCOTERMS.
Creados por la ICC (Cámara de Comercial Internacional) en el año 1936. Revisiones 1953, 1976, 1980, 1990, 2000 y actual 2010.
La CCI revisa las reglas cuando las practicas comerciales internacionales cambian.
La Cámara de Comercio Internacional fue creada en 1919 por un grupo de empresarios con el objetivo de:
Promover el Comercio transfronterizo, las inversiones y el sistema multilateral de comercio
Representar a la actividad empresarial en todo el mundo
La Cámara de Comercio Internacional cuenta con cientos de miles de miembros.
Empresas : De todos los tamaños y de todos los sectores Cámaras de Comercio : Regionales, nacionales y locales Asociaciones Empresariales : Nacionales y sectoriales
Y oficinas en todo el mundo en mas de 90 países
REGLAS INCOTERMS. Explican un conjunto de términos comerciales en tres letras, que reflejan usos entre empresas en los contratos de compraventa de mercancías. Las reglas Incoterms describen principalmente las tareas, costos y riesgos que implica la entrega de mercancías de la empresa vendedora a la empresa compradora. Principalmente se refiere a:
La Entrega Al riesgo Al Seguro y Al medio de Transporte
IMPORTANCIA EN LOS CONTRATOS.
Son aplicadas y entendidas de forma uniforme por los comerciantes, los redactores de contratos, así como por las cortes de arbitrajes. Son herramientas escenciales en las negociaciones de los contratos internacionales, ya que definen las obligaciones del vendedor y del comprador en relación a:
La Entrega Transferencia de Riesgos Carga de Mercancías Despacho de la Exportación e Importación Realización de Contratos de Transporte.
INCORPORACIÓN EN LOS CONTRATOS
Se incorporan por remisión, los contratos deberían a partir de ahora, indicar con claridad:
La regla Incoterms acordada El lugar de destino y de entrega La expresión “Incoterms 2010”
ELEGIR LA REGLA APROPIADA
Es fundamental comprender las principales características elegir la regla mas adecuada en base a:
para
El tipo de Mercancía
El tipo de Transporte
y en particular si se decide incluir obligaciones adicionales, por ejemplo, en materia de transporte o de seguros.
? Que cosas no son consideradas? Las reglas Incoterms hablan de cuál de las partes tiene la obligación de encargarse del transporte o del seguro, cuándo el vendedor entrega la mercadería al comprador, y de que costos se responsabiliza cada parte.
Pero no dicen nada del precio, ni del método o forma de pago, tampoco respecto a la transmisión de la propiedad, ni de las consecuencias por incumplimiento.
PRINCIPALES CAMBIOS 2010
Incoterms 2000 Incoterms 2010
: 13 Reglas : 11 Reglas
Cambios producidos : Se eliminan DAF, DES, DEQ Y DDU: DAF DES DEQ DDU
: : : :
Entrega Entrega Entrega Entrega
en frontera sobre el buque sobre el muelle sin pago de derechos
Se Crean : DAP que sustituye a DDU DAT que sustituye a DAF, DES Y DEQ.
CLASIFICACION DE LAS ONCE INCOTERMS 2010
Se presentan en dos grupos diferentes
• REGLAS PARA CUALQUIER MODO O MODOS DE TRANSPORTE • REGLAS PARA TRANSPORTE MARÍTIMO Y VÍAS NAVEGABLES INTERIORES
CLASIFICACION DE LAS ONCE INCOTERMS 2010
• REGLAS PARA CUALQUIER MODO O MODOS DE TRANSPORTE
EXW FCA CPT CIP DAT DAP DDP
: : : : : : :
En Fábrica Franco Porteador Transporte pagado hasta Transporte y Seguro pagado hasta Entrega en Terminal Entrega en lugar Entrega derechos pagados
CLASIFICACION DE LAS ONCE INCOTERMS 2010
• REGLAS PARA TRANSPORTE MARÍTIMO Y VÍAS NAVEGABLES INTERIORES
FAS
: Franco al costado del buque
FOB
: Franco a bordo
CFR
: Costo y Flete
CIF
: Costo seguro y flete
Es recomendable para todos los Incoterms que las partes “Vendedor y Comprador” especifiquen tan claro como sea posible, el punto en el lugar de entrega designado, ya que este determina los costos y riesgos que debe asumir tanto el vendedor como el comprador.
REGLAS PARA CUALQUIER MODO O MODOS DE TRANSPORTE
EXW
: EN FABRICA
El vendedor realiza la entrega cuando pone la mercancía a disposición del comprador en las instalaciones del vendedor o en otro lugar designado (Taller, Fabrica, Almacén, Etc.). El vendedor no tiene que cargar la mercancía en ningún vehículo de recogida, ni tiene que despacharla para la exportación. EXW representa la mínima obligación para el vendedor
REGLAS PARA CUALQUIER MODO O MODOS DE TRANSPORTE
FCA
: FRANCO PORTEADOR
El vendedor entrega la mercancía al porteador o a otra persona designada por el comprador en las instalaciones de la empresa vendedora o en otro lugar designado FCA exige que el vendedor despache las mercancías para la exportación, cuando sea aplicable.
REGLAS PARA CUALQUIER MODO O MODOS DE TRANSPORTE
CPT
: TRANSPORTE PAGADO HASTA
El vendedor entrega la mercancía al porteador o a otra persona designada por el vendedor en el lugar acordado, y que el vendedor debe contratar y pagar los costos del transporte necesarios para llevar la mercancía hasta el lugar de destino designado. Cuando se utiliza CPT, CIP, CFR o CIF, la empresa vendedora cumple con su obligación de entrega cuando pone la mercancía en poder del porteador y no cuando la mercancía llega al lugar de destino. Esta regla tiene dos puntos críticos porque el riesgo se transmite y los costos se transfieren en lugares diferentes
REGLAS PARA CUALQUIER MODO O MODOS DE TRANSPORTE
CIP
: TRANSPORTE Y SEGURO PAGADO HASTA
El vendedor entrega la mercancía al porteador o a otra persona designada por el vendedor en el lugar acordado, y que el vendedor debe contratar y pagar los costos del transporte y seguro necesarios para llevar la mercancía hasta el lugar de destino designado. Se debe observar que la obligación del vendedor es obtener el seguro sólo con una cobertura mínima.
REGLAS PARA CUALQUIER MODO O MODOS DE TRANSPORTE
DAT
: ENTREGA EN TERMINAL
El vendedor realiza la entrega cuando la mercancía, una vez descargada del medio de transporte de llegada, se pone a disposición del comprador en el terminal designado en el puerto o lugar de destino, cubierto o no, como un muelle, almacén, estación de contenedores o terminal de carretera, ferroviaria o aérea
REGLAS PARA CUALQUIER MODO O MODOS DE TRANSPORTE
DAP
: ENTREGA EN LUGAR
El vendedor realiza la entrega cuando la mercancía se pone a disposición del comprador en el medio de transporte de llegada preparada para la descarga en el lugar de destino designado.
REGLAS PARA CUALQUIER MODO O MODOS DE TRANSPORTE
DDP
: ENTREGA DERECHOS PAGADOS
El vendedor realiza la entrega cuando la mercancía se pone a disposición del comprador despachada para la Importación, con todos los impuestos y gastos de internación de las mercancías en el país del comprador DDP representa la máxima obligación para la empresa vendedora. Se recomienda no utilizar DDP si la empresa vendedora no puede, directa o indirectamente , conseguir el despacho de importación.
•REGLAS PARA TRANSPORTE MARÍTIMO Y VÍAS NAVEGABLES INTERIORES
FAS
: FRANCO AL COSTADO DEL BUQUE
El vendedor realiza la entrega cuando la mercancía se coloca al costado del buque en el Puerto de embarque designado. La entrega se realiza en el muelle o en el sitio destinado por la Cía. Naviera para stacking del embarque.
•REGLAS PARA TRANSPORTE MARÍTIMO Y VÍAS NAVEGABLES INTERIORES
FOB
: FRANCO A BORDO
El vendedor realiza la entrega de la mercancía a bordo del buque designado por el comprador en el puerto de embarque.
•REGLAS PARA TRANSPORTE MARÍTIMO Y VÍAS NAVEGABLES INTERIORES
CFR
: COSTO Y FLETE
El vendedor realiza la entrega de la mercancía a bordo del buque en el puerto de embarque, debiendo además contratar y pagar el valor flete internacional hasta el puerto de destino designado. El vendedor cumple con su obligación de entrega cuando pone la mercancía a bordo del buque y no cuando llega al lugar de destino.
•REGLAS PARA TRANSPORTE MARÍTIMO Y VÍAS NAVEGABLES INTERIORES
CIF
: COSTO, SEGURO Y FLETE
El vendedor realiza la entrega de la mercancía a bordo del buque en el puerto de embarque, debiendo además contratar y pagar el valor flete internacional y del seguro hasta el puerto de destino designado. Se debe observar que la obligación del vendedor es obtener el seguro sólo con una cobertura mínima. El vendedor cumple con su obligación de entrega cuando pone la mercancía a bordo del buque y no cuando llega al lugar de destino.
CUADRO COMPARATIVO DE RESPONSABILIDAD DE LOS COSTO Y TRANSFERENCIA DEL RIESGO
Es muy importante tener muy claro hasta donde un exportador debe asumir los costos , como también hasta donde debe considerar su riesgo
Por su parte el Importador desde donde asume el costo y el riesgo.
ver cuadro
EJERCICIOS PRACTICOS
Exportador clausula EXW – carga general cartones
Exportador Clausula DDU – Carga General Cartones
Exportación Clausula CIF – Carga General Cartones
Exportador clausula DAT – Planchas de Acero a Granel
Exportador Clausula DAP – Planchas de Acero a Granel
Exportador Clausula FOB - Contenedor