Genesis de Los Derechos Humanos

DERECHOS HUMANOS Los derechos humanos son derechos inherentes a todos los seres humanos, sin distinción alguna de nacio

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DERECHOS HUMANOS

Los derechos humanos son derechos inherentes a todos los seres humanos, sin distinción alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional o étnico, color, religión, lengua, o cualquier otra condición. Todos tenemos los mismos derechos humanos, sin discriminación alguna. Estos derechos son interrelacionados, interdependientes e indivisibles. Universales e inalienables El principio de la universalidad de los derechos humanos es la piedra angular del derecho internacional de los derechos humanos. Este principio, tal como se destacara inicialmente en la Declaración Universal de Derechos Humanos, se ha reiterado en numerosos convenios, declaraciones y resoluciones internacionales de derechos humanos. Los derechos humanos son inalienables. No deben suprimirse, salvo en determinadas situaciones y según las debidas garantías procesales. Interdependientes e indivisibles Todos los derechos humanos, sean éstos los derechos civiles y políticos, como el derecho a la vida, la igualdad ante la ley y la libertad de expresión; los derechos económicos, sociales y culturales, como el derecho al trabajo, la seguridad social y la educación; o los derechos colectivos, como los derechos al desarrollo y la libre determinación, todos son derechos indivisibles, interrelacionados e interdependientes. EVOLUCIÓN HISTÓRICA DE LOS DERECHOS HUMANOS En China, entre los años 800 200 a.C Confusio y Laot- Tsé, la capacidad de reflexión sobre las injusticias sociales ocupó un lugar importante. Se predicó la 4

igualdad entre los hombres, argumentando que la democracia era la forma id´nea de gobierno. Estos pensadores también promovieron el derecho legítimo del gobernado para rebelarse contra los tratos déspotas y arbitrarios del gobernante, lo cual nos da una idea de los derechos o garantías individuales del hombre, tal como jurídicamente en la actualidad se conciben. Grecia comienza una nueva corriente filosófica tendente a honrar el pensamiento del ser humano, el estoicismo. Es integrada en torno a Zenón de Citio, quien se integro plenamente a la cultura griega. El estoicismo tuvo sus orígenes desde antes de nuestra era pero fue utilizada hasta los tiempos del Impero Romano. Con el estoicismo surge en la cultura occidental una idea dignificadora del hombre, al entender que todo género humano esta tomado de la mano por una razón, quiere decir, que todos los hombres racionales somos hermanos, no importa la raza, el origen o las creencias de cada grupo o sociedad. Con los estoicos surge la idea de la ley natural, ya que el orden de la naturaleza es eterno e inmutable, por ello el proceso de lo natural, en armonía con la razón refleja el carácter del universo, ideas que trascenderán a través del derecho Romano y al pensamiento político medieval. Los escritos de estos hacen alusión a la razón humana como base del derecho, e indican que los hombres son iguales en cuanto a seres racionales así que, todos debemos de tener los mismos derechos por estar sometidos a las mismas leyes naturales. La idea estoica de la armonía humana, se verá ampliada y reforzada por el Cristianismo, cuya suceso en la concepto de la igualdad de los hombres es un precedente muy notable de los Derechos Humanos.

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EL SURGIMIENTO DEL CRISTIANISMO Y SU INFLUENCIA EN LA CONCEPCIÓN DE LA IGUALDAD DE LOS HOMBRES Todos los hombres, cuya dignidad radica en haber sido creado por Dios a su imagen y semejanza. El Cristianismo, jugará hasta nuestros días un papel decisivo en la vivencia real y en la fundamentación teórica de los derechos humanos. El pensamiento Cristiano iniciando en el Medio Oriente, fue difundido en los primeros siglos por los discípulos de Cristo. Estas nuevas ideas otorgaron al ser humano un valor superior, proclamaron también la igualdad de los hombres como hijos de Dios, promovieron ideas de rechazo a la esclavitud y establecieron nuevos valores morales a la conducta individual y compuesta de los seres humanos. El Cristianismo definió un conjunto de derechos esenciales al hombre. Así se fue creando una corriente de doctrina y de ordenamientos jurídicos que transformaron sustantivamente al derecho Romano introduciendo a instituciones humanitarias, que se transformaron en derechos que reconocen la dignidad de la vida de todos los hombres. LA EDAD MEDIA Esta etapa se clasifica en tres épocas: 

Invasiones



Feudal



Municipal

En la época de las invasiones, las tribus que obtenían asentarse en un territorio eran invadidas por otras, impidiéndoles establecer una estabilidad política y económica. Los integrantes de la comunidad se hacían justicia por sí mismos, esto llevó a prácticas injustas y déspotas de los más fuertes hacia los más débiles

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por lo que durante esta etapa no se puede hablar de los derechos de los individuos. En la época feudal el amo y señor de predios rústicos y urbanos era el señor feudal, el era dueño de las tierras pero también de la forma ilimitada de la servidumbre que las trabajaba. Los siervos y los vasallos debían obediencia a los señores feudales y como consecuencia estos mandaban en los órdenes de la vida, por lo cual, tampoco podemos hablar de derechos oponibles a la autoridad. En la época municipal, hubo un debilitamiento del feudalismo, esto es originado por el desarrollo económico y político que experimentaron las poblaciones medievales. Ello motivó que los citadinos, se impusieron a la autoridad del señor feudal y se obtuvo el reconocimiento de algunos derechos que se plasmaron principalmente en el denominado derecho cartulario, el cual se considera, incipiente, como un antecedente de las garantías individuales, ya que por primera vez una persona sujeta a una autoridad lograba en su beneficio el respeto de ciertos derechos por parte de su autoridad principal o fundamental. ÉTICA Y DERECHO: SU RELACIÓN A APRTIR DE LA DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERCHOS HUMANOS La segunda guerra mundial, fue un duro golpe para el modelo de la sociedad que se había creado durante la ilustración. La Carta de las Naciones Unidas busca prevenir las atrocidades de las guerras mediante una adecuada distribución técnica de la fuerza económica, política y militar en pocas palabras, tiene por finalidad lograr la configuración de un nuevo sistema internacional estructurado a través del derecho. Conciencia en la DUDH equivale a pertenencia al género humano y, consecuentemente, a la intuición del carácter debido de nuestra conducta respecto a otra persona: el antídoto mas efectivo contra las vejaciones a la humanidad de todo individuo. “Sólo si personas concretas no olvidan su responsabilidad frente una dignidad de otros, descubierta a través de la acción común. 7

La dignidad es que constituye una sublime modalidad, de lo bueno, de lo valioso o de los positivo: la bondad de aquello que está dotado de una categoría superior. Es decir, la dignidad se descubre como un debo respetar a otra persona, a otro yo, de donde nace el deber de comportarse fraternalmente con los demás. De este dato de experiencia, reconocido en la >DUDH, se presenta al titular del derecho como el primer obligado a realizar los derechos de los otros. Esto significa que en el concepto derechos humanos de la DUDH, sin la participación, sin la participación primaria del titular del derecho sería imposible la realización de sus derechos humanos y los de los demás. Todo lo ordenamiento jurídico depende, para su realización; lograr validez social, de la calidad ética de las personas que lo viven, es decir, del comportamiento digno de las personas de las que decimos tienen dignidad. La voz moral de refiere en convencer a la gente de los meritos de los principios éticos en los que se apoya una disposición normativa, cualquiera que sea poniendo énfasis en su capacidad para configurar una convivencia auténticamente humana. Los derechos humanos han profundizado la experiencia del límite en la teoría del derecho. La DUDH muestra un mínimo ético es decir, un punto de partida para construir una vida que merece la pena existir saludablemente, poder expresarse, ser tratado de determinada manera en los juicos de orden crimina. Poder decidir estado de vida o tipo de religión etcétera. Es importante señalar que el éxito del movimiento de los derechos humanos, depende del equilibrio entre dos o más experiencias, la técnica sobre la distribución adecuada del poder y la fuerza económica, política y militar, el camino de la Carta de las Naciones Unidas de 1945 y el compromiso ético de personas concretas que, cotidianamente y con atención a diversas normar jurídicas, hacen

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realidad la dignidad de la persona ante el trabajo, la salud, la educación, la igualdad, es decir el camino de la DUDH de 1948.

Así el hombre sólo puede ver realizados sus derechos humanos si otros los respetan y realizan. Pero ese deber no es exclusivamente de otros frente al titular., pues también él tiene el deber de realizar su propia dignidad, sus propios derechos, por los bienes comunitarios que dependen de tal realización.

LA VIDA COMUNITARIA Y EL BIEN COMÚN En los derechos humanos, la realidad comunitaria de las personas concretas cobra un importante significado. La DUDH no concibe a la persona como un ser individual y aislado. La conciencia de la propia dignidad y del deber de comportarse fraternalmente está conecta en el articulo 29; “ toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que sólo ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad”. La persona no existe de manera aislada, o tan individualmente que no esté relacionada con otro: el hombre no sólo es individuo es en principio hijo, y este ser hijo implica una serie de de relaciones comunitarias necesarias, en este caso paterno filiales. La DUDH denomina la palabra comunidad como a las obligaciones respecto al estado. Para la DUDH la persona tiene derecho a recibir de la comunidad a la que pertenece el respeto y la realización de sus derechos; pero esa misma persona debe participar en la generación de los mismos: sólo al cumplir los deberes respecto a las comunidades de las que se forma parte, será posible ejercitar los derechos humanos.

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CONCLUSIÓN

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BIBLIOGRAFÍA

http://www.ohchr.org/SP/Issues/Pages/WhatareHumanRights.aspx

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