Final Eutanasia

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Universidad Tecnológica del Perú Investigación Académica

LA LEGALIZACIÓN DE LA EUTANASIA EN PACIENTES DESAHUCIADOS EN PERÚ.

Autores Aguilar Pineda, Luisa Milena Antiporta Salazar, Angie Milagros Rodríguez Mendiola, Danitza Yessenia Cortez Vasquez, Cesar Antony

Asesor: Romero, Douglas Lima, Perú, 16 de julio del 2018

Agradecimientos:

Agradecemos principalmente a Dios por darnos la vida, a nuestras familias por el apoyo incondicional en nuestros proyectos profesionales y a nuestro asesor Douglas Romero por transmitirnos su amplio conocimiento y ayudarnos en nuestro proceso como futuros investigadores.

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Resumen Se revisa la situación de la eutanasia en Perú, precisando sus modalidades. Se discute la legalización y la despenalización de la eutanasia en el Código Civil. Se propone las condiciones en que la eutanasia sería admitida en el Perú actual Palabra claves: Eutanasia, legalización, código civil.

Abstract The situation of euthanasia in Peru is reviewed, specifying its modalities. The legalization and decriminalization of euthanasia in the Civil Code is discussed. It is proposed the conditions under which euthanasia would be admitted in present-day Peru Keyword: Euthanasia, legalization, civil code

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Índice Agradecimientos: ............................................................................................................................................. 2 Resumen ........................................................................................................................................................... 3 Abstract ............................................................................................................................................................. 3 Introducción ........................................................................................................................................................ 5 Planteamiento del problema ........................................................................................................................... 8 Objetivo ................................................................................................................................................................ 9 Objetivo General.............................................................................................................................................. 9 Justificación ......................................................................................................................................................... 9 Marco Teórico................................................................................................................................................... 10 Marco Conceptual ......................................................................................................................................... 10 Antecedentes .................................................................................................................................................. 12 Marco Contextual .......................................................................................................................................... 14 Marco Legal ................................................................................................................................................... 15 Metodología ....................................................................................................................................................... 16 Resultados y Discusión .................................................................................................................................... 17 Conclusiones ...................................................................................................................................................... 18 Referencias .......................................................................................................................................................... 19

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Introducción El presente trabajo tiene por objeto revisar estudios de investigación que consideran aspectos sociales, psicológicos y legales sobre la eutanasia. Como la eutanasia está prohibida en la normatividad peruana, se propondrá cuáles serían las condiciones aceptables para su despenalización. Las personas que sufren la condición de ser enfermos terminales, enfrentan dolores y el empeoramiento de su condición clínica, irremediablemente. La muerte es parte de la vida y estos pacientes morirán de todos modos. ¿No sería un trato más humano considerar acabar con ese sufrimiento que no se sabe cuánto puede durar? ¿Qué sucede con la persona cuando su vida carece de sentido? ¿No se están aumentando más días a la vida sin ningún propósito? La eutanasia no se propone como una condición sino como una elección que la persona asumiría conscientemente ¿No se atenta contra la libertad individual de estas personas que padecen una enfermedad terminal? ¿Tiene derecho el estado de imponerse sobre el libre albedrío de la persona? Esto conlleva una situación que atenta contra su condición de vida y, por tanto, contra su dignidad. Pero este sufrimiento no sólo es personal sino también familiar y social. Mantener con vida a una persona polisintomática conlleva una preocupación afectiva y una merma económica para sus familiares directos. En la actualidad, un médico puede ir a la cárcel por realizar cualquier modalidad de eutanasia como si estuviera cometiendo un asesinato. Por la normatividad legal vigente, los médicos están en la obligación de preservar la vida incluso ante la sombría perspectiva que ya no se puede hacer nada por lo irremediable de la condición física de estas personas/pacientes. Por otro lado, tampoco se puede aplicar la eutanasia en cualquier situación de sufrimiento porque podría estarse estimulando el suicidio asistido o, más aun, el asesinato si quien decide no es la persona que ha perdido la consciencia sino su familia. Incluso podría haber consecuencias económicas favorables a los

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deudos luego de la muerte de la persona/paciente. Se hace necesario, pues, establecer los criterios a tomar en cuenta para normar adecuadamente la eutanasia. La presente investigación pretende revisar el marco conceptual que permitirá establecer la claridad de la definición conceptual de la eutanasia. Se revisará los estudios sociales, psicológicos y jurídicos de la eutanasia tomando como ejemplo la realidad de otros países que han aceptado la eutanasia. Asimismo, se revisará el marco legal peruano sobre el tema, la iniciativa de un proyecto de ley presentado al Congreso de la República y las modificatorias necesarias en el Código Penal. La presente investigación tiene carácter de diseño no experimental, porque está basada en un conjunto de información recopilada, lo que se hizo mediante una revisión y análisis bibliográfico. Sin embargo, se va a considerar principalmente en Perú, además es un enfoque cualitativo debido a que se describirá la información recolectada. La metodología se compone en un tipo de estudio transversal, es decir, abarca información publicada fundamentalmente en el siglo XXI. Los resultados de esta investigación concluyen en que es posible establecer un cambio en la normativa, previo cambio en la percepción social de la eutanasia. Por ello, finalmente, se asumirá, a partir de un estudio revisado, cuáles serían los criterios indispensables en los que la eutanasia sería permisible.

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El beneficio de la legalización del derecho a una muerte digna y sin dolor en pacientes con enfermedades terminales en Perú 2018.

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Planteamiento del problema La situación irreversible y degenerativa de las condiciones de enfermedades terminales, prolongan una terrible agonía que atenta contra la dignidad y la autonomía de las personas. Así como hay derecho a vivir dignamente, también se debe tener derecho a morir dignamente (Ugaz Arbaiza y Martinez Asmat, 2016). Sin embargo, la sociedad peruana tiene opiniones divididas. Una encuesta llevada a cabo por Ipsos por encargo de el diario El Comercio (2015) señala que el 52% de limeños está a favor de la eutanasia, mientras que el 40% la desaprueba y esto es un gran porcentaje. Prácticamente, la mitad de la población está a favor y la otra está en contra. En la misma nota del diario se pidió la opinión de un exministro de salud conocido por sus posturas tradicionales quien consideró el tema como “delicado y peligroso” porque implica “la cosificación de la persona” y también “son muestras de que estamos en un deterioro social”. En ese mismo sentido, Mendoza (2014) afirma que la religión ejerce mucha influencia en la sociedad peruana y es contraria a la idea del suicidio y la eutanasia, de acuerdo a la idea de la “santidad de la vida” que condena el suicidio, pues el deber de no matar incluye el de no matarse. Desde esta perspectiva colaborar en el suicidio sería también ilícito. Por otro lado, se han presentado iniciativas legislativas bajo el fundamento de que la dignidad y la autonomía de las personas son legítimas de modo que si se tiene derecho a vivir también se tiene derecho a morir dignamente y esto conlleva un cambio de paradigma legal que considere un protocolo médico adecuado y la voluntad de las personas a decidir por sí mismas y no por paradigmas religiosos o ideológicos (Angulo, 2015) Por todo lo anterior llegamos a la siguiente pregunta de investigación: ¿De qué manera la legalización de la eutanasia activa en Perú beneficia el derecho a una muerte digna y sin dolor en pacientes con enfermedades terminales en el 2018?

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Objetivo Objetivo General Identificar cómo la legalización de la eutanasia activa en Perú beneficia el derecho a una muerte digna y sin dolor en pacientes con enfermedades terminales. Justificación La presente investigación tiene como finalidad saber y poder entender el tema a tratar, para establecer la argumentación que favorezca a la legalización de la eutanasia activa en Perú y, de esta manera, equilibrar algunos enfoques controversiales que han surgido. La sociedad es influenciada por el sistema ideológico en cual se manifiestan dos posturas. Por un lado, la legalización es visibilizada como un homicidio y, por otro lado, como una muerte digna. Esta investigación nos permitirá escribir, analizar e identificar someramente porqué en Perú no aceptan esta ley en beneficio de los pacientes con enfermedades terminales. Si se legaliza la eutanasia en Perú, los pacientes que son conscientes de su enfermedad tendrían la capacidad de poder decidir con respecto a su vida; es decir, vivir con dolor y sufrimiento o culminar con ello (García Zárate, 2014; Mendoza Cruz, 2014).

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Marco Teórico Marco Conceptual Los pacientes sin posibilidades de ser atendidos con un resultado beneficioso, pueden elegir acabar con ese dolor, esa facultad es la eutanasia. En el presente trabajo se entenderá la eutanasia como el “(…) acto de poner fin a la vida de una persona enferma sin probabilidad razonable de cura (enfermedad terminal, esto es, enfermedad incurable y grave) con el objeto de evitarle sufrimientos permanentes innecesarios.” (García Zárate, 2017, p.252) Por otro lado, aquella persona, sin oportunidad de tener una vida digna, teniendo como resultado la muerte se considera como: “(…) aquel que padece una enfermedad grave o incurable y quien por el deterioro fisiológico de su organismo se encuentra en la fase final de su existencia” (Mendoza Cruz, 2014, p.18) Al tener una enfermedad terminal, la calidad de vida disminuye y el paciente tiene derecho a una calidad de vida: “(…) el derecho a existir con una calidad de vida mínimamente digna” (García Zárate, 2017, p. 254). Las personas tienen derecho de elegir una muerte digna y sin sufrimiento, lo que se entendería como: “(…) derecho a hacer del proceso de morir algo tan bueno y placentero como sea posible.” El paciente tiene el derecho de practicarse la eutanasia sin cargos hacia él en la sociedad, ni hacia el medico: (…) significa que el paciente tendría el derecho a ser muerto, pero con una obligación correlativa, que puede estar a cargo de un médico en particular o de la sociedad como un todo, y que consiste en este último caso en proporcionar algún médico para que la eutanasia sea practicada (García Zárate, 2017,p.259). Existen distintas formas en que la eutanasia puede tener lugar y en la primera el paciente solicita la eutanasia y esta se produce con la asistencia de profesionales de la salud. A esta forma se le conoce como eutanasia activa. Es la eutanasia más solicitada, ya ha sido legalizada en muchos países está destinada para 10

acabar con la vida del paciente, como consecuencia de una acción como aplicación de una dosis que acorta la vida por eso se dice también que se da de manera directa (Caldevilla Domínguez, 2005). La eutanasia que hace alusión a una muerte natural, suprimiendo cualquier apoyo de vida mediante tecnología médica o farmacológica, es la pasiva (Caldevilla Domínguez, 2005). Otra forma de consideración de la eutanasia se produce cuando el paciente no está en condiciones de manifestar su deseo. En ésta, la eutanasia es solicitada por la familia, al ser un paciente terminal sin estado de conciencia que, además, es irreversible. El paciente pasa a ser un trabajo y una carga económica para la familia y la comunidad, al no tener ninguna posibilidad de recuperación. No hay, pues, optimismo en la recuperación y la muerte se produciría en contra de la voluntad del paciente. En la presente investigación será considerada como eutanasia económica (Caldevilla Domínguez, 2005). La eutanasia que intenta despojar al paciente del dolor y ancianidad penosa se entenderá como eutanasia piadosa (Caldevilla Domínguez, 2005). La eutanasia usada por algunos médicos que prescriben medicamentos sedantes o analgésicos para suprimir el dolor y que, indirectamente, por sus efectos secundarios, produce la muerte del paciente en condiciones de tranquilidad, se denomina eutanasia lenitiva, (Caldevilla Domínguez, 2005).

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Antecedentes La legalización de la eutanasia es un tema controversial que viene siendo discutida en diversas investigaciones, en la actualidad se ha convertido en uno de los problemas que afecta a la calidad de vida y la dignidad de las personas con enfermedades terminales, por su relativa relevancia, en últimos años la eutanasia está siendo analizada y estudiada por diversos investigadores de Perú, estudios que sirven como base para la presente investigación, y son presentados a continuación. Vega Gutiérrez (2007), en su artículo denominado La pendiente resbaladiza en la eutanasia en Holanda, como primer argumento informa sobre cinco condiciones que se deben cumplir en la eutanasia activa en ese país: que la petición sea de manera voluntaria, bien considerada y persistente, el paciente debe mostrar sufrimiento intolerable, debe ser el último recurso y debe ser consultado por otro médico. En un segundo argumento valida la eutanasia por la abierta discusión del tema con el apoyo de pacientes, familiares y medios de comunicación, describiéndola como un acto valeroso y sabio que produjo un consenso social. Finalmente, el tercer argumento muestra los resultados de estudios estadísticos realizados, y que demuestran el aumento de la estimación de las muertes en relación con la eutanasia y el suicidio asistido a partir de su legalización. Padovani Cantón y Clemente Rodríguez (2008), en su artículo denominado Eutanasia y legislación, refiere que el filósofo y político ingles Francis Bacon planteó que era necesario preparar al hombre para su muerte, mediante “el arte de ayudar al agonizante”. Sostiene que se debe respetar el derecho de la persona a disponer de su vida poniendo en el debate el tema del libre albedrío. Por último, indica que la eutanasia se realiza de manera correcta si se aplica cuando se observa que las terapias aplicadas en el paciente no dan resultado.

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Mendoza Cruz, (2014) en su tesis denominada Eutanasia: Un ensayo de fundamentación liberal para su despenalización. Plantea el problema de la eutanasia voluntaria y suicidio asistido como una justificación en base a la autonomía de las personas y evitar la sanción penal dispuesta por el Estado Constitucional, por el cual la sociedad es sometida a su sistema desde la modernidad. Además, expone como principio fundamental, los elementos centrales del liberalismo como una filosofía política ajustada a la Constitución, que es el principal objetivo para justificar la descriminalización de la eutanasia y como se relaciona el constitucionalismo y liberalismo y su enfoque frente al derecho. Los principales elementos teóricos de liberalismo político a través de las propuestas de J. Rawls y R. Dworkin. Para finalizar propone un argumento para la despenalización de la eutanasia apoyándose como prioridad en la libertad individual dada la facultad de autodeterminación y autonomía en el marco del liberalismo político. García Zárate, (2017) en su artículo denominado La Eutanasia: Un Argumento Moral A Su Favor. Menciona que tener derecho a la vida no debe entenderse como tener derecho a la simple existencia, sino como el derecho a existir con una calidad de vida digna. También, menciona que todos sabemos que morir es parte de la vida y que las personas tienen el derecho a que los eventos que están en su vida sean tan buenos y divertidos como sea posible. Finalmente, menciona que, si el proceso de morir se ha hecho algo penoso, no puede negarse al individuo el derecho a reducirlo y, así, terminar con su vida si él lo desea.

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Marco Contextual En Perú, hay una población hay 31 millones de habitantes (Instituto Nacional de Estadística e Informática, 2018). A pesar de que la educación es universal, no brinda comunicación sobre ciertos temas controversiales, como la eutanasia. Por lo tanto, la población no tiene la información necesaria para poder decidir si la solicitarían para ellos o para algún familiar. En la actualidad, la eutanasia no ocupa un lugar relevante en el debate político peruano. Cuando algún estudio o ensayo actualiza la controversia la postura más radical en contra de esta discusión es la postura de la iglesia que defiende la vida como un precepto religioso influyendo en los agentes políticos y en la sociedad civil. Esto es pernicioso debido a que nuestra sociedad no es teocrática: La religión católica ejerce mucha influencia en la sociedad peruana y es contraria a la idea del suicidio y la eutanasia de acuerdo a la idea de santidad de la vida que condena el suicidio, pues el “deber de no matar” incluye el de “no matarse”. Desde esta perspectiva colaborar en el suicidio seria también ilícito. Se entiende que el consentimiento de un enfermo terminal no afecta la validez de la obligación de respetar la vida para los casos de la eutanasia voluntaria (Mendoza Cruz, 2014,p9). Equiparar el suicidio con la eutanasia oscurece el debate social porque no se trata de la misma ´perspectiva. Por un lado, el suicidio puede darse en condiciones en que la salud física no está comprometida. Por otro lado, los pacientes terminales sufren la prolongación de su sufrimiento por la atención médica obligatoria que lo que hace es aumentar el sufrimiento y la disminución por el respeto y la dignidad de la vida. Para la religión cristiana imperante en nuestra sociedad el sufrimiento puede ser una imposición moral cristiana que las personas deben llevar al extremo. Si las leyes se basan en esta ideología, muchas personas con otras creencias pueden verse afectadas por una imposición social y legal que proviene de ella. Una pobre educación, un pobre debate, la prevalencia de una ideología impuesta hace que el contexto no sea el más favorable a una discusión informada y abierta a consideraciones de la libertad individual.

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Marco Legal Roberto Angulo Álvarez, congresista en el año 2015, presentó un proyecto de ley que define y propone la eutanasia activa en su Artículo 1: Se entenderá como eutanasia a la terminación de la vida que lleva cabo un médico a petición del paciente, manifestando su consentimiento de forma indubitable de acuerdo a lo establecido por el reglamento de la presente ley. El proyecto de ley contempla la eutanasia pasiva en su Artículo 2. El paciente terminal, manifestando su consentimiento de forma indubitable, tendrá el derecho de denegar o suspender cualquier procedimiento médico que se le está realizando o que se le estuviese por realizar, con el fin de contrarrestar la enfermedad incurable que padece. Como el Código Penal que nos rige penaliza la eutanasia para los médicos que la asistan, el proyecto de Ley propone su derogación: El artículo 112 del Código Penal (1995), califica la eutanasia como homicidio debe ser derogado y reemplazado por un protocolo médico que detalle las formas y métodos adecuados para que un médico practique la eutanasia. El incumplimiento de este proceso médico conllevaría a una sanción administrativa, sino a una posible configuración del delito de homicidio en su forma general (Angulo Alvarez, 2015). La dificultad de la eutanasia activa reside en que el médico o la persona que la realiza puede ser pasivo de condena por homicidio. El paciente debe ser consciente de su solicitud de acuerdo a que no hay ninguna solución para su gravedad. Actualmente, en el artículo 112 del Código Penal peruano establece que: El que, por piedad, mata a un enfermo incurable que le solicita de manera expresa y consciente para poner fin a sus intolerables dolores, será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de tres años (Angulo Alvarez, 2015).

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Metodología La presente investigación tiene carácter de diseño no experimental, porque está basada en un conjunto de información recopilada en diferentes localidades del mundo, porque se realizó una revisión y análisis bibliográfico. Sin embargo, se va a considerar principalmente en Perú, además es un enfoque cualitativo debido a que se describirá la información recolectada. La metodología se compone en un tipo de estudio transversal, es decir, aquella recopilación de segunda mano.

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Resultados y Discusión En el presente estudio se ha podido encontrar que las referencias a favor de la eutanasia. Una persona que sufre sin término de solución tiene una pérdida de su calidad de vida. La persona tiene que verse sometida a tratamientos y procedimientos médicos que los propios profesionales de la salud se ven obligados a prescribir so pena de cárcel. Los pacientes, sus familiares y los médicos están condicionados a no poder tomar una decisión en favor de la dignidad de la persona debido a que la ley contraviene cualquier acción (activa o pasiva) que ayude a la persona a adelantar la muerte irremediable. Pero también es cierto que no cualquier sufrimiento conlleva un atentado contra la dignidad y la calidad de la vida. Por ello, la eutanasia debe cumplir con las siguientes condiciones, deberá tener un diagnóstico médico del paciente, el cual se encuentre en la fase terminal e irreversible de su enfermedad; además, el paciente debe disponer una adecuada información sobre su situación y pronóstico. Es el mismo paciente quien debe solicitar la eutanasia, preferiblemente por escrito y con la intervención de testigos. Por otra parte, el paciente debe tener una segunda opinión favorable por parte de otro médico sobre los puntos anteriores; también debe contar con una opinión psiquiátrica positiva sobre su capacidad para decidir. Sin embargo, el paciente tiene derecho a anular la solicitud en cualquier momento. La práctica de la eutanasia por un médico debe ser bajo condiciones que aseguren suprimir el dolor. La edad mínima del paciente sería preferentemente mayor a 16 años. Por otra parte, se deberá informar a las autoridades sobre la práctica de la eutanasia, en estricto cumplimiento del procedimiento legal; así mismo se realizará una evaluación periódica de las condiciones en que se aplique la eutanasia a cargo de una comisión interdisciplinaria de investigadores a fin de introducir ajustes al procedimiento (Ugaz Arbaizxa y Martinez Asmat, 2016). El Estado no debe fundar su legalidad en la religión o en una versión metafísica de la dignidad humana, sino debe estar centrada en el rol que juega la libertad individual en la elección de los planes de vida de las personas y en el rol del Estado por preservarla (Angulo Alvarez, 2015)

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Conclusiones En Perú la eutanasia no está permitida y en el caso de practicarse se considera un homicidio piadoso que tiene pena de cárcel. En el reglamento peruano no reconoce que una persona pueda tomar una libre decisión de morir y así poner fin a dicho sufrimiento. Las objeciones en contra de la eutanasia provienen sobre todo de la influencia religiosa, las que son dignas de respeto, pero no deben impedir un cambio constitucional que conlleve el ejercicio de la autonomía por parte de personas. La práctica de la eutanasia, es legal en varios países, siempre y cuando se cumpla con los requisitos, esto genera que más estados ponen interés sobre la necesidad de su legalización. La legalización de la eutanasia activa en Perú beneficia el derecho a una muerte digna y sin dolor en pacientes con enfermedades terminales pues, de lo contrario perjudican su calidad de vida y su dignidad.

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Referencias Angulo Álvarez, R. (4 de Marzo de 2015). Proyecto de Ley N°4215/2014-CR. Ley que despenaliza el homicidio piadoso y declara de necesidad pública e interés nacional la implementacación de la eutanasia. Perú: Congreso de la República. Recuperado el 7 de 4 de 2018, de http://www2.congreso.gob.pe/Sicr/TraDocEstProc/Contdoc02_2011_2.nsf/0/c175f2ce95df6b8405 257dfe0078b868/$FILE/PL0421504032015.pdf Caldevilla Domínguez, D. (2005). Sobre la eutanasia. Revista de Comunicación Vivat Academia. Año VIII n° 68, 1-16. doi:10.15178/va.2005.68 Código Penal. (8 de Abril de 1991). Lima, Perú: El Peruano, Diario Oficial. García Zárate, Ó. A. (2014). La eutanasia: Un argumento moral a su favor. Escritura y Pensamiento. Año XVII, N°. 34., 251-267. Instituto Nacional de Estadística e Informática. (2018). Población del Perú totalizó 31 millones 237 mil 385 personas al 2017. Nota de prensa. N° 108, 1-3. Mendoza Cruz, C. A. (2014). Eutanasia: Un ensayo de fundamentación liberal para su despenalización [Tesis de Maestría]. Lima: Pontificia Universidad Católica del Perú. Maestría en Derechos Humanos. Padovani Cantón, A. M., & Clemente Rodríguez, María Elisa. (2008). Eutanasia y legislación. Revista de Ciencias Médicas de Pinar del Río 12(2), 139-149. Redacción de El comercio. (20 de Marzo de 2015). El 52% en Lima aprueba la eutanasia para pacientes desahuciados. Obtenido de Diario Digital El Comercio del Perú: https://elcomercio.pe/politica/actualidad/52-lima-aprueba-eutanasia-pacientes-desahuciados383684

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Ugaz Arbaizxa, C. M., & Martinez Asmat, C. M. (2016). Eutanasia en el Perú y su regulación jurídica como alternativa a una muerte digna. Revista Jurídica Científica SSIAS, Facultad de Derecho de la Universidad Señor de Sipán., 9(2), 1-2. Recuperado el 7 de 4 de 2018, de http://revistas.uss.edu.pe/index.php/SSIAS/article/download/394/382 Vega Gutiérrez, J. (2005). LA "pendiente resbaladiza" en la eutanasia. Una valoración Moral [tesis de doctorado]. Roma: Universidad Pontificia de la Santa Cruz. Facultad de Teología.

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