Examen de Dr. CARLOS R.

Realizado por; Lilibeth Navarro C.I: 26.918.864 Problema 1 Don Cangrejo acreedor quirografario de Bob Esponja demandó a

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Realizado por; Lilibeth Navarro C.I: 26.918.864 Problema 1 Don Cangrejo acreedor quirografario de Bob Esponja demandó a Patricio y solicitó una medida de embargo preventivo sobre un bien mueble, alegando que éste es propiedad de Bob Esponja. En el lapso para dar contestación a la demanda Patricio alega que Bob Esponja ya le había vendido dicho bien a él, y que adquirió de buena fe. El pichirre de Don Cangrejo alega que las obligaciones deben cumplirse tal como han sido contraídas y que es público, notorio y comunicacional que Patricio y Bob Esponja son amigos a tal punto que se la pasan cazando medusas juntos y que esa es una venta aparente. Preguntas 1) Que acción o pretensión se ejerció en el presidente caso: Lo que podemos darnos cuenta es que es una acción aparente de simulación, donde se está actuando de mala fe. Pero tomando en cuenta que se está hablando de acreedor quirografario ya que este pretende la cosa en cuestión, pero como tal no se concretó la entrega de la cosa por estar en concurso de los demás acreedores del bien 2) Si usted fuese el abogado de Bob Esponja que haría: Lo principal seria acudir al tribunal competente alegando; que el sr don cangrejo era un acreedor quirografario y estaba sometido al concurso de los demás acreedores en donde el sr patricio se adjudicó el bien es el bien de la vida que se pretende en este caso. 3) Es correcta la actuación de Don Cangrejo: no es correcta la actuación de don cangrejo ya que este estaba sometido al concurso para la materialización de la adquisición del bien de este caso tenía que seguir el rumbo para el adjudicarse el bien.

4) Puede Patricio hacer oposición al embargo: Si ya que este adquirió el bien del que se habla de buena fe y este esta en todo su derecho de reclamar el mencionado bien. 5) Tipo de obligación: Es una obligación (civil, compleja) Civil: por la presencia de la fuerza del estado como imperio atreves de sus órganos y compleja: porque está presente más de 2 persona en el caso. 6) Elementos de la obligación: Objetivo: es la prestación de dar que es la transmisión del bien o la conducta positiva del deudor. Subjetiva: el actor es don cangrejo por acudir a los órganos de administración de justicia, aunque bob esponja cumplió y patricio no sabemos si pago el precio de la cosa. Jurídico: es aquel que está presente en el caso ya que encontramos

la

responsabilidad de bob esponja y el débito donde se cumplió con un concurso para la entrega de la cosa 7) Principios que se invocan en el presente caso:

no invocaría ningún

principio ya que tenemos plenas certeza que el sr don cangrejo no pago el concurso del bien de la vida que se pretende 8) Si usted fuese el juez que haría: Fuese muy clara con respecto al señor don cangrejo: no admitiría el recurso de su petición ya que este no acumula la carga de prueba suficiente para la protección patrimonial que la aleja caso.

la carga de prueba no es definitoria en este

Problema 2 El diez de mayo de 2018, Bob esponja suscribió un contrato con Calamardo para que le enseñara a, su hijo Gary, (quien para la fecha de la celebración del contrato tenía 16 años) a tocar Clarinete. Se pactó que Calamardo recibiría la cantidad de diez mil dólares cuando Gary finalmente aprendiera a tocar el instrumento musical y no se fijo lapso de tiempo para su cumplimiento, las clases las recibiría Gary en la casa de Calamardo y acordaron que el pago se realizaría en el domicilio de Bob Esponja. El día 9 de mayo de 2019 Bob Esponja murió en un accidente de bote junto a la señora Poof. El día 11 de junio de 2020 el ciudadano Gary asistido por el abogado Patricio acudió al Tribunal de los Municipios Sucre y Cruz Salmerón Acosta del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre y presentó formal demanda de Nulidad de contrato suscrito por Bob Esponja con el ciudadano Calamardo, alegando incapacidad legal de una de las partes, ya que para la fecha que se firmó dicho contrato él era menor de edad. Además, solicita la resolución del mismo de conformidad con el artículo 1167 del Código Civil venezolano, alegando que no hubo cumplimiento de contrato porque hasta la fecha él no ha aprendido a tocar Clarinete. El ciudadano del abogado Calamardo al momento de dar contestación a la demanda alega que no ha habido incumplimiento de su parte porque su defendido le ha impartido clases a Gary todos los días y el problema ha sido que éste tiene problemas para aprender a tocar dicho instrumento y reconviene al ciudadano Gary por cumplimiento de contrato más daños y perjuicios de conformidad con el artículo 1167 del Código Civil venezolano. Preguntas 1) ¿Tipo de obligación?,: Es una obligación civil y está en una obligación sujeta a condición futura he incierta de dicha obligación. 2) ¿Elementos de la obligación?, Los sujetos: Activo: Gary por ir al órgano de administración de justicia, sin embargo, calamardo no es un sujeto pasivo ya que en ningún momento dejo de cumplir con su obligación

El tipo de pretensión en el siguiente caso: es hacer las clases del sr calamardo. 3) ¿Puede el ciudadano Gary solicitar la nulidad del contrato?: No, ya que quien pacta una obligación o derecha a crédito la pacta para sí mismo, para sus terceras, y causahabientes 4) ¿Puede Gary solicitar en un mismo libelo la nulidad y la resolución del contrato?: 5)

razone su respuesta: si lo puede hacer renunciando a un acuerdo de transmisión universal hecha por su padre en este caso y al término de este contrato.

6) ¿Si usted fuese el abogado de Gary que hubiese hecho? Solicitar en el tribunal competente la resolución de este contrato desde mi punto de vista es improcedente exigir una nulidad hecha entre las partes porque para eso existen las figuras de tutores o curadores. 7) ¿Si usted fuese el abogado de Calamardo que haría?: Exigir el cumplimiento del contrato ya que no solamente se heredad derecho de crédito si no también la obligación que establece este contrato adquirido por su padre ya que el sr calamardo no incumplió con su obligación en el contrato 8) ¿Si usted fuese el juez de la causa, cuál sería su decisión?: Le daría fin a ese contrato por que no existe armonía entre los pates en un acto voluntario, pero antes de dar la resolución dictaminara una indemnización para el señor calamardo porque este cumplió con su parte del contrato. 9) ¿Es correcta la actuación del abogado de Calamardo?: Si fue correcta ya que este cumplió con lo que estableció en la protocolización del contrato