CONTRATO DE SUMINISTRO En la ciudad de Guatemala, el siete de diciembre del dos mil cinco. Nosotros por una parte el Lic
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CONTRATO DE SUMINISTRO En la ciudad de Guatemala, el siete de diciembre del dos mil cinco. Nosotros por una parte el Licenciado JÖRG HOLLA (único apellido), de cincuenta y tres años, de paso por la ciudad de Guatemala, me identifico con pasaporte número,
doscientos treinta y cinco mil novecientos seis
guión K (235,906-K), extendido en la República Federal de Alemania, actúo
en
calidad
GESELLSCHAFT
de FÜR
representante
Interino
TECHNISCHE
de
la
DEUTSCHE
ZUSAMMENARBEIT,
de
conformidad con la constancia de fecha ocho de diciembre del dos mil cinco
y que a su vez representa a la entidad A EUROPEAN
ASSOCIATION FOR PROCUREMENT MANAGEMENT SERVICES a quienes en el curso del presente contrato también podrá denominársele indistintamente PROMPT-GTZ o el Contratante; y por la otra parte el señor JORGE GIOVANI RAMIREZ SAMAYOA de cuarenta y un años de edad, de este domicilio, me identifico con Cédula de Vecindad número de Orden A guión uno registro catorce mil cuatrocientos sesenta y cuatro extendida por el alcalde municipal
de Chinautla, departamento de
Guatemala, actúo en calidad de Administrador Único y Representante Legal de la entidad mercantil DISTRIBUIDORA DE PRODUCTOS BASICOS DIPROBA, SOCIEDAD ANÓNIMA, de conformidad con acta de nombramiento autorizada en esta ciudad el día ocho de junio del año dos mil cuatro por la Notaria Silvia Janeth García Guzmán, la cual se encuentra inscrita en el Registro Mercantil General de la República al número doscientos veintiún mil novecientos sesenta y tres (221,963), folio novecientos (900), libro ciento cuarenta y ocho (148) de Auxiliares de Comercio e inscrita en el Registro número cuarenta y nueve mil quinientos treinta y siete (49,537) folio siento setenta y uno (171) libro ciento
cuarenta
y
tres
(143)
de
Sociedades
Mercantiles.
Los
comparecientes expresamente declaramos: A) Que somos de los datos de identificación personal consignados y nos encontramos en el libre ejercicio de nuestros derechos civiles, B) Que las representaciones que
ejercitamos son suficientes de conformidad con la ley para la celebración de este contrato. C) Que es del conocimiento y aceptación de las partes que el presente contrato, cuyo objeto es el suministro de materiales que se describen más adelante, lo suscribe PROMPT-GTZ por cuenta
del
INSTITUTO DE FOMENTO MUNICIPAL como autoridad Superior de la Unidad Ejecutora del Programa de Acueductos Rurales (que en el curso de este contrato también podrá denominársele INFOM o INFOM-UNEPAR indistintamente), de conformidad con Administrativos
suscrito
entre
el
Contrato
de
Servicios
el Instituto de Fomento Municipal y
A European Association for Procurement Management Services, el día cuatro de noviembre del dos mil tres, y el oficio de Gerencia del Instituto de Fomento Municipal número GER-seiscientos ochenta y cinco guión cero cinco, de fecha veintinueve de agosto del dos mil cinco. D) Que por este acto celebramos CONTRATO DE SUMINISTRO de la oferta presentada el catorce de octubre del dos mil cinco, de conformidad con las siguientes cláusulas. Este contrato sigue las bases de licitación y la oferta del Postor de fecha catorce de octubre del dos mil cinco. Cláusula 1.
Objeto del Contrato 1.1.
Este
contrato
tiene por objeto el suministro de los bienes y servicios especificados más adelante, de conformidad con las condiciones estipuladas en: a. este Contrato de Suministro; b.las Especificaciones Técnicas, tal como en su oferta arriba mencionada c.las Condiciones Especiales del Contrato; d.las Condiciones Generales del Contrato; e.las Tablas de Precios ; (Anexo número uno) f. la Garantía de Cumplimiento; Garantía de Calidad y/o funcionamiento en su caso; g.el Acta de Recepción Todos estos documentos son del conocimiento de las partes y forman parte integral de este contrato y tendrán prioridad en el orden establecido anteriormente. 1.2 Suministro en Lote(s) de los bienes siguientes: DESCRIPCIÓN
PRECIO
EN
QUETZALES 50,037 16
Sacos
de
Cemento
TIPO
Q. 2,466,824.10
U.G.C
Q.
Sacos
de
Cal
720.00
Hidratada TOTAL
Q. 2,467,544.10
La descripción completa de los materiales indicados en el cuadro precedente, que suministrará el Proveedor, se encuentra en las tablas de precios de los respectivos lotes, que conforman el anexo número uno. El valor total de este contrato es de
DOS MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y SIETE
QUINIENTOS CUARENTA Y CUATRO QUETZALES CON DIEZ CENTAVOS que incluye el Impuesto al Valor Agregado –IVA-. 1.4Los Suministros deben ser totalmente conforme a la descripción detallada en la lista de suministros y las especificaciones técnicas, que puede haber sido modificadas o enmendadas de conformidad con la oferta. Los lugares de ejecución, donde los bienes serán entregados y recibidos de conformidad con la cláusula ocho de las Condiciones Generales del Contrato, para el caso del Cemento y Cal Hidratada serán en las comunidades beneficiarias de los departamentos de Alta y Baja Verapaz, de acuerdo con el PLANO DE LOCALIZACIÓN DE LOS PROYECTOS DEL PROGRAMA IV DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BASICO RURAL que forma parte del Anexo número dos de los documentos de este contrato. El presente contrato se suscribe con fundamento en: a) Lo que al respecto determinan los artículos cuarenta y siete, cuarenta y ocho y cuarenta y nueve del Decreto cincuenta y siete guión noventa y dos del Congreso de la República Ley de Contrataciones del Estado y artículo veintiséis de su reglamento (Acuerdo Gubernativo mil cincuenta y seis guión noventa y dos de fecha veintidós de diciembre de mil novecientos noventa y dos). b) En la Cláusula cuatro punto uno punto siete (4.1.7) del Contrato de Servicios Administrativos suscrito entre INFOM-UNEPAR y PROMPT-GTZ el cuatro de noviembre del dos mil tres c) Documentos de Licitación en el orden correspondiente Cláusula 2. Origen El Proveedor deberá presentar previo a la entrega de los materiales, un certificado que indique el país de origen de los suministros. Cláusula 3.
Entrega y Recepción Términos de Entrega: La entrega
(cuyo costo de transporte está incluido en el valor de los materiales en este
contrato), deberá ser al lugar de destino final, desempacado e instalado y/o colocado listo para su recepción. El Proveedor se obliga a girar una orden escrita a los transportistas para que permanezcan en el lugar de la entrega, hasta que los materiales y/o suministros hayan sido recibidos a satisfacción del recipiendario. Los transportistas deberán regresar los materiales que no hayan sido recibidos por no cumplir con las especificaciones Técnicas3.2 Se efectuarán varias entregas parciales: Las fechas estimadas disponibilidad del material en el sitio serán: a partir de 15 de diciembre del dos mil cinco
La
recepción del cemento deberá ser en el lugar de ejecución del proyecto de conformidad Plano de Localización de los Proyectos entregada al proveedor. 3.3La fecha señalada en el párrafo 3.2 podrá ser prorrogada o modificada a discreción de PROMPT-GTZ quien dará aviso escrito al Proveedor3.4
El
traslado de los bienes no podrá efectuarse sin la previa autorización escrita de PROMPT-GTZ3.5 La recepción de los bienes será efectuada únicamente por el representante nombrado por INFOM-UNEPAR Cláusula 4. Precio y PagoLos precios de los bienes y servicios están especificados en la Tabla dePrecios.
El valor total de este contrato está indicado en la
cláusula uno; y es de: DOS MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS CUARENTA Y CUATRO QUETZALES CON DIEZ CENTAVOS, que incluye el Impuesto al Valor Agregado -IVA--. El pago será efectuado directamente por el Instituto de Fomento Municipal en la siguiente dirección: INSTITUTO DE FOMENTO MUNICIPAL -INFOM-Departamento de Tesorería (Quinto nivel)
8ª. Calle 1-66, zona 9. Ciudad de Guatemala,
Guatemala 4.1Para que el pago pueda ser efectuado, el Proveedor deberá presentar los documentos indicados más adelante, los que deberán enviados a La Unidad Ejecutora del -UNEPAR- ( 11 Avenida
Programa
ser
de Acueductos Rurales
“A” 11-67, ZONA 7, La Verbena, Ciudad de
Guatemala) con la encargada del presupuesto del Programa KfW IV, para que genere la Orden de Pago y la traslade a INFOM. Los documentos a enviarse son los siguientes: Factura Comercial.El envío, indicando cada renglón con su respectivo código, tipo y clase, unidad de medida, cantidad, volumen, peso neto/bruto, precio unitario y precio total. Copias de seguros y fianzas y demás
garantías. Certificado de origen (copia). Copia del Acta de Recepción firmada y la constancia de ingreso de los materiales y/o suministros a las bodegas recibidos por INFOM-UNEPAR.- 4.2 En el caso específico del suministro de cemento, rigen las siguientes estipulaciones: a) Contra presentación de vales de cemento emitidos por el Proveedor se efectuará la entrega de CINCUENTA MIL TREINTA Y SIETE (50,037) sacos de cemento de acuerdo al programa mensual de entregas de cemento preliminar . B) Estos vales se harán efectivos cuando el Contratante solicite el suministro al Proveedor, lo cual deberá ser por lo menos con cinco días de anticipación y en cantidades no menores a cien sacos por proyecto o bien de conformidad con la calendarización de entregas parciales para cada proyecto que para el efecto se entregará al Proveedor. Los vales deberán estar numerados correlativamente, y para hacerlos efectivos deberán tener firmas mancomunadas de dos personas que por escrito autorice la Gerencia del Instituto de Fomento Municipal, autorización que será comunicada
por
escrito
al
Proveedor
a
través
de
PROMPT/GTZ
oportunamente. C) El proveedor expresamente manifiesta que se constituye en depositario de la cantidad de CINCUENTA MIL TREINTA Y SIETE sacos de cemento amparado con los vales y se obliga a suministrarlo en las fechas establecidas en el calendario de entregas de cemento preliminar o a conveniencia del Contratante de conformidad con el avance físico de la obras, de lo contrario incurrirá en las responsabilidades penales respectivas, especialmente incurrirá en apropiación y retención indebida y todas las responsabilidades civiles consecuentes.
D)
El Contratante y el Proveedor
acuerdan que en caso que haya un incremento o decremento en el precio
del
cemento amparado con vales después de las fechas limite
establecida en el vale único para entrega de cemento. En cumplimiento a lo establecido en la cláusula quince punto uno de las Condiciones Generales para contratos de suministro y servicios y de conformidad con lo establecido en el artículo tres numeral dos sistema de comparación de precios del Reglamento de la Ley deContrataciones del Estado se realizará un ajuste de precios autorizado por PROMPT/GTZ y aprobado por INFOM-UNEPAR4.
Cláusula 6.
Garantía de Cumplimiento El proveedor constituirá en una
unentidad facultada legalmente para ello a favor deINFOM-UNEPAR una garantía de cumplimiento que tendrá una vigencia según lo indicado en el numeral seis punto dos (6.2) de las Condiciones Especiales para Contratos de Suministro, y la cláusula dieciséis (16), numeral dieciséis punto dos (16.2) de las Condiciones Generales para Contratos de Suministro y Servicios, así como lo establecido en el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado de Guatemala en su artículo 39, que literalmente dice:- a.“Cuando se trate de bienes, suministros o servicios hasta que la entidad interesada extienda la constancia de haber recibido a su satisfacción la garantía de calidad o de funcionamiento, o haberse prestado el servicio, en su caso.”b.Cuando se trate de obras, hasta que la entidad interesada extienda la constancia de haber recibido a su satisfacción la garantía de conservación de obra.”- Lo que proceda según sea el caso. Cláusula 7. Garantía Calidad y/o de Funcionamiento El Proveedor constituirá en una entidad facultada legalmente para ello a favor de INFOM-UNEPAR una garantía de calidad y/o funcionamiento según sea el caso, de conformidad con lo indicado en el numeral seis punto tres (6.3) de las Condiciones Especiales para contratos de suministro y servicios y la cláusula dieciséis (16) numeral dieciséis punto tres (16.3) de las Condiciones Generales para contrato de suministro y servicios. Asimismo el Proveedor
deberá asegurar completamente
todos los bienes suministrados en el marco del contrato en la base de un “seguro contra todo riesgo” contra daños, perjuicios y transportes imprevistos, que cubra el ciento diez (110) por ciento del valor CIP de los bienes, según lo establecido en la cláusula nueve (9) de las Condiciones Generales para Contratos de Suministro y Servicios. Cláusula 8
Declaración Jurada. El Oferente por sí o a través
de su representante legal, declara bajo juramento de decir
verdad
y con
conocimiento de las penas relativas al delito de perjurio, que no se encuentra comprendido dentro de las limitaciones contenidas en el artículo ochenta de la Ley
de
Contrataciones
del
Estado.
----------------------------------Cláusula
9
Sanciones, Responsabilidad Adicional y Multa Contractual En lo relativo a sanciones, responsabilidad adicional y multas contractuales se estará en el orden siguiente: a) A lo establecido en los artículos ochenta y cinco y ochenta y seis de la Ley de Contrataciones del Estado y b) En lo estipulado en la cláusula veinte de las
Cláusula 10 Arreglo de Controversias En caso de controversias los Otorgantes convienen expresamente que cualquier diferencia, reclamación o controversias que surgieren entre las partes derivadas de este conciliatorio, pero
contrato, si
será
resuelta
directamente con carácter
nfuera posible llegar a un acuerdo, la cuestión o
cuestiones a dilucidarse se someterán a la jurisdicción del Tribunal de lo Contencioso Administrativo de Guatemala, de conformidad con lo dispuesto en el artículo ciento dos de la Ley de Contrataciones del Estado y de conformidad con lo establecido en la cláusula veinticinco de las Condiciones Generales para Contratos de Suministro y las Condiciones Especiales de Contrato de Suministro, cláusula trece (13).Cláusula 11.
Terminación Prematura
El incumplimiento en cualquiera de las cláusulas de este contrato y sus anexos por parte del Proveedor dará derecho a PROMPT-GTZ a dar por terminado el plazo de este contrato sin responsabilidad de su parte. Cláusula 12.Vigencia del Contrato Entrada en Vigencia: El presente contrato debe ser suscrito por las partes y entrará en vigencia cuando sea notificada la aprobación del mismo por parte de INFOM-UNEPAR.
Dicha aprobación se
hará de conformidad con lo establecido en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento. El contrato será suscrito en dos ejemplares originales con legalización de firmas.-Terminación: La ejecución de este contrato se dará por terminada en el momento en que INFOM-UNEPAR notifique la recepción satisfactoria de los bienes suministrados.
Habiendo INFOM-UNEPAR
notificado la recepción satisfactoria de los bienes. Proveedor
extenderán
en
forma
PROMPT-GTZ
reciproca
el
y el
respectivo
finiquito.-----------------------------------------------------------------------------------
Cláusula 13.
Modificaciones del Contrato Este contrato podrá ser
modificado por escrito y de común acuerdo entre las partes y deberá tener las autorizaciones respectivas, a excepción de lo estipulado en la cláusula diecisiete de las Condiciones Generales para
Contratos de
Suministro Las partes expresamente manifestamos: A) Que reconocemos el presente contrato como título ejecutivo, renunciamos al fuero de nuestros respectivos domicilios y nos sometemos
a
los
tribunales
de
la
República
de
Guatemala de conformidad con lo establecido en la cláusula diez de este contrato y que señalamos como lugares para recibir notificaciones, avisos o citaciones las siguientes direcciones: PROMPT-GTZ la quinta avenida zona
diez de
esta
ciudad.
La
quince guión once de la
entidad DISTRIBUIDORA DE PRODUCTOS
BASICOS DIPROBA, S. A. en la quince calle “C” dieciséis guión noventa y tres, zona seis Los Cipresales, ciudad de Guatemala, B) Desde ya aceptamos como válidas y bien hechas las notificaciones, avisos o citaciones recibidos en los lugares aquí señalados. C) Conocemos y aceptamos el contenido de los anexos descritos en este contrato, los cuales también firmamos. D) En los términos relacionados, aceptamos el contenido de este contrato y sus anexos, lo cual hemos leído íntegramente y bien impuestos de su objeto, validez y efectos legales lo ratificamos, aceptamos y firmamos en el lugar fecha arriba indicados, en dos ejemplares suscritos con firma legalizada, un ejemplar para cada una de las partes. Por
Por:
PROMPT-GTZ
DISTRIBUIDORA
DE
PRODUCTOS
BASICOS DIPROBA, S. A. Firma_________________________ __
Firma____________________________ En la ciudad de Guatemala, el día siete de diciembre del dos mil cinco, como Notaria DOY FE que las firmas que anteceden son auténticas por haber sido puestas el día de hoy ante mí por los señores JÖRG HOLLA (único apellido), quien se identifica
con pasaporte número, doscientos treinta y cinco mil
novecientos seis guión K (235,906-K), extendido en la República Federal de
Alemania; y el señor
JORGE GIOVANI RAMIREZ SAMAYOA, quien se
identifica con Cédula de Vecindad número de Orden A guión uno registro catorce mil cuatrocientos sesenta y cuatro extendida por el alcalde municipal de Chinautla, departamento de Guatemala. CONTRATO DE
Dichas firmas calzan un
SUMINISTRO Y SERVICIOS contenido en diez hojas de
papel membretado impresas de un sólo lado, suscrito en la presente fecha entre
las entidades DEUTSCHE GESELLSCHAFT FÜR TECHNISCHE
ZUSAMMENARBEIT por cuenta
de
A EUROPEAN ASSOCIATION FOR
PROCUREMENT MANAGEMENT SERVICES por cuenta del INSTITUTO DE FOMENTO MUNICIPAL; y la entidad mercantil; DISTRIBUIDORA DE PRODUCTOS BASICOS, DIPROBA, SOCIEDAD ANÓNIMA. Los signatarios vuelven a firmar la presente acta de legalización de firma juntamente con la Notaria autorizante. Adhiero los timbres de ley.