Derecho Municipal

DERECHO MUNICIPAL (MATERIAL DE ESTUDIO) DEFINCION DE DERECHO MUNICIPAL a) ADRIANO G. CARMONA ROMAY: “El conjunto de prin

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DERECHO MUNICIPAL (MATERIAL DE ESTUDIO) DEFINCION DE DERECHO MUNICIPAL a) ADRIANO G. CARMONA ROMAY: “El conjunto de principio legales y normas de jurisprudencia referentes a la integración, organización y funcionamiento de los gobiernos locales”.

b) CÁTEDRA: “Es aquella parte del derecho público que estudia el municipio como objeto principal y lo relativo a éste objeto, se orienta al origen histórico, la naturaleza, definición, elementos y fines de la institución municipal, así como su inserción en el Estado, sus relaciones, competencia y demás aspectos del gobierno, administración y finanzas locales.” UBICACIÓN DEL DERECHO MUNICIPAL DENTRO DE LAS RAMAS DEL DERECHO - Puede ser ubicado dentro del derecho público interno. DERECHO PÚBLICO - Regula la relación de los particulares con el Estado, premunido de su Ius Imperium. DERECHO PRIVADO

- Regula las relaciones de los particulares entre si y de los particulares con el Estado pero este sin su Ius Imperium.

RELACION DEL DERECHO MUNICIPAL CON OTRAS RAMAS DEL DERECHO Con el Derecho: a) Constitucional b) Administrativo c) Procesal d) Penal e) TODOS FUENTES DEL DERECHO MUNICIPAL a) La Constitución b) Las leyes que se dicten en consecuencia de la Constitución c) Las leyes orgánicas municipales. d) Jurisprudencia

e) La doctrina f) Las costumbres g) El derecho comparado. Características del Derecho Municipal a) Es un derecho público.- porque regula una actividad esencialmente estatal. b) Es un derecho político.- porque está íntimamente vinculado con la voluntad popular. c) Tiene como objeto principal la regulación de las relaciones entre el municipio y la población que administra. d) Su institución orgánica principal es el Municipio. e) Es un derecho interrelacional.- porque se relaciona con muchas ramas del derecho. ELEMENTOS CONSTITUTIVOS DEL MUNICIPIO Población Territorio Autoridad Común Organización

El Municipio: Es una subdivisión territorial del Perú, el mismo que ha sido creado por el Estado, con la finalidad de que los funcionarios y servidores públicos que manejan el aparato estatal, se encuentren más cerca a la población, brindando los servicios municipales públicos eficientemente. La Municipalidad: Es la institución del estado, con personería jurídica, facultada para ejercer el gobierno de un distrito o provincia, promoviendo la satisfacción de las necesidades de la población y el desarrollo de su ámbito. El Concejo Municipal: Constituye un órgano de gobierno municipal que cumple las funciones normativas y de fiscalización, integrado por el alcalde(sa) y los(as) regidores(as). ESTADO: Es la nación jurídicamente organizada. Elementos del Estado a) Territorio b) Población c) Gobierno d) Soberanía

Características del Estado a) República dominante, ya que en ella se ejerce un gobierno representativo. b) Social, porque es una democracia que debe beneficiar a toda y no solo algunos individuos. c) Independiente, porque no tiene relaciones de subordinación ante ningún otro Estado. d) Soberana, porque el Estado peruano no tiene restricciones para ejercer su poder dentro de los límites de su territorio. NIVELES DE GOBIERNO G. Nacional G. Regional G. Local: Es la entidad más cercana al individuo LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES – LEY Nº 27972 - Se publicó El 27 de mayo del 2003. TIPOS DE MUNICIPALIDAD a) Municipalidades Provinciales, ejercen el gobierno local en las demarcaciones provinciales. b) Municipalidades Distritales, ejercen el gobierno local en las demarcaciones distritales. c) Municipalidades de Centro Poblados, se crean por ordenanza municipal provincial y ejercen funciones delegadas, las que se establecen en la ordenanza que las crea.

LOS REGIDORES Son representantes de los ciudadanos, elegidos ante el Concejo Municipal para asumir labores de producción normativa y de fiscalización de la gestión municipal, así como también para la presentación de iniciativas y proyectos de mejora de la gestión municipal. Su período de gestión es igual al de los alcaldes, es decir 4 años. Atribuciones de los regidores a) Proponer proyectos de ordenanzas y acuerdos. b) Formular pedidos y mociones de orden del día c) Asumir, por delegación del alcalde, sus funciones políticas. d) Fiscalizar la gestión municipal. e) Integrar comisiones ordinarias y especiales. f) Obligaciones g) Mantener comunicación con las organizaciones sociales e informar al concejo municipal.

LA ALCALDÍA Es el órgano ejecutivo del gobierno local, liderado por el Alcalde, quien es el representante legal de la municipalidad y su máxima autoridad administrativa. Atribuciones de la alcaldia a) Convocar, presidir y dar por concluidas las sesiones del concejo municipal. b) Ejecutar los acuerdos del concejo municipal, bajo responsabilidad. c) Proponer al concejo municipal proyectos de ordenanzas y acuerdos; d) Promulgar las ordenanzas y disponer su publicación. e) Aprobar el presupuesto municipal, en caso de que el concejo municipal no lo apruebe. f) Defender y cautelar los derechos e intereses de la municipalidad y los vecinos. g) Celebrar los actos, contratos y convenios necesarios para el ejercicio de sus funciones. PATRIMONIO MUNICIPAL a) Los bienes, rentas y derechos de cada municipalidad constituyen su patrimonio. b) El patrimonio municipal se administra por cada municipalidad en forma autónoma, con las garantías y responsabilidades de ley. c) Los bienes de dominio público de las municipalidades son inalienables e imprescriptibles. ADMINISTRACION PÚBLICA La Administración Publica es la maquinaria operativa del Estado, su razón de existir es servir a la colectividad, con el propósito de brindarles bienestar. FUNCION PÚBLICA Es la actividad que el Estado realiza a través de sus órganos y que se manifiesta por conducto de sus titulares. La función Pública del Estado en nuestro país es ejercida por la Administración Publica o por entes privados para asegurar el cumplimiento de sus fines. Principios a) Principio de Legalidad b) Principio de Igualdad c) Principio de Seguridad Jurídica d) Principio de responsabilidad por actos arbitrarios SERVICIO PÚBLICO

Es toda acción o prestación realizada por la administración pública activa, directa o indirectamente, para la satisfacción concreta de necesidades colectivas, asegurada en acción o prestación por el poder de justicia.

Características Generalidad: Comprende a todos o cuando menos una mayoría de administradosbeneficiarios. Igualdad: Se atiende las necesidades de la población sin ningún tipo de discriminación. Regularidad: Se pretende el funcionamiento normal, sin interrupciones malsanas. Continuidad: Este tiene una prolongación temporal indefinida o muy larga Inembargabilidad SERVIDOR PÚBLICO Se considera servidor público es el ciudadano en ejercicio que presta servicio en entidades de la Administración Publica con nombramiento o contrato de autoridad competente, con las formalidades de ley, en jornada legal y sujeto a retribución remunerativa permanente en periodos regulares. ALCANCES DE LA LEY DE PROC. ADMINISTRAT. 27444 El Poder Ejecutivo, incluyendo Ministerios y Organismos Públicos Descentralizados; El Poder Legislativo; El Poder Judicial; Los Gobiernos Regionales; Los Gobiernos Locales; Los Organismos a los que la Constitución Política del Perú y las leyes confieren autonomía. ACTO ADMINISTRATIVO Es la declaración o manifestación de voluntad, juicio o conocimiento expresada en forma verbal, escrita o por cualquier otro medio que, con carácter general o particular, emitieren los órganos de la Administración Pública y que produjere o pudiere producir efectos jurídicos. REQUISITOS DE VALIDEZ DEL ACTO ADMINISTRATIVO Competencia Objeto o contenido Finalidad Pública Motivación Procedimiento regular

PRINCIPIOS DEL P.A. De Legalidad Del Debido Procedimiento De Impulso de Oficio De Imparcialidad De Celeridad De Eficacia De Uniformidad EL SILENCIO ADMINISTRATIVO Es establecido en favor del administrado, frente a la inactividad de la administración.