DENUNCIA USURPACION

SEÑOR AGENTE DISTRITAL DEL MINISTERIO PUBLICO DE PETÉN------------------- Geisler Smaille Pérez Domínguez , de cuarenta

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SEÑOR AGENTE DISTRITAL DEL MINISTERIO PUBLICO DE PETÉN-------------------

Geisler Smaille Pérez Domínguez , de cuarenta años de edad, casado, abogado y notario, guatemalteco, de este domicilio, y con residencia en 0av. 11-30 zona 1, San Benito, Petén lugar en el que puedo ser citado o notificado; me identifico con el documento personal de identificación con código único de identificación dos mil dos, sesenta mil, cero ciento uno, extendido por el Registro Nacional de las Personas de la República de Guatemala, Centroamérica. Comparezco a presentar DENUNCIA por el delito de USURPACION , y para el efecto, EXPONGO: ANTECEDENTES: H®, soy propietario del bien inmueble situado en la cuarta calle seis guión catorce de la zona catorce de esta ciudad, según lo acredito con la certificación expedida por el Registrador de la Propiedad de la Zona Central, de la finca número doce, folio trescientos del libro cincuenta de Alta Verapaz, el cual he poseído de buena fe y en forma pública desde que lo adquirí. Este bien inmueble consiste en un lote de terreno sin construcción, ni sembrados. RELATO CIRCUNSTANCIADO DEL HECHO: Con fecha diez de mayo del dos cuatro, al llegar a mi terreno, me encontré con la sorpresa que en su interior estaba el señor ZZZ, realizando trabajos de limpia y aplanado del terreno. Al preguntarle sobre el motivo de su presencia en mi propiedad, me indicó que él se encontraba allí, porque el mismo le pertenecía, sin que me presentara documentos que acreditaran la propiedad. El usurpador se negó a abandonar el inmueble, y cuando regresé al día siguiente, el mismo continuaba con los trabajos y había improvisado una pequeña champa, en la que según los vecinos había dormido el día anterior. Nuevamente le indiqué que

desocupara y se negó a hacerlo, reaccionando violentamente con insultos y amenazándome con golpearme físicamente si volvía a llegar al lugar. Por este

situación acudo a la institución encargada de la persecución penal, para que se inicie la investigación y se castigue al responsable y se me restituya la propiedad usurpada. DE LOS PARTICIPES: La persona sindicada, es el señor ZZZ, quien actualmente se encuentra ocupando el bien inmueble de mi propiedad, en plena flagrancia. Así mismo tengo conocimiento que puede ser localizado en el veintinueve avenida cinco guión cuarenta y siete de la zona quince de esta ciudad, lugar en el cual reside, junto con su familia. DE LOS AGRAVIADOS: Por este hecho delictivo, soy yo el que figuro como agraviado, por ser de mi propiedad el bien inmueble, y encontrarme impedido de poder tomar posesión y disponer del mismo. DE LOS TESTIGOS: De este hecho, son testigos los vecinos del lugar. Entre ellos están los señores; AAA, quien puede ser citado en la tercera calle tres guión setenta y ocho, zona dos, y DDD, quien puede ser citado en la tercera calle dos guión veinticuatro zona dos, ambas direcciones de esta ciudad. A las personas mencionadas les consta el hecho de la fecha en que llegó el usurpador y de su permanencia en el lugar, porque le han visto allí. ELEMENTOS DE PRUEBA: El documento relacionado en esta denuncia,

que acredita que soy propietario del bien inmueble, y que adjunto. El hecho mismo de la presencia del sindicado en el terreno usurpado.

Dos fotografías autenticadas que adjunto, y que muestran el bien inmueble objeto de usurpación. DERECHO Código Procesal Penal: Artículo 297: " Denuncia. Cualquier persona deberá

comunicar, por escrito u oralmente a la policía, al Ministerio Público o a un tribunal el conocimiento que tuviere acerca de la comisión de un delito de acción pública. El denuncia o autorización en los casos de los delitos que así lo requieran". Artículo 299; "Contenido. La denuncia contendrá en lo posible, el relato circunstanciado del hecho, con indicación de los partícipes, agraviados y testigos, elementos de prueba y antecedentes o consecuencias conocidos". Código Penal Artículo 256: " Comete delito de usurpación quien con fines de

apoderamiento aprovechamiento ilícito, despojare o pretendiere despojar a otro de la posesión o tenencia de un bien inmueble o un derecho real constituido sobre el mismo, o quien ilícitamente con cualquier

propósito,

invada

u

ocupe

un

bien

inmueble.

La

permanencia en el inmueble constituye flagrancia en este delito. La policía, el Ministerio Público o el Juez, están obligados a impedir que los hechos punibles continúen causando consecuencias ulteriores, ordenándose desalojo...." PETICIÓN:

o

procediénjose

según

corresponda

al

inmediato

1.

Que se tenga por presentada esta denuncia y se inicie la

investigación correspondiente. 2.

Que se tengan por ofrecidos los medios de investigación y de

prueba individualizados solicitando se practiquen todos aquellos que a juicio del señor Fiscal sean necesarios para el mejor esclarecimiento del hecho denunciado. Acompaño duplicado y tres copias del presente escrito y documentos adjuntos. Cita de Leyes: 1,2,4,5,14,16,20,24, 24 Bis, 309 del Código Procesal Penal. Cobán, Alta Verapaz, veintiuno de Agosto del año dos mil tres.