DENUNCIA PENAL POR ESTAFA Y APROPIACION MOCHUMIOK

CARPETA : FISCAL : DENUNCIA CONTRA PENAL EL POR DELITO PATRIMONIO MODALIDAD DE EN ESTAFA LA Y APROPIACIÓN

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CARPETA

:

FISCAL

:

DENUNCIA CONTRA

PENAL EL

POR

DELITO

PATRIMONIO

MODALIDAD

DE

EN

ESTAFA

LA Y

APROPIACIÓN ILÍCITA. SEÑOR FISCAL PROVINCIAL PENAL DE TURNO DE LAMBAYEQUE.

JOSÉ

ALBERTO

TIMANÁ

BANCES,

identificado con DNI Nº 17628047, con domicilio real en Paradero Muy Finca S/N Distrito

de

Mochumi

Lambayeque

y

domicilio procesal en la calle Francisco Cabrera N° 106 Of. 304 Chiclayo, Casilla

Judicial

Electrónica 979955930,



1848

N°68070 a

Usted

Casilla Celular

con

el

debido

respeto digo: Que, interpongo Denuncia Penal por los delitos de Estafa y Apropiación Ilícita, la misma que deberá formularse oportunamente

contra

las

personas

de

ORLANDO

CHAPOÑAN

MORENO y esposa doña MILAGROS CONSUELO VÁSQUEZ YNOÑAN, y los que resulten responsables, quienes, en componenda, me utilizaron para estafarme y apropiarse ilícitamente, a quienes se le deberá notificarse en su domicilio Caserío Pueblo Nuevo Mochumi en mérito a los siguientes fundamentos de hecho y derecho que a continuación expongo: FUNDAMENTO DE HECHO DE LA DENUNCIA: 1. Que, el recurrente firmó un contrato de arrendamiento de predio agrícola de sembrío de granos y de arroz desde el 30JULIO2018 hasta 30JUNIO2019 promedio de campaña agrícola, contrato firmado con doña Felicita Mirella García Silva ante la Notaria Isabel Alvarado Quijano de la ciudad de Chiclayo el 30 de Julio de 2018 (adjunto copia del contrato).

1

2. Señor Fiscal el recurrente comenzó a trabajar el predio denominado La Ascensión (Pozo) de 3.00 Has, perteneciente a la arrendadora del predio en mención, y a comienzo del año 2019, el señor Orlando CHAPOÑAN MORENO comenzó a visitarme al predio para pedirme la cosecha del arroz en cascara y llevarlo al Molino Comercial Molinera SAN LUIS SAC (ubicada en la carretera panamericana Norte Km.778), donde trabaja; para que él pueda tener un ingreso económico extra a la canasta familiar, en el pilado de arroz, la cual mi persona le aceptó el trato, ya que ambos habíamos contratado verbalmente en otras campañas de arroz y nunca tuve problema alguno, a comienzo de año 2019 comenzó a visitarme mensualmente, mostrándose muy interesado en esta campaña de arroz 2018-2019; prueba de ello están como testigos el señor JOSÉ MARCOS YESQUEN MACALOPÚ quien es MI CAPORAL (mayordomo) del predio y el señor WILLIAM PASACHE NAMUCHE quien fue el chofer de la máquina cosechadora, a quien se les deberá de NOTIFICARSELES en su domicilio real; visitas que me hacia y entablamos conversación en conjunto. (Pruebo y demuestro la siembra con los recibos de pagos ante la Comisión de Usuarios por arreglos de derechos 20182019 1, declaración de intención de siembra de arroz). 3. Que, con fecha 20 de Mayo del 2019, ante la cosecha, entregué al denunciante la cantidad de 320 SACOS DE ARROZ en cáscara de 50 kilos, para que sean recogidos dentro de la parcela La Ascensión (Pozo) y llevados al Molino Comercial Molinera SAN LUIS SAC, como habíamos quedado con el denunciante, dichos sacos suman un valor de VEINTE MIL SOLES S/. 20,000.00, dicha cantidad de arroz en cáscara. 4. El denunciante señor Fiscal, con el contrato verbal entre las partes, se comprometió a gestionar ante los Representantes del MOLINO Comercial Molinera SAN LUIS SAC para que éstos 320 sacos sean PILADOS lo más pronto posible, dándome un plazo de 15 días naturales para el pilado y venta del mismo, para que me cancelara el monto pactado del producto, es decir, los S/. 20,000.00 mil soles. 5. El denunciante ante mis reclamos y llamadas, éste ha hecho caso omiso, fui a visitarlo personalmente a su casa, fui atendido por su esposa doña MILAGROS CONSUELO VASQUEZ YNOÑAN, fui a visitarlo al Molino Comercial Molinera SAN LUIS SAC donde trabaja y SIEMPREA ATINÓ A DECIRME que le diera un plazo de 15

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días para que proceda a cancelarme lo pactado, durante ese tiempo de plazo, SE REHUSA a contestarme y se NIEGA; su accionar del denunciante ha estado plagado de mentiras y trampas, me ha engañado, me ha utilizado par sus apetitos personales, causándome problemas económicos y familiares, a quien tengo que atender, deudas por pagar. Por lo que con fecha 23 de Agosto del 2019 LE CURSE una CARTA NOTARIAL, requiriéndole que cumpla con pagarme, dicha carta notarial señor Fiscal, ha sido recepcionada por su señora esposa doña MILAGROS CONSUELO VASQUEZ YNOÑAN, quien en todo momento se NIEGA A FIRMAR LA PRESENTE CARTA (documento que adjunto como medio de prueba). 6. Lo peor de todo señor Fiscal, que tuve conocimiento por los representantes del Molino Comercial Molinera SAN LUIS SAC donde trabaja, que los 320 SACOS DE ARROZ EN CASCARA, ya han sido PILADOS Y ENTREGADOS EN SU TOTALIDAD, es decir YA VENDIDOS y ha cobrado más de lo pactado, es decir EL OBTUVO GANANCIA EXTRA ECONÓMICA ante la ESTAFA hecha a mi persona y se ha APROPIADO ILICITAMENTE del dinero, producto de la VENTA, y dicha suma de dinero NO ME QUIERE CANCELAR; fui a reclamar al MOLINO Comercial Molinera SAN LUIS SAC donde trabaja y ME DOY CON MÁS LA SORPRESA que el INGRESO DE LOS 320 SACOS DE ARROZ LOS PUSO A NOMBRE DE SU ESPOSA doña MILAGROS

CONSUELO

VASQUEZ

YNOÑAN

par

que

ésta

posteriormente FUERA A RECLAMAR, SACAR EL PILADO Y PROCEDA A VENDER EL PRODUCTO; es decir su esposa estuvo en componenda con el denunciante, por ello QUE SE NIEGA A FIRMAR LA CARTA NOTARIAL (adjunto 02 copia tickets de ingreso cáscara a nombre de la denunciante). 7.

Con fecha 19 de Octubre de 2019, señor Fiscal el recurrente le CURSÉ

NUEVAMENTE

LA

SEGUNDA

CARTA

NOTARIAL

al

denunciante, y hasta la fecha NO TENGO RESPUESTA, igualmente fue recepcionada dicha carta por su señora esposa y se NIEGA A FIRMAR, lo que me hace presumir que los denunciados NO DESEAN CANCELARME O ENTREGARME LOS 320 SACOS DE ARROZ EN CÁSCARA, y lo han vendido obteniendo un beneficio económico y perjudicándome a mí económicamente, lo cual también constituye delito por lo que me visto en la necesidad de DENUNCIARLOS

3

PENALMENTE POR LOS DELITOS CONTRA EL PATRIMONIO Y APROPIACIÓN ILÍCITA .

8. Los denunciados se han apropiado ilícitamente de los bienes (320 sacos) en componenda, sabiendo ellos mismos, que dichos bienes me pertenecen conforme lo estoy probando con los medios probatorios, con lo cual han cometido el delito de apropiación ilícita, además vengo siendo engañado por los denunciados por cuanto hasta la actualidad, por lo que solicito UN RESARCIMIENTO ECONÓMICO por parte de los denunciados en la suma de S/. 10,000.00 DIEZ MIL SOLES, ante el perjuicio que me han ocasionado al haber YA vendido el

producto

pilado

que

me

pertenece

y

me

encuentro

perjudicado económicamente ante las deudas que poseo, ante la estafa producida es la conducta engañosa, con ánimo de lucro injusto, propio o ajeno, que habiendo determinado un error en una o varias personas, les induce a realizar un acto de disposición, consecuencia del cual en un perjuicio en su patrimonio o en el de un tercero. FUNDAMENTOS DE DERECHO: Amparo la presente denuncia en lo señalado en los Arts. 190° y 196° del Código Penal que tipifican los delitos de Apropiación Ilícita y Estafa respectivamente. MEDIOS PROBATORIOS: Ofrezco los siguientes: 1. Copia simple del contrato de arrendamiento del pedio agrícola la Ascensión (Pozo) celebrado con doña Felicita Mirella García Silva, predios irrigables por 2 ramas Limón y Muy Finca, para la campaña Julio 2018 a Junio 2019 para el sembrío de arroz, menestras, maíz y otros. 2. 09 Tickets en original de Liquidación (tickets) de pago a nombre de la arrendataria doña García Silva Felicita Mirella como declaración de intención de siembra, despalizo, arreglos de derechos para la campaña agrícola 2018-2019 ante la Comisión de Usuarios Sub Sector Hidráulico Muy Finca de Mochumi, demostrando con ello el trabajo del suelo con regadío de agua.

4

3. Carta Notarial en original de fecha 21 Agosto del 2019 con fecha de certificación y entrega 23AGOS2019, recepcionada por la señora Milagros Consuelo Vásquez Ynoñan, quien se negó a firmarla. 4. 02 Tickets de ingreso cáscara de arroz obtenidos por parte de la Molinera San Luis SAC, a nombre de la denunciante Milagros Consuelo Vásquez Ynoñan, con fecha de ingreso y salida: 06.06.2019, detallando los sacos de arroz y 5. Carta Notarial de fecha 19 Octubre del 2019 con fecha de certificación y entrega 23OCT2019, recepcionada por la señora Milagros Consuelo Vásquez Ynoñan, quien se negó a firmarla. TESTIMONIALES: quienes se les deberá de notificar en su domicilio real para que brinden su declaración: 1. JOSÉ MARCOS YESQUEN MACALOPÚ quien es MI CAPORAL (mayordomo) del predio, con domicilio real en el C.P. LA CALZADA S/N MOCHUMI. 2. WILLIAM PASACHE NAMUCHE quien fue el chofer de la máquina cosechadora, con domicilio real en el C.P. SOLEZAPE S/N MOCHUMI. ANEXOS: 1.A.

Copia de mi DNI.

1.B.

Copia legalizada del contrato de arrendamiento del pedio agrícola.

1.C.

Copia original de Liquidación (tickets) de pago.

1.D.

Carta Notarial de fecha 21 Agosto del 2019.

1.E.

Copia de 02 Tickets de ingreso cáscara de arroz.

1.F.

Carta Notarial de fecha 19 Octubre del 2019. POR TANTO: A Usted Señor Fiscal, pido tener en cuenta la

presente denuncia, disponer las indagaciones correspondientes y en su momento formalizarla de acuerdo a ley. Lambayeque, 04 de Noviembre 2019.

______________________________ JOSÉ ALBERTO TIMANÁ BANCES DNI Nº 17628047

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