demanda deejecucion hipotecaria

Expediente: 2015 Secretario: Dr. Cuaderno: PRINCIPAL Escrito: 001-2015 Sumilla: DEMANDA EJECUCIÓN DE GARANTÍAS SEÑOR JUE

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Expediente: 2015 Secretario: Dr. Cuaderno: PRINCIPAL Escrito: 001-2015 Sumilla: DEMANDA EJECUCIÓN DE GARANTÍAS SEÑOR JUEZ DEL OCTAVO JUZGADO CIVIL DE AREQUIPA BANCO DE CRÉDITO DEL PERÚ S.A. con RUC n° 20100047218, con dirección domiciliaria en Calle San Juan de Dios 123 distrito de Cercado, Ciudad de Arequipa, señalando domicilio procesal en Santa Marta 308 of 207 edificio “Galerías Santa Marta” distrito de Cercado , Ciudad de Arequipa, debidamente representado por su apoderado RODRIGO LEONEL GÓMEZ MANRIQUE identificado con DNI 74168431, con dirección domiciliaria en Av. Paisajista 610 Socabaya, ante usted nos presentamos y decimos: Que en mi calidad de apoderado del BANCO DE CRÉDITO DEL PERÚ conforme a la Certificación Notarial de los Acuerdos Nros. 018/2014 y 005/2014 del Comité Directivo, que en copias certificadas notarialmente adjunto, INTERPONGO DEMANDA DE EJECUCIÓN DE GARANTIA en contra de: LUIS EDUARDO FUENTES CARREON, en calidad de obligado principal, con dirección domiciliaria en calle el filtro n° 315 - interior – Cercado de Arequipa .

II. PETITORIO Que en ejecución de garantía hipotecaria el demandado ejecutado cumpla con pagar a favor de mi representado la suma de S/.75 585. 00 (SETENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS OCHENTA Y CINCO NUEVOS SOLES) saldo de capital proveniente del crédito N° 004-120-00520159354 ; cumpla además con pagar los pactados INTERESES COMPENSATORIOS de 18.14 % ANUAL por el crédito indicado, así como LOS INTERESES MORATORIOS DE 85.12 % ANUAL por el crédito referido, los devengados y por devengarse hasta la cancelación total de la deuda, así como el pago las respectivas COSTAS y COSTOS que se generen en el presente proceso; todo esto mediante el REMATE JUDICIAL del inmueble ubicado en calle el filtro n° 315 - interior – distrito de Cercado , Provincia y Departamento de Arequipa, con un área de 102. 00 m 2 cuyos linderos, medidas perimétricas y gravamen hipotecario aparecen inscritos la PARTIDA ELECTRONICA REGISTRAL N° P09856822 del registro de predios de los Registros Públicos de AREQUIPA. III. FUNDAMENTOS DE HECHO 1) Mediante escritura pública de constitución de garantía hipotecaria de fecha 12 de agosto del 2005 el ejecutado demandado, sobre el inmueble materia de este proceso de ejecución de garantía, constituye hipoteca preferente a favor de mi representado, hasta por la suma de $ 12000 (doce mil dólares americanos) para garantizar todas las obligaciones en un contrato de mutuo o prestamos derivados de él. 2) Asimismo, posteriormente, mediante Escritura Pública de Contrato de Ampliación y Modificación de Garantía Hipotecaria, de fecha 02 de diciembre del 2010, el ejecutado demandado RECONOCE como primera y preferente la hipoteca descrita en el punto uno de esta demanda, asimismo, AMPLIA su monto de

gravamen a la suma de $ 35 000 (treinta cinco y mil dólares americanos) ), y la MODIFICA en el sentido que la hipoteca se constituye para garantizar el cumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato de mutuo o prestamos descrito en la cláusula tercera de esta escritura pública; y asimismo, para garantizar, sin necesidad de ratificación o modificación alguna, todas las obligaciones de dar, hacer y no hacer, presentes y futuras asumidas por los demandados en forma directa e indirecta, individual o mancomunada, ya sean en moneda nacional o extranjera, que se deriven de la ejecución de contratos u operaciones que se hayan celebrado o se celebren en el futuro, cualquiera fuere la denominación del producto otorgado o su finalidad, como aparece de la cláusula cuarta de esta referida escritura pública 3) Dentro de esas posibles obligaciones futuras garantizadas con las hipotecas materia de ejecución, El Banco de Crédito del Perú S.A. otorgo al demandado ejecutado , el 02 de enero de 2011, el crédito N° 004-120-00520159354, por la suma de S/. 80, 000.00, para ser pagado en 48 cuotas mensuales, con un pago de interés compensatorio anual de 18.14% y un interés moratorio anual de 85.12% como aparece del contrato de préstamos, del documento denominado “anexo hoja resumen” y de la liquidación de! saldo deudor, que adjuntamos como pruebas. 4) El demandando ha incumplido con pagar más de una de las cuotas pactadas y programadas conforme a los planes del crédito otorgado, descrito y referido en el fundamento 3 de esta demanda, de esta demandada, debiendo actualmente por el crédito N°

004-120-00520159354 un saldo capital de S/.75 585. 00 (SETENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS OCHENTA Y CINCO NUEVOS SOLES) suma que es materia de pedido de pago mediante esta demanda, así como los intereses compensatorios y moratorios devengados y que se devenguen hasta el pago total adeudado y más los costas y costos. 5) En la tasación realizada a fechas 27 de septiembre del año 2015 el valor del bien hipotecado materia de ejecución asciende a la suma de $ 32,580.00

IV. FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA 1. La garantía hipotecaria ha sido constituida por escritura pública, conforme el artículo 1098 del Código Civil. 2. El propietario ha gravado el inmueble materia de ejecución para asegurar el cumplimiento de una obligación determinable y se ha inscrito en los registros públicos de Arequipa, conforme el artículo 1099 del Código Civil. 3. La demanda se basa en el título de ejecución a que hace referencia el artículo 720 del Código Procesal Civil. V.

MONTO DEL PETITORIO

El monto del petitorio asciende a la suma de S/.75 585. 00 , mas los intereses compensatorios y moratorios convenidos, devengados y por

devengarse hasta el pago total de la deuda, así como las costos y costos. VI. VIA PROCEDIMENTAL La presente demanda se tramitara en la vía de proceso único de ejecución. VII. MEDIOS PROBATORIOS 1. Escritura pública denominada constitución de garantía hipotecaria de fecha 12.08.2005 2. Escritura pública de mutuo, ratificación y modificación de garantía hipotecaria e fecha 02.12.2010 3. Contrato de préstamo Nº 004-120-00520149354 de fecha 02.01.2011 4. Anexo del crédito Nº 004-120-00520149354, denominado “ANEXO HOJA RESUMEN”. 5. Certificado de Gravamen de la Partida Registral Nª P09856822. 6. Liquidación actualizada del saldo anterior del crédito Nº 004-120-00520149354. VIII. ANEXOS DE LA DEMANDA 1-A Recibo de pago de tasa judicial por ofrecimiento de pruebas. 1-B Arancel por tres derechos de notificación judicial 1-C Copia de DNI del abogado apoderado. 1-D Copia certificada de la certificación del acuerdo Nº 18/2014, donde consta el poder de tipo “E” que se otorga a nuestro abogado apoderado. 1-E Escritura pública denominada constitución de garantía hipotecaria de fecha 12.08.2005. 1-F Escritura pública de mutuo, ratificación y modificación de garantía hipotecaria De fecha 02.12.2010.

1-G Contrato de préstamo Nº 004-120-00520149354 de fecha 02.01.2011 1-H Anexo del crédito 004-120-00520149354, denominado “ANEXO HOJA RESUMEN”.. 1-I Certificado de Gravamen de la Partida Registral Nª P09856822. 1-J- Liquidación actualizada del saldo anterior del crédito Nº 004-120-00520149354 POR LO EXPUESTO: Solicito a Usted señor Juez admitir la presente demanda y darle tramite. Arequipa 01 de octubre del 2015.

-----------------------------------------------------------RODRIGO LEONEL GÓMEZ MANRIQUE C.A.A. 2015