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Demanda Colectiva Derecho Laboral I (Universidad de San Carlos de Guatemala)

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Universidad de San Carlos de Guatemala, -USACCentro Universitario de Sololá, -CUNSOLLicenciatura en Ciencias Jurídicas y Sociales Abogacía y Notariado Clínica Laboral 2019

CONFLICTO

COLECTIVO

DE

CARÁCTER

ECONOMICO

SOCIAL,

NUEVO.

------------------JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL, DEL DEPARTAMENTO DE SOLOLÁ. -----------------------------------------------------------------------------------JUAN SALOJ MANZANO, de cuarenta y tres años de edad, casado, guatemalteco, Bachiller en Ciencias y Letras, con vecindad y domicilio en el municipio y departamento de Sololá, SANTOS MACARIO RAMOS BARRENO de treinta años de edad, soltero, Perito Contador, Guatemalteco, con vecindad y domicilio el Municipio y departamento de Sololá; CARLOS ENRIQUE CASEMIRO RAMOS, treinta y dos años de edad, casado, guatemalteco, Contador Público y Auditor, con vecindad y domicilio en el Municipio y Departamento de Sololá; Ante usted en forma respetuosa comparecemos a: EXPONER: I. señalamos como lugar para recibir notificaciones y citaciones en la casa de habitación ubicada en la sexta avenida, uno guión treinta y dos, zona uno de esta ciudad de Sololá. --------------------------------------------------------------------------------------------------------II. Actuamos en nuestra calidad de delegados representantes de la COALICION DE TRABAJADORES DE LA EMPRESA “MODA DE HOY”. Como lo acreditamos en la fotocopia del acta de constitución de la Coalición de fecha veintinueve de julio del

año

dos

mil

diecinueve

(la

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cual

adjuntamos).

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------------------------------------------------------------III. Por este medio venimos a plantear CONFLICTO COLECTIVO DE CARÁCTER ECONÓMICO SOCIAL, en contra del Señor Mario Tai Tun, propietario de la Empresa “Moda de Hoy” que puede ser citado y notificado en el establecimiento ubicado en la séptima avenida, once guión diez, zona dos del municipio y departamento de Sololá, con base en los siguientes: -----------------------------------------------------------------------------HECHOS: I. OBJETIVO DEL PLANTEAMIENTO DEL CONFLICTO COLECTIVO DE CARÁCTER ECONÓMICO SOCIAL. Nuestro representado, en el marco de lo que regula el artículo 106 de la Constitución Política de la República de Guatemala (Los derechos de los trabajadores son mínimos e irrenunciables, pudiendo ser superados por medio de la negociación colectiva, el Estado protegerá y fomentará la misma), el veintinueve de julio del año dos mil diecinueve elaboró y aprobó un pliego de peticiones, que se hizo llegar a la parte patronal por medio de la entrega de un oficio entregado con fecha treinta y uno de julio del año dos mil diecinueve.----------A la presente fecha la parte patronal no ha dado una respuesta a nuestras peticiones, mismo por la cual se agota la vía directa. En tal sentido planteamos la presente acción, para resolver la controversia por medio de los mecanismos de resolución de conflictos de carácter económico social. Para tal objetivo, el pliego de peticiones viene inserto en el acta de fecha

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veintinueve de julio del año dos mil diecinueve (la cual está adjunta al presente memorial). -------------------------------------------II. AUTORIDAD A QUIEN SE DIRIGE LAS PETICIONES. El pliego de peticiones se dirige al señor MARIO TAI TUN, propietario de la empresa “MODA DE HOY”, quien ejerce la función de patrono. III. NUMERO DE TRABAJADORES QUE APOYAN EL PLANTEAMIENTO DEL CONFLICTO COLECTIVO DE CARÁCTER ECONÓMICO SOCIAL. El número de trabajadores de la empresa “MODA DE HOY” que apoyamos el presente conflicto colectivo es de siete empleados. IV. LUGAR DONDE HA SURGIDO LA CONTRAVERSIA. El conflicto ha surgido en el centro de trabajo de la empresa “MODA DE HOY” ubicada en la séptima avenida, once guión diez, zona dos del municipio y departamento de Sololá. V. CANTIDAD DE TRABAJADORES QUE LABORAN EN LA EMPRESA “MODA DE HOY”. En la empresa trabajan un total de veinte empleados, en las siguientes condiciones: a través de contrato laboral, quince empleados y a través de contrato verbal e informal, cinco empleados. VI. DEL AGOTAMIENTO DE LA VÍA DIRECTA.

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Nuestro representado presentó en la vía directa el pliego de peticiones por medio del oficio dirigido al señor MARIO TAI TUN, en su calidad de representante legal de la empresa “MODA DE HOY”, el treinta y uno julio del año dos mil diecinueve. El caso es que transcurrió el plazo de treinta días que regula la Ley para la vía directa, sin que hubiera respuesta alguna, por tal motivo se agotó tal vía y en consecuencia cumplido dicho requisito para presentar el conflicto colectivo de carácter económico social. -----------------------------------------------------------------------------------------PETICIONES: 1. Que con el presente memorial y los documentos adjuntos se forme el expediente respectivo. 2. Que se tenga por señalado el lugar para recibir notificaciones y con la documentación adjunta se reconozca la calidad con que actuamos. 3. Que se tenga por planteado el CONFLICTO COLECTIVO DE CARÁCTER ECONÓMICO SOCIAL, en contra del señor MARIO TAI TUN, propietario de la empresa “MODA DE HOY”. 4. Que a partir de la presentación del pliego de peticiones se tenga por planteado el presente conflicto colectivo de carácter económico social, dictando las prevenciones en cuanto a no tomar ninguna represalia entre las partes ni impedir el ejercicio de sus derechos y que se prevenga a la parte empleadora que toda

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terminación de contrato debe ser autorizada por el juez de trabajo, caso contrario constituirá un acto ilegal que dará lugar a la reinstalación de él o los afectados. 5. Que dentro del plazo legal se integre el Tribunal de Conciliación. 6. Que se prevenga a la parte empleadora que deberá nombrar una delegación integrada por no más de tres personas para los efectos de conciliación. Acompañamos duplicado y tres copias del presente memorial, y de: a) Acta de constitución de grupo coaligado de fecha veintinueve de julio del año dos mil diecinueve, en la cual está inserto el pliego de peticiones presentado; b) Aviso de constitución de grupo coaligado recibido el treinta y uno de julio del año dos mil diecinueve por la delegación departamental de Sololá del Ministerio de Trabajo y Previsión Social. C) Oficio de fecha veintinueve de julio del año dos mil diecinueve con pliego de peticiones que está inserto en el acta de constitución del grupo coaligado y que fue dirigido al señor MARIO TAI TUN, propietario de la empresa “MODA DE HOY”. Sololá, diez de septiembre del año dos mil diecinueve.

F.

F.

JUAN SALOJ MANZANO

SANTOS MACARIO RAMOS BARRENO

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F. CARLOS ENRIQUE CASEMIRO RAMOS

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