Contrato de Transferencia de Empresa

CONTRATO DE TRANSFERENCIA DE EMPRESA Conste por el presente documento el contrato de transferencia de empresa(1)(2), qu

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CONTRATO DE TRANSFERENCIA DE EMPRESA

Conste por el presente documento el contrato de transferencia de empresa(1)(2), que celebran de una parte AAA, identificada con R.U.C. N° ......................, inscrita en la partida electrónica N° ....... del Registro de Personas

Jurídicas

de

..............,

con

domicilio

en ...................................................., debidamente representada por su gerente general don ..........................................., identificado con D.N.I. N° ........................, con poderes inscritos en el asiento ....... de la referida partida

electrónica,

a

quien

en

lo

sucesivo

se

denominará

EL

TRANSFERENTE; y, de otra parte BBB, identificada con R.U.C. N° ......................., inscrita en la partida electrónica N° ......... del Registro de Personas

Jurídicas

de

..............,

con

domicilio

en ................................................................., debidamente representada por su gerente general don ......................................, identificado con D.N.I. N° ........................, con poderes inscritos en el asiento ...... de la referida partida

electrónica,

a

quien

en

lo

sucesivo

se

denominará

ADQUIRENTE; en los términos contenidos en las cláusulas siguientes:

ANTECEDENTES

EL

CLÁUSULA PRIMERA.- EL TRANSFERENTE es una persona jurídica de derecho privado constituida bajo el régimen de la sociedad anónima, cuyo objeto

social

principal

es

dedicarse

a

la

comercialización

de ................................. Asimismo, a la fecha de celebración del presente contrato, EL TRANSFERENTE declará tener un ..... % de participación en dicho mercado.

CLÁUSULA SEGUNDA.- Por acuerdo de junta general de accionistas del .... de ............. de 20.., conforme al acta que se adjunta, EL TRANSFERENTE ha decidido transferir la empresa de la cual es titular.

Se entiende que el término empresa comprende todos los elementos que conforman el negocio, tales como la unidad inmobiliaria en donde opera la empresa, los bienes muebles, signos distintivos, el good will, su organización, los contratos de trabajo, la lista de clientes, etc., conceptos que se encuentran debidamente detallados en el Anexo I adjunto al presente contrato.

CLÁUSULA TERCERA.- EL ADQUIRENTE es una persona jurídica de derecho privado constituida bajo el régimen de la sociedad anónima, que tiene como objeto social principal el dedicarse a la comercialización de ..................... En ese sentido, EL ADQUIRENTE, convencido de las

excelentes expectativas económicas que se obtendrían de esta operación y por razones de expansión comercial, desea adquirir la empresa referida en la cláusula anterior.

OBJETO DEL CONTRATO

CLÁUSULA CUARTA.- Por el presente contrato, EL TRANSFERENTE se obliga a transferir la titularidad de la empresa(3) descrita en la cláusula segunda en favor de EL ADQUIRENTE. Por su parte, EL ADQUIRENTE se obliga a pagar a EL TRANSFERENTE el monto del precio pactado en la cláusula siguiente, en la forma y oportunidad convenidas.

PRECIO: FORMA Y OPORTUNIDAD DE PAGO

CLÁUSULA

QUINTA.-

Las

partes

acuerdan

que

en

calidad

de

contraprestación, EL ADQUIRENTE pagará a EL TRANSFERENTE, una suma ascendente a US $ .................... (.................... Dólares Americanos).

Dicho pago deberá efectuarse en el domicilio de EL TRANSFERENTE, íntegramente en dinero y por armadas, en la siguiente forma y oportunidades:

1.

US $ ......................... (..................... Dólares Americanos), en la fecha

de suscripción del presente contrato, y sin más constancia que las firmas de las partes puestas en dicho documento.

2.

US $ ......................... (..................... Dólares Americanos), el ......

de ............. del 20...

3.

US $ ......................... (..................... Dólares Americanos), el ......

de ............. del 20...

4.

US $ ......................... (..................... Dólares Americanos), el ......

de ............. del 20...

5.

US $ ......................... (..................... Dólares Americanos), el ......

de ............. del 20...

OBLIGACIONES DE LAS PARTES

CLÁUSULA SEXTA.- EL TRANSFERENTE se obliga a entregar la empresa, con todos sus elementos debidamente organizados, los mismos que se encuentran descritos en el Anexo I, en la fecha de suscripción de este documento, sin más constancia que las firmas de las partes puestas en él.

Esta obligación se entenderá efectuada con la entrega de las llaves del inmueble en donde opera la empresa, así como de los demás elementos descritos en el referido anexo. La entrega de estos bienes deberá hacerse mediante acta notarial.

CLÁUSULA SÉTIMA.- EL TRANSFERENTE se obliga a entregar todos los documentos relativos a la propiedad y uso del bien objeto de la prestación a su cargo. Asimismo EL TRANSFERENTE se obliga a celebrar todos los contratos y actos que sean necesarios para realizar la efectiva transferencia de todos los bienes conformantes de la empresa, los mismos que se detallan en el Anexo I adjunto al presente documento.

CLÁUSULA OCTAVA.- Conforme a las cláusulas anteriores, los titulares del cien por ciento de las acciones de EL TRANSFERENTE se obligan a transferir en favor de EL ADQUIRENTE la integridad de sus acciones. Dicha transferencia se entenderá realizada una vez que se entreguen los títulos representativos de las acciones a EL ADQUIRENTE y se inscriba dicha transferencia en la matrícula de acciones de EL TRANSFERENTE.

CLÁUSULA NOVENA.- EL ADQUIRENTE se obliga a pagar el precio convenido en el momento, forma y lugar pactados en la cláusula quinta de este documento.

CLÁUSULA DE CONTINGENCIA

CLÁUSULA DÉCIMA.- EL TRANSFERENTE garantiza que todos los bienes y derechos que conforman la empresa materia del presente contrato, los mismos que se encuentran detallados en el anexo adjunto, son de la calidad, condiciones o niveles que el declarado por EL TRANSFERENTE(4).

En ese sentido, no obstante el proceso de düe dilligence(5) realizado por encargo de EL ADQUIRENTE en el negocio de EL TRANSFERENTE con anterioridad a la celebración del presente contrato, las partes convienen que en caso de que en un nuevo proceso de auditoría demuestre que los niveles de suficiencia o calidad administrativa, económica, financiera, contable o tributaria no correspondan a los ofrecidos o declarados por EL TRANSFERENTE, deberá realizarse una reducción en el pago de las armadas referidas en la cláusula quinta.

El monto de la reducción deberá determinarse de común acuerdo entre las partes y en su defecto, deberá actuarse conforme a lo previsto en la cláusula décimo cuarta.

Las conclusiones de la auditoría referida en el primer párrafo de esta cláusula deberán emitirse dentro del plazo de ................... meses de haberse realizado la transferencia de la propiedad de la empresa descrita en la cláusula. Transcurrido dicho plazo, EL ADQUIRENTE no podrá ejercer los derechos descritos en esta cláusula.

CLÁUSULA PENAL MORATORIA

CLÁUSULA DÉCIMO PRIMERA.- En caso de que EL ADQUIRENTE incumpla con la obligación descrita en la cláusula quinta, EL ADQUIRENTE deberá pagar a EL TRANSFERENTE por cada día de demora, en calidad de

penalidad

moratoria,

una

suma

ascendente

a

US

$ ......................... .................... (............................... Dólares Americanos), así como, deberá indemnizar cualquier daño ulterior.

CLÁUSULA RESOLUTORIA EXPRESA

CLÁUSULA DÉCIMO SEGUNDA.- El incumplimiento de la obligación asumida por EL TRANSFERENTE en las cláusulas sexta, sétima y octava, constituirá causal de resolución del presente contrato, al amparo del artículo 1430 del Código Civil. En consecuencia, la resolución se producirá de pleno derecho cuando EL ADQUIRENTE comunique, por carta notarial, a EL TRANSFERENTE que quiere valerse de esta cláusula.

APLICACIÓN SUPLETORIA DE LA LEY

CLÁUSULA DÉCIMO TERCERA.- En todo lo no previsto por las partes en el presente contrato, ambas se someten a lo establecido por las normas del Código Civil y demás del sistema jurídico que resulten aplicables.

COMPETENCIA ARBITRAL

CLÁUSULA DÉCIMO CUARTA.- Las controversias que pudieran suscitarse en torno al presente contrato, serán sometidas a arbitraje, mediante un Tribunal Arbitral integrado por tres expertos en la materia, uno de ellos designado de común acuerdo por las partes, quien lo presidirá y los otros designados por cada uno de ellos.

Si en el plazo de ....... (...) días de producida la controversia, no se acuerda el nombramiento del presidente del Tribunal Arbitral, éste deberá ser designado por el Centro de Arbitraje Nacional y Extranjero de la Cámara de Comercio de Lima, cuyas reglas serán aplicables al arbitraje.

El laudo del Tribunal Arbitral será definitivo e inapelable, así como de obligatorio cumplimiento y ejecución para las partes y, en su caso, para la sociedad.

En señal de conformidad las partes suscriben este documento en la ciudad de ....., a los ... días del mes de ..... de 20....

EL TRANSFERENTE

ANOTACIONES Y REFERENCIAS LEGALES

EL ADQUIRENTE

(1)

El contrato de transferencia de empresa, también conocido como

compraventa de empresa, es aquel por el cual el empresario, ya sea persona jurídica o natural, transfiere a otro la titularidad de la empresa, recibiendo en contraprestación un precio determinado.

(2)

A

pesar

de

su longeva

vigencia,

la

Ley de

traspaso

de

establecimientos comerciales o industriales, Ley N° 2259 del 29/09/16 no ha sido derogada expresamente por otra norma posterior, por lo que cabría afirmar que mantiene vigencia. En dicha norma se estipula una formalidad que debe cumplirse en caso de trasferencia de empresas, la cual es publicar avisos durante quince días en el periódico del lugar designado como órgano oficial, a fin de que los acreedores perciban el importe de los créditos o dejen constancia de su existencia. El Anteproyecto de la Ley Marco del Empresariado del 06/05/99, en su art. 15, establece similares reglas para el caso de la transferencia del fondo empresarial.

(3)

Como puede apreciarse, el bien materia de esta transferencia es la

empresa, entendida ésta como la organización económica dedicada a la producción o comercialización de bienes o a la prestación de servicios. Esto es, lo que se transfiere es una unidad empresarial viva.

(4)

En esta cláusula puede observarse la diferencia existente entre este

contrato y la compraventa de la totalidad de las acciones de una sociedad. Así, cuando el contrato es solamente de compraventa de acciones, la responsabilidad del vendedor alcanza hasta la efectiva transferencia de la titularidad de las acciones, ya sea con la entrega del título representativo de éstas y su registro en la matrícula de acciones o con la respectiva anotación en cuenta.

En cambio, en la transferencia de empresa, como este concepto abarca elementos tan disímiles como el good will de la empresa, su know how, las relaciones comerciales con los clientes y sus proveedores, su organización

interna,

etc.,

el

transferente

deberá

garantizar

que

efectivamente el adquirente llegue a disfrutar de estas cualidades de la empresa, porque en definitiva éstas fueron las razones determinantes que lo llevaron a adquirirla.

(5)

La adquisición de empresas es un acto que, debido a la complejidad

de los bienes y derechos que la conforman, requiere que el interesado en adquirir la empresa encomiende a un auditor legal la realización de un düe dilligence. La auditoría legal o düe dilligence es aquel procedimiento que tiene por finalidad investigar la situación legal de la empresa, entendida ésta como la idoneidad de los títulos, contratos, garantías y demás relaciones

jurídicas de la empresa en el marco de su funcionamiento y vinculación con sus proveedores, acreedores y clientes, el estado de sus obligaciones tributarias, laborales, municipales, etc., así como las relaciones internas de sus accionistas. La información que arroje un correcto proceso de düe dilligence será determinante para establecer el precio o valor real de la empresa, pudiendo realizarse dicha auditoría legal antes, durante y/o después de la adquisición de la empresa.