Contrato de Auditoria Externa de Evaluacion Presentacion

CONTRATO DE AUDITORIA EXTERNA DE EVALUACIÓN Conste por el presente documento, el contrato de Auditoria Externa, que cele

Views 80 Downloads 3 File size 73KB

Report DMCA / Copyright

DOWNLOAD FILE

Recommend stories

Citation preview

CONTRATO DE AUDITORIA EXTERNA DE EVALUACIÓN Conste por el presente documento, el contrato de Auditoria Externa, que celebran de una parte, Compañía de Minas Buenaventura S.A.A., con domicilio en Cal. las Begonias Nro. 415 Int. P-19 (Recepción Piso 19), San Isidro, Lima, Perú y RUC N° 20100079501, que en lo sucesivo se denominara la Entidad, representada por Angélica Isabel Ramírez Ostos con DNI N° 46557920, con poder inscrito en Partida 11059578 de los Registros Públicos de Lima, dedicada a la actividad de producción de Extracción de Minerales Metalíferos No Ferrosos, y de la otra parte la sociedad de auditoria O.G.& T. AUDITORES con domicilio en Av. Revolución s/n sector 3 grupo 8 Mz. H Lote 3, Villa el Salvador, Lima, Perú y RUC N° 20725715534, que en lo sucesivo se denominará la Sociedad, representada por Alexander Salazar Motta DNI N° 72571553 con poder inscrito en Partida N°071554 de los registros públicos de Lima, en los términos y condiciones siguientes:

ÁREAS CRÍTICAS PRIMERA.- La Sociedad realizara la auditoria de la eficacia y eficiencia DEL PLAN EMPRESARIAL, así como la toma de decisiones, su repercusión y resultados. Al completar la auditoria, emitirán un informe que contendrá su opinión sobre la información contemplada y declaración jurada. Adicionalmente, la sociedad informara a los administradores sobre las debilidades significativas que, en caso, hubiera identificado en la evaluación de control interno.

PERIODO SEGUNDA.- el periodo evaluado por la Sociedad corresponde a la eficiencia y eficacia de la Entidad durante el ejercicio comprendido entre el 1 de Enero de 2013 al 31 de Diciembre de 2013.

COSTO TERCERA.- Los honorarios profesionales a percibir por la sociedad por el desempeño de su función será de S/. 40,000.00 nuevos soles para la auditoria, tomando en consideración el tiempo estimado necesario de 50 días y los conocimientos y experiencia profesional del personal asignado para la realización del encargo. A los honorarios establecidos se les aplicara el I.G.V. al tipo de cambio que se encuentre vigente. Los honorarios profesionales a percibir por la sociedad serán abonados por la entidad de la forma siguiente: Av. Revolución s/n sector 3 grupo 8 Mz. H Lote 3, Villa el Salvador, Lima, Perú Telf: 2874847 Anexo: 3061

Primera cuota: se abonara a la sociedad la suma de S/. 12,000.00 nuevos soles correspondientes al 30% del monto pactado en el presente contrato, dicho monto serán abonados en la cuenta corriente del Banco de Crédito del Perú BCP N° 191-28641291-0-95, a la firma del contrato. Segunda cuota: se abonara a la sociedad la suma de S/. 14,000.00 nuevos soles correspondientes al 50% del monto restante de la primera cuota al monto total pactado en el presente contrato, dicho monto serán abonados en la cuenta corriente del Banco de Crédito del Perú BCP N° 19128641291-0-95, a los 30 dias después de iniciar los trabajos profesionales de la Sociedad. Tercera cuota: se abonara a la sociedad la suma de S/. 14,000.00 nuevos soles correspondientes al restante de la primera y segunda cuota del monto total pactado en el presente contrato, dicho monto serán abonados en la cuenta corriente del Banco de Crédito del Perú BCP N° 191-28641291-0-95 al finalizar los trabajos profesionales de la Sociedad y entrega de los informes por parte de la misma.

TIEMPO CUARTA.- La sociedad iniciara la auditoria el día 10 de noviembre del 2015 y entregará a la Entidad, los informes de auditoría y otros informes requeridos el día 07 de Enero del 2016.

INFORMES QUINTA.- Los informes que entregará la sociedad al término del proceso de auditoria son: informe central interno e informe largo.

DESARROLLO DE LA AUDITORIA SEXTA.- La Entidad dará facilidades a la Sociedad en; Personal, Información y Documentación técnica y legal, para que la Sociedad desempeñe su labor profesional sin ningún inconveniente. La entidad no está obligada a proporcionar a la Sociedad, personal para las labores contratadas. La Entidad por ningún motivo y en ningún caso asumirá solidaridad respecto a las obligaciones laborales, tributarias o de cualquier otra índole que la Sociedad contraiga con terceros, para el cumplimiento de este contrato.

Av. Revolución s/n sector 3 grupo 8 Mz. H Lote 3, Villa el Salvador, Lima, Perú Telf: 2874847 Anexo: 3061

GARANTIAS SEPTIMA.- Por la auditoria, la Sociedad entrego a la Entidad una Carta Fianza correspondiente al 30% de su retribución económica, como garantía de fiel cumplimiento de este contrato. Por la auditoria, la sociedad antes del inicio de la auditoria presentara la correspondiente garantía de fiel cumplimiento. Cuando la sociedad solicite adelanto de retribución económica, deberá entregar a la Entidad, otra carta fianza, como garantía de adelanto de retribución económica. La garantía de fiel cumplimiento será devuelta por la entidad cuando expire su plazo de vigencia. La Garantía de adelanto de retribución económica será devuelta por la entidad después de que se le entregue todos los Informes de Auditoria.

SANCIONES Y PENALIDADES OCTAVA.- Por cada día hábil de atraso en la entrega del informe de auditoría, aplicara a la Sociedad una penalidad equivalente al uno por ciento (1%) de la retribución económica pactada y se descontara del saldo de la retribución económica, luego de lo cual se procederá de acuerdo a lo dispuesto en la presente clausula, quedando exceptuadas las situaciones de caso fortuito o fuerza mayor debidamente acreditados. Si la Sociedad o Entidad incumplieran las obligaciones establecidas en este contrato o la Sociedad incurriera en retraso en la entrega de informes de auditoría mayor a diez (10) dias hábiles, se procederá de la siguiente manera: a) La parte afectada comunicara a la otra parte el incumplimiento, otorgándole un plazo de tres (03) dias hábiles para su ejecución. b) Vencido el plazo otorgado la parte afectada podrá declarar administrativamente la resolución extrajudicial del contrato mediante Carta Notarial En el caso que la Entidad sea la parte afectada por el incumplimiento, podrá hacer efectivas las Garantías otorgadas por la Sociedad o cobrar la penalidad por incumplimiento del contrato. En cualquiera de los casos se ejecutara el equivalente al 10% del monto total del presente contrato, sin perjuicio de interponer la acción legal que corresponda.

SOLUCION DE CONTROVERSIAS

Av. Revolución s/n sector 3 grupo 8 Mz. H Lote 3, Villa el Salvador, Lima, Perú Telf: 2874847 Anexo: 3061

NOVENA.- Ante cualquier controversia entre las partes firmantes en el presente contrato, esta se solucionara mediante arbitraje del poder judicial de la jurisdicción.

ESCRITURA PÚBLICA DEL CONTRATO DECIMA.- Este contrato podrá ser elevado a escritura pública y los gastos que demande dicho trámite serán por cuenta de la parte solicitante. Ambas partes declaran estar de acuerdo con el contenido del presente Contrato, en virtud de lo cual lo suscriben en Lima, el 03 de noviembre del 2015.

_______________________________ Angélica Isabel Ramírez Ostos D.N.I.: 46557920 Presidente de Directorio Compañía de minas Buenaventura S.A.A RUC N° 20100079501

_______________________________ Alexander Salazar Motta D.N.I.: 72571553 Representante Legal O.G.& T. ASOCIADOS R.U.C.: 20725715534

Av. Revolución s/n sector 3 grupo 8 Mz. H Lote 3, Villa el Salvador, Lima, Perú Telf: 2874847 Anexo: 3061