Casos Practica Forense Penal

“Año de la universalización de la salud” UNIVERSIDAD ANDINA “Néstor Cáceres Velásquez” FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS

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“Año de la universalización de la salud”

UNIVERSIDAD ANDINA

“Néstor Cáceres Velásquez” FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS CARRERA ACADEMICO PROFESIONAL DE DERECHO

TEMA Casos Curso

:

Practica Forense Penal

Docente

:

Néstor Barrantes Sánchez

Estudiante

:

Elisa Angela Viamonte Figueroa

Semestre

:

XI “B”

Juliaca – Perú 2020 CASO N° 1

Diego trabaja como rescatista de defensa civil durante una inundación; tiene a su mando a Miguel, Javier y Edwin. La tempestad es tan fuerte que Miguel, Javier y Edwin no quieren continuar sus labores como rescatistas, razón por la cual Diego los amenaza con despedirlos si no continúan, lo que hace que los trabajadores acepten continuar a regañadientes. Horas después, la inundación empeora arrastrando a Javier y a Miguel, que mueran ahogados.

Preguntas: A. Concurre alguna situación en particular para declarar o no, al comportamiento de Diego como acción penal?



No se puede declarar el comportamiento de Diego como acción penal ya que no fue él quien dio muerte a Javier y Miguel él no es quién los llevó hasta el lugar y en cuanto al amenaza de despido no parece suficiente para culparlo por lo ocurrido desde un inicio su intención no era que vayan a morir sino a cumplir su trabajo fue la naturaleza quién ocasionó la muerte de Miguel y Javier sin embargo lo que sí se podría decir es que Diego cometió abuso de autoridad

B. Cabría hablar de una fase interna o externa? Fundamente su respuesta. 

Si hablamos de un delito de abuso de autoridad podríamos ver una fase interna pues él pensó en amenazar a sus trabajadores para que continúen con su trabajo y una fase externa porque lo hizo el los amenazó de despedirlos en este caso y este delito si se habría consumado.

CASO N°2 En una empresa constructora, Carlos maneja máquinas de carga pesada, teniendo 10 años de experiencia como operario de tales maquinas. En el aniversario de La compañía, el dueño (también capacitado para operar dichas maquinas) decide hacer una demostración a sus empleados con las maquinarias al lado de Carlos, el cual en un primer momento no quiere aceptar, pero finalmente accede. Sin embargo, el dueño cometía demasiados errores empujando a Carlos, quien, en su caída, termina hiriendo a un empleado.

Preguntas: A. ¿El movimiento resulta atribuible a la conducta de Carlos? 

En este caso no se puede atribuir este movimiento Carlos pues en su jefe el que realiza dicho acto y Carlos estaría ante una fuerza irresistible causada por un tercero en este caso su jefe. En todo caso, el responsable seria su superior ya que el esta cometiendo negligencia al manipular maquinaria a pesar de no estar manejándola de manera correcta, sin embargo, sigue siendo un delito culposo, ya que igualmente no es su intención matar o lastimar a otra persona

Fuerza irresistible B. Concurre alguna situación qué declaré la ausencia de la acción penal respecto de Carlos? 

Una fuerza irresistible es la misma que proviene del exterior a la persona que la sufre en todo caso no sería considerado como acción ya que no es intención de Carlos lastimar a otra persona.

CASO N° 3 Bruce Lee maestro de karate, camina una noche por una muy peligrosa avenida del centro de Lima; dos ladrones se percatan de su presencia y de que se encuentra solo, por lo que tratan de robarle su billetera. Al ser tomado del brazo por uno de ellos, Bruce Lee se asusta e instintivamente lo golpea en el pecho y en la yugular, causándole la muerte.

Preguntas: A. ¿Lo ocurrido puede considerarse como acto reflejo o acto en corto circuito? 

Cuando se refiere a que instintivamente lo golpea se puede decir qué es un acto reflejo pues lo hace sin la intención de matarlo simplemente se defiende en cambio los actos en cortocircuito se generan desde una reacción explosiva en los que la voluntad participa. Actos reflejos, son reacciones automáticas e inmediatas que se realizan sin control.

B. ¿Cuál sería el fundamento a utilizar para sustentarlo? 

Los movimientos de acto reflejo no son controlados por la voluntad es por eso que al asustarse y de manera instintiva él se defiende por otro lado los actos de cortocircuito son realizados con reacciones impulsivas en cuyo caso las personas tienen la voluntad de ejecutar dicho acto

CASO N° 4 Pedro, médico cirujano del área de emergencias del Hospital Rebagliati, celebra su cumpleaños en su día de descanso de una manera desenfrenada, con generosas cantidades de alcohol. Al día siguiente le toca turno en el hospital y, como es costumbre, llega un accidentado a emergencia. Pedro, aún bajo los efectos del alcohol, decide operar al paciente. Este muere posteriormente al no haber estado Pedro en todas sus facultades.

Preguntas: A. ¿El que haya tomado en grandes cantidades el día de su descanso sabiendo que al día siguiente concurría a su trabajo, es prudente? 

No es prudente y se podría hablar de negligencia

B. ¿Si la respuesta es sí, diga porque y si es no, por qué? 

Porque los doctores o médicos al igual que los magistrados se podría hablar de máximas de la experiencia Ya que ellos saben y son conscientes de cosas como sus turnos ir a su trabajo aún bajo los efectos del alcohol en este caso se podría decir qué fue negligencia. La posible responsabilidad de Los profesionales sanitarios se basa en la necesidad de demostrar en todo caso que el médico o el profesional de que se trate, ha sido el causante del daño que se le imputa por una acusación descuidada o negligente. La culpa o negligencia se basa en la idea de que el médico o cualquier otro profesional sanitario, despliegan en su actividad una obligación de medios de manera que no garantiza la obtención de ningún resultado, aunque sea la finalidad del tratamiento, sino que tienen el deber de actuar de manera diligente y de acuerdo con sus conocimientos científicos para procurar la sanación o mejor en la salud del paciente.

CASO N° 5 Andrea es una persona que sufre del Síndrome de Tourette (mal neurológico que le hace decir palabras y frases inapropiadas). Una mañana, una reportera de televisión, haciendo una encuesta oral en vivo y a nivel nacional, se acerca a ella y le pide su opinión acerca de un político. Ella (que tiene una sólida opinión negativa sobre él) se manifiesta, pero en un determina momento se descontrola a causa de su enfermedad y suelta una sarta de insultos y groserías. El político, muy molesto, interpone una demanda por injuria. Preguntas: 

Tratándose de una persona con un mal neurológico se podría acreditar el estado de inconsciencia mediante un certificado médico o un peritaje psicológico. Cuando una persona comete un delito grave, si es detenido y juzgado, normalmente le corresponde una pena (de cárcel) proporcional al daño, tipo y características del hecho cometido. Sin embargo, el Código Penal establece una serie de atenuantes (reducciones del grado de responsabilidad y normalmente de la pena) y eximentes (ausencia de responsabilidad) aplicables cuando una persona comete un delito y pueda demostrarse que tiene algún tipo de trastorno o enfermedad mental que influya, explique (y/o justifique) su conducta delictiva.

A. ¿Qué pasaría si Andrea hubiera sabido sobre el tema de la encuesta y ella misma se hubiera acercado a la reportera? 

En el caso de que Andrea hubiera sabido sobre el tema de la encuesta si procederían la demanda de injuria ya que estaba en su voluntad hablar con la reportera sabiendo de su mal y con conciencia fue a expresar en contra del político. En este caso si corresponde a un grupo de enfermedades neurológicas caracterizadas por presentar déficits cognocitivos, moderados y severos que son irreversibles, que afectan las funciones psíquicas, la memoria, el pensamiento y la capacidad de juicio. 

CASO N° 6 Raúl decide terminar su relación amorosa con Roxana por su adicción a las drogas. Ella se golpea, se rasga las ropas, se droga y se dirige a una comisaría a declarar que fue drogada y violada por Raúl. Posteriormente, Raúl puede esclarecer las cosas y probar su inocencia.

Preguntas: A. ¿Reconociendo que Roxana actuó en un estado de inconsciencia podemos hablar de una ausencia de acción o de actio libera in causa? 

Estaríamos hablando de un caso de “actio libera in causa” ya que fue ella quien ocasionó el primer estado, un estado de inconciencia en el que se encontraba fuera de responsabilidad para poder cometer el delito y justificar que se encontraba en dicho estado La expresión “actio libera in causa” significa “acción libre de su causa” y expresa que existe una acción “actio libera” que desencadena un hecho cometido en estado de falta de libertad “actio libera” pero “libera in causa” la estructura de ALIC está integrada por dos fases temporales un acto precedente, voluntario y libre, tendente a provocar una situación de inimputabilidad; y el hecho cometido cuando el autor se encuentra esta situación es inimputable.

B. ¿De qué clase?  La estructura de la actio libera in causa supone cuando menos dos etapas: a) un acto precedente, libre y voluntario, de colocarse en un estado de inacción o inimputabilidad; y, b) el hecho realizado cuando el sujeto se encuentra en dicho estado de inacción o inimputabilidad, resultando precisamente éste último, el hecho típico sobre el cual el agente tendría que responder.

CASO N° 7 Alberto es un alto mando del Servicio de Inteligencia del Ejército. Una noche ve entrar a la base a 2 soldados con un hombre al que acusan de pertenecer a un grupo terrorista. El hombre en todo momento niega los cargos, pero los otros dos, al no creerle, empiezan a golpearlo hasta que hable.

Preguntas: A. El hecho de no dar parte a las autoridades sobre las torturas aplicadas a dicho ciudadano, ¿sería un delio de acción o de omisión? 

Al ser un miembro del servicio de inteligencia del ejército él debe dar parte a las autoridades, en este caso estaríamos hablando de un delito de acción por omisión o acción impropia, se produce cuando se vulnera una norma prohibitiva a través de la infracción de una norma de mandato o de un especial deber jurídico puede decirse que el autor no hace lo que debe hacer y produce un resultado que no debe producir

B. ¿En qué modalidad?  Acción por omisión ha determinado que el autor debe tener conocimiento de la situación de hecho que genera su deber de actuación por tener posición de garante, y, además, debe estar al tanto de su capacidad de acción para evitar el resultado. Al ser un funcionario público miembro del ejército es su deber dar parte a las autoridades, incluso es más grave por ser miembro del ejército

CASO N° 8 Harto del mal carácter de su esposa, pedro decide asesinarla para lo cual compra un arma de fuego. Sin embargo, a lo largo del día reflexiona y para ni siquiera caer en tentación bota las balas del arma. Esa noche su esposa, al llegar, como siempre le grita e insulta. Para asustarla pedro, saca el arma de fuego (sin balas) y le apunta. Ella en su desesperación por salir corre, rueda por las escaleras y muere.

Preguntas: A. Del ejemplo existe una fase interna y externa. De ser así señale cada una de ellas. 

Existirían ambas fases una interna y una externa, la interna sería que él ya con anterioridad primerito acerca del problema que está teniendo con su esposa y pensaba matarla la fase externa sería al momento de adquirir el arma para poder cometer el crimen y ésta se concreta porque él compró dicha arma de fuego.

B. ¿Puede ser imputada la muerte de la esposa a Pedro, cabría hablar de alguna modalidad de la ausencia de acción? 

En el presente caso, no se puede hablar de una ausencia de acción, pues al momento de los hechos, él se encontraba consiente y fue por su propia voluntad que decidio asustar a su empoza amenazándola con el arma de fuego, si quisiéramos hablar de ausencia de acción debemos tener en cuanta que: Los elementos negativos de la acción se presentarán como fuerza física irresistible (vis absoluta), sueño, sonambulismo, hipnosis y estados espasmódicos; es decir, que una persona que realiza un hecho bajo cualquiera de los supuestos anteriores, no sólo no comete delito, sino que ni siquiera realiza una acción jurídica penalmente relevante, pues como dijimos, tales supuestos denotan ausencia de acción.