Casos de Etica

CASOS DE ETICA PROFESIONAL Ingeniería Económica 2do. Periodo 2019 UNAH – V.S Constructora CivilPro S.A UNIVERSIDAD N

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CASOS DE ETICA PROFESIONAL Ingeniería Económica 2do. Periodo 2019

UNAH – V.S

Constructora CivilPro S.A

UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOMA DE HONDURAS EN EL VALLE DE SULA CARRERA DE INGENIERIA CIVIL

Asignatura: Ingeniería Económica.

Código: IC-895.

Sección: 0800.

Asignación: Casos de Ética.

Catedrático: Ing. Tania Hernández.

Equipo de Trabajo: N. 2 – Constructora CivilPro S.A.

Integrantes:

Carlos Alejandro Irías Carranza

20132001045.

Keny Fernando Cueva

20142000297.

Yeris Arabella Godoy

20122003775

Jansen Yair Díaz Carranza

20142000354.

Brian Orellana

20122003866

Darwin Barrera

Fecha de Entrega: 12 de junio del 2019.

CASO I EL CASO DE LAS SUBCONTRATAS SOSPECHOSAS

John es un ingeniero jefe en la compañía de diseño Lesak. Lleva trabajando con ellos desde hace mucho tiempo. Bill es el dueño de Lesak y lleva el negocio con éxito desde el principio, hace 20 años. John respeta mucho a Bill y Bill siempre ha tenido mucha confianza en el trabajo y el buen juicio de John. Con el fin de mejorar el acceso a los contratos del gobierno, Lesak recurre a menudo a la subcontratación de empresas independientes y propiedad de miembros de colectivos minoritarios o tradicionalmente discriminados (indios nativos, afroamericanos, etc.), algo que las políticas del gobierno americano tratan de favorecer. Por eso, la mayoría de las grandes ofertas de contratación pública incluyen beneficios para la contratación o subcontratación de este tipo de empresas (llamadas empresas independientes de propiedad de minorías, o EIPM). Recientemente, Bill ha recomendado a John y al resto de directivos de Lesak que subcontraten a la empresa MBE Design Group, una EIPM con la que trabajaron hace tiempo. Aunque el procedimiento habitual es solicitar tres presupuestos de empresas del ramo, también es lícito contratar a una empresa directamente si el precio es razonable. Bill insiste en que MBE está dispuesto a hacerlo bien y con costes bajos, e insiste en su contratación. Al entrar en contacto MBE, John se da cuenta de que la vicepresidenta de MBE Design Group es la hija de Bill, Myrna. Aunque solo tiene 22 años, afirma que ella compró la propiedad parcial de la empresa pidiéndole un préstamo a su padre, que ya devolvió, y que en ese sentido es independiente. El propietario de la empresa es Howard, un afroamericano que llevaba dirigiendo la empresa desde hacía tiempo antes de contratar a Myrna como vicepresidenta. Preguntas 1. A la hora de contratar a MBE, ¿debe suponer para John un conflicto de intereses que la vicepresidenta de la firma sea la hija del dueño de su empresa? 2. ¿Es ético contratarlos directamente sin pedir otras ofertas? 3. ¿Qué debería hacer John en este momento, si es que tiene que hacer algo? Durante el siguiente año y medio MBE proporciona buenos servicios para Lesak. Hacen el trabajo muy bien, y Bill está muy orgulloso de este hecho y de que su hija sea la vicepresidenta de la empresa. Por otro lado, John descubre además que varios de los empleados de MBE han trabajado directamente para Lesak en el pasado. Realmente, John tiene serias dudas sobre la capacidad de gestión y de negocios de Myrna, pero también reconoce que el presidente de la compañía, Howard, ha sido y es un experto gestor y muy buen ingeniero. Durante el año y medio en el que trabajan con MBE no surge ningún problema, por lo que Leask sigue subcontratando a MBE a la hora de optar a muchos contratos de obra pública. Dichos contratos se desarrollan con éxito, y se cumplen a tiempo y dentro del presupuesto estipulado. De

pronto, Howard muere de un ataque al corazón y su viuda, Eileen, lo reemplaza rápidamente. Eileen es profesora de una universidad cercana, y no parece contar con experiencia ni conocimientos de negocios, y menos de ingeniería. John tiene serias sospechas de que el nombramiento de Eileen como presidenta de MBE ha sido un ardid para mantener el carácter de EIPM de la compañía y se asaltan serias dudas sobre su cualificación para el puesto. Preguntas 1. ¿Debe John cuestionar este nombramiento? Y si es así, ¿cómo debe hacerlo? 2. ¿Debe la designación de Eileen como presidenta cambiar la relación entre Lesak y MBE? 3. John descubre que el 85% de los contratos de MBE vienen directamente de Lesak. ¿Es esta una relación comercial apropiada? ¿Qué pasaría si en vez del 85% fuera el 40%? ¿Habría alguna diferencia? 4. ¿Considera que la relación entre Lesak y MBE cumple unas normas éticas mínimas? 5. ¿Cuál sería la responsabilidad de John en todo esto? PROBLEMAS: Parte 1 1. A la hora de contratar a MBE, ¿debe suponer para John un conflicto de intereses que la vicepresidenta de la firma sea la hija del dueño de su empresa? 2. ¿Es ético contratarlos directamente sin pedir otras ofertas? 3. ¿Qué debería hacer John en este momento, si es que tiene que hacer algo?

Parte 2 1. ¿Debe John cuestionar este nombramiento? Y si es así, ¿cómo debe hacerlo? 2. ¿Debe la designación de Eileen como presidenta cambiar la relación entre Lesak y MBE? 3. John descubre que el 85% de los contratos de MBE vienen directamente de Lesak. ¿Es esta una relación comercial apropiada? ¿Qué pasaría si en vez del 85% fuera el 40%? ¿Habría alguna diferencia? 4. ¿Considera que la relación entre Lesak y MBE cumple unas normas éticas mínimas? 5. ¿Cuál sería la responsabilidad de John en todo esto?

ALTERNATIVAS PARTE 1 1. según el código de ética profesional; ARTICULO 4.- Son faltas de ética: A)

Para con la Profesión: a) Actuar en cualquier forma que tienda a menoscabar el honor, la responsabilidad y las virtudes de honestidad, integridad y veracidad que deben servir de base al ejercicio de la profesión; b) Ejecutar de mala fe, actos reñidos con la buena técnica o incurrir en omisiones culpables, aun cuando sea en cumplimiento de órdenes de autoridad o mandantes; c) Aceptar tareas sabiendo que pueden prestarse a malicia, dolo o ser contrarias al interés general; Basándonos en estos artículos John debe ser precavido a la hora de tomar la decisión de subcontratar la empresa donde la hija de Bill, es vicepresidenta, porque esto demuestra intereses entre familiares, pero de distintas empresas, lo cual debe ser motivo de malicia en John. 2. según el código de ética para ingenieros; III. Obligaciones profesionales; ARTICULO 7-C Los ingenieros empleados en ventas o en la industria tienen derecho a hacer comparaciones técnicas de los productos presentados con los productos de otros proveedores. Por tanto, no es ético que John contrate a la empresa MBE Design Group, sin antes realizar otras ofertas. 3. según el código de ética para ingenieros; II. Reglas de la práctica Artículo 1-b Los ingenieros aprobarán sólo aquellos documentos técnicos que cumplan con las normas aplicables. Artículo 5-b. Los ingenieros no ofrecerán, darán, solicitarán ni recibirán, directa ni indirectamente, contribución alguna para influir en el otorgamiento de un contrato por parte de una autoridad pública, o que, razonablemente, el público pueda interpretar como algo que haya tenido el efecto o la intención de influir en la concesión de un contrato. Los ingenieros no ofrecerán obsequio alguno ni otra consideración valiosa a fin de asegurarse un trabajo. Los ingenieros no pagarán comisión, porcentaje ni tarifa de corredor para obtener un trabajo, expecto a empleados o agencias comerciales o de comercialización establecidos, y contratados por ellos de buena fe. Como lo mencionan estos artículos, si John considera que este contrato no cumple con normas requeridas o que se puede prestar a malos entendidos, puede no aprobarlo o hablar con Bill sobre los riegos que con lleva hacer contratos con una empresa que de cierta forma es dirigida por su hija, al ser la vicepresidenta de la empresa.

ALTERNATIVAS PARTE 2 1. según el código de ética para ingenieros; III. Obligaciones profesionales; ARTICULO 8-b Los ingenieros no usarán su asociación con alguien que no sea ingeniero, con una corporación o sociedad como "manto" que cubra actividades no éticas. La persona que queda a cargo de la empresa al morir el propietario, fue su esposa Eileen ella es profesora de una universidad cercana, y no parece contar con experiencia ni conocimientos de negocios, y menos de ingeniería. Por lo tanto, John debe cuestionarse seriamente el nombramiento de Eileen. 2. según el código de ética para ingenieros; III. Obligaciones profesionales ARTICULO 4-b. Los ingenieros no se asociarán ni representarán, sin el conocimiento de todas las partes interesadas, un interés adversario en relación con un proyecto o procedimiento específico en el cual el ingeniero ha obtenido un conocimiento particular especializado a nombre de un cliente o empleador anterior. Si debe cambiar la relación entre ambas empresas, para que así no se preste a malos entendidos ni a sospechas de falta de ética. 3 según el código de ética para ingenieros; III. Obligaciones profesionales; Artículo 6-a. Los ingenieros no pedirán, propondrán ni aceptarán una comisión sobre una base contingente bajo circunstancias en las cuales su juicio pueda quedar comprometido. Basados en este artículo, la relación comercial entre ambas empresas, no cumple las normas de ética, ya sea de 85% o 40% ya que la cantidad de la relación comercial no es el problema, sino la relación tan estrecha que existe entre ambas empresas, por lo tanto el ingeniero a cargo debe poner frenar esta relación, ya que si se sigue dando y el llega a formar parte de este acuerdo entre estas empresas, su nombre puede quedar comprometido como lo dice el respectivo artículo.

4. según el código de ética para ingenieros; II. Reglas de la práctica Artículo 1-d. Los ingenieros no permitirán el uso de su nombre ni el de sus socios en empresas de negocios con persona o firma alguna que ellos crean que está implicada en una labor fraudulenta o deshonesta.

Según este artículo ambas empresas cumplen normas éticas mínimas debido a que se han aprobado contratos de manera sospechosa, ya que existe un vínculo familiar entre ambas empresas, lo cual genera malicia sobre todo por el desconocimiento de las acciones que se han llevado a cabo durante las repetidas aprobaciones de contratos. 5. según el código de ética para ingenieros; III. Obligaciones profesionales; ARTICULO 1- e y f e. Los ingenieros no deberán ayudar ni instigar a ningún individuo ni empresa a la práctica ilegal de la ingeniería. f. Los ingenieros que tengan conocimiento de alguna presunta infracción de este Código informarán de ello a los cuerpos profesionales adecuados y, cuando sea pertinente, también a las autoridades públicas, y cooperarán con las autoridades adecuadas en la provisión de la información o asistencia que pueda requerirse. ARTICULO 2-b b. Los ingenieros no completarán, firmarán ni sellarán planos ni especificaciones que no estén en conformidad con las normas técnicas pertinentes. Si el cliente o empleador insisten en tal conducta no profesional, los ingenieros notificarán a las autoridades que corresponda y se abstendrán de dar más servicios en el proyecto. ARTICULO 7 Los ingenieros no tratarán de lesionar, de forma maliciosa o falsa, directa ni indirectamente, la reputación profesional, las posibilidades, la práctica o el empleo de otros ingenieros. Los ingenieros que crean que otros son culpables de una práctica ilegal o antiética presentarán tal información a la autoridad correspondiente para que se tomen medidas.

Si John actúa de acuerdo a estos artículos, el habrá seguido las normas éticas que como profesional de la ingeniera debe tener. Por tanto, sobre el no caerá ninguna responsabilidad.

CASO II SEGURIDAD PÚBLICA

2. Material de Desecho Supuestamente Peligroso Alex es un estudiante de ingeniería contratado temporalmente por una firma de consultores en ingeniería ambiental. R.J., el ingeniero supervisor, le pide a Alex que tome muestras de unos garrafones ubicados en la propiedad de uno de sus clientes. Alex concluye que, a juzgar por el aspecto y olor de los garrafones, el análisis del contenido de éstos mostraría que se trata de materiales peligrosos. Alex sabe que hay leyes que regulan el transporte y almacenamiento de ese tipo de desechos y, si él estuviera en lo cierto acerca del contenido de los garrafones, las autoridades federales y estatales deberían ser notificadas. Alex informa a R.J. lo que piensa acerca del contenido de los garrafones y pide instrucciones acerca de los pasos a seguir. R.J. le indica que solamente reporte haber tomado las muestras y que no realice el análisis. Debido a que el cliente tiene otros negocios con su compañía, R.J. también propone que éste sea informado acerca de la ubicación de los garrafones, de la posibilidad de que ellas contengan desechos de alto riesgo y que además se le sugiera retirarlas de esa locación. ¿Cree que J.R. cumplió con su responsabilidad profesional al darle al cliente información acerca de la ubicación de los garrafones y no revelar detalles acerca de su contenido? ¿Cree que Alex hubiera podido hacer algo más desde su posición de estudiante y empleado temporal?

OPINION PERSONAL 1R/ La responsabilidad de JR es el mencionar todo aspecto que puede provocar un daño al bienestar humano a personas concurrentes a la obra o al proyecto, por lo tanto, el omitir esta información es incorrecto. 2R/ Al ser el encargado de revisar y analizar el contenido de los garrafones puede tener la potestad de denunciar o informar actos que pueden ser perjudiciales.

RESOLUCION SEGÚN REGLAMENTO 1R/ Según el código de ética para ingenieros, JR incumplió los siguientes artículos: Según las reglas de practica:

• Artículo 1 inciso a. Si el criterio de los ingenieros se deja a un lado bajo circunstancias que pongan en peligro vidas o propiedades, los ingenieros notificarán a su empleador o cliente y a las autoridades pertinentes. • Artículo 1 inciso b. Los ingenieros aprobarán sólo aquellos documentos técnicos que cumplan con las normas aplicables. • Artículo 1 inciso f. Los ingenieros que tengan conocimiento de alguna presunta infracción de este Código informarán de ello a los cuerpos profesionales adecuados y, cuando sea pertinente, también a las autoridades públicas, y cooperarán con las autoridades adecuadas en la provisión de la información o asistencia que pueda requerirse. • Artículo 3 inciso a. Los ingenieros serán objetivos y veraces en sus informes, declaraciones y testimonios profesionales. Incluirán toda la información relevante y pertinente en tales informes, declaraciones y testimonios, los cuales tendrán la fecha que indique cuándo esa información tenía vigencia.

Según las obligaciones profesionales: • Artículo 1 inciso a. Los ingenieros reconocerán sus errores y no distorsionarán ni alterarán los hechos. • Articulo 1 inciso b. Los ingenieros advertirán a sus clientes o empleadores cuando ellos crean que un proyecto puede no ser exitoso. • Artículo 1 inciso e. Los ingenieros no promoverán sus propios intereses a costa de la dignidad y la integridad de la profesión. • Artículo 3 inciso a. Los ingenieros evitarán el uso de declaraciones que contengan una representación material falsa de un hecho o que omitan un hecho material. Según el código de ética del CICH, JR incumplió los siguientes artículos: • Articulo 4 inciso a sub-inciso b. Ejecutar de mala fe, actos reñidos con la buena técnica o incurrir en omisiones culpables, aun cuando sea en cumplimiento de órdenes de autoridad o mandantes; • Artículo 4 inciso a sub-inciso c. Aceptar tareas sabiendo que pueden prestarse a malicia, dolo o ser contrarias al interés general.

2R/ Según el código de ética para ingenieros, Alex incumplió los siguientes artículos: • Artículo 1 inciso f. Los ingenieros que tengan conocimiento de alguna presunta infracción de este Código informarán de ello a los cuerpos profesionales adecuados y, cuando sea pertinente, también a las autoridades públicas, y cooperarán con las

autoridades adecuadas en la provisión de la información o asistencia que pueda requerirse. Según el código de ética del CICH, JR incumplió los siguientes artículos: • Artículo 4 inciso a sub-inciso b. Ejecutar de mala fe, actos reñidos con la buena técnica o incurrir en omisiones culpables, aun cuando sea en cumplimiento de órdenes de autoridad o mandantes;

CASO III SEGURIDAD PÚBLICA

3. Protección del Medio Ambiente & Ingeniera Empleada por el Gobierno Hilary es una ingeniera que trabaja para la División de Protección del Medio Ambiente del Estado. Pat, su supervisor, le pide que elabore un permiso para la construcción de una planta eléctrica en una fábrica y agrega que considere la tarea de carácter urgente y evite "demoras innecesarias" que puedan presentarse por detalles de poca importancia. Hilary cree que el proyecto es inadecuado y no cumple con las normas de protección del medio ambiente (normas de 1999). De acuerdo al plan propuesto, la planta emitiría dióxido de sulfuro y dicha emisión necesitaría ser reducida con máquinas especiales (scrubbers). Hilary está consciente de que el expedir un permiso que viola las reglas de conservación del medio ambiente podría implicar que su licencia fuera suspendida o revocada, y le dice a Pat que, en su opinión, los planos existentes van en contra de las reglas y que ella no va a expedir tal permiso. Pat está en desacuerdo y explica que una mezcla especial de cal y carbón podría remover el 90% del dióxido, y así se cumpliría con las normas. El desacuerdo entre Hilary y Pat queda sin resolver y una semana después Hilary se entera de que el departamento ha autorizado la expedición del permiso en cuestión. ¿Cree que Hilary debería hacer algo al respecto? ¿Qué, específicamente? ¿Cree que Hilary debería hacer algo al respecto? Sí, porque ante todo están los principios éticos y morales que son los que deben regir nuestra vida personal y profesional. Hilary debe actuar bajo honestidad e integridad que le confieren como ingeniera. ¿Qué, específicamente? Revisar los documentos que permitieron la acción de la empresa tomando en cuenta el plan de estrategia propuesto con respecto al impacto ambiental, para la solución de los problemas encontrados anteriormente y contratar a un experto para que realice exámenes y pueda verificar si el método de Pat reduce suficiente la emisión de dióxido de sulfuro. En caso que el método de Pat no funcione reportar el caso con el superior de Pat. Como podemos ver el CODIGO DE ETICA PROFESIONAL Capítulo 1. Los Ingenieros deben mantener y elevar la integridad, el honor y la dignidad de la profesión de ingeniería: Inciso I. Utilizar sus conocimientos y su habilidad para mejorar el bienestar humano.

Hilary debe analizar si la construcción de la planta eléctrica, va a beneficiar a las personas o si se verán afectadas por la contaminación que emitirá dicha planta. Ya que como ingenieros se debe velar por el bienestar humano. CAPITULO II NORMAS DE ETICA Artículo 4.- son faltas de ética: A. Para con la profesión: Inciso P. Intervenir directa o indirectamente en el deterioro del, medio ambiente, ejecutando u omitiendo acciones que contribuyan a tal situación. Si Hilary acepta que el permiso sea extendido para la construcción de la planta sin realizar los estudios previos, de cuan confiable o cuan seguro es el método de Pat, estará participando con el deterioro del medio ambiente y como ingeniero sabiendo que dicho permiso no cumple con todos los requisitos que exige la división de Protección del Medio Ambiente no está cumpliendo con el código de ética profesional PROBLEMA: Permiso para la construcción de planta eléctrica, la cual emitirá dióxido de sulfuro y esto afectará el medio ambiente. El departamento ha autorizado la expedición del permiso en cuestión

Alternativa 1 Revisar los documentos que permitieron la acción de la empresa tomando en cuenta el plan de estrategia propuesto con respecto al impacto ambiental, para la solución de los problemas encontrados anteriormente y en caso que no cumpla con todos los requisitos requeridos para la protección del medio ambiente, este debe ser reportado. Alternativa 2 Contratar a un experto para que realice exámenes y pueda verificar si el método de Pat reduce suficiente la emisión de dióxido de sulfuro. En caso que el método de Pat no funcione reportar el caso, para que dicho permiso sea cancelado.

CASO IV SEGURIDAD PÚBLICA

4. Responsabilidad por la Seguridad Pública vs. Información Confidencial Los arrendatarios de un edificio de apartamentos entablan una demanda en contra de los dueños de esa propiedad para obligarlos a reparar daños menores, que, si bien son molestos, no representan serios riegos. El abogado de los propietarios contrata a Duchane, un ingeniero estructural, para que realice una inspección del edificio y testifique a favor de su cliente. Durante su inspección, Duchane encuentra serios daños estructurales en el edificio, los cuales representan una amenaza para la seguridad de sus habitantes; estos daños, sin embargo, no han sido mencionados en la demanda. PROBLEMAS: 1. ¿Qué debe hacer Duchane? ¿Cree que el ingeniero debería dar el reporte de su inspección al abogado? 2. ¿Al dueño de la propiedad? ¿A los arrendatarios? 3. Suponga que Duchane da el reporte al abogado y éste le dice que esta información podría cambiar el curso de la demanda y por lo tanto debe ser manejada a nivel confidencial. ¿Qué debería hacer Duchane en ese caso? 4. ¿Podría este problema ser resuelto sin comprometer la responsabilidad profesional de Duchane o su obligación de observar la confidencialidad en el manejo de la información de su cliente? 5. ¿Cuál es la diferencia entre la obligación de un abogado y la de un ingeniero de manejar cierta información a nivel confidencial? ALTERNATIVAS: 1) Y 2) Debido al código de ética, el ingeniero debe dar el reporte y denunciar los delitos, contravenciones y faltas cometidas. El ingeniero debería dar el reporte de su inspección tanto al abogado dejando constancia de los daños y riesgos estructurales del edificio como al propietario porque es necesidad de este conocer los serios daños que tiene su edificio para que tome las medidas necesarias para garantizar la seguridad a sus arrendatarios. 3) La confidencialidad se rompe cuando atenta contra los postulados éticos, es deber del profesional ser imparcial en estos casos. Si el abogado le dice que la información podría cambiar el curso de la demanda y por lo tanto debe ser manejada a nivel confidencial el ingeniero Duchane debería notificarle al abogado y al propietario que deberán tomar obligatoriamente acción sobre este riesgo estructural desde ahora ya que lo puede perjudicar

en el futuro e incluso puede afectar a terceros por lo que la demanda podría ser mucho mayor. 4)

Este problema no podría ser resuelto sin comprometer la responsabilidad profesional de Duchane o su obligación de observar la confidencialidad en el manejo de la información de su cliente ya que si el problema no se maneja de manera adecuada y no se soluciona podría causar un problema grave y otras personas se verían afectadas. Si el dueño no toma acción, creemos necesario que el ingeniero debería informar a los arrendatarios pues si la información es omitida, podría perjudicar y amenazar la seguridad de los habitantes del edificio, y a la vez esto podría poner en riesgo la responsabilidad profesional de Duchane. Sabemos que esto puede afectar el contrato que tiene Duchane como ingeniero contratado del cliente, pero si quiere cumplir con su ética profesional debería tomar acción. 5) La diferencia entre la obligación de un abogado y la de un ingeniero de manejar la información a nivel confidencial es que un abogado por la ley debe guardar confidencialmente la información que le da su cliente ya que es parte de su trabajo mantener la confianza con su cliente y no denunciarlo penalmente, aunque este conocimiento no lo exime de usarlo a favor de los intereses de su cliente. En cambio, al ingeniero solo lo limitaría el código de ética profesional que en todo caso protege más el interés general que el particular, es reportar con honestidad el resultado de su análisis para el bienestar social. Se debe de seguir a toda costa los artículos del Código de ética del Ingeniero: CODIGO DE ETICA PROFESIONAL Capítulo 1. Los Ingenieros deben mantener y elevar la integridad, el honor y la dignidad de la profesión de ingeniería: Inciso I. Utilizar sus conocimientos y su habilidad para mejorar el bienestar humano.

• El Ingeniero debe rechazar los trabajos que tengan como fin atentar contra el interés general, de esta manera evitara situaciones que involucren peligro o constituyan una amenaza contra el medio ambiente, la vida, la salud y demás derechos del ser humano. • Es un deber ineludible del ingeniero sostener el prestigio de la profesión y velar por su cabal ejercicio; así mismo, mantener una actitud profesional amentada en la capacidad, la honradez, la fortaleza, la templanza, la modestia, la franqueza y la justicia, con la conciencia de subordinar el bienestar individual al bienestar social. • Observara una conducta decorosa, tratando con respeto, diligencia, imparcialidad y rectitud, a las personas con las que tenga relación, particularmente a sus colaboradores, absteniéndose de incurrir en desviaciones o abuso de autoridad y de disponer o autorizar a un subordinado conductas ilícitas, así como de favorecer indebidamente a terceros.

• El Ingeniero tendrá como norma crear y promover la tecnología nacional, pondrá especial cuidado en vigilar que la transformación tecnológica se adapte a nuestras condiciones conforme el marco legal establecido. Se obligará a guardar secreto profesional de los datos confidenciales que conozca en ejercido de su profesión salvo que sean requeridos por autoridades competentes. • • • • •

ARTICULO 4.- Son faltas de ética: A) Para con la Profesión: a) Actuar en cualquier forma que tienda a menoscabar el honor, la responsabilidad y las virtudes de honestidad, integridad y veracidad que deben servir de base al ejercicio de la profesión; b) Ejecutar de mala fe, actos reñidos con la buena técnica o incurrir en omisiones culpables, aún cuando sea en cumplimiento de órdenes de autoridad o mandantes; c) Aceptar tareas sabiendo que pueden prestarse a malicia, dolo o ser contrarias al interés general.

CASO V SEGURIDAD PÚBLICA

5. Consecuencias a Nivel de Seguridad ante Violación de Código Smith contrata al ingeniero Metzler para que revise la estructura de un edificio que va a vender. Según un acuerdo con Smith, Metzler tratará el informe de manera confidencial; Smith explica a Metzler que el edificio va a ser vendido sin que se le haga ninguna reparación o remodelación. Metzler establece que la estructura del edificio está en buenas condiciones, pero Smith de manera confidencial le comenta a Metzler que hay ciertas violaciones a los códigos de ingeniería eléctrica y mecánica. Metzler no es ingeniero eléctrico ni mecánico, pero sabe que dichas violaciones podrían representar un riesgo de accidente, hecho que comunica a Smith. En su informe Metzler menciona brevemente su conversación con Smith acerca del asunto, pero, pero dichas violaciones no son reportadas a terceros. ¿Cree que Metzler cumplió con la obligación que tenía con Smith? ¿Qué podría decir con respecto a la responsabilidad profesional que tiene Meztler frente a la seguridad pública? ¿Hay alguna información adicional que cambiaría su opinión sustancialmente? OPINION PERSONAL ¿Cree que Metzler cumplió con las obligaciones que tenía con Smith? R/En teoría Metzler cumplió con todo lo indicado por el Sr. Smith, ya que su trabajo consistía en revisar la estructura en general del edificio y hacer un informe con respecto a esto.

¿Qué podría decir con respecto a la responsabilidad profesional que tiene Metzler frente a la seguridad pública? R/Que en su totalidad se dejó llevar ya sea por la plata que le pagaron o por la misma influencia del Sr. Smith para darle la aprobación para vender ese edificio como estaba, ya que sabiendo Metzler en qué condición se encontraba el edificio y teniendo la ética muy alta le hubiera dicho que no lo podía vender así como estaba y que tenía que hacerle dichas reparaciones para poder venderlo y por lo mismo no le hubiera dado la aprobación, ya que al saber que pone en juego tanto las vidas de las demás personas como su propia reputación, debió haber entendido que la mejor opción o camino era el de declinar la venta del edificio como estaba y decirle al Sr. Smith que hiciera las reparaciones pertinentes.

¿Hay alguna información adicional que cambiaría su opinión sustancialmente? R/Yo opino que en realidad el Sr. Metzler lo manejo súper bien ya que si leemos el caso nos podemos percatar que el trabajo que se le asignó al Sr. Metzler era el de revisar la estructura del edificio y realizar un informe, pero si seguimos leyendo encontramos una palabra clave que nos dice todo lo que paso y que si se trabajó bien y que el Sr. Metzler cumplió en su totalidad con lo acordado que sería que, tanto el Sr. Metzler como el Sr. Smith acordaron en manejar el informe de manera confidencial, por lo cual el único error del Sr. Metzler fue el de dejar pasar los errores que presentaba el edificio, pero cumplió con su palabra de confidencialidad con el Sr. Smith, así que en parte hubo cierta ética en este caso, y en parte no, pero definitivamente que la ética que más valía era el de negarle la venta hasta que se hicieran las reparaciones pertinentes, para que nadie quedara herido y que tu reputación se quedara a donde esta, ya que si pasa algún incidente ya tu reputación laboral decae, así como también tu firma de aprobación para proyectos futuros. RESOLUCION SEGÚN REGLAMENTO

Según el código de ética para ingenieros: Según las reglas de practica: • Artículo 1 inciso a. Si el criterio de los ingenieros se deja a un lado bajo circunstancias que pongan en peligro vidas o propiedades, los ingenieros notificarán a su empleador o cliente y a las autoridades pertinentes. • Artículo 1 inciso b. Los ingenieros aprobarán sólo aquellos documentos técnicos que cumplan con las normas aplicables. • Artículo 1 inciso f. Los ingenieros que tengan conocimiento de alguna presunta infracción de este Código informarán de ello a los cuerpos profesionales adecuados y, cuando sea pertinente, también a las autoridades públicas, y cooperarán con las autoridades adecuadas en la provisión de la información o asistencia que pueda requerirse. Según obligaciones profesionales: • Artículo 3 inciso a. Los ingenieros evitarán el uso de declaraciones que contengan una representación material falsa de un hecho o que omitan un hecho material.

CAPITULO VI BIBLIOGRAFIA

• http://www.onlineethics.org/Resources/MinorityContracts.aspx. Autor: Simil Raghavan. Este caso se basa en acontecimientos reales que ocurrieron en Rhode Island, tal y como fueron descritos en la prensa en ese momento