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ACUERDOS DE BASILEA I, II, III INTEGRANTES: CRISTINA BUENAÑO ESTELA CARGUA ERIKA CUJILEMA YOLANDA VIZUETE Acuerdos de

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ACUERDOS DE BASILEA I, II, III

INTEGRANTES: CRISTINA BUENAÑO ESTELA CARGUA ERIKA CUJILEMA YOLANDA VIZUETE

Acuerdos de Basilea Los acuerdos de Basilea son una serie de directrices elaboradas por el Comité de Basilea a finales de 1974, formado por los gobernadores de los bancos centrales del G-10 (Bélgica, Canadá, Francia, Italia, Japón, los Estados Unidos y los bancos centrales de Alemania y Suecia), para evitar riesgos sistémicos en situaciones de pánico bancario o bank run, que tuvieron su origen en las turbulencias financieras registradas en los mercados de divisas. Los acuerdos de Basilea han evolucionado en función del ritmo de los acontecimientos, siempre con el fin de reducir al máximo el endeudamiento de las entidades financieras y garantizar la capacidad de respuesta ante el riesgo operacionales, de crédito y de mercado. En el origen del Comité se encuentra la idea adquirida en ese momento de que los problemas de alguna entidad se propagan fuera de sus fronteras con rapidez. Por ejemplo, este hecho lo encontramos con la quiebra del banco alemán Bankhaus Herstatt, ubicado en la República Federal Alemana. Este banco, fue intervenido en junio de 1974 por las autoridades alemanas ante su falta de viabilidad. Entre algunas medidas que se tomaron, las cuentas en dólares que el banco mantenía en su sucursal en Nueva York fueron congeladas. Es importante indicar que, aunque estos acuerdos carecen de forma jurídica, los documentos de Basilea han sido aprobados por los gobernadores y supervisores de las mayores economías del mundo. Estos documentos giran en torno a cuatro temas principalmente.



Principios sobre la actividad transfronteriza y cooperación entre supervisores.



Medidas de adecuación del capital.



Principios básicos.



Gestión de riesgos y otros aspectos.

Existen tres acuerdos prolongados en el tiempo y modificados en base a la experiencia desarrollada con el paso del mismo: El acuerdo de Basilea I, se firmó en 1988, estableció unos principios básicos en los que debía fundamentarse la actividad bancaria como el capital regulatorio, requisito de permanencia, capacidad de absorción de pérdidas y de protección ante quiebra. Este capital debía ser suficiente para hacer frente a los riesgos de crédito, mercado y tipo de cambio. El acuerdo establecía también que el capital mínimo de la entidad bancaria debía ser el 8% del total de los activos de riesgo (crédito, mercado y tipo de cambio sumados). Conseguir un ecosistema informacional saneado que cumpla los importantes retos de la integridad, la precisión, la auditabilidad o la anticipación, algunos de sus principales desafíos, facilita el cumplimiento de la normativa derivada de los convenios de Basilea, gestión de eventos complejos para así identificar oportunidades o evitar problemas de todo tipo, incluyendo los más complicados o difíciles de detectar. BASILEA II Es el segundo de los Acuerdos de Basilea. Dichos acuerdos consisten en recomendaciones sobre la legislación y regulación bancaria y son emitidos por el Comité de supervisión bancaria de Basilea.

El acuerdo Basilea II, aprobado en 2004, aunque en España no se llegó a aplicar hasta el 2008. Desarrollaba de manera más extensa el cálculo de los activos ponderados por riesgo y permitía que las entidades bancarias aplicaran calificaciones de riesgo basadas en sus modelos internos, siempre que estuviesen previamente aprobadas por el supervisor. Este acuerdo incorporaba, por lo tanto, nuevas tendencias en la medición y el seguimiento de las distintas clases de riesgo. Se hizo énfasis en metodologías internas, revisión de la supervisión y disciplina de mercado.

Opciones que ofrece Basilea II Un país puede contar con una amplia gama de instituciones bancarias nacionales e internacionales de distinto tamaño y con prácticas de gestión de riesgo con diversos grados de sofisticación. De este modo, cada jurisdicción puede ofrecer varias metodologías para calcular los requerimientos de capital, cada una de las cuales resultará adecuada a un determinado nivel de complejidad osofisticación de gestión de riesgos. Ahora bien, los supervisores deben ser conscientes de que, al permitir la utilización de una amplia variedad de métodos para determinar el coeficiente de capital, podría resultar que para un mismo tipo de operación se aplican diferentes requisitos de capital. Al determinar los métodos permitidos de Basilea II, cada supervisor debe adoptar una estrategia que se adapte a sus circunstancias particulares y que consiga sus objetivos. Por consiguiente, el supervisor deberá considerar los siguientes aspectos, teniendo siempre en

cuenta las diferencias potenciales entre requerimientos de capital que pueden producirse por la aplicación de múltiples métodos: •

La estructura del sistema bancario, considerando los diversos tipos de instituciones bancarias que operen en el país. Por ejemplo, para un supervisor cuya jurisdicción sólo cuente con bancos nacionales, sin actividad internacional, los principales factores a tener en cuenta diferirán marcadamente con respecto a una jurisdicción en la que solamente haya sucursales y filiales de bancos extranjeros.



Otro aspecto que merece atención es la sofisticación de la banca. Cuando en un mismo mercado operan muchos bancos complejos e internacionales, el supervisor podrá optar por dirigir sus esfuerzos a adecuar mejor el capital a los riesgos subyacentes de estas instituciones, utilizando para ello los métodos avanzados. También se deben tener en cuenta la sofisticación y capacidad del sistema de supervisión bancaria así como la capacidad del supervisor para supervisar métodos más sofisticados y avanzados para el riesgo de crédito y operativo destinados a conseguir la suficiencia del capital.



También deberán revisarse los objetivos y estrategias fundamentales para la supervisión de los niveles de capital, aumentando por ejemplo los niveles de suficiencia de capital en el sector bancario, motivando la adopción de mejores metodologías de gestión de riesgos, introduciendo capital para el riesgo operativo, equiparando las condiciones de participación para todos los participantes y reforzando las normas de supervisión y la disciplina del mercado.

BASILEA III

Visión general

La reforma de Basilea III viene motivada al observarse que la crisis financiera de 2008 se explica en gran parte debido al crecimiento excesivo de los valores presentados en los balances de los bancos (y también fuera de ellos, como en el caso de los productos derivados), y la simultánea caída del nivel y la calidad de los fondos propios previstos para riesgos. En efecto, muchas instituciones no contaban con reservas suficientes para hacer frente a una crisis de liquidez.

EL sistema bancario se mostró en un primer momento incapaz de absorber las pérdidas que afectaban a los productos estructurados de titulización y tuvo que asumir, por tanto, la reintermediación de algunas de las exposiciones de fuera de balance.

En el peor momento de la crisis, las incertidumbres pesaban sobre la calidad de los balances. La solvencia de los bancos estaba en cuestión y ello conllevaba problemas de riesgo sistémico (la interdependencia existente podía provocar que la insolvencia de uno provocara la del siguiente), lo cual generó una crisis de confianza y de efectivo generalizada. Teniendo en cuenta el papel del sistema financiero en las finanzas y en la economía real, el carácter internacional de las instituciones financieras y las pérdidas que asumen los Estados principalmente a través de los planes de rescate con fondos públicos, se consideró legítima la intervención coordinada de los reguladores internacionales.

A diferencia de Basilea I y Basilea II, ambos centrados principalmente en el nivel de reservas que los bancos deben mantener para pérdidas bancarias, Basilea III se centra principalmente en el riesgo de "bank run" (pánico bancario), exigiendo diferentes niveles de capital para las distintas modalidades de depósitos bancarios y otros préstamos. Basilea

III no sustituye, en su mayor parte, a las directrices ya conocidas como Basilea I y Basilea II; más bien las complementa

Características de basilea 

Genera reservas en épocas malas: Los bancos generan reservas en los años buenos y así esas reservas hace que se dispongan en años malos.

Con ello lo que se consigue es que los bancos no dejen de prestar en los años malos como por ejemplo en la actualidad con esta crisis. 

Demanda más capital con mayor calidad: se exige a los bancos que tengan más capital y que el cliente ponga más recursos propios y menos deuda, y así ese capital debe ser de mayor calidad

Consecuencias de Basilea

Positivas: el contribuyente tiene un riesgo más bajo en el futuro}

Negativas: menos dinero para préstamos, es decir, si exigimos (los contribuyentes) a los banco más capital, el beneficio de ese capital va a ser más bajo por lo tanto hará que haya menos incentivo a poner el capital en banca, con lo que habrá menos préstamos para las familias y empresas

OBJETIVO DE BASILEA III El objetivo de Basilea III es evitar nuevas crisis financieras similares a la de la actualidad. Se exige un 7% en las reservas de un crédito concedido o de inversiones llevadas a cabo.

Principios básicos

Capital

El acuerdo de Basilea III obliga a los bancos a aumentar sus reservas de capital para protegerse de posibles caídas. El capital mínimo de calidad (CET1, Common Equity Tier 1 por sus siglas en inglés), incluye las acciones ordinarias y los resultados acumulados. El ratio de capital CET1 pasa del 2% al 4,5%, computado sobre el total de los "activos ponderados por riesgo". Este ratio de capital mínimo debe ser mantenido en todo momento por el banco y es uno de los más importantes.

El llamado Capital Tier 1 incluye, además de las acciones comunes y las utilidades retenidas, las participaciones preferentes, híbridos de capital y deuda sin pagar. El ratio de Capital Tier 1 mínimo pasa del 4% al 6% aplicable en 2015 sobre el total de los "activos ponderados por riesgo".4 Dicho 6% se subdivide en el 4,5% de CET1 arriba mencionado, y el 1,5% extra de AT1 (Additional Tier 1).

En suma, el ratio mínimo de Capital Total (que incluye el Capital Tier 1, más el denominado Capital Tier 2), asciende en total al 8% de los activos ponderados por riesgo.

Respecto de los "activos ponderados por riesgo", se definen como la suma de los activos del banco, ponderados según el riesgo que cada activo comporte de acuerdo con las directrices de Basilea III. Por ejemplo: un préstamo al consumo, sin ninguna garantía,

tiene un peso del 100%; mientras que un bono del estado, generalmente tiene un peso del 0% (por ejemplo, el bono alemán o suizo).

Por otra parte, Basilea III introduce el concepto de los "colchones de capital", que los bancos tendrán que construir gradualmente entre 2016 y 2019, para que pudieran ser utilizados en futuros tiempos de crisis: 

Colchón de conservación de capital: Equivalente al 2,5% de los activos ponderados por riesgo y compuesto íntegramente por instrumentos de CET1. Dado que el requisito mínimo regulatorio es mantener el 4,5% de CET1, deberá añadirse el mencionado colchón para que el capital de alta calidad ascienda al 7% a finales de 2019. Los bancos podrán utilizar, en determinadas circunstancias, el capital de este colchón de conservación de capital, aunque si el banco está cerca del porcentaje mínimo requerido, deberá reducir su margen de beneficios y dividendos. En definitiva, el objetivo es evitar que las instituciones sigan pagando altos dividendos y bonos incluso cuando sufren un deterioro del capital.



Colchón de capital anticíclico de alta calidad: Entre el 0% y el 2,5% de los activos ponderados por riesgo. Puede ser requerido de acuerdo a las necesidades de cada país signatario del acuerdo. Este segundo colchón dependerá del nivel de capitalización de mercado y tiene por objeto proteger el sistema bancario en los períodos de expansión del crédito, cuando los bancos tendrán que guardar una parte de su capital a la formación de sus colchones.

Por lo tanto, teniendo en cuenta los dos colchones, el requisito de Capital Total mínimo (no confundir con el CET1) puede llegar al 13%.5

Apalancamiento

Basilea III introduce a partir de 2015 un "ratio de apalancamiento" mínimo propuesto, como medida complementaria a los ratios de solvencia basados en riesgo.

El ratio de apalancamiento se calcula dividiendo el capital Tier 1 por una medida de la exposición total no ponderada por riesgo, como los activos consolidados totales medios del banco (no ponderados). Se espera que los bancos mantengan un ratio de apalancamiento no inferior al 3% bajo Basilea III.6

Liquidez

Uno de los planes más importantes de la reforma de Basilea III es la introducción de dos ratios de liquidez: el LCR (Liquidity Coverage Ratio) y el NSFR (Net Stable Funding Ratio).7 

El LCR (Coeficiente de Cobertura de Liquidez) es una relación de un mes, que tiene como objetivo requerir a los bancos mantener suficientes activos líquidos de alta calidad para cubrir las salidas netas de efectivo durante un período de 30 días. Su fundamento es el siguiente: los activos líquidos de los que dispone una institución financiera (por ejemplo, bonos gubernamentales y bonos corporativos) deben tener un valor mayor o igual que las salidas potenciales de efectivo (por

ejemplo, pagarés que expiran y retiros de cuentas de depósito) de dicha institución. De manera matemática, esto es:

Los activos que entran en la parte de Activos Líquidos, son tales que la institución pueda fácilmente convertirlos en efectivo. Para efectos del Coeficiente de Cobertura de Liquidez, éstos se separaron en dos tipos los activos de nivel I y activos de nivel II. Los activos de nivel I, son activos muy líquidos que no incurren en pérdidas, por precios inusuales a ser vendidos en el mercado. Por esta razón se ponderan al 100%. Los activos de nivel II son activos menos líquidos, que bajo un escenario de estrés pudiera ser que se vendieran a precios menores que los de mercado, por lo que tienen un ponderador menor que 100%.

Por otra parte en el denominador, en la parte de Salidas Netas de Efectivo, existen de hecho dos elementos que tienen importancia. El primero son las salidas que potencialmente tendrá la institución. Por ejemplo, de las cuentas de depósito esperamos que bajo un escenario de estrés se salga dinero, por lo que el total de las cuentas de depósito, se multiplican por un ponderador que mide cuánto podría salirse bajo un escenario de estrés (de hecho las cuentas de depósito se separan según que tan factible sea que salga dinero de las cuentas, por lo que hay más de un ponderador en juego). El segundo elemento son las entradas de efectivo, es decir, dinero que recibirá la institución durante el período de 30 días. Por ejemplo, aquí entran créditos que haya otorgado la institución y bonos que no sean líquidos de los cuales se va a recibir intereses o capital, entre otros.

Con estos elementos el coeficiente toma la siguiente forma (de acuerdo a la publicación del 6 de enero de 2013):

Sujeto a que los Activos Ponderados de Nivel II no sean más del 40% del total de los activos líquidos.

De acuerdo con el Acuerdo de Basilea de 16 de diciembre de 2010, sus parámetros principales son: 

El efectivo y la deuda soberana se pondera al 100%.



Otros títulos se ponderan al 85% (15% de descuento sobre el valor de mercado).



Los créditos a clientes se esperan renovar en un 50%, los préstamos interbancarios no se renuevan.



Los depósitos minoristas sufrirán una tasa de fugas que oscilará entre el 5% y 10%, dependiendo de la estabilidad estimada del depósito en cuestión.



Los depósitos a grandes empresas sufrirán una tasa de fugas de entre el 25% y el 75%, dependiendo de la estabilidad del depósito estimado en cuestión.



La refinanciación de mercado se renueva en un 0%.



El NSFR (Coeficiente de Fondeo Estable Neto) es una relación de un año que tiene como objetivo permitir a los bancos resistir un año a una crisis específica de la institución. Su filosofía es la siguiente: el importe de los requisitos de recursos estables (financiación necesaria estable) debe ser menor que la cantidad de recursos disponibles (financiación estable disponible).

CONTEXTO NACIONAL E INFLUENCIA DE BASILEA Desde hace 20 años la población y los gobiernos se alinearon al sistema financiero ecuatoriano, en donde el Ecuador ha visto 3 periodos económico sociales desde el punto de vista de las instituciones financieras, la pre crisis financiera, la crisis financiera y la regulación del sistema financiero. Para 1994 da inicio una pre crisis financiera oculta en el sistema financiero ecuatoriano, los cambios en la Ley de Instituciones Financieras y la no bien detallada explicación de lo que significa “grupos financieros” permitieron a los dueños de las instituciones del sistema financiero privado nacional, poseer empresas a las que se les destinaban muy fácilmente fondos crediticios, a diferencia de otras empresas que no pertenecían a los mencionados “grupos financieros”, a lo que, luego de la crisis financiera se le llamo “créditos vinculados” con la banca privada. Lo antes expuesto muestra la disminución de las medidas regulatorias hacia los movimientos que ejercían las instituciones financieras a vista y paciencia de la Superintendencia de Bancos, representante del gobierno, supervisor y vigilante de los fondos de la ciudadanía. Para comienzos de 1999 da inicio a la crisis financiera ecuatoriana, con un país devastado por el Fenómeno del Niño y un sector productivo con la urgente necesidad de ser atendido para su reactivación. Luego de la crisis financiera de 1999, no solo inicia una

etapa de recesión económica, comienza la búsqueda de resarcir el daño ocasionado al pueblo, cuando este dejo de creer en aquel que resguardaba los ahorros de su vida y, de los congresistas y demás gobernantes, que con ley en mano eran los designados a salvaguardar y proteger a las personas comunes y corrientes e hicieron caso omiso a las atrocidades de algunas instituciones y personas. Lograr que las personas vuelvan a confiar en el sistema financiero fue un logro en conjunto, instituciones internacionales como el Comité de Supervisión Bancaria de Basilea, instituciones financieras y gobierno nacional, iniciando desde las leyes mismas y la constitución. El estado ecuatoriano, entendiendo la problemática, en el año 2000, época de post crisis, elabora una de las primeras medidas en el sistema financiero, la cual indica el artículo 18 de la Ley Trole 1, “Con el objeto de preservar su solvencia, las instituciones del sistema financiero deberán mantener, en todo tiempo, el conjunto de relaciones técnicas que establezca la Junta Bancaria mediante resolución de carácter general, siguiendo los estándares internacionales, especialmente los establecidos por el Comité de Basilea. En particular, deberán mantener una relación entre su patrimonio técnico y la suma ponderada de sus activos y contingentes no inferior al 9%. No obstante, el Superintendente de Bancos, previo informe favorable de la Junta Bancaria, podrá aumentar dicho porcentaje.” (Congreso Nacional del Ecuador, 2000) Basilea Es importante comprender que la aplicación los tres principales pilares de Basilea I y Basilea II, ha permitido monitorear permanentemente la salud del sistema financiero en su conjunto demostrándose una adecuada política monetaria por parte del Estado. Muestra de ello ha sido el crecimiento anual de la intermediación financiera en un 15,00% promedio, conjuntamente con el fortalecimiento del capital de los bancos y que

permitieron que el contagio de la crisis global vivida en el 2008 no tenga los efectos negativos que se esperaban sobre todo el sistema. Sin embargo una de las razones por las que la crisis económica y financiera que estalló en 2007 fue tan severa, se atribuyó a que los sectores bancarios de numerosos países habían acumulado un apalancamiento excesivo, conjuntamente con una gradual erosión del nivel y de la calidad de su base de capital. En este sentido, el Comité de Basilea propuso normas más estrictas relacionadas a la solvencia de los bancos. La aplicación de las recomendaciones de solvencia, se las realiza en función del modelo de simulación Monte Carlo, para lo cual se probaron cuatro factores de solvencia que propone Basilea III: capital mínimo, colchón de capital, colchón anticíclico y nivel de apalancamiento, mismos que fueron adaptados a la estructura de los estados financieros de los bancos en el Ecuador. 

Mínimos de capital: base de capital para la cobertura de riesgo, en este sentido, se realizó la aplicación de las normas mínimas de capital de Basilea III, para lo cual inicialmente se preparó la base de datos de los cuatro bancos para obtener una muestra histórica mensual de las variables que afectarían al modelo, es decir se construyó una base del capital ordinario, capital de nivel 1, capital de nivel 2, por ser los factores que conforman el capital total permanente y una base correspondiente a los activos ponderados por nivel de riesgo que en definitiva son las variables que constituyen el coeficiente mínimo de capital total permanente.



Colchón de conservación de capital: garantizar que los bancos acumulen capital de reserva fuera de períodos de tensión que puedan utilizar en caso de incurrir en

pérdidas. El requerimiento para constituir el colchón de conservación de capital, se fijó en 2,5% y solo disminuya cuando se presenten épocas de tensión. 

Colchón anti cíclico: resistir mejor a esta dinámica pro cíclica y absorban las perturbaciones, en lugar de transmitir el riesgo por todo el sistema financiero y a la economía en su conjunto, por lo cual se consideró mantener un colchón adicional de capital anti cíclico de hasta un 2,5% en situaciones en las que el crédito aumenta significativamente.



Coeficiente de apalancamiento: evitar el excesivo apalancamiento que presenta el sistema bancario.

CONCLUSIONES

En 1999, el Comité de Basilea realizó una primera propuesta para introducir un nuevo acuerdo sobre adecuación del capital que sustituyera al de 1988, que fue revisada sucesivamente en enero de 2001 y en abril de 2003.

El nuevo Acuerdo está basado en tres pilares que permitirán a los bancos y a sus supervisores evaluar mejor los riesgos a los que se enfrentan en su actividad: — Fijación de unos requerimientos de capital mínimo, en donde se permiten distintas opciones de distinta complejidad, que se adecuan a las características y circunstancias de cada entidad. — Proceso desarrollado por la entidad para determinar la adecuación de su capital a los riesgos asumidos y revisión por el supervisor de dicho proceso y medidas prudenciales de los supervisores.

Producto del colapso financiero acaecido en nuestro país en el año de 1998, las instituciones encargadas del control del sistema financiero asumieron su verdadero rol de supervisión y control disponiéndose mediante las resoluciones 429 y 431 emitidas por la Junta Bancaria el 22 de enero del 2002, referentes a la medición y gestión del riesgo de mercado y liquidez se estableció que todas las entidades financieras (bancos, sociedades financieras, cooperativas de ahorro y crédito, mutualistas, etc.) deben realizar su actividad de intermediación financiera acorde a las prácticas estandarizadas internacionalmente por el Comité de Basilea. A partir de esta disposición las instituciones financieras enfocaron la explotación del negocio mediante la gestión de riesgos financieros; normas que obligan al sistema financiero a cumplir con análisis técnicos y metodológicos sustentados en herramientas matemáticas y estadísticas generadas para el levantamiento de alertas tempranas y la mitigación de posibles pérdidas financieras derivadas de los cuatro tipos de riegos inherentes al giro de negocio (riesgo de crédito, riesgo de mercado, riesgo de liquidez y riesgo operativo).

Referencias Banco de Pagos Internacionales. (Enero de 2001). Comite de Supervisión Bancaria de Basilea. Obtenido de http://www.bis.org/publ/bcbsca03_s.pdf Cordero,

G.

S.

(Abril

de

2013).

PUCE.

Obtenido

de

http://repositorio.puce.edu.ec/bitstream/handle/22000/6266/T-PUCE6447.pdf?sequence=1 Mogrovejo, J. (04 de 2015). AsoBancos. Obtenido de https://www.abif.cl/wpcontent/uploads/2015/04/Mogrovejo.pdf