Auxiliares de Los Comerciantes COMPLETO

UNIVERSIDAD DON BOSCO DEPARTAMENTO DE CIENCIAS ECONOMICAS LEGISLACION MERCANTIL AUXILIARES DE LOS COMERCIANTES ESTUDIA

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UNIVERSIDAD DON BOSCO DEPARTAMENTO DE CIENCIAS ECONOMICAS LEGISLACION MERCANTIL

AUXILIARES DE LOS COMERCIANTES

ESTUDIANTES: PARADA PACAS CLAUDIA MARIA CONTRERAS GUADRON, STEFANY ELIZABETH CASTRO RAMIREZ, DENIS BELEN CONTRERAS GONZALEZ, JESUS VLADYMIR

PP130826 CG120144 CR060786 CG

DOCENTE: Licda. Claudia Rachell García Gallardo FECHA DE PRESENTACIÓN: Viernes 30 de Septiembre de 2016 INDICE

AUXILIARES DE LOS COMERCIANTES UDB 1. INTRODUCCION 2.OBJETIVOS DE LA INVESTIGACION 3. DESARROLLO DE LA INVESTIGACION 3.1 CONCEPTOS Y DEFINICIONES 3.2 CARACTERISTICAS 3.3 CLASIFICACION DE LOS AUXILIARES DE COMERCIANTES 3. 4 CONTRATOS DE LOS AUXILIARES DE LOS COMERCIANTES. 4. CONCLUSIONES 5. REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS

3 4 5 5 6 7 9 11 12

AUXILIARES DE LOS COMERCIANTES UDB INTRODUCCION

AUXILIARES DE LOS COMERCIANTES UDB OBJETIVOS DE LA INVESTIGACION General: Investigar cuales son y qué función desempeñan los auxiliares de los comerciantes en El Salvador. Específicos:  

Conocer la definición de los auxiliares de los comerciantes Investigar las diferencias entre cada unos de los auxiliares de los comerciantes.

AUXILIARES DE LOS COMERCIANTES UDB 3.1 CONCEPTOS Y DEFINICIONES Auxiliar de comerciantes es aquel que presta sus actividades en la empresa con una conexión permanente y con subordinación mayor o menos, según la categoría jurídica que corresponda. 

Concepto según Código de Comercio: El código de comercio en su libro primero, título III, habla sobre los auxiliares de los comerciantes, pero no brinda un concepto exacto y preciso, solo menciona y regula quienes son los auxiliares de los comerciantes.



Concepto según Ricardo Sandoval: “El conjunto de individuos que en forma directa o indirecta colaboran con el comerciante y que están unidos a el por diversas relaciones jurídicas”.



Concepto según Roberto Lara Velado: “Se conoce con el nombre de auxiliares del comercio, a aquellas personas que intervienen en los negocios mercantiles sin ser comerciantes; o sea que no son titulares de la empresa mercantil sino que colaboran con estos en el ejercicio del comercio”.



Concepto según Mantilla Molina: “Son auxiliares Mercantiles las personas que ejercen una actividad con el propósito de realizar negocios comerciales ajenos o facilitar su conclusión”.



Concepto según Joaquín Garrigues: “Solo son auxiliares en este sentido estricto los colaboradores mercantiles del comerciantes. Es decir aquellos que desenvuelven su actividad dentro de la esfera especifica mercantil”

3.2 CARACTERISTICAS. Algunas características de los dependientes mercantiles son:

AUXILIARES DE LOS COMERCIANTES UDB 



 



Son personas físicas: Es decir que una persona jurídica no puede considerarse o ser un auxiliar del comercio. Las prestación de trabajo es de interés del comerciante: El comerciante, es el interesado en que el auxiliar le preste un servicio. Existe un contrato: Existen dos tipos de contrato, por mandato o por comisión. Obtiene una remuneración: Como cualquier otro empleado el auxiliar está en su derecho de recibir un salario por el servicio que presta. Existe una posición subordinada: Es decir que en la cadena de mando, el auxiliar como su nombre lo indica, recibe órdenes o indicaciones de otra persona. 3.3 CLASIFICACION DE LOS AUXILIARES DE COMERCIANTES

Existe más de un tipo de auxiliar de comerciante, a continuación se detallan cada uno con su definición: 

Factor: Regulado a partir del Art. 365 de código de comercio, el factor se entiende como el sujeto a quien se le confiere un poder para dirigir un establecimiento mercantil representando al propietario. Dicho poder se entiende como ilimitado; el propietario es conocido como principal, y el factor recibe, en la practica el nombre de gerente o administrador. Cesan las funciones del factor por las siguientes causas: o Muerte, incapacidad o inhabilitación para ejercer comercio. o Renuncia (Una vez aceptada) o Vencimiento del término pactado o Quiebra en la empresa

el

AUXILIARES DE LOS COMERCIANTES UDB En el artículo 337 del C de C de nuestro país menciona que además de los casos de determinación normal del mandato conferido al factor del poder expirara si: Por parte del principal: o Cuando el factor incurra en fraude o abuso de confianza en las gestiones que tenga encomendada. o Cuando el factor haga alguna negociación que fuere contraria a las prohibiciones estipuladas en el contrato o a las que la ley establezca o Cuando el factor observare mala conducta pública o privada. Por parte del factor: o Cuando el principal faltare el pago puntual de los respectivos estipendios o cuando incumpliere cualquiera de las clausulas sobre la cuantía de las formas de remuneración. o Por malos tratamientos personales. 

DEPENDIENTE: En el orden mercantil,

auxiliar del comerciante a quien este

encomienda, por su orden y cuanta, el desempeño de algunas gestiones del tráfico peculiar. o El dependiente no llega a sustituir al principal. o Su función principal es la atención al cliente. o Algunos están autorizados para el cobro de la mercancía dentro del local. 

AGENTES. El agente es la persona que cumple la función de buscar clientes o visitarlos, pudiendo operar en una zona o en toda la republica. El artículo 384 y siguientes del código de comercio, divide a los agentes en: o Agentes dependientes o Representantes o distribuidores o Intermediarios.

AUXILIARES DE LOS COMERCIANTES UDB o Agentes dependientes: Son las personas encargadas de promover

negocios

por

cuenta

de

un

principal,

transmitiéndole las propuestas para su aceptación, pudiendo tener ciertas facultades si el principal así lo decide por mandato. Según el código de comercio en el articulo 384 dice que el agente dependiente es el encargado de promover en determinada plaza o región negocios por cuenta de un principal con domicilio en republica o en el extranjero

y

de

transmitirle

las

propuestas

para

su

aceptación. o Agentes representantes:

Son auxiliares de comercio

independientes, son autónomos, es decir que son aquellos sujetos que no se relacionan con el comerciante mediante un contrato de trabajo. No se encuentran en condiciones de subordinación ni dependencia de clase ninguna. Estos sujetos desarrollan su actividad con absoluta independencia, Su actuación es externa al establecimiento comercial, por lo cual no cumplen un horario y no tienen establecido un lugar especifico de trabajo. Según el art. 392, se entiende por agente representante, la persona natural o jurídica que, en forma continua, con o sin representación legal y mediante contrato, ha sido asignada por

un

principal

para

la

agencia

representación

o

distribución de determinados productos o servicios del país. o Agentes

intermediarios:

Son

auxiliares

de

independientes ya que no poseen grado de subordinación de ninguna de las partes que intervienen en algún negocio; es decir que son aquellos que intervienen ocasionalmente en los negocios de los comerciantes

AUXILIARES DE LOS COMERCIANTES UDB 3.4 CONTRATOS DE LOS AUXILIARES DE LOS COMERCIANTES. 

Mandato El articulo 1875 C.C. define al mandato como “Un contrato en que una persona confía la gestión de uno o más negocios a otra, que se hace cargo de ellas por cuenta y riesgo de la primera” El artículo 1083 del C de C define el mandato mercantil: “El mandatario se encarga de practicar actos de comercio por cuenta y a nombre del mandante”. El mandato puede ser verbal o escrito, si es escrito tiene que inscribirlo en el registro de comercio para efectos de dar a entender al público con quien realmente están contratando. La representación en otras legislaciones es importante en el mandato como elemento esencial, pero en nuestra legislación no según el art. 1911 C.C.



Comisión El contrato de comisión, es un mandato por medio del cual el comisionista obra en nombre propio, pero por cuenta del comitente es decir, si es un mandatario sin representación. Según el doctor Roberto Lara Velado, “La comisión es un contrato de mandato en virtud del cual el comisionista desempeña, a nombre propio pero por cuenta del comitente determinado actos de comercio”.

AUXILIARES DE LOS COMERCIANTES UDB

CONCLUSION En conclusión, los auxiliares de los comerciantes, son aquellas personas que ayudan al comerciante en los actos mercantiles que este realiza. Los auxiliares, son muy importantes dentro de la legislación mercantil debido a que el comerciante no puede ocuparse de todo lo que pasa dentro de ella eso dependerá también de su tamaño y del rubro al que se dedica por ese motivo tienen a sus servicios auxiliares que son sus subordinados ayudándoles a que sus negocios aumenten y por ende el desarrollo económico del país.

AUXILIARES DE LOS COMERCIANTES UDB

BIBLIOGRAFIA   

Código de comercio del El Salvador. Código Civil de El Salvador. Auxiliares de los comerciantes, Universidad Francisco Gavidia. http://ri.ufg.edu.sv/jspui/bitstream/11592/7935/1/346.07-



G216a.pdf Auxiliares de los comerciantes, Universidad de El Salvador. http://es.slideshare.net/oscaredg/mercantil-uno-de-valdez