Trabajo Armado Del Alca y La Propiedad Intelectual

INTRODUCCIÓN El contexto centra el interés en el desarrollo de dos importantísimos temas bastantes discutidos a nivel mu

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INTRODUCCIÓN El contexto centra el interés en el desarrollo de dos importantísimos temas bastantes discutidos a nivel mundial, desde hace varios años como lo es el Área de Libre Comercio de las Américas (ALCA) y la Propiedad Intelectual. En donde el ALCA proporciona una "puerta trasera" para el Acuerdo Multilateral de Inversiones(MAI) a través de las negociaciones sobre inversiones y liberalización del sector financiero, Asimismo La propiedad intelectual es un derecho patrimonial de carácter exclusivo que otorga el Estado por un tiempo determinado para usar o explotar en forma industrial y comercial las invenciones o innovaciones, tales como un producto técnicamente nuevo, una mejora a una máquina o aparato, un diseño original para hacer más útil o atractivo un producto o un proceso de fabricación novedoso.

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ÁREA DE LIBRE COMERCIO DE LAS AMÉRICAS (ALCA) El Área de Libre Comercio de las Américas o ALCA fue el nombre oficial con que se designaba la expansión del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (Estados Unidos, México y Canadá) al resto de países del continente americano excluyendo a Cuba. La integración al mercado latinoamericano por parte de América del Norte supone una población de 800 millones de personas y un Producto Interno Bruto (PIB) combinado de US$ 11.000 billones anuales. Aquellos que apoyan el ALCA dicen que es un tratado que quiere impulsar el comercio entre las regiones reduciendo los aranceles, pero no se puede decir que en un primer momento tenga consecuencias traumáticas pero sí que es un paso hacia el desarrollo a través de las transacciones comerciales que impulsarán la especialización, la competitividad, la desaparición de monopolios, la mejora del nivel de bienestar de la población y un desarrollo de las infraestructuras. A partir de la cumbre de 2005 el ALCA entró en crisis, al punto que muchos ya lo consideran como un proyecto muerto. HISTORIA En la ciudad de Miami en diciembre de 1994.1 En su versión original contemplaba la gradual reducción de las barreras arancelarias y a la inversión en 34 países de la región (todos menos Cuba) y los países independientes. Con el paso del tiempo, el cambio de regímenes en América del Sur complicó las negociaciones y en la Cumbre Extraordinaria de las Américas celebrada en Monterrey, México, se acordó implementar una versión menos ambiciosa para el

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1 de enero de 2005 y que la presidencia del proceso se compartiera entre los Estados Unidos y Brasil. A principios del año 2004, varias ciudades competían por obtener la sede, entre ellas Miami, Atlanta, Colorado Springs, Chicago y Houston en los Estados Unidos; Puebla y Cancún en México; Puerto España (Trinidad y Tobago), San Juan en Puerto Rico y la Ciudad de Panamá. ¿Cuales serán los efectos prácticos del ALCA? Los efectos posibles del ALCA sobre los servicios incluyen: -La eliminación de estándares nacionales de títulos médicos, legales y de otras profesiones claves, permitiendo que los doctores con títulos en un país puedan practicar en cualquier país del área, aunque su nivel de entrenamiento sea diferente. -La privatización de escuelas públicas y prisiones, como en los Estados Unidos, abriendo las puertas para un mayor control corporativo, para mayor corrupción y para aumentar ganancias a costa de normas específicas, como el servicio médico a los reclusos ó el mantenimiento de instalaciones escolares seguras; y -La privatización del correo, mediante la transferencia del Servicio de Correos a unas cuantas compañías, como Fedex, las cuales entonces podrían incrementar las cuotas postales considerablemente. -El ALCA proporciona una "puerta trasera" para el Acuerdo Multilateral de Inversiones(MAI) a través de las negociaciones sobre inversiones y liberalización del sector financiero. Basado en el modelo del capítulo 11 del TLC, el ALCA incluirá demandas de inversionista a estado. autorizan a las corporaciones a demandar a los gobiernos en "cortes corporativas" secretas por cualquier acto

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que afecte, incluso indirectamente, sus ganancias, por ejemplo, la exigencia en el cumplimiento de leyes de salud pública.

-En otras palabras, el ALCA proporcionaría una cláusula de "reglamentación" hemisférica que explícitamente evalúe las ganancias de las corporaciones por encima del costo humano y ambiental. Algunos casos del TLC que puedan seria como precedentes para las acciones del ALCA bajo estas estipulaciones incluyen:

¿Cómo afectará el ALCA al desarrollo? -Nuestro hemisferio se caracteriza por enormes desigualdades, tanto entre los países como dentro de los mismos. Los Estados Unidos tienen un producto interno bruto (PIB) igual al 75% del total de bienes y servicios producidos en todo el hemisferio. Su capacidad para movilizar recursos tecnológicos y capital es mucho mayor que la de los países del sur. Por lo tanto, los acuerdos de comercio deben incluir una estrategia balanceada y sostenible para la integración social, y el problema de la externa debe abordarse como parte de dicha estrategia.

-La deuda externa aun tiene un efecto dañino en la economía de la mayoría de los países del ALCA,. El ALCA asentará y creará las estructuras legales para hacer cumplir los programas de ajuste implementados en la región por las últimas dos décadas. Si el TLC y el MERCOSUR son un ejemplo de lo que les espera a los países del Sur global.

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-Por lo general, las reglas que impulsan la inversión extranjera están en conflicto directo con las políticas locales de desarrollo económico. Si los estados no pueden regular la inversión extranjera, entonces no podrán implementar una política de desarrollo coordinado. Se verán forzados a seguir bajando los salarios, a degradar más las condiciones laborales, y las normas en materia ambiental, todo en un esfuerzo desesperado para atraer más capital internacional. -¿Cuál es el estatus actual de las negociaciones del ALCA? Todos los grupos de negociación han llevado a cabo reuniones cada dos ó tres meses durante todo el año 2000. Los negociantes han postulado las posiciones de sus gobiernos en lo referente a los nueve puntos centrales. En otoño del 2000 estaban por consolidar el borrador del acuerdo. La siguiente Cumbre de las América, a nivel de los ministros de las naciones participantes, se realizó del 18 al 22 de abril de 2001 en la ciudad de Québec, Canadá. En esta junta, se elaborará el texto final. El acuerdo se completará é implementará en 2005. Avances de las negociaciones del ALCA -La quinta Reunión Ministerial -la primera desde el inicio formal de las negociaciones- se llevó a cabo en Toronto en noviembre de 1999. En esta reunión, los Ministros instruyeron a los grupos de negociación a elaborar un borrador de texto de sus respectivos capítulos y a presentarlo en la sexta Reunión Ministerial. Se instruyó a los grupos de negociación responsables de temas relacionados con el acceso a mercados que discutieran las modalidades y procedimientos para las negociaciones en sus respectivas áreas. Los Ministros también aprobaron varias medidas de facilitación de negocios, diseñadas para facilitar el intercambio comercial en el hemisferio. Estas medidas, que se incluyen en los Anexos de la Declaración Ministerial, se concentran en áreas relativas a los procedimientos aduaneros y el aumento de la transparencia.

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-En la sexta Reunión Ministerial, celebrada en Buenos Aires en abril de 2001, se adoptó una serie de decisiones fundamentales para el proceso de negociaciones del ALCA. Los Ministros recibieron de parte de los grupos de negociación borrador de texto del Acuerdo del ALCA y, en una decisión sin precedentes dirigida a aumentar la transparencia del proceso, acordaron hacer público este texto. Se creó el Comité Técnico de Asuntos Institucionales para considerar la estructura general de un Acuerdo del ALCA (asuntos generales e institucionales).

Los Ministros también destacaron la necesidad de promover el diálogo con la sociedad civil, e instruyeron al Comité de Representantes Gubernamentales sobre la Participación de la Sociedad Civil a remitir a los Grupos de Negociación los aportes presentados por la sociedad civil en respuesta a la Invitación Pública, referidos a sus respectivas áreas temáticas y aquellos relacionadas con el proceso del ALCA en general. Los ministros reiteraron la importancia de prestar asistencia técnica a las economías más pequeñas con el fin de facilitar su participación en el ALCA.

-La Tercera Cumbre de las Américas se llevó a cabo en la ciudad de Quebec los días 20 a 22 de abril de 2001. En esta reunión, los Jefes de Estado y de Gobierno aprobaron formalmente la decisión de los Ministros de publicar lo más pronto posible el primer borrador del acuerdo del ALCA en los cuatro idiomas oficiales. Este acuerdo se publicó en el sitio electrónico oficial del ALCA el 3 de julio de 2001.

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-Por otra parte, se establecieron fechas límite para la conclusión y la implementación del Acuerdo del ALCA. Las negociaciones habrán de concluir, a más tardar, en enero de 2005, y la entrada en vigor del acuerdo se procurará a la mayor brevedad posible tras el fin de las negociaciones, a más tardar en diciembre de 2005.

-De conformidad con las directrices de los Ministros responsables del comercio, las recomendaciones sobre métodos y modalidades para las negociaciones se entregaron antes del 1° de abril de 2002 y las negociaciones sobre acceso a mercados se iniciaron el 15 de mayo de 2002. Los principios y pautas para estas negociaciones se especifican en el Documento sobre Métodos y Modalidades para las Negociaciones.

-En la séptima Reunión Ministerial del ALCA, que se celebró el 1 de noviembre de 2002 en Quito, Ecuador, los Ministros tomaron varias medidas para impulsar las negociaciones. Los Ministros confirmaron, entre otras cosas, el calendario para el intercambio de ofertas iniciales de acceso a mercados, establecieron los plazos en los cuales deberían ser elaborados los nuevos borradores de textos del Acuerdo del ALCA, impartieron orientación a algunas entidades del ALCA en cuanto a la resolución de ciertos temas en sus negociaciones, y publicaron inmediatamente el segundo borrador de textos del Acuerdo del ALCA en el sitio electrónico oficial del ALCA, en los cuatro idiomas oficiales. Los ministros también publicaron el documento elaborado por el Comité de Negociaciones Comerciales sobre Pautas o Lineamientos para el Tratamiento de las Diferencias en los Niveles de Desarrollo y Tamaño de las Economías.

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-En Quito, los Ministros dieron un paso importante para abordar las necesidades de las economías menos desarrolladas y más pequeñas de la región al aprobar un Programa de Cooperación Hemisférica (PCH) para fortalecer las capacidades de aquellos países que buscan asistencia para participar en las negociaciones, implementar sus compromisos comerciales, enfrentar los desafíos de la integración hemisférica y elevar al máximo los beneficios de dicha integración. Se encargó al Comité de Negociaciones Comerciales (CNC), con el apoyo del Grupo Consultivo sobre Economías más Pequeñas (GCEP), la supervisión del PCH.

-En este contexto, los Ministros instruyeron al CNC a facilitar las reuniones del GCEP, con el apoyo del Comité Tripartito, y a invitar a funcionarios en las áreas de desarrollo y financieras, instituciones financieras internacionales, organismos internacionales y entidades privadas interesadas, a fin de discutir el financiamiento y la puesta en marcha del PCH, así como a informar al respecto en la siguiente Reunión Ministerial. -En Quito, los Ministros confirmaron el cronograma establecido por el CNC para las negociaciones relacionadas con acceso a mercados para el intercambio de ofertas iníciales, entre el 15 de diciembre de 2002 y el 15 de febrero de 2003, revisión de ofertas y presentación de solicitudes de mejoramiento de ofertas entre el 16 de febrero y el 15 de junio de 2003, y comienzo de la presentación de las ofertas revisadas y las negociaciones subsiguientes sobre mejoramientos a partir del 15 de julio de 2003. La Declaración Ministerial de Quito también instruye a los Grupos de Negociación a que logren el consenso sobre el mayor número posible de temas en cada uno de los borradores de capítulo del Acuerdo del ALCA y a que presenten una nueva versión de los Capítulos al CNC, a más

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tardar ocho semanas antes de la próxima reunión ministerial en noviembre de 2003.

-Los Ministros también reiteraron la necesidad de aumentar la participación de la sociedad civil en el proceso del ALCA e instaron a todos los países del Hemisferio a fortalecer y profundizar sus procesos de consulta con la sociedad civil a nivel nacional. Por otra parte, los Ministros alentaron la convocatoria de eventos similares organizados de manera paralela a las reuniones Ministeriales y Viceministeriales, así como la organización de seminarios regionales y nacionales relacionados con el proceso de conformación del ALCA. Por otra parte, los Ministros instruyeron al Comité de Representantes Gubernamentales sobre la Participación de la Sociedad Civil a propiciar un proceso de comunicación, en ambas vías, creciente y sostenido con la sociedad civil, a identificar y fomentar el uso de las mejores prácticas en la divulgación y las consultas con la sociedad civil, y a que su Tercer Informe, que describe las actividades del Comité así como la gama de aportes recibidos durante esta fase, sea publicado en el sitio electrónico oficial del ALCA.

-La fase final de las negociaciones del ALCA será conducida bajo la Co presidencia de Brasil y Estados Unidos. Se acordó realizar dos reuniones de Ministros responsables del comercio, una en noviembre de 2003 en Miami, EEUU, y otra en 2004 en Brasil.

-En su octava reunión, celebrada en Miami el 20 de noviembre de 2003, los Ministros reiteraron su compromiso con el Área de Libre Comercio de las

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Américas y expusieron la visión que tienen del ALCA que se presenta a continuación:

-“Nosotros, los Ministros, reafirmamos el compromiso que tenemos para que las negociaciones del ALCA concluyan con éxito a más tardar en enero de 2005, con el objetivo final de lograr un área de libre comercio e integración regional. Los Ministros reafirman su compromiso con un ALCA comprehensivo y equilibrado que fomentará con la mayor eficacia el crecimiento económico, la reducción de la pobreza, el desarrollo y la integración a través de la liberalización del comercio. Asimismo, los Ministros reconocen que se necesita flexibilidad para tomar en cuenta las necesidades y sensibilidades de todos los socios del ALCA.

-Estamos conscientes de que el objetivo de las negociaciones debe ser un acuerdo equilibrado que aborde la cuestión de las diferencias en los niveles de desarrollo y tamaño de las economías del hemisferio, mediante varias disposiciones y mecanismos.

-Tomando en cuenta y reconociendo los mandatos existentes, los Ministros reconocen que los países pueden asumir diferentes niveles de compromisos. Procuraremos desarrollar un conjunto común y equilibrado de derechos y obligaciones que sean aplicables a todos los países. Además, las negociaciones deberían permitir que los países que así lo decidan, dentro del ALCA, puedan acordar beneficios y obligaciones adicionales. Una posible línea de acción podría ser que estos países lleven a cabo negociaciones plurilaterales dentro del ALCA para definir las obligaciones en cada área respectiva.

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-Esperamos plenamente que de este empeño surgirá el equilibrio apropiado de derechos y obligaciones que permita que los países cosechen los beneficios de sus respectivos compromisos".

-Los Ministros dieron instrucciones al CNC para que desarrollara un conjunto equilibrado y común de derechos y obligaciones que sean aplicables a todos los países. Estas negociaciones sobre el conjunto común de derechos y obligaciones incluirán disposiciones en cada una de las siguientes áreas de negociación: acceso a mercados; agricultura; servicios; inversión; compras del sector público; propiedad intelectual; política de competencia; subsidios, antidumping y derechos compensatorios; y solución de controversias.

-Las partes interesadas podrán decidir, a nivel plurilateral, el desarrollo de disciplinas y liberalización adicionales. El CNC deberá establecer procedimientos para estas negociaciones que deberán estipular, entre otras cosas, que: los países que negocien obligaciones y beneficios adicionales en el ALCA deberán notificar a los Copresidentes su intención de hacerlo antes del inicio de las negociaciones; y cualquier país que decida no hacerlo podrá asistir como observador a dichas negociaciones adicionales. Los observadores podrán, mediante notificación a los Copresidentes, convertirse en participantes en estas negociaciones

en

cualquier

momento

ulterior.

negociaciones deben ser conformes a la OMC.

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Los

resultados

de

las

-Estas instrucciones deberán ser enviadas por el CNC a los Grupos de Negociación y al Comité Técnico de Asuntos Institucionales (CTI), a más tardar en la decimoséptima reunión del CNC, que se celebrará a comienzos de 2004, a fin de permitir que las negociaciones procedan simultáneamente y culminen de conformidad con el calendario.

-Los Ministros dieron instrucciones para que las negociaciones sobre acceso a mercados concluyeran, a más tardar, el 30 de septiembre de 2004.

-Reafirmaron su compromiso de tomar en cuenta, al diseñar el ALCA, las diferencias en los niveles de desarrollo y tamaño de las economías del Hemisferio a fin de crear oportunidades para su plena participación y aumentar su nivel de desarrollo. Tomaron nota del Informe del CNC sobre los resultados del progreso alcanzado en relación con el tratamiento de las diferencias en los niveles de desarrollo y tamaño de las economías en cada uno de los Grupos de Negociación, y reiteraron la instrucción dada al CNC y a todos los grupos de negociación, en particular a aquellos que lleven a cabo negociaciones de acceso a mercados, a que plasmen en medidas específicas este principio de manera que estén reflejadas en los resultados de las negociaciones.

-También acogieron con beneplácito los esfuerzos del GCEP, con la asistencia del Comité Tripartito, para implementar el Programa de Cooperación Hemisférica (PCH) y citaron los pasos importantes que se dieron en la primera reunión con los donantes. Recibieron el Informe del CNC sobre el avance en la implementación del PCH y alentaron a los países a que, con la ayuda del Comité Tripartito,

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completen

las

estrategias

BTC

según

convenga

y

organicen

reuniones

subregionales con los donantes para proseguir las deliberaciones sobre las estrategias BTC. Los Ministros reiteraron el compromiso que hicieron en Quito de que el PCH responderá a las necesidades de asistencia inmediata con el fin de fortalecer la participación de los países en las negociaciones.

-Conforme a su compromiso de transparencia adoptado en las Cumbres de Santiago y ciudad de Québec, los Ministros pusieron a la disposición del público el tercer borrador de los capítulos del Acuerdo del ALCA en el sitio electrónico oficial del ALCA en los cuatro idiomas oficiales.

-Recibieron el cuarto Informe del SOC, que describe las actividades del SOC, así como la gama de contribuciones recibidas de la sociedad civil durante esta fase. Los Ministros también acogieron con beneplácito el informe sobre Mejores Prácticas y Ejemplos Ilustrativos de Consultas con la Sociedad Civil a Nivel Nacional y Regional elaborado por el SOC, y dieron instrucciones al SOC para que haga recomendaciones al CNC sobre los medios para ampliar los mecanismos de difusión de información sobre los debates, basándose en las experiencias de los países para difundir información a sus sociedades civiles. -Los Ministros también destacaron la decisión de celebrar reuniones con la sociedad civil, conjuntamente con las reuniones ordinarias del SOC, que se concentran en los asuntos que son temas de discusión en las presentes negociaciones

e

incluyeron

una

amplia

representación

de

funcionarios

gubernamentales del ALCA y de la sociedad civil, incluidos empresarios, sectores laborales, productores agrícolas, las ONG, y grupos académicos, rurales e

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indígenas. Los Ministros manifestaron su complacencia por la planificación de al menos dos reuniones de ese tipo en el año 2004, una en la República Dominicana sobre el tema de derechos de propiedad intelectual y una en Estados Unidos sobre el tema de acceso a mercados, incluidos asuntos relacionados con la pequeña empresa.

-Los Ministros también expresaron interesen crear un Comité Consultivo de la Sociedad Civil dentro de la institucionalidad del ALCA, junto con la entrada en vigor del Acuerdo y solicitaron al CNC que presente una propuesta sobre este tema para su consideración en el futuro, sobre la base de las recomendaciones del SOC, en coordinación con el CTI.

-La próxima reunión de los Ministros responsables del Comercio se celebrará en Brasil en 2004.

-Estructura y organización de la estructura del ALCA

-Las negociaciones del ALCA se desarrollan de acuerdo con una estructura determinada por sus miembros que garantiza una amplia participación geográfica. La Presidencia del proceso en su totalidad, la sede de las negociaciones y la Presidencia y Vicepresidencia de los diversos grupos de negociación y de los otros comités y grupos se rotan entre los países participantes.

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-La Presidencia de las Negociaciones se rota aproximadamente cada dieciocho meses o al concluir cada Reunión Ministerial. Se designaron a los siguientes países para la Presidencia y la Vicepresidencia del proceso del ALCA para períodos sucesivos durante las negociaciones. Presidencia

Vicepresidencia

Canadá

Argentina

Argentina

Ecuador

Ecuador

Chile

1 de mayo de 1998 - 31 de octubre de 1999 1 de noviembre de 1999 - 30 de abril de 2001 1 de mayo de 2001 - 31 de octubre de 2002

Co presidencias 1 de noviembre de 2002 -

Brasil y Estados Unidos de América

conclusión de las negociaciones

Los Ministros responsables del comercio ejercen la supervisión y gestión definitivas de las negociaciones. Generalmente se reúnen cada 18 meses y, desde el inicio de las negociaciones, lo han hecho en el país que ocupa en ese momento la Presidencia del ALCA. Los Viceministros responsables del comercio, en su calidad de Comité de Negociaciones Comerciales (CNC), desempeñan un papel crucial en la gestión de las negociaciones del ALCA. El CNC orienta el trabajo de los grupos de negociación y de los demás comités y grupos y tiene poder de decisión sobre la estructura general del acuerdo y otros temas institucionales.

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El CNC también es responsable de asegurar la participación plena de todos los países en el proceso del ALCA, asegurar la transparencia de las negociaciones, supervisar la Secretaría Administrativa y supervisar la identificación e implementación de las medidas de facilitación de negocios. El Comité se reúne siempre que se requiere y como mínimo dos veces al año en forma rotativa en todo el hemisferio. Se establecieron nueve grupos de negociación del ALCA en las siguientes áreas: acceso a mercados; inversión; servicios; compras del sector público; solución de controversias; agricultura; derechos de propiedad intelectual; subsidios, antidumping y derechos compensatorios; y política de competencia. Estos grupos de negociación actúan bajo mandatos específicos de los Ministros y del CNC para negociar los textos de sus áreas específicas y se reúnen regularmente a lo largo del año. Hay tres comités y grupos que se encargan de temas horizontales relacionados con las negociaciones. Ellos son: el Grupo Consultivo sobre Economías más Pequeñas, el Comité de Representantes Gubernamentales sobre la Participación de la Sociedad Civil, y el Comité Conjunto de Expertos del Sector Público y Privado sobre Comercio Electrónico. Se creó además un Comité Técnico de Asuntos Institucionales para considerar la estructura general de un Acuerdo del ALCA (asuntos generales e institucionales). Finalmente, se estableció un grupo de expertos ad hoc para que informara al CNC sobre la implementación de las medidas de facilitación de negocios relacionadas con asuntos aduaneros que se acordaron en Toronto. Apoyo técnico y analítico: El Comité Tripartito, que está integrado por: Banco Interamericano de Desarrollo (BID)

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Organización de Estados Americanos (OEA) Comisión Económica para América Latina y el Caribe de las Naciones Unidas (CEPAL) El Comité Tripartito presta apoyo analítico, técnico y financiero al proceso y mantiene el sitio electrónico oficial del ALCA. Las instituciones individuales del Comité Tripartito también prestan asistencia técnica en temas relacionados con el ALCA, especialmente a las economías más pequeñas del hemisferio. Apoyo administrativo: La Secretaría Administrativa del ALCA, localizada en la misma sede de las reuniones de los grupos de negociación, brinda apoyo administrativo y logístico a las negociaciones. La Secretaría lleva los archivos oficiales de las negociaciones y presta servicios de traducción e interpretación. La Secretaría se financia mediante una combinación de recursos locales y recursos provenientes de las instituciones del Comité Tripartito. Sede de las negociaciones: También es de carácter rotativo. Se han designado tres países anfitriones para las negociaciones, a saber: de mayo de 1998 a febrero de 2001: Estados Unidos (Miami)

Panamá (Ciudad de Panamá)

de marzo de 2001 a febrero de 2003; y de marzo de 2003 hasta la conclusión de las negociaciones:

México (Puebla).

Críticas Según el especialista Roy Arias, a pesar de que las negociaciones han sido conducidas en secreto, pues no ha habido participación de la sociedad civil en la

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formulación de las reglas y normas que contienen el acuerdo, se están discutiendo aspectos similares a los tratados de libre comercio que se negocian bilateralmente. Entre otros temas, se está discutiendo acerca de la reducción de las barreras arancelarias y el acceso a mercados, bienes y servicios de intercambio comercial, inversión extranjera, privatización de bienes y servicios públicos, agricultura, derechos de propiedad intelectual, subsidios y medidas antidumping, libre competencia y resolución de diferendos. Otra crítica es la realizada por el presidente uruguayo Dr. Tabare Vázquez. El intento demostrar en la Cumbre llevada acabo en la ciudad de Mar del Plata (Argentina), que Uruguay podía funcionar como Polo Logístico del ALCA, pero no fue aceptada dicha propuesta. Uno de los principales críticos del ALCA ha sido el presidente venezolano Hugo Chávez quién lo ha calificado como un tratado de adhesión y una herramienta más del imperialismo para la explotación de Latinoamérica. Como contra-propuesta a este modelo Chávez ha fomentado la Alternativa Bolivariana para la América (ALBA). Por su parte, Luís Inácio Lula da Silva presidente del Brasil y Néstor Kirchner expresidente de Argentina, dicen que no se oponen al tratado, pero demandan que éste sea libre de verdad, y lo condicionan principalmente a la eliminación por parte de los Estados Unidos de los subsidios a la agricultura, 3 a la provisión de un acceso efectivo a los mercados y a que se contemplen las necesidades y las sensibilidades de todos los socios. Uno de los temas más polémicos del tratado propuesto por los Estados Unidos es el relacionado con los derechos de propiedad intelectual y patentes.

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Los críticos afirman que si las medidas propuestas por el ALCA se aplicaran, se impediría la investigación científica en Latinoamérica ocasionando aún más desigualdad y dependencia tecnológica respecto a países desarrollados. En lo relacionado con el tema de las patentes, analistas latinoamericanos han acusado a

los

Estados

Unidos

de

querer

patentar

todo,

desde

invenciones,

descubrimientos, mitología indígena hasta seres vivos PROPIEDAD INTELECTUAL La propiedad intelectual, desde el punto de vista de la tradición continental europea y de buena parte de los países latinoamericanos, supone el reconocimiento de un derecho particular en favor de un autor u otros titulares de derechos, sobre las obras del intelecto humano. En los términos de la Declaración Mundial sobre la Propiedad Intelectual (votada por la Comisión Asesora de las políticas de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), el 26 de junio del año 2000, es entendida similarmente como "cualquier propiedad que, de común acuerdo, se considere de naturaleza intelectual y merecedora de protección, incluidas las invenciones científicas y tecnológicas, las producciones literarias o artísticas, las marcas y los identificadores, los dibujos y modelos industriales y las indicaciones geográficas El Día Mundial de la Propiedad Intelectual se celebra el 26 de abril . Existe además una corriente, especialmente la que proviene del movimiento de software libre, que considera que el término "Propiedad Intelectual" es engañoso y reúne bajo un mismo concepto diferentes regímenes jurídicos no equiparables entre sí, como las patentes, el derecho de autor, las marcas, las denominaciones de origen, entre otros

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La propiedad intelectual es un derecho patrimonial de carácter exclusivo que otorga el Estado por un tiempo determinado para usar o explotar en forma industrial y comercial las invenciones o innovaciones, tales como un producto técnicamente nuevo, una mejora a una máquina o aparato, un diseño original para hacer más útil o atractivo un producto o un proceso de fabricación novedoso; también tiene que ver con la capacidad creativa de la mente: las invenciones, las obras literarias y artísticas, los símbolos, los nombres, las imágenes y privilegios. El titular de la propiedad intelectual tiene la facultad para evitar que cualquier persona tenga acceso o haga uso de su propiedad sin su consentimiento. Los derechos de propiedad intelectual que otorga cada país son independientes entre sí, por lo que una misma idea, invención, obra o carácter distintivo puede ser objeto de protección en una pluralidad de Estados, existiendo tantos títulos de protección como Estados que la hayan otorgado. CATEGORÍAS DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL SEGÚN OMPI Según la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), la propiedad intelectual es un tipo de propiedad, esto significa que su propietario o titular puede disponer de ésta como le plazca y que ninguna otra persona física o jurídica podrá disponer legalmente de su propiedad sin su consentimiento. Naturalmente, el ejercicio de este derecho está sujeto a limitaciones. •

Propiedad industrial: comprende las invenciones, patentes, marcas, dibujos y modelos industriales e indicaciones geográficas de origen.

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Derechos de autor: que comprende las obras literarias y artísticas, tales como las novelas, los poemas, las obras de teatro, las películas, las obras musicales, las obras de arte, los dibujos, pinturas, fotografías, esculturas, y los diseños arquitectónicos.



Derechos conexos: comprende las interpretaciones o ejecuciones de los artistas, la producción de fonogramas y las actividades de los organismos de radiodifusión PROPIEDAD INDUSTRIAL Al tratarse de un tipo de propiedad intelectual, ésta guarda una estrecha

relación con creaciones del ingenio humano como las invenciones y los dibujos y modelos industriales. Las creaciones estéticas que determinan la apariencia de productos industriales. Además, la propiedad industrial incluye las marcas de fábrica o de comercio, las marcas de servicio, los nombres y designaciones comerciales, incluidas las indicaciones de procedencia y denominaciones de origen, y la protección contra la competencia desleal. Aquí, la característica de creación intelectual -aunque existente-, es menos prominente, pero lo que importa es que el objeto de la propiedad industrial consiste típicamente de signos que transmiten una información a los consumidores, concretamente en lo que respecta a los productos y los servicios que se ofrecen en el mercado, y que la protección va dirigida contra el uso no autorizado de tales signos, lo cual es muy probable que induzca a los consumidores a error, y contra las prácticas engañosas en general. PROPIEDAD INDUSTRIAL EN MÉXICO

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La Ley de la Propiedad Industrial contempla diferentes figuras jurídicas de protección que se aplican de acuerdo a la naturaleza del producto intelectual. Cuando se trata de una patente se expide un título, que constituye un contrato social, mediante el cual se le confiere al titular el derecho temporal de explotar en forma exclusiva la invención que dio lugar a la patente y a cambio, el inventor divulga el contenido técnico de su invención para permitir el flujo de la información, lo que se constituye un valioso sistema para el avance científico y tecnológico. En el caso de los modelos de utilidad, diseños industriales, esquemas de trazado de circuitos integrados, marcas, avisos y nombres comerciales se expide un registro que constituye un contrato social, mediante el cual se le confiere al titular el derecho de usar o explotar comercialmente, por un tiempo determinado, las creaciones intelectuales que dieron lugar a alguna de estas figuras de protección. Cuando se trata de las denominaciones de origen se expide una declaratoria que ampara a las personas físicas o morales que se dediquen a la extracción, producción o elaboración del producto o productos incluidos en la declaratoria. El Estado mexicano es el titular de la declaratoria y, para utilizarla comercialmente, se debe hacer una solicitud al IMPI. Los secretos industriales se refieren a información de aplicación industrial o comercial de carácter confidencial. Toda la información que constituya el secreto industrial deberá constar en documentos, medios electrónicos o magnéticos, discos ópticos, microfilmes, películas u otros instrumentos similares y se deben firmar los convenios necesarios entre todas las personas que la conozcan total o parcialmente,

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mediante los cuales se comprometen expresamente a guardar total discreción. Para esta figura no se lleva a cabo ningún registro ante el IMPI. La patente es la figura más conocida del sistema de propiedad industrial y la que más se utiliza para proteger el conocimiento que se genera en muchas de las áreas de investigación. La Ley de la Propiedad Industrial establece una serie de características para las patentes, así como los requisitos que deben cumplir las invenciones para las cuales se solicite protección mediante esta figura. DERECHOS DE AUTOR Este guarda relación con las creaciones artísticas, como los poemas, las novelas, la música, las pinturas, las obras cinematográficas, etc. La expresión "derecho de autor" hace referencia al acto principal, respecto de las creaciones literarias y artísticas, que sólo puede ser ejecutado por el autor o bajo su consentimiento (derecho patrimonial). Ese acto es la producción de copias de la obra literaria o artística, como un libro, una pintura, una escultura, una fotografía, una película y más recientemente contenidos digitales. La segunda expresión, "derechos de autor" (o derechos de los autores), hace referencia a los derechos de la persona creadora de la obra artística, su autor, lo cual pone de relieve el hecho, reconocido en la mayor parte de las legislaciones, de que el autor tiene ciertos derechos específicos sobre su creación (derechos morales), por ejemplo, el derecho de impedir una reproducción distorsionada que sólo él puede ejercer, mientras que otros derechos, como el derecho de efectuar copias, lo pueden ejercer otras personas (derecho patrimonial concedido a un titular), por ejemplo, un editor que ha obtenido una licencia a tal fin del autor.

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DERECHOS DE AUTOR EN MÉXICO La propiedad autoral, conocida como derechos de autor es administrada por la Secretaria de Educación Pública, a través del Instituto Nacional de Derecho de Autor. El trámite se realiza ante el departamento de registro del Instituto Nacional del Derecho de Autor, se llena el formato Indautor 001, se pagan derechos por la inscripción, y en un término de treinta (30) días hábiles se le regresa el certificado de registro correspondiente. La protección que otorga la Ley Federal del Derecho de Autor a las obras es la vida del autor y cien años después de su muerte, en caso de coautoría, este término se computa a partir de la muerte del último autor.

LA MERA FOTOGRAFÍA Las denominadas por la Ley de la Propiedad Intelectual española, en su artículo 128, "meras fotografías", es decir, fotografías o imágenes análogas a la fotografía, cuando no hayan sido incorporadas a obras literarias o científicas, pueden ser distribuidas, reproducidas o explotadas por su autor hasta los 25 años. Este término se cuenta desde el 1 de enero del año siguiente a la fecha de realización de la fotografía o reproducción. Obviamente no se menciona la propiedad moral de las fotografías, que se rige por su regulación específica y es inalienable e irrenunciable. CRÍTICAS A LA PROPIEDAD INTELECTUAL

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Autores como Stephan Kinsella, Julio Cole, Alfredo Bullard o Enrique Pasquel sostienen que los derechos de propiedad intelectual no son necesarios para promover la creatividad y el avance científico e imponen costos muy altos para

la

sociedad.

Por

ejemplo,

incentivan

costosos

litigios

judiciales,

desincentivan la creación de mayor conocimiento una vez que el creador tiene el monopolio del derecho de propiedad intelectual. La Propiedad Intelectual es uno de aquellos casos en el Derecho, donde se palpa el eterno conflicto que existe entre los intereses individuales y las necesidades de un colectivo. La propiedad intelectual otorga al autor derechos de exclusividad sobre su obra, marca, patente, diseño industrial, modelo de utilidad, y otros tipos de invención protegidos por el derecho invencional. Esta protección le confiere al autor un sin número de prebendas como reconocimiento a la inventiva y esfuerzo empleado en la creación de algo novedoso que se encuentre fuera de la cotidianeidad, es decir, algo nuevo que implique cierto nivel inventivo, y que sea susceptible de aplicación industrial. Sin embargo, ¿hasta qué punto es factible otorgarles derechos exclusivos a ciertas personas o compañías sobre inventos o creaciones que puede beneficiar a una comunidad o hasta toda la sociedad? Si el día de mañana, un científico descubre una fórmula que tiene el potencial de curar el cáncer, y en ejercicio de sus derechos patenta su invento, sería necesaria una autorización previa y por consiguiente el pago de regalías para el uso del invento. Entonces, ¿Dónde quedan las necesidades del colectivo frente al interés individual del autor? , ¿Acaso la propiedad intelectual contribuye a encontrar el bien común para la sociedad o simplemente es una

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medida proteccionista que se encuentra acorde con los intereses de grandes compañías? La protección de las patentes es siempre un tema sumamente delicado en las negociaciones de tratados internacionales como el TLC, en donde, los países en vías de desarrollo que carecen de tecnología pretenden disminuir al mínimo la protección que se da a las patentes a fin de poder explotar dichos inventos a la brevedad posible. Mientras que, los países desarrollados pretenden extender al máximo el tiempo de protección con distintos mecanismos como las patentes de segundo uso, que son aquellas patentes que se conceden a invenciones ya patentadas pero a las cuales se les ha encontrado una nueva forma de uso o algún nuevo beneficio, y por consiguiente se concede un periodo adicional de protección. Adicionalmente, existen otros temas de controversia como las licencias obligatorias que son aquellas que se otorgan a organismos públicos o a terceras personas para la explotación de un invento sin el consentimiento del inventor en situaciones

especiales

como

en

emergencias

nacionales,

pero

previa

compensación al autor. Este tipo de licencias, también son discutidas en negociaciones de tratados, toda vez que para países con gran potencial inventivo este tipo de licencias son inadmisibles, mientras que en países pobres se procura siempre dejar esta alternativa. En este sentido, nos encontramos dentro de un escenario en donde los más fuertes tratan de explotar a los más pobres, y los débiles ven en la negociación una posibilidad para sacar alguna ventaja de los poderosos. En el mundo hay que recalcar que son las potencias mundiales quienes auspician a las farmacéuticas,

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que son multinacionales, para el desarrollo de nuevos inventos y estos inventos hacerlos de una sola pertenencia, que es la farmacéutica y también el país donde se encuentra la misma farmacéutica, en este caso es la Patente, esta misma apropiación da el derecho de 20 años en la mayoría de países para la explotación monopilca del producto inventado. Como los autores arriba mencionados, realizan su critica a la Propiedad Intelectual en una parte por el monopolio que se genera a partir de una protección a una invención, en este caso nos basamos en la patentabilidad de los productos, porque las patentes son el caso mas común en el cual existe un abuso del uso de la protección de los derechos de autores y patentes; tal es el caso de que se han creado alternativas para que países sub.-desarrollados realicen usos exclusivos de patentes que se consideren de uso común y de gran ayuda ala comunidad de aquel país. En Ecuador se realizó un caso en el cual el Presidente de la Republica de aquel país concedió una Licencia Obligatoria a una farmacéutica de la India para que someta la producción de un medicamento que ayuda al tratamiento de la enfermedad del VIH, este medicamento fue creado por una farmacéutica de Estados Unidos, quienes tienen patentados los procedimientos para realizar este medicamento, pero como en Ecuador se realizó la Licencia Obligatoria a la farmacéutica de la India para que en una forma masiva y a un bajo costo realice los medicamentos, claro es que la farmacéutica norteamericana recibe regalías por expender el producto pero con La Licencia Obligatoria que otorga el ejecutivo de un país se permite que no exista aquel monopolio, esto declarando un derecho en peligro como es el de la vida; en esos caso existe la ponderación de algunos derechos que son mas importantes que el derecho de creación.

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Ahora bien, estamos en el mundo actual en el problema del cambio climático y el calentamiento global, en estos casos ¿seria practico que se realicen cambios en materia legislativa, en los países del mundo, sobre la patentabilidad de inventos que ayuden al cuidado del medio ambiente?, es muy debatible esta cuestión; ya que no les conviene a los países industrializados el que se permita el uso publico de algunos inventos que son para el bien de la humanidad. Las tecnologías Verdes, son de uso masivo para el cuidado del medio ambiente. HISTORIA En 1986, a petición de los Estados Unidos de Norteamérica y de otros países en desarrollo, el tema de la protección de la propiedad intelectual en los países en desarrollo se planteó como un asunto que debía formar parte del sistema de comercio internacional. Cuando se iniciaron las negociaciones comerciales multilaterales de la Ronda de Uruguay, especialmente el Acuerdo General de Aranceles y Comercio, GATT (hoy Organización Mundial de Comercio (OMC)), se incluyó un grupo de trabajo especial para discutir el tema de la propiedad intelectual y el comercio. El texto de la declaración ministerial del "Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio" (ADPIC), también conocido como TRIPS (Trade Realted Intellectual Property Issues), que establece entre otras: A fin de reducir las distorsiones del comercio internacional y sus obstáculos, y teniendo en cuenta la necesidad de fomentar una protección eficaz y adecuada de los derechos de propiedad intelectual y de velar por que las medidas y procedimientos destinados a hacer respetar dichos derechos no se

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conviertan a su vez en obstáculos al comercio legitimo, las negociaciones tendrán por finalidad clarificar las disposiciones del Acuerdo General y elaborar, según proceda, nuevas normas y disciplinas... Bajo este escenario y al suscribir el Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN), México contrajo una serie de compromisos que originaron modificaciones a la Legislación Nacional en muchos de sus capítulos, especialmente en materia de propiedad intelectual. En estos años se crea el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI). RENACIMIENTO La extensión de la imprenta de tipos móviles en la Europa Renacentista, y con ella de las nuevas ideas de erasmistas y reformadores cristianos, alarmó prontamente a la Iglesia Católica, los príncipes y las repúblicas del continente europeo. Estos utilizaron entonces la tradición legal que amparaba a los gremios urbanos feudales para controlar de modo efectivo lo publicado. El primer marco legal monopolístico era todavía un marco feudal cuyos objetivos eran el control político de la naciente agenda pública, por lo que el autor no aparecía como sujeto de derechos, sino el impresor. Ese control estatal (en parte delegado a la Iglesia en el mundo católico), facilitó sin embargo la aparición de las primeras patentes. La primera de la que se tiene constancia es una patente de monopolio de la República de Venecia de 1474 a favor de Pietro di Ravena que aseguraba que sólo él mismo o los impresores que él dictaminase tenían derecho legal en el interior de la República a imprimir su obra "Fénix". La primera patente de este tipo en Alemania apareció en 1501 y en Inglaterra en 1518, siempre para obras concretas y siempre como

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gracia real de monopolio. Una práctica ésta, la de la concesión de monopolios reales bajo forma de patente, que las monarquías europeas fueron extendiendo en distintos ámbitos como forma de remuneración de sus colaboradores. EL BARROCO El siglo XVII conoció distintos intentos de regulación con el objeto de asegurar a los autores literarios una parte de las ganancias obtenidas por los impresores. Ese era el sentido por ejemplo de las disposiciones de 1627 de Felipe IV en España. Lo que movía a esta regulación es precisamente la ausencia de monopolio del autor respecto a la obra. Dado que cualquier impresor podía reeditar una obra cualquiera, el legislador buscaba mantener los incentivos del autor obligándole a compartir una parte de los beneficios obtenidos. Pero el primer sistema legal de propiedad intelectual configurado como tal surgió en la Inglaterra Barroca. Es el llamado Statute of Anne (por el nombre de la reina en cuyo reinado se promulgó, Ana de Inglaterra) de 1710. La importancia de esta norma vino dada porque por primera vez aparecían las características propias del sistema de propiedad intelectual tal como se conocen actualmente: -Se presentaba como un sistema de incentivos a los autores motivado por las externalidades positivas generadas por su labor. De hecho su título completo era: An Act for the Encouragement of Learning, by vesting the Copies of Printed Books in the Authors or purchasers of such Copies, during the Times therein mentioned

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-Establecía un sistema de monopolio temporal universal: 21 años para el autor de cualquier libro, ejecutable en los 14 años siguientes a su redacción. El conflicto vino con los impresores, los cuales alegaban que una vez encargadas y recibidas las obras, los beneficiarios del monopolio deberían ser ellos y no el autor original. Nacía así el sustento de lo que más tarde sería la diferencia entre copyright y derechos de autor. Mientras el primero convierte la obra en una mercancía más haciendo plenamente transmisibles los privilegios otorgados por el monopolio legal, el segundo reservará derechos a los autores más allá incluso después de la venta. LA ILUSTRACIÓN FRANCESA Y EL DEBATE SOBRE LA NATURALEZA DEL DERECHO Con distintas formas y matices el sistema se extendía poco a poco por Europa. Dinamarca y Suecia tuvieron su primera legislación en 1741 y España en 1762, por ley otorgada por el rey Carlos III. Pero el debate sobre la naturaleza de estas patentes siguió abierto. Mientras el copyright tendía a homologar el privilegio con una forma más de propiedad, el derecho de autor requería una fundamentación que al final lo equiparase con un derecho natural, no nacido de una concesión real, sino directamente reclamable de forma evidente... lo cual, dado lo reciente de su aparición no era, ni mucho menos, una argumentación teórica fácil, como mostraba, por ejemplo, la Lettre sur le commerce des libres de Diderot. ENTRE OTRAS ARGUMENTACIONES, DENIS DIDEROT PROPUSO: Que se deje hacer el librero, que se deje hacer al autor. El tiempo enseñará al autor, sin que sea necesaria ninguna intervención, el valor de lo que

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ha creado: bastará con asegurar al librero la adquisición y propiedad del manuscrito, condición sin la cual la producción del autor perderá necesariamente su precio justo. En la Asamblea de 1791 en Francia, dos años después de la Revolución Francesa, Jean Le Chapelier argumentaba a favor de considerar el derecho de autor como derecho natural al decir: El más sagrado, la más personal de todas las propiedades es el trabajo fruto del pensamiento de un escritor (...) en consecuencia, es extremadamente justo que los hombres que cultivan el campo del pensamiento disfruten los frutos de su trabajo; es esencial que durante su vida y por algunos años después de su muerte, nadie pueda disponer del producto de su genio sin su consentimiento. Estos argumentos tuvieron una contraparte en las declaraciones del filósofo y matemático Nicolas de Condorcet, quien objetó las ideas del derecho de autor como derecho natural al explicar que: Los privilegios tienen en esta materia, como en toda otra, los inconvenientes de disminuir la actividad, de concentrarla en un reducido número de manos, de cargarla de un impuesto considerable, de provocar que las manufacturas del país resulten inferiores a las manufacturas extranjeras. No son, pues, necesarios ni útiles y hemos visto que eran injustos. No puede haber ninguna relación entre la propiedad de una obra y la de un campo que puede ser cultivado por un hombre, o de un mueble que sólo puede servir a un hombre, cuya propiedad exclusiva, se consecuencia, se encuentra fundada en la naturaleza de la cosa.

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La propiedad literaria no es un derecho es un privilegio y como todos los privilegios, es un obstáculo impuesto a la libertad, una restricción evidente a los derechos de los demás ciudadanos...” Condorcet LA ESCUELA DE SALAMANCA Y EL DERECHO NATURAL Pronto surgieron las primeras críticas, aunque basadas todavía en la ya periclitada escolástica medieval. Partiendo del concepto de Santo Tomas de Aquino de la cuidad, la escuela de Salamanca circunscribió a mediados del siglo XVIII la protección a lo que luego se llamarán derechos morales, atacando frontalmente la equiparación del privilegio real con una forma de propiedad, dado que sobre las ideas, conocimientos y conceptos no puede reivindicarse propiedad con independencia del estado, ni la transmisión llevarse a cabo como un juego de suma cero como sí ocurre con la propiedad de las cosas. Además, no siendo la propiedad un derecho natural, difícilmente podría argumentarse su universalidad.

EL SIGLO XIX Sin embargo la arrasadora expansión del capitalismo y la necesidad de incentivos para mantener el acelerado desarrollo tecnológico tras las guerras napoleónicas, consolidarían la lógica de la propiedad intelectual y extenderían las legislaciones protectoras. De hecho, la propiedad intelectual estuvo históricamente supeditada en la práctica a las necesidades sociales de innovación. Cuando Eli Whitney inventó la desmotadora de algodón en 1794 a nadie -y mucho menos a él mismo- se le

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ocurrió plantear demandas a pesar de que la hubiera patentado. La desmotadora era un invento sencillo, que permitía reducir el precio del algodón drásticamente y convirtió a EE. UU. En la década de 1830 en el gran proveedor de las nacientes manufacturas textiles británicas. Y el algodón -hasta entonces equivalente al lino en precio y limitado por tanto a las clases altas- se transformó en un bien de consumo de masas de precio asequible. EE.UU. y Gran Bretaña pasaron, gracias a la industria de la manufactura algodonera, de ser países en desarrollo a ser países desarrollados. Otro aspecto destacable fue la internacionalización espontánea de los pagos a los autores por parte de los editores. Al parecer, durante el siglo XIX los autores estadounidenses recibieron más pagos de los editores británicos que de los de su propio país, a pesar de que legalmente los privilegios eran estatales y no podían ser reclamados legalmente en otros países. Parece que, como vuelve a suceder hoy en día, la parte principal de los ingresos de una obra se producían en la primera edición, lo que incitaba a los editores británicos suficientemente a pagar por acceder a los contenidos antes que sus competidores, sin necesidad de que estos hicieran valer sus privilegios legales. A pesar de ello, la Convenio de Berna para la Protección de las Obras Literarias y Artísticas, convocada en 1886 por iniciativa de Victor Hugo -autor de los primeros éxitos de ventas internacionales- marcó un momento decisivo en la globalización del derecho de autor al obligar a la reciprocidad en el reconocimiento de derechos a los autores por parte de los países signatarios.

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Aunque eran originalmente tan sólo media docena y exclusivamente europeos (EE.UU. no se sumó hasta 1989) se sentaron las bases del panorama actual. EL SIGLO XX El siglo XX fue el siglo del copyright, los derechos de autor y las patentes. Tras la convención de Berna se funda el BIRPI (Bureaux internationaux réunis pour la protection de la propriété intellectuelle), actualmente hoy OMPI (Organización Mundial de la Propiedad Intelectual). Aparecen ya las primeras sociedades de derechos como la SAE (hoy SGAE) en 1898 y farmacéuticas y empresas tecnológicas consolidaron sobre el sistema de patentes su modelo de negocio. La segunda mitad del siglo, con el estallido industrial de la música popular y universalización del mercado audiovisual concentrado en EE.UU., llevaron a la formación de un gran mercado cultural mundial dependiente de la homologación internacional de la propiedad intelectual.

CONCLUSIÓN Como se expuso al comienzo de nuestro trabajo tanto el ALCA como la Propiedad Intelectual son temas bastantes extensos y muy preocupante para las americas, podemos concluir que el ALCA a sido extremadamente criticada en toda la América Latina y Uno de los principales críticos ha sido el presidente venezolano Hugo Rafael Chávez Frías, quién lo ha calificado como un tratado de adhesión y una herramienta más del imperialismo, para la explotación de Latinoamérica, Como contra-propuesta a este modelo Chávez ha fomentado la

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Alternativa Bolivariana para la América (ALBA); Por otra parte La Propiedad Intelectual es clave en la protección de los derechos de quienes crean, inventan, realizan obras, maquinas, medicinas etc., estas personas tienen todo el derecho de tener el dominio y poder sobre su creación; pero en casos y cuestiones patentables, la Propiedad Intelectual es un problema, ya que no permite el manejo humanitario de inventos, que podrían ser de gran ayuda a la humanidad, en ese caso es el problema de la Propiedad Intelectual.

BIBLIOGRAFÍA Internet Páginas Web: http://es.wikipedia.org http://www.google.com

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