Teorias del conflicto

Teoría del conflicto Autor: María Cristina Rodríguez Rodríguez Centro de Conciliación adscrito al Consultorio Jurídico

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Teoría del conflicto Autor: María Cristina Rodríguez Rodríguez

Centro de Conciliación adscrito al Consultorio Jurídico

Teoría del conflicto El estudio de la teoría del conflicto en las Facultades de Derecho en Colombia es relativamente reciente, dado que en los últimos veinte años ha estado circunscrito a disciplinas como la sociología y la psicología. Con el tiempo, los programas de formación de conciliadores de los consultorios jurídicos han ido incorporando este tema, atendiendo a razones de carácter normativo, no obstante existir razones de pertinencia académica y ocupacional que con el transcurso de los programas de formación han sido gradualmente evidenciadas. En este sentido, la pertinencia académica y ocupacional de enseñar la teoría del conflicto a los estudiantes de cuarto año de derecho, radica en que el concepto de conflicto es el objeto principal de todo sistema jurídico. Tanto el derecho sustancial como el derecho procesal, han sido concebidos para regular las situaciones que pueden dar lugar a conflictos o aquellas que constituyen ya uno de los mismos. En virtud de lo expuesto, el tema de teoría del conflicto dentro del curso de formación de conciliadores para estudiantes de consultorio jurídico está dividido en 5 partes a saber. La primera se refiere al estudio de las distintas teorías que han surgido sobre conflicto; la segunda abarca la conceptualización de conflicto; la tercera está referida a sus elementos; la cuarta a la tipología y la quinta a las formas para abordarlos. En este orden de ideas, a continuación se desarrollan cada una de las partes abordadas, teniendo en cuenta que la intensidad asignada corresponde a dos horas de clase.

I.

Teorías del conflicto

Hoy en día en materia de teorías del conflicto encontramos varias tendencias desde la sociología, la psicología, la economía e incluso desde las ciencias matemáticas. En las clases se tienen en cuenta varios estudios sobre la paz, particularmente los adelantados por Vincenc Fisas Armengol reconocido investigador español sobre la materia. Para Fisas las teorías del conflicto se pueden explicar a través de las siguientes escuelas: Escuela Estructuralista. (Galtung, Marx, Fromm, Habermas, Rosenau) El conflicto ocurre por incompatibilidad de intereses y objetivos. El conflicto se origina en la naturaleza de ciertas sociedades y en su estructuración. Escuela Biológica.
 Reduccionismo Biológico. (Lorenz, Werner)

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Los conflictos son innatos en todas las sociedades animales. El factor determinante es el instinto de agresión y de competición. Crítica al Reduccionismo Biológico. (Laborit, Fromm, Genovés) La agresividad no es innata sino adquirida. La guerra es un fenómeno cultural evitable. Escuela Psico – Sociológica. (Dollard, Boulding, Snyder) El conflicto es una consecuencia de la mala percepción, de una comunicación pobre y de procesos inconscientes. El actor es el protagonista del análisis. Lo importante es el comportamiento humano. Respecto a esta última corriente se debe destacar la teoría del conflicto social, respecto de la cual algunos atribuyen sus inicios al estadounidense Lewis Coser materializada en su libro publicado en 1954 The functions of Social Conflict. En los últimos años se ha desarrollado otra teoría sobre el conflicto denominada teoría de los juegos, trabajada en un comienzo por los matemáticos húngaro estadounidense John Von Neuman y el oriundo de Görlitz Oskar Morgenstern, en el libro publicado por ellos Theory of Games and Economic Behavior en 1944. Para el año 1994 John Forbes Nash Jr., matemático estadounidense, recibió el Premio Nobel de Economía por sus aportes a la teoría de juegos y los procesos de negociación, junto al economista alemán Reinhard Selten y el economista húngaro John Harsanyi. Finalmente en el 2005 el economista estadounidense Thomas Schelling y el matemático israelí Robert Aumann ganan el premio nobel de economía por sus contribuciones a esta teoría. No obstante la evolución de las diversas corrientes teóricas, no existe la última palabra sobre la materia, por el contrario, día a día surgen nuevas discusiones que dan origen a otras tendencias. Para reflexionar… ¿Cómo han evolucionado las corrientes del pensamiento sobre el conflicto? ¿Cuál es la naturaleza del conflicto? ¿Cuál es la función del conflicto? ¿Por qué el estudio del conflicto es importante para el Derecho? ¿Cuál es la relación entre conflicto y administración de justicia? El conflicto siempre es destructivo, por ello, debe procurarse su eliminación.

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No existe conflicto si no hay competencia. ¿Cuáles son las causas y los factores que determinan un conflicto?

II. Concepto de conflicto En la actualidad son diversos y muy prolíficos los conceptos de conflicto. Se podría decir que no existe unanimidad alrededor de su conceptualización, circunstancia que se convierte en el mejor elemento para su enseñanza, toda vez que la cotidianidad humana y los espacios de convivencia y relaciones jurídico negociables permiten a todos los estudiantes su análisis con bases empíricas divergentes y complejas. El pensamiento transdisciplinario en contraste con lo que entendemos, vivimos y apropiamos como conflicto, nutre continuamente la conceptualización y el debate académico, motivo por el cual, para abordar este tema, se parte de diferentes definiciones de conflicto expuestas por reconocidos estudiosos del tema, como las que se reseñan a continuación. Para Vincenç Fisas Armengol, conflicto “es un proceso interactivo que se da en un contexto determinado. Es una construcción social, una creación humana, diferenciada de la violencia (puede haber conflictos sin violencia, aunque no violencia sin conflicto), que puede ser positivo o negativo según cómo se aborde y termine, con posibilidades de ser conducido, transformado y superado (…)”. Juan Pablo Lederach propone en “El Pequeño Libro de la Transformación del Conflicto”: “La transformación del conflicto es una forma de  visualizar y responder al ir y venir de los conflictos  sociales como oportunidades  que nos da la vida para crear  procesos de cambio  constructivo que  reduzcan la violencia  e incrementen la justicia  en la  interacción directa y en las estructuras sociales, y respondan a los problemas de la vida real en  las relaciones humanas.” Para Guillermo Cabanellas en su Diccionario de Derecho Usual define como conflicto “Lo más recio o incierto de un combate, pelea o contienda. Oposición de intereses en que las partes no ceden. El choque o colisión de derechos o pretensiones. Situación difícil, caso desgraciado.” Francesco Carnelutti en su obra Sistemas de Derecho Procesal Civil, asocia el litigio con el conflicto cuando afirma que el litigio es el "conflicto de intereses calificado por la pretensión de uno de los interesados y por la resistencia del otro". Remo Entelman sostiene que “el conflicto es un proceso dinámico, sujeto a la permanente alteración de todos sus elementos. A medida que se desarrolla su devenir cambian las percepciones y las actitudes de los actores que, en consecuencia, modifican sus conductas, toman nuevas decisiones estratégicas sobre el uso de los recursos que integran su poder y, a menudo, llegan a ampliar, reducir, separar o fusionar sus objetivos.” 3

Raymond Aron plantea que “el conflicto es una oposición entre grupos e individuos por la posesión de bienes escasos o la realización de valores mutuamente incompatibles.” Rozenblum de Horowitz propone que “el conflicto es divergencia de intereses, o la creencia de las partes de que sus aspiraciones actuales no pueden satisfacerse simultánea o conjuntamente, es decir, que en el momento del conflicto las partes se perciben antagónicas, y no perciben una salida o respuesta integradora para sus diferencias”. Para reflexionar… El conflicto es un fenómeno social. El conflicto es el motor de la vida social del hombre. El conflicto es una oportunidad de involución. ¿Para qué una definición de conflicto? ¿Cuáles son los factores que influencian la conceptualización de conflicto?

III. Estructura del conflicto Una de las principales utilidades de definir conflicto, es la identificación de unos elementos mínimos que permiten establecer si las situaciones, hechos o circunstancias ante las que estamos configuran o no un conflicto. Esta es la primera tarea de un facilitador, identificar si éste existe o no. En este sentido, Juan Pablo Lederach ha formulado un modelo que se edifica sobre tres elementos fundamentales: las personas, el proceso y el problema. Para Lederach existen unos aspectos específicos en cada uno de estos elementos, que al momento de estar conjugados dan vida al conflicto. El desarrollo de este tema, apunta a ampliar el alcance a través de un análisis colectivo de cada uno de los elementos del conflicto, tomando como referente la estructura de Lederach para estudiar casos o situaciones de la vida diaria y académica de los estudiantes. Groso modo, a continuación se presentan las características de cada uno de los elementos del conflicto según Juan Pablo Lederach.

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Estructura del Conflicto
 (Juan Pablo Lederach)

Personas

Proceso

Problema

Emociones y sentimientos

El proceso que el conflicto ha seguido hasta ahora

Los intereses y posiciones

Historias de vida

Descripción de los hechos a secas

Las diferencias de cada uno sobre el procedimiento a seguir

Las percepciones del problema

Fuente: Tomado de “Enredos, Pleitos y Problemas”, Juan Pablo Lederach 1992 Para reflexionar… ¿Qué situaciones no configuran un conflicto? ¿Cómo actuar ante ellas? ¿Cómo separar las personas del problema? ¿Cuál es el alcance de la intervención facilitadora de un tercero en un conflicto? El concepto de posiciones es sinónimo del concepto de intereses.

IV. Tipología del conflicto La comprensión del conflicto como un todo y como la suma de sus partes, conduce a su clasificación desde múltiples perspectivas. En este orden, el conflicto puede ser clasificado desde el punto de vista disciplinario, valga decir, conflicto psicológico, sociológico, matemático, jurídico; o también puede ser clasificado desde la calidad de los sujetos que intervienen, si las partes son individuales o plurales; por el grado de poder que se gestiona, en simétricos y asimétricos, del régimen jurídico en el que se inscriben como conflictos de familia, laborales, penales, públicos y en general, desde el punto de vista que permita una mirada más integradora en aras de que las alternativas que surjan de su abordaje sean las más sanas para su positiva transformación.

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En el desarrollo de este tema se tendrán en cuenta, entre otras perspectivas, las siguientes: •

Vincenc Fisas Armengol: Conflictos de identidad, legitimidad, transición, y de desarrollo.



Funes de Rioja: • Conflicto de derecho y conflictos de intereses. • Conflictos individuales y colectivos.



Eduard Vinyamata. Conflictos políticos, interpersonales e ideológicos.



Marta Burguet. Conflictos interpersonales, intrapersonales y sociales.

Es de anotar que en hoy en día hay una fuerte tendencia a rescatar el concepto de transformación de conflictos como una oportunidad positiva de cambio y evolución. Sobre el particular se han marcado diferencias entre varios modelos, como el de resolución de conflictos, el de gestión de conflictos y finalmente el de transformación de los mismos. Para reflexionar… ¿Cuándo se está ante un conflicto intrapersonal? ¿Cuál es la importancia del concepto de poder en la solución de un conflicto?

V. Formas de transformación de conflictos El abordaje de las formas de solución de conflictos estará orientado en dos perspectivas: a) Jurídico Formal y b) de Gestión de la Facilitación Desde la primera mirada, los mecanismos de transformación de conflictos se han dividido con el tiempo en hétero compositivos y auto compositivos; a su vez, dentro de éstos encontramos los puros y mixtos, y de ahí en adelante, dependiendo de quién impone la decisión sobre el conflicto, o de la existencia o no de intervención de un tercero, podrá a través de un ejercicio de análisis jurídico, ubicarse todos y cada uno de los mecanismos de administración de justicia que existen en el país en uno de estos modelos. Estos mecanismos son entre otros, la conciliación, el arreglo directo, el proceso judicial, la transacción, la justicia de paz, la conciliación en equidad y el arbitramento. Desde el punto de vista de la gestión de la facilitación, en los años noventa, el Ministerio de Justicia y del Derecho desarrolló a través de un grupo interdisciplinario de expertos, un modelo de abordaje sugerido para las características propias del contexto colombiano. El modelo en mención, será el referente para el desarrollo de este tema para lo cual se realiza una breve descripción del mismo.

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El modelo consta de cuatro etapas mínimas que deben ser agotadas: la apertura, la identificación del conflicto, la negociación mediada y el cierre. Para cada una de estas etapas, la metodología prevé el desarrollo de unos objetivos, actividades, habilidades a desarrollas y unos resultados a obtener. Para reflexionar… A través de los mecanismos de transformación de conflictos se administra justicia. ¿Cuál debe ser el perfil de un facilitador de conflictos? Todos los administradores de justicia deben ser abogados. El mejor modelo de gestión de conflictos es el de la suma 0. Un facilitador siempre debe lograr que los dueños del conflicto concilien.

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Bibliografía Recomendada FISAS, Vincenç. Alternativas de defensa y cultura de paz. Madrid: Editorial Fundamentos. 1994 FISAS, Vincenç. Cultura de paz y gestión de conflictos. Barcelona: Icaria Editorial.1998 LÉDERACH, Juna Pablo, Construyendo la paz: Reconciliación sostenible en sociedad divididas. Bilbao: Bakeaz, Red Gernika.1998 FISHER, R; KOPELMAN, E; KUPPER SCHNEIDES, A. Más allá de Maquiavelo: Herramientas para afrontar conflictos. Barcelona: Granica. 1996 VINYAMATA, E. La conflictología. Barcelona: Editorial UOC.2007 LEWIS, Coser, "The functions of Social Conflict", 1954 SCHELLING, Thomas. "Strategy of Conflict".1960

Virtuales GROOM, A.R.J. Teoría de resolución de conflictos. URL: [www.chasque.net/frontpage/ relacion/anteriores/9611/16.htm] CASCÓN, P. Esquema de herramientas para abordar conflictos. URL: [pacoc.pangea.org/ documentos/] LÉDERACH, Juan Pablo. Análisis del conflicto. URL: [www.scribd.com/doc/7244000/ElAnalisis-Del-Conflicto-Lederach] CASCÓN, P. Educar en y para el Conflicto. URL: [pacoc.pangea.org/documentos/] LÉDERACH, Juan Pablo. Conflict Transformation. URL: [www.beyondintractability.org/essay/ transformation/]

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