TEMA 5 GDJE ACTIVIDADES PABLO ARIAS.docx

TEMA 5 GDJE ACTIVIDADES: 1- Objetivo: obtener un certificado acreditativo de que no existe otra sociedad con el mismo no

Views 85 Downloads 1 File size 147KB

Report DMCA / Copyright

DOWNLOAD FILE

Recommend stories

Citation preview

TEMA 5 GDJE ACTIVIDADES: 1- Objetivo: obtener un certificado acreditativo de que no existe otra sociedad con el mismo nombre. Donde: -presencialmente en el registro mercantil central -por correo ordinario enviado al RM -Por vía telemática a través de su web. Tiene validez de 6 meses. 2- A) Información que debe contener: -Denominación de la sociedad -El objeto social de la empresa -Domicilio social -C. Social, acciones, participaciones en las que se divide -Modo de organizar la sociedad -Modo de deliberar sus acuerdos los órganos de la sociedad B) RD 1/2010 3- -Escritura ante notario -CIF e IAE -Inscripción en Registro Mercantil -Solicitar el CIF definitivo 4- A) Puede constituirse de forma sucesiva, primero se aporta un capital menor de € y posteriormente hacer aportaciones de capital. B) -Escritura publica -Liquidaciones del impuesto sobre transmisiones patrimoniales -Inscripción de la empresa en el RM C) Trámites: -Solicitud del certificado de denominación social -Apertura de cuenta bancaria -Redacción de estatutos -Pago impuesto transmisiones patrimoniales -Inscripción en RM

3000

-Solicitud de CIF -Alta en el régimen de autónomos -Solicitud de libro de visitas D) Trámites: -Solicitar certificación de denominación no coincidente -Aportación del C.S. inicial .Redactar estatutos sociales -Escritura publica -Solicitud del CIF -Autoliquidación del impuesto de transmisiones patrimoniales -Inscripción en el registro de cooperativas -Declaración del comienzo efectivo de la actividad -Afiliación de la empresa en la SS 5- -Trámites: son los trámites administrativos que ha de realizar toda empresa que empieza a funcionar. -Estatutos: establecen las normas de funcionamiento de la sociedad a nivel interno. -Es el acto en el cual los socios fundadores proceden a la firma de la escritura ante notario y aprobación de los estatutos de la sociedad, debiendo adjuntarse en este momento la certificación del RM Central -Debe aportar: D.N.I o pasaportes de los socios. No deben estar caducados. Estado civil, régimen matrimonial y domicilio de los socios. Certificación de denominación social. 6- Las transmisiones patrimoniales de carácter civil entre particulares, siempre que estos actúen como particulares. Este impuesto lo paga la persona que adquiera el bien Operaciones societarias: Este tipo de operaciones engloba todas aquellas acciones que implican la creación de sociedades, el aumento y disminución de su capital y la disolución de sus sociedades En la delegación de hacienda de la CCAA

7- Trámites: Inscripción de empresas. Recaudación, gestión y control de las cotizaciones. Afiliación, altas, bajas y cambio de datos de los trabajadores. Asignación del código de cotización. Fraccionamiento o aplazamiento de las cuotas. Solicitud de informes de vida laboral Pedir certificados de alta, baja, afiliación o de estar al corriente de pago. Convenios especiales con la Seguridad Social. Pagos de la Seguridad Social Compra de inmuebles necesarios para el cumplimiento de sus fines por concurso y venta de otros mediante subasta pública. 8- -Trámites: -Liquidar el impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados. -Que necesito: -Impreso necesario para la liquidación del impuesto -Original y copia de la escritura de constitución de una sociedad -El DNI o NIE del representante legal de la empresa -NIF de la sociedad 9- Solicitud de la Licencia de obras. PARA QUÉ: Este permiso es necesario para realizar cualquier tipo de obra en el municipio. Acredita que el ayuntamiento reconoce que las obras están de acuerdo con las normas urbanísticas del municipio. CUÁNDO: En los 6 meses anteriores a comenzar la obra en los locales. DOCUMENTACIÓN: Formulario municipal cumplimentado Presupuesto de la obra. Plano del estado actual y del reformado.

Memoria descriptiva de las obras. Solicitud de la Licencia de Funcionamiento. PARA QUÉ: Para acreditar que las instalaciones donde se desarrolla la actividad empresarial cumplen con la normativa urbanística del municipio, así como con los reglamentos técnicos que pueden ser de aplicación. CUÁNDO: En los 6 meses anteriores al inicio de la actividad. DOCUMENTACIÓN: Formulario municipal cumplimentado. Contrato de arrendamiento o escritura de propiedad. DNI o NIE del solicitante o NIF de la sociedad y escritura de ésta. Memoria de la actividad a desarrollar. Planos del local y alrededores. Presupuesto.

Abono de otros tributos municipales. Por ejemplo, las tasas de basura, el impuesto de Bienes Inmuebles 10- Declaración Censal. Es una declaración obligatoria para todas las personas físicas o jurídicas que vayan a iniciar una actividad empresarial o profesional en el territorio español. Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE). La declaración de alta en el IAE es requisito previo y necesario para desarrollar cualquier tipo de actividad empresarial o profesional. Hay que darse de alta en el epígrafe correspondiente a la actividad que se proyecta desarrollar antes del inicio de dicha actividad. Se realiza mediante la presentación del modelo 845 (si la actividad está sujeta simplemente a cuota municipal) o del modelo 846. Junto con el modelo correspondiente debemos entregar fotocopia del Número de Identificación Fiscal de la persona física.

Inscripción en el Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos.

Toda persona física que se da de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas para ejercer una actividad comercial, industrial o de servicios deberá, obligatoriamente, inscribirse en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. Además los trabajadores profesionales que ejerzan una actividad profesional por cuenta propia deben darse de alta en los colectivos profesionales acogidos. La solicitud de afiliación se efectuará en cualquier Agencia de la Tesorería Territorial de la Seguridad Social.

Legalización de libros oficiales. El código de comercio regula con carácter genérico la obligación de los comerciantes y empresarios de llevar contabilidad ordenada y adecuada a su actividad y un libro diario, otro de inventario, y cuentas anuales.

11-A) Respecto a sus funciones, responsabilidades y derechos, los notarios ejercen la fe pública notarial y garantizan a los ciudadanos un asesoramiento jurídico relativo a todas las vertientes del derecho privado y redacta con rigor y de acuerdo con sus clientes los documentos que contienen cualquier acto y negocio jurídico. B) -Otorgamiento de la escritura pública Los socios fundadores, o bien sus representantes legales o apoderados, deben firmar la escritura de constitución de la sociedad ante el notario -Liquidar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Constituye una de las obligaciones fiscales de la empresa. Las sociedades laborales gozan de una bonificación del 99% y las sociedades cooperativas están exentas de su pago. A partir del RD 13/2010, la constitución de nuevas sociedades también está exenta del pago de este impuesto. -Inscripción de la sociedad en el Registro Mercantil. Para que pueda ser conocida la situación jurídica mercantil de la sociedad por todas las personas interesadas. A partir de este momento la sociedad adquiere plena capacidad jurídica. C) -Fedatario administrativo -Secretario general -Fedatario informático -Notarios

-Juzgados 12- Solicitar la Certificación Negativa del nombre o razón social. Otorgamiento de la escritura pública. Inscripción de la sociedad en el Registro Mercantil. 13- A) Libro de inventarios y cuentas anuales (Balance, Memoria, Estado de cambios en el patrimonio neto, Estado de flujo de efectivo, Cuenta de pérdidas y ganancias) Libro diario Libro de actas Libro registro de acciones nominativas 14- TRAMITES NOMBRE COMERCIAL: Solicitud de marcas, nombres comerciales y marcas internacionales Aportación de documentos a la solicitud de Marca o Nombre Comercial Contestación a suspensos de forma o fondo Formulación de oposiciones Prueba de uso Documentos relativos a la representación

Solicitud de renovación de marcas y nombres comerciales. Cesiones, licencias, cambio de nombre y modificaciones de derechos -TRAMITES PATENTE: Solicitud-e de invenciones Presentación de recursos Consulta Telemática Servicio de acceso digital a documentos de prioridad Presentación para Otros Trámites Servicios Web de la OEPM Pagos

15- DUE: Documento Único Electrónico CIRCE: Centro de Información y red de Creación de Empresa VUE: Ventanilla Única Empresarial PAE: Punto de Apoyo al Emprendedor 16- -Los Puntos de Atención al Emprendedor (PAE) se encargan de facilitar la creación de nuevas empresas, el inicio efectivo de su actividad y su desarrollo, a través de la prestación de servicios de información, tramitación de documentación, asesoramiento, formación y apoyo a la financiación empresarial.

Los PAE pueden depender de entidades públicas o privadas, colegios profesionales, organizaciones empresariales o cámaras de comercio. - La Ventanilla Única Empresarial (VUE), es una estrategia de articulación público-privada que busca mejorar el entorno para el desarrollo de la actividad empresarial, coordinada por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, con la participación de entidades de orden nacional y territorial, y desde el sector privado con la participación de la red de cámaras de comercio.  17- A) Podrá hacerlo de manera telemática. La creación de empresas por Internet (CIRCE) es un sistema que ofrece la posibilidad de realizar los trámites de constitución y puesta en marcha de la Sociedad de Responsabilidad Limitada por medios telemáticos. De esta forma se evitan desplazamientos y se produce un ahorro sustancial en tiempo y costes. Para las sociedades con capital social no superior a 3.100 euros se aplicarán como aranceles notariales y registrales, los establecidos en el Real Decreto Ley 13/2010.

Para crear una empresa por internet, el emprendedor por sí mismo o acudiendo a un Punto de Atención al Emprendedor (PAE), deberá cumplimentar el Documento Único Electrónico (DUE) Si escoge este último sistema, el único desplazamiento a realizar será acudir a la notaría. Con el envío a través de internet del DUE cumplimentado, se inicia la tramitación telemática. A partir de este momento el sistema de tramitación telemática (STT-CIRCE) envía a cada organismo interviniente en el proceso la parte del DUE que le corresponde para que realice el trámite de su competencia. El sistema, también, permite consultar, a través de Internet y previa autenticación, el estado del expediente B) Los plazos serian de: 3 días hábiles desde la recepción telemática si la sociedad es limitada, tiene un capital social menor a 30.000 € y no tiene socios jurídicos.

7 horas hábiles desde la recepción telemática, si la sociedad es limitada, tiene un. Capital Social inferior a los 3.100 €, no tiene socios jurídicos y sus estatutos se adaptan al modelo de estatutos tipo C) -La cumplimentación del DUE Se puede realizar de dos maneras: Por el propio emprendedor. Es requisito imprescindible disponer de certificado electrónico. Una vez enviado telemáticamente, el DUE será revisado por los técnicos de la DGIPYME y, si detectan algún error se pondrán en contacto con el emprendedor para subsanarlo, en caso contrario darán curso al proceso. El emprendedor acude a un centro PAE para que le ayuden a cumplimentar el DUE. -Otorgamiento de la Escritura de constitución Con el envío del DUE, se genera una solicitud de cita con la Notaría elegida para el otorgamiento de la escritura pública de constitución de la sociedad. Esta cita se obtiene de forma inmediata por medio de una comunicación en tiempo real con el sistema de la Agenda Notarial, que facilita los datos de la Notaría, la fecha y hora de la cita. El emprendedor deberá acudir a la cita con el Notario aportando: 

el certificado de desembolso del capital social



el certificado negativo de la denominación social obtenido en el Registro Mercantil Central