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La quiebra Paula Isabelina Aguilera Henríquez Legislación laboral y comercial Instituto IACC 6 de febrero de 2020 I.

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La quiebra Paula Isabelina Aguilera Henríquez Legislación laboral y comercial Instituto IACC 6 de febrero de 2020

I.

Explique con sus palabras las características de la quiebra.

La quiebra tiene sus origines en el Derecho Romano y nace como una herramienta jurídica que buscaba proteger las actividades comerciales de sus ciudadanos. Se define como el Juicio por el que se incapacita patrimonialmente a alguien por su situación de insolvencia y se procede a ejecutar todos sus bienes en favor total de sus acreedores. Quiebra es un estado de insolvencia judicialmente declarado. En resumen, la quiebra ocurre cuando el patrimonio neto es absolutamente negativo dando cuenta de que la empresa se encuentra en quiebra; con la totalidad de los activos que quedan no pueden hacer frente para seguir asumiendo las responsabilidades financieras que tienen. 

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II.

La empresa en este punto esta aproximada a su desaparición del mercado. Los socios de la empresa en quiebra pueden crear otra empresa, pero no volver hacer funcionar la que ya estaba en quiebra. Debe mantenerse la situación de insolvencia, quiere decir que las deudas son mayores que el activo con el que se cuenta. La insolvencia de la empresa debe ser siempre comprobable. La insolvencia debe representar la imposibilidad del deudor de recuperarse en un periodo de corto tiempo.

¿Qué efectos produce la declaratoria de quiebra? Explique.

Los efectos que la declaración de quiebra ocasiona sobre la persona del empresario tienen como propósito fundamental impedir en lo posible que se empeore su situación de deuda con hechos que puedan poner en riesgo la integridad de la masa activa, afectando a sus acreedores.

III.

Exponga un ejemplo de quiebra que haya sido renombrado a nivel nacional y explique cuáles fueron sus causales.

Hace 10 años, la empresa Salo se decretó en quiebra producto de una aguda crisis financiera. La compañía no pudo seguir con el convenio judicial que le permitía la continuidad de giro.