Tarea I, Derecho Inmobiliario

UNIVERSIDAD ABIERTA PARA ADULTOS (UAPA) Escuela de Ingeniería y Tecnología Carrera: Agrimensura Asignatura: Derecho In

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UNIVERSIDAD ABIERTA PARA ADULTOS (UAPA)

Escuela de Ingeniería y Tecnología Carrera: Agrimensura

Asignatura: Derecho Inmobiliario Tema: Actividad número I (Los Órganos de la Jurisdicción Inmobiliaria) Presentado por: Carlos Vásquez 17-5960

Facilitador: Licda. Ana Miguelina Ortiz

Santiago de los Caballeros, República Dominicana, 06 de Noviembre del 2017.

Los Órganos de la Jurisdicción Inmobiliaria 1. Un esquema de los órganos de la Jurisdicción Inmobiliaria, destacando las características y funciones de cada uno.

2. Explicación de por qué el Abogado del Estado no constituye un órgano de la Jurisdicción Inmobiliaria. El Abogado del Estado no constituye un órgano de la Jurisdicción Inmobiliaria porque ahora es una dependencia de la Procuraduría General de la República, ya que ésta figura fue sustituida por una Comisión Inmobiliaria por la Ley 10805; sin embargo, representa al Estado en todos los procedimientos que se realizan en los tribunales de la Jurisdicción Inmobiliaria, actuando en nombre del Estado y está facultado para recibir denuncias y querellas de particulares en los hechos punibles que tienen relación con la propiedad inmobiliaria.

3. Explicación de las funciones del Abogado del Estado. El Abogado del Estado es el guardián del certificado de título, es quien otorga la fuerza pública para ejecutar las decisiones en los tribunales de tierra como el desalojo de invasores de tierras, el cercamiento de terrenos, la paralización de las construcciones, así como la asignación de protección policial para ejecutar estas medidas. El Abogado del Estado, también representa al Ministerio Público y esto lo faculta para recibir las denuncias y querellas de particulares en los hechos punibles que tienen que ver con la propiedad inmobiliaria, y participa en el proceso de revisión por causa de fraude.