Tarea 4, Derecho Comparado Alex

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Consulte la bibliografía básica de la unidad y demás fuentes complementarias del curso; luego realice la actividad que se describe a continuación:

Desarrolla los subtemas que componen la misma son: HISTORIA DEL DERECHO COMÚN INGLÉS. (COMMON LAW) Derivado del sistema aplicado en la Inglaterra medieval, es aquel utilizado en gran parte de los territorios que tienen influencia británica. Se caracteriza por basarse más en la jurisprudencia que en las leyes. Common Law, significa derecho común, y su origen es la costumbre medieval inglesa. Es un derecho no escrito, que no reconoce en la ley, como ocurre en el derecho continental, la fuente de derecho primordial. Se aplica en los países anglosajones, donde la existencia de leyes dentro del derecho privado es mínima, conformando el sttute law. Las que sí existen son las act o bill, de índole administrativo, o que reglamentan el uso de los derechos. La Jurisprudencia como institución tiene un pasado que se remonta muchos siglos atrás; se acepta generalmente que tuvo antecedentes en la Roma antigua cuando los integrantes del Colegio Sacerdotal estudiaban e interpretaban el Derecho elaborado verdaderos formularios que se observaban rigurosamente para la realización de toda índole de negocios y litigios; labor, magramente enriquecida por los notables y conocidos jurisconsultos de época posteriores, que conoció su cúspide en el Corpus Juris Civiles, extendiéndose sus principios por toda Europa primero y a las nuevas tierras de Latinoamérica después. No obstante ello, y aún cuando ciertamente es factible encontrar estos antecedentes en la ancestral cultura jurídica de aquella península mediterránea, que se sentó el cimiento de nuestro derecho privado moderno, es igualmente necesario que tales raíces no son las mismas que durante el siglo XIX dieron vida a nuestro derecho jurisprudencial mexicano -(entendido como la jurisprudencia de los tribunales mexicanos)- pues este ha sido vástago de otro árbol cuyas verdaderas raíces se hunden en la historia y las costumbres del derecho inglés. Al margen de lo antedicho, el derecho romano es de muy explorado conocimiento por nuestros juristas nacionales dada la fundamental importancia que se le reconoce en las universidades latinoamericanas y la abundante bibliografía que sobre el particular se dispone. Es por estas consideraciones que no se profundizará en la jurisprudencia

de origen latino y se le dará más importancia en la influencia que se tienen para el sistema jurídico mexicano que tiene la influencia de otras entidades. Nuestra jurisprudencia no es un invento del derecho nacional, ya que en su nacimiento tomó sus elementos primordiales de otros modelos jurídicos, como son el inglés y el norteamericano; sin embargo, en su desarrollo ulterior ha adquirido notas y características que si le son propias. La jurisprudencia tal como nuestro derecho la ha recogido proviene originalmente de Inglaterra y secundariamente de EUA, empero, este último fue de quien recibimos la influencia más directa. La historia de la institución jurídica se funde con la historia antigua de Inglaterra que es por principio confusa, obscura y pletórica de leyendas ancestrales. De los primeros pueblos celtas llegados a dichas tierras, apenas tenemos noticias gracias a la arqueología. En los primeros pueblos primitivos de Inglaterra, formados por tribus y clanes no podemos hablar de la existencia de un conjunto de normas susceptibles de ser calificadas como un verdadero sistema jurídico sino de un conjunto de costumbres y usos que irían homogeneizándose paulatinamente aunadas a las de futuros conquistadores, y que, a la postre, se observarían en las distintas regiones de la ínsula, por sus antiguos pobladores. EL COMMON LAW Y AL EQUITO. Los tribunales actuales después de la reforma de 1873, conocen indistintamente de las dos jurisdicciones, pero la distinción continúa y los estudiosos destacan que la misma se puede encontrar en el campo de iniciación del procedimiento, en la toma de decisión, en el resultado y en las consecuencias jurídicas de éste. La acción del Derecho común common law se inicia con una demanda complaint, el tanto que la de equidad equity surge a consecuencia de una petición. La decisión del derecho común common law se hace por el jurado o por el juez y la equidad equity sólo por éste, y los nombres de las decisiones reciben la denominación de sentencia en el derecho común common law (judgement) decreto (decree) en la equidad equity. Finalmente resulta más interesante saber que el common law sólo condena al pago pecuniario de daños; la equity es más amplia pues puede traducirse en una

prohibición, o interdicto (injuction) en una ordel de cumplimiento concreto (decree of specific performance) o en una rescisión. Uno de los principios fundamentales como hemos visto al hablar de las reglas de la equity, que indica que equity follows the law conforme al cual la equity se convirtió al igual que el comnzon law en un precedente (the rule of precedent). Las categorías del Derecho inglés se mueven alrededor de estos dos conceptos y son ajenas a la distinción de la familia romano-germánica del Derecho público y Derecho privado o Derecho mercantil y administrativo. Inmerso en el feudalismo la propiedad inmueble recibe el nombre de real property; también suele denominarse land, En tanto que los bienes muebles se designan con el nombre de personal effects o personal property. Entre los significados de la palabra propertyel Black's Law Dictionary la define en estricto sentido legal como "un conjunto de derechos que están garantizados y protegidos por el gobierno", en tanto que los bienes muebles o personal effects son definidos como los artículos vinculados con una persona como lo suyo que más o menos está en íntima relación con la persona o poseedor". PAPEL DE LOS JUECES EN LA FAMILIA DEL DERECHO COMMON LAW. Los jueces en la aplicación del derecho se basan en otros fallos similares anteriores, que sentaron precedente, que, reiterándose en el tiempo, han consolidado la costumbre. Para resolver la cuestión planteada no se recurre a una norma general sino a casos de naturaleza parecida y se resuelve de acuerdo a esos antecedentes. La jurisprudencia, como fuente de derecho cobra una enorme y primordial importancia, con la ventaja de no dejar a los ciudadanos sujetos a decisiones legislativas que pueden ser obra del oportunismo político, y que vayan en desmedro de los derechos de las personas, aunque en este caso la resolución y la responsabilidad de la aplicación justa del precedente, queda en manos de los jueces, pasando la responsabilidad de la equidad del legislador al Juez. Los jueces están precedidos por el lord chief justice, y los lores de la justicia de apelación requieren Ull quórum de tres. La Corte de Apelación puede ordenar un nuevo Conocimiento de la prueba.

El proceso de primera instancia, como hemos dicho se puede ventilar en la Corte de la Corona o ell la División Criminal de la Queen's Bench. La Corte de la Corolla reemplazó, el antiguo juzgado denominado Quarter Sesión en aplicación ll de la ley de 1971. La jurisdicción abarca ofensas graves ya ofensas con jurado. El juez de la CroWrl. Court puede ser un lego o un juez de la Hight Court de la Queen 's Bench División y por eso decimos que interviene el Queen Bench. Los jueces inferiores reciben el nombre actual de Cortes de Magistrados (Magistrates Courts), que vendrían desde los años de 1327 y tienen las funciones de conservar la paz y por esa razón también fueron llamados como jueces de paz, cuando su funcióll sea gratuita o stipendiary magistrates, cuando reciben algún emolumento. En todo caso van acompañados de empleados de justicia (clerck of the justices) Los jueces de paz de los cuales puede disponerse al decir de David Barker actualmente de 21500 en Inglaterra y en Gales, son jueces urbanos. Los magistrados estipendiarios Son en su gran mayoría barristers o solicitors que, como hemos visto así reciben la denominación los abogados según su importancia. El clerck de justicia generalmente es también un barrister solicito. ESTRUCTURA DEL COMMON LAW. El Common Law o el sistema de Derecho anglosajón se basa, sobre todo, en el análisis de las sentencias judiciales dictadas por el mismo tribunal o alguno de sus tribunales superiores (aquellos a los que se pueden apelar las decisiones tomadas por dicho tribunal) y en las interpretaciones que en estas sentencias se dan de las leyes, por esto las leyes pueden ser ambiguas en muchos aspectos, ya que se espera que los tribunales las clarifiquen (o estos ya lo han hecho sobre leyes anteriores, pero similares). Este es el motivo por el cual en Estados Unidos aún se enseñan normas de la época colonial inglesa. Por otro lado, existen interpretaciones judiciales que crean figuras jurídicas nuevas, lo que en un principio era la norma, pero hoy es la excepción, sin embargo se mantiene la nomenclatura y se conoce como delito estatutario, por ejemplo, al delito creado por la ley.

En la actualidad, es mucho más común que las leyes creen figuras completamente nuevas o que estandaricen y fijen las reglas anteriormente establecidas por las sentencias judiciales.

FUENTES DE LA FAMILIA DEL COMMON LAW. Desaparecida la dominación romana, Inglaterra fue invadida por los anglos, sajones y jutos, estos trajeron sus instituciones y convivieron de acuerdo a sus costumbres y tradiciones germánicas.

A fines del siglo VIII vikingos saquearon las ciudades y monasterios de la costa inglesa, fueron derrotados por Alfredo el Grande, rey de Wessex o de los sajones. Éste dividió su reino en condados o shires, estableció la corte del shire que tenía funciones gubernativas y se crearon los tribunales del condado (country court) integrado por hombres libres. En la administración de justiciael derecho que se impartía era el consuetudinario y lo utilizaban para tener certeza de los hechos dudosos.

El rey ejercía el poder asistido de su consejo llamado Witam compuesto de hombres sabios. El rey y su consejo ejercían funciones legislativas, ejecutivas y judiciales.

Canuto II el grande, jefe de los daneses, fue nombrado rey de Inglaterra. Sucedió al rey canuto su hijo Haroldo, a su muerte fue nombrado rey

Harnicanuto. Como los

hijos del rey Canuto no dejaron descendencia se restauró la dinastía Wessex en la persona de Eduardo III el Confesor, éste no dejo descendencia y los nobles eligieron a Haroldo. EL DERECHO EN LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. (HISTORIA Y ESTRUCTURA. La mayoría del Común Law inglés, tal y como existía en tiempos de la guerra de la Independencia estadounidense, ha sido el origen de los distintos sistemas legales de Estados Unidos. El Common Law ha variado en cada estado, pero sólo en uno de ellos, Luisiana, el sistema legal difiere de una forma significativa de los demás, pues se basa en el modelo francés de Derecho civil codificado.

Los Estados Unidos y la mayoría de los países de la Mancomunidad Británica de Naciones son herederos de la tradición del Common Law procedente del Derecho inglés; por ejemplo, las cortes estadounidenses han heredado el principio de stare decisis. El Derecho inglés fue introducido en el Derecho de los Estados Unidos a través de diversas vías: la primera consiste en que todos los estados de los Estados Unidos, a excepción de Luisiana, promulgaron leyes de "recepción" del Derecho inglés, en las cuales normalmente se establecía que el Common Law de Inglaterra (y en especial el proveniente de la jurisprudencia) sería la ley del estado siempre que no fuese contraria a las leyes locales o a las condiciones indígenas. Algunas de dichas leyes establecen una fecha concreta para la entrada en vigor del Derecho inglés en la zona (por ejemplo, la fecha de fundación de la colonia), mientras que otras son deliberadamente vagas en ese sentido. Por todo ello, los tribunales contemporáneos de los Estados Unidos a menudo citan casos previos a la Revolución de Independencia cuando discuten la evolución de un antiguo principio de Common Law, como por ejemplo ocurrió con el incremento histórico de la responsabilidad impuesta al transportista sobre los bienes transportados. FUENTES DEL DERECHO EN LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. El derecho de los Estados Unidos de derecho inglés. Un análisis superficial conduciría irremediablemente a considerar que la jurisprudencia los precedentes jurisdiccionales tiene una función idéntica tanto en Inglaterra, como en los estados unidos de América. Estados Unidos al igual que los juristas ingleses admitirán únicamente como regla de derecho, la regla jurisprudencial que se formulan en la especie a través de un precedente cuya vocación es dar en la especie una solución a la controversia al margen de todo proceso de interpretación. Si por el contrario se considera función que han desempeñado los precedentes judiciales como fuente de derecho en los Estados Unidos de América existen diferentes notables entre el derecho inglés y el derecho americano. Entre las fuentes del derecho ingles se encuentran: 

Precedente (Rako decidenti obiter directum)



Legislación



Costumbre



Razón



Doctrina

Fuentes Del Derecho Ingles: 1.- Precedente jurisprudencial 2.- Legislación (Constitución Federal, Tratados internacionales) 3.-Doctrina. El precedente consta de 2 partes: 1) Ratio Decidendi. - Contenido. 2) Obiter dictum. - Complemento

1. Realiza un análisis crítico, de no más de tres páginas, acerca del papel de los jueces en la familia del derecho Common Law. La fecha que por lo común se cita para señalar el inicio de la formación del common law es el año 1066, cuando los normandos conquistaron Inglaterra, derrotando a los nativos en la famosa batalla de Hastings. Este derecho se fue formando por las decisiones judiciales (precedentes) emanadas de los tribunales reales. Se puede decir que es un derecho eminentemente jurisprudencial, o sea emanado del poder judicial; de ahí la frase judge made law, es decir el juez hace el derecho, y lo hace al ir resolviendo las controversias entre los particulares. El derecho del common law se formó por los jueces que tenían que resolver las controversias de particulares y continúa teniendo hasta nuestros días la marca ostensible de ese origen. Para el derecho common law la ley es creada y moldeada por los jueces. La legislación sirve en cierto punto como una función suplementaria. Los jueces son personas muy importantes en la familia de derechos del Common Law.

En el mundo de la familia romano germánica los jueces son distintos, son servidores públicos, funcionarios.

2. Elabora un mapa conceptual acerca de las fuentes del derecho en los Estados Unidos de América. Fuentes del derecho en los Estados Unidos de América

Precedente jurisprudencial

Constitución Federal

Legislación

Tratados internacionales

Doctrina

Razón