Sistema De Gestion De Seguridad Y Salud En El Trabajo

FECHA ELABORACIÓN: 28/10/2016 SISTEMA DE GESTION DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO. PINTO & CIA SAS SISTEMA DE GESTI

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FECHA ELABORACIÓN: 28/10/2016

SISTEMA DE GESTION DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO.

PINTO & CIA SAS

SISTEMA DE GESTION DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG – SST)

INTEGRANTES

CARLOS ALFREDO CANTILLO YASPE JORGE HERNANDO FLOREZ CARDEÑO JOSE MAGUIVER GALLO MONSALVE EDUARDO ANDRES MALLARINO BALLESTEROS LEIDY PAOLA PATRON PADILLA

Aprobó

Ebat Pinto.

Revisó :

Elaboró :

Código:

Responsable del SG-SST.

Carlos Alfredo Cantillo Yaspe. Jorge Hernando Florez Cardeño. Jose Maguiver Gallo Monsalve. Eduardo Andres Mallarino Ballesteros. Leidy Paola Patron Padilla.

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SISTEMA DE GESTION DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO.

FECHA ELABORACIÓN: 28/10/2016

TABLA DE CONTENIDO

INTRODUCCION ........................................................................................................................................ 4 SISTEMA DE GESTIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG-SST) ...................... 5 ALCANCE .................................................................................................................................................... 7 DEFINCIONES ............................................................................................................................................ 8 GENERALIDADES DE LA EMPRESA ................................................................................................... 13 POLÍTICA DEL SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO ................................................................ 16 ORGANIZACIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO ................................................ 17 OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES ......................................................................................... 17 Obligaciones del Empleador ................................................................................................................... 20 Responsabilidades de los Trabajadores................................................................................................... 20 Responsabilidades de la ARL ................................................................................................................. 20 Responsabilidades del Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo: ....................................... 20 MARCO LEGAL ........................................................................................................................................ 21 OBJETIVOS EN SST ................................................................................................................................. 29 LIDERAZGO Y ADMINISTRACIÓN ...................................................................................................... 29 Aprobó

Ebat Pinto.

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Responsable del SG-SST.

Carlos Alfredo Cantillo Yaspe. Jorge Hernando Florez Cardeño. Jose Maguiver Gallo Monsalve. Eduardo Andres Mallarino Ballesteros. Leidy Paola Patron Padilla.

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REGLAMENTO DE HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL ............................................................. 32 ROLES, OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES. ......................................................................... 33 RECURSOS RECURSO HUMANO, RECURSOS FÍSICOS, ECONÓMICOS. ...................................... 34 PLANIFICACION DEL SG-SST ............................................................................................................... 36 IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS Y EVALUACIÓN DE LOS RIESGOS ........................................... 36 EVALUACIÓN INICIAL DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO................................................................................................................................................... 37 DIAGNOSTICO DE LAS CONDICIONES DE SALUD ...................................................................... 38 DIAGNOSTICO DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO ................................................................. 39 PLAN DE TRABAJO ANUAL .................................................................................................................. 40 INDICADORES DE GESTIÓN ................................................................................................................. 41 Indicadores de estructura del SG-SST .................................................................................................... 41 Indicadores de Proceso del SG-SST ....................................................................................................... 41 Indicadores de Resultado de SG-SST ..................................................................................................... 41 ANEXOS .................................................................................................................................................... 44

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Ebat Pinto.

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Carlos Alfredo Cantillo Yaspe. Jorge Hernando Florez Cardeño. Jose Maguiver Gallo Monsalve. Eduardo Andres Mallarino Ballesteros. Leidy Paola Patron Padilla.

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INTRODUCCION

La excelencia en la prestación de servicios metalmecánicos y navales es un reto que hoy en día enfrentan las compañías del sector industrial. Por esto, sus esfuerzos están encaminados a mejorar la eficiencia operativa, ejecutar con responsabilidad y respeto por el medio ambiente y contribuir con el desarrollo de las comunidades en donde operan. Hoy en día a pesar de los profundos cambios que ha sufrido el sector metalmecánico tanto a nivel tecnológico como empresarial, todavía persisten empresas que se resisten al cambio que exige ser más competitivo y responsable socialmente. La empresa PINTO & CIA S.A.S se encuentra ubicada en la ciudad de Cartagena, Colombia, Bosque Dg 22 37-47 Av. Crisanto Luque, forma parte del sector industrial metalmecánico y tiene más de 30 años de ser fundada, se encarga de fabricar, reparar y hacer mantenimientos a piezas y equipos navales; actualmente consta de 15 trabajadores los cuales están distribuidos de la siguiente manera .El área administrativa hay 3 trabajadores dos mujeres y un hombre, 12 en la parte operativa, dónde todos son hombres, está empresa se ha concientizado de su necesidad de implementar un SGSST (sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo) y mejorar su actual desempeño y participación en los sectores donde tiene su ámbito de aplicación (sector metalmecánico e Industrial) pero hasta la fecha no ha iniciado la implementación de este. El presente trabajo está basado en el diseño y elaboración del sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo, de igual manera dará a conocer la importancia de este en una organización, fundamentado en la normativa vigente en Colombia (decreto único 1072 de 2015) para la empresa PINTO & CIA S.A.S, teniendo en cuenta los conocimientos adquiridos en el desarrollo de la carrera (v semestre). Este proyecto se realizara con el fin de conocer los peligros y riesgos que están expuestos los trabajadores, de esta manera prevenir accidentes o enfermedades laborales, tratar de tener en la organización ambientes de trabajo seguros y sanos en los diferentes procesos, actividades y tareas llevadas a cabo en esta, y así poder reducir y/o minimizar los posibles costos por la materialización de los accidentes, incluyendo a todos las partes de la empresa sin importar el tipo de contratación. Aprobó

Ebat Pinto.

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Carlos Alfredo Cantillo Yaspe. Jorge Hernando Florez Cardeño. Jose Maguiver Gallo Monsalve. Eduardo Andres Mallarino Ballesteros. Leidy Paola Patron Padilla.

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SISTEMA DE GESTIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG-SST)

Un Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST, obedece a un diagnóstico de necesidades planteado para cubrir los requerimientos del empleador y trabajador y a su vez fomentar la promoción y prevención de la salud. En busca de un mejor entorno laboral. También permite empresa PINTO & CIA S.A.S

a

la organización en este caso sería a la

enfocarse en los riesgos críticos identificados y

establecer estrategias de control para asegurar un ambiente de trabajo seguro. Por lo tanto, el Sistema de Gestión de la Seguridad y la Salud en el Trabajo busca implementar las acciones necesarias para prevenir y controlar los efectos en la salud de los trabajadores, derivadas de la exposición a los factores de riesgo ocupacionales presentes en las diversas labores inherentes al cumplimiento de la empresa. Es de suma importancia saber que un sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo está basado en el principio Deming (PLANIFICAR-HACER-VERIFICARACTUAR) En el que el empleador debe afrontar dichos accidentes, enfermedades laborales, la protección y promoción de la salud a través de este principio debe saber que PLANIFICAR con lleva establecer una política de SST, elaborar planes que incluyan la asignación de recursos, la facilitación de competencias profesionales y la organización del sistema, la identificación de los peligros y evaluación de los riesgos. El HACER hace referencia a la aplicación y puesta en práctica del programa SST. El VERIFICAR se centra en evaluar los resultados tanto activos como reactivos del

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Carlos Alfredo Cantillo Yaspe. Jorge Hernando Florez Cardeño. Jose Maguiver Gallo Monsalve. Eduardo Andres Mallarino Ballesteros. Leidy Paola Patron Padilla.

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sistema. Por ultimo está el ACTUAR cierra el ciclo del sistema en el contexto de la mejora continua y la preparación del sistema para el próximo ciclo. El SG-SST Debe de determinarse por su tamaño por su capacidad en la empresa para asi centrarse en lo que es importante para la empresa que es la identificación y controles de los peligros riesgos que se encuentren asociados en dicha actividad. También hay que saber que se debe tener en cuenta para un sistema de gestión tales como: Los Costos: Control de perdidas Las Operaciones: Control de riesgos de accidentabilidad y salud para los trabajadores. Los Requisitos legales: Cumplir con los requisitos de ley de seguridad y salud en el trabajo. El Compromiso: Desarrollo sostenible, responsabilidad empresarial.

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Carlos Alfredo Cantillo Yaspe. Jorge Hernando Florez Cardeño. Jose Maguiver Gallo Monsalve. Eduardo Andres Mallarino Ballesteros. Leidy Paola Patron Padilla.

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ALCANCE

El Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el trabajo (SG-SST) aplica a todos los trabajadores de la empresa PINTO & CIA S.A.S vinculados directamente o a través de contratos temporales de trabajo o por medio de contratos de aprendizaje y aquellos otros que la Ley establezca, en los diferentes puestos, centros de trabajo y áreas de operación.

Se describe para qué población aplica la intervención de este Sistema

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Carlos Alfredo Cantillo Yaspe. Jorge Hernando Florez Cardeño. Jose Maguiver Gallo Monsalve. Eduardo Andres Mallarino Ballesteros. Leidy Paola Patron Padilla.

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DEFINICIONES

De acuerdo al sistema de gestión Conforme al decreto 1072 del 26 de mayo de 2015, parte 2 libro2, titulo 4, capitulo 6 conforme a las definiciones, en el artículo 2.2.4.6.2. De las definiciones. Para los efectos del presente capítulo se aplican las siguientes definiciones:

1. Acción correctiva: Acción tomada para eliminar la causa de una no conformidad detectada u otra situación no deseable. 2. Acción de mejora: Acción de optimización del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST), para lograr mejoras en el desempeño de la organización en la seguridad y la salud en el trabajo de forma coherente con su política. 3. Acción preventiva: Acción para eliminar o mitigar la(s) causa(s) de una no conformidad potencial u otra situación potencial no deseable. 4. Actividad no rutinaria: Actividad que no forma parte, de la operación normal de la organización o actividad que la organización ha determinado como no rutinaria por su baja frecuencia de ejecución. 5. Actividad rutinaria: Actividad que forma parte de la operación normal de la organización, se ha planificado y es estandarizable. 6. Alta dirección: Persona o grupo de personas que dirigen y controlan una empresa. 7. Amenaza: Peligro latente de que un evento físico de origen natural, o causado, o inducido por la acción humana de manera accidental, se presente con una severidad suficiente para causar pérdida de vidas, lesiones u otros impactos en la salud, así como también daños y pérdidas en los bienes, la infraestructura, los medíos de sustento, la prestación de servicios y los recursos ambientales. Aprobó

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8. Autor reporté (sic) de condiciones de trabajo y salud: Proceso mediante el cual el trabajador o contratista reporta por escrito al empleador o contratante las condiciones adversas de seguridad y salud que identifica en su lugar de trabajo. 9. Centro de trabajo: Se entiende por Centro de Trabajo a toda edificación o área a cielo abierto destinada a una actividad económica en una empresa determinada. 10. Ciclo PHVA: Procedimiento lógico y por etapas que permite el mejoramiento continúo a través de los siguientes pasos: Planificar: Se debe planificar la forma de mejorar la seguridad y salud de los trabajadores, encontrando qué cosas se están haciendo incorrectamente o se pueden mejorar y determinando ideas para solucionar esos problemas. Hacer: Implementación de las medidas planificadas. Verificar: Revisar que los procedimientos y acciones implementados están consiguiendo los resultados deseados. Actuar: Realizar acciones de mejora para obtener los mayores beneficios en la seguridad y salud de los trabajadores. 11. Condiciones de salud: El conjunto de variables objetivas y de auto reporté (sic) de condiciones fisiológicas, psicológicas y socioculturales que determinan el perfil sociodemográfico y de morbilidad de la población trabajadora. 12. Condiciones y medio ambiente de trabajo: Aquellos elementos, agentes o factores que tienen influencia significativa en la generación de riesgos para la seguridad y salud de los trabajadores quedan específicamente incluidos en esta definición, entre otros: a) Las características generales de los locales, instalaciones, máquinas, equipos, herramientas, materias primas, productos y demás útiles existentes en el lugar de trabajo; b) Los agentes físicos, químicos y biológicos presentes en el ambiente de trabajo y sus correspondientes intensidades, concentraciones o niveles de presencia; c) Los procedimientos para la utilización de los agentes citados en el apartado anterior, que influyan en la generación de riesgos para los trabajadores y; d) La organización y ordenamiento de las labores, incluidos los factores ergonómicos o biomecánicos y psicosociales. Aprobó

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13. Descripción sociodemográfica: Perfil sociodemográfico de la población trabajadora, que incluye la descripción de las características sociales y demográficas de un grupo de trabajadores, tales como: grado de escolaridad, ingresos, lugar de residencia, composición familiar, estrato socioeconómico, estado civil, raza, ocupación, área de trabajo, edad, sexo y turno de trabajo. 14. Efectividad: Logro de los objetivos del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo con la máxima eficacia y la máxima eficiencia. 15. Eficacia: Es la capacidad de alcanzar el efecto que espera o se desea tras la realización de una acción. 16. Eficiencia: Relación entre el resultado alcanzado y los recursos utilizados. 17. Emergencia: Es aquella situación de peligro o desastre o la inminencia del mismo, que afecta el funcionamiento normal de la empresa. Requiere de una reacción inmediata y coordinada de los trabajadores, brigadas de emergencias y primeros auxilios y en algunos casos de otros grupos de apoyo dependiendo de su magnitud. 18. Evaluación del riesgo: Proceso para determinar el nivel de riesgo asociado al nivel de probabilidad de que dicho riesgo se concrete y al nivel de severidad de las consecuencias de esa concreción. 19. Evento Catastrófico: Acontecimiento imprevisto y no deseado que altera significativamente el funcionamiento normal de la empresa, implica daños masivos al personal que labora en instalaciones, parálisis total de las actividades de la empresa o una parte de ella y que afecta a la cadena productiva, o genera destrucción parcial o total de una instalación. 20. Identificación del peligro: Proceso para establecer si existe un peligro y definir las características de este. 21. Indicadores de estructura: Medidas verificables de la disponibilidad y acceso a recursos, políticas y organización con que cuenta la empresa para atender las demandas y necesidades en Seguridad y Salud en el Trabajo.

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22. Indicadores de proceso: Medidas verificables del grado de desarrollo e implementación del SG-SST. 23. Indicadores de resultado: Medidas verificables de los cambios alcanzados en el periodo definido, teniendo como base la programación hecha y la aplicación de recursos propios del programa o del sistema de gestión. 24. Matriz legal: Es la compilación de los requisitos normativos exigibles a la empresa acorde con las actividades propias e inherentes de su actividad productiva, los cuales dan los lineamientos normativos y técnicos para desarrollar el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST), el cual deberá actualizarse en la medida que sean emitidas nuevas disposiciones aplicables. 25. Mejora continua: Proceso recurrente de optimización del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo, para lograr mejoras en el desempeño en este campo, de forma coherente con la política de Seguridad y Salud en el Trabajo (SST) de la organización. 26. No conformidad: No cumplimiento de un requisito. Puede ser una desviación de estándares, prácticas, procedimientos de trabajo, requisitos normativos aplicables, entre otros, 27. Peligro: Fuente, situación o acto con potencial de causar daño en la salud de los trabajadores, en los equipos o en las instalaciones. 28. Política de seguridad y salud en el trabajo: Es el compromiso de la alta dirección de una organización con la seguridad y la salud en el trabajo, expresadas formalmente, que define su alcance y compromete a toda la organización. 29. Registro: Documento que presenta resultados obtenidos o proporciona evidencia de las actividades desempeñadas. 30. Rendición de cuentas: Mecanismo por medio del cual las personas e instituciones informan sobre su desempeño.

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31. Revisión proactiva: Es el compromiso del empleador o contratante que implica la iniciativa y capacidad de anticipación para el desarrollo de acciones preventivas y correctivas, así como la toma de decisiones para generar mejoras en el SG-SST. 32. Revisión reactiva: Acciones para el seguimiento de enfermedades laborales, incidentes, accidentes de trabajo y ausentismo laboral por enfermedad. 33. Requisito Normativo: Requisito de seguridad y salud en el trabajo impuesto por una norma vigente y que aplica a las actividades de la organización. 34. Riesgo: Combinación de la probabilidad de que ocurra una o más exposiciones o eventos peligrosos y la severidad del daño que puede ser causada por estos. 35. Valoración del riesgo: Consiste en emitir un juicio sobre la tolerancia o no del riesgo estimado. 36. Vigilancia de la salud en el trabajo o vigilancia epidemiológica de la salud en el trabajo: Comprende la recopilación, el análisis, la interpretación y la difusión continuada y sistemática de datos a efectos de la prevención. La vigilancia es indispensable para la planificación, ejecución y evaluación de los programas de seguridad y salud en el trabajo, el control de los trastornos y lesiones relacionadas con el trabajo y el ausentismo laboral por enfermedad, así como para la protección y promoción de la salud de los trabajadores. Dicha vigilancia comprende tanto la vigilancia de la salud de los trabajadores como la del medio ambiente de trabajo.

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GENERALIDADES DE LA EMPRESA

IDENTIFICACIÓN DE LA EMPRESA: PINTO & CIA S.A.S OBJETO SOCIAL: La empresa PINTO & CIA S.A.S se dedica a la fabricación, reparación y mantenimientos de piezas y equipos navales, ubicada en la ciudad de Cartagena bolívar prestando un servicio de alta calidad a todos sus clientes. NIT: 800215625-9 DIRECCIÓN: Av. Crisanto Luque 47, Dg.22#37 Cartagena – Bolívar. CLASE DE RIESGO: (Decreto 1607 de 2002) clase III CÓDIGO: 3517 NIVEL: 01 ACTIVIDAD ECONÓMICA: Fabricación mantenimiento y reparación de piezas, para las empresas dedicadas al sector metalmecánico TELÉFONO: 6625907

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NÚMERO DE SEDES Y UBICACIÓN: La empresa PINTO & CIA S.A.S, cuenta actualmente con una sola sede de atención a sus clientes ubicada en la Av. Crisanto Luque 47, Dg.22#37 situada en la ciudad de Cartagena/ bolívar.

HORARIO DE TRABAJO: 8 HORAS MAÑANA

TARDE

8AM- 12M

2PM – 5PM

NÚMERO DE TRABAJADORES (HOMBRES Y MUJERES, ADMINISTRATIVOS U OPERATIVOS): ADMINISTRATIVOS

OPERATIVOS CONTRATISTA TOTAL

MUJERES

2

0

0

2

HOMBRES

1

12

0

13

TOTAL

3

12

0

15

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PRINCIPALES MATERIALES, MAQUINARIA Y HERRAMIENTAS UTILIZADAS: Los principales materiales, maquinaria y herramientas utilizadas en la organización están incluidos, en las herramientas se encuentran las de uso auxiliar tales como martillo, granete, extractor mecánico, números y letras para grabar, mesa elevadora hidráulica y gato hidráulico. También se pueden considerar como herramientas básicas los instrumentos de medida más habituales en un taller mecánico.        

Alicates Brocas Destornillador Llaves Remachadora y otras. Taladros. Pulidoras Sierras y otras.

Maquinas:        

Tornos Taladro industrial Maquina oxicorte Dobladora Prensa hidráulica Montacargas. Manutención mecánica. Máquinas de soldar.

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EPS

ARL

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FONDO DE

REPRESENTANTE

ENCARGADO

PENSIONES Y

LEGAL

DE SST

Ebat Pinto

Harold Castilla

CESANTIAS

Coomeva –

Colpatria

Colpensiones

Salud total

POLÍTICA DEL SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

Anexo 2. Política del SG-SST

POLITICA DEL SST: Es política de la empresa PINTO & CIA S.A.S en sus operaciones de fabricación, mantenimiento y reparación velar por la seguridad y salud de todos los trabajadores vinculados a ella, contribuir con armonía al medio ambiente y la sociedad, tener un personal altamente califica libre de alcoholismo, tabaquismo y sustancias alucinógenas para brindar un gran servicio seguro. Aprobó

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FECHA ELABORACIÓN: 28/10/2016

SISTEMA DE GESTION DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO.

El desarrollo de esta política se hará mediante la aplicación de los siguientes compromisos:



Identificar los peligros presentes en cada uno de los procesos ofrecidos con la

valoración de riesgos pertinentes. •

Suministrar programas en la promoción de la salud orientados a mejorar el

bienestar de sus empleados. •

Responder pronta, efectiva y cuidadosamente a las emergencias o accidentes

que resulten en sus operaciones. •

Minimizar la incidencia de lecciones y enfermedades laborales.



Establecer la promoción, prevención, proyección y vigilancia de las condiciones

de trabajo y de salud, en pro de garantizar a los trabajadores un área laboral acta para ejercer sus actividades de cada proceso. •

Poseer personal libre de tabaquismo, alcoholismo y sustancias alucinógenas.

ORGANIZACIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES Aprobó

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RESPONSABILIDADES DEL TRABAJADOR Es claro que para el desarrollo de un SG-SST deben de estar involucradas todas las personas que hacen parte de la organización. Es por ello que los trabajadores como beneficiario de dicho sistema deberán cumplir los siguientes:  Participar activamente en las actividades desarrolladas a partir del plan de trabajo anual en seguridad y salud en el trabajo.  Reportar oportunamente las inconformidades en cuanto a las condiciones de trabajo que pueden afectar su seguridad y su salud.  Cumplir con las normas e instrucciones del SG-SST de la entidad.  Procurar el autocuidado de su seguridad y salud. LAS RESPOSABILIDADES DEL COPASST  Actuar como veedores del cumplimiento de los programas de salud ocupacional de la empresa  Participar en las actividades de promoción, divulgación y capacitación sobre medicina, higiene y seguridad para lograr participación de todo el personal en los programas de salud ocupacional.

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FECHA ELABORACIÓN: 28/10/2016

 Colaborar en el análisis de las causas de los accidentes de trabajo y proponer medidas correctivas.  También el COPASST y tiene entre sus funciones visitar periódicamente los lugares de trabajo e inspeccionar los ambientes, máquinas y operaciones e informar al empleador sobre la existencia de factores de riesgo.  EL COPASST debe tener un plan de trabajo concreto orientado a apoyar el control de los factores de riesgo más prioritarios. No debe ser un instrumento de quejas y reclamos de temas distintos a la salud y seguridad laboral. El Comité Paritario de Seguridad y salud en el trabajo tiene entre otras las siguientes responsabilidades:  Proponer y participar en actividades de salud ocupacional dirigida a empleados y directivos. 

Vigilar el desarrollo de las actividades que en materia de medicina, higiene y seguridad industrial, debe realizar la universidad de acuerdo con el reglamento de higiene y seguridad industrial y las normas vigentes y proponer su divulgación y observación.

 Visitar periódicamente los lugares de trabajo e inspeccionar los ambientes, equipos y las operaciones realizadas por los empleados e informar al responsable del Programa de Salud Ocupacional: Jefe Departamento de Personal sobre la existencia de factores de riesgo y sugerir las normas correctivas y de control.  Servir como organismo de coordinación entre el empleador y los empleados en la solución de los problemas relativos a la salud ocupacional.  Colaborar en el análisis de las causas de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y proponer al empleador o al responsable del Programa de Salud Ocupacional las medidas correctivas a que haya lugar para evitar su ocurrencia. Aprobó

Ebat Pinto.

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Elaboró :

Código:

Responsable del SG-SST.

Carlos Alfredo Cantillo Yaspe. Jorge Hernando Florez Cardeño. Jose Maguiver Gallo Monsalve. Eduardo Andres Mallarino Ballesteros. Leidy Paola Patron Padilla.

xxxxxzx 14226111 14226234 15126248 14226161 Fecha: 28/10/2016 Página: _ de 19

FECHA ELABORACIÓN: 28/10/2016

SISTEMA DE GESTION DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO.

RESPONSABILIDAD DE LA ARL  Asesorar a la entidad en el diseño e implementación del SG-SST.  Capacitar al comité paritario de seguridad y salud en el trabajo.  Ofrecer asistencia técnica a la empresa en el diseño e implementación del SG-SST.

Obligaciones del Empleador Responsabilidades de los Trabajadores Responsabilidades de la ARL Responsabilidades del Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo:

Aprobó

Ebat Pinto.

Revisó :

Elaboró :

Código:

Responsable del SG-SST.

Carlos Alfredo Cantillo Yaspe. Jorge Hernando Florez Cardeño. Jose Maguiver Gallo Monsalve. Eduardo Andres Mallarino Ballesteros. Leidy Paola Patron Padilla.

xxxxxzx 14226111 14226234 15126248 14226161 Fecha: 28/10/2016 Página: _ de 20

SISTEMA DE GESTION DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO.

FECHA ELABORACIÓN: 28/10/2016

MARCO LEGAL Para garantizar una normativa, la ejecución del proyecto planteado en esta investigación debe estar acorde con los requisitos legales y regulados en la actualidad. Existen aspectos legales que deben tomarse en cuenta para no infringir las leyes nacionales, por lo que se debe hacer una referencia de las leyes, decretos y resoluciones que tiene relación con el proyecto de los cuales se encuentran las bases teóricas de los conceptos del tema de investigación. Existen organismos nacionales e internacionales que se preocupan por la salud, la vida y la integridad física de los trabajadores. En Colombia el Ministerio de Salud y la Protección Social es uno de los dieciséis ministerios del poder ejecutivo regulador que determina normas y directrices en materia de temas de salud pública, asistencia social, población en riesgo y pobreza.

El sistema integral de seguridad, social como su nombre lo indica es un sistema creado por la ley 100 de 1993, en el cual se busca un mayor cubrimiento de las contingencias presentadas a los trabajadores y la conformación del sistema de seguridad social que integre varias prestaciones por parte del empleador a los trabajadores, la creación del derecho de la seguridad social, del cual se habla en el Art. 48 de la constitución Nacional, relata de manera concisa sobre la seguridad social como un derecho fundamental. Es importante resaltar que la Constitución y su ente máximo, la corte Constitucional, se han referido a estos derechos fundamentales argumentando, que su falta de reconocimiento hace que las personas (los trabajadores) pongan en peligro su vida, su integridad, porque afecta su libertad de expresión, su dignidad humana, entre otros. Colombia, C. d. (23 de Diciembre de 1993). Norma1.jsp?i=5248 Por la cual se crea el sistema de seguridad social integral y se dictan otras disposiciones. Obtenido de Bogotá Jurídica Digital : http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=5248

Aprobó

Ebat Pinto.

Revisó :

Elaboró :

Código:

Responsable del SG-SST.

Carlos Alfredo Cantillo Yaspe. Jorge Hernando Florez Cardeño. Jose Maguiver Gallo Monsalve. Eduardo Andres Mallarino Ballesteros. Leidy Paola Patron Padilla.

xxxxxzx 14226111 14226234 15126248 14226161 Fecha: 28/10/2016 Página: _ de 21

SISTEMA DE GESTION DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO.

FECHA ELABORACIÓN: 28/10/2016

COLOMBIA, C. P. (12 de 03 de 1991). Norma1 CONSTITUCION POLITICA DE COLOMBIA 1991. Obtenido de Bogotá Jurídica Digital : http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125

La ley 1562 de 2012 por la cual se modifica el sistema de riesgos laborales y se dictan otras disposiciones en materia de salud ocupacional, con esta norma, el gobierno se propone modernizar el Sistema de Riesgos Laborales, en inclusión, cobertura y equidad. Todos ellos encaminados a garantizar trabajo decente y seguro a los colombianos. La ley amplia la cobertura del sistema de riesgos laborales, incorporando a los ciudadanos contratistas independientes con contrato superior a un mes, trabajadores asociados de las cooperativas y pre-cooperativas de trabajo asociado, jubilados o pensionados que se incorporen a la fuerza laboral como trabajadores independientes, estudiantes que se generen ingresos para la institución educativa o cuyo entrenamiento sea requisito para la culminación de estudios y cuya actividad implique riesgo ocupacional, trabajadores independientes en actividades de alto riesgo ( si su contacto tiene una duración de más de un mes, el monto de la cotización corre por cuenta del contratante) entre otras.

Colombia, C. d. (11 de Julio de 2012). ley156211072012 POR LA CUAL SE MODIFICA EL SISTEMA DE RIESGOS LABORALES Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES EN MATERIA DE SALUD OCUPACIONAL. Obtenido de Presidencia de la Republica : http://wsp.presidencia.gov.co/Normativa/Leyes/Documents/ley156211072012.pdf

Sánchez, D. (04 de Octubre de 2015). _temas_clave_de_la_nueva_ley_de_riesgos_laborales Los temas clave de la nueva Ley de Riesgos Laborales. Obtenido de ambitojuridico.com: http://www.ambitojuridico.com/BancoConocimiento/N/noti-12100419%28los_temas_clave_de_la_nueva_ley_de_riesgos_laborales%29/noti12100419%28los_temas_clave_de_la_nueva_ley_de_riesgos_laborales%29.asp Aprobó

Ebat Pinto.

Revisó :

Elaboró :

Código:

Responsable del SG-SST.

Carlos Alfredo Cantillo Yaspe. Jorge Hernando Florez Cardeño. Jose Maguiver Gallo Monsalve. Eduardo Andres Mallarino Ballesteros. Leidy Paola Patron Padilla.

xxxxxzx 14226111 14226234 15126248 14226161 Fecha: 28/10/2016 Página: _ de 22

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FECHA ELABORACIÓN: 28/10/2016

El decreto 1477 de 2014 (por el cual se expide la tabla de enfermedades laborales) se fundamenta en expedir la tabla de enfermedades laborales, que tendrá doble entrada como agentes de riesgo, para facilitar la prevención de enfermedades en las actividades laborales, y grupos de enfermedades, para determinar el diagnóstico médico en los trabajadores afectados, no obstante, en casos en que una enfermedad no figure en la tabla de enfermedades laborales, pero se demuestre la relación de causalidad con los factores de riesgo ocupacional, será reconocida como enfermedad laboral.

COLOMBIA, E. P. (05 de Agosto de 2014). Norma1.jsp?i=58849 Por el cual se expide la Tabla de Enfermedades Laborales. Obtenido de Bogotá Jurídica Digital : http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=58849

El decreto 1072 de 2015 (decreto único reglamentario de trabajo) regulo desde las competencias del ministerio de trabajo, hasta las relaciones laborales individuales, abordando temas como la jornada de trabajo suplementario, las vacaciones, los riesgos laborales, juntas de calificación de invalidez. Entre otros, este decreto aplica para las entidades del sector trabajo, así como las relaciones jurídicas derivadas de los vínculos laborales y a las personas naturales o jurídicas que en ella intervienen. Con esto el gobierno tiene la intención de “asegurar la eficacia económica y social de sistema legal” y así la simplificación del sistema nacional regulatorio.

Aprobó

Ebat Pinto.

Revisó :

Elaboró :

Código:

Responsable del SG-SST.

Carlos Alfredo Cantillo Yaspe. Jorge Hernando Florez Cardeño. Jose Maguiver Gallo Monsalve. Eduardo Andres Mallarino Ballesteros. Leidy Paola Patron Padilla.

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Mintrabajo. (26 de Mayo de 2015). decreto-unico-reglamentario-trabajo Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo. Obtenido de Mintrabajo: http://www.mintrabajo.gov.co/normatividad/decreto-unico-reglamentariotrabajo.html

La resolución de 2013 de 1986 (Por la cual se reglamenta la organización y funcionamiento de los Comités de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial en los lugares de trabajo) tiene por objetivo que toda organización pública o privada que tenga a su servicio más de diez (10) trabajadores, está en la obligación de conformar el comité de salud ocupacional(COPASST) en ese sentido, la expresión trabajadores incluye a todos aquellos que tengan vínculo con la empresa, por tanto, todos los trabajadores deben participar en votación libre en la elección de sus representantes. Además el comité paritario de salud ocupacional es el encargado de velar por la promoción y vigilancias de las normas y reglamentos de salud ocupacional (medicina, higiene, medio ambiente y seguridad industrial) dentro de la empresa, minimizando los riesgos profesionales y otras.

Salud, M. d. (06 de Junio de 1986). Norma1.jsp?i=5411 Por la cual se reglamenta la organización y funcionamiento de los Comtés de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial en los lugares de trabajo. Obtenido de Bogotá Jurídica Digital : http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=5411

Otros presentes en la investigación

Aprobó

Ebat Pinto.

Revisó :

Elaboró :

Código:

Responsable del SG-SST.

Carlos Alfredo Cantillo Yaspe. Jorge Hernando Florez Cardeño. Jose Maguiver Gallo Monsalve. Eduardo Andres Mallarino Ballesteros. Leidy Paola Patron Padilla.

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SISTEMA DE GESTION DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO.

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GTC 45 (guía para la identificación de los peligros y la valoración de los riesgos.) presenta un marco integrado de principios, prácticas y criterios para la implementación de la mejor practica en la identificación de los peligros y valoración de los riesgos, en el marco de la gestión del riesgo de seguridad y salud ocupacional; las organizaciones podrán ajustar estos lineamientos a sus necesidades, tomando en cuenta la naturaleza, el alcance de sus actividades y los recursos establecidos. Colombiana, G. T. (15 de Diciembre de 2010). gtc450 Guia para la identificacion de los peligros y la valoracion de los riesgos en Seguridad y Salud Ocupacional . Obtenido de Instituto Distrital de Recreacion y Deporte: http://idrd.gov.co/sitio/idrd/sites/default/files/imagenes/gtc450.pdf

Anexo 4. Matriz Legal

Normatividad vigente en SST y Riesgos Laborales

1979: Ley 9 es el Código Sanitario Nacional. 1979: Resolución 2400 Estatuto de la Seguridad industrial 1979: Resolución 2413 SST en el sector de la construcción. 1984: Decreto 614, Plan Nacional de SST 1986: Resolución 2013 Comité Paritario de SST 1987: Decreto 1335, Seguridad minera subterránea 1989: Resolución 1016, reglamenta los programas de SST en las empresas. -