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SEGURIDAD SOCIAL PRESENTADO POR:

NATALIA ARIAS Mª JOSE ARRIETA ORFA PEREZ C. CONNIE VILARO VICTORIA SCHMALBACH

INSTRUCTOR:

JUAN CARLOS BLANCO 02-08-19 MAGANGUEBOLIVAR

CONCEPTO según la organización internacional del trabajo, (OIT), se define la seguridad social como «la protección que la sociedad proporciona a sus miembros, mediante una serie de medidas publicas, contra las privaciones económicas y sociales que, que no de ser así, ocasionarían la desaparición o una fuerte reducción de los ingresos por causa de enfermedad, maternidad, accidentes de trabajo, o enfermedad laboral, desempleo, invalidez, vejez y muerte; también la protección en forma de asistencia medica y de ayuda a las familias con hijos»

CONFORMACION La seguridad social incluye cinco rubros básicos: vejez, invalidez y muerte; enfermedad y maternidad; accidentes de trabajo; desempleo; y asignaciones familiares

OBJETIVO DE LA SEGURIDAD SOCIAL Garantizar las prestaciones económicas y de salud de quienes tienen una relación laboral o capacidad económica suficiente para afiliarse al sistema. Garantizar la prestación de los servicios sociales complementarios. Garantizar las ampliación de la cobertura (todos en el sistema)

FINALIDAD DE LA SEGURIDAD SOCIAL la seguridad social busca proteger a los individuos ante circunstancias previstas o imprevistas, permanentes o temporales que mermen la capacidad económica del individuo y frente a las cuales es posible establecer mecanismos precautorios, en cuyo financiamiento pueden participar el Estado, los empleadores y los trabajadores.

CARACTERÍSTICAS a)

Afiliación obligatoria: para todos los trabajadores dependientes e independientes.

b)

La selección libre y voluntaria: En cualquiera de los regímenes es por parte del afiliado.

c)

Derecho al reconocimiento y al pago: de las pensiones por jubilación , vejez , invalidez, y de sustitución o sobreviviente.

d)

La afiliación implica la obligación de efectuar los aportes: que establece esta ley

SEGURIDAD SOCIAL EN COLOMBIA Todo colombiano, y en especial todo trabajador, tiene derecho a que se le garantice la seguridad social integral, entendida esta como la cobertura en salud y los riesgos de invalidez, vejez y muerte, al igual que la cobertura en caso de accidentes de trabajo. Aunque la constitución nacional establece que el estado debe garantizar la seguridad social de los ciudadanos, quienes realmente la deben garantizar son los empleadores que vinculan trabajadores mediante contrato de trabajo, puesto que deben afiliar al trabajador a las distintas entidades que administran la seguridad social.

ANTECEDENTES DE LA SEGURIDAD SOCIAL. Para el año de 1991, con la nueva Constitución Política de Colombia se avanza en el camino de la seguridad social, lo cual queda consagrado en el art. 48 de dicha Constitución, y se refleja en los 3 principios de la seguridad social: Universalidad, solidaridad y eficiencia. Posteriormente, en el año de 1992, con la realización del Proyecto de Hato Grande, se acogió la separación entre los regímenes contributivo y subsidiado y sentó las bases para que en 1993, apareciera la ley 100, la cual surge en consecuencia de la baja cobertura del ISS, y del auge del pensamiento neoliberal, lo que implicó en los servicios sociales la consagración del principio de la libre lección para los usuarios.

PRINCIPIOS ❖

PRINCIPIO DE UNIVERSALIDAD



PRINCIPIOS DE SOLIDARIDAD



PRINCIPIO DE UNIDAD



PRINCIPIO DE IGUALDAD



PRINCIPIOS DE INTEGRIDAD DE LOS BENEFICIOS



PRINCIPIO DE EFICACIA DE LOS SERVICIOS



PRINCIPIOS DE PARTICIPACION SOCIAL

REGIMENES El obligatorio es aquel al que tienen derecho los trabajadores u otros sujetos que deben ser afiliados de manera forzosa atendiendo a alguna disposición legal (por ejemplo los socios de las sociedades cooperativas). El voluntario: este corresponde a personas con una relación laboral pero sin ser obligatoria su afiliación (servicio doméstico, trabajadores de ayuntamientos) además de las familias o personas sin una relación de trabajo. En este caso estas personas celebran un convenio con el Instituto pagando una cuota con la finalidad de obtener los servicios que ésta brinda.

APORTES A SEGURIDAD SOCIAL EN LOS TRABAJADORES DEPENDIENTES Cuando hablamos de trabajadores dependientes estamos hablando de asalariados, aquellas personas vinculadas mediante contrato de trabajo. En estos trabajadores, la afiliación corre por cuenta de la empresa o empleador, y esta quien debe realizar las respectivas cotizaciones al sistema, deduciendo previamente la parte que le corresponde aportar al trabajador.

AFILIACIÓN AL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL Es la empresa la que tiene que afiliar a sus trabajadores al sistema de seguridad social. El trabajador elige la EPS y el fondo de pensión al que desea ser afiliado. El empleador elige la ARL. El empleador es el responsable tanto de la afiliación, desafiliación y pago de las cotizaciones correspondientes.

Porcentajes o tarifas de los aportes Los aportes a seguridad social corresponden a Salud, Pensión y Riesgos Laborales, que serán aportados de la siguiente forma: Concepto/ Responsable

Empleador

Trabajador

Total

Salud

8.5%

4%

12.5%

Pensión

12%

4%

16%

Arl

0.522% a 6.960%

0%

0.522% a 6.960%

El porcentaje de aportes en riesgos laborales corresponden según el nivel del riesgo al que está expuesto el trabajador en su puesto de trabajo: Riesgo

Tarifa

Actividades

0.522%

Financieras, trabajos de oficina, administrativos, centros educativos, restaurantes.

1.044%

Algunos procesos manufactureros como fabricación de tapetes, tejidos, confecciones y flores artificiales, almacén por departamentos, algunas labores agrícolas.

2.436%

Algunos procesos manufactureros como la fabricación de agujas, alcoholes y artículos de cuero.

IV

4.350%

Procesos manufactureros como fabricación de aceites, cervezas, vidrios, procesos de galvanización, transportes y servicios de vigilancia privada.

V

6.960%

Areneras, manejo de asbesto, bomberos, manejo de explosivos, construcción y explotación petrolera.

I

II

III

Aportes a seguridad social en trabajadores independientes Por trabajador independiente nos referimos a los trabajadores que están vinculados mediante un contrato de prestación de servicios, lo mismo que a comerciantes, profesionales independientes, rentistas de capital, y cualquier otra persona que devengue ingresos y que tenga capacidad de pago, esto es, que devengue mensualmente un salario mínimo o más según la ley.

Afiliación al sistema de seguridad de los trabajadores independientes La afiliación al sistema de seguridad social es responsabilidad del trabajador independiente. Es este quien debe afiliarse por su cuenta y pagar la totalidad de los aportes al sistema. Si el trabajador independiente es contratista, le corresponda al contratante afiliarlo al sistema de riesgos laborales, pero el contratista es quien debe asumir los pagos respectivos.

TARIFAS O PORCENTAJES DE APORTES O COTIZACIÓN Los porcentajes de cotización al sistema de seguridad social en los trabajadores independientes es el mismo, sólo que la totalidad de los pagos debe asumirlos el trabajador independiente: Salud: 12.5% Pensión: 16% Arl: 0.522% a 6.960%