Reglamento Interno 2017

“AÑO DELBUEN SERVICIO AL CIUDADANO” DIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN JUNÍN UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE HUANCAYO

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“AÑO DELBUEN SERVICIO AL CIUDADANO”

DIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN JUNÍN UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE HUANCAYO

CENTRO DE EDUCACIÓN BÁSICA ALTERNATIVA

“POLITÉCNICO REGIONAL DEL CENTRO DEL PERÚ”

DIRECTOR COORDINADOR DE OBE JEFE DE TALLERES

: Carlos Magno ARAUCO MERLO : Leonel MAITA CONTRERAS : Lizandro LIZÁRRAGA MEZA

COMISIÓN RESPONSABLE

: Leonel MAITA CONTRERAS : Judith ASPARRÍN FLORES : Marcial A. MEDINA ESPINAL : Victoria PUMACAHUA CHAHUAYO

EL TAMBO – HUANCAYO

2 017

DIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN DE JUNÍN UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL DE HUANCAYO CENTRO DE EDUCACIÓN BASICA ALTERNATIVA “POLITECNICO REGIONAL DEL CENTRO” Jr. Arequipa N° 501 Telf. 247785 El Tambo-Huancayo

RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° …….-2017-D-CEBA-PRC El Tambo, 06 de Enero del 2017 Visto el Reglamento Interno 2016 del CEBA “Politécnico Regional del Centro” CONSIDERANDO: Que es que necesario contar con el Reglamento Interno actualizado a fin de asegurar el normal desarrollo de la vida institucional y garantizar su eficiente servicio a la comunidad. Que, a fin de asegurar el cumplimiento de las normas y procedimientos que regula el funcionamiento y metas programadas para el presente año, es necesario Aprobar el Reglamento Interno - 2017 Estando

acorde

con la elaboración y revisión del documento ya mencionado, de

conformidad Constitución Política del Perú, Ley 28044 Ley General de Educación – D.S.N° 0112012-ED, Ley N° 29944 Ley de Reforma Magisterial – D.S.N° 004-ED-2013, R.M.N° 572-2015ED.- NormaTécnica; Orientaciones para el Desarrollo del Año Escolar 2016 en la Educación Básica, R.V.M.N° 081-2015-MINEDU Normas para la Elaboración y Aprobación del Cuadro de Distribución de Horas Pedagógicas en la I.E. Públicas de Educación Secundaria de la Educación Básica Regular y del Ciclo Avanzado de la Educación Básica Alternativa, D.S. No 005-90 PCM Reglamento de la Ley de Carrera Administrativa, Directiva 014-2012 MINEDU/VMGP, Ley 27444 de la Carrera Administrativa, D.L. Nº 276. Ley 29719 que promueve la Convivencia sin Violencia en las I.E, D.S.N° 006-2012 ED que Aprueba el Reglamento Interno. SE RESUELVE: 1.- APROBAR, el presente Reglamento Interno del 2017 del CEBA “Politécnico Regional del Centro” que consta de IV Títulos, XVIII Capítulos, LXVIII Artículos y I Disposición Transitoria. 2.- Comunicar al Personal Directivo, Jerárquico, Docentey Administrativo la aplicación de este documento. 3.- Dejar sin efecto las demás Normas sobre organización interna que tenga el CEBA “Politécnico Regional del Centro”. Regístrese, Comuníquese y Archívese. ........................................................

REGLAMENTO INTERNO DEL CENTRO DE EDUCACIÓN BÁSICA ALTERNATIVA "POLITÉCNICO REGIONAL DEL CENTRO" ASPECTOS GENERALES INTRODUCCIÓN El Reglamento Interno del CEBA. “Politécnico Regional del Centro” norma la política educativa que contiene aspectos generales vinculados a la administración, organización y actividades pedagógicas. Así mismo, normar las funciones, derechos, estímulos, faltas y sanciones del personal que labora en la Institución Educativa. Cumplir el presente Reglamento Interno, es responsabilidad de todos los agentes de la Comunidad Educativa en la conducción y formación de nuestros educandos para garantizar mayores niveles de eficiencia y eficacia en el cumplimiento de nuestras funciones propias del cargo que desempeñamos. CAPÍTULO I BASES LEGALES: Artículo 1º.- El presente reglamento tiene base legal y se sustenta en:  Constitución Política del Perú  Ley 28044 Ley General de Educación – D.S.N° 011-2012-ED  Ley N° 29944 Ley de Reforma Magisterial – D.S.N° 004-ED-2013  R.M.N° 0622-2013-ED.- Normas y Orientaciones para el Desarrollo del Año Escolar 2014 en la Educación Básica.  R.M.N° 0624-2013-ED Normas para la Elaboración y Aprobación del Cuadro de Distribución de Horas Pedagógicas en la I.E. Públicas de Educación Secundaria de la Educación Básica Regular y del Ciclo Avanzado de la Educación Básica Alternativa  D.S. No 005-90 PCM Reglamento de la Ley de Carrera Administrativa.  Directiva 014-2012 MINEDU/VMGP.  Ley 27444 de la Carrera Administrativa.  D.L. Nº 276.  Norma Técnica del Buen Inicio del Año Escolar 2017. CAPITULO II PRINCIPIOS: Artículo 2º.- El CEBA tiene los siguientes principios: PRINCIPIOS AXIOLÓGICOS: a)

Filosofía educativa del CEBA. “Politécnico Regional del Centro” que se sustenta en el Diseño Curricular Nacional. b) Práctica de valores. c) El valor fundamental, es la dignidad de la persona humana. d) Educación para el trabajo.

e)

Respeto, honestidad, responsabilidad., solidaridad, empatía.

PRINCIPIOS PEDAGÓGICOS: a) La Educación debe ser ética. Es decir, debe rescatar los valores que permitan la construcción de una sociedad democrática, justa y solidaria. b) La Educación debe orientarse al desarrollo humano. Esto implica un proceso interactivo, reciproco en sociedad. c) La Educación debe preparar para el trabajo. Debe otorgar oportunidades para que el educando de PEBAJA desarrolla sus capacidades laborales. d) La Educación debe alcanzar a todos. Esto implica poner a disposición de cada peruano la mayor y mejor educación posible, con inclusión y oportunidades para todos. e) La Educación debe ser multicultural. Debe concordar con nuestra realidad de país multicultural y multiétnico. Artículo 3º.- El Presente Reglamento, norma la organización y funcionamiento del CEBA “Politécnico Regional del Centro” en sus aspectos técnico-pedagógico y administrativo precisando las relaciones entre los órganos Internos y las pautas de comportamiento de cada uno de sus integrantes. Artículo 4º.- El presente reglamento alcanza a todos los estamentos integrantes de la comunidad del CEBA “Politécnico Regional del Centro” CAPÍTULO III OBLIGATORIEDAD Y MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO Artículo 5º.- El Director del CEBA “Politécnico Regional del Centro”, está obligado a modificar cuando la asamblea crea pertinente, como en las disposiciones finales. Artículo 6º.- El Reglamento Interno será objeto de revisión anualmente, para mejorar y adecuar a la flexibilidad organizativa del plantel. CAPÍTULO IV Artículo 7º.- OBJETIVO: a)

Contribuir, a la formación de los estudiantes de acuerdo a sus Capacidades, habilidades, intereses y aspiraciones para buscar su integración plena en la comunidad Local, Regional y Nacional. b) Posibilitar el desarrollo bio-psico-social, la formación académica y la capacitación técnica de los estudiantes. Desarrollar y perfeccionar la tecnología educativa que permite mejorar la calidad de la educación con la incorporación de métodos, técnicas, procedimientos y modelos adecuados a la realidad del educando. c) Difundir la ciencia, cultura y la importancia de la educación tecnológica y productiva. d) Brindar una orientación vocacional y capacitar al educando en áreas diversificadas con criterio teórico - práctico. e) Proporcionar al Educando el desarrollo de sus valores éticos y morales, identidad, respeto, disciplina, honradez, responsabilidad y voluntad de servicio. f) Propiciar el desarrollo de proyectos y actividades experimentales que evidencie el carácter innovador de la institución. g) Desarrollar programas de Innovación del personal Directivo, Jerárquico, Docentes y Administrativo que garantice la eficiencia y eficacia en el desempeño de sus funciones.

Artículo 8º.- CREACIÓN: La modalidad de Adultos del "Politécnico Regional del Centro", fue creada en mérito a la Resolución Regional Nº 0675-67; iniciando el funcionamiento el 02 de mayo del mismo año, Posteriormente, por R.D. Nº 269-DREJ-2005 de fecha 04 de febrero del 2005, se autoriza el cambio como CENTRO DE EDUCACIÓN BÁSICA ALTERNATIVA "Politécnico Regional del Centro" atendiendo los programas de PEBANA (Programa de Educación Básica Alternativa de Niños y Adolescentes) y PEBAJA (Programa de Educación Básica Alternativa de Jóvenes y Adultos). CAPÍTULO V ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA: Artículo 9º.- Estructura Orgánica del CEBA. “Politécnico Regional del Centro” a) Órgano de Dirección: Dirección. b) Órgano consultivo: Consejo Educativo Institucional (CONEI). c) Órgano Técnico Pedagógico:  Coordinación de Área y Tutoría.  Jefe de Taller.  Personal Docente. d) Órgano de Apoyo: Secretaría.  Personal de servicio. e) Órgano de participación: Asamblea General del personal docente del CEBA “Politécnico Regional del Centro” CAPÍTULO VI FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO DE EDUCACIÓN BÁSICA ALTERNATIVA “POLITÉCNICO REGIONAL DEL CENTRO”: Artículo 10º.- El personal directivo, jerárquico y administrativo, ejercen sus cargos a tiempo completos (40 hrs.) en forma racional en PEBAJA. Artículo 11º.- Los profesores del área de ciencias y humanidades como del área técnica laboran 24 hrs. Semanales cada una de 45 minutos. Artículo 12º.- La hora de ingreso del personal directivo y administrativo es a la 4:00 p.m. y la hora de salida es a las 10:10 p.m. Artículo 13º.- La hora de ingreso del profesor por horas del CEBA, turno nocturno (24 hrs.) presencial de lunes a viernes es de6:00 p.m. y la hora de salida a las 10:10 p.m. y de viernes( 6.00 A 10.10 pm) , sábadosde 8:00 a:m a 2:30 pm y domingos es de 8:00 a:m a 3:00 pm. (ode acuerdo a su horario establecido). Artículo 14º.- El año lectivo tiene una duración de 38 semanas, equivalente a 950 hrs.de clases, que se dividen en 4 bimestres. En cuanto al ciclo inicial e intermedio de Educación Básica Alternativa se rige por las vigentes. Artículo 15º.- El control de la asistencia se realizará mediante el libro de registro de firmas, registrando su ingreso como su salida. Caso contrario constituirá inasistencia (R.M. Nº 574-94ED).

Artículo 16º.- Constituye tardanzas para todo el personal del plantel el ingreso al Centro Educativo, según la hora establecida en el Art. 13, luego se convierte en falta la hora de clase correspondiente. Artículo 17º.- Las inasistencias y tardanzas serán justificados dentro de las veinte y cuatro horas. Artículo 18º. Los trabajadores que tengan tardanzas e inasistencias injustificadas en forma continua, incurrirán en falta de carácter disciplinario y administrativo (R.M. Nº 574-94-ED); además el abandono de su labor en horas de trabajoserá considerado como inasistencia. Artículo 19º.- Durante la jornada laboral no está permitido dedicarse a actividades distintas al cargo que desempeña. Artículo 20º.- Toda tardanza y falta injustificada tendrá lugar a descuento. Artículo 21º.- Trabajador que por razones de enfermedad y otras eventualidades que no puedan concurrir a sus labores debe dar aviso por cualquier medio. Artículo 22º.- El informe mensual de tardanzas y faltas será publicado por el Director en la Dirección para conocimiento del personal Administrativo y Docentes y remitido a la superioridad correspondiente. El incumplimiento da lugar a una falta administrativa y negligencia en el ejercicio de sus funciones. CAPÍTULO VII ORGANIZACIÓN Y DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES ACADÉMICAS: Artículo 23º.- En el CEBA. “Politécnico Regional del Centro” se desarrolla en el programa de PEBAJA. Artículo 24º.- El personal Directivo, Jerárquico, Docentes, Administrativos y Estudiantes, deben participar en todas las actividades académicas y en las actuaciones cívico-patrióticas y entonar el Himno Nacional con Identidad patriótica. CAPÍTULO VIII EL CURRÍCULO: Artículo 25º.- El currículo comprende experiencias formativas de carácter formal en los campos científico, humanístico y tecnológico; con el fin de contribuir a la formación integral de los Estudiantes. CAPÍTULO IX METODOLOGÍA: Artículo 26º.- El Plan Anual de trabajo de mejora de aprendizaje, la metodología y el sistema pedagógico se establece con los planes y programas adecuados por el CEBA y comprende, fundamentalmente, los aspectos siguientes: trabajo académico, promoción Educativa, actualización docente, supervisión educativa, orientación y bienestar de los Estudiantes, él calendario cívico, actividades extracurriculares y mejoramiento de la infraestructura.

CAPÍTULO X

EVALUACIÓN: Artículo 27.- DE LOS CERTIFICADOS: a) El CEBA otorga el certificado de estudio a los Estudiantes que acrediten haber terminado satisfactoriamente el nivel educativo correspondiente y a solicitud del interesado en los casos que requiera. b) Los reclamos sobre deficiencias en el certificado serán resueltos por el Director del CEBA. c) Los certificados de estudios serán firmados por el Director del CEBA bajo responsabilidad administrativa. d) Se llevará un estricto control de la expedición de los formatos de certificados de estudio. Artículo 28º.- DE LA MATRÍCULA.: El proceso de matrícula y ratificación de la misma se realizará durante el año y estará a cargo de la Dirección, Secretaría y Tesorería. Artículo 29º.- El proceso de evaluación de recuperación, se ejecutará antes de culminar el año académico. Artículo 30º.- Los traslados de matrícula se realizarán durante el año. Artículo 31º.- Las tarjetas de información y otros documentos, serán entregados en la clausura del año escolar a los educandos. Artículo 32º.- Los padres de familia y los usuarios serán atendidos en el horario establecido por la Dirección del Plantel. Artículo 33º.- Los horarios de atención del Director del CEBA. Serán publicados en un lugar visible para el conocimiento de los usuarios.

CAPÍTULO XI ACOMPAÑAMIENTO, MONITOREO Y ASESORAMIENTO: Artículo 34º.- El Acompañamiento en el CEBA es responsabilidad del personal directivo y jerárquico, comité de coordinadores de área y en EPT el jefe de áreas técnicas. Comprende acciones de: asesoramiento, promoción y evaluación dirigidos a optimizar la programación curricular, la enseñanza aprendizaje y la evaluación, siendo informados a su término en asamblea de profesores. Artículo 35º.- Asimismo, aquellas acciones que aseguren el normal funcionamiento de la Institución Educativa están sujetas y planificadas en el Plan de Monitoreo. Artículo 36º.- Realizar el seguimiento de monitoreo y acompañamiento a los docentes de acuerdo a lo establecido en la Ley General de Educación Nro. 28044. Artículo 37º.- Realizar acompañamiento y fortalecimiento en las debilidades encontradas en los docentes por especialidades y áreas.

CAPÍTULO XII

DE LOS VIAJES Y VISITAS DE ESTUDIO: Artículo 38º.Los viajes y visitas de estudio se realizan según las normas legales vigentes. Artículo 39º. Los planes de viaje de excursión están suspendidos temporalmente. CAPÍTULO XIII FUNCIONES DEL PERSONAL DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA: DEL DIRECTOR.: Artículo 40º.- El director es la máxima autoridad y el representante legal de la institución educativa. Es responsable de la gestión en los ámbitos pedagógicos, institucional y administrativo. Como le corresponde: a) b) c) d) e) f) g) h) i) j) k) l) m) n) o) p) q) r) s) t) u) v)

Conducir la Institución Educativa de conformidad con lo establecido en el artículo 68º de la presente Ley. Gestionar y organizar, conducir y evaluar sus procesos de gestión Institucional y pedagógica. Coordina con el Director de Educación Básica Regular del Politécnico Regional del Centro, en el aspecto administrativo. Participar activamente en la elaboración, aprobación, ejecución y evaluación del PEI, PAT, RIN, E.A en GR. Propiciar un ambiente institucional favorable al desarrollo de los estudiantes. Otorgar a los estudiantes certificados según corresponda. Planifica, Organiza y evalúa los procesos de gestión institucional y pedagógica. Desarrolla sus funciones administrativas: Referente a la asistencia y puntualidad del personal a su cargo. Asesora la elaboración del cuadro de distribución de horas de clases. Organiza y evalúa los servicios de matrícula, ratificación y traslado. Coordinar y monitorear las acciones de tutoría y orientación educativa (TOE). Suscribir convenios de apoyo interinstitucional. Coordinar con el CONEI en la gestión institucional y pedagógica. Velar por el cuidado, mantenimiento y conservación de los bienes y enseres de la modalidad, previa verificación del inventario con los Coordinadores de cada especialidad y áreas. Formular y evaluar el presupuesto del CEBA. Evalúa semestralmente su gestión pedagógica, administrativa y económica ante la asamblea de docentes. Estimula el buen desempeño docente estableciendo en el CEBA, prácticas y estrategias de reconocimiento público a las innovaciones educativas y experiencias exitosas. Desarrollar acciones de formación y actualización permanente. Coordinar con el Comité Gestión y Recurso financiero del CEBA. Planificar, dirigir, supervisar y evaluar las formas de atención: presencial de lunes a viernes y de viernes a domingo. Otras que se le asigne por norma específica del Sector. Ejecutar y evaluar el PAT semestralmente.

DEL COORDINADOR DE TUTORIA Y ORIENTACIÓN (TOE): Articulo 41.- Es responsable de la organización y funcionamiento del área a su cargo, así como orientar, promover y apoyar el desarrollo de las acciones educativas. Son funciones del TOE: a) Organizar y supervisar las actividades de orientación y los servicios de bienestar del educando en la modalidad, con la participación de los Tutores, en las áreas: personalsocial, académico, vocacional, salud corporal y mental, cultura y actualidad. b) Elaborar el Plan Anual de Trabajo de Tutoría y participar en la elaboración y evaluación del Proyecto Educativo Institucional. c) Detecta problemas que presentan los estudiantes y contribuir a su solución, estableciéndose las coordinaciones con los servicios de salud, asistencia social, orientación vocacional académica y otros. d) Organizar equipo de brigadieres de la modalidad. e) Elabora el calendario cívico escolar en coordinación con la Dirección y Jefe de Talleres. f) Coordina para que se cumpla con las fechas cívicas del Calendario Cívico Escolar en forma interna y externa. g) Velar por la disciplina, con el Jefe de Talleres durante las actividades permanentes y después del refrigerio. h) Programar y llevar a cabo charlas de orientación y tutoría para los estudiantes. i) Ejecutar acciones de revisión de mochilas y enseres a fin de requisar instrumentos que puedan atentar contra la integridad de los estudiantes. j) Planificar los contenidos y las actividades de orientación por grados y secciones las que se realizaran mediante las programaciones curriculares. (hora pedagógica). k) Elaborar el cuadro de tutores según la propuesta de los estudiantes por secciones. l) Velar por el cuidado y conservación de los bienes y enseres de la Coordinación de Tutoría elevando el inventario respectivo. m) Elaborar informe semestral ante la asamblea de docentes. n) Las funciones mencionadas alcanzan a las formas de atención: presencial de lunes a viernes y de viernes a domingo. Según el horario aprobado por el director del plantel. o) Propiciar un clima de armonía y respeto entre docentes, estudiantes, padres de familia y personal administrativo. p) Formula y elabora el informe semestral de inasistencia del 30% y deserción escolar de los educandos de diferentes grados y secciones, informando al Director para el trámite correspondiente. q) Verificar e informar la permanencia de los Docentes en las horas de clase con el parte. r) Tener al día el directorio de los estudiantes. s) designar a los asesores a propuesta de los estudiantes siempre en cuando que el profesor este a cargo de la sección, y en áreas técnicas participaran dos profesores. JEFATURA DE TALLERES: Artículo 42.- El jefe de talleres, depende del Director y cumple las siguientes funciones: a)

Elaborar el Plan Anual de Trabajo de la Jefatura, previa coordinación con los docentes del área técnica y participa en la formulación y elaboración del Proyecto Educativo Institucional. b) Programa, ejecuta, evalúa el desarrollo curricular de las especialidades. c) Visa los documentos técnico pedagógico del Área y de las diferentes especialidades, proyectos de aprendizaje enseñanza y/o de trabajo.

d) Orientar a los docentes en la programación y desarrollo de las competencias y aprendizajes a lograr. e) Programa, organiza, orienta, monitorea, hace seguimiento y evalúa el proceso de los aprendizajes en los talleres. f) Vela por el cuidado y conservación de los bienes y enseres (máquinas, equipos y/o herramientas) de las diversas especialidades del Área Técnica, llevando el inventario respectivo, previa verificación con los coordinadores de cada especialidad. g) Propicia y organiza acciones de mantenimiento y conservación de equipos, herramientas e insumos de los talleres en coordinación con la Subdirección Administrativa de EBR. h) Participar en la conservación de la disciplina en coordinación con la Coordinación de Tutoría, en especial en la conservación de la disciplina, en la actividad permanente como después del recreo. i) Coordinar las acciones técnico-pedagógicas con los Coordinadores de Especialidad. j) Elaborar informe semestral a la asamblea de profesores sobre el desempeño de su cargo k) Apoyar en el diseño de los proyectos de las actividades productivas. l) Participar en la administración de las diferentes formas de atención. m) Elabora y difunde las normas, cartillas, manuales, afiches de seguridad e higiene en los talleres del CEBA. n) Elabora, en coordinación con los docentes a su cargo el perfil ocupacional y las hojas de instrucciones. o) Toma previsiones en caso de ausencia de docentes de áreas técnicas. p) Cumple con su jornada laboral de 40 horaspedagógicas de las cuales 12 horas están destinada a dictar clases., y 28 horas a la coordinación Tanto en la presencial de lunes a viernes como de viernes a domingo. Según el horario aprobado por el director del plantel. CONSEJO EDUCATIVO INSTITUCIONAL: Articulo 43.- El CONEI es el órgano de participación, concertación y vigilancia de nuestra institución, que colabora con la promoción y ejercicio de una gestión eficaz, transparente, ética y democrática promoviendo el respeto a los principios de equidad, inclusión e interculturalidadEs presidido por el Director de la Institución Educativa y está conformado por los; representantes del personal docente, del personal administrativo, de los estudiantes, de los ex alumnos, de los padres de familia y cumple las siguientes funciones: ASPECTO DE PARTICIPACIÓN: a)

Participa en la formulación, ejecución y evaluación del Proyecto Educativo Institucional, PAT, Proyecto Curricular del Centro, Proyecto de Mejoramiento y el proyecto de Innovación y demás instrumentos de gestión. b) Promueve mecanismos y modelos de participación de los actores educativos de la sociedad civil, para contribuir al buen clima y liderazgo Institucional, así como en la evaluación de la gestión de las Instituciones orientadas a mejorar sus prestigio en la comunidad. c) Fortalece las competencias profesionales de los docentes y directores a través de procesos de capacitación en los aprendizajes fundamentales. d) Propone acciones concretas de sensibilización en la comunidad educativa orientadas a la conservación del local y uso adecuado del mobiliario y equipos de la institución educativa. e) Apoya las campañas y movilizaciones establecidas dentro del Programa Nacional de Emergencia Educativa.

f)

Vela por el cumplimiento de las Normas de convivencia y asume la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad educativa. g) Participa en el Comité de Evaluación para el ingreso, ascenso y permanencia del personal docente y administrativo de la institución, de acuerdo con la normatividad específica que emita el Ministerio de Educación. h) Promueve mecanismos de reconocimiento y estímulos al personal docente y administrativo, que destaquen en su desempeño en el aula y en la Institución; y a los estudiantes según los resultados obtenidos en el marco del Proyecto Curricular del Centro y en el Proyecto Educativo Institucional. EN ASPECTOS DE CONCERTACIÓN: a) b) c)

Promueve el establecimiento de vínculos con las organizaciones e instituciones de la localidad que potencien el uso de los recursos existentes para el proceso de enseñanza aprendizaje. Brinda apoyo a la Dirección de la Institución Educativa en la resolución de conflictos que se susciten en el interior de ella. Genera acuerdos que fortalezcan la mejora de gestión pedagógica, institucional y administrativa de la institución educativa, en el marco de Programa Nacional de Emergencia Educativa, priorizando con la comprensión lectora el pensamiento lógico matemático, promoción de comportamientos de la vida organizada en función de valores, y una cultura de derechos en cada aula de la Institución Educativa.

EN ASPECTOS DE VIGILANCIA: a) Vigila la equidad del género en el acceso y permanencia de los estudiantes. b) Ejerce acciones de vigilancia en el desempeño de los actores de la Institución Educativa y evita acciones extremas que afecten el buen funcionamiento institucional, promoviendo el trabajo digno, la gestión transparente y participa en su evaluación. c) Colabora con el Director en garantizar el cumplimiento de las horas efectivas de aprendizaje, el número de semanas lectivas y la jornada del personal docente y administrativo, para alcanzar el tiempo de aprendizaje requerido por los diferentes niveles y modalidades d) Verifica el uso efectivo de las horas de clase, áreas curriculares según la secuencialización de contenidos y/o competencias del Proyecto Curricular del Centro. e) Verifica la asistencia y puntualidad de los docentes de acuerdo al horario de clases. f) De conformidad con el artículo 69º de la Ley 28044, los CONEIs participarán y vigilarán el proceso de racionalización, participando en las Comisiones de Racionalización de las Instituciones Educativas, señaladas en el numeral 5.6 de las disposiciones Generales de la Directiva Nº 111-2004-ME/SG. g) Las opiniones y/o recomendaciones quedarán registradas en un libro de actas que debe estar bajo custodia del Director de la Institución Educativa (Presidente de CONEI).

Artículo 44º. ÓRGANO CONSULTIVO CONEI a)

Armonizar criterios para la formación, ejecución, supervisión y evaluación del plan anual del CEBA.

b)

Analizar y seleccionar alternativas que contribuyan al mejor desarrollo de las actividades técnico-pedagógicas y administrativas del CEBA.

DEL PERSONAL DOCENTE DEL CEBA: Artículo 45º. Son funciones del Personal Docente a) Cumplir sus funciones con dignidad, eficiencia, responsabilidad, honestidad y lealtad a la Institución, a las leyes y los dispositivos legales vigentes. b) Participa en la formulación, elaboración, ejecución y evaluación del PEI, PCC, PAT, RIN y otros documentos de gestión, y en las reuniones de coordinación académica a los que son convocados. c) Permanecer en la Institución durante su jornada laboral desempeñando sus funciones pedagógicas de acuerdo al horario y otras actividades asignadas por la Dirección. y/o entes superiores. d) Registra su ingreso, permanece cumpliendo sus funciones y luego registra su salida en el cuaderno de asistencia caso contrario se le considera falta a su labor pedagógica. e) Elaborar y desarrollar la documentación técnico pedagógico: Programación Curricular Anual, Unidades de Aprendizaje y Sesiones de Aprendizaje. f) Realizar acciones de recuperación pedagógica. g) Contribuir a la formación integral del estudiante y velar por la disciplina escolar, educando con el ejemplo. h) Practicar el buen trato en la Institución Educativa entre todos los agentes. i) Integrar las diferentes comisiones de trabajo y participar en las actividades cívicas patrióticas. j) Participar en la acción tutorial de los estudiantes. k) Contribuir y velar por la buena conservación y mejoramiento de la Infraestructura Educativa. l) Asistir a las reuniones de carácter ordinaria y extraordinaria, previa citación anticipada. m) Firmar el parte diario de clases obligatoriamente de lo contrario se le pondrá falta informando a la superioridad. n) Permanencia obligatoria en las actividades programadas en el calendario cívico escolar. DE LA SECRETARIA: Artículo 46º. El personal de oficina tiene una jornada laboral de 40 horasDepende de la Dirección y sus funciones son: a) Preparar y redactar la documentación oficial de la I.E., para fines convenientes, mantenimiento actualizado el archivo de los documentos de Secretaria, tramitando en su oportunidad. b) Estudiar expedientes y remitir los proveídos para el trámite correspondiente c) Recepcionar, registrar, clasificar, archivar y distribuir documentos internos y externos del CEBA. d) Registra, e informa sobre documentos que ingresan a la oficina. e) Revisa las nóminas de matrícula comparándolas con las partidas de nacimiento a fin de semestre. f) Brindar la información necesaria al usuario sobre los trámites a efectuar en las áreas pertinentes en el marco de la transparencia y honestidad. g) Ejecuta y verifica la actualización de nóminas, registros, fichas de matrículas y documentos técnicos del CEBA. h) Elaborar los certificados de estudios, constancias y boletas de información.

i) j) k) l) m) n) o) p)

Mantener actualizado el escalafón del personal docente y administrativo del CEBA. Planificar, organizar, dirigir y controlar el flujo de los documentos. Llevar el libro de actas, suscribiendo los acuerdos. Establecer mecanismos de control interno para la recaudación de recursos propios y de matrícula. Realizar el arqueo de caja y hacer el depósito diario a la cuenta del CEBA. Es miembro nato del Comité de Recursos Financieros del CEBA. por la naturaleza de su labor y función administrativa. Mantener en orden e higiene el lugar donde labora. Otras acciones inherentes al cargo asignados por el Director.

DE LOS TRABAJADORES DE SERVICIO PORTERIA Y DE LIMPIEZA. Artículo 47º. El personal de servicio tiene una jornada laboral de 40 horasdependen del Director y sus funciones son: a) Custodiar el local y los bienes del Centro Educativo, mediante rondas permanentes, estando bajo su responsabilidad en su jornada de trabajo. b) Controla y orienta el ingreso y salida de personas al interior del local, así como de los equipos, materiales y otros, que cuenten con la respectiva autorización. c) Cumplir con los turnos programados, registrando las incidencias y casos en el cuaderno de registros, informando de las ocurrencias a su jefe inmediato superior. d) Limpiar 10 minutos antes de ingreso, los 16 salones de clase del “PRC”. e) La limpieza debe realizarse en forma anticipada y no en hora de receso, cumpliendo su horario. f) Limpieza total de las aulas y talleres, mobiliario, baños, patio y otros ambientes del plantel. g) Efectuar la limpieza permanente de los servicios higiénicos antes, durante y después del uso de los estudiantes y personal de la Institución en salvaguarda de la salud de los educandos, velando por su conservación y óptimo funcionamiento. h) Rotar trimestralmente de las funciones que desempeña. i) Estar a disposición de la Dirección, la Coordinación de Tutoría y docente ante las necesidades del CEBA, prender las luces para las actividades permanentes, el cuidado de la disciplina a la hora de entrada y después del recreo. j) Apoyar al Coordinador de Tutoría en la disciplina de los estudiantes a la hora de entrada, receso y salida. k) Controlar el ingreso a personas ajenas a la Institución en horas de clase, salvo autorización expresa de las autoridades correspondientes. l) Abrir el portón para el ingreso de los estudiantes de acuerdo a su turno. m) No permitir la salida de ningún estudiante antes de la hora correspondiente excepto cuando tiene permiso de emergencia en cuyo caso presentan su papeleta de salida. n) No abandonar su puesto de trabajo ni encargar a otros sus funciones. o) Informar detalladamente los daños (y/o) desperfectos de las instalaciones y mobiliario indicando a la persona responsable, fecha y circunstancia del hecho. p) Velar por la conservación de la infraestructura y áreas verdes del CEBA. q) Realizar trabajos de almacenamiento, embalaje y distribución de materiales. r) No puede abandonar el CEBA. durante su horario de trabajo sin conocimiento sin autorización del Director. s) Debe ofrecer un trato respetuoso al personal docente, estudiantes y padres de familia. t) Mantener limpio, cuidar y conservar los servicios higiénicos.

u) Prestar atención y servicio oportuno en la modalidad presencial de lunes a viernes y de viernes a domingo;así mismo en la atención semipresencial según horario aprobado por el director del plantel. DE LOS OFICINISTAS: Artículo 48.- El personal de oficina tiene una jornada laboral de 40 horas, depende de la Dirección, cumple las siguientes funciones: a) Recepciona y registra todos los expedientes que se presentan en la Institución Educativa de acuerdo a la simplificación administrativa. b) Llevar y mantener al día el libro de actas. c) Verificar la conformidad de los certificados de estudios. d) Proyecta los Resoluciones Directorales y Proveídos entregados por el Director del CEBA. e) Velar por la seguridad, conservación y mantenimiento de los bienes de la oficina de Secretaria y de la Dirección del CEBA, levantando el inventario físico respectivo. f) Ingresa las notas bimestrales a la computadora y emitir las boletas correspondientes. g) Redacta Resoluciones, proveídos y otros documentos de acuerdo a modelos establecidos; h) Elabora certificados y/o constancias de Estudio, actas promocionales, de recuperación y/o subsanación. i) Velar por el orden y conservación de los archivos, de las actas y registros de evaluación que están a su cargo. j) Informa por escrito a la Dirección sobre los errores detectados en las nóminas de matrícula, registros, fichas y actas de evaluación, para las acciones correspondientes. k) Otras funciones que le asigne el Director, según la necesidad de servicio. ORGANOS DE COORDINACIÓN ESTUDIANTIL: Artículo 49.- Son funciones Del Consejo de Participación Estudiantil (COPAE): a) b) c) d) e) f) g) h) i) j) k) l)

Promover y difundir en la Institución Educativa de EBA y en la comunidad, los deberes y derechos de los jóvenes y adultos en general. Garantizar la atención de las demandas de los estudiantes referentes a sus derechos. Crear un clima favorable al buen entendimiento, al sentido de justicia, al espíritu de conciliación. Formular propuestas para mejorar la calidad y pertinencia del servicio educativo. Representar a los estudiantes en las diferentes instancias de gestión de la Institución Educativa. Propiciar la participación activa y consciente de los estudiantes en la gestión educativa. Elaborar el Plan Anual de Actividades del Consejo de Participación Estudiantil y su Reglamento de funcionamiento interno. Elegir a sus asesores entre los docentes de la Institución Educativa. Asegurar la capacitación de los miembros del Consejo elegidos para el ejercicio de sus funciones. Aplicar en forma constructiva y formativa toda medida de sanción. Se evitará el sensacionalismo o el escándalo que daña la dignidad de las personas. Compartir con la DEMUNA y Defensoría del Niño y Adolescente la experiencia ganada en el ámbito de la EBA. Derivar a la DEMUNA u otra instancia similar los casos que no puedan ser atendidos por el Consejo de Participación Estudiantil.

COORDINADORES DE ÁREA Y/O ESPECIALIDAD: Artículo 50.- Instancia de coordinación con la Dirección, con el Jefe de Talleres, son sus funciones: a) Los Coordinadores de Área de Ciencias y de Humanidades como los Coordinadores del Artera Técnica para el trabajo son designados por sus integrantes, teniendo en cuenta su responsabilidad, puntualidad, ascendencia, etc.,... b) Informar a los profesores de Área y/o Especialidad sobre los acuerdos inherentes tomados en reunión de coordinación con la Dirección o con el Jefe de Talleres sobre el trabajo pedagógico y actividades del plantel. c) Orientar a los profesores de su Área y/o Especialidad sobre aspectos técnico-pedagógico. d) Coordinar los trabajos y/o proyectos de su Área y/o Especialidad: que se realizarán durante el presente Año Escolar. e) Propiciar las buenas relaciones humanas en el trabajo pedagógico. f) Promueve acciones de mejoramiento (ambientación, orden limpieza, etc.,..) de su Área y/o Especialidad. g) Informar sobre el desempeño laboral de los docentes. h) Promover la participación de los profesores en acciones de Promoción Educativa Comunal. i) Plantear los problemas del área o especialidad y brindar alternativas de solución ante la Dirección CAPÍTULO XIV DE LOS DERECHOS, ESTÍMULOS, FALTAS Y SANCIONES DEL PERSONAL Artículo 51º.El Director, el personal jerárquico, docentes, personal administrativo y de servicios son responsables administrativamente por el cumplimiento de las normas legales. DERECHOS: 2Artículo 50º.- Son derechos de los trabajadores de la Institución: a) Hacer Carrera Pública en base a los méritos. b) Todos los docentes deben tener la oportunidad de participar en cursos que organice la institución. c) Tener derecho a 60 días de vacaciones anuales (docentes), 30 días directivos, administrativo y personal de servicio. d) El personal docente y administrativo tienen derecho a gozar de descanso físico en el día de su onomástico, si éste recae en un día no laborable, el descanso físico será el primer día útil siguiente. e) El profesor tiene derecho a gozar de permiso por el día del maestro. f) El profesor tiene permiso con goce de remuneración por capacitación oficializada para concurrir a certámenes, seminarios, congresos auspiciados u organizados por el MINEDU o Gobierno Regional, vinculados con las funciones y especialidad del profesor. g) Recibir distinciones de acuerdo a sus méritos. h) Y otros estipulados en la Ley Nº 29944 Ley de Reforma Magisterial. i) Cumplimiento del horario de trabajo establecido según su cronograma. ESTÍMULOS: Artículo 53º.- El personal docente y administrativo, que en cumplimiento de sus funciones, realiza acciones sobresalientes a favor de la educación y la comunidad se hará acreedor a: a) Felicitación mediante Resolución Directoral. b) Diploma de honor.

c) Certificado y/o constancia por el buen desempeño laboral. d) Otros contemplados en la Ley Nº 29944 Ley de la Reforma Magisterial. FALTAS: Artículo 54º.- Son faltas: a) Incumplimiento de funciones y responsabilidades asumidas. b) Incumplimiento de acuerdos consensuados. c) Negligencia en el desempeño de sus funciones. d) No registrar su permanencia en la institución educativa e) La concurrencia al trabajo con síntoma de embriaguez, en salvaguarda de la integridad social y moral de los estudiantes. f) Abandonar su trabajo pedagógico durante la jornada laboral, sin autorización de la Dirección. g) Está terminantemente prohibido utilizar celulares en el aula y en horas de clase, salvo en caso de emergenciay éste se realizará en el pasadizo utilizando un tiempo en lo posible mínimo. h) La inasistencia a reuniones, actividades deportivas, actividades cívico-culturales y otros que la Institución promueva. i) Está prohibido durante las sesiones de enseñanza –aprendizaje conversar en el aula entre dos o más docentes y/o personas ajenas a la institución generando la interrupción y distracción de los estudiantes. SANCIONES: Artículo 55º.- El personal que cometa falta disciplinaria tipificada en el presente Reglamento se hará acreedor a sanción según corresponda, previa opinión del CONEI. a) Amonestación verbal personal y en privado. b) Amonestación escrita. c) Suspensión del cargo por treinta días sin goce de haber. d) Cese temporal desde treinta días sin goce de haber hasta doce meses. e) Destitución del servicio. f) Por tres tardanzas se considera una falta. g) Por inasistencia de tres días consecutivos se considera abandono de cargo con suspensión de treinta días sin goce de haber. h) Por inasistencia de cinco días intercalado en dos meses se considera abandono de cargo y suspensión de treinta días sin goce de haber.

CAPÍTULO XV DE LOS DERECHOS, OBLIGACIONES, PROHIBICIONES, ESTÍMULOS, FALTAS Y SANCIONES DE LOS EDUCANDOS: DERECHOS: Artículo 56º.- El educando tiene los siguientes derechos:

a) b) c) d) e) f) g) h) i) j) k)

Recibir formación integral de acuerdo a lo dispuesto por la Ley General de Educación Nº 28044 y demás normas conexas, dentro de un ambiente que le brinde seguridad moral y física, así como de los servicios de tutoría. Ser tratado con dignidad y respeto, sin discriminación alguna, expresando libre y creativamente sus ideas y opiniones en el marco del respeto, la convivencia democrática y la vida saludable. Gozar de los mismos beneficios que los estudiantes de otras modalidades educativas. Recibir un servicio educativo de calidad en locales y espacios educativos adecuados que garanticen su seguridad. Contar con el equipamiento y los materiales adecuados a los requerimientos de aprendizaje. Ser representado en el Consejo Educativo Institucional con un delegado de jóvenes y adultos. Participar del proceso de evaluación de la calidad del servicio educativo. Participar en todas las actividades y eventos culturales, deportivos, artísticos, religiosos, cívicos y otros organizados por el CEBA, Ser evaluados con justicia, equidad y merecer las notas que les corresponda. Recibir estímulos en mérito a su participación representando a la Institución, en aprovechamiento académico y conducta. Ser elegido como representantes en la organización estudiantil.

OBLIGACIONES: Artículo 57º.- El educando tiene los siguientes deberes y/o obligaciones: a) Respetar a sus profesores, condiscípulos y personal del CEBA. b) Participar responsablemente en las actividades del CEBA. c) Asistir a su Institución Educativa debidamente aseados, con útiles escolares completos según lo dispuesto por la Dirección. d) Cuidar los ambientes, mobiliarios y demás instalaciones del CEBA. e) Cumplir con el régimen educativo del plantel con fe y confianza en sus profesores. f) Asistir con puntualidad a sus labores siendo la hora de ingreso a las 6:00 p.m. y hora salida a las 10:10 pm. g) Representar al colegio en cualquier actividad deportiva, cultural o artística. h) Cumplir las normas disciplinarias de acuerdo al reglamento interno del colegio. i) Demostrar hábitos de higiene. j) Reponer y/o reparar inmediatamente el mobiliario o material dañado o destruido. PROHIBICIONES: Artículo 58º.- Son prohibiciones de los estudiantes: a) Evadirse de clase y de la I.E. b) Causar deterioros en el local escolar, instalaciones y el mobiliario. c) Maltratar de palabra u obra a sus compañeros. d) Abandonar las aulas en las horas de clases sin autorización del profesor. e) Portar objetos punzo cortantes y armas de fuego. f) Asistir a la Institución en estado etílico o portar bebidas alcohólicas. g) Hacer uso de equipos electrónicos en aulas en horas de clase, así como celulares y otros. h) Propiciar, organizar o integrar pandillas juveniles dentro y fuera del plantel. i) Apropiarse de cosas ajenas dentro de la institución. j) Está terminantemente prohibido utilizar celulares en el aula y en horas de clase, salvo en caso de emergencia.

DE LOS ESTÍMULOS: Artículo 59º.- Los estímulos a que se hacen acreedores los educandos que sobresalen y realicen acciones extraordinarias dentro y fuera de la Institución Educativa son: a) Felicitación y reconocimiento verbal y/o por escrito. b) Diploma honor al mérito. c) Medalla de reconocimiento, becas de estudio y otros. Artículo 60º.- Los cinco primeros estudiantes del CEBA que obtengan los más altos promedios generales al finalizar sus estudios, se hacen acreedores a becaspara postular a las Universidades e Instituciones Superiores de formación profesional de la Región. Artículo 59º. Se considera acciones extraordinarias dentro de la Institución Educativa, el alto rendimiento académico y el buen comportamiento, fuera de él las buenas acciones realizadas en favor de la comunidad. DE LAS SANCIONES: Artículo 61º.-Las sanciones que se aplican al educando por faltas a sus deberes son: a) Amonestación verbal o escrita del profesor y/o coordinador de OBE. b) Amonestación verbal o escrita del Director. c) Suspensión por un periodo de ocho días con opinión del CONEI. d) Devolución de documentos (expulsión) en caso de reincidencia con opinión del CONEI. RÉGIMEN ADMINISTRATIVO CAPÍTULO XVI DE LOS PROCEDIMIENTOS Y REGISTROS ADMINISTRATIVOS: Artículo 62º.- La jornada laboral del personal directivo, docente y de servicio es de lunes a viernes. Artículo 63º.- Todo el personal está obligado a registrar su hora de ingreso y salida en el parte de asistencia respectivo. Artículo 64º.- Los documentos utilizados en las acciones de supervisión interna, obrarán en el archivo del plantel. Artículo 65º.- El CEBA organizará el escalafón interno del personal. Artículo 66º.- La elaboración de la Estadística relacionada con la matrícula, promoción y desarrollo de las asignaturas es obligatoria y serán remitidas a la UGEL… en las fechas programadas según Cronograma para tal efecto. Artículo 67º.- Las reuniones del personal docente y otros actos significativos del plantel constarán en el libro de actas. Artículo 68- Los bienes muebles y enseres del plantel estarán registrados en el inventario correspondiente. Artículo 69º.- Las fichas, nóminas de matrícula y actas de evaluación estarán debidamente ordenas y archivadas para su rápido manejo y control. Artículo 70º.- Los registros de evaluación serán de uso permanente de los docentes. Artículo 71º.- Los Decretos Directorales deberán ser debidamente numerados y archivados. Artículo 72º.- La documentación contable y pedagógica es patrimonio institucional y deberá ser archivada con la seguridad del caso. CAPÍTULO XVII

RÉGIMEN ECONÓMICO DE LA ADMINISTRACIÓN DE LOS RECURSOS De los Ingresos Propios Artículo 73º.- El dinero que ingrese se invertirá en rubros que conlleven a las necesidades prioritarias de la institución son:  En áreas técnicas para las especialidades que cuenta.  Iluminación de aulas y talleres.  Mantenimiento y reparación de los aparatos informáticos.  Material educativo y materiales de oficina.  Para ciencias y humanidades. Artículo 74º.- Los recursos económicos y financieros serán administrados por el Comité de Gestión y Recursos Financieros del CEBA, nominados en Asamblea de Profesores para un periodo lectivo, quienes estarán en la obligación de informar el balance económico. Las asambleas de profesores determinará el monto de la matrícula, de mismo modo aprobará la distribución porcentual de los cinco rubros. CAPÍTULO XVIII DE LAS ADQUISICIONES: Artículo 75º.- Asegurar el debido equipamiento y la oportuna renovación del mobiliario, equipo y material educativo usado; de modo que estén de acuerdo con las innovaciones y la tecnología moderna. CAPÍTULO XIX DEL INVENTARIO: Artículo 76º.a) El Director es responsable del uso y actualización del inventario. b) Todo el personal está autorizado para el uso de los bienes, herramientas, equipos y demás enseres, mientras los cuide y no los deteriore. c) Para su uso, debe firmarse el cargo y una vez devuelto el bien debe dar conformidad del descargo. d) Cada fin de año debe levantarse el inventario; con las altas y las bajas que sean necesarias. e) En el Área de Educación para el Trabajo, el inventario de altas y bajas estará conformado por el Director, Jefe de Talleres, Docentes del Área y un personal administrativo. CAPÍTULO XX DE LA COMISIÓN DE DISCIPLINA: Artículo 77º.- La comisión de disciplina lo conforman: a) Director. b) Coordinador de tutoría. c) Jefe de talleres. d) Representante de CONEI – COPAE CAPÍTULO XXI

Artículo 78º.- El CEBA, establecerá sus relaciones y coordinaciones con el Ministerio de Educación a través de la UGEL... Artículo 79º.- La Dirección de la Institución Educativa solicitará la asesoría de la UGEL... de acuerdo a las normas legales vigentes, a fin de optimizar el servicio educativo. DISPOSICIONES TRANSITORIAS PRIMERA. El Reglamento Interno será aprobado por la Asamblea General de Profesores. SEGUNDA. El presente Reglamento será distribuido a los profesores y miembros de la Institución de la Comunidad Educativa. TERCERA. Entra en vigencia al día siguiente de su aprobación. CUARTA. El presente Reglamento Interno deberá ser revisado y aprobado al inicio del año escolar, de conformidad al Reglamento de la Ley Nº 29944 Ley de Reforma Magisterial CAPITULO XXII CONVIVENCIA ESCOLAR DEMOCRÀTICA Se refiere a las relaciones interpersonales y grupales que se establece entre los integrantes de la comunidad educativa y configuran la vida escolar en el CEBA “Politécnico Regional del Centro” caracterizada por el respeto hacia los derechos de los demás, la aceptación de normas consensuadas, la solución pacífica de los conflictos hacia una democracia y formación ciudadana y desarrollo integral de los estudiantes. FINALIDAD: 

Motivar y crear relaciones democráticas entre los integrantes de la comunidad educativa, como fundamento para el ejercicio de una ciudadanía activa y el fortalecimiento de una cultura de solidaridad y equidad que contribuya a la valoración de la diversidad y al rechazo de cualquier forma de violencia.

EJES    

Democracia Participación. Inclusión. Interculturalidad.

FUNCIONES: 

FORMADORA -

Educación en valores y ejercicio de una ciudadanía democrática. Desarrollo de habilidades socio emocionales. Aprendizaje y respeto de las normas.





PROTECTORA - Garantiza un entorno acogedor, de cuidado y seguridad. - Fomenta el desarrollo saludable y el buen trato. - Incentiva las relaciones de confianza. REGULADORA - Se aprende a reconocer y asumir las consecuencias de las propias acciones. - Se aprende a ser responsable de las acciones y decisiones que se toman. - Desarrollo de la autonomía bajo el acompañamiento pedagógico.

CONVIVENCIA Y CLIMA ESCOLAR 



La convivencia escolar es un indicador de percepción basado en as experiencias personales reaccionados al entrono escolar reflejada en normas, metas, valores, relaciones interpersonales, práctica de enseñanza aprendizaje, estructuras organizacionales y materiales. La convivencia es un factor que contribuye al clima escolar; entonces la intervención positiva en el marco de la convivencia tendrá un efecto de mejora en el clima escolar.

LÍNEAS ESTRATÉTIGICAS 

PROMOCIÓN DE LA CONVICENCIA ESCOLAR EN EL CEBA -



Busca reconocer, fomentar las relaciones democráticas, participativas, inclusivas e interculturales a nivel del CEBA. - Promueve acciones que aporten a la mejora del clima escolar y a la formación integral de los estudiantes. PREVENCIÓN DE LA VIOLENCIA -



Se anticipa a situaciones de violencia mediante programas preventivos. Dirigida a estudiantes expuestos a riesgos de violencia.

ATENCIÓN DE CASOS - Intervención oportuna, afectiva y reparadora sobre hechos de violencia escolar. - El portal SISEVE es la herramienta a través del cual se coordina la atención de violencia escolar. CAPITULO XXIII

NORMAS DE CONVIVENCIA EN EL CEBA POLITÉCNICO REGIONAL DEL CENTRO 2017 DEL PERSONAL DOCENTE Y ADMINISTRATIVO: 1. Asistir al CEBA en buenas condiciones e higiene. 2. Asistir al CEBA con puntualidad y presentable. 3. Respetar la dignidad y funciones de la comunidad educativa y personas que asisten al CEBA. 4. Respetar la dignidad, integridad, libertad y demás derechos de los estudiantes. 5. Asistir al aula puntualmente de acuerdo al horario de cada docente y/o alumnos. 6. Cultivar y practicar los valores humanos en el aula, en el patio y fuera del CEBA. 7. Practicar la democracia y la justicia social. 8. Interés latente por el estudio y aprendizaje de los alumnos. 9. No usar el celular en el aula, sino en caso de emergencia en el pasadizo y un tiempo mínimo. 10. Por ningún motivo abandonar el aula con o sin alumnos, de igual manera en los talleres u otros, solo en casos de uso de los servicios higiénicos y otros que el Director autorice. 11. Mantener el aula y talleres limpios en sus horas de clase. 12. Colaborar en todo momento con la disciplina de los alumnos. 13. Participar activamente en todas las actividades educativas. 14. Estar pendiente que no jueguen los alumnos en las aulas y en los talleres en sus horas de clase. 15. Actuar con transparencia y legalidad en beneficio de la institución. NOTA.  No hay tolerancia a la entrada en el CEBA es 6:00 PM.  3 tardanzas y como máximo 10 minutos, se considerara cómo falta de un día.  Pasado los 10 minutos se considerara como falta una hora o un día respectivamente.  3 Faltas consecutivas se considerara abandono de cargo y una suspensión de 30 días sin goce de haber.  5 Faltas alternadas en 2 meses se considerara abandono de cargo y una suspensión de 30 días sin goce de haber. DE LOS ESTUDIANTES: 1. Asistir en forma puntual a clases las formas de atención.

de acuerdo al horario establecido de

2. Respetar a los profesores, compañeros, demás personas y a uno mismo. 3. Cumplir con las tareas y trabajos en fechas establecidas 4. No utilizar celulares en aula salvo en caso que se requiera en clase. 5. No coger cosas ajenas sin permiso. 6. Mantener la disciplina y el orden en el aula y otros ambientes del CEBA. 7. Mantener limpio el aula, otros ambientes del CEBA y su higiene personal. 8. Mantener ordenado, cuidar los materiales y enseres propios y comunes. 9. Compartir materiales educativos. 10. Comunicarnos utilizando vocabulario adecuado y en forma alturada. 11. No ingerir alimentos en hora de clase. 12. No traer o ingerir bebidas alcohólicas, drogas y otros;además esta prohibido traer objetos punzo cortantes que puedan ocasionar daño. 13. Tener interés y predisposición para el proceso de aprendizaje y aprendizaje autónomo.

LA COMISIÓN