CURSO DERECHO LABORAL TEMA REGIMENES LABORALES DEL PERU CATEDRÁTICO ABOGADO RONAL VILLEGAS AUTORES ALVAREZ MEZA LUIS
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CURSO DERECHO LABORAL
TEMA REGIMENES LABORALES DEL PERU
CATEDRÁTICO ABOGADO RONAL VILLEGAS
AUTORES ALVAREZ MEZA LUIS ALBERTO
SATIPO, MAYO DEL 2015
REGIMENES LABORALES DEL PERU
I.
ANTECEDENTES Antes del 29 de junio del 2008 1.
Régimen Laboral de la Actividad Pública DECRETO LEGISLATIVO 276 Trabajadores del sector público
2.
Régimen Laboral de la Actividad Privada DECRETO LEGISLATIVO 728 Trabajadores del sector privado
Después del 29 de junio del 2008
II.
1.
Régimen Laboral de la Actividad Pública DECRETO LEGISLATIVO 276 Trabajadores del sector público
2.
Régimen Laboral de la Actividad Privada DECRETO LEGISLATIVO 728 Trabajadores del sector privado
3.
Régimen Laboral de la Actividad Pública DECRETO LEGISLATIVO1057 Trabajadores del sector público
COMO SE DETERMINA EL REGIMEN LABORAL Verificando quién es el empleador: Sí el empleador es el ESTADO entonces tenemos que el trabajador pertenece al Régimen Laboral de Decreto Legislativo 276 o 1057
III.
Sí el empleador es UN PARTICULAR entonces tenemos que el trabajador pertenece al Régimen Laboral de Decreto Legislativo 728
QUE ENTIDADES ESTATALES TIENEN A SUS TRABAJADORES EN EL RÉGIMEN D. LEG. 728?
Poder Judicial Ministerio Público ESSALUD SUNARP SUNAT Defensoría del Pueblo COFOPRI Tribunal Constitucional INDECOPI, etc.
IV.
COMO SE DETERMINA EL RÉGIMEN LABORAL? Contrato de trabajo Boleta de Pago Reglamento Interno de Trabajo Ley de creación de la entidad estatal
V.
PORQUE ES IMPORTANTE DETERMINAR EL RÉGIMEN LABORAL DE CADA TRABAJADOR?
Para saber qué derecho y beneficios se le pueden aplicar, pues, cada régimen tiene sus propios beneficios y derechos. Ejm: Ley 24041 que regula la permanencia de un trabajador contratado, que tenga más de un año en una plaza orgánica. Este trabajador sólo puede ser cesado, previo proceso administrativo disciplinario, por falta grave.
VI.
SOBRE EL PAGO DE LAS GRATIFICACIONES LEGALES
5.I.
TRABAJADORES QUE ADQUIEREN PROTECCIÓN CONTRA EL DESPIDO ARBITRARIO
D. Leg. 276 Al año y un día (Ley 24041)
5.II.
D. Leg. 728 A los tres meses y un día (Art. 10 del D.S.003-97-TR Periodo de prueba)
D. Leg. 1057 No tienen protección
SOBRE EL PAGO DE LAS GRATIFICACIONES LEGALES
D. Leg. 276 Aguinaldo y se fija por Decreto Supremo DS 138-2011-EF (s/.300.00) Julio 2011
D. Leg. 728 Gratificación de Julio 2011 es igual a la Remuneración del trabajador
D. Leg. 1057 No tiene derecho ni aguinaldo o gratificación
5.III.
SOBRE EL PAGO DE LAS VACACIONES
D. Leg. 276 Es de 30 días
5.IV.
D. Leg. 728 Es de 30 días
D. Leg. 1057 Es de 15 días
SOBRE EL PAGO DE LAS VACACIONES NO GOZADAS
D. Leg. 276 No existe
D. Leg. 728 Sí existe, es igual a un Remuneración mensual
D. Leg. 1057 No existe