Reforma Agraria

TERCERO : ME LA REFORMA AGRARIA La reforma agraria peruana fue el proceso de una de las transformaciones de la propieda

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TERCERO : ME

LA REFORMA AGRARIA La reforma agraria peruana fue el proceso de una de las transformaciones de la propiedad del suelo agrícola en el Perú aplicada por el Gobierno Revolucionario de la Fuerza Armada. A partir de 1969, el gobierno peruano implementó una serie de medidas con el objetivo de transformar el panorama social del país, a través de un cambio en el sistema de distribución de la riqueza, particularmente del régimen económico y el de propiedad de la tierra. Una de tales medidas fue la promulgación del Decreto Ley N° 17716 (Ley de Reforma Agraria) el cual tenía el objetivo de transformar la estructura de titularidad de tierras del país y sustituir los regímenes de latifundio y minifundio por un sistema de redistribución equitativa de la propiedad rural. La reforma agraria se llevó a cabo a través de expropiaciones de predios rústicos. Dichos terrenos – cuyos propietarios eran tanto personas naturales como jurídicas – pasaron en un primer momento a ser de dominio estatal, y luego fueron distribuidos entre campesinos y pequeños agricultores organizados en cooperativas y sociedades agrícolas. Las personas expropiadas obtuvieron el derecho a ser indemnizadas según una tasación realizada por el Estado, y sobre la base de un justiprecio cuyo pago era imperativo por mandato constitucional. CONTEXTO INTERNACIONAL La Reforma Agraria fue un proceso político social ejecutado a nivel mundial, siguiendo las pautas del nuevo orden mundial de la época. Muchos países, básicamente los del llamado tercer mundo, se sumaron a la nueva forma de distribución de la riqueza. Entre los años 1900 y 1918 más de mil ciento catorce haciendas que representaban el 49 % de la superficie agrícola del país fueron adquiridas por tres gigantes de la industria: los hermanos Larco (relacionadas con la familia de José A. Larco), Rowe and Co y los Gildemeister (familia de origen judío de Polonia). En total estos tres trust pertenecientes a cinco familias poseían más de once millones de hectáreas.[cita requerida] Entre junio de 1969 y junio de 1979 se expropiaron más de nueve millones de hectáreas de tierra, que representaron unos 15,826 lotes, con las cuales se beneficiaron unas 370,000 familias. Primera cita Los propietarios de las tierras expropiadas fueron obligados a aceptar a cambio Bonos de la Reforma Agraria, de tres clases: a pagar en 20 años (clase A), 25 años (clase B) y 30 años (clase C), que se pagarían con un interés anual del 4 al 6% al rebatir. En la actualidad, se discute en los tribunales el actual valor de dichos bonos, cuyos principales propietarios son el Gramercy Funds Management(USA) y el Banco de Crédito del Perú.

ANTECEDENTES En 1958, 11 años antes de la reforma velasquista, Pedro Beltrán había encabezado una Comisión para la Reforma Agraria sin ningún resultado concreto. En 1963, durante el gobierno de la Junta Militar presidida por Nicolás Lindley, se promulgó la Ley de bases para la Reforma Agraria que creó el IRAC (Instituto de Reforma Agraria y Colonización) e inició el proceso de la reforma agraria en el valle de La Convención (Cuzco). Al año siguiente, durante el primer gobierno de Fernando Belaúnde Terry, se promulgó la Ley de Reforma Agraria, que no incluyó a las grandes propiedades de la costa norte y tuvo problemas para ser aplicada. Belaúnde, como signatario de la Carta de Punta del Este, se comprometió a: "Impulsar dentro de la particularidad de cada país, programas de Reforma Agraria Integral, orientados a la efectiva transformación de las estructuras e injustos sistemas de tenencia y explotación de la tierra donde así se requiera, con miras a sustituir el régimen de latifundio y minifundio por un sistema justo de propiedad, de tal manera que, mediante el complemento de crédito oportuno y distribución de los productos, la tierra constituya, para el hombre que la trabaja, base de su estabilidad económica, fundamento de su progresivo bienestar y garantía de su libertad y dignidad". Segunda cita Ley de Reforma Agraria del gobierno de Velasco La reforma fue retomada durante la dictadura de Juan Velasco Alvarado. El 24 de junio de 1969, se promulgó el Decreto Ley N° 17716, con el cual se inició el proceso. En los años siguientes, alrededor de 11 millones de hectáreas fueron adjudicados a cooperativas y comunidades campesinas. Dos tipos de cooperativas fueron formados: las Cooperativas Agrarias de Producción Social(CAPS) y las Sociedades Agrícolas de Interés Social (SAIS). Las CAPS fueron formadas en las haciendas agrícolas de la costa como propiedad colectiva de los trabajadores agrícolas. Las SAIS fueron organizadas en las haciendas ganaderas de los Andes como combinación de cooperativa de trabajo asalariado y comunidades campesinas tradicionales. Como resultado no solo se repartieron siete millones de hectáreas de tierras, sino que, además, liberó a una fuerza social que había estado oprimida durante la colonia española y la república criolla. Los complejos agroindustriales de la costa fueron los primeros en ser alcanzados por la reforma. El 24 de junio de 1969 soldados armados ingresaron a las haciendas azucareras de la costa norte para tomar las instalaciones y desalojar a sus propietarios[cita requerida], avanzando así, según Enrique Mayer, en la toma de los "privilegios de la oligarquía terrateniente nacional". La Confederación Campesina del Perú apoyó la expropiación de las haciendas, pero criticó la formación de estas supercooperativas y defendió el derecho de las

comunidades campesinas a recuperar las tierras de las haciendas adjudicadas a las SAIS. En 1972, fue promulgada la Ley N° 19400, la cual liquidó las organizaciones de los hacendados: la Sociedad Nacional Agraria, la Asociación de Ganaderos y la Asociación de Productores de Arroz. Para 1979, se habían expropiado 9.1 millones de hectáreas de las 30 de tierra cultivable del país. De 1969 a 1979, que fue lo que aproximadamente duraron los gobiernos de los generales Juan Velasco Alvarado y Francisco Morales-Bermúdez, se expropiaron 9. 065, 772 haciendas y 15, 826 fundos. Haciendas tradicionales como: Huyro, Pucuto, Pistipata (Familia De La Torre Romainville); Cartavio y Paramonga (W. R. Grace & Co.), Casa Grande(Familia Gildemeister), Roma (Familia Larco), El Choloque, La pared, Panfurri, Arenal (Familia Muro), Cayaltí (Familia Aspíllaga), Pucalá (Sociedad Vda.de Virgilio Dallorso), Pomalca (Familia de la Piedra), Tumán(Familia Pardo), Laredo (Familia Chopitea), Huando (Familia Graña) y Calipuy (Familia Ganoza) pasaron a ser cooperativas administradas por los trabajadores. REFORMA AGRARIA EN AYAVIRI FEDERACIÓN DE CAMPESINOS EN PUNO Cada 15 – 18 de diciembre de todos los años, se podrá recordar la fundación de la Federación Departamental de Campesinos – Puno [FDCP], previo a la constitución desde 1976 – 77 se ha desplegado el trabajo a través de la organización de sindicatos campesinos de algunas haciendas del distrito de Ayaviri, más adelante las haciendas como parte de la ejecución de la Reforma Agraria del general Velasco se han convertido en Empresas Rurales de Propiedad Social [ERPS] en la provincia de Melgar. En la provincia de Azángaro, se ha constituido la Federación Interdistrital de Campesinos – Asillo – San José. De igual manera, se ha trabajado con algunas comunidades campesinas y parcialidades de Nicasio, Laro y Calapuja de la provincia de Lampa, a este hecho se ha incorporado la parcialidad Conchilla [hoy comunidad] de Achaya – Azángaro. Se ha influido de manera efectiva en la Comunidad Campesina de Muni Grande del distrito de Samán – Azángaro. En la provincia de Puno, en algunas comunidades campesinas de Capachica, Coata, en algunas parcialidades y comunidades campesinas de Plateria se ha ejecutado trabajos pro congreso de la FDCP, extendiéndose hasta la Comunidad Campesina de Pichincuta del distrito de Ilave de la provincia de El Collao. En septiembre de 1978, toma de tierras de las comunidades campesinas de Vilque Petiquita y Torrupampa de Asillo – Azángaro al Fundo Cebada Huito de la SAIS Unión. El congreso fundacional ha sido en la Plaza de Armas de la capital distrital de San Juan de Salinas – Azángaro, terminando el cónclave a horas 05:00 p. m. del 17 de

diciembre de 1978. JRV ha participado de la fundación de la FDCP como delegado fraterno en representación de la Liga Agraria “Ciro Alegría” Provincias Lampa – San Román.

El 20 – 22 de junio de 1981 en la ciudad de Ayaviri, se ha realizado el Congreso de fundación de la Federación Unitaria de Campesinos – Melgar [FUCAM], esta es la unión de la Federación Provincial de Trabajadores y Campesinos – Melgar – CCP, Liga Agraria Huamán Tapara – Melgar – CNA y Federación Nacional de Trabajadores de Empresas de Propiedad Social – Melgar [FENATEPS], en esta reunión se ha debatido y aprobado la re – estructuración democrática de las Cooperativas Agrarias de Producción [CAPs], Sociedades Agrícolas de Interés Social [SAIS] y Empresas Rurales de Propiedad Social [ERPS]. Después de estos arduos trabajos, el 29 de octubre de 1985 se ha realizado la movilización de la Comunidad Campesina de Macarí [Comunidad – Distrito] y Comunidad Campesina de Santa Rosa a la Empresa Rural de Propiedad Social Kunurana [ERPS – K]. En esta marcha ha participado JRV. El 13 de diciembre de 1985, las comunidades campesinas de Macarí, Huamanruro, Selque y la parcialidad Collana Alto y la Comunidad Campesina de Santa Rosa [Comunidad – Distrito], ha tomado 10 mil hectáreas de tierra de la ERPS – K. En esta lucha ha tocado la responsabilidad a JRV en la toma de tierras de Huamanruro frente a la Central Huacauta de la ERPS – K. Esta acción ha sido la reforma a la reforma agraria de Velasco a través de la reforma agraria vía campesina de la FDCP. A este evento se le ha denominado re – estructuración de las CAPs, SAIS y ERPS. Esta reforma ha entregado un millón de hectáreas de tierras a 641 comunidades campesinas, entre ellos está los Grupos de Agricultores sin Tierra, cooperativas agrarias y empresas comunales en proceso de formación de esos tiempos. Valga anotar que la FDCP en los primeros años del siglo XXI, no ha podido convertirse en una organización de productores agrarios comuneros y parceleros en las líneas de producción de escala, eso sí las comunidades y parcialidades que fueron sus bases hoy son criadores [productores] de ganadería de lácteos y sembradores de pastos cultivados.

Todavía está en la informalidad, debido que no tiene el padrón de bases afiliadas. El Comité Directivo Departamental [CDD], no tiene institucionalizado las elecciones a través de la democracia campesina comunera, lo cual conlleva a que el CDD – FDCP ya no se elegiría en el Congreso, sino se elige el Comité Electoral para que ésta tiene que organizar el acto electoral en las bases afiliadas de acuerdo a la lista de electores, donde tiene que ejercerse un[a] comuner@ de base un voto.

Mar, José y Mejía, J. M.. La reforma agraria en el Perú. Instituto de Estudios Peruanos. Lima, 1980. p. 171. Kerekes, György. (1972) Reforma agraria y cooperativismo en Hungría : anexo el texto de la Ley de Reforma Agraria húngara, Lima: Humboldt. - Universidad Nacional Agraria La Molina