Rectificacion de Acta de Nacimiento.

EXPEDIENTE ESPECIALISTA ESCRITO SUMILLA : : : 01 : Solicitud de rectificación de partida. SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO DE PA

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EXPEDIENTE ESPECIALISTA ESCRITO SUMILLA

: : : 01 : Solicitud de rectificación de partida.

SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE LUYA: DOMELIA SANCHEZ TELLO, identificada con DNI Nº 44257078, con domicilio real en el Fundo Santa Isabel (Ref. A la vuelta de la Empresa Cervecera Dismar SAC) y señalando domicilio procesal en el Jr. Triunfo N° 597-2° piso Oficina “2” de esta ciudad, con derecho y el debido respeto me presento y digo: I.- PETITORIO. Señor Juez, en vía de PROCESO NO CONTENCIOSO, solicito la rectificación del Acta de nacimiento, de mi extinto hijo CARLOS CORREA SANCHEZ, en la cual por error del Registrador Civil de la época, se consignó en el cuerpo principal del documento como madre a “ROSA”, siendo mi nombre correcto DOMELIA tal como aparece en mi partida de nacimiento; por lo que debe rectificarse como madre de mi referido hijo DOMELIA SANCHEZ TELLO, conforme lo acreditare líneas adelante. II.- CITACIÓN. De considerar que el presente pedido afectará los intereses de la sociedad, solicito se cite al Ministerio Público para que a través del Fiscal de Turno en lo Civil se apersone al presente proceso. III.- FUNDAMENTOS DE HECHO 1. Que, mi hijo CARLOS CORREA SANCHEZ, con fecha 22 de Junio del presente año falleció a consecuencia de una severa golpiza que le propinaron unos facinerosos , hecho que se encuentra en investigación (Juicio Oral) ante el Juzgado Penal Unipersonal de la ciudad de Chachapoyas, Exp. N°. …………………. 2. A consecuencia de este proceso me dado con la sorpresa que en el Acta de nacimiento de mi extinto hijo aparece el nombre de su madre como ROSA, generándome obstáculos para realizar trámites como constituirme en actor civil y sus consecuencias a fin de hacer valer su derecho como corresponde. Por la cual me veo en la imperiosa necesidad de acudir a vuestro digno despacho con la finalidad de 3. Señor Juez, toda mi vida documentaria la he desarrollado con el nombre que ostento, no habiéndome percatado de los borrones y enmendaduras obrantes en mi acta de nacimiento; esto se explica por la sencilla razón que anteriormente las municipalidades expedían las llamadas partidas de nacimiento, que eran transcripciones de los libros de registro civil (nacimientos, matrimonios y

defunciones) realizadas por los encargados de estas oficinas registradores civiles, reproducciones en las cuales, obviamente, no era posible detectar los errores, borrones o enmendaduras que obraban en los originales, hechos que comenzaron a detectarse desde que se estableció la obligación de presentar las copias certificadas de las actas de nacimiento. 4. He utilizado el nombre con el cual me inscribió mi señor padre desde que tengo uso de razón y toda mi vida personal se ha sustentado en el mismo. IV.- FUNDAMENTOS DE DERECHO Art. 826º C.P.C.- Procedencia de la rectificación de partida. La solicitud de inscripción o de rectificación de una partida de matrimonio o de defunción, y la de rectificación de una partida de nacimiento, procede sólo cuando no se practicó dentro del plazo que señala la ley o cuando el Juez considere atendible el motivo. La solicitud de inscripción de partida de nacimiento se rige por la ley de la materia. Cuando se trate de la rectificación del nombre, sexo, fecha del acontecimiento o estado civil, se indicará con precisión lo que se solicita. Las normas de este Subcapítulo se aplican a la inscripción de los nacimientos, matrimonios y defunciones de peruanos ocurridos en el exterior, no registrados ante autoridad nacional. Art. 827º C.P.C.- La solicitud será formulada por: 1. El representante legal del incapaz y, a falta de aquél, por cualquiera de sus parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, para la rectificación de la partida de nacimiento. 2. La persona cuya partida de nacimiento se trata de rectificar, si es mayor de edad, y, si ha fallecido, por sus parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad. 3. Cualquiera de los cónyuges o, por fallecimiento de éstos, por cualquiera de sus parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, para la inscripción o rectificación de la partida de matrimonio. 4. Cualquiera de los parientes hasta cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad del fallecido, para la inscripción o rectificación de la partida de defunción. 5. Por el Ministerio Público cuando el fallecido no tiene parientes. En este caso no se requiere de publicación, salvo que la actuación del Ministerio Público se origine a pedido de interesado.

V.- VÍA PROCEDIMENTAL. La vía del proceso no contencioso. VI.- MONTO DEL PETITORIO No es cuantificable en dinero.

VII.- MEDIOS PROBATORIOS Y ANEXOS. 1-A Copia simple de mi DNI donde se verificará que el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil me ha considerado con mis prenombres y apellidos correctos: Maycol Jhacson Góngora Alva. 1-B Copia certificada de mi Acta de Nacimiento, en la cual se puede verificar los borrones y enmendaduras en mi segundo prenombre y mis apellidos. 1-C Original del Certificado de Estudios expedido por la Institución Educativa Nº 18254 – Pipus, donde cursé mis estudios primarios, acreditando el nombre que he ostentado desde mi nacimiento. 1-D Copia legalizada de la minuta de compra venta de bien inmueble, por la cual adquirí el bien inmueble signado como manzana 72, lote Nº 23 ubicado en el Asentamiento Humano Raùl Porras Barrenechea del Distrito de Carabayllo, Provincia y Departamento de Lima. 1-E Original del Certificado de Antecedentes Penales y Judiciales a fin de acreditar la buena fe en la interposición de la presente demanda. 1-F Impresión del REDAM para acreditar que no soy deudor alimentista 1-G Constancia de habilidad de mi Abogado patrocinante. 1-H Aranceles judiciales por ofrecimiento de pruebas y derecho de notificación. POR LO EXPUESTO: A Usted, Señor Juez, solicito admitir a trámite la presente solicitud y en su oportunidad declararla fundada, ordenando la rectificación correspondiente. OTROSI DIGO.- Que, en aplicación del ejercicio que me confieren los artículos 74º y 80º del Código Procesal Civil, confiero las facultades de representación al Letrado que autoriza el presente escrito, a efectos de que me represente indistinta o conjuntamente en todos los actos procesales; asimismo dejo constancia que me encuentro instruido de los alcances y efectos de la representación que otorgo. Luya, 30 de marzo del 2016

EXPEDIENTE ESPECIALISTA ESCRITO SUMILLA

:0168-2016-0-0101-JP-CI-01. :Torres Gallardo. : 03 : Solicita declarar consentida la sentencia.

SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE CHACHAPOYAS . DALILA MORI PORTAL, abogada de DOMELIA SANCHEZ TELLO, identificada con DNI Nº 44257078, en los seguidos con el Ministerio Público sobre rectificación de partida de nacimiento a Ud., respetuosamente digo: Que, solicito se sirva declarar consentida la sentencia de autos al no haber sido impugnada. Y se sirva cursar el correspondiente oficio a la Oficina del Registro Civil de la Municipalidad Provincial de Celendín, adjuntando copia certificada de la sentencia para que procedan conforme a lo ordenado y a Ley. Para este trámite solicito se me haga entrega de los partes correspondientes comprometiéndonos a devolver la notificación debidamente diligenciada. Por tanto: Pido a Ud., señora juez proveer como solicito. Chachapoyas, 26 de octubre del 2016