Proyecto Integrador I

Actividad N° 5 Proyecto Integrador I Asignatura Contabilidad Financiera I NRC 3354 Luisa Fernanda Giraldo ID: 270867

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Actividad N° 5

Proyecto Integrador I

Asignatura Contabilidad Financiera I NRC 3354

Luisa Fernanda Giraldo ID: 270867 Jorge Eduardo Herrera Torres ID:753380 Selma Garcia Mahecha ID 618104 Claudia Hernandez Ariza ID 586812

Tutor: Daniel Francisco Fuentes Baez

02 Abril de 2020

Introducción

El presente proyecto trata del proceso de creación de una empresa sus fundamentos teóricos, para su creación se necesita estructurar una serie de recursos materiales, humanos y económicos de cara a la consecución de una serie de objetivos establecidos por los emprendedores en la puesta en funcionamiento de su actividad. El estudio, que será en función del tipo de empresa a crear y de la inversión a realizar, va a dar lugar al Plan de Empresa, documento en el que se refleja el contenido del proyecto empresarial. Se inicia determinando las características según las normas y leyes regidas en el Código de Comercio, y el marco legal actual, lo cual dará inició a un proyecto integrador que permitirá adquirir nuevos conocimientos en el manejo del programa Siigo.

Objetivos

● Investigar y crear una empresa. ● Conocer y establecer el tipo de sociedad. ● Reconocer y comprender el paso a paso de la creación de la empresa en el aplicativo Siigo.

DOCUMENTO o MINUTA DE CONSTITUCIÓN Art.1:- Constituyentes: Jorge Eduardo Herrera Torres , identificado ID Nro. 753380,Claudia identificada con ID Nro. 586812, Luisa Fernanda Giraldo identificada ID Nro.270867. Selma Garcia Mahecha identificada con la ID Nro.618104 , Residentes todos en la ciudad de Bogotá. Art.2 - Tipo o especie de sociedad que se constituye: La sociedad que se constituye por medio de este documento es por acciones, del tipo Sociedad por Acciones Simplificada, esta se regirá, por las normas que de manera especial regulan esta especie de compañía en Código de Comercio Art.3: - Domicilio social: La compañía tendrá como domicilio principal la ciudad de Bogotá, Carrera 65 # 30-25 Barrio San fernando. Art.4: - Nombre de la sociedad: La sociedad actuará bajo la denominación social “Maderas y Accesorios SAS”, pudiéndose identificar también con la sigla “M & A S. A. S.” Art.5: - Término de duración: La sociedad tendrá un término de duración indefinido, pero podrá disolverse anticipadamente cuando sus socios así lo decidan. Art.6: - Objeto social: La sociedad tendrá por objeto, Código CIIU 5235 comercio al por menor de electrodomésticos, en establecimientos especializados Código CIIU 5236 comercio al por menor de muebles para el hogar, en establecimientos especializados Art.7:- Capital Autorizado, Suscrito y Pagado: El capital autorizado de la sociedad está expresado en PESOS y es de acciones de igual valor nominal, para

cada una. Los accionistas constituyentes han suscrito por un valor nominal, de

$400.000.000 capital que se encuentra suscrito y pagado en dinero en su totalidad, La clase de acciones aquí suscrita son de clase ORDINARIAS. CAPITAL

Capital Suscrito $

SUSCRITO

400.000.000

Jorge: 1.000 $100.000 $100.000 Claudia: 1.000 $100.000 $100.000.000 25% Valor acción Total porcenta Valor acción Total porcenta Luisa:1.000 $100.000 $100.000.000 25% je je Selma:1.000 $100.000 $100.000.000 25%

Art.8:- Responsabilidad de los accionistas: Los accionistas no serán responsables por las obligaciones laborales, tributarias o de cualquier otra naturaleza en la que incurra la sociedad, salvo que se utilice a la sociedad por acciones simplificada en fraude a la ley o en perjuicio participando o facilitando los actos fraudulentos, en este caso los accionistas serán responsables solidariamente de las obligaciones laborales, tributarias o de cualquier otra naturaleza en la que incurra la sociedad surgidas del o los actos fraudulentos, al igual deberán responder por los perjuicios causados. Art.9:- Reglamento de emisión de acciones: Corresponde a la junta directiva expedir el reglamento aplicable a la suscripción de las acciones reservadas,

ordinarias y de capital emitida por la sociedad. Art.10:- Administración y representación legal: La representación legal de la sociedad y la gestión de los negocios sociales estarán a cargo del gerente, cargo que será ocupado Luisa Fernanda Giraldo identificado con cédula de ciudadanía Nro. _________ expedida en el municipio de _____ quien tendrá como suplente a

Jorge Eduardo Herrera Torres, identificado con cédula de ciudadanía Nro._1033798746_, expedida en el municipio de _Bogotá D.C_. El suplente del gerente lo reemplazará en sus ausencias temporales y absolutas. El suplente tendrá las mismas atribuciones que la gerente cuando entre a reemplazarlo. Art.11: Balance general.- Anualmente, el 31 de diciembre se cortarán las cuentas para hacer el inventario y el balance general correspondiente así como el estado de resultados, el estado de cambios en el patrimonio, el estado de flujos de efectivo y el estado de cambios en la situación financiera del respectivo ejercicio. El balance, el inventario, los libros y demás piezas justificativas de los informes, serán depositados en la oficina de la administración con una antelación de quince (15) días hábiles al accionista único con el fin de que puedan ser examinados por el mismo. Art.12: - Aprobación del balance: El balance debe ser presentado por el representante legal de la sociedad por acciones simplificadas a consideración de la Asamblea de Accionistas con los demás documentos a que se refiere el artículo cuatrocientos cuarenta y seis (446) del Código de Comercio. Si la sociedad llegare a ser vigilada por la Superintendencia de Sociedades, dentro de los treinta (30) días siguientes a la reunión de la Asamblea de Accionistas, el representante

legal remitirá a la Superintendencia de Sociedades una (1) copia del balance y de los anexos que lo expliquen o justifiquen, junto con el acta en que hubieran sido discutidos y aprobados. .Art.13 - Utilidades: No habrá lugar a la distribución de utilidades sino con base en los estados financieros de fin de ejercicio, aprobados por los socios, aprobación que se presume por el hecho de la certificación mientras ocupe el cargo de gerente. Tampoco podrán distribuirse utilidades mientras no se hayan enjugado las pérdidas de ejercicios anteriores que afecten el capital,

entendiéndose que las pérdidas afectan el capital cuando a consecuencia de las mismas se reduzca el patrimonio neto por debajo del monto del capital suscrito. Art.14 - Disolución de la sociedad: La sociedad se disolverá por decisión de los socios o cuando se presente alguna de las causales previstas en la Ley. La disolución, de acuerdo a causal presentada, podrá evitarse con sometimiento a lo prescrito en la normativa comercial para el efecto. Art.15 - Enervamiento de causales de disolución: Podrá evitarse la disolución de la sociedad por acciones simplificada adoptando las medidas a que hubiere lugar de acuerdo a cada causal en específico, siempre que el enervamiento ocurra dentro de los seis (6) meses siguientes a la fecha en que el accionista reconozca su acontecimiento. Art.16 Liquidación: La liquidación del patrimonio se realizará conforme al procedimiento señalado para la liquidación de las sociedades de responsabilidad limitada. Actuará como liquidador el representante legal o la persona que designen

los accionistas. Los accionistas designará un liquidador, quien será responsable de adelantar el proceso liquidatorio conforme a la ley. Durante la duración del proceso de liquidación, el accionista único conserva los mismos poderes que tuvo durante la vida activa de la sociedad. Personificación jurídica de la sociedad.- Luego de la inscripción del presente documento en el Registro Mercantil, nombre de la empresa formará una persona jurídica distinta de sus accionistas, conforme se dispone en el artículo 2o de la Ley 1258 de 2008.

FIRMAS DE LOS SOCIOS...

Conclusiones

Como resultado de la investigación del trabajo propuesto por el docente se realiza la minuta la cual está compuesta por varios artículos que le dan fundamento al proyecto el cual es la creación de la empresa, esto permite tener un orden claro de la composición de la empresa.

Referencias Gravito Torres, Luis Xavier (2019) El derecho humano de asociación y su vulneración por la sociedad por acciones simplificadas (SAS) ISSN 0124-0102 https://www.icesi.edu.co/centros-academicos/censea_ext/minuta-s-as