Procedimiento de Accidentes

PROCEDIMIENTO ACCIDENTE DE TRABAJO Preparado por: Depto. de Prevención de Riesgos EMITIDO por: Eduardo Espinoza F. PR

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PROCEDIMIENTO ACCIDENTE DE TRABAJO

Preparado por: Depto. de Prevención de Riesgos

EMITIDO por: Eduardo Espinoza F.

PROCEDIMIENTO DE ACCIDENTE DE TRABAJO EMPRESA: AVEIRO PREMIER SERVICE LTDA.

PREPARADO POR: Eduardo Espinoza F. Experto en Prevención de Riesgos Y medio ambiente

REVIZADO POR: Carlos González P GERENTE GENERAL

Firma:

Firma:

Fecha: Diciembre 2012

Fecha: Diciembre 2012

APROBADO POR: Gerente general Aveiro premier service Ltda.

Firma:

Fecha: Diciembre 2012

PROCEDIMIENTO ACCIDENTE DE TRABAJO

Preparado por: Depto. de Prevención de Riesgos

EMITIDO por: Eduardo Espinoza F.

1. OBJETIVO Establecer un procedimiento en caso de acontecer un accidente de trabajo, con el fin de actuar de la forma más conveniente evitando atrasos, tanto en el traslado como posterior atención del o los involucrados. 2. ALCANCE Este procedimiento se aplicará para todo el personal que se encuentre en las distintas faenas en donde presta servicios la Empresa AVEIRO PREMIER SERVICIE LTDA 3. DISTRIBUCIÓN Áreas de Actividad Gerente Jefes de Área Prevención de Riesgos Jefe Administrativo Supervisores

TELEFONO

4. RESPONSABILIDADES En caso de que se produzca un accidente, se establece una única persona responsable encargada de dirigir las primeras operaciones, según corresponda el área de trabajo, vale decir; el encargado será el Jefe de area, o será el Supervisor.

5. DEFINICIONES.  Accidente del Trabajo. Es toda lesión que una persona sufra a causa o con ocasión del trabajo, y que le produzca incapacidad o muerte. (Ley 16.744 Art. Nº 5)  Accidente del Trayecto. Es toda lesión que una persona sufra en el trayecto directo, de ida o regreso, entre la habitación y el lugar del trabajo, y aquellos que ocurran en el trayecto. NOTA: Se considerarán también accidentes del trabajo los sufridos por dirigentes de instituciones sindicales a causa o con ocasión del desempeño de sus cometidosgremiales.Exceptuánse los accidentes debidos a fuerza mayor extraña que no tenga relación alguna con el trabajo y los producidos intencionalmente por la víctima. La prueba de las excepciones corresponderá al organismo administrador 6. PROCEDIMIENTO EN CASO DE ACCIDENTE DE TRAYECTO. En caso de que un trabajador sufriera un accidente de estas características, seguirá los siguientes pasos:

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a) Se trasladará al centro de atención más cercana. (si la lesión lo permite). b) Informar de lo ocurrido a su Supervisor de la Empresa Aveiro en forma telefónica.. c) Deberá informar al personal médico que esta afiliado a la mutual de la cámara chilena de la construcción (cchc). d) El trabajador o familiares deberá realizar una denuncia del accidente a Carabineros de Chile. (Comisaría más cercana). e) El prevencionista de la Faena tomará control de la situación.

7. PROCEDIMIENTO EN CASO DE ACCIDENTE LEVE EN EL LUGAR DE TRABAJO. Al producirse un accidente de estas características el afectado, o quien presencie el accidente, deberá informarlo inmediatamente a Supervisión de Aveiro premier servicie , mediante celular u otro medio igual de efectivo, para luego proceder a trasladar al lesionado al centro de atención más cercano. Si existiera policlínico en la faena se llevará atender como primera opción.

8. PROCEDIMIENTO EN CASO DE ACCIDENTE DE TRAYECTO. En caso de que un trabajador sufriera un accidente de estas características, seguirá los siguientes pasos: a) Se trasladará al centro de atención más cercana. (si la lesión lo permite). b) Informar de lo ocurrido a su Supervisor directo en forma telefónica. c) Deberá de informar al personal médico que está afiliado a la cámara chilena de la construcción cchc. d) Denuncia del accidente a Carabineros de Chile. (Comisaría más cercana) e) El prevencionista tomará control de la situación. 9. PROCEDIMIENTO EN CASO DE ACCIDENTE GRAVE Definición de accidente grave y fatal: según lo establecido por la SUSESO (Circular N°2.345), se entiende lo siguiente: Accidente fatal: a causa o con ocasión del trabajo y que provocan la trabajador en forma inmediata o durante su traslado a un centro asistencial.

muerte del

Accidente grave: a causa o con ocasión del trabajo y que: * Obligue a realizar maniobras de resucitación, o a realizar maniobra de rescate; * Ocurra por caída de altura de más de 2 metros; * Provoque en forma inmediata, la amputación o pérdida de cualquier parte del cuerpo. * Involucre un número tal de trabajadores que afecte el desarrollo normal de la faena afectada.

a)

El inciso 5° del artículo 76 de la Ley 16.744 establece que en el caso de accidentes graves y fatales: “....el empleador deberá suspender, en este caso el SUPERVISOR DE AVEIRO , de forma inmediata las faenas afectadas. El área

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afectada quedará demarcada con cinta de peligro y el equipo móvil no se moverá del área donde ocurrió el accidente. La reanudación de faenas sólo podrá efectuarse con previa autorización del organismo fiscalizador, ya sea SEREMI DE SALUD o/u DIRECCIÓN DEL TRABAJO. b) EL SUPERVISOR INFORMARA INMEDIATAMENTE A PREVENCIONISTA DE RIESGOS DE LA FAENA Y JEFE DE AREA. QUIENES DEBERAN PRESENTARSE EN FORMA INMEDIATA EN EL LUGAR DEL ACCIDENTE. c)

PREVENCIONISTA, quien tomará el control de la situación y deberá tomar las siguientes medidas:  Informar de inmediato tanto a la Inspección del Trabajo como a la Seremi de Salud, correspondiente al domicilio de los hechos;  Suspender la faena afectada;  Proceder a evacuar a los trabajadores de la faena afectada, si existe peligro para su seguridad y vida.  Avisar a la Inspección del Trabajo y a la Seremi de Salud sobre las correcciones efectuadas que permitan seguir laborando sin riesgo para la seguridad y vida de los trabajadores

d) En caso de Producirse en oficina Central se deberá dar aviso inmediato a Jefe Administrativo y Prevencionista de Riesgos. e) Supervisor de la faena deberán entregar la siguiente información al Dpto de Prevención:     

Tipo de accidente (fractura expuesta, amputación, Hemorragia, caída sobre una altura de 2mt, la persona esta consiente o no, o si existe más de un accidentado…) Ubicación exacta del o los accidentados. Nº de lesionados, características y estimaciones de su gravedad. Personal involucrado. Equipo involucrado.

El Supervisor o Jefe Administrativo, se comunicará vía telefónica con la ambulancia del centro asistencial más cercano si existe riesgos vital, en caso contrario llamará a ambulancia de la cchc. f) Mientras llega la ayuda solicitada, el Supervisor tomará las siguientes medidas:  Dar aviso de inmediato al personal de guardia para esperar la ambulancia correspondiente.

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 No moverá al lesionado, salvo que en el lugar que se encuentre exista un riesgo inminente que pueda dañar aun más al lesionado. (derrumbe, incendio, electrocución, etc.)  No abandonar al lesionado.  Mantendrá al lesionado en posición horizontal (si la lesión lo permite) con la cabeza al mismo nivel del cuerpo, exceptuando si presenta vómitos, ante esto se debe poner la cabeza a un costado.  Mantener la temperatura corporal cubriéndolo con una frazada.  Despejar el área de personal no necesario  Mantener expeditos los accesos.  Mantener la calma, dar confianza y tranquilidad al lesionado.  Mantener comunicación con el lesionado en todo momento. Realizándole preguntas básicas tales como: Su nombre y apellido, Edad, En la empresa donde trabaja, ETC.  Mantener la seguridad vial.  Al llegar la ayuda solicitada, prestar toda su colaboración y el Supervisor deberá acompañar en la ambulancia al trabajador hasta el centro hospitalario. MIENTRAS SE ESPERA LA LLEGADA DE LOS ENTES FISCALIZADORES, PREVENCIONISTA DEBERA REUNIR LOS ANTECEDENTES LEGALES DEL ACCIDENTADO: Contrato de trabajo, Entrega de Reglamento Interno firmado, Derecho a Saber firmado, Registro de Capacitaciones y entrega de equipos de protección personal.

10 PROCEDIMIENTO EN CASO DE ACCIDENTE FATAL. El fallecimiento se puede producir por Tres causas: Naturales, Fuerza mayor extraña y Consecuencia de un accidente de trabajo. En ambas situaciones se seguirán los siguientes pasos: 

Se informará de inmediato al Jefe de Área y Prevencionista

 El Jefe de Área comunicara el fallecimiento al Gerente de la Empresa y Carabinero.  Prevencionista Solicitara la presencia de personal Médico para comprobar el fallecimiento del trabajador y los motivos del deceso.

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 En la faena deberá estar Jefe de Área, Dpto. de Prevención y Supervisor, para iniciar la investigación del accidente.  Carabineros comunicará al Juez y solicitará su presencia en el proyecto o permiso para el levantamiento del cuerpo.  Carabinero coordinará el traslado del cuerpo desde el proyecto al Instituto Medico Legal.  Comprobando el fallecimiento del trabajador, La Gerencia informara oficialmente el hecho a la familia del occiso. NOTA: CUALQUIER INFORMACIÓN HACIA EL EXTERIOR SERÁ ENTREGADA POR LA GERENCIA DE LA EMPRESA. Mientras llega la ayuda solicitada, el supervisor tomará las siguientes medidas:    

Paralizará las actividades involucradas en el accidente. Se delimitará el área del accidente y evitará el ingreso del personal. Cubrirá el cuerpo del occiso. Mantendrá la seguridad vial. (conos, señalización)

11 CLASIFICACIÓN DE LESIONES. LESIONES LEVES: En general se refieren a golpes, contusiones, heridas cortantes, punzantes, contusas o abrasivas. LESIONES GRAVES: Corresponde a fracturas (cerradas o expuestas), traumatismo de la columna, golpes a la cabeza, TEC (abierto o cerrado). Como regla general, cualquier lesión que involucre la pérdida de conciencia del accidentado se considera grave.