Procedimiento en Caso de Accidentes

PROCEDIMIENTO EN CASO DE ACCIDENTES DEL TRABAJO. En La Vara Senda Sur KM 3, de la ciudad de Puerto Montt se hace presen

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PROCEDIMIENTO EN CASO DE ACCIDENTES DEL TRABAJO.

En La Vara Senda Sur KM 3, de la ciudad de Puerto Montt se hace presente: Rut: cargo de

en mi

Declaro haber sido informado a través de

una Capacitación entregada en este Procedimiento. A cargo del asesor de Prevención de riesgos de ElectriCons Limitada, entregándoseme esta copia de lo tratado este día. Se debe avisar o llamar de forma inmediata en caso de algún accidente de trabajo a las siguientes personas: CARGO

1.

NOMBRE

TELEFONO

OBJETIVO Establecer un conjunto de acciones que permitan actuar ante un Accidente de trabajo o Trayecto, de forma operativa y administrativamente correcta. 2. ALCANCE El presente procedimiento aplica a todo el personal de la empresa de Soluciones de Ingeniería

Eléctrica “ElectriCons Ltda.”

Nombre y RUN del Trabajador Fecha:

Nombre y RUN del Relator. Fecha: Electricons Ltda. Pág. 1 de 4

3. DEFINICIONES 

Ley 16.744: Seguro Social Obligatorio contra Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales. Toda persona que ingresa a ElectriCons Limitada se encuentra sujeto a la Ley 16.744, la cual entrega todos los beneficios, tales como prestaciones médicas y/o económicas.



Mutualidad Adherida: Asociación Chilena de Seguridad (ACHS)



Accidente del Trabajo: Toda lesión, que sufra una persona a causa o con ocasión del trabajo y que le produzca incapacidad o muerte.



Enfermedad Profesional: Es la causada de manera directa por el ejercicio de la profesión y que le produzca incapacidad o muerte.



Accidente de Trayecto: Son los ocasionados en el trayecto directo entre la habitación y lugar de trabajo y viceversa.

a. PRESTACIONES MÉDICAS       b.

Atención médica, quirúrgica y dental. Hospitalización. Medicamentos y productos farmacéuticos. Prótesis y aparatos ortopédicos y su reparación. Rehabilitación física. Reeducación profesional. PRESTACIONES ECONÓMICAS

 Subsidios.  Indemnizaciones.  Pensiones. 4. PROCEDIMIENTO A EJECUTAR. 1. Los trabajadores deberán informar siempre a la supervisión (o según organigrama en caso de accidente, presente en cada faena) de todos los accidentes que sean víctimas en el trabajo o trayecto a este y viceversa. 2. Los trabajadores que sean testigos de un accidente comunicarán la situación en forma inmediata a la supervisión de cada faena (o según organigrama en caso de accidente, presente en cada faena). 3. El Supervisor que preste la primera atención en faena deberá llevar al accidentado (dependiendo de la gravedad de la lesión), hasta el centro de urgencia más cercano u Hospital del Trabajador.

Nombre y RUN del Trabajador Fecha:

Nombre y RUN del Relator. Fecha: Electricons Ltda. Pág. 2 de 4

4. Se debe tomar en cuenta que existen situaciones en las cuales no es aconsejable mover al accidentado (caídas a distinto nivel, lesiones mayores, etc.). Si existiese tal situación se solicitará Ambulancia al Hospital del Trabajador. 5. El trabajador accidentado debe ser acompañado por un representante de la empresa. que él posea en faena.

6. El Capataz o Jefe Directo se preocupará de evitar que los trabajadores se agrupen alrededor del accidentado, manteniendo el personal en sus puestos de trabajo para no entorpecer la labor de primeros auxilios y prestará todo el apoyo necesario para que este procedimiento se lleve a cabo de la mejor forma posible. 7. Para el traslado de un accidentado grave (que no pueda moverse por sus propios medios) no se podrán utilizar vehículos particulares o de la Empresa solo un vehículo de emergencia. 8. El Asesor de Prevención de Riesgos será el responsable de efectuar inmediatamente la investigación del incidente/accidente, determinando las causas que lo originaron y adoptando las medidas preventivas de forma inmediata con el objetivo de evitar su repetición. 9. Por ningún motivo al trabajador accidentado se le permitirá el reingreso a sus labores sin el correspondiente "Certificado de Alta", emitido por el Organismo Administrador, el que deberá ser entregado al supervisor directo o administrativo de la faena. 10. Todo trabajador una vez recuperado de su lesión y antes de ingresar a sus labores, deberá ser reinstruido por el Asesor de Prevención de Riesgos. EN CASO DE QUE EL TRABAJO SE REALICE EN UN SECTOR AISLADO: Se deberá dar aviso de forma inmediata al jefe directo para que tome las medidas oportunas. Si el lugar de trabajo cuenta con poca cobertura telefónica se deberá utilizar otro medio de comunicación. (Teléfonos satelitales, internet satelital,etc) Recordar que si la Mutualidad adherida se encuentra alejada, la persona lesionada puede ser atendida en un centro hospitalario. Si el traslado se torna complicado, la Mutualidad ACHS cuenta con helicópteros para efectos de gran magnitud. La persona afectada deberá contemplar la calma y que nuca cunda el pánico en caso de un accidente laboral.

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Nombre y RUN del Trabajador Fecha:

Nombre y RUN del Relator. Fecha: Electricons Ltda. Pág. 3 de 4

DE LA ALTA DIRECCIÓN 

Aprobar el Plan de Contingencia.



Revisar periódicamente el presente documento para sugerir cambios o mejoras.



Coordinarse con los organismos de emergencia en caso de algún siniestro.



Disponer de los medios necesarios para colocar en práctica este documento.



Dar a conocer el presente documento a todo el personal que podría verse involucrado directamente en el uso de este Plan. DE LOS SUPERVISORES



Conocer la totalidad del Plan de Contingencia, evitando errores humanos al momento de ser utilizado.



Vigilar el cumplimiento de lo establecido en este Plan de Contingencia.



Comunicar a los mandos superiores la ocurrencia de un evento que involucre la paralización del transporte de carga. DE LOS TRABAJADORES



Cooperar en las capacitaciones que se realicen acerca del Plan de contingencia.



Tomar conocimiento del Plan de Contingencia.

Nombre y RUN del Trabajador Fecha:

Nombre y RUN del Relator. Fecha: Electricons Ltda. Pág. 4 de 4