Oscar Fabián Romano Arenas Matrícula ES172018295 Licenciatura en Derecho Módulo 7 Procedimiento administrativo Unidad 2
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Oscar Fabián Romano Arenas Matrícula ES172018295 Licenciatura en Derecho Módulo 7
Procedimiento administrativo Unidad 2 Derecho Procesal Administrativo Sesión 2 Desarrollo del procedimiento administrativo Actividad 2 Responsabilidad de los servidores públicos y del Estado Docente Claudia Patricia Rosales Cuara Enero 2019
Actividad 2. Responsabilidad de los servidores públicos y del Estado. 1. Concluye la lectura del texto de apoyo. 2. En el mismo documento de texto de la actividad anterior, elabora la siguiente tabla, comparando los elementos que definen las responsabilidades civiles y políticas de los servidores públicos, así como las responsabilidades patrimoniales del Estado: Responsabilidades civiles de los
Responsabilidades políticas de
Responsabilidades patrimoniales
servidores públicos * Así, particulares podían
los servidores públicos * Licona señala que es “un
del Estado * Ya no es subjetiva, sino objetiva
reclamar a funcionarios públicos
mecanismo para fincar
en el código civil. Es decir, la
o servidores públicos los daños
responsabilidad política y
objetividad refiere a que no se
que les causaran.
sancionar con destitución y/o
tiene que probar una
inhabilitación a funcionarios o
responsabilidad específica de un
* Se produce por hechos o actos
servidores públicos de alto nivel
servidor público, como en el
realizados en ejercicio de sus
que, en el ámbito de sus
modelo civilista, donde se tenía
funciones, que causen daños a
atribuciones, han incurrido en
que señalar nombre y cargo del
particulares.
arbitrariedad o abuso o acceso
servidor público, sino que la
de poder”
responsable es la institución, que
* La responsabilidad civil de los
se debe referir como
servidores públicos sólo se
* Las autoridades en la materia
genera entre particulares, por los
son las Cámaras de Diputados y
responsable.
daños que aquellos les ocasionen de Senadores del Congreso de la
* Existencia de daño: Se debe
en ejercicio de las funciones
Unión. Ambas Cámaras, en
aportar elementos de prueba que
públicas, y debe ser demandada
ejercicio de sus facultades
den cuenta de la existencia del
conforme a normas de carácter
exclusivas, serán órgano de
daño, obedeciendo al principio
civil.
acusación y jurado de sentencias,
general del Derecho que
respectivamente, por lo que
establece que el que afirma está
* Implica que el daño se produzca resultan inatacables sus
obligado a probar. Si es posible,
precisamente como
declaraciones y resoluciones, en
se debe plantear el daño de
consecuencia directa e inmediata
términos de lo previsto en el
forma cuantificada.
de la actuación del servidor
último párrafo del artículo 110 de
público, ya que si se genera por
la Constitución.
una causa diferente o si
* Existencia de una actividad administrativa irregular del
intervienen excluyentes de
* El Ministerio Público lo será
Estado. En todas las
responsabilidad, como la culpa
durante la averiguación previa, y
administraciones públicas, la
inexcusable de la víctima, el
el juez en materia penal, durante
función pública tiene la acepción
hecho de un tercero, el caso
el juicio, llevándose a cabo éste
de Derecho Burocrático (regulado
fortuito o la fuerza mayor, la
una vez que el Ministerio Público
por el apartado B del Artículo 123
responsabilidad no se produce.
determine la presunta
constitucional) y la de imperio
responsabilidad y el cuerpo del
(que tiene el propósito de
delito.
alcanzar los fines públicos del
* El daño: Puede ser material o
moral, ya que el Artículo 2108 del
Estado). Para comprobar la
Código Civil para el Distrito
* Las sanciones aplicables a los
existencia de una actividad
Federal lo identifica como “la
servidores públicos que incurran
irregular de forma positiva, debe
pérdida o menoscabo sufrido en
en responsabilidad penal son:
existir en la función pública una
el patrimonio por falta de
prisión, multa, destitución e
actividad regular y la autoridad
cumplimiento de una obligación”
inhabilitación para desempeñar
específica tener la obligación de
y el 1916 del mismo
empleos, cargos o comisiones
su cumplimiento a través del
ordenamiento, establece que el
públicas.
servicio público y que; sin
daño moral es “la afectación que
embrago, se cause daño ante la
una persona sufre en sus
* Artículo 7º. Redundan en
deficiencia en su realización. Por
sentimientos, afectos, creencias,
perjuicio de los intereses públicos
lo tanto, se tiene que probar no
decoro, honor, reputación, vida
fundamentales y de su buen
sólo el daño, sino también indicar
privada, configuración física, o
despacho:
la actividad administrativa
bien en la consideración que de
I.- El ataque a las instituciones
irregular. La actividad
sí misma tienen las demás”.
democráticas;
administrativa regular describe lo
II.- El ataque a la forma de
que debió ser (lo que la norma
gobierno republicano,
obliga y se debe realizar).
representativo, federal; III.- Las violaciones graves y
* Nexo causal. Se tiene que
sistemáticas a las garantías
referir el daño y la irregularidad
individuales o sociales;
administrativa. Es decir,
IV.- El ataque a la libertad de
comprobar que existe un nexo
sufragio;
entre ellos.
V.- La usurpación de atribuciones;
* La reforma de 2011, reflejada
VI.- Cualquier infracción a la
en el artículo 1° de la
Constitución o a las leyes
Constitución, garantiza los
federales cuando cause
derechos humanos en la
perjuicios graves a la Federación,
Constitución y en los tratados
a uno o varios Estados de la
internacionales suscritos por
misma o de la sociedad, o motive
México. En este sentido, la
algún trastorno en el
Convención Interamericana de
funcionamiento normal de las
los Derechos Humanos dice que
instituciones;
los ciudadanos tienen derecho a
VII.- Las omisiones de carácter
la indemnización.
grave, en los términos de la fracción anterior; y
* El procedimiento se hace
VIII.- Las violaciones sistemáticas
mediante una reclamación de
o graves a los planes, programas
daños a la autoridad
y presupuestos de la
administrativa, en ejercicio del
Administración Pública Federal o
derecho constitucional o derecho
del Distrito Federal y a las leyes
humano a la indemnización, tal
que determinan el manejo de los
como lo clasifica la Convención
recursos económicos federales y
Interamericana de Derechos
del Distrito Federal.
Humanos (ya no por responsabilidad objetiva directa) a través de la responsabilidad patrimonial del Estado. Al solicitar la reclamación ante la misma autoridad que causa el daño, es la misma autoridad la que debe contestar la reclamación.
3. Plantea cinco características en cada columna.
Bibliografía (s.f.). Obtenido de https://unadmexico.blackboard.com/bbcswebdav/institution/DCSA/MODULOS/DE/M7_DEPA_2018_ 02/U2/S2/Descargables/DE_M7_U2_S2_TA.pdf (s.f.). Obtenido de https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/5/2499/28.pdf (s.f.). Obtenido de https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/7/3370/4.pdf