Principios Del Secreto Profesional

PRINCIPIOS DEL SECRETO PROFESIONAL El secreto profesional es la obligación legal que tiene el profesional del derecho y

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PRINCIPIOS DEL SECRETO PROFESIONAL El secreto profesional es la obligación legal que tiene el profesional del derecho y ciertas profesiones, de mantener en secreto, la información que han recibido de sus clientes. Al contrario que otro tipo de deberes de confidencialidad, el secreto profesional se mantiene incluso en un juicio.

Entre estos profesionales, cabe citar como casos más típicos el abogado, el médico, el psicólogo o el periodista. Sin embargo, también puede haber otros casos de asesores o servicios que tengan ese tipo de obligación, como por ejemplo los asesores fiscales (a veces incluidos dentro de los abogados) o las compañías de seguros.

En sentido objetivo se entiende por secreto, aquello que debe permanecer secreto. Subjetivamente, es la obligación de no revelar lo conocido que contrae el que ha llegado a saberlo justa o injustamente.

Qué personas están sometidas al secreto profesional Todas aquellas personas que por razón de su profesión prestan unos servicios, o son confidentes necesarios. Objeto del secreto profesional Son objetos del secreto profesional todas las circunstancias y situaciones conocidas por el profesional en el ejercicio de sus funciones. Clasificación del Secreto Profesional El Secreto Natural: Es independiente de todo contrato. Se extiende a todo lo que, ha sido descubierto por casualidad. Por investigación personal o por confidencia, no puede divulgarse; en virtud del precepto moral que prohíbe perjudicar a los demás sin motivo razonable. El Secreto Natural: Es independiente de todo contrato. Se extiende a todo lo que, ha sido descubierto por casualidad. Por investigación personal o por confidencia, no puede divulgarse; en virtud del precepto moral que prohíbe perjudicar a los demás sin motivo razonable.

El Secreto Prometido: Nace de un contrato, de la promesa de guardar silencio después de haber conocido el hecho, ya sea por casualidad, por investigación personal o por confidencia espontánea o provocada. El Secreto Prometido: Nace de un contrato, de la promesa de guardar silencio después de haber conocido el hecho, ya sea por casualidad, por investigación personal o por confidencia espontánea o provocada. El Secreto Confiado Se inicia de una promesa explícita o tácita hecha antes de recibir la confidencia de lo que se oculta, añadiendo que se le revela confiado en su promesa bajo el sello del secreto, y a cambio se espera ayuda o un consejo.

PERSONAS AUXILIARES SUJETAS AL SECRETO PROFESIONAL

El secreto profesional abarca tanto a los médicos, abogado; notarlos, enfermeras, contadores, magistrados, etc., como a los secretarios y personas secundarias que auxilian a éstos y a otros que prestan ciertos servicios públicos, obligados a guardar los se retos a ellos confiados por la naturaleza de su trabajo. Los agentes de cambio están obligados a guardar el secreto de LUH operaciones bancarias de los particulares. Los administrado-re n y agentes de correo o cualquier otro empleado del servicio postal y telegráfico, deben guardar el secreto de las comunicaciones y correspondencia.