Principios Criminalisticos

PRINCIPIOS Y CARACTERÍSTICAS DE LA CRIMINALÍSTICA   1.- PRINCIPIOS CRIMINALÍSTICOS. 1. 2. a.      USO b.      PRODUCCIÓ

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PRINCIPIOS Y CARACTERÍSTICAS DE LA CRIMINALÍSTICA   1.- PRINCIPIOS CRIMINALÍSTICOS. 1. 2.

a.      USO b.      PRODUCCIÓN

3.

c.       INTERCAMBIO

4.

d.      CORRESPONDENCIA

5.

e.       RECONSTRUCCIÓN

6.

f.       PROBABILIDAD

7.

g.      CERTEZA.

2.- CARACTERÍSTICAS DE LA CRIMINALÍSTICA                   

DESARROLLO   1.- PRINCIPIOS DE LA CRIMINALÍSTICA Toda ciencia tiene una serie de bases fundamentales que le sirven como guía para conseguir sus funciones. La criminalística como ciencia tienen sus principios propios, y estos principios científicos tratan de darle herramientas al criminalista para que cumpla su función de investigación, a saber: A.- PRINCIPIO DE USO Este principio se basa en que en todo hecho criminal se van a emplear o van a actuar factores mecánicos, físicos, químicos o biológicos. Es decir, cuando se comete un delito, el delincuente utiliza algún agente (elemento o herramienta) químicos, físicos o biológicos para llevar a cabo su cometido; por ejemplo en un homicidio, hay que crear mecanismos, acciones mecánicas, pero también se pueden utilizar sustancias orgánicas, venenos inorgánicos, químicos; en este caso lo que interesa son las muertes dudosas, intencionales y

siempre los autores van a utilizar mecanismos. El criminalista va a iniciar la investigación se estudiarán las evidencias y de acuerdo a los cambios que deben haberse producido se determinará qué tipo de agente produjo ese cambio. B.- PRINCIPIO DE PRODUCCIÓN: De acuerdo a este principio todo hecho criminal es generador o va a producir evidencias físicas. Todo hecho criminal produce evidencia material. Siempre que se utilicen agentes químicos, físicos o bilógicos para cometer un hecho delictuoso, el uso de estos elementos va a generar algún tipo de indicio o evidencia en el lugar del suceso, por ejemplo: un sujeto que golpea y rompe con sus pies la cerradura de una puerta de metal, al golpearla, repetidas veces genera en la puerta protuberancias invertidas en la zona de la cerradura y además deja huellas de su calzado en la lámina de metal o en la puerta. C- PRINCIPIO DE CORRESPONDENCIA Tiene que ver con los agentes mecánicos. Cuando un cuerpo de mayor cohesión molecular actúa o se pone en contacto con un cuerpo de menor cohesión molecular va a producir un grabado, va a dejar un vestigio o rastro, y ese rastro puede permitir llegar a la identificación de los caracteres del instrumento de comisión, la forma de ese rastro me puede permitir reconstruir el agente mecánico. Poe ejemplo: ocurre un hurto en una tienda de electrodomésticos, y en el procedimiento policial se captura una persona con elementos hurtados del lugar, al procesar el lugar de los hechos, se descubren huellas dactilares, ésta es colectada y cotejada con las impresiones dactilares del capturado, arrojando como resultado la similitud de características. D.- PRINCIPIO DE RECONSTRUCCIÓN DE LOS HECHOS O FENÓMENO De acuerdo a este Principio de y mediante el análisis adecuado y exhaustivo de la evidencia física o hallazgos encontrados en el lugar de los hechos, y tomando en cuenta su ubicación, naturaleza, cantidad y morfología se puede saber cómo se desarrollaron los hechos al momento de perpetrar el acto delictivo. El análisis técnico, criminalístico, científico adecuado del sitio del suceso y de todas las evidencias colectadas en el tetraedro criminalístico va a permitir establecer, dilucidar, cómo se desarrolló el hecho criminal. Es

importante en este momento tomar en consideración las entrevistas realizadas tanto a testigos como a la víctima para que al momento de reconstruir el hecho poder confrontar  las entrevistas con las evidencias encontradas y así probar la veracidad  o no del testimonio. Este principio es fundamental, ya que reúne todas las referencias que nos permitirán reconstruir cómo se produjo el hecho criminal. E.- PRINCIPIO DE PROBABILIDAD Este principio permite deducir, de acuerdo con el número de características encontradas durante el cotejo, la posibilidad de haberse producido el hecho punible objeto de la investigación. Ofrece varios grados de resultados de los que solo el último será el verdadero. Principio de Probabilidad: la reconstrucción de los fenómenos y de ciertos hechos que los acerquen al conocimiento de la verdad puede ser con un bajo, mediano o alto grado de probabilidad o simplemente sin ninguna probabilidad, pero nunca se podrá decir: “el hecho sucedió exactamente así. F.- PRINCIPIO DE INTERCAMBIO DE EVIDENCIA  Este principio se le debe a Edmund Locard y plantea la interrelación entre la víctima, autor, sitio del suceso, medios de comisión, es decir, el tetraedro de la criminalística que interrelaciona estos factores con las características de las evidencias físicas involucradas o encontradas y va a producir traslado, transferencia, intercambio de la evidencia de uno de esos factores al otro. Este principio parte de la premisa que dice que no hay delincuente que a su paso por el lugar de los hechos no deje rastros de sí mismo sobre la víctima y sobre el lugar de los hechos, ni hay víctimas que no adquiera indicios tanto del autor  como de la escena del crimen, ni hay lugar del suceso que no adquiera indicios tanto del autor como de la víctima, por ejemplo: En un homicidio con acceso carnal violento, según este principio se determina: a) El autor del hecho dejo su cabello en las manos de la víctima, su llavero sobre el piso de lodo y una huella del calzado marcada en el lodo en el lugar de los hechos. b) La victima dejo sus huella de las uñas sobre la región dorsal de las manos y antebrazos del autor.

c) Del lugar de los hechos, el autor se llevó lodo en los zapatos. Al momento de colectar los indicios y para preservar el lugar de los hechos, se debe evitar imprimir rastros propios que pueden alterar la originalidad tanto de los elementos como del lugar donde se cometió el hecho. G.- PRINCIPIO DE CERTEZA El principio de certeza se basa en la posibilidad de confirmar por instrumentos de laboratorio la presencia de un elemento determinado en la escena del crimen de manera que se pueda comprobar científicamente lo que nuestros sentidos nos proponían previamente dándole mucho más peso a nuestras afirmaciones. Dependiendo del tipo de indicios existen pruebas específicas para demostrar su presencia si bien en algunas ocasiones existen en criminalística pruebas de orientación que nos hacen suponer que efectivamente se trata de un compuesto las pruebas de certeza de laboratorio son más confiables. En relación con los siete principios que se mencionan, se considera que aparte de hacer válido el método que aplica la criminalística, coadyuvan para sustentarla como ciencia, es decir, la criminalística se apoya en éstos siete principios, a fin de realizar su aplicación con metodología científica en las investigaciones de hechos presuntamente delictuosos y, además recuérdese que cuenta con metodología propia para el desarrollo técnico de sus actividades y también con conocimientos generales sistemáticamente ordenados, y con todo ello cumple con los objetivos que se le encomiendan 2.- CARACTERÍSTICAS DE LA CRIMINALÍSTICA. Toda área del conocimiento humano para poder tener la calificación de ciencia y dejar de ser empírica debe tener un objeto propio y un método propio, sin importar que dicho objeto lo comparta con otra disciplina. o

TIENE CARÁCTER CIENTÍFICO: la criminalística apareció en el área de conocimiento como una ciencia, se ha desarrollado como una ciencia y hasta la actualidad sigue siendo una ciencia. Aplica el método experimental.

o

ES AUTÓNOMA: por tener objetivos propios y métodos propios.

o

ES RECONSTRUCTIVA, esta es una característica fundamental de la ciencia, ya que el fin último de la criminalística es establecer cómo sucedieron los hechos; establecer el qué, cómo, cuándo, quién realizó el hecho y con auxilio de quién, de tal manera que al fin del camino, la ciencia, lo que persigue es reconstruir el hecho criminal.

o

ES LÓGICA: la ciencia involucra la lógica y no al contrario, se puede llegar a la solución de un asunto por razonamiento, sin aplicar método experimental, simplemente por deducción y sin aplicar método experimental. Se puede llegar a la solución de un asunto sin haber verificado científicamente, aplicando reglas de la lógica, por eso es que el COPP en su Art. 22 establece que los jueces para resolver los casos penales deben aplicar las reglas de la lógica, las máximas de experiencia y los conocimientos científicos, separa la lógica de los conocimientos científicos, porque la lógica es pensar correctamente. Para que la criminalística cumpla la función reconstructiva, debe haber un proceso de razonamiento lógico, que le permita analizar y llegar a conclusiones.

o

AUXILIAR DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA: porque colabora con la administración de justicia, para aportar elementos para esclarecer los hechos judicialmente, pero no solamente ahora, como se pensaba anteriormente,  unida al derecho penal, porque en casi todos los textos se consigue que es una disciplina auxiliar del derecho penal, pero actualmente también se utilizan los conocimientos criminalísticos en materia laboral, por ejemplo, para detectar accidentes laborales, o para verificar paternidad.