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CODIGO PROCEDIMIENTO MATERIA SOLICITANTE RUT ABOGADO PATROCINANTE RUT DEMANDADO RUT REPRESENTANTE LEGAL RUT P18 Ordinar

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CODIGO PROCEDIMIENTO MATERIA SOLICITANTE RUT ABOGADO PATROCINANTE RUT DEMANDADO RUT REPRESENTANTE LEGAL RUT

P18 Ordinario Prescripción Extintiva Patricio Eduardo Morán CastilIK: 10.393.204-1. Aníbal Fernandoy Abarca. 15.758.006-k. Ilustre Municipalidad de Talca. 69.110.400-1. Juan Enrique Castro Prieto 8.507.396-6

-2014

EN LO PRINCIPAL: Se declare prescripción extintiva; PRIMER OTROSÍ: Acompaña documentos; SEGUNDO OTROSÍ: Fija Domicilio TERCER OTROSÍ: Patrocinio y poder

S.

J.

L.

Patricio Eduardo Morán Castillo, chileno, casado, administrador de empresas, cédula nacional de identidad N°10.393.204-1, Domiciliado en Pasaje Tabancura Barrio las Rosas número 4196 Comuna de Maipú, Región Metropolitana, a SS., respetuosamente digo: Que, de acuerdo a los antecedentes y fundamentos que daré, interpongo demanda en contra de la Ilustre Municipalidad de Talca, persona jurídica de Derecho Público, RUT N° 69.1.10.400-1, representada legalmente por don JUAN ENRIQUE CASTRO PRIETO, chileno, empresario, cédula nacional de identidad N° 8.507.396-6, en su calidad de Alcalde Municipal, ambos domiciliados en calle Uno Norte N° 797 de la Comuna de Talca, a fin de que se declare, en definitiva, la prescripción de las obligaciones que más adelante indicaráAntecedentes. Que soy Dueño del inmueble Ubicado en Calle 6 y medio Poniente B número 1181, Lote once manzana cinco, Villa Colín Sur de la Ciudad de Talca, cuya inscripción se encuentra vigente en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Talca del año 1997 a fojas 3297 bajo el número 1881. Que el inmueble antes individualizado, conforme a los certificados de deudas extendidos por la Ilustre Municipalidad de Talca en la Dirección de administración y

Finanzas, se encontraría con deudas por derechos de aseo domiciliario desde el 30 de abril del año 2001 hasta el 30 de noviembre del ario 2011.

De la prescripción. Sin embargo, las obligaciones reseñadas se encuentran prescritas. Al efecto, el artículo 2.521 del Código Civil, señala que prescriben en tres años las acciones a favor o en contra del Fisco y de las Municipalidades provenientes de toda clase de impuesto. El artículo 2.514 del mismo Código, previene que la prescripción que extingue las acciones y derechos ajenos exige solamente cierto lapso de tiempo, durante el cual no se hayan ejercido dichas acciones.- Agrega, la misma norma, que se cuenta este tiempo desde que la obligación se haya hecho exigible.En este caso, la última obligación señalada se hizo exigible el día 30 de noviembre del año 2011.De este modo, ha operado la prescripción extintiva respecto de las obligaciones que el suscrito mantenía para con la Ilustre Municipalidad de Talca, prescripción que desde ya alego en mi favor. De la petición de prescripción. Conforme a lo que previene el artículo 2.493 del Código Civil, que establece que el que quiera aprovecharse de la prescripción debe alegarla; por este acto solicito se declare la prescripción de las obligaciones que en su totalidad ascienden, al mes de diciembre del año 2013, a la suma de $780.794.-, que es la resultante de la suma de todas las cuotas de Derecho de Aseo Municipal vencidas desde el ario 2001 hasta el año 2011. Las obligaciones referidas se encuentran prescritas, pues no ha habido interrupción del plazo, de modo que la prescripción extintiva que alego es plenamente procedente. Con en el fin de confirmar los montos señalados precedentemente, cuya prescripción extintiva se demanda acompaño, en un otrosí de esta este escrito, certificado emitido por la Ilustre Municipalidad de Talca el mes enero de dos mil catorce. POR TANTO, y en mérito de lo expuesto y lo previsto en las normas legales citadas y artículo 254 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, RUEGO A SS.: Tener por interpuesta demanda en juicio ordinario, en contra de la Ilustre Municipalidad de Talca, representada por don Juan Enrique Castro Prieto, ambos ya individualizados, acogerla a tramitación; y en definitiva, declarar que las obligaciones

comprendidas entre el año 2001 y el ario 2011, y que he mencionado en el cuerpo de la demanda, se encuentran prescritas, con costas en caso de oposición. PRIMER OTROSI: Ruego a SS., tener por acompañados los siguientes documentos, bajo apercibimiento legal: 1) Certificados de deuda extendidos por la Ilustre municipalidad de Talca. 2) Certificados de dominio vigente de las propiedades a cuyo respecto se pide la prescripción extintiva de la acción municipal por derechos de aseo. SEGUNDO OTROSÍ: A US., pido tener presente que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 49 del Código de Procedimiento Civil, vengo en designar como domicilio en calle 1 Norte Nro. 964, Talca. TERCER OTROSÍ: Ruego a SS., tener presente que designo abogado patrocinante y confiero poder con las facultades de ambos incisos del artículo Séptimo del Código de Procedimiento Civil, a don Aníbal Fernandoy Abarca, abogado habilitado para el ejercicio de la profesión, cédula nacional de identidad número 15.758.006-k,domiciliado en calle 1 Norte Nro. 964, Talca, quién firma en señal de aceptación.