Preguntas de Derecho Romano

PREGUNTAS DE DERECHO ROMANO GRUPO #1 ESTADO DE FAMILIA 1.LAS POTESTADES QUE UNA PERSONA PODÍA EJERCER SOBRE OTRA ERAN? 

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PREGUNTAS DE DERECHO ROMANO GRUPO #1 ESTADO DE FAMILIA 1.LAS POTESTADES QUE UNA PERSONA PODÍA EJERCER SOBRE OTRA ERAN?   

La patria potestad manus en el matrimonio La Manicipum

2. ESCRIBA LOS REQUISITOS ESENCIALES QUE SE REQUERÍAN PARA CONTRAER IUSTAE NUPTIAE.    

La pubertad de ambos contrayentes El consentimiento del jefe de familia Tener el ius connubi La ausencia de impedimentos

3.SE PODÍA EJECUTAR LA FIGURA DE LA MANUS EN EL MATRIMONIO: RTA: si, pues el esposo podía adoptar a su esposa y está a la vez sería su hija. 4.¿PARA USTED QUIEN PUEDO ADOPTAR?   

Los cónyuges (esposos) Personas solteras, Viudas y separadas Parejas formadas por hombres y mujeres

5.LA MANUS ERA UNA POTESTAD ANEXA AL MATRIMONIO DE DERECHO CIVIL. DE ¿QUE SE TRATABA ESTA INSTITUCIÓN? Mediante esta institución, el marido adquiría la patria potestad de la mujer. Esta entraba púes, a formar parte de la familia del marido, en calidad de hija de este sometida a la patria potestad. Ante esta institución, el marido adquiría la patria potestad de la mujer. Esta entraba púes, a formar parte de la familia del marido, en calidad de hija de este sometida a la patria potestad.

GRUPO # 2 1. SE DISTINGUE DE LOS DERECHOS REALES, ES LA NECESIDAD DE UN ACCESORIO PARA BRINDAR UNA SEGURIDAD REAL. R/ La hipoteca 2. ¿CUÁLES SON LAS MANERAS EN LAS QUE PODÍA ADQUIRIRSE LA PROPIEDAD? R/ A título universal y a titulo singular.

3. NOMBRE LOS MEDIOS PARA ADQUIRIR EL DOMINIO A TITULO SINGULAR. R/ Medios de derecho civil y los medios del Ius Gentium 4. ¿CÓMO SE COMPRENDÍA SERVIDUMBRE?

BAJO

LA

DENOMINACIÓN

GENERAL

LA

R/ Se comprendía bajo la denominación de que era un derecho real sobre una cosa ajena, en beneficio de una persona determinada. 5. ¿CÓMO SE EXTINGUÍA UNA SERVIDUMBRE PREDIAL? a) Por el testamento b) Por destrucción de la cosa material del usufructo c) La habilitación d) Por la destrucción total de uno de los previos (esta es la respuesta correcta)

Grupo # 3 1.¿QUE ES UNA PERSONA JURÍDICA? RTA: Eran ciertas entidades públicas o privadas como el estado, las corporaciones, se manifestaban por medio de seres humanos con un patrimonio aparte del propio. 2.¿COMO SE PODÍA EXTINGUIR EL DERECHO DE PROPIEDAD?   

Por la destrucción total de la cosa Porque la cosa dejara de ser susceptible de propiedad particular Porque un animal salvaje que había sido apropiado por el hombre recobrara su libertad

3. ELEMENTOS QUE COMPONE LA POSESION: RTA: elemento material o de hecho, denominado corpus y un elemento intencional o subjetivo llamado animus. 4.¿CUÁLES ERAN LOS GRADOS DE LA "CAPITIS DEMINUTIO"? ~máxima: cuando se perdía la libertad. ~media: cuando se perdía la ciudadanía. ~mínima: cuando se cambiaba la personalidad civil. 5.¿CUAL ERA LA CLASIFICACIÓN DE LAS COSAS EN EL DERECHO ROMANO? “Res in patrimonium”(patrimoniales) y “Res extra patrimonium”(extra patrimoniales)

GRUPO # 4

1. ¿CUÁNDO SE DA EL CONTRATO DE LA SOCIEDAD? Este contrato se lleva a cabo cuando dos o más personas se obligaban recíprocamente a poner en común determinada cosa, para sacar de ellas una utilidad lícita y apreciable en dinero. 2. ¿QUE SON LOS CONTRATOS "RE" Y CUANTAS CLASES EXISTEN? Son semejante a los contratos reales del derecho civil moderno cuya característica principal ha sido la de necesitar como elemento esencial la entrega de una cosa material, existen 4 clases de contratos re: El mutuo, comodato, el depósito y la prenda. 3. EN EL DERECHO ROMANO, ¿CUÁLES SON LAS CAUSAS DE INCAPACIDAD PARA CONTRATAR?  De la edad de los contratantes  De ciertas afecciones o alteraciones mentales  De la prodigalidad  Del sexo  Del estado de esclavitud

4. ¿CUÁL ERA LA CAUSA DEL CONTRATO? Era el conjunto de elementos que, según la ley, era necesario para que el contrato surgiera a la vida jurídica. 5. ¿CUÁL ERA EL ELEMENTO ESENCIAL PARA EL PERFECCIONAMIENTO DE LOS CONTRATOS LITTERIS? Eran las anotaciones escritas llamadas códex o libro de caja donde el acreedor registraba al deudor y las sumas que este le debía al primero.

GRUPO # 5 1) ¿EN QUÉ CONSISTÍA LA INDEMNIZACIÓN EN EL DERECHO ROMANO? Consistía en el pago de una cantidad de dinero que representaba el perjuicio sufrido por el acreedor a consecuencia del incumplimiento de la obligación o de la mora en ejecutarla. 2) ¿QUÉ DIFERENCIA JURÍDICA EXISTE ENTRE CONSENTIMIENTO Y EL CONSENTIMIENTO VICIADO?

LA

FALTA

DE

La diferencia es que cuando se excluye el consentimiento, este no tiene existencia alguna y faltando este elemento esencial del contrato, este no tenía existencia legal, por lo cual no llegaba a producir efectos; y cuando solamente hubiera viciado el consentimiento, este tenía una existencia imperfecta y podía llegar a producir efectos si no se alegaba como excepción del vicio que afectaba el consentimiento. 3) ¿EN QUÉ CONSISTÍA LA CONDICIÓN COMO MEDIO DE EXTINCIÓN DE LA OBLIGACIÓN? Consiste en que coincidan en una misma persona las calidades de acreedor y deudor de forma que la obligación se extinguía al no poderse pagar la persona si misma.

4) ¿CUÁL ES LA BASE DE TODO CONTRATO Y EN QUÉ SE DIFERENCIA CONVENCIÓN DE CONTRATO? La base de todo contrato es la convención, la diferencia es que la convención es el acuerdo de voluntades entre dos o más personas con el fin de crear, modificar o extinguir una obligación mientras que el contrato es una convención reconocida y sancionada por la ley, como generadora de obligaciones entre las partes. 5) ¿POR QUÉ LA LITIS CONTESTATIO NO ES UNA FORMA ABSOLUTA DE EXTINCIÓN DE LA OBLIGACIÓN? Porque la transforma una obligación en otra, por el fallo de la sentencia de un juez Grupo #6 DE LA SUCESIÓN DE LAS OBLIGACIONES 1. ¿PODÍA EN EL DERECHO ROMANO TRASMITIRSE UNA OBLIGACIÓN ENTRE VIVOS CONSERVANDO SU INDIVIDUALIDAD PRIMITIVA? A. *SI, porque era una voluntad de las partes B. *no, porque una de las partes nunca se pondrá de acuerdo C. *no, porque en el derecho romano no se admitió la transmisibilidad si no tratándose de sucesión por causa de muerte (CORRECTA) D. *Ninguna de las anteriores

2. SEÑALE CON UNA X ¿Los métodos indirectos para trasmitir las obligaciones que se crearon en el derecho romano fueron NOVACION POR CAMBIO DE ACREEDOR Y PROCURATIO IN REM SUAM? F( )

V(X)

3. LAS OBLIGACIONES NO SE EJECUTAN POR TRES (3) CAUSAS PRINCIPALES A. *caso fortuito o fuerza mayor , el dolo del deudor, por la culpa del mismo (CORRECTA) B. *caso fortuito o fuerza mayor, incumplimiento de lo pactado, el abuso de los derechos C. *el dolo del deudor, la falsedad en la ejecución del contrato, por culpa del titular del derecho D. *A y C son correctas 4. ¿QUÉ ES LA OBLIGACIÓN EN EL DERECHO ROMANO?

RTA/ Una relación jurídica entre dos o más personas determinadas

5. ¿CUÁL ES EL EFECTO NATURAL Y PROPIO DE UNA OBLIGACIÓN? RTA/EL efecto natural de una obligación es el cumplimiento de ella por parte del deudor

# GRUPO 2

LA TUTELA 1. ¿QUÉ ES LA TUTELA ? La tutela en el derecho romano era el “poder dado y permitido por el derecho civil a una persona libre para proteger a quien por causa de su edad no puede defenderse así mismo”. 2. ¿QUÉ ES LA TUTELA TESTAMENTARIA ? El jefe de familia nombrara en su testamente un tutor a sus hijos que, hallándose bajo la patria potestad, quedaran impúberes a la muerte de aquel: “a los ascendientes se les permite que en su testamento nombren tutores para aquellos descendientes que tienen bajo potestad” 3. ¿QUÉ ES LA TUTELA LEGÍTIMA ? A falta de tutor testamentario la ley de las XII tablas llamaba a la tutela legitima al más próximo agnado del pupilo, que era al propio tiempo su más heredero. Era, por consiguiente, uno mismo el orden del llamamiento del heredero y el del tutor pupilo. 4. ¿QUÉ ES LA TUTELA DATIVA ? En defecto de tutor testamentario y legítimo, tenía lugar la tutela dativa, que era la conferida por el magistrado. El tutor era designado a petición de los parientes del pupilo o de cualquier interesado 5. ¿QUIENES PODIAN SER TUTORES DEL IMPUBER. ? Todo aquel que no tuviese incapacitado por causa legal para ejercer la tutela, podía ser tutor del impúber. Y no solo podía serlo, si no que el ejercicio del cargo era obligatorio, a menos que hubiera una excusa legitima para entrar a ejercerlo.