Periodo de Prueba

Periodo de prueba en el contrato de trabajo Todo contrato de trabajo contempla un periodo de prueba, el cual tiene como

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Periodo de prueba en el contrato de trabajo Todo contrato de trabajo contempla un periodo de prueba, el cual tiene como obje tivo que las partes conozcan sus cualidades y condiciones, y se evalúen entre si, para luego determinar la conveniencia o no de continuar con el contrato de trab ajo. El artículo 76 del Código sustantivo del trabajo, define el periodo de prueba como la etapa inicial del contrato de trabajo que tiene por objeto, por parte del patro no, apreciar las aptitudes del trabajador, y por parte de éste, la conveniencia de las condiciones del trabajo . Estipulación del periodo de prueba. 1. El período de prueba debe ser estipulado por escrito, y en caso contrario los s ervicios se entienden regulados por las normas generales del contrato de trabajo . 2. En el contrato de trabajo de los servidores domésticos se presumen como período d e prueba los primeros quince (15) días de servicio. (Art. 77 C.S.T). Duración del periodo de prueba. El período de prueba no puede exceder de dos (2) meses. En los contratos de trabajo a término fijo, cuya duración sea inferior a un (1) año el período de prueba no podrá ser superior a la quinta parte del término inicialmente pa ctado para el respectivo contrato, sin que pueda exceder de dos meses. Cuando entre un mismo empleador y trabajador se celebren contratos de trabajo su cesivos, no es válida la estipulación del período de prueba, salvo para el primer cont rato. (Art. 78 C.S.T). Prorroga del periodo de prueba. Cuando el período de prueba se pacte por un plazo menor al de los límites máximos expr esados, las partes pueden prorrogarlo antes de vencerse el período inicialmente es tipulado, sin que el tiempo total de la prueba pueda exceder dichos límites los de l artículo 78. (Art. 79 C.S.T). Subrayado fuera de texto. Efecto jurídico del periodo de prueba. 1. El período de prueba puede darse por terminado unilateralmente en cualquier mom ento, sin previo aviso. 2. Los trabajadores en período de prueba gozan de todas las prestaciones. (Art. 80 C.S.T). Este último punto es de especial importancia por su alcance y sus efectos jurídicos. En el periodo de prueba, el empleador puede despedir (dar por terminado el cont rato) al trabajador sin importar si hay justas causas o no, lo que significa que no hay lugar a ningún tipo de indemnización, pues precisamente para eso es el perio do de prueba; para que el empleador evalué bajo su criterio propio, sus expectativ as, elementos, variables y puntos de vista muy personales, si el trabajador debe o no permanecer en la empresa. En el periodo de prueba el empleador tiene toda la libertad de continuar o no co n el contrato de trabajo, y si decide no continuar, no hay norma que se lo impid a, no importa cual haya sido la causa de su decisión. También es muy cierto, que si bien el empleador, en el periodo de prueba puede des pedir el trabajador sin asumir consecuencia alguna, el trabajador tiene todo el derecho a que se le reconozcan los demás derechos laborales como la seguridad soci al, las prestaciones sociales, y obviamente el salario, sin importar el tiempo q ue dure la relación laboral. Lo único a que no tiene derecho el trabajador en el periodo de prueba, es a que se le indemnice en caso de ser despedido, y obviamente que tampoco tiene derecho a que se le ratifique (se le de continuidad) al contrato de trabajo. En el caso de contratos sucesivos, el periodo de prueba sólo debe existir en el pr imer contrato, luego, si se decide renovar el contrato de trabajo, ya no opera l a figura del periodo de prueba. Nota. En el contrato de trabajo verbal no existe el periodo de prueba, a excepción del contrato de detrabajo con el servicio doméstico. Temas relacionados Guía laboral 2012

Periodo de prueba en el contrato de trabajo verbal En la prórroga del contrato de trabajo no se puede pactar periodo de prueba Efectos de la terminación del contrato de trabajo en periodo de prueba Periodo de prueba en el contrato de servicios Consecuencias de no pactar el periodo de prueba por escrito « HonorariosComponente inflacionario » Opinar o comentar 127 Opiniones en Periodo de prueba en el contrato de trabajo Tegole dice: julio 5, 2012 a las 8:16 am Hola! Empece en una tienda de calzados como dependienta y me hicieron un contrat o de prueba de 3 meses en el que ponía que trabajaría 6 horas diarias durante 6 días s eguidos. Al cabo de una semana me dijeron que para que los días libres fueran corr elativos pues trabajaría 7 días seguidos y luego librar uno. Eso es legal? Al firmar el cntrato no me dieron copia porque tenia que ser firmado por mas personas de la empresa y yo lo pedía pero me decían que no me preocupara que pronto me lO darían C on lo que el contrato finalizo y todavía no me lo habían dado pero me hicieron firma r otro contrato (de prueba también) pero con una prorroga de 9 meses (eso es legal ?). En fin que cuando llevaba 4 meses trabajando en la empresa me dieron por fin el primero y el segundo contrato me lo acaban de dar ahora que llevo 9 meses tr abajando, pero me lo han dado porque me he enfadado y les he dicho que mr hace f alta para comprarme un coche. Me gustaría que alguien me asesorara sobre este tema ya que veo que hay muchas irregularidades pero al no entender de leyes no me pu edo ceñir a nada. Gracias y espero vuestros comentarios. Un saludo. Responder Nathalia Gomez dice: julio 6, 2012 a las 7:27 pm Hola, por encima te puedo decir que primero el contrato no puede tener estipulado 3 meses, si ya leíste la información proporcionado por gerencie.com el código estable ce un máximo de 2 meses, de las horas debes ver que semanalmente no excedan 48 hor as semanales, ni 8 diarias.. en caso se exceda cualquiera de las dos deberán pagar te extras y recargos a que haya lugar. Ademas si no tienes una to a termino indefinido iene una copia de este. Ademas, lee bien cuando prueba y menos con ese Soy estudiante a empresa para ucho el simple a las cosas. Y oche!

copia del contrato, con el tiempo podrías alegar un contra porque así lo estipula el código cuando uno no firma, o no t es para el mismo empleador, NO se prorroga el periodo de tiempo de 3 meses que te fijaron.

de derecho, y la verdad hay MUCHAS irregularidades por parte de l la que trabajas, espero te sirva mi aporte y te recomiendo leer m hecho que tu digas, pero el código dice, pero la ley tal cosa mejor jamas firmes nada de lo que no estas seguro y no conoces. Buena N

Responder Oscar Ml dice: junio 29, 2012 a las 3:21 am Buenos dias, Mi pregunta es la Siguiente: Puede una empresa tener a un empleado en periodo de prueba sin hacerle contrato? (lo dudo), pero que debe hacer el empleado en este caso?, ya lleva un mes trabaj ando asi. Responder

Ivan Millanao dice: junio 18, 2012 a las 11:53 am Señores Buenas tardes mi duda es la siguente. comenze a trabajar el 13 de enero de este año, el contrato claramente estipula un plazo de 30 dias el cual ya han pasado meses en la empresa me dicen tranquilo tie nes contrato hasta julio del presente. este procedimiento es correcto si estoy re novando contrato cada sierto tiempo que pasa con la antiguedad laboral, es ciert o que en cada renovacion debe existir un finiquito?? atento a sus comentarios Responder Oscar Ml dice: junio 29, 2012 a las 3:28 am Tengo entendido que cada vez que renovas un contrato o mejor dicho firmas un nue vo contrato la antiguedad se acumula, no obstante te pueden dar finiquito por ca da contrato de antiguedad o se acumula hasta donde te puedan echar, tambien se q ue hay un tiempo limite de renovacion de contrato no se cuanto es exactamente (c reo que son 18 meses) solo se que despues de ese tiempo deben fijarte o echarte, enterate bien en la OGT o seguridad social Responder Marcela Fuentas Rojas dice: mayo 30, 2012 a las 12:15 pm Buenas tardes Ingrese a trabajar en una empresa la cual me dio inicialmente un contrato de 30 días a termino fijo, a los 10 días y sin justa causa deciden presidir de mis servici os, ahora en la liquidación que me envían me liquidan únicamente los 10 días laborado, a duciendo que no pase el periodo de prueba, pregunto ¿contrato a un mes de labores tiene periodo de prueba? si es así ¿cuanto es el tiempo del periodo? Gracias Responder Alberto dice: junio 10, 2012 a las 10:25 pm Veras al parecer en este caso si no hay firma de renuncia voluntaria o justifica ciòn alguna pero tu contrato inicial fue por treinta dìas, se debe respetar este mis mo y liquidar con esos mismos treinta dìas Responder Yarisbell dice: julio 6, 2012 a las 8:57 am Tu contrato fue por periodo Definido, porque tiene uná fecha de terminacion, por l a tanto no tiene periodo de prueba. si la empresa quiere dar por terminado tu co ntrato antes del periodo de finalizacion pactado en el contrato te deben pagar l os otros 20 dias. Responder jesus cerquera dice: mayo 20, 2012 a las 1:18 pm Buenas tardes mi inquietud es la sigiente me contrataron en una empresa de logis tica mi contrato es por prestacion de servicio y la misma dueña me comento que me iba o colocar 3 meses de prueba ya han pasado 4 meses estoy trabajando sin un co ntrato fijo sin pretaciones sociales los dominicales y los festivos los pagan co mo un dia normal y la mayoria de las veces se trabajan mas 10 horas con los fest ivos incluidos que derechos se estan violando y que debo hacer. Responder mary dice: mayo 23, 2012 a las 4:08 pm

si tu contrato es de prestación de servicio, no se te están violando los derechos en e l sentido que este tipo de contratos son para obras especificas y cuya labor sea diferente a la razón social o actividad desempeñad por el empleador en este caso. Lo que pasa es que este tipo de contrato usualmente se utiliza para no crear nin gún tipo de relación laboral entre empleador y trabajador y es por esta razón que no g ozas de ningún tipo de prestación. sin embargo ten en cuenta que en este tipo de con trato no se provee el periodo de prueba. Responder LISBETH dice: mayo 17, 2012 a las 9:30 pm Hola, me despidieron de mi trabajo sin justa causa, al parecer me van a llamar a firmar la liquidación y la indemnización, pero la empresa dice que tiene un plazo d e 45 días para el pago de dicha liquidación e indemnización, en lo que he leído, ellos d eben pagar al momento de liquidar a la persona o a la siguiente fecha de corte, teniendo en cuenta que me despidieron el día 30 de Abril, ellos deberían haberme pag ado todo el 15 de Mayo?? Si demando por la demora, este proceso es muy largo?? Responder JOAQUÍN dice: mayo 16, 2012 a las 9:08 am Buenos días: Cuales son los articulos del codigo sustantivo de trabajo en Colombia, que estan vigentes para el despido de un trabajador, con justa y sin justa causa de una e mpresa? y cual es la indemnización?. Gracias. Responder « Comentarios más viejos En Gerencie.com está permitido opinar, criticar, discutir, controvertir, disentir, etc. Lo que no está permitido es insultar o escribir palabras ofensivas o soeces. Si lo hace, su comentario será rechazado por el sistema o será eliminado por el adm inistrador. Por último, trate de no escribir en mayúscula sostenida, resulta muy difíc il leerle.