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CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS Conste por el presente Contrato para la Prestación de Servicios por Suplencia de In

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CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS

Conste por el presente Contrato para la Prestación de Servicios por Suplencia de Incapacidad Temporal de: MATERNIDAD que, reconocidas las firmas y rúbricas de los suscribientes, adquirirá la categoría de instrumento público, el mismo sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones: PRIMERA.- PARTES INTERVINIENTES. a) La Dirección Distrital de Educación LA PAZ -1, representada por el Director Distrital LIC. XXXXXXXXXX a efectos del presente contrato se denominará DIRECCIÓN DISTRITAL. b) El Señor (a) XXXXXXXXXX mayor de edad, hábil por derecho, con C.I. XXXXXXXXXX T.J., con capacidad jurídica plena, que a efectos del presente contrato se denominará SUPLENTE. SEGUNDA.- DOCUMENTOS INTEGRANTES DEL CONTRATO. - Forman parte del presente contrato los siguientes documentos: Para maestra titular a) Fotocopia simple del formulario AVC-09 (Prenatal y/o Post natal) sellado por el Distrito. b) Fotocopia simple de la Cédula de Identidad. c) Función docente actualizada impreso del SICH. d) Formulario de Registro de Baja Temporal, impreso de la página web http://ugpsep.minedu.dob.bo. Para personal suplente a) b) c) d) e)

Fotocopia del Título Profesional de Maestro Duplicado del RDA, para maestras y maestros Fotocopia simple de Cédula de Identidad Formulario de designación Registro en la AFP (fotocopia de carnet de registro de AFP y/o Estado de cuenta individual de AFP) f) Diploma de Bachiller é informe técnico del Director Distrital de Educación (Solo en los casos de lugares alejados y de difícil acceso, donde no se cuente con el personal suplente con pertinencia y/o no cuente con RDA)

TERCERA.- LEGISLACION APLICABLE.- El presente contrato se rige por las disposiciones legales contenidas en la Ley 1907, Resolución Bi-Ministerial N° 002/17 de 17 de marzo de 2017, otras disposiciones relacionadas, Decreto Supremo 0813 del 9 de marzo 2011 y demás normas conexas vigentes. Queda completamente establecido que no se encuentra sometido al ámbito de la Ley General del Trabajo y Decretos Reglamentarios, el Código de Procesal del Trabajo u otras disposiciones legales Complementarias y Concomitantes, tal cual lo establece la Ley N° 1907. CUARTA.- OBJETO.- El objeto del presente contrato es la prestación de servicio del Maestra en suplencia de la maestra XXXXXXXXXXXXXXXX con C.I. N° XXXXX L.P. con carga horaria de 80 HRS. en el ítem (s) XXXXX , servicio XXXXXX QUINTA.- RETRIBUCIÓN.-El monto mensual que se pagara al Suplente será de hasta el 90% del salario titular menos los descuentos establecidos por Ley, por días trabajados como personal suplente. No existiendo otras remuneraciones, bonos beneficios adicionales, aguinaldos. SEXTA.- TIEMPO DE TRABAJO.- El presente Contrato es suscrito a plazo fijo por lo cual se establece una duración y vigencia efectiva de 45 días calendario, como máximo y computables a partir de su suscripción hasta el 06 XXXXX 2018, fecha en la que cesará en todos sus efectos, sin necesidad de ningún aviso judicial o extrajudicial. Conforme al Artículo 37 (Subsidio de Maternidad) del Código de la Seguridad Social que otorga a la asegurada un periodo de seis semanas antes y seis semanas después del parto. SEPTIMA.- CAUSALES DE RECISIÓN DE CONTRATO.- Son causales de recisión del presente contrato las siguientes: • Abandono y/o renuncia del Suplente. • Por conclusión del calendario escolar. • Fallecimiento de la titular del cargo o el suplente. • Renuncia de la Titular del cargo. • Por caso fortuito o fuerza mayor. En el caso de abandono o renuncia del suplente, este no podrá postularse a ningun cargo en los procesos de compulsa a nivel nacional en la presente gestión. OCTAVA.- INCOMPATIBILIDAD DE CARGA HORARIA.- El Suplente podrá presentarse a compulsas siempre y cuando no afecte la carga horaria de la

suplencia del presente contrato.

NOVENA.- INCUMPLIMIENTO.- El incumplimiento de las obligaciones que emergen del presente contrato por parte del SUPLENTE, facultará a la DIRECCIÓN a disolver el contrato y efectuar el pago equitativo y proporcional por los servicios prestados satisfactoriamente, sin perjuicio de iniciar las acciones legales que corresponda. DECIMA.- CONFORMIDAD.- En señal de conformidad y para su fiel y estricto cumplimiento, firmamos el presente Contrato en tres ejemplares de un mismo tenor y validez el Director XXXXXXXXXX, en representación de la Dirección Distrital de Educación de LA PAZ -1 y la maestra/maestro R XXXXXXXXXX como Suplente, es dado en la localidad de LA PAZ a los 24 días del mes de JULIO del año 2018.

SUPLENTE

DIRECTOR DISTRITAL DE EDUCACION