Parcial 2 Concursos y Quiebras

1) (9.1.4) El concurso especial es:  La facultad concedida al acreedor con garantía real, de solicitar la ejecución den

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1) (9.1.4) El concurso especial es:  La facultad concedida al acreedor con garantía real, de solicitar la ejecución dentro de la quiebra de un bien que es asiento del privilegio para el pago con límite en lo producido. 2) (9.1.6) Aprobado el informe final y proyecto de distribución, se procede:  Al pago del dividendo que corresponda a cada acreedor tal como establece el art. 221. 3) (8.2.3) La acción de responsabilidad de representantes tiene un plazo de prescripción. ¿Cuál es?  Dos años contados desde la fecha de la sentencia de quiebra. 4) (9.1.2) ¿Cuál de las siguientes no es una de las formas de realización ordinaria de los bienes en la quiebra?  Venta directa de la empresa. 5) (8.1.2) ¿Es recurrible la resolución que fija la fecha de inicio de la cesación de pagos?  Es apelable por quienes hayan intervenido en el trámite y por el fallido. 6) 10.1.3 De la siguiente enumeración, uno de los créditos no debe ser verificado en la quiebra. ¿Cuál?  Los créditos vinculados con los oficios diligenciados sin previo pago. 7) 10.1.4 Los créditos con privilegio especial tiene el máximo sobre el precio del bien asiento del privilegio, sólo postergado por:  Los gastos de conservación, custodia, administración y realización del mismo efectuados en el concurso. 8) (6.1.14) La enumeración de los bienes excluidos del desapoderamiento que establece el art. 108 LCQ es:  Enunciativa. 9) (6.1.9 El plazo de inhabilitación del fallido y de los integrantes del órgano de administración es de:  1 año desde la fecha de sentencia de quiebra art 236 LCQ. 10) (6.1.2) En el art 77 se mencionan algunos de los casos de quiebra indirecta, pero no son los únicos. De los siguientes supuestos, uno de ellos es incorrecto:  Cuando el concursado omite la categorización de los acreedores. 11) (9.1.1) Cuando se trate de títulos cotizables en el mercado de valores, la modalidad de la liquidación es la siguiente:  Por oferta pública en mercados oficiales. 12) (9.1.1) ¿Cuál es el régimen de venta por licitación?  El juez debe decidir el contenido definitivo del pliego dentro de los 20 dias posteriores a la presentación del proyecto por el síndico. 13) (9.1.5) Luego de la publicación edictal haciendo saber la presentación del informe final, proyecto de distribución y regulación de honorarios, el fallido y los acreedores pueden formular observaciones dentro de los:  10 dias. 14) (9.1.1) El incumplimiento de los plazos previstos para llevar a cabo la enajenación de los bienes tiene las siguientes consecuencias:  Remoción automática del síndico y del encargado de la enajenación. 15) (9.1.1) En caso de no ser posible la enajenación de la empresa o de uno de sus establecimientos, se procederá a la venta singular a través de:  La subasta. 16) (9.1.1) En la quiebra, ¿cuándo comienza la etapa de la realización de los bienes?

 De inmediato, salvo que haya interpuesto recurso de reposición o haya admitido la conversión. 17) (9.1.6) Los acreedores que comparezcan en el concurso, reclamando verificación de créditos o preferencias, después de haberse presentado el proyecto de distribución final, tienen derecho a participar:  Sólo en las futuras distribuciones complementarias. 18) (8.1.1) En las acciones de recomposición patrimonial, se denomina período de sospecha al que transcurre entre:  La fecha que se determina como iniciación de la cesación de pagos y la sentencia de quiebra. 19) (10.1.3) La ley 19.551 efectuaba una enumeración de los gastos, que era ejemplificativa y que actualmente la doctrina utiliza de referencia para referirse al actual art 240 de la siguiente enumeración, uno de esos rubros es incorrecto y no es gasto de concurso. ¿Cuál?  El crédito del retenedor. 20) (9.2) Modo de conclusión de la quiebra en el que consienten todos los acreedores verificados expresándolo por escrito, cuyas firmas están autenticadas:  Avenimiento.