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ORGANISMOS DE SEGURIDAD EN VENEZUELA: ¿CONFLICTOS DE COMPETENCIAS? Pedro Carrasco Lince * * Licenciado en Comunicación Social. Reportero del diario El Carabobeño. Correo Electrónico: [email protected]

RESUMEN El presente estudio periodístico es un resumen del Trabajo Especial de Grado denominado: "Propuesta de un Reportaje Audiovisual Acerca de las Competencias de la Guardia Nacional y los Cuerpos Policiales le Venezuela", que fue aprobado en la Escuela de Comunicación Social del Universidad Bicentenaria de Aragua. Para la publicación en esta revistan la Universidad de Carabobo, fue elaborado con la redacción de un medio6 impreso, sin la estructura metodológica de la tesis. La propuesta se elaboró con la finalidad de establecer las funciones de los organismos de seguridad de acuerdo a las leyes vigentes y determinar si existen políticas 1e coordinación entre las instituciones para afrontar los delitos. De igual manera la investigación aporta información para contribuir a la reestructuración la política de seguridad del Estado. El estudio se basó en un proyecto factible con apoyo en una investigación de campo e investigación descriptiva así como revisión de fuentes documentales, con una población conformada por los funcionarios de las instituciones estudiadas en Carabobo. Además, se trabajó con una muestra intencional (finita) y no aleatoria, constituida por ocho efectivos de los cuerpos de seguridad de larga trayectos profesional, a quienes se les aplicó un cuestionario diagnóstico como instrumento de recolección de datos, el cual fue validado a través del juicio de expertos. A partir de los resultados obtenidos, se concluye que existe una necesidad comunicacional de estimular un debate en la opinión pública sobre la falta de funciones claras para los cuerpos de seguridad. De esa manera, tanto abogados, diputados de la Asamblea Nacional, expertos en 1a materia y los efectivos, pueden analizar las propuestas para perfeccionar las leyes. Palabras Clave: Reportaje Audiovisual, Organismos de Seguridad. Competencias, Políticas de Coordinación. ABSTRACT The present journalistic investigation is an abstract of the Especlil Work of Grade called: "Proposal of an Audiovisual Report about the Functions of the Police Forces and the National Guard of Venezuela", that wm passed at the Social Communication School of the Aragua Bicentenary University. For the publication in this magazine of the Carabobo University the research was written with the style of a printed media, without the methodology structure used in the thesis. The proposal was done with the objective of establishing the functions of the security forces, studying the actual laws and trying to prove if the coordination policies exist, to fight against the crime. The research gives information to reform the state security policy. The study based in a feasible project with support in an empiric and descriptive investigation. It also has the revision of documentary sources. Besides the journalistic research, this document counts with eight interviews to know the opinions of the members that work in the different police forces. These persons were chosen by the investigator. With the results of the study is obvious that exists a communicational need for stimulate a debate in the public opinion, about the lack of clear functions for the security institutions. It's very

important that lawyers, members of the Venezuelan Congress (National Assembly) and the police officers, create a team to analyze this problem and propose new laws. Key Words: Audiovisual Report, Police Forces, Functions, Coordination Policies. " En la medida que los organismos de seguridad tengan funciones precisas, se podrá contar con una mayor cantidad de efectivos dedicados a labores especificas, que les permitirá especializarse en los delitos de su competencia ". Pedro Carrasco Lince. INTRODUCCIÓN La delincuencia es un fenómeno social que afecta a la población venezolana. Existen varias versiones para explicar el comportamiento irregular de una persona y cómo orienta sus esfuerzos para cometer acciones penadas por la ley. Ninguna de las hipótesis justifica una infracción contra el orden público, pero se puede argumentar, que los escasos recursos económicos de una familia, inciden en la búsqueda de sustento y bienes materiales, mediante métodos ilegales por "necesidad". Aunado a esta situación se complementa la problemática, tomando en cuenta las condiciones laborales del país y las repercusiones de los altos índices de desempleo. Además, existen otros indicadores como la inflación y la capacidad productiva de la nación para diversificar la economía, que influyen en la generación de puestos de trabajo. Pero no sólo está el tema netamente financiero. También es factible que un individuo haya tenido una deficiente formación familiar para fortalecer los valores ético-morales o no tuvo acceso a la educación por deficiencias en el sistema público de enseñanza. De igual manera, hay personas que no son orientadas en su adolescencia o han sido poco motivados por sus allegados, en la búsqueda de una profesión. Cualquiera que sea la causa o la condición bajo la cual un ser humano se haya formado y opte por cometer acciones punibles, en todas las sociedades se puede apreciar el problema de la delincuencia. Cada país tiene sus características particulares y aunque se registren en mayor o menor cantidad los hechos delictivos, el Estado debe afrontar la responsabilidad para garantizar un equilibrio en la seguridad ciudadana. Incluso, en muchas naciones, las alteraciones del orden público pueden estar influenciadas no por una condición socio-económica, sino por posturas religiosas o ideológicas, que desatan por ejemplo, los atentados terroristas. Desde los robos, secuestros y homicidios con sus diversos móviles (ajuste de cuentas, riñas, venganzas, atracos... ), hasta los ataques subversivos con bombas, situaciones de rehenes y operaciones de grupos guerrilleros; la delincuencia es una realidad que viven las sociedades y se debe implementar una política pública para contrarrestar estas acciones. En Venezuela, además de todas las irregularidades nombradas anteriormente, se han presentado varias rebeliones militares de la Fuerza Armada Nacional, para derrocar a gobiernos electos de manera democrática, con el apoyo de grupos civiles de extrema izquierda, como por ejemplo, en el conocido "Porteñazo" (2 de junio de 1962) y la intentona golpista del 27 de noviembre de 1992. A pesar de que nuestro país ha tenido estas experiencias durante los 46 años de democracia contemporánea, las leyes vigentes no han establecido funciones claras para los cuerpos de seguridad y políticas de coordinación para afrontar los delitos. El gobierno de Hugo Chávez creó por medio de una ley habilitante, el Decreto de Coordinación para la Seguridad Ciudadana, que hace referencia a los secuestros, situaciones de rehenes y alteraciones del orden público con manifestaciones colectivas.

Sin embargo, el instrumento jurídico no explica de manera precisa, cuáles son los organismos competentes para actuar en estos hechos y no se nombran las estrategias de intervención. Es decir, deja muchos vacíos sobre cómo se deben contrarrestar los acontecimientos violentos, que a su vez, generan innumerables preguntas y contradicciones. ALTERACIÓN DEL ORDEN PÚBLICO La Constitución Nacional prohíbe el uso de armas de fuego y sustancias tóxicas en el control de manifestaciones pacíficas. En Venezuela, es común que todos los organismos del Estado, intervengan en las concentraciones humanas. Tanto la Disip, Guardia Nacional, policías regionales e incluso el Ejército. El artículo 68 de la Carta Magna establece que una ley regulará la actuación de los cuerpos de seguridad en el control del orden público, pero ese instrumento jurídico no existe. De acuerdo con los manuales del Ministerio de la Defensa, el Ejército es una institución que cuenta con armamento de guerra para la defensa del país. La Guardia Nacional, por el contrario, si está formada y capacitada para utilizar un equipo antimotín, para actuar en marchas y manifestaciones que se tornen violentas. Otro de los organismos de seguridad que ha intervenido en disturbios es la Disip, como se ha demostrado en los recientes conflictos políticos, tanto en Caracas como Valencia. La institución actúa con fusiles de asalto, no aptos para este tipo de situaciones. La falta de regulación en materia de orden público, promueve la represión contra la población. Entre los acontecimientos de la historia que representaron un reto para las policías y la Fuerza Armada, se encuentra "El Caracazo". El 27 de febrero de 1989, se produjo en Caracas y varias ciudades del país, un estallido masivo de violencia popular. El incremento de los precios de la gasolina y el consecuente aumento de las tarifas del transporte público, ocasionaron protestas con quema de autobuses y saqueo de locales comerciales. En un reportaje elaborado por el periodista Moisés Hernández, publicado en el diario El Carabobeño el 27 de febrero de 2004, en conmemoración de los 15 años de la protesta, se destaca que: "Al amanecer del 28, parecía que toda la violencia del mundo se hubiera volcado en las calles, por lo que el Presidente Pérez anuncia en la tarde en cadena nacional la suspensión de las garantías constitucionales. Comienza la represión de los organismos de seguridad pública: policía, Disip, PTJ, Ejército y Guardia Nacional, en un intento de controlar el desorden. Sin embargo, sus capacidades se ven rebasadas. (...) Las cifras oficiales señalan un total de 300 decesos y más de mil heridos. Sin embargo, las fuentes extraoficiales no descartan que en esa revuelta, combinada con la acción represiva del Estado, hayan muerto más de mil personas". (Encartado Especial) SITUACIONES DE REHENES También existen nuevas modalidades delictivas como las vividas en el Urológico San Román (23 de junio de 1995) y Terrazas del Ávila (15 de abril de 1996) con toma de rehenes. En el primer suceso, un grupo de antisociales armados intentó cometer un atraco en una residencia, donde lograron someter a cinco residentes. Se presume que mediante una llamada telefónica de testigos, la Policía de Baruta fue informada sobre el hecho y se trasladó al lugar una comisión de funcionarios. Los delincuentes se percataron de la llegada de los efectivos y abandonaron la quinta para esconderse en el centro asistencial. Uno de los ladrones decidió escapar y no ingresó, pero sus dos acompañantes tomaron como rehenes a cinco mujeres. Al sitio llegaron unidades de

la Disip, Policía Metropolitana y PTJ. Empezaron las negociaciones entre los funcionarios y los delincuentes. Los atracadores pidieron un vehículo para escapar del lugar y cuando intentaban abordar una camioneta, se escuchó un disparo y comenzó un tiroteo. El saldo del suceso fue cuatro muertos (un rehén, dos delincuentes y un funcionario del Grupo BÁE), más seis heridos (tres policías de Baruta y tres mujeres que estaban sometidas por los hampones). Después del incidente, la Policía Técnica Judicial (PTJ) inició las experticias de las armas utilizadas por los efectivos de diversos cuerpos de seguridad en el operativo de rescate. Un equipo de investigación se encargó de los estudios de balística y planimetría, con el objetivo de analizar las trayectorias de los proyectiles que alcanzaron a las víctimas. Se colectaron varios en el sitio d;,l hecho y otros que fueron extraídos tanto de heridos como fallecidos, para realizar comparaciones y establecer a qué armas correspondían. En un trabajo realizado por el periodista Ramón Rosales, publicado el 24 de junio de 1995 en el diario El Carabobeño, el director en ese momento de la PTJ, comisario José Ramón Lazo Riccardi, declaró que "estas operaciones policiales son delicadas. Aquí participaron funcionarios de diversas policías". Consultado sobre quién disparó inicialmente, destacó que el primer balazo "ha podido ser de parte de los funcionarios; eso es indudable". Luego, el 15 de abril de 1996, dos antisociales sometieron en horas de la noche a Maria Magdalena Monagas de 31 años, en el estacionamiento del gimnasio "María Félix" en Chuao. La obligaron a llevarlos a su apartamento, a bordo de su carro para presuntamente cometer un robo. Una testigo observó lo ocurrido y notificó a la Policía de Sucre, pero cuando los funcionarios llegaron al piso 4 del edificio Refugio de Terrazas del Ávila, los delincuentes optaron por tomar como rehenes a la víctima y su hermana, Lorena Monagas de 19 años. Luego del incidente, comisiones de PTJ, Disip y Policía Metropolitana llegaron a la urbanización. El comisario José Ramón Lazo Riccardi, lideró las negociaciones para rescatar a las jóvenes. La madre de uno de los antisociales identificado como Hernán López, alias "Hernancito", lo persuadió para que se rindiera. El sujeto aceptó y entregó su arma al director de la PTJ. Junto al secuestrador fue entregada Lorena Monagas (19), pero el otro delincuente, Julio Zambrano, quien permanecía dentro del apartamento, empezó a disparar contra los presentes. Hirió en el cuello al agente de PTJ, Jesús Rivas, y al psicólogo Arturo Miñardo, profesor del Instituto Universitario de Policía Científica, quien se ofreció como mediador. Luego de más de 20 horas de negociación, un comando de la Disip colocó bombas de aire en la puerta, mientras que otro contingente de la policía política descendió en rapel por el techo del edificio, para sorprender a los antisociales por la ventana. Una sonora explosión tumbó la puerta y los efectivos ingresaron, tanto por la entrada principal, como por la ventana del baño. En el tiroteo murieron la víctima Maria Magdalena Monagas (31) y el delincuente Julio Zambrano. Según una noticia elaborada por la periodista Adela Leal de El Universal, publicada el 17 de abril de 1996, el Ministro de Justicia Enrique Mier, señaló a los medios de comunicación que en el sitio del suceso "hay muchos intrusos. Allí no tienen porque estar diputados, alcaldes, ni la Policía de Sucre, que es muy eficiente cumpliendo su trabajo, pero es a la PTJ, a quien corresponde manejar la situación". Un informe de la Fiscalía explicó las presuntas fallas de los cuerpos de seguridad: tanto Disip y PTJ habrían apresurado el asalto, se excedieron en la cantidad de explosivos, utilizaron armas de alta potencia y balas que podían atravesar a las dos víctimas al mismo tiempo y los francotiradores no intervinieron a pesar de las oportunidades.

SECUESTROS En la actualidad, varios organismos de seguridad inician pesquisas sobre plagios, en muchos casos, de manera aislada. Consultado sobre el tema, el inspector jefe César Gómez, jefe de investigaciones en la Delegación Las Acacias del CICPC, señaló que el secuestro es un delito muy delicado. Expresó además, que primero debe haber una unificación de criterios, porque el CICPC, la Guardia Nacional, las policías estadales y la Disip, no pueden investigar cada cual por su lado, "ya que van a ver las cosas desde cuatro puntos de vista distintos. Podemos incurrir en un error y haber un desenlace fatal en contra de la víctima". Gómez destacó que se debe crear una ley para distribuir responsabilidades en esta materia. IMPROVISACIÓN DEL ESTADO La caída del general Pérez Jiménez cambió la política de seguridad en Venezuela. El gobierno de transición creó dos instituciones para garantizar el orden del país en democracia. Por decreto se estableció el Cuerpo Técnico de Policía Judicial y la Dirección General de Policía (DIGEPOL). Sin embargo, a partir de 1958 el Estado atravesó una severa crisis, debido al desmantelamiento de la Seguridad Nacional, organismo de la dictadura que allanaba las casas sin orden judicial y asesinaba a los opositores. En principio, la ausencia de una institución similar dio origen de manera improvisada a los "Servicios Técnicos Criminológicos". Apenas comenzaba el proceso de reestructuración, empieza la presencia guerrillera de grupos comunistas subversivos. En este sentido, el activismo político de oposición fue severamente castigado, por lo que se catalogó a este cuerpo de seguridad, como un ente policial arbitrario y represor. Los izquierdistas fomentaron golpes de estado, secuestros y ataques contra la Fuerza Armada Nacional, como por ejemplo, el conocido asalto al tren de El Encanto, cerca de Los Teques, donde murieron varios Guardias Nacionales. E129 de Abril de 1959, según Decreto Ejecutivo N° S 1 se crea la DIGEPOL, que tendría como tarea ejercer y coordinar en todo el territorio nacional, las funciones de seguridad "destinadas a la conservación del orden y la tranquilidad pública", de acuerdo con la competencia asignada al Ministerio de Relaciones Interiores, en el Articulo N° 18 del Estatuto Orgánico de Ministerios. Sin embargo, la inestabilidad política que caracterizó a la década de los sesenta, obligó a la DIGEPOL a convertirse en un cuerpo policial de carácter más represivo que de inteligencia y estuvo implicada en presuntos abusos contra los detenidos. Diez años después, el 19 de marzo de 1969, esta institución pasó a ser lo que hoy se conoce como Dirección de los Servicios de Inteligencia y Prevención (Disip), por Decreto Ejecutivo N° 15, del Presidente Rafael Caldera. De acuerdo con un trabajo de investigación publicado en la página oficial del Ministerio de Interior y Justicia (www.mij.gov.ve), este cambio de nombre obedeció al objetivo de "borrar" la fama dejada por la DIGEPOL. La Disip, también llamada "policía política", no tiene en la actualidad una ley que establezca sus funciones. Una de las actividades más comunes que ha desempeñado es desactivar explosivos. Sin embargo, ya el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (CICPC), a través de la Brigada de Acciones Especiales (Grupo BAE), también realiza una labor similar. Un ejemplo de esta situación, se produjo el 1S de mayo de 2004, cuando en Las inmediaciones del Centro de Bateo de la urbanización San Luis en Caracas, se encontró una especie de detonador eléctrico, que presuntamente sirve para activar cargas de explosivos C4. Cuando los funcionarios de la Disip llegaron al sitio, ya los efectivos del CICPC habían colectado la evidencia y la División Antiterrorismo de este organismo, inició las

investigaciones. Bajo este panorama de subversión e improvisación (década de los sesenta), el Estado venezolano no diseñó un plan para establecer las competencias claras de los cuerpos de seguridad y políticas de coordinación para afrontar los delitos. CICPC En el marco de la transición democrática, la Junta Cívico Militar de 1958 planteó la creación de una policía especializada, que practicara las diligencias en la comprobación de los delitos, búsqueda de evidencias y aprehensión de los culpables. El 20 de febrero de 1958 se promulgó el Decreto N° 48, para establecer la base legal del Cuerpo Técnico de Policía Judicial (CTPJ), que estaba adscrito al Ministerio de Justicia. El primero de abril de 1980 se creó la Brigada de Acciones Especiales (BAE), con el objetivo de resolver situaciones complejas y realizar acciones de apoyo a las unidades operativas de la PTJ, en los enfrentamientos con peligrosos delincuentes. Tiene como funciones operar en áreas urbanas y rurales en materia de secuestros, así como también en situaciones de rehenes. El 8 de mayo del 2001, según resolución emanada del Ministerio del Interior y Justicia, el Cuerpo Técnico de Policía Judicial cambia de nombre a Dirección Nacional de Investigaciones Penales; denominación que será sustituida con la promulgación del Decreto 1.511 con Fuerza de Ley de fecha 2 de noviembre de 2001, que la define como Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas. El 8 de junio de12001, inició sus funciones la División Nacional Antiextorsión y Secuestro, con el objetivo de contrarrestar estos delitos, ante el considerable auge que han registrado en Venezuela. Entre las creaciones más recientes del CICPC, se encuentra la Unidad de Respuesta Inmediata (URI) que tiene como misión llevar a cabo operaciones de apoyo a las unidades de investigadores y técnicos, para garantizar la integridad física de los funcionarios y la protección de los equipos de la institución. El gobierno de Hugo Chávez creó a través de una ley habilitante, el Decreto del CICPC. El instrumento jurídico le atribuye a la institución, la condición de "órgano principal en materia de investigaciones penales". La policía científica actúa después que se comete el delito y busca evidencias para identificar a los culpables. Debe hacer pruebas de activaciones especiales que permiten encontrar huellas dactilares. De igual manera, elabora estudios del ADN en sangre, saliva, semen o cabellos. Practica además la balística y planimetría, con el objetivo de estudiar la trayectoria de los proyectiles. Posee laboratorios para hacer estudios forenses y antropológicos, que permiten identificar las osamentas humanas o personas quemadas. De esta manera, se pueden esclarecer casos de homicidios, violaciones, secuestros o atracos. Sin embargo, la ley también establece que debe colaborar con los órganos de seguridad ciudadana, en la creación de centros de prevención del delito y la organización de bases de datos, para compartir información de los servicios de inteligencia contra el narcotráfico, terrorismo internacional, desaparición de personas y movimiento de capitales ilícitos. La policía científica debe analizar en coordinación con el Instituto Nacional de Estadística, los índices de criminalidad y presentarlos al Ministerio de Interior y Justicia, para adoptar políticas de prevención, con el objetivo de disminuir la actividad delictiva. Deberá auxiliar a la Dirección Nacional de Identificación y Extranjería para localizar y detener a ciudadanos foráneos, solicitados por otros países. El decreto establece que las policías estadales y municipales, como cuerpos de seguridad preventivos, deben proteger el lugar del suceso e impedir que las evidencias desaparezcan o sean alteradas, hasta que llegue el CICPC, cuyos funcionarios son los especialistas encargados de colectar las pruebas. Tienen que evitar además, que los testigos se vayan del sitio. De igual manera, están facultadas para detener a los autores de delitos, en casos de flagrancia.

En entrevista realizada al comisario Aníbal Rivas, jefe de la Delegación Las Acacias del CICPC, comentó que ahora la "Guardia Nacional trabaja secuestros y también trabaja de repente vehículos, que es una materia muy delicada, que de acuerdo a la nueva Ley de Robo y Hurto de Vehículos, nos da a nosotros atribuciones especificas en esta materia. Vemos con preocupación como muchas policías invaden estos campos y se va haciendo una costumbre". Destacó además que "los delitos forestales los debe trabajar la Guardia Nacional, la parte de policía de inteligencia le corresponde a la Disip, la parte preventiva a las policías estadales y municipales. Ese es el deber ser, pero muchas veces no se cumple eso. Si tú me llevas a una manifestación estudiantil yo no sé qué hacer porque nunca fui formado para eso. Las policías preventivas si saben qué hacer ante un motín, la Guardia Nacional sabe qué hacer ante una tala indiscriminada y nosotros sabemos qué hacer ante un homicidio". GUARDIA NACIONAL Con el estudio de la Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas, Ley de Régimen Penitenciario y la Ley Orgánica de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, se concluye que la Guardia Nacional debe cooperar con el Ejército, la Armada y la Aviación, en la defensa militar del país. De igual manera, tiene que garantizar la seguridad de las industrias básicas del Estado y empresas privadas de importancia estratégica. Prestará servicio de vigilancia en las fronteras, puertos y aeropuertos, donde evitará el narcotráfico. Además, debe proteger el ambiente y evitar la tala de árboles o explotación ilegal de minerales. La Guardia Nacional puede custodiar las cárceles y debe contribuir al mantenimiento del orden público. PERIODISMO DE INVESTIGACIÓN La acción del hampa organizada y el incremento en los índices delictivos ameritan una modificación de la política de seguridad del Estado, así como una revisión de los instrumentos legales para garantizar una reorientación adecuada de las funciones entre las diversas instituciones. Los canales de televisión y periódicos tanto nacionales como regionales, dedican un esfuerzo periodístico considerable a la cobertura de la fuente de sucesos y resaltan el aumento de los casos de homicidios, robos y secuestros. Pero se ha plasmado una tendencia hacia el "diarismo", es decir, la transmisión de los acontecimientos cotidianos en el lugar de los hechos, donde el lector y sobre todo el televidente, vive la experiencia del suceso a través de la acción de la noticia. Sin embargo, es necesario profundizar en la investigación periodística hacia el trasfondo del problema, con respecto a la capacidad del Estado para enfrentar el hampa: planes preventivos y de investigación, normativas legales, políticas de coordinación y la inversión pública que se requiere en esta materia. La enseñanza básica del periodismo está orientada a perfeccionar las técnicas de redacción para informar, no obstante, las necesidades de la sociedad actual, ameritan que el profesional de la comunicación se especialice en una fuente determinada para desarrollar un estilo interpretativo. Es decir, optimizar la capacidad de análisis para comparar datos y emitir conclusiones objetivas, orientadas a concientizar a la audiencia. RECOMENDACIONES Tomando en cuenta las conclusiones de la investigación y las entrevistas a funcionarios especializados de los cuerpos de seguridad, se presentan a continuación las recomendaciones para que la Asamblea Nacional, evalúe los parámetros fundamentales que debe contener un

proyecto de "Ley Orgánica de Seguridad y Defensa", para resolver los vacíos jurídicos en esta materia. Situaciones de Rehenes: El Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (CICPC), a través de la Brigada de Acciones Especiales (Grupo BAE), será la institución encargada de afrontar este hecho. Realizará las labores de negociación para salvar a las víctimas y despliegue de francotiradores. Las policías estadales y municipales, así como la Guardia Nacional o la Disip, si tienen conocimiento del suceso y llegan al lugar, deberán acordonar la escena del delito, proteger las evidencias, identificar a los testigos e impedir que abandonen el sitio, hasta que llegue el Grupo BAE, cuyos funcionarios se harán cargo del caso. Secuestros El CICPC será la institución encargada de adelantar las pesquisas para esclarecer este delito, mediante la búsqueda de evidencias, entrevistas de testigos, elaboración de retratos hablados de los delincuentes y el proceso de negociación para la liberación de las víctimas. Los funcionarios de la Brigada Antiextorsión y Secuestro, serán respaldados por efectivos de la Unidad de Respuesta Inmediata o el Grupo BAE (también del CICPC), para rescatar a los plagiados. Si otro cuerpo de seguridad en el ejercicio de sus funciones, maneja información de inteligencia sobre los presuntos implicados y el paradero de las víctimas, deberá informar al CICPC. Alteraciones del orden público con manifestaciones Se prohíbe el uso de armas de fuego y sustancias tóxicas en el control de manifestaciones pacíficas. Las policías estadales custodiarán las protestas para evitar posibles alteraciones. Si la concentración se torna violenta, los funcionarios deberán emplear un equipo antimotín, constituido por escudos transparentes de poli carbonado y fibra de vidrio, cascos protectores de polietileno endurecido, chaleco antibalas Kevlar, peinilla de acero inoxidable sin borde cortante, máscaras anti-gases, perdigones de plástico y gas lacrimógeno, así como vehículos blindados para controlar el conflicto. En caso de perder el control de la situación, la Guardia Nacional deberá cooperar para restablecer el orden con equipos similares. Sólo estas dos instituciones son las autorizadas para el control de manifestaciones. No se permite la tortura o violaciones de los derechos humanos en las intervenciones. La Disip carece de una ley para establecer sus competencias, por lo tanto, un proyecto de instrumento jurídico, puede orientar sus funciones en tres áreas de investigación: Terrorismo Subversión Contraespionaje Se entiende por: Terrorismo: Acciones violentas organizadas por grupos políticos, religiosos o ideológicos, con el objetivo de propagar el pánico en la comunidad. El terrorismo busca la desestabilización del Estado causando el mayor caos posible, para posibilitar de esta forma, una transformación radical del orden político existente. Los terroristas planean ataques con bombas o agentes químicos y atentados suicidas, para cometer homicidios.

Subversión: Intención deliberada de alterar, de forma radical y al margen de los cauces legales, el orden político, social o institucional vigente en un Estado. La subversión puede estar protagonizada por individuos o grupos que, además, pretenden extender al resto de la sociedad sus convicciones. Los subversivos justifican sus actos en la supuesta pretensión de revocar sistemas y órdenes políticos injustos, al amparo de conceptos tales como "guerrilla de liberación". Espionaje: Obtención secreta de información que la fuente no desea revelar. El término se puede emplear en referencia a los ámbitos militar, económico o político, pero en general, se relaciona con la política exterior y de defensa. De acuerdo con el derecho internacional, el espionaje es una actividad delictiva, y suele estar tipificado como delito de especial gravedad, merecedor de máximas penas, especialmente cuando afecta a la seguridad del Estado. El espionaje generalmente está relacionado al engaño, el fraude y la violencia. Requiere la adhesión de agentes en naciones extranjeras. Emplea micrófonos y en la actualidad, un conjunto de modernos aparatos fotográficos, así como censores, detectores y otras técnicas, para descubrir y conseguir información secreta. Un analista de seguridad de la Disip, quien pidió no ser identificado, expresó que para complementar esta propuesta, se pueden unificar los criterios en materia de inteligencia para la seguridad del Estado. Es decir, se elimina la Dirección de Inteligencia Militar y sus funcionarios se integran a la Disip, para tener más efectivos en áreas de investigación específicas. En el tema de la subversión, por ejemplo, se unen esfuerzos para frustrar las rebeliones militares y operaciones de grupos guerrilleros. De igual manera, es factible la creación de un nuevo régimen de educación para formar a los funcionarios con un Departamento de Inteligencia, donde se establezca un pensum de estudio, normas de ingreso y especialización en terrorismo, subversión y contraespionaje. Para aplicar este proyecto de Ley Orgánica de Seguridad y Defensa, tomando en cuenta muchas otras ideas que pueden surgir durante la investigación, el Estado debe diseñar un programa de inversión para adaptar a las fuerzas policiales con las exigencias que requiere la sociedad venezolana, con nuevas infraestructuras y equipos especializados en materia de criminalística. Nota: Para el video de la tesis se utilizaron ocho entrevistados, pero para la publicación del resumen de la investigación en este órgano divulgativo, se tomaron los aportes de sólo tres funcionarios. Sin embargo, para efectos de las recomendaciones, están plasmadas las ideas de todos los efectivos consultados, con el objetivo de reestructurar la política de seguridad del Estado. REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS - Bisquerra (1989). Métodos de Investigación Educativa. Barcelona España. Grupo Editorial Ceac, S.A. - Castro, F. (2001). El Proyecto de Investigación y Su Esquema de Elaboración. CaracasVenezuela. Editorial Colson, C.A. - Celis, C. (2000). Introducción a La Seguridad y La Defensa. Caracas Venezuela. IAEDEN. - Decreto con Fuerza de Ley de Coordinación de Seguridad Ciudadana. (2001). Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela. (W37.318) - Decreto con Fuerza de Ley de los órganos de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas. (2001). Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela. (N° 5.551) - De la Mota (1994). Enciclopedia de la Comunicación. Ciudad de México - México: Editorial Limusa. -Garay, J. (2001). La Constitución. Caracas-Venezuela. Corporación AGR.

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