NTC NORMAS CERVEZA.pdf

Nombre del Producto (SIBOL) Nombre Comercial del Producto Calidad Generalidades Requisitos generales Requisitos Espec

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Nombre del Producto (SIBOL) Nombre Comercial del Producto Calidad

Generalidades

Requisitos generales

Requisitos Específicos

Empaque y rotulado

Aguardiente de Caña - 41173

Aguardiente Nacional

NTC - 410 Contenido de alcohol a 20° C Mínimo 29 Metanol en mg/dm³ Máximo 300 Aguardiente de Caña: Bebida alcohólica incolora obtenida por destilación especial, de acuerdo con las normas del país de origen, de mostos de zumos de caña de azúcar o de sus derivados sometidos a fermentación alcohólica. Aguardiente de caña compuesto: Aguardiente cuyo sabor y aroma se han modificado por la adición de aromatizantes naturales, de manera que no se desvirtúen sus características de origen. Congéneres: Son sustancias volátiles naturales, diferentes a los alcoholes etílico y metílico, las cuales provienen delas materias primas empleadas durante el proceso de elaboración de una bebida alcohólica. Dentro de los congéneres se consideran sustancias como ácidos, aldehídos, furfural, ésteres y alcoholes superiores. El aguardiente de caña debe ser un líquido transparente. El aguardiente de caña debe estar libre de sustancias extrañas y precipitadas El Aguardiente de caña debe cumplir con los parámetros establecidos en la NTC 410 en cuanto a contenido de alcohol, azúcares totales, metanol, furfural, cobre y hierro. El aguardiente de caña se debe distribuir en envases adecuados para el consumo y conservación. Tapados y sellados de manera que aseguren su calidad durante el transporte y almacenamiento. Cuando los envases son de vidrio deben cumplir con la norma correspondiente. El rotulado debe cumplir con la legislación vigente para empaque y rotulado de bebidas alcohólicas, Debe contener la palabra “Aguardiente (rojo)”, cuando sea aguardiente compuesto de debe agregar la palabra “compuesto o compuesta” y la marca de fábrica. Se debe indicar el contenido de alcohol en el rótulo. Botella de 750 ml

Presentación

Nombre del Producto (SIBOL) Nombre Comercial del Producto

Calidad

AMARETTO -43599

AMARETTODE ORIGEN NACIONAL Cumplir con los requisitos establecidos en: Decreto 3192 de 1983 del Ministerio de Salud - Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979, en lo referente a fábricas de alcohol y bebidas alcohólicas, elaboración, hidratación envase, distribución, exportación, importación y venta de

estos productos y se establecen mecanismos de control en el territorio nacional y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Decreto 1686 de 2012 del Ministerio de Salud y Protección Social – Por el cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que se deben cumplir para la fabricación, elaboración, hidratación, envase, almacenamiento, distribución, transporte, comercialización, expendio, exportación e importación de bebidas alcohólicas destinadas para consumo humano y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Norma Técnica Colombiana NTC 4676 – Bebidas Alcohólicas. Rotulado. Norma Técnica Colombiana NTC 1853 – Envases de vidrio para bebidas alcohólicas.

Generalidades

Requisitos generales Requisitos Específicos

Empaque y rotulado

El Amaretto es un licor de origen italiano que se prepara con almendras, con un suave toque amargo. Para su elaboración se utilizan solamente ingredientes naturales de la más alta calidad como la esencia de 17 hierbas y frutas que acompañan a su ingrediente principal. Sus componentes básicos como son las almendras naturales, vainilla de Madagascar y azúcar puro caramelizado junto con Aromas Sabor característico, color caramelo. Graduación alcoholimetría: entre 20°y 30° El producto se debe distribuir en envases adecuados para el consumo y conservación. Los envases deben disponer de un adecuado cierre o tapa, y sellado de tal manera que se garantice la inviolabilidad del recipiente y las características del producto. El rotulado debe cumplir con la NTC 4676 y con el Capítulo IX del Decreto 3192 de 1983.Para producto empacado en vidrio, el envase debe cumplir con la NTC 1853 Botella de 750 ml.

Presentación

Nombre del Producto (SIBOL)

Brandy - 43596

Nombre Comercial del Producto

Brandy

Calidad

Cumplir con los requisitos establecidos en: Norma Técnica Colombiana NTC 634 - Bebidas alcohólicas. Brandy. Decreto 3192 de 1983 del Ministerio de Salud - Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979, en lo referente a fábricas de alcohol y bebidas alcohólicas, elaboración, hidratación envase, distribución, exportación, importación y venta de estos productos y se establecen mecanismos de control en el territorio nacional y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Decreto 1686 de 2012 del Ministerio de Salud y Protección Social – Por el cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que se deben cumplir para la fabricación, elaboración,

hidratación, envase, almacenamiento, distribución, transporte, comercialización, expendio, exportación e importación de bebidas alcohólicas destinadas para consumo humano y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Norma Técnica Colombiana NTC 4676 – Bebidas Alcohólicas. Rotulado. Norma Técnica Colombiana NTC 1853 – Envases de vidrio para bebidas alcohólicas.

Generalidades

Requisitos generales

Requisitos Específicos

Empaque y rotulado

Es un aguardiente de alta graduación alcohólica. Es obtenido por destilación. Su elaboración se basa en el calentamiento, evaporación del alcohol de vino y su recuperación posterior entoneles de roble (crianza). Sabor característico, color ámbar cristalino. El producto se podrá envasar en vidrio o porcelana. El producto debe cumplir con los requisitos y ensayos establecidos en la NTC 634 Graduación alcoholimetría: entre 35°y 40° El producto se debe distribuir en envases adecuados para el consumo y conservación. Los envases deben disponer de un adecuado cierre o tapa, y sellado de tal manera que se garantice la inviolabilidad del recipiente y las características del producto. El rotulado debe cumplir con la NTC 4676 y con el capítulo IX del decreto 3192 de 1983. Para producto empacado en vidrio, el envase debe cumplir con la NTC 1853. Botella 750 ml

Presentación

Nombre del Producto (SIBOL) Nombre Comercial del Producto

Calidad

Cerveza - 43593 Cerveza Importada Americana y Alemana Cumplir con los requisitos establecidos en: Norma Técnica Colombiana NTC 3854 – Bebidas Alcohólicas. Cerveza. Norma Técnica Colombiana NTC 3642 – Envases de vidrio para cervezas y maltas. Decreto 3192 de 1983 del Ministerio de Salud - Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979, en lo referente a fábricas de alcohol y bebidas alcohólicas, elaboración, hidratación envase, distribución, exportación, importación y venta de estos productos y se establecen mecanismos de control en el territorio nacional y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Decreto 1686 de 2012 del Ministerio de Salud y Protección Social – Por el cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que se deben cumplir para la fabricación, elaboración,

Generalidades

Requisitos generales

Requisitos Específicos

Empaque y rotulado

hidratación, envase, almacenamiento, distribución, transporte, comercialización, expendio, exportación e importación de bebidas alcohólicas destinadas para consumo humano y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Norma Técnica Colombiana NTC 4676 – Bebidas Alcohólicas. Rotulado. Norma Técnica Colombiana NTC 1853 – Envases de vidrio para bebidas alcohólicas. Norma Técnica Colombiana NTC 853 – Envases metálicos con espesores de lámina de 0,37 mm y menores Cerveza es la bebida obtenida por fermentación alcohólica de un mosto elaborado con cebada germinada y otros cereales o azúcares, adicionado de lúpulo o su extracto natural, levadura y agua potable, a la cual se le podrán adicionar sabores naturales permitidos por el Ministerio de Salud y Protección Social. Esta bebida está comprendida entre 2.5 y 15 grados alcoholimétricos. La cerveza no deberá contener impurezas o materiales extraños, ni sedimentos diferentes a los de las materias primas utilizadas permitidas en su elaboración o a los componentes normales que se forman después del proceso de elaboración. La levadura empleada en la elaboración de la cerveza debe provenir de un cultivo puro de levadura cervecera libre de cualquier otro tipo de microorganismo. Graduación alcoholimétrica: Entre 4.8° Y 5° El producto debe cumplir con los requisitos y ensayos establecidos en la NTC 3854. El envase de vidrio deberá cumplir con la NTC 1853 El envase metálico deberá cumplir con la NTC 853. El rotulado debe cumplir con la NTC 4676 y con el Capítulo IX del Decreto 3192 de 1983. El rotulo deberá indicar fecha de vencimiento. El producto dependiendo del volumen podrá ser embalado en canastilla plástica, plástico termoencogible u otro material que garantice el mantenimiento de las características del producto y del envase.

Presentación

Botella por 330 ml

Nombre del Producto (SIBOL) Nombre Comercial del Producto

Cerveza - 43593

CERVEZA NACIONAL NEGRA PREMIUM

Calidad

Generalidades

Requisitos generales

Requisitos Específicos

Empaque y rotulado

Presentación

Cumplir con los requisitos establecidos en: Norma Técnica Colombiana NTC 3854 – Bebidas Alcohólicas. Cerveza. Norma Técnica Colombiana NTC 3642 – Envases de vidrio para cervezas y maltas. Decreto 3192 de 1983 del Ministerio de Salud - Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979, en lo referente a fábricas de alcohol y bebidas alcohólicas, elaboración, hidratación envase, distribución, exportación, importación y venta de estos productos y se establecen mecanismos de control en el territorio nacional y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Decreto 1686 de 2012 del Ministerio de Salud y Protección Social – Por el cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que se deben cumplir para la fabricación, elaboración, hidratación, envase, almacenamiento, distribución, transporte, comercialización, expendio, exportación e importación de bebidas alcohólicas destinadas para consumo humano y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Norma Técnica Colombiana NTC 4676 – Bebidas Alcohólicas Rotulado. Norma Técnica Colombiana NTC 1853 – Envases de vidrio para bebidas alcohólicas. Norma Técnica Colombiana NTC 853 – Envases metálicos con espesores de lámina de 0,37 mm y menores Cerveza es la bebida obtenida por fermentación alcohólica ale dura unos tres o cuatro días, se alcanza una temperatura de unos 25º C. Sin embargo, muchos productores dejan fermentar la cerveza hasta dos semanas. Después, la mayoría de las cervezas de fermentación alta tienen algún tipo de maduración posterior, que puede ir desde unos pocos días de acondicionamiento en caliente entre 13 y 16º C, a una maduración en frío o incluso una segunda fermentación en la barrica o botella. La cerveza no deberá contener impurezas o materiales extraños, ni sedimentos diferentes a los de las materias primas utilizadas permitidas en su elaboración o a los componentes normales que se forman después del proceso de elaboración. La levadura empleada en la elaboración de la cerveza debe provenir de un cultivo puro de levadura cervecera libre de cualquier otro tipo de microorganismo. Graduación alcoholimetría: máximo 4.7, su fermentación es ale y color negro brillante. El producto debe cumplir con los requisitos y ensayos establecidos en la NTC 3854. El envase de vidrio deberá cumplir con la NTC 1853 El envase metálico deberá cumplir con la NTC 853. El rotulado debe cumplir con la NTC 4676 y con el Capítulo IX del Decreto 3192 de 1983. El rotulo deberá indicar fecha de vencimiento. El producto dependiendo del volumen podrá ser embalado en canastilla plástica, plástico termoencogible u otro material que garantice el mantenimiento de las características del producto y del envase. Botella 330ml

Nombre del Producto (SIBOL) Nombre Comercial del Producto

Calidad

Generalidades

Requisitos generales

Requisitos Específicos

Empaque y rotulado

Presentación

Cerveza - 43593 CERVEZA NACIONAL ROJA PREMIUM Cumplir con los requisitos establecidos en: Norma Técnica Colombiana NTC 3854 – Bebidas Alcohólicas Cerveza. Norma Técnica Colombiana NTC 3642 – Envases de vidrio para cervezas y maltas. Decreto 3192 de 1983 del Ministerio de Salud - Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979, en lo referente a fábricas de alcohol y bebidas alcohólicas, elaboración, hidratación envase, distribución, exportación, importación y venta de estos productos y se establecen mecanismos de control en el territorio nacional y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Decreto 1686 de 2012 del Ministerio de Salud y Protección Social – Por el cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que se deben cumplir para la fabricación, elaboración, hidratación, envase, almacenamiento, distribución, transporte, comercialización, expendio, exportación e importación de bebidas alcohólicas destinadas para consumo humano y las normas que modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Norma Técnica Colombiana NTC 4676 – Bebidas Alcohólicas. Rotulado. Norma Técnica Colombiana NTC 1853 – Envases de vidrio para bebidas alcohólicas. Norma Técnica Colombiana NTC 853 – Envases metálicos con espesores de lámina de 0,37 mm y menores Cerveza es la bebida obtenida por fermentación alcohólica condiciones

más lentas empleando levaduras especiales, conocidas como levaduras de fermentación baja, y que en las últimas partes del proceso son almacenadas en bodegas (o lagered - de aquí viene su nombre) durante un período en condiciones de baja temperatura con el objeto de limpiar las partículas residuales y estabilizar los sabores. Los ejemplos más populares de cerveza de tipo lager son los pale lagers, conocidas también como largers. La cerveza no deberá contener impurezas o materiales extraños, ni sedimentos diferentes a los de las materias primas utilizadas permitidas en su elaboración o a los componentes normales que se forman después del proceso de elaboración. La levadura empleada en la elaboración de la cerveza debe provenir de un cultivo puro de levadura cervecera libre de cualquier otro tipo de microorganismo. Graduación alcoholimétrica: máximo 4.7°, su fermentación es lager y color cobrizo. El producto debe cumplir con los requisitos y ensayos establecidos en la NTC 3854. El envase de vidrio deberá cumplir con la NTC 1853 El envase metálico deberá cumplir con la NTC 853. El rotulado debe cumplir con la NTC 4676 y con el Capítulo IX del Decreto 3192 de 1983.El rotulo deberá indicar fecha de vencimiento. El producto dependiendo del volumen podrá ser embalado en canastilla plástica, plástico termoencogible u otro material que garantice el mantenimiento de las características del producto y del envase. Botella 330ml

Nombre del Producto (SIBOL) Nombre Comercial del Producto

Calidad

Generalidades

Requisitos generales

Requisitos Específicos

Empaque y rotulado

Cerveza - 43593

CERVEZA NACIONAL RUBIA PREMIUM

Cumplir con los requisitos establecidos en: Norma Técnica Colombiana NTC 3854 – Bebidas Alcohólicas Cerveza. Norma Técnica Colombiana NTC 3642 – Envases de vidrio para cervezas y maltas. Decreto 3192 de 1983 del Ministerio de Salud - Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979, en lo referente a fábricas de alcohol y bebidas alcohólicas, elaboración, hidratación envase, distribución, exportación, importación y venta de estos productos y se establecen mecanismos de control en el territorio nacional y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Decreto 1686 de 2012 del Ministerio de Salud y Protección Social – Por el cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que se deben cumplir para la fabricación, elaboración, hidratación, envase, almacenamiento, distribución, transporte, comercialización, expendio, exportación e importación de bebidas alcohólicas destinadas para consumo humano y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Norma Técnica Colombiana NTC 4676 – Bebidas Alcohólicas. Rotulado. Norma Técnica Colombiana NTC 1853 – Envases de vidrio para bebidas alcohólicas. Norma Técnica Colombiana NTC 853 – Envases metálicos con espesores de lámina de 0,37 mm y menores Cerveza es la bebida obtenida por fermentación alcohólica condiciones

más lentas empleando levaduras especiales, conocidas como levaduras de fermentación baja, y que en las últimas partes del proceso son almacenadas en bodegas (o lagered - de aquí viene su nombre) durante un período en condiciones de baja temperatura con el objeto de limpiar las partículas residuales y estabilizar los sabores. Los ejemplos más populares de cerveza de tipo lager son los pale lagers, conocidas también como largers. La cerveza no deberá contener impurezas o materiales extraños, ni sedimentos diferentes a los de las materias primas utilizadas permitidas en su elaboración o a los componentes normales que se forman después del proceso de elaboración. La levadura empleada en la elaboración de la cerveza debe provenir de un cultivo puro de levadura cervecera libre de cualquier otro tipo de microorganismo. Graduación alcoholimétrica: máximo 4.7°, su fermentación es lager y color amarillo dorado intenso y limpio. El producto debe cumplir con los requisitos y ensayos establecidos en la NTC 3854. El envase de vidrio deberá cumplir con la NTC 1853 El envase metálico deberá cumplir con la NTC 853. El rotulado debe cumplir con la NTC 4676 y con el Capítulo IX del Decreto 3192 de 1983. El rotulo deberá indicar fecha de vencimiento. El producto dependiendo del volumen podrá ser embalado en canastilla plástica, plástico termoencogible u otro material que garantice el mantenimiento de las características del producto y del envase.

Presentación

Botella 330ml

Nombre del Producto Crema de cacao-43591 (SIBOL) Nombre Comercial del Producto

Calidad

Generalidades

Crema de cacao blanca Cumplir con los requisitos establecidos en: Decreto 3192 de 1983 del Ministerio de Salud - Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979, en lo referente a fábricas de alcohol y bebidas alcohólicas, elaboración, hidratación envase, distribución, exportación, importación y venta de estos productos y se establecen mecanismos de control en el territorio nacional y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Decreto 1686 de 2012 del Ministerio de Salud y Protección Social – Por el cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que se deben cumplir para la fabricación, elaboración, hidratación, envase, almacenamiento, distribución, transporte, comercialización, expendio, exportación e importación de bebidas alcohólicas destinadas para consumo humano y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Norma Técnica Colombia NTC 1035 - Bebidas alcohólicas. Cremas Norma Técnica Colombiana NTC 4676 – Bebidas Alcohólicas Rotulado. Norma Técnica Colombiana NTC 1853 – Envases de vidrio para bebidas alcohólicas.

La Crema de Cacao es un dulce licor de chocolate elaborado principalmente a partir de granos de cacao y vainilla. Puede ser

adicionado con sustancias

aromatizantes

permitidas,

Requisitos generales edulcorado y coloreado. Sabor característico, color caramelo.

Requisitos Específicos

Graduación alcoholimetría: entre 15° y 25° es un crema con sabor a chocolate con base láctea y ron Características Producto 100% natural, sin colorantes ni aditivos. Hecho con: Cacao blanco 100% colombiano Ron a granel con certificado de calidad Alcohol extra neutro rectificado, filtrado con carbón activado, con lo cual se le quita el picante lo hace más suave dándole un aroma y sabor más agradable al producto. Azúcar con calidad alta pureza,

El producto se debe distribuir en envases adecuados para el consumo y conservación. Los envases deben disponer de un adecuado cierre o tapa, y sellado de tal manera que se garantice la inviolabilidad del Empaque y rotulado recipiente y las características del producto. El rotulado debe cumplir con la NTC 4676 y con el Capítulo IX del Decreto 3192 de 1983.Para producto empacado en vidrio, el envase debe cumplir con la NTC 1853.El rotulo deberá indicar fecha de vencimiento. Botella750ml

Presentación

Nombre del Producto (SIBOL)

Crema de cacao-43591

Nombre Comercial del Producto

Crema de cacao oscura de origen nacional Cumplir con los requisitos establecidos en: Decreto 3192 de 1983 del Ministerio de Salud - Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979, en lo referente a fábricas de alcohol y bebidas alcohólicas, elaboración, hidratación envase, distribución, exportación, importación y venta de estos productos y se establecen mecanismos de control en el territorio nacional y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Decreto 1686 de 2012 del Ministerio de Salud y Protección Social – Por el cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que se deben cumplir para la fabricación, elaboración, hidratación, envase, almacenamiento, distribución, transporte, comercialización, expendio, exportación e importación de bebidas alcohólicas destinadas para consumo humano y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Norma Técnica Colombia NTC 1035 - Bebidas alcohólicas Cremas. Norma Técnica Colombiana NTC 4676 – Bebidas Alcohólicas. Rotulado. Norma Técnica Colombiana NTC 1853 – Envases de vidrio para bebidas alcohólicas.

Calidad

La Crema de Cacao es un dulce licor de chocolate elaborado principalmente a partir de granos de cacao y vainilla.

Generalidades

Puede ser adicionado con sustancias aromatizantes permitidas, edulcorado y coloreado. Sabor característico, color oscuro chocolate marrón

Requisitos generales

Graduación alcoholimetría: 24° La crema de cacao es una crema con sabor a chocolate elaborada con base láctea y ron. Características: Producto 100% Natural, sin colorantes ni aditivos.

Requisitos Específicos

Hecho con:



Cacao oscuro o negro 100% Colombiano



Ron a granel con certificado de calidad



Alcohol Extra-neutro rectificado,



Agua 100% Desmineralizada para evitar turbidez y garantizar el mejor sabor.



Azúcar de Calidad Alta pureza,

Empaque y rotulado

Presentación

El producto se debe distribuir en envases adecuados para el consumo y conservación. Los envases deben disponer de un adecuado cierre o tapa, y sellado de tal manera que se garantice la inviolabilidad del recipiente y las características del producto. El rotulado debe cumplir con la NTC 4676 y con el Capítulo IX del Decreto 3192 de 1983.Para producto empacado en vidrio, el envase debe cumplir con la NTC 1853.El rotulo deberá indicar fecha de vencimiento.

Botella700ml

Nombre del Producto (SIBOL)

Crema de menta -43589

Nombre Comercial del Producto

Crema de menta de Origen nacional.

Calidad

Generalidades

Requisitos generales

Cumplir con los requisitos establecidos en: Decreto 3192 de 1983 del Ministerio de Salud - Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979, en lo referente a fábricas de alcohol y bebidas alcohólicas, elaboración, hidratación envase, distribución, exportación, importación y venta de estos productos y se establecen mecanismos de control en el territorio nacional y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Decreto 1686 de 2012 del Ministerio de Salud y Protección Social – Por el cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que se deben cumplir para la fabricación, elaboración, hidratación, envase, almacenamiento, distribución, transporte, comercialización, expendio, exportación e importación de bebidas alcohólicas destinadas para consumo humano y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Norma Técnica Colombia NTC 1035 - Bebidas alcohólicas Cremas Norma Técnica Colombiana NTC 4676 – Bebidas Alcohólicas. Rotulado. Norma Técnica Colombiana NTC 1853 – Envases de vidrio para bebidas alcohólicas. La crema de menta es una bebida alcohólica con sabor a menta. Su sabor se deriva principalmente de Mentharequienii. Se encuentra disponible comercialmente en una forma incolora llamado "blanca" y una versión verde que obtiene su color de las hojas de menta o de la adicción de colorante, si el extracto de las hojas no se utiliza para hacer el licor. Aroma volátil característico de menta. Es un licor con un contenido mínimo de 100 gr por litro de azúcar. Cumplir con los requisitos y ensayos establecidos en la NTC 1035Graduación alcoholimétrica: Máximo 27° Color verde o transparente.

Requisitos Específicos

Características: Producto 100% natural; consistencia, viscosidad y calidad impecables. Hecho con:



Hojas de menta, sometidas a un proceso de extracción de sus propiedades en aroma y sabor.



Alcohol Extra-neutro rectificado,



Agua 100% Desmineralizada para evitar turbidez y garantizar el mejor

Empaque y rotulado

sabor. Azúcar de Calidad Alta pureza, El producto se debe distribuir en envases adecuados para el consumo y conservación. Los envases deben disponer de un adecuado cierre o tapa, y sellado de tal manera que se garantice la inviolabilidad del recipiente y las características del producto. El rotulado debe cumplir con la NTC 4676 y con el Capítulo IX del Decreto 3192 de 1983. Para producto empacado en vidrio, el envase debe cumplir con la NTC 1853. El rotulo deberá indicar fecha de vencimiento. Botella 700ml

Presentación

Nombre del Producto (SIBOL)

Crema de Whisky - 43588

Nombre Comercial del Producto

Crema de whisky de Origen Irlandés

Calidad

Generalidades

Requisitos generales

Cumplir con los requisitos establecidos en: Decreto 3192 de 1983 del Ministerio de Salud - Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979, en lo referente a fábricas de alcohol y bebidas alcohólicas, elaboración, hidratación envase, distribución, exportación, importación y venta de estos productos y se establecen mecanismos de control en el territorio nacional y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Decreto 1686 de 2012 del Ministerio de Salud y Protección Social – Por el cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que se deben cumplir para la fabricación, elaboración, hidratación, envase, almacenamiento, distribución, transporte, comercialización, expendio, exportación e importación de bebidas alcohólicas destinadas para consumo humano y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Norma Técnica Colombia NTC 1035 - Bebidas alcohólicas cremas. Norma Técnica Colombiana NTC 4676 – Bebidas Alcohólicas rotulado. Norma Técnica Colombiana NTC 1853 – Envases de vidrio para bebidas alcohólicas La crema de whisky es una bebida conformada por whisky, leche condensada, nata líquida, sirope de chocolate, café instantáneo y extracto de vainilla. Aroma característico. Color uniforme y característico. Sabor característico sin indicios de fermentación u oxidación. Es un licor con un contenido mínimo de 100 gr por litro de azúcar.

Cumplir con los requisitos y ensayos establecidos en la NTC1035.

Requisitos Específicos

Empaque y rotulado

Graduación alcoholimetría: Máximo 17° Ingredientes: Crema de leche fresca, alcohol, maltodextrin, proteínas de leche , extractos de cacao y sabor , whisky irlandés , colorantes (150b),emulsificante (E471) regulador de acidez(E331). El producto se debe distribuir en envases adecuados para el consumo y conservación. Los envases deben disponer de un adecuado cierre o tapa, y sellado de tal manera que se garantice la inviolabilidad del recipiente y las caracteristicas del producto. El rotulado debe cumplir con la NTC 4676 y con el Capítulo IX del Decreto 3192 de 1983. Para producto empacado en vidrio, el envase debe cumplir con la NTC 1853. Botella por 750ml

Presentación

Nombre del Producto (SIBOL)

Ginebra importada -43585

Nombre Comercial del Producto

Ginebra importada de origen ingles

Calidad

Generalidades

Cumplir con los requisitos establecidos en: Norma Técnica Colombiana NTC 300 - Bebidas alcohólicas. Ginebra y Ginebra compuesta o Gin. Decreto 3192 de 1983 del Ministerio de Salud - Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979, en lo referente a fábricas de alcohol y bebidas alcohólicas, elaboración, hidratación envase, distribución, exportación, importación y venta de estos productos y se establecen mecanismos de control en el territorio nacional y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Decreto 1686 de 2012 del Ministerio de Salud y Protección Social – Por el cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que se deben cumplir para la fabricación, elaboración, hidratación, envase, almacenamiento, distribución, transporte, comercialización, expendio, exportación e importación de bebidas alcohólicas destinadas para consumo humano y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Norma Técnica Colombiana NTC 4676 – Bebidas Alcohólicas Rotulado. Norma Técnica Colombiana NTC 1853 – Envases de vidrio para bebidas alcohólicas. Aguardiente obtenido por destilación y rectificación de un mosto fermentado, posteriormente redestilado en presencia de bayas de enebro (Juniperoscommunis) y otras especies aromáticas utilizadas en la elaboración de dicho producto.

Requisitos generales

Requisitos Específicos

Empaque y rotulado

Las características de la Ginebra la describen con un color es transparente, seca y con el tiempo no se añeja El producto debe cumplir con los requisitos y ensayos establecidos en la NTC 300 además es de origen inglés y su Graduación alcoholimétrica: Mínimo 37.5° El producto se debe distribuir en envases adecuados para el consumo y conservación. Los envases deben disponer de un adecuado cierre o tapa, y sellado de tal manera que se garantice la inviolabilidad delrecipiente y las características del producto. El rotulado debe cumplir con la NTC 4676 y con el Capítulo IX del Decreto 3192 de 1983. Para producto empacado en vidrio, el envase debe cumplir con la NTC 1853. Botella 750ml

Presentación

Nombre del Producto (SIBOL)

triple sec - 43570

Nombre Comercial del Producto

Licor triple sec de origen nacional

Calidad

Generalidades Requisitos generales

Requisitos Específicos

Decreto 3192 de 1983 del Ministerio de Salud - Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979, en lo referente a fábricas de alcohol y bebidas alcohólicas, elaboración, hidratación envase, distribución, exportación, importación y venta de estos productos y se establecen mecanismos de control en el territorio nacional y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Decreto 1686 de 2012 del Ministerio de Salud y Protección Social – Por el cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que se deben cumplir para la fabricación, elaboración, hidratación, envase, almacenamiento, distribución, transporte, comercialización, expendio, exportación e importación de bebidas alcohólicas destinadas para consumo humano y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Norma Técnica Colombiana NTC 1245 - Bebidas alcohólicas. Aperitivos Norma Técnica Colombiana NTC 4676 – Bebidas Alcohólicas. Rotulado. Norma Técnica Colombiana NTC 1853 – Envases de vidrio para bebidas alcohólicas. Licor elaborado por destilación de pieles de naranjas amargas (Citrus Curassaviensis) maceradas en alcohol y azúcar. El grado alcohólico es de 35° Cumplir con los requisitos establecidos en la NTC 1245 Producto 100% natural, sin corolantes ni aditivos; consistencia , viscosidad y calidad impecable, Ingredientes

Cascara de naranja 100% natural, sometida a un proceso de extracción de sus aceites. Alcohol extra- neutro rectificado, filtrado con carbón activado, con lo cual se le quita el picante lo hace más suave dándole aroma y sabor más agradable al producto. Agua 100% desmineralizada para evitar turbidez y garantizar el mejor sabor. Azúcar de calidad alta pureza.

Empaque y rotulado

El producto se debe distribuir en envases adecuados para el consumo y conservación. Los envases deben disponer de un adecuado cierre o tapa, y sellado de tal manera que se garantice la inviolabilidad del recipiente y las caracteristicas del producto. El rotulado debe cumplir con la NTC 4676 y con el Capítulo IX del Decreto 3192 de 1983. Para producto empacado en vidrio, el envase debe cumplir con la NTC 1853.

Botella por 750ml Presentación

Nombre del Producto (SIBOL) Nombre Comercial del Producto

RON- 41172 Ron Blanco importado de origen Cubano.

NTC - 278 Calidad

Generalidades

Requisitos generales

Requisitos Específicos

Contenido de alcohol es 40°C Acidez total Máximo 1.000 Ron: aguardiente obtenido por destilación especial de mostos fermentados del zumo de la caña de azúcar, sus derivados o subproductos, y no se priva de los principios aromáticos a los cuales debe sus características específicas, se madura mínimo seis meses. El ron debe ser un líquido transparente que posea aroma, color y sabor atribuidos a éste. El sabor del ron se puede suavizar por adición de azúcar o de otro edulcorante permitido El color se puede modificar con caramelo o con carbón activado En la elaboración del ron no se permite la práctica tendiente a sustituir el tiempo de atajamiento natural en recipientes de roble. En los documentos soporte de las operaciones de bolsa debe especificarse departamento o región de origen e empresa que lo produce. El ron debe cumplir con los parámetros establecidos en la NTC 287 en cuanto a contenido de alcohol, extracto seco total, acidez total, acidez volátil, aldehídos y ésteres, la cantidad de alcohol es 40° este ron es exclusivo para la preparación de cocteles.

Empaque y rotulado

El ron se debe distribuir en envases adecuados para el consumo y conservación. Tapados y sellados de manera que aseguren su calidad durante el transporte y almacenamiento. Cuando los envases son de vidrio deben cumplir con la norma

correspondiente. El rotulado debe cumplir con la legislación vigente para empaque y rotulado de bebidas alcohólicas, debe contener la palabra “Ron” y la marca de fábrica. Se debe indicar el tiempo de maduración. Que debe estar certificada por la autoridad competente.

Presentación

Nombre del Producto (SIBOL) Nombre Comercial del Producto

Botella por 70ml

RON- 41172 Ron Blanco importado de origen puerto rico

NTC - 278 Calidad

Generalidades

Requisitos generales

Requisitos Específicos

Contenido de alcohol a 20° C Mínimo 35 Acidez total Máximo 1.000 Ron: aguardiente obtenido por destilación especial de mostos fermentados del zumo de la caña de azúcar, sus derivados o subproductos, y no se priva de los principios aromáticos a los cuales debe sus características específicas, se madura mínimo seis meses. El ron debe ser un líquido transparente que posea aroma, color y sabor atribuidos a éste. El sabor del ron se puede suavizar por adición de azúcar o de otro edulcorante permitido El color se puede modificar con caramelo o con carbón activado En la elaboración del ron no se permite la práctica tendiente a sustituir el tiempo de atajamiento natural en recipientes de roble. En los documentos soporte de las operaciones de bolsa debe especificarse departamento o región de origen e empresa que lo produce. El ron debe cumplir con los parámetros establecidos en la NTC 287 en cuanto a contenido de alcohol, extracto seco total, acidez total, acidez volátil, aldehídos y ésteres, la cantidad de alcohol es 40° este ron es exclusivo para la preparación de cocteles clásicos.

Empaque y rotulado

El ron se debe distribuir en envases adecuados para el consumo y conservación. Tapados y sellados de manera que aseguren su calidad durante el transporte y almacenamiento. Cuando los envases son de vidrio deben cumplir con la norma correspondiente. El rotulado debe cumplir con la legislación vigente para empaque y rotulado de bebidas alcohólicas, debe contener la palabra “Ron” y la marca de fábrica. Se debe indicar el tiempo de maduración. Que debe estar certificada por la autoridad competente. Botella por 70ml

Presentación

Nombre del Producto (SIBOL)

RON- 41172

Nombre Comercial del Producto

RON OSCURO o AÑEJO NACIONAL.

NTC - 278 Calidad

Generalidades

Requisitos generales

Requisitos Específicos

Contenido de alcohol es 40° C. Acidez total Máximo 1.000 Ron: aguardiente obtenido por destilación especial de mostos fermentados del zumo de la caña de azúcar, sus derivados o subproductos, y no se priva de los principios aromáticos a loa cuales debe sus características específicas, se madura mínimo seis meses en recipientes de roble, de forma que al final posea el gusto y elaroma que le son característicos. Ron añejo o viejo: Ron que se ha sometido a un proceso de maduración mínimo de tres años. El ron debe ser un líquido transparente que posea aroma, color y sabor atribuidos a éste. El sabor del ron se puede suavizar por adición de azúcar o de otro edulcorante permitido El color se puede modificar con caramelo o con carbón activado En la elaboración del ron no se permite la práctica tendiente a sustituir el tiempo de atajamiento natural en recipientes de roble. En los documentos soporte de las operaciones de bolsa debe especificarse departamento o región de origen e empresa que lo produce. El ron debe cumplir con los parámetros establecidos en la NTC 287 en cuanto a contenido de alcohol, extracto seco total, acidez total, acidez volátil, aldehídos y ésteres, la cantidad de alcohol es 40° Este ron es exclusivo para la preparación de cocteles clásicos tales como: Cuba libre.

Empaque y rotulado

Presentación

Nombre del Producto (SIBOL) Nombre Comercial del Producto

El ron se debe distribuir en envases adecuados para el consumo y conservación. Tapados y sellados de manera que aseguren su calidad durante el transporte y almacenamiento. Cuando los envases son de vidrio deben cumplir con la norma correspondiente. El rotulado debe cumplir con la legislación vigente para empaque y Rotulado de bebidas alcohólicas, debe contener la palabra “Ron” y la marca de fábrica. Se debe indicar el tiempo de maduración. Que debe estar certificada por la autoridad competente. Botella por 750ml

TEQUILA -43571 TEQUILA BLANCO DE ORIGEN MEXICANO

Calidad

Cumplir con los requisitos establecidos en: Decreto 3192 de 1983 del Ministerio de Salud - Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979, en lo referente a fábricas de alcohol y bebidas alcohólicas, elaboración, hidratación envase, distribución, exportación, importación y venta de estos productos y se establecen mecanismos de control en el territorio nacional y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Decreto 1686 de 2012 del Ministerio de Salud y Protección Social – Por el cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que se deben cumplir para la fabricación, elaboración, hidratación, envase, almacenamiento, distribución, transporte, comercialización, expendio, exportación e importación de bebidas alcohólicas destinadas para consumo humano y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Norma Técnica Colombiana NTC 4676 – Bebidas Alcohólicas. Rotulado. Norma Técnica Colombiana NTC 1853 – Envases de vidrio para bebidas alcohólicas.

Generalidades

Requisitos generales Requisitos Específicos

Empaque y rotulado

El Tequila es un aguardiente regional obtenido por la destilación de mostos fermentados de maguey tequilano, de acuerdo con las reglamentaciones del gobierno mexicano. De acuerdo a las características adquiridas en procesos posteriores a la destilación, el Tequila se clasifica en una de las siguientes clases:  Blanco o Plata. El Tequila puede ser añadido de edulcorantes, colorantes, aromatizantes y/o saborizantes permitidos, con objeto de proporcionar o intensificar su color, aroma y/o sabor. Graduación Alcoholimetrica: Mínimo 35° El producto debe contar con denominación de origen mexicano. El producto se debe distribuir en envases adecuados para el consumo y conservación. Los envases deben disponer de un adecuado cierre o tapa, y sellado de tal manera que se garantice la inviolabilidad del recipiente y las caracteristicas del producto. El rotulado debe cumplir con la NTC 4676 y con el Capítulo IX del Decreto 3192 de 1983. Para producto empacado en vidrio, el envase debe cumplir con la NTC 1853. Botella de 750ml.

Presentación

Nombre del Producto (SIBOL) Nombre Comercial del Producto

Calidad

VERMOUTH-43569 APERITIVO FRANCES A BASE DE VINO Y HIERBAS o VERMOUTH BLANCO EXTRA DRY. Cumplir con los requisitos establecidos en: Norma Técnica Colombiana NTC 1245 – Bebidas Alcoholicas. Aperitivos. Decreto 3192 de 1983 del Ministerio de Salud - Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979, en lo referente a fábricas de alcohol y bebidas alcohólicas, elaboración,

Generalidades

Requisitos generales

Requisitos Específicos

Empaque y rotulado

hidratación envase, distribución, exportación, importación y venta de estos productos y se establecen mecanismos de control en el territorio nacional y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Decreto 1686 de 2012 del Ministerio de Salud y Protección Social – Por el cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que se deben cumplir para la fabricación, elaboración, hidratación, envase, almacenamiento, distribución, transporte, comercialización, expendio, exportación e importación de bebidas alcohólicas destinadas para consumo humano y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Norma Técnica Colombiana NTC 4676 – Bebidas Alcohólicas. Rotulado. Norma Técnica Colombiana NTC 1853 – Envases de vidrio para bebidas alcohólicas. El Vermouth es el vino compuesto elaborado con vino, vino de frutas en una proporción no inferior al 75% en volumen, adicionado de alcohol vínico o alcohol etílico rectificado neutro, sustancias amargas aromáticas autorizadas, edulcorados o no, de tal manera que el producto posea el gusto, aroma y características que le son propias. Vermouth seco: Contiene menos de 120 gr de azucar por litro. El vermouth es blanco o transparente. El producto debe cumplir con los requisitos y ensayos establecidos en la NTC 1245. Graduacion Alcoholimétrica. Mínimo 15° Vermouth seco o extra dry: Contiene menos de 120 gr de azucar por litro. El vermouth es blanco o transparente. El producto se debe distribuir en envases adecuados para el consumo y conservación. Los envases deben disponer de un adecuado cierre o tapa, y sellado de tal manera que se garantice la inviolabilidad del recipiente y las caracteristicas del producto. El rotulado debe cumplir con la NTC 4676 y con el Capítulo IX del Decreto 3192 de 1983. Para producto empacado en vidrio, el envase debe cumplir con la NTC 1853.

750ml Presentación

Nombre del Producto (SIBOL) Nombre Comercial del Producto

Calidad

VERMOUTH-43569 APERITIVO A BASE DE VINO Y HIERBAS O VERMOUTH ROJO. Cumplir con los requisitos establecidos en: Norma Técnica Colombiana NTC 1245 – Bebidas Alcoholicas. Aperitivos. Decreto 3192 de 1983 del Ministerio de Salud - Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979, en lo referente a fábricas de alcohol y bebidas alcohólicas, elaboración, hidratación envase, distribución, exportación, importación y venta de estos productos y se establecen mecanismos de control en el territorio nacional y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Decreto 1686 de 2012 del Ministerio de Salud y Protección

Social – Por el cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que se deben cumplir para la fabricación, elaboración, hidratación, envase, almacenamiento, distribución, transporte, comercialización, expendio, exportación e importación de bebidas alcohólicas destinadas para consumo humano y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Norma Técnica Colombiana NTC 4676 – Bebidas Alcohólicas. Rotulado. Norma Técnica Colombiana NTC 1853 – Envases de vidrio para bebidas alcohólicas.

Generalidades

Requisitos generales

Requisitos Específicos

Empaque y rotulado

El Vermouth es el vino compuesto elaborado con vino, vino de frutas en una proporción no inferior al 75% en volumen, adicionado de alcohol vínico o alcohol etílico rectificado neutro, sustancias amargas aromáticas autorizadas, edulcorados o no, de tal manera que el producto posea el gusto, aroma y características que le son propias. Vermouth Dulce: Contiene mas de 120 gr de azucar por litro. El vermouth es de color rojo.

El producto debe cumplir con los requisitos y ensayos establecidos en la NTC 1245. Graduacion Alcoholimétrica. Mínimo 15° Vermouth Dulce: Contiene mas de 120 gr de azucar por litro. El vermouth es de color rojo. El producto se debe distribuir en envases adecuados para el consumo y conservación. Los envases deben disponer de un adecuado cierre o tapa, y sellado de tal manera que se garantice la inviolabilidad del recipiente y las caracteristicas del producto. El rotulado debe cumplir con la NTC 4676 y con el Capítulo IX del Decreto 3192 de 1983. Para producto empacado en vidrio, el envase debe cumplir con la NTC 1853. Botella de 750ml

Presentación

Nombre del Producto (SIBOL) Nombre Comercial del Producto

Calidad

VINO TINTO-43545 VINO ARGENTINA COLECCIÓN BONARDA

Cumplir con los requisitos establecidos en: Norma Técnica Colombiana NTC 1245 – Bebidas Alcoholicas. Vino. Definiciones y clasificación. Norma Técnica Colombiana NTC 223 – Vinos. Practicas permitidas en la elaboración. Norma Técnica Colombiana NTC 281 – Rotulado de vinos. Decreto 3192 de 1983 del Ministerio de Salud - Por el cual se

reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979, en lo referente a fábricas de alcohol y bebidas alcohólicas, elaboración, hidratación envase, distribución, exportación, importación y venta de estos productos y se establecen mecanismos de control en el territorio nacional y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Decreto 1686 de 2012 del Ministerio de Salud y Protección Social – Por el cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que se deben cumplir para la fabricación, elaboración, hidratación, envase, almacenamiento, distribución, transporte, comercialización, expendio, exportación e importación de bebidas alcohólicas destinadas para consumo humano y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Norma Técnica Colombiana NTC 1853 – Envases de vidrio para bebidas alcohólicas.

Generalidades

Requisitos generales

Requisitos Específicos

Empaque y rotulado

Vino es el producto obtenido por la fermentación alcohólica normal del mosto de uvas frescas y sanas o del mosto concentrado de uvas sanas, sin adición de otras sustancias. Vino tinto es aquel que se elabora a partir de uvas tintas. La fermentación se hace con el mosto junto con el hollejo, que es el que aporta el color. El vino tinto debe ser un líquido oscuro, brillante, que va desde el púrpura, pasando por el rubí, ladrillo y café. El color del vino depende de su edad; entre más joven, más purpura y entre más añejo, encontraremos colores pálidos. Grado Alcoholimétrico: mínimo 11° y máximo 14°. El vino tinto generalmente proviene de las siguientes cepa bonardaEl vino según su envejecimiento puede ser Joven, Crianza, Reserva o Gran Reserva. El producto se debe distribuir en envases adecuados para el consumo y conservación. Los envases deben disponer de un adecuado cierre o tapa, y sellado de tal manera que se garantice la inviolabilidad del recipiente y las caracteristicas del producto. El rotulado debe cumplir con la NTC 281 y con el Capítulo IX del Decreto 3192 de 1983. Para producto empacado en vidrio, el envase debe cumplir con la NTC 1853. Botella 750ml

Presentación

Nombre del Producto (SIBOL)

VINO BLANCO -43568

Nombre Comercial del Producto

VINO BLANCO USO COCINA ORGEN ARGENTINO VARIEDAD BLEND.

Cumplir con los requisitos establecidos en:

Calidad

Generalidades

Requisitos generales

Requisitos Específicos

Empaque y rotulado

Norma Técnica Colombiana NTC 1245 – Bebidas Alcoholicas. Vino. Definiciones y clasificación. Norma Técnica Colombiana NTC 1244 – Bebidas Alcoholicas. Vino de mesa. Norma Técnica Colombiana NTC 223 – Vinos. Practicas permitidas en la elaboración. Norma Técnica Colombiana NTC 281 – Rotulado de vinos. Decreto 3192 de 1983 del Ministerio de Salud - Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979, en lo referente a fábricas de alcohol y bebidas alcohólicas, elaboración, hidratación envase, distribución, exportación, importación y venta de estos productos y se establecen mecanismos de control en el territorio nacional y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Decreto 1686 de 2012 del Ministerio de Salud y Protección Social – Por el cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que se deben cumplir para la fabricación, elaboración, hidratación, envase, almacenamiento, distribución, transporte, comercialización, expendio, exportación e importación de bebidas alcohólicas destinadas para consumo humano y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Norma Técnica Colombiana NTC 1853 – Envases de vidrio para bebidas alcohólicas. Vino es el producto obtenido por la fermentación alcohólica normal del mosto de uvas frescas y sanas o del mosto concentrado de uvas sanas, sin adición de otras sustancias. Vino blanco es un vino elaborado con uvas blancas o tintas; en el caso de estas últimas, se separa inmediatamente el mosto del hollejo para que no se tiña de color. La fermentación de los blancos se hace sólo con el mosto, libre de hollejos y semillas. Aunque existen vinos blancos con crianza, no suelen añejarse. El vino blanco puede ser seco o dulce El vino blanco debe ser un líquido transparente, brillante, de amarillo verdoso pálido a dorado intenso. El color del vino depende de su edad; entre más joven, más pálido y entre más añejo, encontraremos colores dorados. Grado Alcoholimétrico: mínimo 10° máximo 13° El vino blanco es la siguiente cepa sauvignon El vino según su envejecimiento puede ser Joven, Crianza, Reserva o Gran Reserva. El producto se debe distribuir en envases adecuados para el consumo y conservación. Los envases deben disponer de un adecuado cierre o tapa, y sellado de tal manera que se garantice la inviolabilidad del recipiente y las caracteristicas del producto. El rotulado debe cumplir con la NTC 281 y con el Capítulo IX del Decreto 3192 de 1983. Para producto empacado en vidrio, el envase debe cumplir con la NTC 1853.

Botella por 750ml Presentación

Nombre del Producto (SIBOL) Nombre Comercial del Producto

Calidad

Generalidades

Requisitos generales

Requisitos Específicos

VINO BLANCO -43568 VINO BORGONIA BLANCO

Cumplir con los requisitos establecidos en: Norma Técnica Colombiana NTC 1245 – Bebidas Alcoholicas. Vino. Definiciones y clasificación. Norma Técnica Colombiana NTC 1244 – Bebidas Alcoholicas. Vino de mesa. Norma Técnica Colombiana NTC 223 – Vinos. Practicas permitidas en la elaboración. Norma Técnica Colombiana NTC 281 – Rotulado de vinos. Decreto 3192 de 1983 del Ministerio de Salud - Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979, en lo referente a fábricas de alcohol y bebidas alcohólicas, elaboración, hidratación envase, distribución, exportación, importación y venta de estos productos y se establecen mecanismos de control en el territorio nacional y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Decreto 1686 de 2012 del Ministerio de Salud y Protección Social – Por el cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que se deben cumplir para la fabricación, elaboración, hidratación, envase, almacenamiento, distribución, transporte, comercialización, expendio, exportación e importación de bebidas alcohólicas destinadas para consumo humano y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Norma Técnica Colombiana NTC 1853 – Envases de vidrio para bebidas alcohólicas. Vino es el producto obtenido por la fermentación alcohólica normal del mosto de uvas frescas y sanas o del mosto concentrado de uvas sanas, sin adición de otras sustancias. Vino blanco es un vino elaborado con uvas blancas o tintas; en el caso de estas últimas, se separa inmediatamente el mosto del hollejo para que no se tiña de color. La fermentación de los blancos se hace sólo con el mosto, libre de hollejos y semillas. Aunque existen vinos blancos con crianza, no suelen añejarse. El vino blanco puede ser seco o dulce El vino blanco debe ser un líquido transparente, brillante, de amarillo verdoso pálido a dorado intenso. El color del vino depende de su edad; entre más joven, más pálido y entre más añejo, encontraremos colores dorados. Grado Alcoholimétrico: mínimo 10° máximo 13° El vino blanco generalmente proviene de las siguientes cepas Borgoña El vino según su envejecimiento puede ser Joven, Crianza, Reserva o Gran Reserva.

Empaque y rotulado

El producto se debe distribuir en envases adecuados para el consumo y conservación. Los envases deben disponer de un adecuado cierre o tapa, y sellado de tal manera que se garantice la inviolabilidad del recipiente y las caracteristicas del producto. El rotulado debe cumplir con la NTC 281 y con el Capítulo IX del Decreto 3192 de 1983. Para producto empacado en vidrio, el envase debe cumplir con la NTC 1853. BOTELLA POR 750ML

Presentación

Nombre del Producto (SIBOL) Nombre Comercial del Producto

Calidad

Generalidades

Requisitos generales

VINO TINTO-43545 VINO BORGONIA TINTO

Cumplir con los requisitos establecidos en: Norma Técnica Colombiana NTC 1245 – Bebidas Alcoholicas. Vino. Definiciones y clasificación. Norma Técnica Colombiana NTC 223 – Vinos. Practicas permitidas en la elaboración. Norma Técnica Colombiana NTC 281 – Rotulado de vinos. Decreto 3192 de 1983 del Ministerio de Salud - Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979, en lo referente a fábricas de alcohol y bebidas alcohólicas, elaboración, hidratación envase, distribución, exportación, importación y venta de estos productos y se establecen mecanismos de control en el territorio nacional y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Decreto 1686 de 2012 del Ministerio de Salud y Protección Social – Por el cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que se deben cumplir para la fabricación, elaboración, hidratación, envase, almacenamiento, distribución, transporte, comercialización, expendio, exportación e importación de bebidas alcohólicas destinadas para consumo humano y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Norma Técnica Colombiana NTC 1853 – Envases de vidrio para bebidas alcohólicas. Vino es el producto obtenido por la fermentación alcohólica normal del mosto de uvas frescas y sanas o del mosto concentrado de uvas sanas, sin adición de otras sustancias. Vino tinto es aquel que se elabora a partir de uvas tintas. La fermentación se hace con el mosto junto con el hollejo, que es el que aporta el color. El vino tinto debe ser un líquido oscuro, brillante, que va desde el púrpura, pasando por el rubí, ladrillo y café. El color del vino depende de su edad; entre más joven, más purpura y entre más añejo, encontraremos colores pálidos.

Requisitos Específicos

Empaque y rotulado

Presentación

Nombre del Producto (SIBOL) Nombre Comercial del Producto

Calidad

Generalidades

Grado Alcoholimétrico: mínimo 11°y máximo14°. El vino tinto generalmente proviene de las siguientes cepas Borgoña. El vino según su envejecimiento puede ser Joven, Crianza, Reserva o Gran Reserva. El producto se debe distribuir en envases adecuados para el consumo y conservación. Los envases deben disponer de un adecuado cierre o tapa, y sellado de tal manera que se garantice la inviolabilidad del recipiente y las caracteristicas del producto. El rotulado debe cumplir con la NTC 281 y con el Capítulo IX del Decreto 3192 de 1983. Para producto empacado en vidrio, el envase debe cumplir con la NTC 1853. BOTELLA POR 750ML

VINO TINTO-43545 VINO CABERNET SAUVIGNON CALIFORNIANO

Cumplir con los requisitos establecidos en: Norma Técnica Colombiana NTC 1245 – Bebidas Alcoholicas. Vino. Definiciones y clasificación. Norma Técnica Colombiana NTC 223 – Vinos. Practicas permitidas en la elaboración. Norma Técnica Colombiana NTC 281 – Rotulado de vinos. Decreto 3192 de 1983 del Ministerio de Salud - Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979, en lo referente a fábricas de alcohol y bebidas alcohólicas, elaboración, hidratación envase, distribución, exportación, importación y venta de estos productos y se establecen mecanismos de control en el territorio nacional y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Decreto 1686 de 2012 del Ministerio de Salud y Protección Social – Por el cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que se deben cumplir para la fabricación, elaboración, hidratación, envase, almacenamiento, distribución, transporte, comercialización, expendio, exportación e importación de bebidas alcohólicas destinadas para consumo humano y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Norma Técnica Colombiana NTC 1853 – Envases de vidrio para bebidas alcohólicas. Vino es el producto obtenido por la fermentación alcohólica normal del mosto de uvas frescas y sanas o del mosto concentrado de uvas sanas, sin adición de otras sustancias. Vino tinto es aquel que se elabora a partir de uvas tintas. La fermentación se hace con el mosto junto con el hollejo, que es el que aporta el color.

Requisitos generales

Requisitos Específicos

Empaque y rotulado

El vino tinto debe ser un líquido oscuro, brillante, que va desde el púrpura, pasando por el rubí, ladrillo y café. El color del vino depende de su edad; entre más joven, más purpura y entre más añejo, encontraremos colores pálidos. Grado Alcoholimétrico: mínimo 11°maximo14° El vino tinto proviene de cepa cabernet sauvignon el vino según su envejecimiento puede ser joven, crianza, reserva o gran reserva. El producto se debe distribuir en envases adecuados para el consumo y conservación. Los envases deben disponer de un adecuado cierre o tapa, y sellado de tal manera que se garantice la inviolabilidad del recipiente y las caracteristicas del producto. El rotulado debe cumplir con la NTC 281 y con el Capítulo IX del Decreto 3192 de 1983. Para producto empacado en vidrio, el envase debe cumplir con la NTC 1853. Botella por 750ml

Presentación

Nombre del Producto (SIBOL) Nombre Comercial del Producto

Calidad

Generalidades

VINO ESPUMOSO-43602 VINO CAVA ESPUMOSO ORIGEN ESPAÑOL Cumplir con los requisitos establecidos en: Norma Técnica Colombiana NTC 1588 – Vinos espumosos. Norma Técnica Colombiana NTC 223 – Vinos. Practicas permitidas en la elaboración. Norma Técnica Colombiana NTC 281 – Rotulado de vinos. Decreto 3192 de 1983 del Ministerio de Salud - Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979, en lo referente a fábricas de alcohol y bebidas alcohólicas, elaboración, hidratación envase, distribución, exportación, importación y venta de estos productos y se establecen mecanismos de control en el territorio nacional y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Decreto 1686 de 2012 del Ministerio de Salud y Protección Social – Por el cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que se deben cumplir para la fabricación, elaboración, hidratación, envase, almacenamiento, distribución, transporte, comercialización, expendio, exportación e importación de bebidas alcohólicas destinadas para consumo humano y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Norma Técnica Colombiana NTC 1853 – Envases de vidrio para bebidas alcohólicas. Es un vino con un alto contenido de anhídrido carbónico proveniente de una segunda fermentación alcohólica realizada en un envase cerrado. Vino espumoso natural: Es el que se expende en botellas a una 5 presión no inferior a 4,053 x 10 Pa, (4,0 atmosferas) medida a 20 ° C y cuyo anhidro carbónico proviene exclusivamente de una segunda fermentación en recipiente cerrado. Esta fermentación puede ser obtenida por la adición de levaduras seleccionadas como sacarosa añadida al vino o sobre sus azúcares residuales.

Vino espumoso o espumeante: Es el que ha sido adicionado de anhídrido carbónico puro en el momento de su embotellado. Debe 5 expenderse a una presión no inferior a 4,053 x 10 Pa, (4,0 atmosferas) medida a 20 ° C

Requisitos generales Requisitos Específicos

Empaque y rotulado

El vino espumoso según su contenido de azucar puede ser: Brut Nature, Extra Brut, Brut, Extraseco, Seco, Semiseco y Dulce. El vino espumoso puede ser blanco, tinto o rosado El vino es de color blanco o transparente , de origen español y el grado Alcoholimétrico es Mínimo 6° El producto se debe distribuir en envases adecuados para el consumo y conservación. Los envases deben disponer de un adecuado cierre o tapa, y sellado de tal manera que se garantice la inviolabilidad del recipiente y las caracteristicas del producto. El rotulado debe cumplir con la NTC 281 y con el Capítulo IX del Decreto 3192 de 1983. Para producto empacado en vidrio, el envase debe cumplir con la NTC 1853.

Botella por 750ml Presentación

Nombre del Producto (SIBOL) Nombre Comercial del Producto

Calidad

Generalidades

VINO BLANCO -43568 VINO CHARDONNAY DE ORIGEN AUSTRALIANO Cumplir con los requisitos establecidos en: Norma Técnica Colombiana NTC 1245 – Bebidas Alcoholicas. Vino. Definiciones y clasificación. Norma Técnica Colombiana NTC 1244 – Bebidas Alcoholicas. Vino de mesa. Norma Técnica Colombiana NTC 223 – Vinos. Practicas permitidas en la elaboración. Norma Técnica Colombiana NTC 281 – Rotulado de vinos. Decreto 3192 de 1983 del Ministerio de Salud - Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979, en lo referente a fábricas de alcohol y bebidas alcohólicas, elaboración, hidratación envase, distribución, exportación, importación y venta de estos productos y se establecen mecanismos de control en el territorio nacional y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Decreto 1686 de 2012 del Ministerio de Salud y Protección Social – Por el cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que se deben cumplir para la fabricación, elaboración, hidratación, envase, almacenamiento, distribución, transporte, comercialización, expendio, exportación e importación de bebidas alcohólicas destinadas para consumo humano y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Norma Técnica Colombiana NTC 1853 – Envases de vidrio para bebidas alcohólicas. Vino es el producto obtenido por la fermentación alcohólica normal del mosto de uvas frescas y sanas o del mosto concentrado de uvas sanas, sin adición de otras sustancias. Vino blanco es un vino elaborado con uvas blancas o tintas; en el caso de estas últimas, se separa inmediatamente el mosto del hollejo para que no se tiña de color. La fermentación de los blancos se hace

Requisitos generales

Requisitos Específicos

Empaque y rotulado

sólo con el mosto, libre de hollejos y semillas. Aunque existen vinos blancos con crianza, no suelen añejarse. El vino blanco puede ser seco o dulce El vino blanco debe ser un líquido transparente, brillante, de amarillo verdoso pálido a dorado intenso. El color del vino depende de su edad; entre más joven, más pálido y entre más añejo, encontraremos colores dorados. Grado Alcoholimétrico: Minimo10° y Maximo13° El vino blanco generalmente proviene de la siguiente cepa chardonnay el vino según su envejecimiento puede ser Joven, Crianza, Reserva o Gran Reserva. El producto se debe distribuir en envases adecuados para el consumo y conservación. Los envases deben disponer de un adecuado cierre o tapa, y sellado de tal manera que se garantice la inviolabilidad del recipiente y las caracteristicas del producto.El rotulado debe cumplir con la NTC 281 y con el Capítulo IX del Decreto 3192 de 1983.Para producto empacado en vidrio, el envase debe cumplir con la NTC 1853.

BOTELLA POR 750 ML Presentación

Nombre del Producto (SIBOL) Nombre Comercial del Producto

Calidad

Generalidades

VINO TINTO-43545 VINO DE ORIGEN CHILENO CABERNET SAUVIGNON Cumplir con los requisitos establecidos en: Norma Técnica Colombiana NTC 1245 – Bebidas Alcoholicas. Vino. Definiciones y clasificación. Norma Técnica Colombiana NTC 223 – Vinos. Practicas permitidas en la elaboración. Norma Técnica Colombiana NTC 281 – Rotulado de vinos. Decreto 3192 de 1983 del Ministerio de Salud - Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979, en lo referente a fábricas de alcohol y bebidas alcohólicas, elaboración, hidratación envase, distribución, exportación, importación y venta de estos productos y se establecen mecanismos de control en el territorio nacional y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Decreto 1686 de 2012 del Ministerio de Salud y Protección Social – Por el cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que se deben cumplir para la fabricación, elaboración, hidratación, envase, almacenamiento, distribución, transporte, comercialización, expendio, exportación e importación de bebidas alcohólicas destinadas para consumo humano y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Norma Técnica Colombiana NTC 1853 – Envases de vidrio para bebidas alcohólicas. Vino es el producto obtenido por la fermentación alcohólica normal del mosto de uvas frescas y sanas o del mosto concentrado de uvas sanas, sin adición de otras sustancias. Vino tinto es aquel que se elabora a partir de uvas tintas. La fermentación se hace con el mosto junto con el hollejo, que es el que aporta el color.

Requisitos generales

Requisitos Específicos

Empaque y rotulado

Presentación

Nombre del Producto (SIBOL) Nombre Comercial del Producto

Calidad

Generalidades

El vino tinto debe ser un líquido oscuro, brillante, que va desde el púrpura, pasando por el rubí, ladrillo y café. El color del vino depende de su edad; entre más joven, más purpura y entre más añejo, encontraremos colores pálidos. Grado Alcoholimétrico: Mínimo 11° y Maximo14° El vino tinto generalmente proviene de la siguiente cepa Cabernet sauvignon El vino según su envejecimiento puede ser Joven, Crianza, Reserva o Gran Reserva. El producto se debe distribuir en envases adecuados para el consumo y conservación. Los envases deben disponer de un adecuado cierre o tapa, y sellado de tal manera que se garantice la inviolabilidad del recipiente y las caracteristicas del producto. El rotulado debe cumplir con la NTC 281 y con el Capítulo IX del Decreto 3192 de 1983. Para producto empacado en vidrio, el envase debe cumplir con la NTC 1853. Botella 750 ml

VINO BLANCO -43568 VINO O APERITIVO DE JEREZ TIPO OLOROSO DE ORIGEN ESPAÑOL Cumplir con los requisitos establecidos en: Norma Técnica Colombiana NTC 1245 – Bebidas Alcoholicas. Vino. Definiciones y clasificación. Norma Técnica Colombiana NTC 1244 – Bebidas Alcoholicas. Vino de mesa. Norma Técnica Colombiana NTC 223 – Vinos. Practicas permitidas en la elaboración. Norma Técnica Colombiana NTC 281 – Rotulado de vinos. Decreto 3192 de 1983 del Ministerio de Salud - Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979, en lo referente a fábricas de alcohol y bebidas alcohólicas, elaboración, hidratación envase, distribución, exportación, importación y venta de estos productos y se establecen mecanismos de control en el territorio nacional y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Decreto 1686 de 2012 del Ministerio de Salud y Protección Social – Por el cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que se deben cumplir para la fabricación, elaboración, hidratación, envase, almacenamiento, distribución, transporte, comercialización, expendio, exportación e importación de bebidas alcohólicas destinadas para consumo humano y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Norma Técnica Colombiana NTC 1853 – Envases de vidrio para bebidas alcohólicas. Vino es el producto obtenido por la fermentación alcohólica normal del mosto de uvas frescas y sanas o del mosto concentrado de uvas sanas, sin adición de otras sustancias. Vino blanco es un vino elaborado con uvas blancas o tintas; en el caso de estas últimas, se separa inmediatamente el mosto del hollejo

Requisitos generales

Requisitos Específicos

Empaque y rotulado

Presentación

Nombre del Producto (SIBOL) Nombre Comercial del Producto

Calidad

Generalidades

para que no se tiña de color. La fermentación de los blancos se hace sólo con el mosto, libre de hollejos y semillas. Aunque existen vinos blancos con crianza, no suelen añejarse. El vino blanco puede ser seco o dulce El vino blanco debe ser un líquido transparente, brillante, de amarillo verdoso pálido a dorado intenso. El color del vino depende de su edad; entre más joven, más pálido y entre más añejo, encontraremos colores dorados. Grado Alcoholimétrico: Mínimo 10° y Máximo 14° El vino blanco generalmente proviene de la siguiente cepa Pedro Ximenez y Palomino El vino según su envejecimiento puede ser Joven, Crianza, Reserva o Gran Reserva. El producto se debe distribuir en envases adecuados para el consumo y conservación. Los envases deben disponer de un adecuado cierre o tapa, y sellado de tal manera que se garantice la inviolabilidad del recipiente y las caracteristicas del producto. El rotulado debe cumplir con la NTC 281 y con el Capítulo IX del Decreto 3192 de 1983. Para producto empacado en vidrio, el envase debe cumplir con la NTC 1853.

Botella por 750ml

VINO BLANCO -43568 VINO RUFFINO ORVIETTO CHIANT DE ORIGEN ITALIANO Cumplir con los requisitos establecidos en: Norma Técnica Colombiana NTC 1245 – Bebidas Alcoholicas. Vino. Definiciones y clasificación. Norma Técnica Colombiana NTC 1244 – Bebidas Alcoholicas. Vino de mesa. Norma Técnica Colombiana NTC 223 – Vinos. Practicas permitidas en la elaboración. Norma Técnica Colombiana NTC 281 – Rotulado de vinos. Decreto 3192 de 1983 del Ministerio de Salud - Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979, en lo referente a fábricas de alcohol y bebidas alcohólicas, elaboración, hidratación envase, distribución, exportación, importación y venta de estos productos y se establecen mecanismos de control en el territorio nacional y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Decreto 1686 de 2012 del Ministerio de Salud y Protección Social – Por el cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que se deben cumplir para la fabricación, elaboración, hidratación, envase, almacenamiento, distribución, transporte, comercialización, expendio, exportación e importación de bebidas alcohólicas destinadas para consumo humano y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Norma Técnica Colombiana NTC 1853 – Envases de vidrio para bebidas alcohólicas. Vino es el producto obtenido por la fermentación alcohólica normal del mosto de uvas frescas y sanas o del mosto concentrado de uvas sanas, sin adición de otras sustancias.

Requisitos generales

Requisitos Específicos

Empaque y rotulado

Presentación Nombre del Producto (SIBOL) Nombre Comercial del Producto

Calidad

Generalidades

Vino blanco es un vino elaborado con uvas blancas o tintas; en el caso de estas últimas, se separa inmediatamente el mosto del hollejo para que no se tiña de color. La fermentación de los blancos se hace sólo con el mosto, libre de hollejos y semillas. Aunque existen vinos blancos con crianza, no suelen añejarse. El vino blanco puede ser seco o dulce El vino blanco debe ser un líquido transparente, brillante, de amarillo verdoso pálido a dorado intenso. El color del vino depende de su edad; entre más joven, más pálido y entre más añejo, encontraremos colores dorados. Grado Alcoholimétrico: Mínimo 10° y máximo 13° El vino blanco proviene de la siguiente cepasruffino–orvietto-chiant El vino según su envejecimiento puede ser Joven, Crianza, Reserva o Gran Reserva. El producto se debe distribuir en envases adecuados para el consumo y conservación. Los envases deben disponer de un adecuado cierre o tapa, y sellado de tal manera que se garantice la inviolabilidad del recipiente y las caracteristicas del producto. El rotulado debe cumplir con la NTC 281 y con el Capítulo IX del Decreto 3192 de 1983. Para producto empacado en vidrio, el envase debe cumplir con la NTC 1853. Botella por 750ml. VINO ESPUMOSO-43602 VINO ESPUMOSO DE ORIGEN ARGENTINO Cumplir con los requisitos establecidos en: Norma Técnica Colombiana NTC 1588 – Vinos espumosos. Norma Técnica Colombiana NTC 223 – Vinos. Practicas permitidas en la elaboración. Norma Técnica Colombiana NTC 281 – Rotulado de vinos. Decreto 3192 de 1983 del Ministerio de Salud - Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979, en lo referente a fábricas de alcohol y bebidas alcohólicas, elaboración, hidratación envase, distribución, exportación, importación y venta de estos productos y se establecen mecanismos de control en el territorio nacional y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Decreto 1686 de 2012 del Ministerio de Salud y Protección Social – Por el cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que se deben cumplir para la fabricación, elaboración, hidratación, envase, almacenamiento, distribución, transporte, comercialización, expendio, exportación e importación de bebidas alcohólicas destinadas para consumo humano y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Norma Técnica Colombiana NTC 1853 – Envases de vidrio para bebidas alcohólicas. Es un vino con un alto contenido de anhídrido carbónico proveniente de una segunda fermentación alcohólica realizada en un envase cerrado. Vino espumoso natural: Es el que se expende en botellas a una 5 presión no inferior a 4,053 x 10 Pa, (4,0 atmosferas) medida a 20 ° C y cuyo anhidro carbónico proviene exclusivamente de una segunda

fermentación en recipiente cerrado. Esta fermentación puede ser obtenida por la adición de levaduras seleccionadas como sacarosa añadida al vino o sobre sus azúcares residuales. Vino espumoso o espumeante: Es el que ha sido adicionado de anhídrido carbónico puro en el momento de su embotellado. Debe 5 expenderse a una presión no inferior a 4,053 x 10 Pa, (4,0 atmosferas) medida a 20 ° C

Requisitos generales Requisitos Específicos

Empaque y rotulado

El vino espumoso según su contenido de azucar puede ser: Brut Nature, Extra Brut, Brut, Extraseco, Seco, Semiseco y Dulce. El vino espumoso puede ser blanco, tinto o rosado Grado Alcoholimétrico: Mínimo 10°y maximo13° El producto se debe distribuir en envases adecuados para el consumo y conservación. Los envases deben disponer de un adecuado cierre o tapa, y sellado de tal manera que se garantice la inviolabilidad del recipiente y las caracteristicas del producto. El rotulado debe cumplir con la NTC 281 y con el Capítulo IX del Decreto 3192 de 1983. Para producto empacado en vidrio, el envase debe cumplir con la NTC 1853.

Botella por 750ml Presentación

Nombre del Producto (SIBOL) Nombre Comercial del Producto

Calidad

Generalidades

VINO ESPUMOSO-43602 VINO ESPUMOSO DE ORIGEN CHILENO. Cumplir con los requisitos establecidos en: Norma Técnica Colombiana NTC 1588 – Vinos espumosos. Norma Técnica Colombiana NTC 223 – Vinos. Practicas permitidas en la elaboración. Norma Técnica Colombiana NTC 281 – Rotulado de vinos. Decreto 3192 de 1983 del Ministerio de Salud - Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979, en lo referente a fábricas de alcohol y bebidas alcohólicas, elaboración, hidratación envase, distribución, exportación, importación y venta de estos productos y se establecen mecanismos de control en el territorio nacional y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Decreto 1686 de 2012 del Ministerio de Salud y Protección Social – Por el cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que se deben cumplir para la fabricación, elaboración, hidratación, envase, almacenamiento, distribución, transporte, comercialización, expendio, exportación e importación de bebidas alcohólicas destinadas para consumo humano y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Norma Técnica Colombiana NTC 1853 – Envases de vidrio para bebidas alcohólicas. Es un vino con un alto contenido de anhídrido carbónico proveniente de una segunda fermentación alcohólica realizada en un envase cerrado. Vino espumoso natural: Es el que se expende en botellas a una 5 presión no inferior a 4,053 x 10 Pa, (4,0 atmosferas) medida a 20 ° C y cuyo anhidro carbónico proviene exclusivamente de una segunda

fermentación en recipiente cerrado. Esta fermentación puede ser obtenida por la adición de levaduras seleccionadas como sacarosa añadida al vino o sobre sus azúcares residuales. Vino espumoso o espumeante: Es el que ha sido adicionado de anhídrido carbónico puro en el momento de su embotellado. Debe 5 expenderse a una presión no inferior a 4,053 x 10 Pa, (4,0 atmosferas) medida a 20 ° C

Requisitos generales Requisitos Específicos

Empaque y rotulado

El vino espumoso según su contenido de azucar puede ser: Brut Nature, Extra Brut, Brut, Extraseco, Seco, Semiseco y Dulce. El vino espumoso puede ser blanco, tinto o rosado Grado Alcoholimétrico: Mínimo 10°y máximo 13° El producto se debe distribuir en envases adecuados para el consumo y conservación. Los envases deben disponer de un adecuado cierre o tapa, y sellado de tal manera que se garantice la inviolabilidad del recipiente y las caracteristicas del producto. El rotulado debe cumplir con la NTC 281 y con el Capítulo IX del Decreto 3192 de 1983. Para producto empacado en vidrio, el envase debe cumplir con la NTC 1853.

Botella por 750ml Presentación

Nombre del Producto (SIBOL) Nombre Comercial del Producto

Calidad

Generalidades

VINO TINTO-43545 VINO GARNACHA TINTO DE ORIGEN ESPAÑOL. Cumplir con los requisitos establecidos en: Norma Técnica Colombiana NTC 1245 – Bebidas Alcoholicas. Vino. Definiciones y clasificación. Norma Técnica Colombiana NTC 223 – Vinos. Practicas permitidas en la elaboración. Norma Técnica Colombiana NTC 281 – Rotulado de vinos. Decreto 3192 de 1983 del Ministerio de Salud - Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979, en lo referente a fábricas de alcohol y bebidas alcohólicas, elaboración, hidratación envase, distribución, exportación, importación y venta de estos productos y se establecen mecanismos de control en el territorio nacional y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Decreto 1686 de 2012 del Ministerio de Salud y Protección Social – Por el cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que se deben cumplir para la fabricación, elaboración, hidratación, envase, almacenamiento, distribución, transporte, comercialización, expendio, exportación e importación de bebidas alcohólicas destinadas para consumo humano y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Norma Técnica Colombiana NTC 1853 – Envases de vidrio para bebidas alcohólicas. Vino es el producto obtenido por la fermentación alcohólica normal del mosto de uvas frescas y sanas o del mosto concentrado de uvas sanas, sin adición de otras sustancias. Vino tinto es aquel que se elabora a partir de uvas tintas. La

fermentación se hace con el mosto junto con el hollejo, que es el que aporta el color.

Requisitos generales

Requisitos Específicos

Empaque y rotulado

El vino tinto debe ser un líquido oscuro, brillante, que va desde el púrpura, pasando por el rubí, ladrillo y café. El color del vino depende de su edad; entre más joven, más purpura y entre más añejo, encontraremos colores pálidos. Grado Alcoholimétrico: mínimo 11° máximo 14° El vino tinto generalmente proviene de la siguiente cepa garnacha el vino según su envejecimiento puede ser joven, crianza, reserva o gran reserva. El producto se debe distribuir en envases adecuados para el consumo y conservación. Los envases deben disponer de un adecuado cierre o tapa, y sellado de tal manera que se garantice la inviolabilidad del recipiente y las caracteristicas del producto. El rotulado debe cumplir con la NTC 281 y con el Capítulo IX del Decreto 3192 de 1983. Para producto empacado en vidrio, el envase debe cumplir con la NTC 1853.

Botella por 750ml Presentación

Nombre del Producto (SIBOL) Nombre Comercial del Producto

Calidad

VINO TINTO-43545 VINO GRAN RESERVA CARMENERE DE ORIGEN CHILENO Cumplir con los requisitos establecidos en: Norma Técnica Colombiana NTC 1245 – Bebidas Alcoholicas. Vino. Definiciones y clasificación. Norma Técnica Colombiana NTC 223 – Vinos. Practicas permitidas en la elaboración. Norma Técnica Colombiana NTC 281 – Rotulado de vinos. Decreto 3192 de 1983 del Ministerio de Salud - Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979, en lo referente a fábricas de alcohol y bebidas alcohólicas, elaboración, hidratación envase, distribución, exportación, importación y venta de estos productos y se establecen mecanismos de control en el territorio nacional y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Decreto 1686 de 2012 del Ministerio de Salud y Protección Social – Por el cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que se deben cumplir para la fabricación, elaboración, hidratación, envase, almacenamiento, distribución, transporte, comercialización, expendio, exportación e importación de bebidas alcohólicas destinadas para consumo humano y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Norma Técnica Colombiana NTC 1853 – Envases de vidrio para bebidas alcohólicas.

Generalidades

Requisitos generales

Requisitos Específicos

Empaque y rotulado

Vino es el producto obtenido por la fermentación alcohólica normal del mosto de uvas frescas y sanas o del mosto concentrado de uvas sanas, sin adición de otras sustancias. Vino tinto es aquel que se elabora a partir de uvas tintas. La fermentación se hace con el mosto junto con el hollejo, que es el que aporta el color. El vino tinto debe ser un líquido oscuro, brillante, que va desde el púrpura, pasando por el rubí, ladrillo y café. El color del vino depende de su edad; entre más joven, más purpura y entre más añejo, encontraremos colores pálidos. Grado Alcoholimétrico: Mínimo 11° Maximo14° El vino tinto generalmente proviene de las siguiente cepa carmenere El vino según su envejecimiento puede ser Joven, Crianza, Reserva o Gran Reserva. El producto se debe distribuir en envases adecuados para el consumo y conservación. Los envases deben disponer de un adecuado cierre o tapa, y sellado de tal manera que se garantice la inviolabilidad del recipiente y las caracteristicas del producto. El rotulado debe cumplir con la NTC 281 y con el Capítulo IX del Decreto 3192 de 1983. Para producto empacado en vidrio, el envase debe cumplir con la NTC 1853.

Presentación

Botella por 750ml

Nombre del Producto (SIBOL) Nombre Comercial del Producto

VINO TINTO-43545

Calidad

VINO O APERITIVO LICOROSO MISTELA Cumplir con los requisitos establecidos en: Norma Técnica Colombiana NTC 1245 – Bebidas Alcoholicas. Vino. Definiciones y clasificación. Norma Técnica Colombiana NTC 223 – Vinos. Practicas permitidas en la elaboración. Norma Técnica Colombiana NTC 281 – Rotulado de vinos. Decreto 3192 de 1983 del Ministerio de Salud - Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979, en lo referente a fábricas de alcohol y bebidas alcohólicas, elaboración, hidratación envase, distribución, exportación, importación y venta de estos productos y se establecen mecanismos de control en el territorio nacional y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Decreto 1686 de 2012 del Ministerio de Salud y Protección Social – Por el cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que se deben cumplir para la fabricación, elaboración, hidratación, envase, almacenamiento, distribución, transporte, comercialización, expendio, exportación e importación de bebidas alcohólicas destinadas para consumo humano y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Norma Técnica Colombiana NTC 1853 – Envases de vidrio para bebidas alcohólicas.

Generalidades

Requisitos generales

Requisitos Específicos

Empaque y rotulado

Vino es el producto obtenido por la fermentación alcohólica normal del mosto de uvas frescas y sanas o del mosto concentrado de uvas sanas, sin adición de otras sustancias. Vino tinto es aquel que se elabora a partir de uvas tintas. La fermentación se hace con el mosto junto con el hollejo, que es el que aporta el color. El vino tinto debe ser un líquido oscuro, brillante, que va desde el púrpura, pasando por el rubí, ladrillo y café. El color del vino depende de su edad; entre más joven, más purpura y entre más añejo, encontraremos colores pálidos. Grado Alcoholimétrico: Mínimo 11° y máximo 14° El vino tinto generalmente proviene de las siguientes cepas fino y palomino El vino según su envejecimiento puede ser Joven, Crianza, Reserva o Gran Reserva. El producto se debe distribuir en envases adecuados para el consumo y conservación. Los envases deben disponer de un adecuado cierre o tapa, y sellado de tal manera que se garantice la inviolabilidad del recipiente y las caracteristicas del producto. El rotulado debe cumplir con la NTC 281 y con el Capítulo IX del Decreto 3192 de 1983. Para producto empacado en vidrio, el envase debe cumplir con la NTC 1853.

Presentación

Botella por 750ml

Nombre del Producto (SIBOL) Nombre Comercial del Producto

VINO TINTO-43545

Calidad

VINO MALBEC RESERVA ARGENTINA. Cumplir con los requisitos establecidos en: Norma Técnica Colombiana NTC 1245 – Bebidas Alcoholicas. Vino. Definiciones y clasificación. Norma Técnica Colombiana NTC 223 – Vinos. Practicas permitidas en la elaboración. Norma Técnica Colombiana NTC 281 – Rotulado de vinos. Decreto 3192 de 1983 del Ministerio de Salud - Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979, en lo referente a fábricas de alcohol y bebidas alcohólicas, elaboración, hidratación envase, distribución, exportación, importación y venta de estos productos y se establecen mecanismos de control en el territorio nacional y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Decreto 1686 de 2012 del Ministerio de Salud y Protección Social – Por el cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que se deben cumplir para la fabricación, elaboración, hidratación, envase, almacenamiento, distribución, transporte, comercialización, expendio, exportación e importación de bebidas alcohólicas destinadas para consumo humano y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Norma Técnica Colombiana NTC 1853 – Envases de vidrio para bebidas alcohólicas.

Generalidades

Requisitos generales

Requisitos Específicos

Empaque y rotulado

Vino es el producto obtenido por la fermentación alcohólica normal del mosto de uvas frescas y sanas o del mosto concentrado de uvas sanas, sin adición de otras sustancias. Vino tinto es aquel que se elabora a partir de uvas tintas. La fermentación se hace con el mosto junto con el hollejo, que es el que aporta el color. El vino tinto debe ser un líquido oscuro, brillante, que va desde el púrpura, pasando por el rubí, ladrillo y café. El color del vino depende de su edad; entre más joven, más purpura y entre más añejo, encontraremos colores pálidos. Grado Alcoholimétrico: Mínimo 11°Maximo14° El vino tinto generalmente proviene de la siguientes cepa malbec El vino según su envejecimiento puede ser Joven, Crianza, Reserva o Gran Reserva. El producto se debe distribuir en envases adecuados para el consumo y conservación. Los envases deben disponer de un adecuado cierre o tapa, y sellado de tal manera que se garantice la inviolabilidad del recipiente y las caracteristicas del producto. El rotulado debe cumplir con la NTC 281 y con el Capítulo IX del Decreto 3192 de 1983. Para producto empacado en vidrio, el envase debe cumplir con la NTC 1853.

Presentación

Botella por 750ML

Nombre del Producto (SIBOL) Nombre Comercial del Producto

VINO TINTO-43545

Calidad

VINO MERLOT ORIGEN CHILENO. Cumplir con los requisitos establecidos en: Norma Técnica Colombiana NTC 1245 – Bebidas Alcoholicas. Vino. Definiciones y clasificación. Norma Técnica Colombiana NTC 223 – Vinos. Practicas permitidas en la elaboración. Norma Técnica Colombiana NTC 281 – Rotulado de vinos. Decreto 3192 de 1983 del Ministerio de Salud - Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979, en lo referente a fábricas de alcohol y bebidas alcohólicas, elaboración, hidratación envase, distribución, exportación, importación y venta de estos productos y se establecen mecanismos de control en el territorio nacional y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Decreto 1686 de 2012 del Ministerio de Salud y Protección Social – Por el cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que se deben cumplir para la fabricación, elaboración, hidratación, envase, almacenamiento, distribución, transporte, comercialización, expendio, exportación e importación de bebidas alcohólicas destinadas para consumo humano y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Norma Técnica Colombiana NTC 1853 – Envases de vidrio para bebidas alcohólicas.

Generalidades

Requisitos generales

Requisitos Específicos

Empaque y rotulado

Vino es el producto obtenido por la fermentación alcohólica normal del mosto de uvas frescas y sanas o del mosto concentrado de uvas sanas, sin adición de otras sustancias. Vino tinto es aquel que se elabora a partir de uvas tintas. La fermentación se hace con el mosto junto con el hollejo, que es el que aporta el color. El vino tinto debe ser un líquido oscuro, brillante, que va desde el púrpura, pasando por el rubí, ladrillo y café. El color del vino depende de su edad; entre más joven, más purpura y entre más añejo, encontraremos colores pálidos. Grado Alcoholimétrico: Mínimo 11° maximo14° El vino tinto generalmente proviene de la siguiente cepa merlot El vino según su envejecimiento puede ser Joven, Crianza, Reserva o Gran Reserva. El producto se debe distribuir en envases adecuados para el consumo y conservación. Los envases deben disponer de un adecuado cierre o tapa, y sellado de tal manera que se garantice la inviolabilidad del recipiente y las caracteristicas del producto. El rotulado debe cumplir con la NTC 281 y con el Capítulo IX del Decreto 3192 de 1983. Para producto empacado en vidrio, el envase debe cumplir con la NTC 1853.

Presentación

Botella por 750ml

Nombre del Producto (SIBOL) Nombre Comercial del Producto

VINO TINTO-43545

Calidad

VINO MERLOT ORIGEN FRANCES. Cumplir con los requisitos establecidos en: Norma Técnica Colombiana NTC 1245 – Bebidas Alcoholicas. Vino. Definiciones y clasificación. Norma Técnica Colombiana NTC 223 – Vinos. Practicas permitidas en la elaboración. Norma Técnica Colombiana NTC 281 – Rotulado de vinos. Decreto 3192 de 1983 del Ministerio de Salud - Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979, en lo referente a fábricas de alcohol y bebidas alcohólicas, elaboración, hidratación envase, distribución, exportación, importación y venta de estos productos y se establecen mecanismos de control en el territorio nacional y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Decreto 1686 de 2012 del Ministerio de Salud y Protección Social – Por el cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que se deben cumplir para la fabricación, elaboración, hidratación, envase, almacenamiento, distribución, transporte, comercialización, expendio, exportación e importación de bebidas alcohólicas destinadas para consumo humano y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Norma Técnica Colombiana NTC 1853 – Envases de vidrio para bebidas alcohólicas.

Generalidades

Requisitos generales

Requisitos Específicos

Empaque y rotulado

Vino es el producto obtenido por la fermentación alcohólica normal del mosto de uvas frescas y sanas o del mosto concentrado de uvas sanas, sin adición de otras sustancias. Vino tinto es aquel que se elabora a partir de uvas tintas. La fermentación se hace con el mosto junto con el hollejo, que es el que aporta el color. El vino tinto debe ser un líquido oscuro, brillante, que va desde el púrpura, pasando por el rubí, ladrillo y café. El color del vino depende de su edad; entre más joven, más purpura y entre más añejo, encontraremos colores pálidos. Grado Alcoholimétrico: Mínimo 11° Máximo14° El vino tinto generalmente proviene de la siguiente cepa merlot El vino según su envejecimiento puede ser Joven, Crianza, Reserva o Gran Reserva. El producto se debe distribuir en envases adecuados para el consumo y conservación. Los envases deben disponer de un adecuado cierre o tapa, y sellado de tal manera que se garantice la inviolabilidad del recipiente y las caracteristicas del producto. El rotulado debe cumplir con la NTC 281 y con el Capítulo IX del Decreto 3192 de 1983. Para producto empacado en vidrio, el envase debe cumplir con la NTC 1853.

Presentación

Botella por 750ml

Nombre del Producto (SIBOL) Nombre Comercial del Producto

VINO TINTO-43545

Calidad

VINO NEBBIOLO DE ORIGEN ITALIANO Cumplir con los requisitos establecidos en: Norma Técnica Colombiana NTC 1245 – Bebidas Alcoholicas. Vino. Definiciones y clasificación. Norma Técnica Colombiana NTC 223 – Vinos. Practicas permitidas en la elaboración. Norma Técnica Colombiana NTC 281 – Rotulado de vinos. Decreto 3192 de 1983 del Ministerio de Salud - Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979, en lo referente a fábricas de alcohol y bebidas alcohólicas, elaboración, hidratación envase, distribución, exportación, importación y venta de estos productos y se establecen mecanismos de control en el territorio nacional y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Decreto 1686 de 2012 del Ministerio de Salud y Protección Social – Por el cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que se deben cumplir para la fabricación, elaboración, hidratación, envase, almacenamiento, distribución, transporte, comercialización, expendio, exportación e importación de bebidas alcohólicas destinadas para consumo humano y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Norma Técnica Colombiana NTC 1853 – Envases de vidrio para bebidas alcohólicas.

Generalidades

Requisitos generales

Requisitos Específicos

Empaque y rotulado

Presentación

Nombre del Producto (SIBOL) Nombre Comercial del Producto

Calidad

Vino es el producto obtenido por la fermentación alcohólica normal del mosto de uvas frescas y sanas o del mosto concentrado de uvas sanas, sin adición de otras sustancias. Vino tinto es aquel que se elabora a partir de uvas tintas. La fermentación se hace con el mosto junto con el hollejo, que es el que aporta el color. El vino tinto debe ser un líquido oscuro, brillante, que va desde el púrpura, pasando por el rubí, ladrillo y café. El color del vino depende de su edad; entre más joven, más purpura y entre más añejo, encontraremos colores pálidos. Grado Alcoholimétrico: Mínimo 11°maximo 14° El vino tinto generalmente proviene de la siguiente cepa nebbiolo El vino según su envejecimiento puede ser Joven, Crianza, Reserva o Gran Reserva. El producto se debe distribuir en envases adecuados para el consumo y conservación. Los envases deben disponer de un adecuado cierre o tapa, y sellado de tal manera que se garantice la inviolabilidad del recipiente y las caracteristicas del producto. El rotulado debe cumplir con la NTC 281 y con el Capítulo IX del Decreto 3192 de 1983. Para producto empacado en vidrio, el envase debe cumplir con la NTC 1853.

Botella 750ml

VINO TINTO-43545 VINO OPORTO O APERITIVO A BASE DE UVA. Cumplir con los requisitos establecidos en: Norma Técnica Colombiana NTC 1245 – Bebidas Alcoholicas. Vino. Definiciones y clasificación. Norma Técnica Colombiana NTC 223 – Vinos. Practicas permitidas en la elaboración. Norma Técnica Colombiana NTC 281 – Rotulado de vinos. Decreto 3192 de 1983 del Ministerio de Salud - Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979, en lo referente a fábricas de alcohol y bebidas alcohólicas, elaboración, hidratación envase, distribución, exportación, importación y venta de estos productos y se establecen mecanismos de control en el territorio nacional y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Decreto 1686 de 2012 del Ministerio de Salud y Protección Social – Por el cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que se deben cumplir para la fabricación, elaboración, hidratación, envase, almacenamiento, distribución, transporte, comercialización, expendio, exportación e importación de bebidas alcohólicas destinadas para consumo humano y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Norma Técnica Colombiana NTC 1853 – Envases de vidrio para bebidas alcohólicas.

Generalidades

Requisitos generales

Requisitos Específicos

Empaque y rotulado

Presentación

Nombre del Producto (SIBOL) Nombre Comercial del Producto

Calidad

Vino es el producto obtenido por la fermentación alcohólica normal del mosto de uvas frescas y sanas o del mosto concentrado de uvas sanas, sin adición de otras sustancias. Vino tinto es aquel que se elabora a partir de uvas tintas. La fermentación se hace con el mosto junto con el hollejo, que es el que aporta el color. El vino tinto debe ser un líquido oscuro, brillante, que va desde el púrpura, pasando por el rubí, ladrillo y café. El color del vino depende de su edad; entre más joven, más purpura y entre más añejo, encontraremos colores pálidos. Grado Alcoholimétrico: Mínimo 11° y maximo 14° El vino tinto generalmente proviene de la siguiente cepa quebranta El vino según su envejecimiento puede ser Joven, Crianza, Reserva o Gran Reserva. El producto se debe distribuir en envases adecuados para el consumo y conservación. Los envases deben disponer de un adecuado cierre o tapa, y sellado de tal manera que se garantice la inviolabilidad del recipiente y las caracteristicas del producto. El rotulado debe cumplir con la NTC 281 y con el Capítulo IX del Decreto 3192 de 1983. Para producto empacado en vidrio, el envase debe cumplir con la NTC 1853.

Botella por 750ml.

VINO BLANCO-43568 VINO ORIGEN ESPAÑOL JEREZ SECO Cumplir con los requisitos establecidos en: Norma Técnica Colombiana NTC 1245 – Bebidas Alcoholicas. Vino. Definiciones y clasificación. Norma Técnica Colombiana NTC 1244 – Bebidas Alcoholicas. Vino de mesa. Norma Técnica Colombiana NTC 223 – Vinos. Practicas permitidas en la elaboración. Norma Técnica Colombiana NTC 281 – Rotulado de vinos. Decreto 3192 de 1983 del Ministerio de Salud - Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979, en lo referente a fábricas de alcohol y bebidas alcohólicas, elaboración, hidratación envase, distribución, exportación, importación y venta de estos productos y se establecen mecanismos de control en el territorio nacional y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Decreto 1686 de 2012 del Ministerio de Salud y Protección Social – Por el cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que se deben cumplir para la fabricación, elaboración, hidratación, envase, almacenamiento, distribución, transporte, comercialización, expendio, exportación e importación de bebidas alcohólicas destinadas para consumo humano y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Norma Técnica Colombiana NTC 1853 – Envases de vidrio para bebidas alcohólicas.

Generalidades

Requisitos generales

Requisitos Específicos

Empaque y rotulado

Presentación Nombre del Producto (SIBOL) Nombre Comercial del Producto

Calidad

Vino es el producto obtenido por la fermentación alcohólica normal del mosto de uvas frescas y sanas o del mosto concentrado de uvas sanas, sin adición de otras sustancias. Vino blanco es un vino elaborado con uvas blancas o tintas; en el caso de estas últimas, se separa inmediatamente el mosto del hollejo para que no se tiña de color. La fermentación de los blancos se hace sólo con el mosto, libre de hollejos y semillas. Aunque existen vinos blancos con crianza, no suelen añejarse. El vino blanco puede ser seco o dulce El vino blanco debe ser un líquido transparente, brillante, de amarillo verdoso pálido a dorado intenso. El color del vino depende de su edad; entre más joven, más pálido y entre más añejo, encontraremos colores dorados. Grado Alcoholimétrico: Mínimo 10° y máximo 13° El vino blanco generalmente proviene de la siguiente cepa jerez El vino según su envejecimiento puede ser Joven, Crianza, Reserva o Gran Reserva. El producto se debe distribuir en envases adecuados para el consumo y conservación. Los envases deben disponer de un adecuado cierre o tapa, y sellado de tal manera que se garantice la inviolabilidad del recipiente y las caracteristicas del producto. El rotulado debe cumplir con la NTC 281 y con el Capítulo IX del Decreto 3192 de 1983. Para producto empacado en vidrio, el envase debe cumplir con la NTC 1853.

Botella por 750ml VINO BLANCO-43568 VINO ORIGEN ESPAÑOL JEREZ CREAM. Cumplir con los requisitos establecidos en: Norma Técnica Colombiana NTC 1245 – Bebidas Alcoholicas. Vino. Definiciones y clasificación. Norma Técnica Colombiana NTC 1244 – Bebidas Alcoholicas. Vino de mesa. Norma Técnica Colombiana NTC 223 – Vinos. Practicas permitidas en la elaboración. Norma Técnica Colombiana NTC 281 – Rotulado de vinos. Decreto 3192 de 1983 del Ministerio de Salud - Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979, en lo referente a fábricas de alcohol y bebidas alcohólicas, elaboración, hidratación envase, distribución, exportación, importación y venta de estos productos y se establecen mecanismos de control en el territorio nacional y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Decreto 1686 de 2012 del Ministerio de Salud y Protección Social – Por el cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que se deben cumplir para la fabricación, elaboración, hidratación, envase, almacenamiento, distribución, transporte, comercialización, expendio, exportación e importación de bebidas alcohólicas destinadas para consumo humano y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Norma Técnica Colombiana NTC 1853 – Envases de vidrio para bebidas alcohólicas.

Generalidades

Requisitos generales

Requisitos Específicos

Empaque y rotulado

Vino es el producto obtenido por la fermentación alcohólica normal del mosto de uvas frescas y sanas o del mosto concentrado de uvas sanas, sin adición de otras sustancias. Vino blanco es un vino elaborado con uvas blancas o tintas; en el caso de estas últimas, se separa inmediatamente el mosto del hollejo para que no se tiña de color. La fermentación de los blancos se hace sólo con el mosto, libre de hollejos y semillas. Aunque existen vinos blancos con crianza, no suelen añejarse. El vino blanco puede ser seco o dulce El vino blanco debe ser un líquido transparente, brillante, de amarillo verdoso pálido a dorado intenso. El color del vino depende de su edad; entre más joven, más pálido y entre más añejo, encontraremos colores dorados. Grado Alcoholimétrico: Mínimo 10° y máximo 13° El vino blanco generalmente proviene de la siguiente cepa jerez el vino según su envejecimiento puede ser Joven, Crianza, Reserva o Gran Reserva. El producto se debe distribuir en envases adecuados para el consumo y conservación. Los envases deben disponer de un adecuado cierre o tapa, y sellado de tal manera que se garantice la inviolabilidad del recipiente y las caracteristicas del producto. El rotulado debe cumplir con la NTC 281 y con el Capítulo IX del Decreto 3192 de 1983. Para producto empacado en vidrio, el envase debe cumplir con la NTC 1853.

Presentación

Botella por 750ml

Nombre del Producto (SIBOL) Nombre Comercial del Producto

VINO TINTO-43545

Calidad

VINO PINOTAGE SUDAFRICANO. Cumplir con los requisitos establecidos en: Norma Técnica Colombiana NTC 1245 – Bebidas Alcoholicas. Vino. Definiciones y clasificación. Norma Técnica Colombiana NTC 223 – Vinos. Practicas permitidas en la elaboración. Norma Técnica Colombiana NTC 281 – Rotulado de vinos. Decreto 3192 de 1983 del Ministerio de Salud - Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979, en lo referente a fábricas de alcohol y bebidas alcohólicas, elaboración, hidratación envase, distribución, exportación, importación y venta de estos productos y se establecen mecanismos de control en el territorio nacional y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Decreto 1686 de 2012 del Ministerio de Salud y Protección Social – Por el cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que se deben cumplir para la fabricación, elaboración, hidratación, envase, almacenamiento, distribución, transporte, comercialización, expendio, exportación e importación de bebidas alcohólicas destinadas para consumo humano y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Norma Técnica Colombiana NTC 1853 – Envases de vidrio para bebidas alcohólicas.

Generalidades

Requisitos generales

Requisitos Específicos

Empaque y rotulado

Presentación

Nombre del Producto (SIBOL) Nombre Comercial del Producto

Calidad

Vino es el producto obtenido por la fermentación alcohólica normal del mosto de uvas frescas y sanas o del mosto concentrado de uvas sanas, sin adición de otras sustancias. Vino tinto es aquel que se elabora a partir de uvas tintas. La fermentación se hace con el mosto junto con el hollejo, que es el que aporta el color. El vino tinto debe ser un líquido oscuro, brillante, que va desde el púrpura, pasando por el rubí, ladrillo y café. El color del vino depende de su edad; entre más joven, más purpura y entre más añejo, encontraremos colores pálidos. Grado Alcoholimétrico: mínimo 11° y máximo 14° el vino tinto generalmente proviene de las siguientes cepaspinotage el vino según su envejecimiento puede ser joven, crianza, reserva o gran reserva. El producto se debe distribuir en envases adecuados para el consumo y conservación. Los envases deben disponer de un adecuado cierre o tapa, y sellado de tal manera que se garantice la inviolabilidad del recipiente y las caracteristicas del producto. El rotulado debe cumplir con la NTC 281 y con el Capítulo IX del Decreto 3192 de 1983. Para producto empacado en vidrio, el envase debe cumplir con la NTC 1853.

Botella por 750ml

VINO ROSADO -43567 VINO ROSADO ESPAÑOL TEMPRANILLO-GARNACHA. Cumplir con los requisitos establecidos en: Norma Técnica Colombiana NTC 1245 – Bebidas Alcoholicas. Vino. Definiciones y clasificación. Norma Técnica Colombiana NTC 223 – Vinos. Practicas permitidas en la elaboración. Norma Técnica Colombiana NTC 281 – Rotulado de vinos. Decreto 3192 de 1983 del Ministerio de Salud - Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979, en lo referente a fábricas de alcohol y bebidas alcohólicas, elaboración, hidratación envase, distribución, exportación, importación y venta de estos productos y se establecen mecanismos de control en el territorio nacional y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Decreto 1686 de 2012 del Ministerio de Salud y Protección Social – Por el cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que se deben cumplir para la fabricación, elaboración, hidratación, envase, almacenamiento, distribución, transporte, comercialización, expendio, exportación e importación de bebidas alcohólicas destinadas para consumo humano y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Norma Técnica Colombiana NTC 1853 – Envases de vidrio para

bebidas alcohólicas.

Requisitos generales

El vino rosado es aquel que tiene algo del color típico del vino tinto, pero solo lo suficiente como para darle un color rosa, que puede ir del claro al fuerte casi violeta, según las uvas y las técnicas de producción usadas. El vino rosado debe ser un líquido que puede ir del violeta pálido pasando por la rosa fresa, el grosella o el salmón.

Requisitos Específicos

Grado Alcoholimétrico: Mínimo 6° y máximo 11° El vino rosado generalmente proviene de la siguiente cepa tempranillo-garnacha.

Generalidades

Empaque y rotulado

Presentación Nombre del Producto (SIBOL) Nombre Comercial del Producto

Calidad

El producto se debe distribuir en envases adecuados para el consumo y conservación. Los envases deben disponer de un adecuado cierre o tapa, y sellado de tal manera que se garantice la inviolabilidad del recipiente y las caracteristicas del producto. El rotulado debe cumplir con la NTC 281 y con el Capítulo IX del Decreto 3192 de 1983. Para producto empacado en vidrio, el envase debe cumplir con la NTC 1853.

Botella por 750ml VINO ROSADO -43567 VINO ROSADO MALBEC ARGENTINO Cumplir con los requisitos establecidos en: Norma Técnica Colombiana NTC 1245 – Bebidas Alcoholicas. Vino. Definiciones y clasificación. Norma Técnica Colombiana NTC 223 – Vinos. Practicas permitidas en la elaboración. Norma Técnica Colombiana NTC 281 – Rotulado de vinos. Decreto 3192 de 1983 del Ministerio de Salud - Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979, en lo referente a fábricas de alcohol y bebidas alcohólicas, elaboración, hidratación envase, distribución, exportación, importación y venta de estos productos y se establecen mecanismos de control en el territorio nacional y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Decreto 1686 de 2012 del Ministerio de Salud y Protección Social – Por el cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que se deben cumplir para la fabricación, elaboración, hidratación, envase, almacenamiento, distribución, transporte,

comercialización, expendio, exportación e importación de bebidas alcohólicas destinadas para consumo humano y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Norma Técnica Colombiana NTC 1853 – Envases de vidrio para bebidas alcohólicas.

Requisitos generales

El vino rosado es aquel que tiene algo del color típico del vino tinto, pero solo lo suficiente como para darle un color rosa, que puede ir del claro al fuerte casi violeta, según las uvas y las técnicas de producción usadas. El vino rosado debe ser un líquido que puede ir del violeta pálido pasando por la rosa fresa, el grosella o el salmón.

Requisitos Específicos

Grado Alcoholimétrico: Mínimo 6°y maximo11°, el vino rosado generalmente proviene de la siguiente cepa malbec.

Generalidades

Empaque y rotulado

Presentación Nombre del Producto (SIBOL) Nombre Comercial del Producto

Calidad

El producto se debe distribuir en envases adecuados para el consumo y conservación. Los envases deben disponer de un adecuado cierre o tapa, y sellado de tal manera que se garantice la inviolabilidad del recipiente y las caracteristicas del producto. El rotulado debe cumplir con la NTC 281 y con el Capítulo IX del Decreto 3192 de 1983. Para producto empacado en vidrio, el envase debe cumplir con la NTC 1853.

Botella por 750ml. VINO BLANCO-43568 VINO SAUVIGNON DE ORIGEN AUSTRALIANO. Cumplir con los requisitos establecidos en: Norma Técnica Colombiana NTC 1245 – Bebidas Alcoholicas. Vino. Definiciones y clasificación. Norma Técnica Colombiana NTC 1244 – Bebidas Alcoholicas. Vino de mesa. Norma Técnica Colombiana NTC 223 – Vinos. Practicas permitidas en la elaboración. Norma Técnica Colombiana NTC 281 – Rotulado de vinos. Decreto 3192 de 1983 del Ministerio de Salud - Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979, en lo referente a fábricas de alcohol y bebidas alcohólicas, elaboración, hidratación envase, distribución, exportación, importación y venta de estos productos y se establecen mecanismos de control en el territorio nacional y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Decreto 1686 de 2012 del Ministerio de Salud y Protección Social – Por el cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos

sanitarios que se deben cumplir para la fabricación, elaboración, hidratación, envase, almacenamiento, distribución, transporte, comercialización, expendio, exportación e importación de bebidas alcohólicas destinadas para consumo humano y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Norma Técnica Colombiana NTC 1853 – Envases de vidrio para bebidas alcohólicas.

Generalidades

Requisitos generales

Requisitos Específicos

Empaque y rotulado

Presentación

Nombre del Producto (SIBOL) Nombre Comercial del Producto

Vino es el producto obtenido por la fermentación alcohólica normal del mosto de uvas frescas y sanas o del mosto concentrado de uvas sanas, sin adición de otras sustancias. Vino blanco es un vino elaborado con uvas blancas o tintas; en el caso de estas últimas, se separa inmediatamente el mosto del hollejo para que no se tiña de color. La fermentación de los blancos se hace sólo con el mosto, libre de hollejos y semillas. Aunque existen vinos blancos con crianza, no suelen añejarse. El vino blanco puede ser seco o dulce El vino blanco debe ser un líquido transparente, brillante, de amarillo verdoso pálido a dorado intenso. El color del vino depende de su edad; entre más joven, más pálido y entre más añejo, encontraremos colores dorados. Grado Alcoholimétrico: Mínimo 10° y máximo 13° El vino blanco generalmente proviene de la siguiente cepa sauvignonEl vino según su envejecimiento puede ser Joven, Crianza, Reserva o Gran Reserva. El producto se debe distribuir en envases adecuados para el consumo y conservación. Los envases deben disponer de un adecuado cierre o tapa, y sellado de tal manera que se garantice la inviolabilidad del recipiente y las caracteristicas del producto. El rotulado debe cumplir con la NTC 281 y con el Capítulo IX del Decreto 3192 de 1983. Para producto empacado en vidrio, el envase debe cumplir con la NTC 1853.

Botella por 750 ml

VINO BLANCO-43568 VINO SAUVIGNON DE ORIGEN FRANCES

Calidad

Generalidades

Requisitos generales

Requisitos Específicos

Empaque y rotulado

Presentación

Nombre del Producto (SIBOL)

Cumplir con los requisitos establecidos en: Norma Técnica Colombiana NTC 1245 – Bebidas Alcoholicas. Vino. Definiciones y clasificación. Norma Técnica Colombiana NTC 1244 – Bebidas Alcoholicas. Vino de mesa. Norma Técnica Colombiana NTC 223 – Vinos. Practicas permitidas en la elaboración. Norma Técnica Colombiana NTC 281 – Rotulado de vinos. Decreto 3192 de 1983 del Ministerio de Salud - Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979, en lo referente a fábricas de alcohol y bebidas alcohólicas, elaboración, hidratación envase, distribución, exportación, importación y venta de estos productos y se establecen mecanismos de control en el territorio nacional y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Decreto 1686 de 2012 del Ministerio de Salud y Protección Social – Por el cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que se deben cumplir para la fabricación, elaboración, hidratación, envase, almacenamiento, distribución, transporte, comercialización, expendio, exportación e importación de bebidas alcohólicas destinadas para consumo humano y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Norma Técnica Colombiana NTC 1853 – Envases de vidrio para bebidas alcohólicas. Vino es el producto obtenido por la fermentación alcohólica normal del mosto de uvas frescas y sanas o del mosto concentrado de uvas sanas, sin adición de otras sustancias. Vino blanco es un vino elaborado con uvas blancas o tintas; en el caso de estas últimas, se separa inmediatamente el mosto del hollejo para que no se tiña de color. La fermentación de los blancos se hace sólo con el mosto, libre de hollejos y semillas. Aunque existen vinos blancos con crianza, no suelen añejarse. El vino blanco puede ser seco o dulce El vino blanco debe ser un líquido transparente, brillante, de amarillo verdoso pálido a dorado intenso. El color del vino depende de su edad; entre más joven, más pálido y entre más añejo, encontraremos colores dorados. Grado Alcoholimétrico: Mínimo 10° y máximo 13° El vino blanco generalmente proviene de la siguiente cepa sauvignon el vino según su envejecimiento puede ser Joven, Crianza, Reserva o Gran Reserva. El producto se debe distribuir en envases adecuados para el consumo y conservación. Los envases deben disponer de un adecuado cierre o tapa, y sellado de tal manera que se garantice la inviolabilidad del recipiente y las caracteristicas del producto. El rotulado debe cumplir con la NTC 281 y con el Capítulo IX del Decreto 3192 de 1983. Para producto empacado en vidrio, el envase debe cumplir con la NTC 1853.

Botella 750 ml.

VINO BLANCO-43568

Nombre Comercial del Producto

Calidad

Generalidades

Requisitos generales

Requisitos Específicos

Empaque y rotulado

VINO SAUVIGNON BLANC RESERVA CHILENO. Cumplir con los requisitos establecidos en: Norma Técnica Colombiana NTC 1245 – Bebidas Alcoholicas. Vino. Definiciones y clasificación. Norma Técnica Colombiana NTC 1244 – Bebidas Alcoholicas. Vino de mesa. Norma Técnica Colombiana NTC 223 – Vinos. Practicas permitidas en la elaboración. Norma Técnica Colombiana NTC 281 – Rotulado de vinos. Decreto 3192 de 1983 del Ministerio de Salud - Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979, en lo referente a fábricas de alcohol y bebidas alcohólicas, elaboración, hidratación envase, distribución, exportación, importación y venta de estos productos y se establecen mecanismos de control en el territorio nacional y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Decreto 1686 de 2012 del Ministerio de Salud y Protección Social – Por el cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que se deben cumplir para la fabricación, elaboración, hidratación, envase, almacenamiento, distribución, transporte, comercialización, expendio, exportación e importación de bebidas alcohólicas destinadas para consumo humano y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Norma Técnica Colombiana NTC 1853 – Envases de vidrio para bebidas alcohólicas. Vino es el producto obtenido por la fermentación alcohólica normal del mosto de uvas frescas y sanas o del mosto concentrado de uvas sanas, sin adición de otras sustancias. Vino blanco es un vino elaborado con uvas blancas o tintas; en el caso de estas últimas, se separa inmediatamente el mosto del hollejo para que no se tiña de color. La fermentación de los blancos se hace sólo con el mosto, libre de hollejos y semillas. Aunque existen vinos blancos con crianza, no suelen añejarse. El vino blanco puede ser seco o dulce El vino blanco debe ser un líquido transparente, brillante, de amarillo verdoso pálido a dorado intenso. El color del vino depende de su edad; entre más joven, más pálido y entre más añejo, encontraremos colores dorados. Grado Alcoholimétrico: Mínimo 10° y máximo 13° El vino blanco generalmente proviene de la siguiente cepa sauvignon el vino según su envejecimiento puede ser Joven, Crianza, Reserva o Gran Reserva. El producto se debe distribuir en envases adecuados para el consumo y conservación. Los envases deben disponer de un adecuado cierre o tapa, y sellado de tal manera que se garantice la inviolabilidad del recipiente y las caracteristicas del producto. El rotulado debe cumplir con la NTC 281 y con el Capítulo IX del Decreto 3192 de 1983. Para producto empacado en vidrio, el envase debe cumplir con la NTC 1853.

Presentación

Botella de 750ml.

Nombre del Producto (SIBOL)

VINO TINTO-43545

Nombre Comercial del Producto

Calidad

Generalidades

Requisitos generales

Requisitos Específicos

Empaque y rotulado

VINO TANAT DE ORIGEN URUGUAYO Cumplir con los requisitos establecidos en: Norma Técnica Colombiana NTC 1245 – Bebidas Alcoholicas. Vino. Definiciones y clasificación. Norma Técnica Colombiana NTC 223 – Vinos. Practicas permitidas en la elaboración. Norma Técnica Colombiana NTC 281 – Rotulado de vinos. Decreto 3192 de 1983 del Ministerio de Salud - Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979, en lo referente a fábricas de alcohol y bebidas alcohólicas, elaboración, hidratación envase, distribución, exportación, importación y venta de estos productos y se establecen mecanismos de control en el territorio nacional y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Decreto 1686 de 2012 del Ministerio de Salud y Protección Social – Por el cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que se deben cumplir para la fabricación, elaboración, hidratación, envase, almacenamiento, distribución, transporte, comercialización, expendio, exportación e importación de bebidas alcohólicas destinadas para consumo humano y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Norma Técnica Colombiana NTC 1853 – Envases de vidrio para bebidas alcohólicas. Vino es el producto obtenido por la fermentación alcohólica normal del mosto de uvas frescas y sanas o del mosto concentrado de uvas sanas, sin adición de otras sustancias. Vino tinto es aquel que se elabora a partir de uvas tintas. La fermentación se hace con el mosto junto con el hollejo, que es el que aporta el color. El vino tinto debe ser un líquido oscuro, brillante, que va desde el púrpura, pasando por el rubí, ladrillo y café. El color del vino depende de su edad; entre más joven, más purpura y entre más añejo, encontraremos colores pálidos. Grado Alcoholimétrico: Mínimo 11° y máximo 14° El vino tinto generalmente proviene de la siguiente cepa tanat el vino según su envejecimiento puede ser Joven, Crianza, Reserva o Gran Reserva. El producto se debe distribuir en envases adecuados para el consumo y conservación. Los envases deben disponer de un adecuado cierre o tapa, y sellado de tal manera que se garantice la inviolabilidad del recipiente y las caracteristicas del producto. El rotulado debe cumplir con la NTC 281 y con el Capítulo IX del Decreto 3192 de 1983. Para producto empacado en vidrio, el envase debe cumplir con la NTC 1853.

Presentación

Botella de 750 ml.

Nombre del Producto (SIBOL)

VINO TINTO-43545

Nombre Comercial del Producto

Calidad

Generalidades

Requisitos generales

Requisitos Específicos

Empaque y rotulado

VINO TEMPRANILLO Cumplir con los requisitos establecidos en: Norma Técnica Colombiana NTC 1245 – Bebidas Alcoholicas. Vino. Definiciones y clasificación. Norma Técnica Colombiana NTC 223 – Vinos. Practicas permitidas en la elaboración. Norma Técnica Colombiana NTC 281 – Rotulado de vinos. Decreto 3192 de 1983 del Ministerio de Salud - Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979, en lo referente a fábricas de alcohol y bebidas alcohólicas, elaboración, hidratación envase, distribución, exportación, importación y venta de estos productos y se establecen mecanismos de control en el territorio nacional y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Decreto 1686 de 2012 del Ministerio de Salud y Protección Social – Por el cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que se deben cumplir para la fabricación, elaboración, hidratación, envase, almacenamiento, distribución, transporte, comercialización, expendio, exportación e importación de bebidas alcohólicas destinadas para consumo humano y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Norma Técnica Colombiana NTC 1853 – Envases de vidrio para bebidas alcohólicas. Vino es el producto obtenido por la fermentación alcohólica normal del mosto de uvas frescas y sanas o del mosto concentrado de uvas sanas, sin adición de otras sustancias. Vino tinto es aquel que se elabora a partir de uvas tintas. La fermentación se hace con el mosto junto con el hollejo, que es el que aporta el color. El vino tinto debe ser un líquido oscuro, brillante, que va desde el púrpura, pasando por el rubí, ladrillo y café. El color del vino depende de su edad; entre más joven, más purpura y entre más añejo, encontraremos colores pálidos. Grado Alcoholimétrico: Mínimo 11°y máximo 14° El vino tinto proviene de la siguiente cepa tempranillo el vino según su envejecimiento puede ser Joven, Crianza, Reserva o Gran Reserva. El producto se debe distribuir en envases adecuados para el consumo y conservación. Los envases deben disponer de un adecuado cierre o tapa, y sellado de tal manera que se garantice la inviolabilidad del recipiente y las caracteristicas del producto. El rotulado debe cumplir con la NTC 281 y con el Capítulo IX del Decreto 3192 de 1983. Para producto empacado en vidrio, el envase debe cumplir con la NTC 1853.

Presentación

Botella por 750 ml.

Nombre del Producto (SIBOL)

VINO TINTO-43545

Nombre Comercial del Producto

Calidad

Generalidades

Requisitos generales

Requisitos Específicos

Empaque y rotulado

VINO TINTO CABERNET SAUVIGNON JOVEN CHILENO. Cumplir con los requisitos establecidos en: Norma Técnica Colombiana NTC 1245 – Bebidas Alcoholicas. Vino. Definiciones y clasificación. Norma Técnica Colombiana NTC 223 – Vinos. Practicas permitidas en la elaboración. Norma Técnica Colombiana NTC 281 – Rotulado de vinos. Decreto 3192 de 1983 del Ministerio de Salud - Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979, en lo referente a fábricas de alcohol y bebidas alcohólicas, elaboración, hidratación envase, distribución, exportación, importación y venta de estos productos y se establecen mecanismos de control en el territorio nacional y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Decreto 1686 de 2012 del Ministerio de Salud y Protección Social – Por el cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que se deben cumplir para la fabricación, elaboración, hidratación, envase, almacenamiento, distribución, transporte, comercialización, expendio, exportación e importación de bebidas alcohólicas destinadas para consumo humano y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Norma Técnica Colombiana NTC 1853 – Envases de vidrio para bebidas alcohólicas. Vino es el producto obtenido por la fermentación alcohólica normal del mosto de uvas frescas y sanas o del mosto concentrado de uvas sanas, sin adición de otras sustancias. Vino tinto es aquel que se elabora a partir de uvas tintas. La fermentación se hace con el mosto junto con el hollejo, que es el que aporta el color. El vino tinto debe ser un líquido oscuro, brillante, que va desde el púrpura, pasando por el rubí, ladrillo y café. El color del vino depende de su edad; entre más joven, más purpura y entre más añejo, encontraremos colores pálidos. Grado Alcoholimétrico: Mínimo 11°y máximo 14° El vino tinto proviene de la siguiente cepa cabernet sauvignon el vino según su envejecimiento puede ser joven, crianza, reserva o gran reserva. El producto se debe distribuir en envases adecuados para el consumo y conservación. Los envases deben disponer de un adecuado cierre o tapa, y sellado de tal manera que se garantice la inviolabilidad del recipiente y las caracteristicas del producto. El rotulado debe cumplir con la NTC 281 y con el Capítulo IX del Decreto 3192 de 1983. Para producto empacado en vidrio, el envase debe cumplir con la NTC 1853.

Presentación

Botella por 750ml.

Nombre del Producto (SIBOL)

VINO TINTO-43545

Nombre Comercial del Producto

Calidad

Generalidades

Requisitos generales

Requisitos Específicos

Empaque y rotulado

Presentación

Nombre del Producto (SIBOL)

VINO TINTO SECO USO COCINA ORIGEN ARGENTINO Cumplir con los requisitos establecidos en: Norma Técnica Colombiana NTC 1245 – Bebidas Alcoholicas. Vino. Definiciones y clasificación. Norma Técnica Colombiana NTC 223 – Vinos. Practicas permitidas en la elaboración. Norma Técnica Colombiana NTC 281 – Rotulado de vinos. Decreto 3192 de 1983 del Ministerio de Salud - Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979, en lo referente a fábricas de alcohol y bebidas alcohólicas, elaboración, hidratación envase, distribución, exportación, importación y venta de estos productos y se establecen mecanismos de control en el territorio nacional y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Decreto 1686 de 2012 del Ministerio de Salud y Protección Social – Por el cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que se deben cumplir para la fabricación, elaboración, hidratación, envase, almacenamiento, distribución, transporte, comercialización, expendio, exportación e importación de bebidas alcohólicas destinadas para consumo humano y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Norma Técnica Colombiana NTC 1853 – Envases de vidrio para bebidas alcohólicas. Vino es el producto obtenido por la fermentación alcohólica normal del mosto de uvas frescas y sanas o del mosto concentrado de uvas sanas, sin adición de otras sustancias. Vino tinto es aquel que se elabora a partir de uvas tintas. La fermentación se hace con el mosto junto con el hollejo, que es el que aporta el color. El vino tinto debe ser un líquido oscuro, brillante, que va desde el púrpura, pasando por el rubí, ladrillo y café. El color del vino depende de su edad; entre más joven, más purpura y entre más añejo, encontraremos colores pálidos. Grado Alcoholimétrico: Mínimo 11°maximo 14° El vino tinto proviene de la siguiente cepa cabernet el vino según su envejecimiento puede ser Joven, Crianza, Reserva o Gran Reserva. El producto se debe distribuir en envases adecuados para el consumo y conservación. Los envases deben disponer de un adecuado cierre o tapa, y sellado de tal manera que se garantice la inviolabilidad del recipiente y las caracteristicas del producto. El rotulado debe cumplir con la NTC 281 y con el Capítulo IX del Decreto 3192 de 1983. Para producto empacado en vidrio, el envase debe cumplir con la NTC 1853.

Botella por 750ml.

VINO BLANCO-43568

Nombre Comercial del Producto

Calidad

Generalidades

Requisitos generales

Requisitos Específicos

Empaque y rotulado

VINO TORRONTES DE ORIGEN ARGENTINO Cumplir con los requisitos establecidos en: Norma Técnica Colombiana NTC 1245 – Bebidas Alcoholicas. Vino. Definiciones y clasificación. Norma Técnica Colombiana NTC 1244 – Bebidas Alcoholicas. Vino de mesa. Norma Técnica Colombiana NTC 223 – Vinos. Practicas permitidas en la elaboración. Norma Técnica Colombiana NTC 281 – Rotulado de vinos. Decreto 3192 de 1983 del Ministerio de Salud - Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979, en lo referente a fábricas de alcohol y bebidas alcohólicas, elaboración, hidratación envase, distribución, exportación, importación y venta de estos productos y se establecen mecanismos de control en el territorio nacional y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Decreto 1686 de 2012 del Ministerio de Salud y Protección Social – Por el cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que se deben cumplir para la fabricación, elaboración, hidratación, envase, almacenamiento, distribución, transporte, comercialización, expendio, exportación e importación de bebidas alcohólicas destinadas para consumo humano y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Norma Técnica Colombiana NTC 1853 – Envases de vidrio para bebidas alcohólicas. Vino es el producto obtenido por la fermentación alcohólica normal del mosto de uvas frescas y sanas o del mosto concentrado de uvas sanas, sin adición de otras sustancias. Vino blanco es un vino elaborado con uvas blancas o tintas; en el caso de estas últimas, se separa inmediatamente el mosto del hollejo para que no se tiña de color. La fermentación de los blancos se hace sólo con el mosto, libre de hollejos y semillas. Aunque existen vinos blancos con crianza, no suelen añejarse. El vino blanco puede ser seco o dulce El vino blanco debe ser un líquido transparente, brillante, de amarillo verdoso pálido a dorado intenso. El color del vino depende de su edad; entre más joven, más pálido y entre más añejo, encontraremos colores dorados. Grado alcoholimétrico: mínimo 10° y máximo 13° El vino blanco proviene de la siguiente cepa torrontés el vino según su envejecimiento puede ser joven, crianza, reserva o gran reserva. El producto se debe distribuir en envases adecuados para el consumo y conservación. Los envases deben disponer de un adecuado cierre o tapa, y sellado de tal manera que se garantice la inviolabilidad del recipiente y las caracteristicas del producto. El rotulado debe cumplir con la NTC 281 y con el Capítulo IX del Decreto 3192 de 1983. Para producto empacado en vidrio, el envase debe cumplir con la NTC 1853.

Presentación

Botella por 750ml

Nombre del Producto (SIBOL)

VINO TINTO-43545

Nombre Comercial del Producto

Calidad

Generalidades

Requisitos generales

Requisitos Específicos

Empaque y rotulado

Presentación

Nombre del Producto (SIBOL)

VINO ZINFANDEL DE ORIGEN CALIFORNIANO Cumplir con los requisitos establecidos en: Norma Técnica Colombiana NTC 1245 – Bebidas Alcoholicas. Vino. Definiciones y clasificación. Norma Técnica Colombiana NTC 223 – Vinos. Practicas permitidas en la elaboración. Norma Técnica Colombiana NTC 281 – Rotulado de vinos. Decreto 3192 de 1983 del Ministerio de Salud - Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979, en lo referente a fábricas de alcohol y bebidas alcohólicas, elaboración, hidratación envase, distribución, exportación, importación y venta de estos productos y se establecen mecanismos de control en el territorio nacional y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Decreto 1686 de 2012 del Ministerio de Salud y Protección Social – Por el cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que se deben cumplir para la fabricación, elaboración, hidratación, envase, almacenamiento, distribución, transporte, comercialización, expendio, exportación e importación de bebidas alcohólicas destinadas para consumo humano y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Norma Técnica Colombiana NTC 1853 – Envases de vidrio para bebidas alcohólicas. Vino es el producto obtenido por la fermentación alcohólica normal del mosto de uvas frescas y sanas o del mosto concentrado de uvas sanas, sin adición de otras sustancias. Vino tinto es aquel que se elabora a partir de uvas tintas. La fermentación se hace con el mosto junto con el hollejo, que es el que aporta el color. El vino tinto debe ser un líquido oscuro, brillante, que va desde el púrpura, pasando por el rubí, ladrillo y café. El color del vino depende de su edad; entre más joven, más purpura y entre más añejo, encontraremos colores pálidos. Grado Alcoholimétrico: Mínimo 11°Y máximo 14° El vino tinto proviene de la siguiente cepa zinfandel el vino según su envejecimiento puede ser Joven, Crianza, Reserva o Gran Reserva. El producto se debe distribuir en envases adecuados para el consumo y conservación. Los envases deben disponer de un adecuado cierre o tapa, y sellado de tal manera que se garantice la inviolabilidad del recipiente y las caracteristicas del producto. El rotulado debe cumplir con la NTC 281 y con el Capítulo IX del Decreto 3192 de 1983. Para producto empacado en vidrio, el envase debe cumplir con la NTC 1853.

Botella de 750 ml.

VINO BLANCO-43568

Nombre Comercial del Producto

Calidad

Generalidades

Requisitos generales

Requisitos Específicos

Empaque y rotulado

VINO ALBARIÑO DE ORIGEN ESPAÑOL Cumplir con los requisitos establecidos en: Norma Técnica Colombiana NTC 1245 – Bebidas Alcoholicas. Vino. Definiciones y clasificación. Norma Técnica Colombiana NTC 1244 – Bebidas Alcoholicas. Vino de mesa. Norma Técnica Colombiana NTC 223 – Vinos. Practicas permitidas en la elaboración. Norma Técnica Colombiana NTC 281 – Rotulado de vinos. Decreto 3192 de 1983 del Ministerio de Salud - Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979, en lo referente a fábricas de alcohol y bebidas alcohólicas, elaboración, hidratación envase, distribución, exportación, importación y venta de estos productos y se establecen mecanismos de control en el territorio nacional y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Decreto 1686 de 2012 del Ministerio de Salud y Protección Social – Por el cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que se deben cumplir para la fabricación, elaboración, hidratación, envase, almacenamiento, distribución, transporte, comercialización, expendio, exportación e importación de bebidas alcohólicas destinadas para consumo humano y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Norma Técnica Colombiana NTC 1853 – Envases de vidrio para bebidas alcohólicas. Vino es el producto obtenido por la fermentación alcohólica normal del mosto de uvas frescas y sanas o del mosto concentrado de uvas sanas, sin adición de otras sustancias. Vino blanco es un vino elaborado con uvas blancas o tintas; en el caso de estas últimas, se separa inmediatamente el mosto del hollejo para que no se tiña de color. La fermentación de los blancos se hace sólo con el mosto, libre de hollejos y semillas. Aunque existen vinos blancos con crianza, no suelen añejarse. El vino blanco puede ser seco o dulce El vino blanco debe ser un líquido transparente, brillante, de amarillo verdoso pálido a dorado intenso. El color del vino depende de su edad; entre más joven, más pálido y entre más añejo, encontraremos colores dorados. Grado Alcoholimétrico: Mínimo 10°y máximo 13° El vino blanco proviene de la siguiente cepa albariño el vino según su envejecimiento puede ser Joven, Crianza, Reserva o Gran Reserva. El producto se debe distribuir en envases adecuados para el consumo y conservación. Los envases deben disponer de un adecuado cierre o tapa, y sellado de tal manera que se garantice la inviolabilidad del recipiente y las caracteristicas del producto. El rotulado debe cumplir con la NTC 281 y con el Capítulo IX del Decreto 3192 de 1983. Para producto empacado en vidrio, el envase debe cumplir con la NTC 1853.

Presentación

Botella por 750ml.

Nombre del Producto (SIBOL)

VINO TINTO-43545

Nombre Comercial del Producto

Calidad

Generalidades

Requisitos generales

Requisitos Específicos

Empaque y rotulado

Presentación

Nombre del Producto (SIBOL)

VINO ZINFANDEL PREMIUM DE ORIGEN CALIFORNIANO. Cumplir con los requisitos establecidos en: Norma Técnica Colombiana NTC 1245 – Bebidas Alcoholicas. Vino. Definiciones y clasificación. Norma Técnica Colombiana NTC 223 – Vinos. Practicas permitidas en la elaboración. Norma Técnica Colombiana NTC 281 – Rotulado de vinos. Decreto 3192 de 1983 del Ministerio de Salud - Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979, en lo referente a fábricas de alcohol y bebidas alcohólicas, elaboración, hidratación envase, distribución, exportación, importación y venta de estos productos y se establecen mecanismos de control en el territorio nacional y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Decreto 1686 de 2012 del Ministerio de Salud y Protección Social – Por el cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que se deben cumplir para la fabricación, elaboración, hidratación, envase, almacenamiento, distribución, transporte, comercialización, expendio, exportación e importación de bebidas alcohólicas destinadas para consumo humano y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Norma Técnica Colombiana NTC 1853 – Envases de vidrio para bebidas alcohólicas. Vino es el producto obtenido por la fermentación alcohólica normal del mosto de uvas frescas y sanas o del mosto concentrado de uvas sanas, sin adición de otras sustancias. Vino tinto es aquel que se elabora a partir de uvas tintas. La fermentación se hace con el mosto junto con el hollejo, que es el que aporta el color. El vino tinto debe ser un líquido oscuro, brillante, que va desde el púrpura, pasando por el rubí, ladrillo y café. El color del vino depende de su edad; entre más joven, más purpura y entre más añejo, encontraremos colores pálidos. Grado Alcoholimétrico: Mínimo 11°y máximo 14°el vino tinto proviene de la siguiente cepa zinfandel el vino según su envejecimiento puede ser Joven, Crianza, Reserva o Gran Reserva. El producto se debe distribuir en envases adecuados para el consumo y conservación. Los envases deben disponer de un adecuado cierre o tapa, y sellado de tal manera que se garantice la inviolabilidad del recipiente y las caracteristicas del producto. El rotulado debe cumplir con la NTC 281 y con el Capítulo IX del Decreto 3192 de 1983. Para producto empacado en vidrio, el envase debe cumplir con la NTC 1853.

Botella por 750ml

VINO BLANCO-43568

Nombre Comercial del Producto

Calidad

Generalidades

Requisitos generales

Requisitos Específicos

Empaque y rotulado

Presentación

Nombre del Producto (SIBOL)

VINO ZILFALDEL WHITE DE ORIGEN CALIFORNIA. Cumplir con los requisitos establecidos en: Norma Técnica Colombiana NTC 1245 – Bebidas Alcoholicas. Vino. Definiciones y clasificación. Norma Técnica Colombiana NTC 1244 – Bebidas Alcoholicas. Vino de mesa. Norma Técnica Colombiana NTC 223 – Vinos. Practicas permitidas en la elaboración. Norma Técnica Colombiana NTC 281 – Rotulado de vinos. Decreto 3192 de 1983 del Ministerio de Salud - Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979, en lo referente a fábricas de alcohol y bebidas alcohólicas, elaboración, hidratación envase, distribución, exportación, importación y venta de estos productos y se establecen mecanismos de control en el territorio nacional y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Decreto 1686 de 2012 del Ministerio de Salud y Protección Social – Por el cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que se deben cumplir para la fabricación, elaboración, hidratación, envase, almacenamiento, distribución, transporte, comercialización, expendio, exportación e importación de bebidas alcohólicas destinadas para consumo humano y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Norma Técnica Colombiana NTC 1853 – Envases de vidrio para bebidas alcohólicas. Vino es el producto obtenido por la fermentación alcohólica normal del mosto de uvas frescas y sanas o del mosto concentrado de uvas sanas, sin adición de otras sustancias. Vino blanco es un vino elaborado con uvas blancas o tintas; en el caso de estas últimas, se separa inmediatamente el mosto del hollejo para que no se tiña de color. La fermentación de los blancos se hace sólo con el mosto, libre de hollejos y semillas. Aunque existen vinos blancos con crianza, no suelen añejarse. El vino blanco puede ser seco o dulce El vino blanco debe ser un líquido transparente, brillante, de amarillo verdoso pálido a dorado intenso. El color del vino depende de su edad; entre más joven, más pálido y entre más añejo, encontraremos colores dorados. Grado alcoholimétrico: mínimo 10° y máximo 13° El vino blanco generalmente proviene de las siguientes cepaszilfaldel el vino según su envejecimiento puede ser joven, crianza, reserva o gran reserva. El producto se debe distribuir en envases adecuados para el consumo y conservación. Los envases deben disponer de un adecuado cierre o tapa, y sellado de tal manera que se garantice la inviolabilidad del recipiente y las caracteristicas del producto. El rotulado debe cumplir con la NTC 281 y con el Capítulo IX del Decreto 3192 de 1983. Para producto empacado en vidrio, el envase debe cumplir con la NTC 1853.

Botella por 750 ml

VODKA-43546

Nombre Comercial del Producto

Calidad

Generalidades

Requisitos generales

Requisitos Específicos

Empaque y rotulado

Presentación

VODKA IMPORTANDO CITRON DE ORIGEN SUECO Cumplir con los requisitos establecidos en: Norma Técnica Colombiana NTC 305 – Bebidas Alcoholicas. Vodka. Decreto 3192 de 1983 del Ministerio de Salud - Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979, en lo referente a fábricas de alcohol y bebidas alcohólicas, elaboración, hidratación envase, distribución, exportación, importación y venta de estos productos y se establecen mecanismos de control en el territorio nacional y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Decreto 1686 de 2012 del Ministerio de Salud y Protección Social – Por el cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que se deben cumplir para la fabricación, elaboración, hidratación, envase, almacenamiento, distribución, transporte, comercialización, expendio, exportación e importación de bebidas alcohólicas destinadas para consumo humano y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Norma Técnica Colombiana NTC 4676 – Bebidas Alcohólicas. Rotulado. Norma Técnica Colombiana NTC 1853 – Envases de vidrio para bebidas alcohólicas. El vodka es la bebida alcohólica, obtenida de alcohol etílico potables o destilados alcohólicos simples de origen agrícola rectificados, seguidos o no de filtración a través de carbón activado como forma de atenuar las características organolépticas de las materias primas originales. El vodka se produce a través de la fermentacion de granos y plantas ricas en almidon como el centeno, trigoy papa. El vodka se puede saborizar o aromatizar agregando especias o extractos de frutas. El vodka no debe tener ningún aroma o sabor distinto del que es propio del alcohol etílico neutro. El vodka debe ser un líquido transparente, libre de turbidez y sólidos suspendidos.El vodka saborizado debe tener el aroma y sabor propio de la especie con que esta saborizado el producto. El producto debe cumplir con los requisitos y ensayos establecidos en la NTC 305. Graduacion Alcoholimétrica es de Maximo 40°, su colo es blanco o transparente, es saborizado con citricos y aromatizantes. El producto se debe distribuir en envases adecuados para el consumo y conservación. Los envases deben disponer de un adecuado cierre o tapa, y sellado de tal manera que se garantice la inviolabilidad del recipiente y las caracteristicas del producto. El rotulado debe cumplir con la NTC 4676 y con el Capítulo IX del Decreto 3192 de 1983. Para producto empacado en vidrio, el envase debe cumplir con la NTC 1853.

Botella por 750 ml.

Nombre del Producto (SIBOL) Nombre Comercial del Producto

Calidad

Generalidades

Requisitos generales

Requisitos Específicos

Empaque y rotulado

Presentación

VODKA-43546 VODKA IMPORTADO GAMA ALTA DE ORIGEN RUSO. Cumplir con los requisitos establecidos en: Norma Técnica Colombiana NTC 305 – Bebidas Alcoholicas. Vodka. Decreto 3192 de 1983 del Ministerio de Salud - Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979, en lo referente a fábricas de alcohol y bebidas alcohólicas, elaboración, hidratación envase, distribución, exportación, importación y venta de estos productos y se establecen mecanismos de control en el territorio nacional y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Decreto 1686 de 2012 del Ministerio de Salud y Protección Social – Por el cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que se deben cumplir para la fabricación, elaboración, hidratación, envase, almacenamiento, distribución, transporte, comercialización, expendio, exportación e importación de bebidas alcohólicas destinadas para consumo humano y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Norma Técnica Colombiana NTC 4676 – Bebidas Alcohólicas. Rotulado. Norma Técnica Colombiana NTC 1853 – Envases de vidrio para bebidas alcohólicas. El vodka es la bebida alcohólica, obtenida de alcohol etílico potables o destilados alcohólicos simples de origen agrícola rectificados, seguidos o no de filtración a través de carbón activado como forma de atenuar las características organolépticas de las materias primas originales. El vodka se produce a través de la fermentacion de granos y plantas ricas en almidon como el centeno, trigoy papa. El vodka no debe tener ningún aroma o sabor distinto del que es propio del alcohol etílico neutro. El vodka debe ser un líquido transparente, libre de turbidez y sólidos suspendidos. El producto debe cumplir con los requisitos y ensayos establecidos en la NTC 305. Graduacion Alcoholimétrica de es 40 ° el color es blanco o tranparente y de triple destilacion , el vodka es de sabor neutro pues mo tiene ni aromas ni saborizantes adicionales al producto, El producto se debe distribuir en envases adecuados para el consumo y conservación. Los envases deben disponer de un adecuado cierre o tapa, y sellado de tal manera que se garantice la inviolabilidad del recipiente y las caracteristicas del producto. El rotulado debe cumplir con la NTC 4676 y con el Capítulo IX del Decreto 3192 de 1983. Para producto empacado en vidrio, el envase debe cumplir con la NTC 1853.

Botella por 750ml.

Nombre del Producto (SIBOL) Nombre Comercial del Producto

Calidad

Generalidades

Requisitos generales Requisitos Específicos

Empaque y rotulado

Presentación

WHISKY-43547 WHISKY AMERICANO DE ORIGEN TENNESSEE. Cumplir con los requisitos establecidos en: Norma Técnica Colombiana NTC 917 – Bebidas Alcoholicas. Whisky Decreto 3192 de 1983 del Ministerio de Salud - Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979, en lo referente a fábricas de alcohol y bebidas alcohólicas, elaboración, hidratación envase, distribución, exportación, importación y venta de estos productos y se establecen mecanismos de control en el territorio nacional y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Decreto 1686 de 2012 del Ministerio de Salud y Protección Social – Por el cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que se deben cumplir para la fabricación, elaboración, hidratación, envase, almacenamiento, distribución, transporte, comercialización, expendio, exportación e importación de bebidas alcohólicas destinadas para consumo humano y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Norma Técnica Colombiana NTC 4676 – Bebidas Alcohólicas. Rotulado. Norma Técnica Colombiana NTC 1853 – Envases de vidrio para bebidas alcohólicas. Whisky es la bebida alcohólica obtenida de la destilación de caldos de cereales malteados, en presencia o no de granos enteros de otros cereales, que haya sido sacarificada por la diastasa de malta que contiene, con o sin otras enzimas naturales y fermentada por la acción de la levadura, mediante una o varias destilaciones a menos de 94.8 grados alcoholimétricos, de forma que el destilado tenga el aroma y el sabor derivado de las materias primas utilizadas, envejecidas, al m durante ocho (8) años en recipientes de roble El whisky debe ser un líquido límpido y con el color ámbar característico. El producto debe cumplir con los requisitos y ensayos establecidos en la NTC 917. Graduacion Alcoholimétrica de 40° El producto se debe distribuir en envases adecuados para el consumo y conservación. Los envases deben disponer de un adecuado cierre o tapa, y sellado de tal manera que se garantice la inviolabilidad del recipiente y las caracteristicas del producto. El rotulado debe cumplir con la NTC 4676 y con el Capítulo IX del Decreto 3192 de 1983. Para producto empacado en vidrio, el envase debe cumplir con la NTC 1853.

Botella por 750ml.

Nombre del Producto (SIBOL) Nombre Comercial del Producto

Calidad

Generalidades

Requisitos generales Requisitos Específicos

Empaque y rotulado

Presentación

WHISKY-43547 WHISKY BOURBON DE KENTUCKY. Cumplir con los requisitos establecidos en: Norma Técnica Colombiana NTC 917 – Bebidas Alcoholicas. Whisky Decreto 3192 de 1983 del Ministerio de Salud - Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979, en lo referente a fábricas de alcohol y bebidas alcohólicas, elaboración, hidratación envase, distribución, exportación, importación y venta de estos productos y se establecen mecanismos de control en el territorio nacional y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Decreto 1686 de 2012 del Ministerio de Salud y Protección Social – Por el cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que se deben cumplir para la fabricación, elaboración, hidratación, envase, almacenamiento, distribución, transporte, comercialización, expendio, exportación e importación de bebidas alcohólicas destinadas para consumo humano y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Norma Técnica Colombiana NTC 4676 – Bebidas Alcohólicas. Rotulado. Norma Técnica Colombiana NTC 1853 – Envases de vidrio para bebidas alcohólicas. Whisky es la bebida alcohólica obtenida de la destilación de caldos de cereales malteados, en presencia o no de granos enteros de otros cereales, que haya sido sacarificada por la diastasa de malta que contiene, con o sin otras enzimas naturales y fermentada por la acción de la levadura, mediante una o varias destilaciones a menos de 94.8 grados alcoholimétricos, de forma que el destilado tenga el aroma y el sabor derivado de las materias primas utilizadas, envejecidas, al menos ocho (8) años en recipientes de roble El whisky debe ser un líquido límpido y con el color ámbar característico. El producto debe cumplir con los requisitos y ensayos establecidos en la NTC 917. Graduacion Alcoholimétrica de 40° El producto se debe distribuir en envases adecuados para el consumo y conservación. Los envases deben disponer de un adecuado cierre o tapa, y sellado de tal manera que se garantice la inviolabilidad del recipiente y las caracteristicas del producto. El rotulado debe cumplir con la NTC 4676 y con el Capítulo IX del Decreto 3192 de 1983. Para producto empacado en vidrio, el envase debe cumplir con la NTC 1853.

Botella de 750ml

Nombre del Producto (SIBOL) Nombre Comercial del Producto

Calidad

Generalidades

Requisitos generales Requisitos Específicos

Empaque y rotulado

Presentación

WHISKY-43547 WHISKY DE ORIGEN IRLANDES. Cumplir con los requisitos establecidos en: Norma Técnica Colombiana NTC 917 – Bebidas Alcoholicas. Whisky Decreto 3192 de 1983 del Ministerio de Salud - Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979, en lo referente a fábricas de alcohol y bebidas alcohólicas, elaboración, hidratación envase, distribución, exportación, importación y venta de estos productos y se establecen mecanismos de control en el territorio nacional y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Decreto 1686 de 2012 del Ministerio de Salud y Protección Social – Por el cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios que se deben cumplir para la fabricación, elaboración, hidratación, envase, almacenamiento, distribución, transporte, comercialización, expendio, exportación e importación de bebidas alcohólicas destinadas para consumo humano y las normas que lo modifiquen, adicionen, reemplacen o complementen. Norma Técnica Colombiana NTC 4676 – Bebidas Alcohólicas. Rotulado. Norma Técnica Colombiana NTC 1853 – Envases de vidrio para bebidas alcohólicas. Whisky es la bebida alcohólica obtenida de la destilación de caldos de cereales malteados, en presencia o no de granos enteros de otros cereales, que haya sido sacarificada por la diastasa de malta que contiene, con o sin otras enzimas naturales y fermentada por la acción de la levadura, mediante una o varias destilaciones a menos de 94.8 grados alcoholimétricos, de forma que el destilado tenga el aroma y el sabor derivado de las materias primas utilizadas, envejecidas, al menos ocho (8) años en recipientes de roble. El whisky debe ser un líquido límpido y con el color ámbar característico. El producto debe cumplir con los requisitos y ensayos establecidos en la NTC 917. Graduacion Alcoholimétrica de 40°. El producto se debe distribuir en envases adecuados para el consumo y conservación. Los envases deben disponer de un adecuado cierre o tapa, y sellado de tal manera que se garantice la inviolabilidad del recipiente y las caracteristicas del producto. El rotulado debe cumplir con la NTC 4676 y con el Capítulo IX del Decreto 3192 de 1983. Para producto empacado en vidrio, el envase debe cumplir con la NTC 1853.

Botella de 750ml.